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Cátedra Unesco Derechos humanos y violencia: gobierno y gobernanza

 | 
Marcela Gutiérrez Quevedo
, 
Angela Marcela Olarte

Capítulo XII. El desplazamiento forzado como consecuencia del fenómeno de ejecuciones extrajudiciales

Enforced displacement as a consequence of the phenomenon of extrajudicial executions

Laura Andrea Acosta Zárate

Résumé

El conflicto armado en Colombia presupone la combinación de diferentes dinámicas de guerra o brotes de violencia. En algunos casos, los fenómenos criminales logran coexistir a tal punto, que unos son consecuencia de otros, o por el contrario, sirven como fundamento para el desarrollo de otros fenómenos victimizantes. Este es el caso de la ocurrencia del desplazamiento forzado como consecuencia y como causa de la práctica de ejecuciones extrajudiciales en el territorio nacional. El presente proyecto tiene como objetivo explorar si existe una relación entre estos dos fenómenos criminales, evaluando su ocurrencia en territorios específicos, lo que permitirá identificar la caracterización de la población desplazada y, con ello, la respuesta regional a comportamientos violentos. Para tal fin, se contrastarán las bases de datos de dos entidades públicas con el propósito de analizar las tendencias de los dos crímenes en diversos territorios del país y su correspondencia como hipótesis de correlación entre los dos.

Note de l’éditeur

Un agradecimiento especial a Manuel Eduardo Guevara por sus valiosas contribuciones e invaluable apoyo en la elaboración de este trabajo.

Texte intégral

1. Introducción

1El 29 de octubre de 2008, el entonces comandante de las Fuerzas Militares Freddy Padilla de León llamó a calificar servicios al menos a 27 oficiales y suboficiales implicados en hechos relacionados con ejecuciones de civiles que fueron presentados como bajas en combate por tropas del Ejército Nacional (Semana, 2008). En aquel entonces, las pesquisas adelantadas, tanto en materia penal como disciplinaria, sobre casos que implicaban a miembros del Ejercito en hechos de homicidios, desapariciones y otros hechos reprochables se analizaban de manera aislada, para posteriormente integrar un conjunto de conductas criminales que rodearon el fenómeno conocido como falsos positivos.

2Años de investigación por parte de las autoridades y pese a la existencia de reportes que advirtieron que un 40 % de las 2.000 muertes reportadas entre 2002 a 2010 correspondieron a ejecuciones extrajudiciales (Corte Penal Internacional, 2018), el Gobierno Nacional y en especial las Fuerzas Militares se negaron a aceptar la ocurrencia de estos hechos como una política sistemática y generalizada, y por el contrario, señalan que el fenómeno respondió al accionar de algunos oficiales catalogados como “manzanas podridas” o “ruedas sueltas” que obraron bajo sus propios intereses, sin que ello comprometiera a toda la institución.

3Esta práctica ilegal generó, además, la ocurrencia de otros hechos victimizantes. Niño Camargo (2015) advierte que, ante la intimidación por parte de los miembros del Ejército Nacional, familiares de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales fueron víctimas de desplazamiento forzado a causa del miedo de ser víctimas de estos mismos hechos o ser agredidos por permanecer en el territorio. De acuerdo con el autor, a raíz de los casos de homicidios en las regiones, diferentes familias fueron hostigadas por miembros de la fuerza pública con el propósito de hacerlos desistir de sus denuncias sobre familiares asesinados en el marco de los falsos positivos, o simplemente de vaciar el territorio de personas que representaban un riesgo a la falsa legalidad provista a las operaciones militares.

  • 1 El término “población flotante” ha sido acuñado a aquella población que proviene de otras regiones, (...)

4La relación entre los dos fenómenos criminales se presume en dos vías y momentos distintos. Por un lado, el desplazamiento forzado ubica a la población flotante1 en territorios en donde los pobladores no los reconocen, en principio, como integrantes de la comunidad. Esto los hace un blanco ideal para aquellos que buscan víctimas cuya ausencia sea más difícil de percibir o a quienes puedan imputar una relación con la criminalidad, que no pueda ser constatada por el resto de los habitantes de la región.

5Por otro, el desplazamiento forzado se presenta como consecuencia de la práctica de ejecuciones extrajudiciales. En este caso, las víctimas indirectas del desplazamiento se ven obligadas a abandonar sus casas, poblaciones o regiones ante la pérdida de uno de sus familiares, vecinos o amigos, y la amenaza de sufrir la misma suerte (Niño Camargo, 2015). De igual manera, la cercanía a la sede de los batallones, brigadas y divisiones resulta preocupante para estas víctimas, pues implica la convivencia diaria y la “protección” por parte de aquellos que han sido señalados como responsables de la muerte de sus familiares. Motivos que impulsan a las poblaciones victimizadas por las ejecuciones a huir de sus territorios movidos por el temor y las amenazas.

6Finalmente, una institucionalidad debilitada, en donde las diferentes autoridades regionales (Procuraduría, Personería, Fiscalía, etc.) enfrentaron obstáculos a la hora de atender a los requerimientos de la población o, simplemente, desatendieron las necesidades de protección advertidas por las víctimas (Verdad Abierta, 2015), resultaron determinantes a la hora de abandonar sus territorios en búsqueda de una respuesta a sus requerimientos y una efectiva garantía de sus derechos. Merece la pena indicar que, pese a la importancia del desplazamiento forzado como muestra del rompimiento de los vínculos sociales en el país, el propósito de esta investigación no es ahondar en su naturaleza o desarrollo, sino explorar la relación entre dos expresiones propias del conflicto armado, buscando identificar los escenarios en los que se manifestó esta relación bidireccional.

7Así pues, en un primer momento, el presente trabajo proporcionará un breve marco teórico respecto del análisis que hasta la fecha se ha efectuado respecto de la relación entre los dos fenómenos criminales, para posteriormente ahondar en la metodología de investigación diseñada y seguida durante el presente estudio, de cara a evidenciar el comportamiento de la relación de manera cuantitativa. Estos resultados se complementarán con información cualitativa que permita finalmente, corroborar o descartar la relación entre los hechos cuestionados.

2. Marco teórico

8El análisis sobre la relación entre las ejecuciones extrajudiciales y el desplazamiento forzado no ha contado hasta la fecha con una revisión detallada. Los estudios disponibles (Barreira, González Arana & Trejos Rosero, 2013) se enfocan en el comportamiento de los fenómenos por separado o como consecuencias propias derivadas del conflicto armado, mas no se detienen en la evaluación de uno como causa o resultado del otro. En un intento por contrastar las dinámicas conjuntas de fenómenos propios de la guerra, se ha buscado asociar comportamientos criminales como las ejecuciones extrajudiciales y la desaparición forzada (López Monroy, 2012; Quintero, 2016), sin que ello signifique, sin embargo, una evaluación de la interacción de las conductas. Así, el presente capítulo revisará de manera muy breve los dos fenómenos para posteriormente estudiar el fundamento teórico existente sobre la correspondencia entre estos.

2.1. Ejecuciones extrajudiciales

  • 2 La opinión pública ha desarrollado una construcción social a partir de las características de estos (...)

9El fenómeno de muertes presentadas ilegítimamente como bajas en combate – término que se ha acuñado recientemente, ante la complejidad de categorizarlo jurídicamente dentro de una conducta típica y que fue propuesto por la Fiscalía General de la Nación en su informe de hechos de ejecuciones extrajudiciales presentado a la Jurisdicción Especial para la Paz– se constituyó como una práctica en donde la Fuerza Pública reportó homicidios premeditados de civiles y no combatientes como resultados operacionales dentro de combates sostenidos con grupos guerrilleros o al margen de la ley (Garzón, 2017). De acuerdo con los hechos conocidos (Human Right Watch, 2015), miembros del Ejército Nacional se encargaron de ubicar víctimas, hombres jóvenes (en su mayoría), con necesidades económicas, eventualmente con algún antecedente judicial o con diferentes condiciones de vulnerabilidad, quienes fueron trasladados hasta otras municipalidades en donde una vez asesinados, fueron vestidos con prendas y accesorios alusivos a bandas delincuenciales, y se les implantaron armas de fuego que fueron accionadas por los miembros de la tropa a través de las manos de las víctimas para simular un combate2 (Alston, 2010).

  • 3 De acuerdo con el Centro de Investigación y Educación Popular (Cinep), el primer registro de muerte (...)
  • 4 Así, al inicio de 2002, el 9,40 % de las muertes en combate eran cuestionadas e investigadas por la (...)

10Aunque esta conducta no es reciente, pues autoridades y fuentes abiertas dan cuenta de hechos acaecidos desde finales de los años ochenta3, su exponencial incremento entre 2002 y 2008 (Novoa, 2012) da cuenta de la incidencia de factores adicionales dentro de la configuración de los casos. Lo anterior sugiere que, en este periodo, existió un detonante específico que generó el incremento exponencial de los casos respecto de las cifras presentadas en el pasado4.

  • 5 La directiva ministerial permanente desarrollaba: “criterios para el pago de recompensas por la cap (...)

11De las diferentes clases de resultados operacionales perseguidos por las tropas, se decidió priorizar las bajas en combate (Galvis Martínez, 2010). De cara a consolidar las bajas como el resultado más apetecido, se instauró una política de incentivos. Dentro de los estímulos ofrecidos, el Ejército implementó un sistema de alicientes de orden económico, profesional y personal, que se materializaron, por un lado, en una política de recompensas a civiles que suministraron información (Alston, 2010), y por el otro, en el ofrecimiento de beneficios a quienes presentaran este tipo de resultados. Así, en noviembre de 2005, el entonces ministro de Defensa Camilo Ospina emitió la Directiva Ministerial n.° 295, por medio de la cual el Gobierno Nacional instauró una política de “criterios para el pago de recompensas por la captura o abatimiento de cabecillas al margen de la ley”. De tal manera, se creó un sistema de estímulos a civiles que proporcionaron información que derivó en la captura o muerte de miembros de organizaciones criminales (Ministerio de Defensa Nacional, 2005). Tal y como lo indica la Federación Internacional por los Derechos Humanos (2012), los fondos obtenidos para estos pagos fueron utilizados para recompensar a reclutadores que, con promesas falsas, convencieron a civiles que posteriormente fueron entregados al Ejercito y que finalmente, fueron dados de baja y presentados como bajas en combate.

12No obstante, las circunstancias que rodearon estos hechos no se limitaron a la emisión de la directiva, por el contrario, dentro del Ejército, la dinámica fue comunicada a sus integrantes como una práctica propia de la guerra que debía ser desarrollada con normalidad (Niño Camargo, 2015). De esta manera, quienes adquirieron experticia en la presentación de resultados operacionales de este tipo fueron trasladados por diferentes unidades militares con el propósito de replicar esta actividad sobre todo el territorio, consolidando técnicas de engaño, ejecución de la conducta y encubrimiento de los hechos (cceeu, 2016).

13Ante la presión por resultados y el aliciente de incentivos positivos o la coacción a través de incentivos negativos, la presentación de bajas en combate degeneró en una práctica premeditada de muertes ilegales de civiles que se extendió sobre todo el territorio nacional. El modus operandi fue claro pero variable en cada una de las regiones en que se desarrolló. También se buscaron víctimas circunstanciales que se movilizaban por las áreas de jurisdicción de las unidades y que fueron dadas de baja en aparentes combates, cuando en realidad fueron asesinadas, vestidas con uniformes y armas, y reportadas como resultados operacionales (Niño Camargo, 2015). La dinámica respondió a tres fases, una etapa de preparación o previa a los hechos, en donde las víctimas eran identificadas y se iniciaba un plan que permitiera asociar a las víctimas con grupos insurgentes, extorsionistas, narcotraficantes o bandas criminales (Niño Camargo, 2015). Para ello, las secciones de inteligencia y operaciones de las unidades militares manipularon documentos, hicieron señalamientos falsos y dispusieron de manera ilegal y arbitraria de dineros del Estado para soportar la relación entre la víctima y la necesidad de la baja (Galvis Martínez, 2010). Una segunda fase en donde, una vez ejecutado el homicidio, las unidades militares diseñaron puestas en escena que simulaban combates y operaciones militares (Castillo Murcia, 2018). Y finalmente, una última etapa, en donde se reportaron las bajas como resultados operacionales, que permitieron a sus perpetradores gozar de incentivos y a las unidades, escalar en el ranking de la organización (Cárdenas & Villa, 2013; Garzón, 2017).

  • 6 Un ejemplo de cómo el fenómeno de ejecuciones extrajudiciales ha sido analizado, debatido y comprob (...)

14Esta práctica concluyó con al menos 1.741 víctimas registradas por el Cinep (2011), de las cuales, un total de 388 se reportaron en el 2007. Igualmente, logró consolidarse en 29 de los 32 departamentos del país, concentrándose el 75 % de los casos en 10 de estas regiones, de conformidad con lo indicado por la Fiscalía General de la Nación y que ha servido como insumo para la Jurisdicción Especial para la Paz (jep, 2018). Al ser un hecho judicialmente probado6, hoy en día es objeto de investigación a través de las manifestaciones libres y voluntarias y de las pesquisas adelantadas por la Jurisdicción Especial para la Paz en el marco del caso n.° 03 seleccionado para el análisis de lo que se ha denominado “Muertes ilegítimamente presentadas como muertes en combate” (jep, 2018).

2.2. Ejecuciones extrajudiciales y desplazamiento forzado

15Una evaluación de la implementación de la Política de Seguridad Democrática (psd en adelante) en el año 2002 (Alston, 2010; Rojas Bolaños & Benavides Silva, 2017) logró identificar la incidencia de aquella en la configuración de las conductas criminales cuestionadas (Cárdenas & Villa, 2013). Así, la intención del gobierno de turno se enfocó en la recuperación del control territorial, el debilitamiento de las estructuras al margen de la ley y la protección de los derechos de los ciudadanos (Presidencia de la República & Ministerio de Defensa Nacional, 2003; Atehortúa Cruz & Rojas Rivera, 2009). No obstante, este ambicioso objetivo fue desdibujándose en la presión ejercida sobre el Ejército Nacional para presentar resultados y en la consecuente práctica de violaciones a los derechos humanos (Rojas Bolaños & Benavides Silva, 2017).

16Así, de acuerdo con el Centro Nacional de Memoria Histórica (2011), regiones como el oriente antioqueño, en donde la recuperación del control territorial fue prioritaria, se registró una dinámica ofensiva por parte de la Fuerza Pública a partir de 2002. La operación contraguerrilla lanzada por el Ejército Nacional se presentó en paralelo con la respuesta paramilitar y el ataque a la población civil. De esta manera, de acuerdo con los registros del Centro, la presunta infiltración a los grupos armados incrementó el desplazamiento forzado y la connivencia entre la Fuerza Pública y las organizaciones ilegales condujeron a la presentación de falsos positivos.

17Una de las consecuencias visibles de la implementación del Plan Colombia y de la psd fue la consecuente introducción del Plan Nacional de Consolidación Territorial, el cual fue diseñado para aumentar la presencia de fuerza pública en zonas de priorización de ataque a la organización farc-ep (uact, 2014). Sin embargo, de acuerdo con Rojas (2013), su consolidación propició el desplazamiento de las poblaciones ubicadas en dichas regiones. De esta manera, de acuerdo con la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (codhes), en 2010 el número de desplazados habría alcanzado las 280.041 personas, de las cuales, el 32,7 % provenían de las regiones en donde se implementó el Plan (Rojas, 2013). En este caso, existe evidencia (cceeu, 2007) de cómo el fortalecimiento de las operaciones militares, fundamentadas en los propósitos previstos por la psd, derivó en prácticas anómalas como la de las ejecuciones extrajudiciales y en la instauración de un miedo colectivo que propició el desplazamiento forzado de pobladores de las zonas en donde se consolidó la Fuerza Pública.

18Esta noción de “miedo colectivo” es retomada por Uribe de Hincapié (2000, p. 67), quien advierte que se trata de un sentimiento difuso sobre el futuro que le aguarda a un individuo y su familia al permanecer en territorios de baja o nula presencia de la ley. Así, se refiere a la manera en que hechos derivados del conflicto armado, por ejemplo, las ejecuciones extrajudiciales, pueden consolidarse como lo que denominó “estrategias comunicativas de terror” de tal entidad, que pueden motivar éxodos colectivos y estrategias de ocultamiento en las poblaciones que se ven forzadas a huir.

19La zozobra y el miedo se concentraron en el temor a la muerte, en donde el desplazamiento surgió como una causa de la búsqueda de alternativas que permitieran preservar la vida (Jaramillo, Villa & Sánchez, 2004). Pronto el desplazamiento se presentó de manera reactiva, como resultado de una amenaza o vulneración por parte de grupos armados, y preventivo, en casos en los que las poblaciones buscaron evitar una victimización en el futuro (Centro Nacional de Memoria Histórica, 2016).

3. Metodología

20La aplicación de un método de investigación de carácter mixto permitió evaluar los componentes cuantitativos y cualitativos de la información. La necesidad de conducir la investigación académica a través de esta metodología parte de la importancia de conocer las variaciones cuantitativas y la medición, en cifras, del fenómeno en el país. Este tipo de información permite además hacer un contraste de la dinámica de los dos delitos a comparar, esto es, del desplazamiento forzado y las ejecuciones extrajudiciales, de cara a revisar su correspondencia y posible correlación. Por otra parte, el enfoque cualitativo se vuelve indispensable por cuanto los testimonios, experiencias y relatos de las víctimas aportan un contenido adicional y mucho más detallado sobre las vivencias de las víctimas y sus impresiones ante las difíciles situaciones por las que atravesaron.

21Dos bases de datos públicas fueron tomadas como fundamento del análisis cuantitativo: por un lado, la información disponible en la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas para el hecho victimizante de desplazamiento forzado (uariv), la cual se nutre de la información consignada en el Registro Único de Víctimas, el cual recopila datos a nivel nacional, departamental y municipal de diferentes hechos derivados del conflicto armado, permitiendo realizar filtros por ubicación, hecho victimizante, periodo de tiempo o enfoque diferencial. Por el otro, los datos registrados por el Observatorio de Memoria y Conflicto del Centro Nacional de Memoria Histórica, específicamente para los datos obtenidos en la categoría de “casos asesinatos selectivos”. Así, de acuerdo con el Centro, “Se entiende como el homicidio intencional de tres (3) o menos personas en estado de indefensión y en iguales circunstancias de modo, tiempo y lugar, perpetrados por los actores del conflicto armado o con su participación” (Centro Nacional de Memoria Histórica, 2016, p. 36), lo que permitió un posterior filtro de la información de acuerdo con las necesidades de este estudio.

22Se hace necesario anticipar que la utilización de estas dos bases de datos representa, inevitablemente, limitaciones en la investigación. Esto por cuanto la información que se encuentra disponible al público, generalmente, carece de detalle y especificidad en cuanto a la realidad de los fenómenos que documenta. No obstante, no siendo posible acceder a información de carácter reservado, el estudio se lleva a cabo a partir de los datos ofrecidos por estas fuentes abiertas.

  • 7 En el caso del desplazamiento forzado, la uariv advierte, en su reporte general con corte a 1.° de (...)

23Considerando la masividad de fenómenos como las ejecuciones extrajudiciales y el desplazamiento forzado7, y entendiendo que los hechos se replicaron a lo largo de todo el territorio nacional, se hizo necesario delimitar la evaluación del comportamiento, concentrando el análisis, únicamente, en aquellas regiones en donde este crimen generó un mayor impacto. Para ello, se tuvo como fundamento el informe sobre las actividades de examen preliminar presentado por la Corte Penal Internacional (2018), el que con base en la misma información suministrada por el Estado colombiano, destaca cinco casos a priorizar debido a la incidencia de las ejecuciones extrajudiciales en los territorios. Los casos que la Corte Penal Internacional sugiere priorizar se concentran en: la Primera División en el departamento de Cesar, la Segunda División en Magdalena y Norte de Santander, la Cuarta División en Casanare, Meta y Vichada, la Quinta División en el Huila y, por último, la Séptima División en Antioquia y Córdoba, como territorios donde se concentraron la mayoría de las muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate. En este mismo sentido, el informe delimita temporalmente la ocurrencia de estos casos en cada una de las regiones priorizadas, con lo cual se establece que el fenómeno de ejecuciones extrajudiciales se concentró según se muestra en la tabla 1.

24La revisión de las bases de datos inició con la información registrada por el Observatorio de Memoria y Conflicto del Centro Nacional de Memoria Histórica (cnmh), en su matriz de “Casos de asesinatos selectivos”. Esta matriz permite filtrar la información de acuerdo con diferentes variables, de esta manera, se delimitó la información a aquellos resultados registrados como “Falsos positivos”, en donde se tomó como presuntos responsables a la Fuerza Pública, las Autodefensas y otros grupos ilegales incluidos en la base de datos. Posteriormente, se verificaron los datos correspondientes a los nueve departamentos priorizados por la Corte Penal Internacional en su informe de 2018, encontrando que existen municipios que constituyen una misma región geográfica, aún cuando geográficamente pueden ubicarse en departamentos diferentes. Este hallazgo permitió analizar el comportamiento de manera ampliada para los municipios de los departamentos que se ubican en regiones de incidencia del fenómeno de ejecuciones extrajudiciales (tabla 2).

tabla 1

Unidad Militar

Departamento

Periodo de ocurrencia

Primera División

Cesar

2004-2008

Segunda División

Magdalena y Norte de Santander

2002-2009

Cuarta División

Casanare, Meta y Vichada

2002-2008

Quinta División

Huila

2006-2008

Séptima División

Antioquia y Córdoba

2002-2008

Fuente: Elaboración propia a partir de Corte Penal Internacional (2018).

tabla 2

Región

Departamento

Municipios

Serranía del Perijá y Sierra Nevada de Santa Marta

Cesar

8 municipios

Sierra Nevada

Magdalena

5 municipios

Catatumbo

Norte de Santander

11 municipios

Llanos Orientales y Pie de Monte

Casanare

9 municipios

Ariari Guayabero

Meta

10 municipios

Sur del Huila

Huila

7 municipios

Alto Sinú y San Jorge

Córdoba

5 municipios

Oriente antioqueño

Antioquia

18 municipios

Fuente: Elaboración propia a partir de la matriz del Observatorio de Memoria y Conflicto del Centro Nacional de Memoria Histórica.

  • 8 Para el caso del departamento de Vichada, la información registrada por el cnmh reporta una única m (...)

25Vale la pena indicar que la jurisdicción del Vichada fue descartada ante los resultados advertidos, que no resultan estadísticamente representativos8, y por tanto fueron excluidos de cara a evitar valores atípicos dentro del estudio.

26Una vez depurados los registros, se hizo un segundo filtro para cada una de las regiones geográficas encontradas, reduciendo una vez más la información al periodo de tiempo más crítico en el que se desarrolló el fenómeno de ejecuciones extrajudiciales (Corte Penal Internacional, 2018). Los reportes de víctimas presentadas ilegítimamente como muertes en combate se seleccionaron para periodo de 10 años comprendidos entre 2000 y 2010, lo que permitió identificar los años en los que el fenómeno tuvo un mayor impacto en cada uno de los municipios en donde el delito se presentó a mayor escala.

27A continuación, se consultó la base de datos disponible en la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (uariv) para el hecho victimizante de desplazamiento forzado. Esta herramienta permitió verificar la información sobre el comportamiento del fenómeno respecto de cada municipio del país. De esta manera, y habiendo identificado los municipios en donde el fenómeno de ejecuciones extrajudiciales tuvo un desarrollo crítico, se verificó el comportamiento de desplazamiento forzado en las mismas jurisdicciones de cara a encontrar relaciones entre un fenómeno y otro.

28Esta labor requirió el diseño de una matriz de información que condensara los datos obtenidos de la fuente pública, la cual proporcionó información sobre personas expulsadas, recibidas y declaradas, considerando únicamente las primeras, por cuanto se refieren a la población migrante, objeto del presente estudio.

29Como última fase del análisis cuantitativo, a esta base de datos se adjuntó la información recopilada previamente sobre ejecuciones extrajudiciales, permitiendo una contrastación de los datos y la identificación de relaciones entre los fenómenos.

30Tal y como se evidenciará en el acápite de resultados, la simple perspectiva de la información cualitativa, aunque permite evidenciar correspondencias positivas y negativas entre los valores, no resulta del todo fiable para afirmar la correspondencia entre los valores. Por tal motivo, fue necesario acudir a fuentes cualitativas que facultarán un entendimiento de la dinámica de las dos conductas y su posible relacionamiento.

31Así, se evaluaron los informes realizados por el cnmh que han buscado recopilar testimonios, experiencias y contextos de los fenómenos derivados del conflicto armado en Colombia. Particularmente, se hizo una búsqueda de aquellos reportes alusivos a ejecuciones extrajudiciales y desplazamiento forzado, logrando constatar la incidencia de uno sobre el otro en su materialización en el territorio.

4. Resultados

32De los informes presentados por el Centro Nacional de Memoria Histórica (2016) en donde se analizó el incremento de acciones bélicas en regiones, se expone el caso del municipio de Granada (Antioquia), afectado particularmente durante 2002. De acuerdo con el informe, este año se vio caracterizado por la puesta en marcha de operaciones militares por parte del Ejercito Nacional, las cuales derivaron en la presentación de diferentes violaciones a los derechos humanos, entre ellos, las ejecuciones extrajudiciales, que lograron desencadenar el desplazamiento forzado de la población.

33De la información cuantitativa extraída del cnmh, se tiene que las ejecuciones extrajudiciales para este municipio se concentraron en los años 2002 a 2005 (tabla 3).

tabla 3

Año

Granada

2000

-

2001

-

2002

2

2003

9

2004

15

2005

7

2006

-

2007

-

2008

-

2009

-

2010

-

Total

33

Fuente: Elaboración propia a partir de la base de datos construida.

34La información se complementa con los datos enunciados en el informe presentado por el cnmh sobre el municipio de Granada, en el que se indica que la región reportó el 44 % del total de casos de ejecuciones extrajudiciales, esto es, 33 casos con 49 víctimas durante los años 2002 a 2006 (cnmh, 2016).

35Nuevamente, la implementación de la psd jugó un rol trascendental en la región y en la consolidación del fenómeno de desplazamiento como consecuencia. Así, tal y como se observa en la tabla 4, el desplazamiento logró su punto más alto en 2002, con una población de 8.764 víctimas.

36Aunque la información dispuesta por el cnmh advierte que el desplazamiento forzado en la región alcanzó sus picos más altos como producto de la manifestación de diferentes muestras del conflicto –entiéndase, masacres, asesinatos selectivos, secuestros, entre otros–, los testimonios recopilados en el mismo dan cuenta de la incidencia de las ejecuciones extrajudiciales como motivación del desplazamiento. El testimonio de dos víctimas es contundente al indicar cómo la presencia del Ejército Nacional en la zona y la amenaza de ser asesinados para posteriormente ser reportados como muertes en combate, los obligó a considerar el abandono de sus tierras. Una mujer de la zona indicó: “Cuando llegó el Ejército, nosotros le tuvimos mucho pánico al Ejército y tuvimos que correrle […] nos dio miedo porque apareció para empezar a matar la gente” (Centro Nacional de Memoria Histórica, 2016, p. 122).

tabla 4

Año

Granada

2000

7.373

2001

6.681

2002

8.764

2003

2.975

2004

2.219

2005

1.172

2006

682

2007

397

2008

346

2009

91

2010

23

Total

30.723

Fuente: Elaboración propia a partir de los registros de la uariv.

37De igual manera, un hombre que padeció la persecución y la violación de sus derechos de manera directa destacó:

Salimos del trabajadero y nos fuimos a mi casa, cuando llegamos a este filo salieron gente de la maleza, esos hombres armados, nos hicieron detener y nos dijeron que para dónde íbamos, les dijimos que íbamos a almorzar y nos trataron que cuáles, que íbamos a sapiar, a informar a la guerrilla, nos hicieron quitar la ropa, tirar al suelo. Nosotros nos tratábamos de defender diciendo que por qué nos hacían eso y nos respondían con patadas o con las cachas de los fusiles nos daban donde cayera, y el que tenía el radio se comunicaba y decía que tenían dos guerrilleros, que si les daban de baja, y les dijeron que los bajaran para el pueblo. Ahí nos retuvieron alrededor de 40 minutos. Entonces donde el vecino se fue un rato a avisarle a mi papá, y fueron donde las señoras de nosotros y ellas hablaron por nosotros para que nos dejaran libres y de aquí nos dejaron poner el pantalón y ya, nos amarraron como animales y nos llevaron al pueblo y éramos dos y por aquí tenían otros dos y ahí nos separaron unos para arriba y otros para abajo […] nos llevaron a un sótano donde había gasolina y nos amenazaban con prendernos sino cantábamos y nosotros decíamos “nosotros no tenemos nada que decir”. Y ahí en el sótano nos dijeron que describiéramos a la mujer y a las familias, y nos dijeron:
— Se salvaron por esta vez, lárguense que no los queremos ver.
A los 20 días nos desplazamos (Centro Nacional de Memoria Histórica, 2016, p. 156, bastardillas fuera del original).

38La correspondencia en la relación de estos dos fenómenos no se aprecia de manera exacta de los valores cuantitativos estudiados, pues de acuerdo con la base de datos para ejecuciones extrajudiciales, la mayoría de los casos se registraron entre 2003 y 2005, mientras que la información para desplazamiento revela un incremento durante 2000 y 2002, con un decrecimiento posterior. No obstante, sí existe un año, 2002, en el que confluyen los valores numéricos de ambos fenómenos, acreditando una correspondencia. Esto encuentra respaldo en la información cualitativa, la cual advierte que el conflicto armado en la región y la puesta en marcha de mecanismos de lucha por parte del Gobierno Nacional lograron ser determinantes para que las ejecuciones extrajudiciales propiciaran el desplazamiento forzado de la población (Codehsel, 2007).

39Esta situación se replica en el municipio de San Carlos (Antioquia), en donde los valores registrados por las entidades no dan cuenta de una correlación. De acuerdo con la información, los fenómenos, para este municipio, se presentaron de según se muestra en la tabla 5.

tabla 5

Año

Desplazamiento forzado

Ejecuciones extrajudiciales

2000

4.775

3

2001

7.794

-

2002

7.534

-

2003

3.841

-

2004

4.177

4

2005

2.184

2

2006

2.267

-

2007

1.597

-

2008

960

-

2009

446

-

2010

252

-

Total

20.567

9

Fuente: Elaboración propia a partir de los registros de la uariv y cnmh.

40Sin embargo, los testimonios recopilados por el Centro Nacional de Memoria Histórica (2011) dan cuenta de la relevancia de la acción del Ejercito Nacional en la causación de muertes en la región, en tanto pobladores anotaron que: “Eh… los falsos positivos sacaban campesinos, los arrieros […]. llegaban las autodefensas y se los entregaban al Ejército, y luego el Ejército los hacía pasar por falsos positivos” (p. 88). Este hecho guarda concordancia con la motivación de abandono de tierras en los pobladores. Así, uno de los habitantes de San Carlos indicó:

en el 2003 el presidente Uribe ordenó que si tienen que sacar la población, sáquenla, pero que no quede un guerrillero, me despejan todo ese cordón. Entonces el resto de población la sacó fue el Ejército, entonces mandaban escaleras a traer la gente, porque el que se quede por allá es guerrillero, hay que darle, hay que matarlo, ¿sí me entiende? (p. 89).

41No obstante, la relación no solo se constató en una única dirección entendiendo el fenómeno de ejecuciones extrajudiciales como motivo del desplazamiento forzado, por el contrario, existieron escenarios en los que la relación se consolidó a la inversa, siendo el desplazamiento forzado uno de los factores que propició la presentación de presuntas muertes en combate.

42Es este el caso del Huila, en el que de acuerdo con la información registrada (Ortiz, 2013), los índices de muertes presentadas ilegítimamente como bajas en combate se concentraron en el periodo de 2006 a 2008. En particular, los hechos tuvieron una mayor incidencia en los municipios de Pitalito, Garzón, Gigante, Acevedo, San Agustín, La Plata, Isnos y Palermo (pnud, 2010), en donde los Batallones de Infantería n.° 26 Pigoanza y n.° 27 Magdalena ejercieron su jurisdicción. Paralelamente, las cifras de desplazamiento forzado incrementaron durante los mismos años en estos mismos territorios. A continuación, se presenta una muestra de la relación del fenómeno en el municipio de Pitalito, en donde las cifras alcanzaron su máximo en los 10 años de estudio.

43En este caso, el aumento del desplazamiento en el departamento del Huila se presentó como consecuencia del arribo de personas y familias provenientes de las zonas periféricas, debido al auge de otros fenómenos propios del conflicto armado como el reclutamiento de menores, la vinculación de la población a la red de informantes de la Fuerza Pública, las amenazas de los grupos guerrilleros y la erradicación de cultivos ilícitos (pnud, 2010).

tabla 6

Año

Desplazamiento forzado

Ejecuciones extrajudiciales

2000

131

-

2001
2002

192
683

- -

2003

299

-

2004

381

-

2005

482

-

2006

762

4

2007

881

10

2008

939

5

2009

870

-

2010

517

-

Total

6.137

19

Fuente: Elaboración propia a partir de los registros de la uariv y cnmh.

44La presencia de poblaciones flotantes en territorios en donde eran percibidos como extraños o no resultaban conocidos para el resto de la comunidad, los convirtió en blancos deseables para los perpetradores de las ejecuciones extrajudiciales. Su llegada facilitó que las personas desplazadas fuesen estigmatizadas como colaboradores o cercanos a la guerrilla, sin que existiera un respaldo por parte de los pobladores quienes desconocían su procedencia y presencia en el territorio (pnud, 2010). De esta manera, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (2010) recopila breves declaraciones de niños, niñas y jóvenes, víctimas de desplazamiento que advirtieron el riesgo de estos señalamientos. Uno de ellos señaló: “En municipios donde hay una presencia histórica de la guerrilla, y que todos conocemos, todos los pelados son señalados como guerrilleros”, mientras que otro dijo: “En unos casos quieren que seamos informantes. Y en otros, pretenden que seamos botín de los políticos” (pnud, 2010, p. 57).

5. Conclusiones

45– No puede asegurarse la existencia de una relación causa-efecto, aunque sí es posible advertir una correlación entre las ejecuciones extrajudiciales y el desplazamiento forzado. Aunque las fuentes, tanto cualitativas como cuantitativas permiten evidenciar la incidencia de un fenómeno en el otro, la información disponible no resulta suficiente para confirmar una relación directa entre los dos fenómenos. No obstante, la información revisada, particularmente aquella extraída de las fuentes cualitativas, sí permite advertir cómo los dos hechos derivados del conflicto permitieron que el otro aumentara y se consolidara a lo largo del territorio nacional. En otras palabras, fue posible observar la del desplazamiento forzado en territorios en donde se hicieron más visibles las muertes reportadas como bajas en combate, así como la migración de poblaciones que atestiguaron o padecieron la muerte de uno de sus vecinos, familiares y amigos, en el marco de una ejecución extrajudicial.

46– La imposibilidad de confirmar una correlación estadística entre los fenómenos responde a su vez a los grandes retos metodológicos a los que se vio enfrentado el presente estudio. Así, por ejemplo, existió una gran limitación de la investigación debido a la información disponible. El hacer uso de las fuentes abiertas al público restringe el análisis a lo que autoridades y organizaciones han registrado y puesto a disposición, omitiendo cifras, testimonios y bases de datos, cuyo acceso es de uso exclusivo de las investigaciones adelantadas y en curso por estos hechos. De esta manera, la evaluación de los fenómenos se limitó a la información registrada en las bases de datos oficiales. En particular, la base de datos consolidada por el cnmh para los casos de asesinatos selectivos ofrece datos muy limitados sobre hechos registrados como ejecuciones extrajudiciales. En particular, las cifras disponibles se reducen aun más a la hora de filtrar la información de acuerdo con las variables contempladas como objeto de análisis por parte de este estudio. Lamentablemente, la base de datos comprende una fracción mínima de los casos que se estima que se presentaron en el país, lo que hace muy complejo su análisis individual y a la luz de otros fenómenos criminales. Por su parte, el registro disponible en la uariv atinente a los casos de desplazamiento forzado, no permite hacer una diferenciación cuantitativa de las cifras de víctimas individuales y colectivas del fenómeno, lo que inevitablemente altera los resultados obtenidos. Esta variación de los resultados parte de que la relación propuesta como hipótesis de investigación, versa sobre el fenómeno de desplazamiento forzado desde una perspectiva individual o a lo sumo, familiar. Es decir, requiere del análisis de los datos de desplazamientos con poblaciones reducidas o de un único individuo, sin que se tengan en cuenta los grandes eventos de desplazamientos masivos, de grandes poblaciones o comunidades. Esta restricción se hizo al considerar que las ejecuciones extrajudiciales no se presentaron como una motivación colectiva para abandonar el territorio, sino que se ciñen a desplazamientos más pequeños, productos del miedo o las amenazas sobre las víctimas indirectas.

47– Una ampliación de este estudio requeriría de la implementación de diferentes mecanismos de investigación. Por una parte, sería valiosa la práctica de entrevistas a personas que directamente fueron victimizadas por los dos fenómenos criminales y que puedan dar cuenta o rechazar la hipótesis planteada, de manera tal que pueda constatarse o descartarse la relación entre las ejecuciones extrajudiciales como causa o consecuencia del desplazamiento forzado. Aunado a ello, el trabajo de campo en aquellos municipios destacados en este texto, así como en aquellos en donde los fenómenos tuvieron una mayor representación, permitirían nutrir este estudio de información más directa y concisa. Finalmente, el análisis se fortalecería con la consulta de fuentes adicionales que no son de carácter público y que se presume, cuentan con información más amplia y actualizada sobre el comportamiento de los dos fenómenos.

Bibliographie

6. Referencias bibliográficas

Alston, P. (2010). Informe del Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias. Misión Colombia. Consejo de Derechos Humanos, Asamblea General de las Naciones Unidas.

Artehortúa Cruz, A. & Rojas Rivera, D. M. (2009). La política de consolidación de la Seguridad Democrática: Balance 2006-2008. Análisis Político, 66, 59-80.

Barreira, C., GonzálezArana, R. & Trejos Rosero, L. f. (2013). Violencia política y conflictos sociales en América Latina. Barranquilla: Universidad del Norte.

Cárdenas, e. & Villa, E. (2013). La política de seguridad democrática y las ejecuciones extrajudiciales. Ensayos Sobre Política Económica, 31, 64-72.

Castillo Murcia, I. D. (2018). Abordaje criminológico de las ejecuciones extrajudiciales ocurridas en Colombia en el periodo 2002 -2010. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia. Disponible en: http://bdigital.unal.edu.co/70797/.

cceeu (2007). Ejecuciones extrajudiciales en Colombia 2002-2010. Crímenes de lesa humanidad bajo el mandato de la seguridad democrática. Disponible en: https://coeuropa.org.co/wp-content/uploads/2017/05/documentos-tematicos-8-final-1.pdf

cceeu (2016). Ejecuciones extrajudiciales en Colombia en 2015: Continuidad y encubrimiento. Disponible en: http://www.justf.org/files/presentations/1209_CCEEUU.pdf.

Centro Nacional de Memoria Histórica (2011). San Carlos. Memorias del éxodo en la guerra. doi: https://doi.org/10.2307/j.ctt1dnncmt.7.

CentroNacionaldeMemoriaHistórica (2016). Granada: Memorias de guerra, resistencia y reconstrucción. Bogotá: cnmh.

Centro Nacional de Memoria Histórica (2016). Anexo 3. Marco conceptual. Disponible en: https://centrodememoriahistorica.gov.co/observatorio/wp-content/uploads/2016/09/Marco-Conceptual-Observatorio-de-Memoria-y-Conflicto-1.pdf.

Cinep (2011). Informe Colombia, deuda con la humanidad 2: 23 años de falsos positivos (1988- 2011). Bogotá: Cinep.

Codehsel (2007). Ejecuciones extrajudiciales: el caso del oriente antioqueño. Disponible en: https://cjlibertad.org/files/Ejecuciones%20extrajudiciales,%20el%20caso%20del%20Oriente%20Antioque%F1o.pdf.

Corte Penal Internacional (2018). Informe sobre las actividades de examen preliminar. Situación en Colombia. Disponible en: file:///D:/documentalconflictosporLatierra/2018-otp-rep-PE-Colombia.pdf.

El Espectador (31 de octubre de 2008). Los falsos positivos.

Federación INternacional por los Derechos Humanos (2012). Colombia. La guerra se mide en litros de sangre. Disponible en: https://www.fidh.org/IMG/pdf/colombie589e.pdf.

Galvis Martínez, M. (2010). El uso de recompensas en el conflicto armado colombiano. Anuario Colombiano de Derecho Internacional, 3 (3), 209-242.

Garzón, B. (2017). Lealtades impuestas, obediencia ciega. En las profundidades de campos de batalla ficticios. En Ejecuciones extrajudiciales en Colombia, 2002-2010. Bogotá: Universidad Santo Tomas.

Human Right Watch (2015). El rol de los altos mandos en falsos positivos. Disponible en:https://www.hrw.org/es/report/2015/06/23/el-rol-de-los-altos-mandos-en-falsos-positivos/evidencias-de-responsabilidad-de.

Jaramillo, A. M.,Villa, M. I. & Sánchez, L. A. (2004). Miedo y desplazamiento, experiencias y percepciones. Medellín: Corporación Región.

jep (2018). Auto n.° 005 de 2018. Avoca conocimiento del caso n.° 003, denominado “Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado”.

Kaufman, E. & Fagen, P. W. (2006). Extrajudicial Executions: An Insight into the Global Dimensions of a Human Rights Violation. Human Rights Quarterly, 3 (4), 81. doi: https://doi.org/10.2307/762112.

LópezMonroy, L. (2012). Reflexiones de conflicto y paz, una mirada desde el Humanismo. Educación y Humanismo, 14 (22), 46-57.

MINISterio de Defensa Nacional (2005). Directiva Ministerial n.° 29.

NIñoCamargo, J. C. (2015). Sistematicidad en Ejecuciones Extrajudiciales 2002-2010. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia.

Novoa, A. A. (2012). La marca indeleble de los falsos positivos. Cinep, (74), 30-32. Disponible en: http://www.cinep.org.co/publicaciones/PDFS/20111201i.falsos_positivos74.pdf.

Ortiz, R. L. (2013). Ejecuciones extrajudiciales en el camino de la impunidad. Revista Voces y Silencios, (12).

pnud (2010). Huila: Análisis de la conflictividad. Disponible en: https://info.undp.org/docs/pdc/Documents/col/00058220_Analisis%20de%20conflictividad%20Huila%20pdf.pdf.

Presidencia de la República & Ministerio de Defensa Nacional (2003). Política de Defensa y Seguridad Democrática. Disponible en: https://www.oas.org/csh/spanish/documentos/Colombia.pdf.

Quintero, J. S. (2016). La desaparición forzada de personas: Análisis crítico del derecho administrativo colombiano a través de los estándares del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos. Estudio de caso de los mal llamados “falsos positivos”. Bogotá: Universidad del Rosario.

Rojas Bolaños, O. & BenavidesSilva, F. L. (2017). Ejecuciones extrajudiciales en Colombia, 2002-2010. Obediencia ciega en campos de batalla ficticios. Bogotá: Ediciones usta.

Rojas, D. M. (2013). Much more than a war on drugs: Elementos para un balance del Plan Colombia. Análisis Político, 77, 113-132.

Semana (27 de septiembre de 2008). ¿Falsos positivos mortales? Disponible en: https://www.semana.com/nacion/articulo/falsos-positivos-mortales/95607-3.

uact (2014). Política de Consolidación y Reconstrucción Territorial (pncrt). Disponible en: https://bdigital.uexternado.edu.co/bitstream/001/823/1/JIA-Spa-2018-La_poli-tica_nacional_de_consolidaci%C3%B3n_y_reconstrucci%C3%B3n_territorial_PN-CRT_Trabajo_.pdf

Uribede Hincapié, M. (2000). Notas para la conceptualización del desplazamiento forzado en Colombia. Estudios Políticos, (17), 47-70.

VerdadAbierta (2015). Falsos positivos: Una herida que sigue abierta. Disponible en: https://verdadabierta.com/especiales-v/2015/falsos-positivos/.

Notes

1 El término “población flotante” ha sido acuñado a aquella población que proviene de otras regiones, sin que exista un registro de su asentamiento, generado incluso, por el constante movimiento sobre el territorio (Uribe de Hincapié, 2000).

2 La opinión pública ha desarrollado una construcción social a partir de las características de estos casos, enmarcando el fenómeno en el concepto de “falso positivo” (El Espectador, 2008; Semana, 2008) o ejecución extrajudicial, como acepción muy general de lo que abarca el concepto; es decir, la muerte de civiles a manos de miembros de la Fuerza Pública, tal y como se describe en este texto, es solo un ejemplo muy específico de lo que se entiende por ejecución extrajudicial (Kaufman & Fagen, 2006).

3 De acuerdo con el Centro de Investigación y Educación Popular (Cinep), el primer registro de muertes presentadas como bajas en combate ocurrió en 1984, por parte de la Patrulla de Infantería n.° 22, adscrita al Batallón Ayacucho con jurisdicción en Antioquia, en donde se presentó como resultado al joven Luis Fernando Lalinde (Rojas Bolaños & Benavides Silva, 2017).

4 Así, al inicio de 2002, el 9,40 % de las muertes en combate eran cuestionadas e investigadas por las autoridades; al final de 2010, esta cifra incrementó a un 10,63 %, equivalente a 3.259 investigaciones adelantadas de las 16.331 muertes reportadas (Niño Camargo, 2015).

5 La directiva ministerial permanente desarrollaba: “criterios para el pago de recompensas por la captura o abatimiento en combate de cabecillas de las organizaciones armadas al margen de la ley, material de guerra, intendencia o comunicaciones e información sobre actividades relacionadas con el narcotráfico y pago de información de labores de inteligencia y el posterior planeamiento de operaciones” (Ministerio de Defensa Nacional, 2005).

6 Un ejemplo de cómo el fenómeno de ejecuciones extrajudiciales ha sido analizado, debatido y comprobado ante los estrados judiciales han sido las sentencias condenatorias proferidas. A manera ilustrativa se encuentra el Juzgado Primero Especializado de Cundinamarca, que condenó a 21 militares por los hechos ocurridos con los jóvenes del municipio de Soacha, en agosto de 2008. Mismo escenario se presentó con el fallo condenatorio proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali, que revocó la sentencia absolutoria contra siete militares implicados en la muerte de una persona en marzo de 2006. Igualmente, de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Cartagena, que condenó a cuatro integrantes del Ejército Nacional por el homicidio en persona protegida, ocurrido en agosto de 2005.

7 En el caso del desplazamiento forzado, la uariv advierte, en su reporte general con corte a 1.° de diciembre de 2019, un total de 7.580,241 personas, esto es, víctimas identificadas de manera única por su nombre o número de identificación y 8.418.858 eventos, entendidos como la ocurrencia del hecho victimizante en un lugar y fecha determinada. Aunque para el caso de ejecuciones extrajudiciales no existe una cifra exacta de casos o víctimas, de acuerdo con la información entregada por la Fiscalía General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz, al menos 2.248 víctimas de lo que se catalogó como “muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate”, se identificaron entre 1988 y 2014.

8 Para el caso del departamento de Vichada, la información registrada por el cnmh reporta una única muerte como baja en combate en un periodo de diez años comprendidos entre el año 2000 y 2010. No obstante, es necesario advertir que este subregistro puede responder a la falta de denuncias presentadas o de casos anotados por las autoridades, y no porque el fenómeno en esta región en específico carezca de importancia.

Auteur

Abogada de la Universidad del Rosario con profundización en Derecho Penal de la misma institución. Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas de la Universidad Externado de Colombia. Magíster en Sistema de Justicia Penal de las Universidades de Lérida (España) y Jaume i de Castellón (España), y magíster en Criminological Research (Mphill) de la Universidad de Cambridge (Reino Unido). Doctoranda en Estado de Derecho y Gobernanza Global de la Universidad de Salamanca, España. Ganadora del Concurso Nacional Universitario de Técnicas de Juicio Oral en el Sistema Acusatorio Organizado por el Departamento de Justicia de la Embajada de los Estados Unidos de América (doj) y la agencia usaid (versión 2013-2014). Profesora universitaria de pregrado y posgrado. Directora del Semillero de Investigación en Derecho Penal de la Universidad El Bosque. Ha trabajado en las fiscalías delegadas ante la Corte Suprema de Justicia, en la Registraduría Nacional del Estado Civil y en oficinas de abogados litigantes. Actualmente trabaja en la Sección para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Responsabilidad en la Jurisdicción Especial para la Paz.. Enlace orcid: https://orcid.org/0000-0003-4230-6334.

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