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Los riesgos del puntivismo, presunción de inocencia e indignidad carcelaria en Colombia

 | 
Marcela Gutiérrez Quevedo
, 
Ángela Marcela Olarte Delgado

Segunda parte. Indignidad carcelaria y política criminal

Capítulo VIII. La informalidad laboral en las cárceles: un estudio de caso en La Picota, Bogotá

Chapter VIII. Labor informality in prisons: a case of study of La Picota, Bogota

Camilo Ernesto Díaz-Vásquez

Résumé

Este artículo presenta los hallazgos de un estudio exploratorio de caso formulado con un diseño sociojurídico y cualitativo sobre la informalidad laboral en pabellones de baja y mediana seguridad en la cárcel La Picota de Bogotá. Allí los reclusos acostumbran transar de manera ilegal toda clase de bienes y servicios, incluyendo aquellos que deberían ser garantizados por el Estado. De ahí que los internos entiendan la economía informal como una actividad de supervivencia con la cual consiguen dinero para subsistir y atender necesidades psicológicas y subjetivas esenciales. La posibilidad de acudir al trabajo como una forma de apartarse del delito no suele ser bien aprovechada por lo precario de la oferta laboral y educativa que brinda el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario. Si bien la situación legal de la economía informal en las cárceles no ha sido revisada aún por las autoridades jurídicas, los criterios establecidos para abordar la formalización laboral por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en la Observación Número 18, muy posiblemente tienen plena vigencia en las prisiones colombianas. En el presente artículo se sugiere acoger la Recomendación 204 de la Organización Internacional del Trabajo para garantizar plenamente el derecho al trabajo de la población privada de la libertad.

Texte intégral

1. Introducción

1En este trabajo se discutirá el fenómeno de la informalidad laboral en el interior de establecimientos carcelarios. Este es un hecho extendido en Colombia y, en general, en Latinoamérica. En el informe Panorama laboral 2016, la Organización Internacional del Trabajo (oit) registró en 2015 en América Latina y el Caribe una informalidad laboral no agrícola del 46,8 % (oit, 2016, p. 38). Es decir, casi uno de cada dos trabajadores no agrícolas de la región realizaba sus actividades en condiciones informales en dicho año. Esta realidad también ha sido observada en Colombia. En el trimestre noviembre de 2017-enero de 2018, el país tuvo una informalidad laboral del 48,1 % (Dane, 2018). Lo paradójico es que, pese a la notable dimensión de este fenómeno, los estudios realizados en el mundo y en el país no han investigado si existe informalidad laboral dentro de las cárceles.

2En Colombia, la preocupación académica por el trabajo carcelario tuvo un moderado impulso, principalmente por la expedición de la Ley 65 de 1993, que introdujo la resocialización como el fin último de la privación de la libertad y que instituyó el trabajo, estudio y enseñanza como uno de los medios fundamentales para lograr ese fin. El presente artículo es el resultado de la investigación “Informalidad laboral en la cárcel: un estudio de caso en baja y media seguridad en La Picota” cuyo propósito general es abordar por vez primera como objeto de estudio la informalidad laboral dentro del sistema penitenciario. Este estudio se enmarca en la segunda declaratoria de un estado de cosas contrario a la Constitución en el sistema penitenciario y carcelario, en 2003, por parte de la Corte Constitucional de Colombia.

3Este artículo intenta documentar la existencia de actividades laborales informales cuya presencia tiene relación con la existencia de una economía sumergida en La Picota, en la cual se transan bienes y servicios básicos que deberían ser garantizados por el Estado. Los internos que fueron parte de la investigación entienden la informalidad como una actividad de supervivencia con la que consiguen dinero para subsistir, pero también como una estrategia para resolver necesidades psicológicas y subjetivas. Pese a que muchos internos acuden al trabajo informal como una forma de apartarse del delito, la oferta del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) es precaria y este potencial no está siendo aprovechado. Si bien la economía informal no ha sido revisada jurídicamente para las cárceles, la normatividad apunta a que los criterios del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (pidesc) para abordar la formalización laboral tienen plena vigencia en las prisiones colombianas.

4La investigación tuvo un carácter exploratorio con un diseño sociojurídico y cualitativo. Se prefirió el estudio de caso por la importancia que le da al contexto del fenómeno y se usó la codificación abierta como método de análisis de los datos (Creswell, 2007). El objetivo de la investigación fue entender desde el punto de vista de los internos recluidos en baja y media seguridad en La Picota la existencia de la informalidad laboral. El principal instrumento de recolección de información primaria fueron siete entrevistas semiestructuradas, usando el método de bola de nieve para el muestreo, que se complementó con grupos focales, una cartografía social y la observación de campo que hizo el autor en el marco de la ejecución del proyecto de redención de Tertulia Literaria en La Picota (del cual hizo parte), que tuvo lugar todos los jueves, desde febrero hasta octubre de 2018. Como documentación secundaria se usaron tratados y recomendaciones internacionales (incluyendo observaciones), sentencias, leyes, decretos, acuerdos, resoluciones, doctrina, textos académicos y documentales. Todas las conclusiones del presente estudio fueron discutidas con el grupo focal que hizo parte de la investigación.

5En las entrevistas se pidió a los internos que explicaran las labores informales, por qué las desarrollaban y el impacto en su futuro. No fue posible ingresar grabadoras al penal. Con la cartografía social se buscó conocer las actividades informales y su ubicación social y espacial. Los grupos focales se condujeron con internos, independientemente de que trabajaran o no, para entender su visión sobre el derecho al trabajo y sus necesidades en la cárcel. Esta información se cruzó con las entrevistas y con la observación de campo. La idea de contrastar las necesidades de los internos con la existencia de la informalidad surgió de una conversación con la socióloga Valentina Villamarín. En cada caso se informará al lector de cuál instrumento proviene la información que se referencie a lo largo del texto.

6El lector encontrará en el apartado inicial (numeral 2) un esbozo de las condiciones estructurales que se relacionan con la economía informal dentro de los establecimientos de reclusión. Una vez contextualizadas dichas circunstancias, en el segundo apartado (numeral 3) se explican las necesidades que, desde la visión de los internos, los motivan a acudir a la informalidad. Finalmente, en la tercera parte (numeral 4), se esbozará la relación entre el derecho al trabajo y la informalidad dentro de la cárcel y se sugerirán líneas básicas para avanzar hacia la formalización.

2. La informalidad en el contexto carcelario

Y se da cuenta de que no hay destino sino muchos destinos, cada uno de los cuales tan sólo alcanza para resolver una semana, un día, una comida y así, en fracciones cada vez más chicas, que lo llevan a la paradoja de Aquiles, donde pese a la velocidad que imprime a sus esfuerzos no va a ninguna parte, atrapado para siempre en el espacio decreciente de sus posibilidades.
Francisco Torres, Del río a la montaña

7En el presente apartado se hará un esbozo de las circunstancias que se relacionan con la informalidad en las cárceles, conectando lo hallado en la investigación con tres documentales y con la bibliografía existente. Los aspectos más delicados que el lector verá a continuación han sido reseñados por la Corte Constitucional de Colombia. El lector podrá constatar que la informalidad guarda relación con los problemas en la oferta trabajo, estudio y enseñanza (desde ahora tee) del Inpec y que en La Picota existe una economía sumergida de la que la economía informal es parte fundamental.

8En la presente investigación se usará la definición de la oit (2013), para quien la economía informal hace referencia a “todas las actividades que son, en la ley o en la práctica, no cubiertas o insuficientemente cubiertas por los acuerdos formales” [traducción del autor] (p. 4). Cuando el autor mencione informalidad laboral, trabajo informal, actividades informales o rebusque se está haciendo referencia a la anterior definición.

9Puede llegar a ser retador diferenciar las actividades criminales de aquellas informales. No obstante, no es la primera vez que la academia se enfrenta a la necesidad de separarlas. Manuel Castells y Alejandro Portes (1989) establecen que la diferencia fundamental radica en que en la informalidad el proceso de producción o distribución no está regulado o no es legal, pero sus productos o servicios son lícitos, mientras que la economía criminal se especializa en producir y distribuir productos y servicios ilegales (pp. 14-15).

10Cuando se mencione economía sumergida no se hará referencia a la definición de algunos economistas que la entienden exclusivamente como ligada al crimen (Mankiw, 2002, p. 106). Se usará la perspectiva del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (2005) la cual también comprende la economía informal.

2.1. Poca oferta u oferta inadecuada de trabajo, estudio y enseñanza

  • 1 El autor no comparte el concepto, pero lo usa en este caso porque está establecido en la ley.

11Todos los internos tienen derecho a que exista oferta de tee que les permita prepararse para la vida en libertad. Sobre el Estado recae el deber de avanzar progresivamente para garantizar que esta llegue a todos los reclusos (Corte Constitucional, Sentencia T-388, 2013, p. 221). Salvo algunas excepciones establecidas en la ley, estas actividades le permiten a la población privada de la libertad reducir su tiempo de sentencia (redimir pena) y los jueces las pueden tomar en cuenta para evaluar el proceso de resocialización1 del interno. Por estas y otras razones, es vital para una inmensa cantidad de internos acceder al tee.

12Lo ideal sería que todo interno que quisiera enseñar, estudiar o trabajar pudiera hacerlo, pero no existe una oferta que llegue a todos. Este hecho fue notorio en la investigación de campo y Gerardo lo expresa en la entrevista con una mezcla de desazón, frustración e indignación:

— ¡Es que acá no hay nada! Algunos están mamados y gritan: “ ¡Ocúpenme!”.

13El caso de Manuel, un interno de La Picota, es ilustrativo. Él trabaja informalmente tallando a mano. Lo hace principalmente con madera. También utiliza otros materiales como la marfilina. Su labor en este último material es particularmente llamativa. En la entrevista afirmó que hizo en una bola de billar “la trampa” (imagen en la que unos perros juegan póker y se ve cómo varios de ellos hacen trampa en el juego). Sus obras son muy reconocidas en el patio. El autor pudo observar varias de sus piezas en madera y su talento es notorio. Pese a todo lo anterior, durante toda la entrevista Manuel fue enfático en manifestar su deseo de poder redimir en los talleres de maderas: “Me gustaría ir a talleres y ganar”. Sus condiciones para acceder a los materiales y las herramientas son realmente precarias. Gran parte de la madera que actualmente utiliza la consigue de la basura de los patios o de la basura que le llevan los que trabajan en los talleres de maderas.

14Según las cifras oficiales del Inpec (2018a), de un total de 8.579 internos en La Picota, 7.144 se encontraban en actividades de trabajo, estudio y enseñanza (el 83,27 %), de los cuales 3.548 trabajaban (el 41,35 %). Sin embargo, en la observación de campo (enero-octubre) se constató una realidad diametralmente distinta: siempre era una minoría la que salía a actividades de redención.

15Existen muchas dudas sobre la veracidad de las cifras oficiales. En el 2017, el Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes publicó un informe que concluye que “la información proporcionada por las diferentes entidades estatales, en líneas generales, es poco confiable e incompleta” (Grupo de Prisiones, 2017, p. 118). Adicionalmente, en su primer informe de seguimiento a las sentencias del estado de cosas inconstitucional penitenciario y carcelario, el Grupo de Prisiones (2018) encuentra en sus entrevistas que las cifras de tee están sobredimensionadas. Más que corresponder con la realidad se inflan “por seguir el lineamiento de la Dirección General” (Grupo de Prisiones, 2018, p. 23). Existen otras razones por las que las cifras se encuentran sobredimensionadas. Como se constató en la observación de campo, es muy común que los internos asistan uno, dos o tres días a sus programas de redención, dejándolos sin otra actividad para realizar el resto de la semana. Este caso también fue encontrado por el Grupo de Prisiones (2018) en La Modelo con los programas de educación (p. 23). En las entrevistas a los internos se pudo constatar lo informado por parte de la Procuraduría en el 2011 a la Corte Constitucional:

Si bien es cierto, existe para cada establecimiento un programa denominado ‘plan ocupacional’, ello en la práctica no es una realidad; de una parte porque no cubren a la totalidad de las personas privadas de la libertad y de otra porque corresponden en su mayoría al desarrollo de algunas actividades, tales como artesanías, bisutería, lecturas, aseo, etc., que los internos realizan en el patio, sin control y dirección de instructores, sin embargo [sic] les son certificadas como trabajo para la redención de la pena [cursivas añadidas] (Corte Constitucional, Sentencia T-388, 2013, pp. 62-63).

16De acuerdo con la observación de campo hecha en La Picota, también es muy frecuente que una porción importante de las actividades de tee se realicen entre las nueve y las once de la mañana. Es decir, una vez acabadas las dos horas, los internos regresan a los patios sin otra actividad para realizar durante el día. Adicionalmente se observó que aquellos reclusos que tienen actividades que superan las once de la mañana muchas veces se enfrentan a la disyuntiva entre almorzar o seguir en sus actividades porque esta comida se sirve dentro del patio, precisamente a esa hora. También se encontró en las entrevistas que lo poco ofertado por el Inpec no necesariamente está en sintonía con las necesidades, expectativas o intereses de la población privada de la libertad:

Carlos: A mí me han salido varias ofertas. Donde hay mejores oportunidades, pero no me gustan esas áreas. Algunas al aire libre, pero sin beneficio monetario.
Iván: En La Modelo vi opciones, pero eso es cosa de azar obtener un trabajo. No se mira la vocación o las afinidades y la asignación se hace a dedo. Pocas veces cae un trabajo donde a uno le gusta.

17El caso de Iván llama mucho la atención. Su especialidad es hacer mochilas arhuacas. Cuando estuvo en máxima seguridad en La Picota redimía sentencia tejiendo, pero en el momento en que avanzó a mediana y baja seguridad no pudo seguir en los talleres de tejidos. En efecto, la única vía que encontró para seguir con su labor fue trabajando informalmente en el patio.

18Ante la evidente carencia de cupos, muchos internos ven en la informalidad una oportunidad para ocuparse o la vía para tener alguna labor que verdaderamente les interese o que les reporte por lo menos una ganancia mínima. Para una población ávida de hacer cualquier actividad durante su tiempo de reclusión, la economía informal es una excelente alternativa para sortear las trabas del sistema penal colombiano.

2.2. Barreras en el acceso a la oferta de trabajo, estudio y enseñanza

19Existen tres obstáculos adicionales que se interponen a la garantía de estos derechos: 1) la imposibilidad de salir de los patios, 2) las fallas en el proceso de clasificación de los internos y 3) las demoras en la aprobación de las solicitudes de redención.

20Respecto a la primera barrera, se encontró en la ejecución del proyecto de Tertulia Literaria que siempre era incierto quién podía acudir a las actividades. Pese a que este tenía una duración de 8 meses, los cinco días hábiles de la semana, los obstáculos para que los recursos salieran del patio fueron varios:

  • Cada interno debía mostrar un papel que certificara que estaba redimiendo. Este documento se deteriora o se pierde fácilmente y no es claro el procedimiento para recuperarlo, ni mucho menos qué se puede hacer temporalmente.

  • Cada día que había operativo era imposible salir.

  • Con las cuarentenas por brotes de paperas o tuberculosis se cerraba el patio.

  • No está permitida la salida de las personas que no estén afeitadas.

21Respecto a la segunda barrera, se encontró que existen fallas en el proceso de clasificación que habilita a la población privada de la libertad para acceder a la oferta de tee. Existen tres fases de tratamiento y los internos son clasificados en cada una de ellas. Conforme se avanza en dicha escala se ofrecen más opciones de redención (Resolución 3190, 2013). El primer paso de toda esta clasificación es que el interno apruebe el curso de Inducción al Tratamiento. Por ley, el Inpec tiene hasta tres meses para dictarlo. Sin embargo, en los grupos focales se encontró que puede superarse este período y muchos internos no alcanzan a verlo, lo cual materialmente les impide hacer cualquier actividad formal en la prisión. Adicionalmente, se encontró en los talleres que las valoraciones del tratamiento de los internos se hacen de forma masiva y con muy poca profundidad. Sánchez Sabogal (2017) lo relata:

El interno debe tomar en promedio dos cursos psicosociales para lograr su paso a la siguiente fase de tratamiento, cursos impartidos por practicantes de universidad que no tienen la experiencia para detectar y resaltar características personales […] Este mecanismo dura aproximadamente tres meses que consta de dos sesiones por semana y no aborda individualmente la personalidad y características del sujeto, únicamente se le exige asistir y presentar una tarea semanal que en muchas ocasiones no ha sido realizada personalmente (p. 7).

22El tercer obstáculo tiene relación con las demoras en la aprobación de las solicitudes de redención y la incertidumbre en el seguimiento de este trámite. Quien aprueba dichas solicitudes es la Junta de Evaluación de Trabajo, Estudio y Enseñanza (jetee) (Resolución 3190, 2013, art. 3). En nuestro proyecto de Tertulia Literaria pudimos constatar demoras en las respuestas a las solicitudes realizadas por el equipo. El Grupo de Prisiones (2018) sintetiza cuatro causas de las fallas en la oferta de programas de tee:

(i) capacidad limitada para ser implementados en los centros de reclusión, (ii) dificultades en los procesos de evaluación y tratamiento a la población condenada, (iii) falta de gestión de los establecimientos para impulsarlos, y (iv) desorganización administrativa (p. 23).

23Es necesario que se aborden estas problemáticas ya que en las entrevistas y en los grupos focales los internos fueron enfáticos en afirmar que estas tres barreras bloquean a quienes quieren acceder a la oferta de tee, y por ello muchos se ven abocados a acudir a la informalidad, con la que no es posible redimir ni tampoco existen garantías para el desarrollo de sus actividades.

2.3. Aprendizaje en el patio

24Gracias a la cartografía social realizada, se encontró que la economía informal tiene su epicentro en los patios y en las celdas. Las razones tienen que ver con lo ya expuesto en este capítulo: muy pocas personas salen del patio a redimir y las pocas que lo logran, generalmente, no lo hacen todos los días o solo lo logran durante dos horas al día.

25Por todo lo anterior, es muy común encontrar a los reclusos trabajando en los patios o en las celdas. La visibilidad de estas actividades incita a otros internos a aprender lo que sus compañeros de patio hacen. A la pregunta, ¿cómo aprendió su actividad laboral?, varios respondieron:

Iván: Aprendí a hacer las mochilas en La Modelo. Un compañero informalmente me enseñó.
A mí me enseñaron eso acá. Yo nunca había agarrado una aguja de esas en mi vida. Primero me enseñaron con unos colores y después con más colores y más figuras.
Manuel: Hubo un señor […] él me enseñó. Me dijo hágala así, y aprendí.

26En la cartografía fue posible encontrar que en la cárcel La Picota existen internos que mandan en cada patio. Estas personas tienen a su vez subordinados y su propósito es garantizar el control, incluido el del mercado interno de la cárcel. Como diría un miembro de la guardia del Inpec en una entrevista en televisión: “Nosotros ejercemos control detrás de la reja, pero de ahí para adentro es el mundo de ellos” (Los informantes, 2015).

  • 2 En la cárcel La Modelo, Jalis de la Serna entrevistó a un interno que trabaja planchando en el pati (...)
  • 3 Para entender mejor el control de los caciques en los patios, véase todo el reportaje de Jalis de l (...)

27Como la economía informal tiene su epicentro en los patios, esta se desenvuelve bajo el mando de los caciques2. Aquellos que tienen el poder en los patios y vigilan todo lo que ocurre dentro de ellos terminan indefectiblemente poniendo bajo su control la economía informal3.

2.4 El mercado de derechos

  • 4 Un periodista de Los Informantes (2018), en un especial sobre los lujos en La Picota, dijo: “El din (...)

28En las cárceles existe realmente una economía de mercado: hay oferta y demanda de bienes y servicios. El intercambio se realiza a través de dinero, trueque (de bienes y servicios) o a través de tarjetas de minutos de los teléfonos públicos, usando sus precios como referente de canje. Esta situación no es nueva, ya ha sido abordada por la Corte Constitucional (Sentencia T-388, 2013, p. 90). En este mercado se transan bienes y servicios legales e ilegales. Tanto en las entrevistas como en los talleres grupales era muy común escuchar, entre rabia, desazón y frustración; “Es que aquí todo es plata”4. En palabras de Alberto:

— La plata acá lo mueve todo. Es todo lo que mueve.

29Esta grave denuncia no es nueva. La Corte Constitucional en la sentencia declaratoria del último estado de cosas inconstitucional carcelario afirmó:

El hacinamiento penitenciario y carcelario lleva a la escasez de los bienes y servicios más básicos al interior de las cárceles, como un lugar para dormir. Esto lleva a que la corrupción y la necesidad generen un mercado ilegal, alterno, en el cual se negocian esos bienes básicos escasos que el Estado debería garantizar a una persona, especialmente por el hecho de estar privada de la libertad bajo su control y sujeción [cursivas añadidas] (Sentencia T-388, 2013, p. 85).

  • 5 La Corte desarrolla varios de los derechos que se transan en las prisiones (Sentencia T-388, 2013, (...)

30En el fondo estamos ante la presencia de una economía sumergida en la cual se transan y negocian varios de los derechos que deberían estar a cargo del Estado5. Esta realidad lleva a que una parte de la población privada de la libertad se vea abocada a conseguir recursos informalmente para poder acceder a los bienes básicos que deberían ser obligación del Estado.

2.5. Baja remuneración del Inpec al trabajo de los internos

31De todas las actividades de redención de la pena, la única que debe ser remunerada es el trabajo penitenciario. Lo anterior es ordenado por el Convenio 29 de la oit. Sin embargo, el monto de dicha remuneración ha sido motivo de controversia y de contradicciones dentro de las diversas sentencias de la Corte Constitucional. En la Sentencia de tutela 429 del 2010, la magistratura establece la posición definitiva sobre este tema. Esta es contundente en afirmar que el propósito del trabajo penitenciario es la resocialización y no el mínimo vital, y, por ende, los internos que trabajan con el Inpec pueden recibir remuneraciones por debajo del salario mínimo (Sentencia T-429, 2010, pp. 23-24).

32Para Carlos, quien al momento de la charla se encontraba trabajando en marroquinería con el Inpec, la remuneración es insuficiente y estos recursos los complementa con su trabajo informal en artesanías:

— Porque es una fuente de ingresos monetarios y de ahí puedo sostener mis gastos y ayudar a mi cónyuge.

  • 6 Véase la Sentencia T-388 (2013, p. 85).

33Paradójicamente, uno de los argumentos centrales de la Corte para desestimar la posibilidad abierta por la Sentencia T-009 de 1993, de que los trabajos realizados por internos en convenios con el Inpec fueran pagados con un monto equivalente al salario mínimo, fue argumentar que las necesidades básicas (el mínimo vital) debería ser garantizado en las prisiones por el Estado (Sentencia T-429, 2010, p. 25). Un supuesto cuestionado por la realidad y en la práctica por la misma Corte en la declaración del Estado de Cosas Inconstitucional6.

34En conclusión, la academia y la Corte han mostrado hechos que permiten afirmar que existe una economía sumergida en las cárceles en la que se transan derechos básicos de los internos, poniendo en entredicho la garantía del mínimo vital consignada en la ley. Con el propósito de sobrevivir en este crudo mercado, algunos internos acuden al trabajo informal para conseguir recursos que les permiten asegurar su existencia. La economía informal tiene su epicentro en los patios y se desarrolla bajo el control de los caciques. Pese a que la informalidad no es ilícita en sí misma, se encuentra bajo el mando de los poderes ilegales dentro de la prisión y parte importante de sus ganancias terminan en ellos; muy similar a como se ha observado en otros mercados informales rodeados de entornos ilegales (Blanes Jiménez, 1989).

3. Las necesidades de la población privada de la libertad y la informalidad

35En el pasado apartado, el lector pudo conocer las condiciones estructurales que se relacionan con la informalidad laboral. Una serie de problemáticas que la Corte Constitucional ha descrito como “patéticas condiciones de existencia” (Sentencia T-388, 2013, p. 93). En el presente apartado hablaremos de cómo el rebusque contribuye a resolver varias de las necesidades más sentidas de la población privada de la libertad. Para los internos de La Picota, la informalidad laboral es una actividad de supervivencia. A través de estas labores se sobrevive a las precariedades de la cárcel y se sobrelleva la pesada carga de la privación de la libertad.

3.1. Necesidad de acceder a bienes y servicios

36Por medio de las labores informales, los internos consiguen recursos para poder comprar todo aquello que cada uno considera necesario para su supervivencia dentro de la cárcel. A la pregunta, ¿qué compra con lo que consigue de su trabajo?, los internos respondieron:

Carlos: Materiales, aseo personal, lo que consumo, más gastos que salen del mismo patio.
Manuel: Me toca levantarme lo del cigarrillo, lo de la empanada, lo del aseo.
El desayuno es poco.
No me ha llegado la primera visita. A mí me toca conseguirme mis chiritos, con eso me visto.
Para llamar a la casa.

37Tal como se halló en los grupos focales, las posibilidades son muchas: desde comprar un jabón, materiales para trabajar informalmente dentro de la cárcel, un corte de cabello, hasta celulares o drogas. Cada persona entiende las necesidades básicas o los lujos desde una perspectiva distinta:

Iván: No es lujo. Compramos comida porque la del Inpec es muy mala. No son lujos, son cosas que se necesitan. Por ejemplo, acá hay personas que lavan, y yo no puedo después de coser, y me toca mandar a lavar.
Alberto: [Lo hago] por necesidad. Para comprar útiles de aseo, crema, jabón, comprar un pantalón, una camisa.

38Pese a que la ley es clara y enfática en que existen unos bienes y servicios básicos que se deben otorgar a todos los internos, la realidad es distinta. Tal como se vio en el anterior apartado, cualquier derecho es susceptible de ser parte del mercado y convertirse sencillamente en un bien y un servicio; en un privilegio cuyo acceso está condicionado a los recursos. La existencia dentro de La Picota está mercantilizada, ya que si no se hace parte de este mercado es imposible sobrevivir. La informalidad es un mecanismo para poder conseguir los recursos para acceder a los bienes y servicios que ofrece el mercado interno de La Picota.

3.2. Necesidad de pagar los impuestos del patio

39Los caciques cobran tributos a los internos por el solo hecho de estar en el patio. Los montos, su creación y periodicidad dependen exclusivamente de quienes tienen el poder. En los talleres grupales pudimos determinar que en 2018 los impuestos ascendían mensualmente en promedio a $42.000. Claro está, es muy importante resaltar que los impuestos no se cobran igual a todo el mundo. Por poner un ejemplo: en los talleres grupales era muy común escuchar que “a los ñeritos siempre se las montan” y les cobran más. La Corte Constitucional lo llamó, en la Sentencia T-388 (2013), “condiciones de extorsión y chantaje” (p. 86). En palabras de Iván:

— Los costos dependen del patio. En el mío, cuando no hay nada adicional, que de eso inventan a cada rato, los impuestos van entre $10.000 y $50.000.

  • 7 El “gimnasio” es un lugar dentro del patio donde están ubicados artefactos hechos por los propios i (...)

40Cabe agregar que también se encontraron en los talleres referencias a impuestos cuyo destinatario no es el cacique sino hacer inversiones obligatorias, como es el caso de la pintura de los patios, el pago de la televisión, entre otros. Esto no debe confundirse con otros cobros que hacen parte del mercado interno, como, por ejemplo, el lugar donde se duerme o para acceder al “gimnasio”7 o hacer uso de los hornos. Estos tributos son una de las razones por las cuales trabajar informalmente es una necesidad inevitable. Si no se paga, la vida del interno corre peligro.

3.3. Necesidad de aportar económicamente a la familia

41Antes de entrar a la cárcel, varios internos apoyaban económicamente a sus núcleos familiares. Una vez en prisión, las necesidades económicas siguen, pero las posibilidades de trabajar formalmente y transferir dinero son casi nulas. Respecto de la pregunta, ¿por qué realiza sus actividades laborales?, entre las respuestas se hallaron las siguientes:

Felipe: Lo veo como un conjunto: puedo ayudarle a mis hijos.
Carlos: Para servicios, para alimentación [de la familia]. No puedo enviar seguido. Pero envío $100.000 o $150.000 cada 2 o 3 meses.

42No solamente se trata de la necesidad material de garantizar el sostenimiento de la familia, también están en riesgo los vínculos familiares en sí mismos. Proveer dinero para solventar las urgentes necesidades del núcleo familiar mientras se está privado de la libertad puede ser determinante para la salud de la relación del interno con sus allegados. La economía informal intramuros puede resultar una alternativa para transferir algunos recursos, generalmente precarios, para el núcleo familiar.

3.4. Necesidad de tener una independencia económica

43Acorde con lo encontrado en los grupos focales y en las entrevistas, es más común que la familia transfiera algunos recursos a la población privada de la libertad y no al contrario. Como es lógico pensar, cuando se rompe drásticamente este vínculo los reclusos tienen que subsistir por cuenta propia. En la investigación se encontraron algunas de las razones por las cuales los internos no reciben ningún apoyo monetario: 1) por lejanía de la familia del centro de reclusión, 2) por rompimiento de las relaciones por decisión del interno o de ambos, 3) porque en la medida en que transcurre el tiempo cada vez los allegados les transfieren menos recursos hasta que el flujo se detiene por completo y 4) porque los internos desean “no ser una carga para la familia”. La cuarta motivación es bastante llamativa porque es una elección autónoma de los internos. A continuación, algunos fragmentos de dos entrevistas:

Carlos: Yo no tengo quién me colabore. La mayoría pide. El que comete el delito tiene que sostenerse. Mi familia no tiene dinero y como no dejé, no pido.
Iván: Yo mismo me gané el canazo. Yo mismo me pago el canazo.

44Como el lector podrá ver, las necesidades de la población privada de la libertad pueden ir más allá de solo conseguir dinero. En este ejemplo, los reclusos no quieren ser una carga para la familia y deciden rebuscar recursos por cuenta propia para sostenerse. El caso que se observará a continuación es muy similar.

3.5. Necesidad de atender a las visitas

45Los días de visita son sumamente importantes. Son el momento más esperado para muchos presos. Esos días son la oportunidad de hablar con la familia o con un ser amado. Las visitas realmente cambian la dinámica de la cárcel, incluso desde días antes. Gracias a los grupos focales se pudo constatar que varios internos deben trabajar arduamente para poder atender a sus visitas:

Gregorio: Hay un ñerito en el patio muy inteligente, no es malo, solo no ha tenido oportunidades. Cuando llega su visita femenina, le tiene chitos, gaseosa, Bonyurt, le tiene buena comida. También le hace muñecos.
Me dicen, “págueme por hacer cualquier cosa o gásteme”, con tal de atender a la visita.
Iván: [Se requieren recursos] para el cafecito o gaseosa para la visita, o si no, no vuelve la visita femenina. Darles papitas.

46Como queda claro en la última oración, se trata de hacer todo lo posible porque regrese la visita. De ahí la necesidad de organizar el patio, de comprar comida o de tener detalles. Necesidades que requieren dinero, que se puede conseguir trabajando informalmente. Merece especial mención la compra del “cambuche”. Esa es la denominación que reciben las tiendas hechas artesanalmente y que se usan en los pasillos para poder atender las visitas íntimas. Tal como explica Echeverry Vera (2010), dos consecuencias psicológicas de la prisión son la pérdida de intimidad y la afectación de la práctica de la sexualidad (pp. 162-164). El cambuche y la preparación para el día de las visitas son un claro mecanismo para lidiar con estas adversidades.

47Producto del encierro existen necesidades psicológicas o subjetivas que son atendidas gracias a los recursos obtenidos de las actividades informales. En los casos que se verán a continuación, las labores informales, más que un medio para conseguir recursos, son en sí mismas la forma de suplir este tipo de necesidades.

3.6. Necesidad de vivir acorde con principios morales, religiosos o filosóficos

48Según Echeverry Vera (2010, pp. 161-163), dentro de las consecuencias psicológicas de la prisión está la percepción de no tener personalidad propia (despersonalización), la afectación de la autoestima debido al descrédito permanente por estar en la cárcel, la pérdida de la capacidad de decisión debido al control férreo intramuros y la ausencia de expectativas sobre la vida propia. Básicamente, los internos tienen la necesidad de buscarle un sentido a la vida y reafirmar su personalidad en medio de las terribles condiciones de la cárcel. Esta realidad es patente en las palabras de Gregorio:

— Cuando las situaciones son difíciles obtengo la tranquilidad de que todo pasará, que existe algo más que existir, aunque no sepa explicar qué es, pero hay algo más.
[ ¿Cómo solventa esta necesidad?] Recordando que no soy simple carne y huesos, que esta prisión pasará, que no soy resultado del azar, ni Dios juega a los dados.

49En algunos internos esta lucha interna por redefinir su personalidad y construir un nuevo proyecto de vida pasa por alejarse de las actividades delictivas. A la pregunta, ¿por qué realiza sus actividades laborales?, en las entrevistas respondieron:

Manuel: Mantengo la mente ocupada, no [pensando] en qué cogerme o qué llevarme.
Felipe: Acá lo que uno no se puede permitir es estar haciendo nada porque la cabeza comienza a irse a otros lados. Es fácil que se desvíe una mente ociosa.

50La diferencia entre ganar o perder esta lucha por dejar las actividades delictivas y, con ello, redefinir su personalidad y proyecto de vida, guarda mucha relación con lo que el Inpec ofrece a la población privada de la libertad. Cada cupo para tee es una herramienta para poder dar esta batalla interna y construir una nueva vida. Esta es la razón por la cual, ante la carencia de oferta formal, muchos reclusos acuden a la economía informal como una forma lícita de ganar dinero y sostenerse.

3.7. Necesidad de resistir a la cárcel

51Existe una necesidad de algunos internos que fue encontrada en el presente estudio, pero que no hay sido referenciada en otras investigaciones sobre el trabajo carcelario. Se trata de la necesidad de algunos reclusos de resistir a la institución carcelaria. A la pregunta, ¿considera lo que hace como un trabajo?, respondieron:

Felipe: Lo entiendo no tanto como trabajo sino como expresión, porque con esto puedo hablar, puedo transmitir.
Gerardo: En tanto a la hechura de documentos lo hago porque cuando llegué por culpa del abogado terminé acá. Mandó una información vital como algo de segundo plano, cuando debió hacer, con base en eso, una solicitud. A partir de ahí dije, ¡nunca más!

52Felipe valora sus artesanías, más que por los recursos que obtiene de ellas, porque son un vehículo de expresión. Similarmente, Gerardo hace trámites jurídicos en La Picota no por ganar dinero, sino como una forma de evitar que otros sufran la injusticia vivida en carne propia. Adicionalmente, en la investigación se halló que la cárcel para los internos, antes que resocialización, representa muchas veces corrupción, abuso de poder, hipocresía, injusticia, entre muchos otros defectos de la sociedad; por eso el trabajo es un vehículo de resistencia o lucha por la dignidad.

3.8. Necesidad de “hacer cualquier cosa”

53Como muestra Echeverry Vera (2010), la cárcel genera esfuerzos psicológicos importantes sobre la población privada de la libertad. En la investigación pudo hallarse que el trabajo ayuda a los reclusos a distraerse temporalmente y a que “el tiempo pase más rápido”. En muchos casos mirar hacia el pasado puede generar culpa y pensar en el futuro crea frustración. De ahí la importancia de que los días pasen rápido “haciendo cualquier cosa”. Esta fue la única razón que fue común en todas las entrevistas.

54En un estudio realizado en España encontraron que los internos trabajan en un 67,9 % para obtener dinero, un 60,3 % para evitar el patio, un 34,5 % para evitar malas compañías y un 4,6 % para verse con compañeros de otras galerías (Artiles, Moner, Lobo & Badia, 2009). La presente investigación encuentra más elementos y refuerza la idea de que el trabajo va más allá de la simple necesidad de conseguir dinero, incluso, en algunos casos, puede ser la diferencia entre seguir en el delito o construir un nuevo proyecto de vida. También es muy importante resaltar que todos los internos entrevistados entienden la informalidad como una actividad de supervivencia, lo cual muy posiblemente esté relacionado con la persistencia del estado de cosas inconstitucional en las prisiones de Colombia.

4. La informalidad laboral y el derecho al trabajo

55Ya el lector debe estar familiarizado con las precarias condiciones de la cárcel y los aspectos principales de la informalidad laboral. Por eso en el presente apartado se abordará el nexo entre el derecho al trabajo y la economía informal, y se resumirán las principales recomendaciones de la Organización Internacional de Trabajo (oit) para enfrentar el fenómeno. Se sostendrá que la normatividad apunta a que es deber del Estado reducir al máximo la informalidad en las cárceles y que los principios del derecho al trabajo tienen plena vigencia en los establecimientos penitenciarios.

56El Código Penitenciario y Carcelario define el trabajo de la siguiente manera:

El trabajo es un derecho y una obligación social y goza en todas sus modalidades de la protección especial del Estado. Todas las personas privadas de la libertad tienen derecho al trabajo en condiciones dignas y justas. En los establecimientos de reclusión es un medio terapéutico adecuado a los fines de la resocialización. Los procesados tendrán derecho a trabajar y a desarrollar actividades productivas. No tendrá carácter aflictivo ni podrá ser aplicado como sanción disciplinaria. Se organizará atendiendo las aptitudes y capacidades de los internos, permitiéndoles dentro de lo posible escoger entre las diferentes opciones existentes en el centro de reclusión (artículo 79).

57El derecho al trabajo es uno de los derechos fundamentales establecidos por la Constitución (Art. 25), el cual tiene pleno vigor en las cárceles, tal como expresa el artículo 79 del Código Penitenciario. También la Corte Constitucional ha sido enfática en aseverar que, si bien su materialización tiene ciertas limitaciones en las prisiones, sus principios mantienen plena vigencia (Sentencia T-429, 2010). Además, el derecho al trabajo no solo cubre en general a quienes laboran bajo una relación contractual, sino, también, a los trabajadores independientes: “No solo la actividad laboral subordinada está protegida por el derecho fundamental al trabajo. El trabajo no subordinado y libre, aquel ejercido de forma independiente por el individuo, está comprendido en el núcleo esencial del derecho al trabajo” (Sentencia T-475/92 citada por Molina Higuera, 2006, p. 174). Así pues, puede concluirse que los fundamentos del derecho al trabajo también cobijan a quienes laboran independientemente dentro de la cárcel. Ahora bien, específicamente respecto al rebusque, la Corte lo entiende como una actividad de supervivencia ejercida mayoritariamente por grupos en condición de vulnerabilidad:

Generalmente las personas que se dedican al comercio informal […] pertenecen a grupos vulnerables por faltas de oportunidades académicas y laborales […] a lo cual se suma el desempleo constante y, muchas veces, la falta de programas estatales para la inserción de las personas en la vida social y económica (Sentencia C-211, 2017, pp. 35-37).

58De allí que la Corte en dicha sentencia haga un llamado al Estado para que ofrezca alternativas a quienes ganan su sustento con este tipo de actividades. Además, la Observación General Número 18 al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por Colombia, permite interpretar cuál es el alcance de las obligaciones del Estado respecto a cualquier persona que se encuentre en la economía informal:

La alta tasa de desempleo y la falta de seguridad en el empleo son causas que llevan a los trabajadores a buscar empleo en el sector no estructurado de la economía. Los Estados partes deben adoptar las medidas necesarias, tanto legislativas como de otro tipo, para reducir en la mayor medida posible el número de trabajadores en la economía sumergida, trabajadores que, a resultas de esa situación, carecen de protección […] Estas medidas deben reflejar el hecho de que las personas que viven en una economía sumergida lo hacen en su mayor parte debido a la necesidad de sobrevivir, antes que como una opción personal [cursivas añadidas] (cdesc, 2005, art. 10).

59Así la informalidad laboral carcelaria no haya sido abordada explícitamente por alguna corte o por algún organismo internacional, la plena vigencia del derecho al trabajo, y lo dicho por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, apunta a que es obligación del Estado ofrecer alternativas para reducir la informalidad laboral. Adicionalmente, desde múltiples ramas del conocimiento y los marcos jurídicos referenciados se ha explicado la importancia de avanzar en la garantía de este derecho. El pidesc establece que el trabajo es necesario para el progreso, el desarrollo social (Art. 6) y para la elevación de las condiciones materiales y espirituales de vida (Parte ii). La Observación General 18 ofrece más argumentos:

El derecho al trabajo es esencial para la realización de otros derechos humanos y constituye una parte inseparable e inherente de la dignidad humana. Toda persona tiene el derecho a trabajar para poder vivir con dignidad. El derecho al trabajo sirve, al mismo tiempo, a la supervivencia del individuo y de su familia y contribuye también, en tanto que el trabajo es libremente escogido o aceptado, a su plena realización y a su reconocimiento en el seno de la comunidad (numeral 1).

60Varios doctrinantes han hecho énfasis en la relación entre la Dignidad Humana y el derecho al trabajo intramuros (Molina Higuera, 2007; Ariza Higuera, 2017; Castelló, Galván, García & Martínez, 2005). La dignidad humana es un principio, un derecho y una obligación del Estado y ella guarda íntima relación con el derecho al trabajo (Castello et al., 2005, p. 120). Lo anterior porque el trabajo es imprescindible para poder “vivir bien, vivir como se quiere y vivir sin humillaciones” (Sentencia T-429, 2010). Prueba de la importancia de la relación inseparable entre el derecho al trabajo y la dignidad humana se encuentra en las palabras de los internos. A la pregunta, ¿para usted qué significa el derecho al trabajo?, Gerardo respondió:

— Es el sentirse vivo, importante, necesario, vital, y de paso satisfacer necesidades básicas físicas y mentales.
Es sentirse bien consigo mismo, pues el trabajar reconforta en cierta medida, como es satisfacer necesidades básicas, la comida, el vestir, recreación, la vida misma y obviamente el sentirse útil que es lo más reconfortante.

61Quizás lo más revelador es la opinión de los internos respecto de la pregunta, ¿para usted qué significa no poder trabajar en la cárcel?:

Gerardo: Aumentan las preocupaciones, el dolor, carencia de muchas cosas, decae la dignidad.
Felipe: Es estar desocupado con mucho ocio sin nada qué hacer, pasármela aburrido.
Alberto: Es perder el tiempo y no aprovechar la vida.

62La informalidad laboral generalmente está relacionada con la inestabilidad en los ingresos y en las condiciones laborales (oit, 2013, pp. 2-5). Dichas circunstancias propician la vulneración del derecho al trabajo. Por eso la Organización Internacional del Trabajo (oit) emitió la Recomendación 204 con una serie de lineamientos para abordar este tema. La oit propone la siguiente “Estrategia integral para la transición a la formalidad”:

  • Estrategias de crecimiento económico y generación de empleo de calidad.

  • Un marco regulatorio que incluya el reforzamiento de los estándares internacionales del trabajo y los derechos fundamentales.

  • Organización, representación y diálogo.

  • Equidad de género, etnia, raza, casta, discapacidad, edad, etcétera.

  • Emprendimiento, habilidades, finanzas, administración y acceso a mercados.

  • Extensión de la protección social, seguridad social y transferencias sociales.

  • Estrategias de desarrollo (locales y urbanas) [traducción del autor] (oit, 2013, p. 13).

  • Recopilar datos y hacer seguimiento a la informalidad (Recomendación 204, Arts. 36-37).

63Claramente, para poder avanzar en estrategias integrales de formalización dentro de las cárceles, es condición necesaria que se avance paralelamente en resolver los problemas de fondo que llevaron a la Corte a la declaratoria del estado de cosas inconstitucional en 1998 y 2013. En particular, tal como lo ordena la Corte Interamericana de Derechos Humanos (2011), cumplir con el primer deber del Estado de suprimir los sistemas de “autogobierno o cogobierno” (párr. 14) y garantizar los mínimos constitucionales (Sentencia T-388, 2013, pp. 220-290).

64Si bien no es posible abordar todas las recomendaciones en el presente documento, sí se hará una breve referencia a una de ellas por su importancia. Respecto al marco regulatorio, es urgente que se resuelva el vacío legal alrededor de la figura del trabajador independiente. Si bien el Acuerdo 010 de 2004 del Inpec, en sus artículos 42, 43, 44 y 45, lo reconoce y la Resolución 3190 de 2013, en el artículo 4, lo contempla como forma de trabajo válida para redención, la Ley 1709 de 2014 y el Decreto 1758 de 2015, que reformaron el trabajo carcelario, no mencionan esta actividad, dejando así en la penumbra lo poco dicho por el Acuerdo 010 y la Resolución 3190.

5. Conclusiones y recomendaciones

  • 8 Cálculos propios hechos con base en la información de la página del Inpec (2018b).

65Según las cifras del Inpec, en octubre de 2018 la sentencia promedio de la población privada de la libertad era de 11 años8. La sociedad colombiana debe reflexionar seriamente sobre qué está ofreciendo a los internos durante su extenso período de reclusión. La inexistencia de una oferta adecuada de trabajo, estudio y enseñanza implica no solo la violación de múltiples derechos de los internos sino también la pérdida de una importante oportunidad de preparase para su vida en libertad.

66Como vimos en los capítulos anteriores, la informalidad parece ser un claro síntoma de todo el potencial desaprovechado en los penales colombianos y de la persistencia del estado de cosas inconstitucional. No en vano se pudo constatar la existencia de una economía sumergida que lleva varios años, no solo en La Picota sino en varias prisiones del país.

67El derecho al trabajo en Colombia cubre a todos aquellos que trabajan informalmente y por cuenta propia. Si bien la economía informal no ha sido revisada por parte de las magistraturas o los organismos internacionales, el espíritu de la normatividad apunta a que los criterios del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales para abordar la formalización laboral tienen plena vigencia en las prisiones colombianas. Con base en esto, se sugiere implementar una estrategia integral para la formalización laboral acorde con la Recomendación 204 de la oit, cuyo norte sea la garantía del derecho al trabajo. Para implementar dicha estrategia, cuatro pasos son urgentes: suprimir los sistemas de autogobierno o cogobierno de las cárceles, garantizar los bienes básicos de los internos, incrementar progresivamente la oferta de trabajo, estudio y enseñanza, y reglamentar apropiadamente el trabajo independiente dentro de las cárceles.

Bibliographie

6. Referencias

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Resolución 3190 de 2013 [Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec)]. 23 de octubre de 2013.

Notes

1 El autor no comparte el concepto, pero lo usa en este caso porque está establecido en la ley.

2 En la cárcel La Modelo, Jalis de la Serna entrevistó a un interno que trabaja planchando en el patio y él afirmó: “Aquí te cobran hasta por trabajar” (MaKiNeKT, 2015, min. 35).

3 Para entender mejor el control de los caciques en los patios, véase todo el reportaje de Jalis de la Serna (MaKiNeKT, 2015).

4 Un periodista de Los Informantes (2018), en un especial sobre los lujos en La Picota, dijo: “El dinero es la llave maestra que mueve todo el submundo de los sindicados”.

5 La Corte desarrolla varios de los derechos que se transan en las prisiones (Sentencia T-388, 2013, p. 85). En los reportajes de Los Informantes (2018) y Jalis de la Serna (MaKiNeKT, 2015) se muestran muchos de los derechos básicos y sus precios en el mercado de la cárcel.

6 Véase la Sentencia T-388 (2013, p. 85).

7 El “gimnasio” es un lugar dentro del patio donde están ubicados artefactos hechos por los propios internos para hacer ejercicio.

8 Cálculos propios hechos con base en la información de la página del Inpec (2018b).

Auteur

Politólogo y magíster en Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Colombia. Investigador del Centro de Investigación en Política Criminal de la Universidad Externado en 2018. https://orcid.org/0000-0003-2845-7531

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