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La gobernanza internacional de las migraciones

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Alexandra Castro Franco

Título III. Los derechos humanos y la gobernanza global de las migraciones: referencias retóricas a derechos condicionados

Capítulo II. El alcance de la garantía de los derechos

Texto completo

1Existe un consenso sobre la titularidad de derechos de los migrantes. Todos los foros y espacios de discusión que hemos mencionado han estado de acuerdo al señalar el carácter universal de los derechos humanos y reiterar su compromiso hacia el respeto de estos. Ahora bien, ¿cuál es el alcance de dichas afirmaciones? ¿La protección de los derechos de los migrantes resulta garantizada por medio de los mecanismos existentes?

2En primer lugar, constatamos la reiteración sistemática de los mismos principios. Pensemos por ejemplo en la Iniciativa de Berna, que invita a ejecutar medidas como la formación de los funcionarios públicos en materia de protección y respeto de los derechos humanos; asegurar el acceso a la justicia a los migrantes así como la reparación de los daños que ellos pueden sufrir; proteger la libertad de los migrantes privados y apoyar a las asociaciones en sus esfuerzos para promover el respeto de los derechos de los migrantes. La agenda de la Iniciativa de Berna señala principios como la igualdad y la no discriminación, la protección de las víctimas del desplazamiento forzado y de los solicitantes de asilo. Tratándose de las medidas aconsejadas para fomentar la integración de los migrantes, encontramos el acceso de estos al derecho al voto así como a la educación, a la salud y al empleo. El diálogo de alto nivel retoma estos mismos propósitos adjuntando alusiones a los derechos de las mujeres y a los niños migrantes como grupo especialmente vulnerable que necesita una protección especial. Se reiteran igualmente las invitaciones a luchar contra la xenofobia, la discriminación, el racismo y la exclusión social, así como a ratificar los instrumentos internacionales existentes para la protección de los derechos humanos.

  • 298 pnud. Informe de desarrollo humano: Superando las barreras: movilidad y desarrollo humano, 2009.

3Entre los elementos que más han contribuido a la visibilización de los derechos de los migrantes en el marco de la gobernanza global de las migraciones figuran los informes publicados respectivamente por el pnud en 2009298 y por la Comisión Mundial sobre la Migración Internacional en 2005, titulado “Las migraciones en un mundo interdependiente: nuevas orientaciones para actuar”.

4El primer documento señala que el negar o reducir las garantías propias de la protección de los derechos humanos de los migrantes no debe constituir un medio para desalentar la migración, aunque en la práctica esto suceda recurrentemente. El informe del pnud hace un balance del estado de las ratificaciones de la Convención sobre la protección de los trabajadores migrantes y los miembros de sus familias y concluye que, a pesar de la débil ratificación por parte de los principales Estados de destino de los migrantes, estos Estados continúan obligados a respetar los derechos con alcance universal consagrados en otros instrumentos internacionales (pactos, tratados). Establece así que el problema del irrespeto de los derechos humanos de los migrantes no reside en la ausencia de un marco jurídico, sino más bien en la débil aplicación de las normas existentes. Por otra parte, presenta un análisis completo sobre las situaciones por las que tienen que pasar los migrantes, tanto en el marco de las migraciones internacionales como para las que tienen lugar dentro de los Estados. El documento contiene aportes significativos en lo que respecta a la titularidad y al alcance de los derechos de los migrantes, como su derecho a la libertad de circulación, a la no discriminación y sus derechos sociales, entre otros. Estos elementos serán presentados en la tercera parte de esta investigación.

5El segundo documento trata temas sensibles, por ejemplo la discriminación de los migrantes, su integración, la protección de las mujeres y de los niños migrantes. Los Estados fueron invitados a adoptar medidas para favorecer un ambiente de tolerancia y luchar contra las discriminaciones contra los migrantes: se trata particularmente de promover su integración en la sociedad de destino y limitar la difusión de mensajes que los estigmaticen, particularmente los que son difundidos por los medios de comunicación.

6Los dos últimos capítulos del informe tratan el tema de los derechos de los migrantes y el de la cooperación entre los Estados. La comisión es consciente de la falta de voluntad política de los Estados a la hora de cumplir con sus obligaciones en materia de derechos humanos de los migrantes; por este motivo los invita a respetar estos derechos, sin incluir acá una invitación a ratificar la Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y de sus familias. En este sentido, se limita a sugerir a los Estados el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos ya contenidos en otras disposiciones internacionales.

7Los pronunciamientos de la comisión frente a la situación de los migrantes en los países de tránsito y de destino son especialmente escasos. Se limita a denunciar las prácticas discriminatorias y de explotación por parte de los guardias fronterizos e invita a los Estados a “adoptar y aplicar una legislación que proteja específicamente a los migrantes contra los comportamientos discriminatorios y les dé acceso a mecanismos jurídicos eficaces cuando se produzcan estas violaciones”.

8Estos mecanismos jurídicos incluyen particularmente la posibilidad de denunciar los comportamientos indebidos y el acceso efectivo a las autoridades. Se proponen también otras medidas, como la formación de los agentes gubernamentales en materia de derechos de los migrantes y la difusión de los estos.

9En lo que respecta a los derechos de los trabajadores migrantes, la oit ha recomendado a los Estados sacar a la luz las prácticas abusivas de las cuales son víctimas los trabajadores migrantes teniendo en cuenta su situación de particular vulnerabilidad y los peligros a los cuales deben enfrentarse. La organización hizo una alusión específica a la situación de los trabajadores domésticos, cuya vulnerabilidad es reforzada teniendo en cuenta las relaciones de dependencia que mantienen con los empleadores. Entre los mecanismos previstos para remediar estas situaciones, se habla de garantizar de manera efectiva el derecho a denunciar y a obtener una indemnización cuando los migrantes se encuentren en una situación de abuso o de violación de sus derechos; se recomienda igualmente acompañarlos en su búsqueda de empleo con el fin de que no caigan en la trampa de traficantes o que terminen por aceptar trabajos que no corresponden a su nivel de cualificación.

  • 299 fmmd. Proteger y reforzar la capacidad de los migrantes para el desarrollo, Segunda reunión del fm (...)
  • 300 Desarrollo humano comprendido como aquel que invita a tener en cuenta las condiciones de vida de l (...)
  • 301 fmmd. Informe de la primera reunión del Foro Mundial sobre las Migraciones y el Desarrollo, Bélgic (...)

10Por otra parte, el fmmd sirvió de escenario para la discusión del alcance de los derechos de los migrantes. Por tanto, se incluyeron debates sobre la titularidad de los derechos de los migrantes, su condición particular de vulnerabilidad, la obligación de los Estados de respetar a los migrantes independientemente de su situación administrativa. Estos temas fueron propuestos en primer lugar por la sociedad civil, después fueron incluidos en los debates centrales bajo el acápite de los derechos de los trabajadores migrantes. El énfasis en la protección de los derechos de los migrantes se funda en la idea de que, si los derechos humanos de los migrantes son respetados, estos últimos podrán contribuir mejor al desarrollo de su país de origen. En 2008, en el marco del foro, el secretario general de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon, recordó que para que los migrantes puedan contribuir al desarrollo deben ser tratados “con la dignidad y el respeto debido a todo ser humano”, puesto que “la explotación es la antítesis del desarrollo”299. El mismo año la presidenta de Filipinas, Gloria Macapagal-Arroyo, recordó que el concepto de “desarrollo humano”300 iba a la par con el desarrollo económico e invitó a los Estados a ratificar la Convención de 1990 sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes. Encontramos igualmente en el foro invitaciones a adoptar leyes de lucha contra la discriminación de los migrantes así como propuestas para tener en cuenta la perspectiva de género en las políticas públicas migratorias301.

  • 302 En esta ocasión, la responsabilidad compartida se comprende como aquella que se distribuye entre l (...)
  • 303 fmmd. Cuarta reunión del Foro Mundial sobre las Migraciones y el Desarrollo: Alianza para la integ (...)

11La falta de aplicación de los tratados internacionales en materia de derechos humanos a los migrantes internacionales fue denunciada en 2007 y 2008. En estas ocasiones los miembros del foro discutieron las medidas que se deberían adoptar para hacer efectiva la aplicación de los instrumentos de las Naciones Unidas y de las convenciones de la oit relativas al tratamiento de los migrantes. Además de sugerir la necesidad de promover la ratificación de los instrumentos en cuestión, los miembros del foro concluyeron que se necesitaba de la voluntad política de los Estados para incluir la noción de “responsabilidad compartida”302 en las políticas internas y de programas concretos de protección de los derechos de los migrantes. La cuestión de la discriminación de los migrantes fue igualmente abordada durante el foro; sin embargo, esta es percibida como una tendencia de la sociedad en general y particularmente de los empleadores, sin que se haga referencia a las políticas públicas cuya aplicación puede algunas veces derivar en tratamientos discriminatorios (situación que fue abordada solamente en 2012). En 2009 se hizo referencia a la doble discriminación de las mujeres, entendida como la sufrida a la vez por el hecho de su condición de migrante y su condición de mujer; se consideró también el ejercicio de los derechos sociales y del derecho a la participación política, pero analizando de manera casi exclusiva la situación de los migrantes en situación regular. En 2010, por su parte, los representantes estatales manifestaron su reticencia a reconocer derechos sociales a los migrantes, puesto que consideraban que estos últimos abusan de estos servicios y constituyen una sobrecarga para los sistemas nacionales de protección social. Para responder a este prejuicio, otros representantes afirmaron que las prestaciones sociales en cuestión “son un elemento esencial de la salvaguardia de los derechos humanos de los migrantes, que no debería estar vinculado a las condiciones económicas”303.

  • 304 oim. Diálogo internacional sobre la migración n.o 16: Derechos humanos y migraciones: empeño conju (...)

12Otras organizaciones, como la oim, han abordado el tema de los derechos de los migrantes, particularmente en 2009 cuando el Diálogo Internacional sobre las Migraciones tuvo por tema central “Derechos humanos y migración: empeño conjunto a favor de una migración protegida, digna y segura”. En esa ocasión se analizaron los aspectos clásicos de la protección de los migrantes, se invitó a los Estados a respetar los derechos de estos, cooperar en la lucha contra el tráfico y la trata así como en la protección de los migrantes dentro de un esquema de responsabilidad compartida304.

13Para terminar, la agenda trazada durante la Iniciativa de Berna señala que

  • 305 Office fédéral des migrations (odm), oim. Agenda international pour la gestion des migrations: per (...)

el respeto y la protección de los derechos humanos y la dignidad de los migrantes son claves para una gestión eficaz de las migraciones […]. Una política migratoria fundada sobre el respeto de los derechos humanos, la democracia y la supremacía del derecho contribuirá al respeto, tolerancia y estima de la sociedad hacia los migrantes305.

14Del mismo modo, se hizo una mención a las condiciones de vulnerabilidad en las cuales viven los migrantes irregulares.

15Al respecto, el documento invita a prevenir las tendencias racistas y xenófobas.

16En segundo lugar encontramos una referencia a la titularidad de los derechos de los migrantes en situación irregular. En algunos casos los derechos fundamentales de los migrantes son mencionados como tributarios de la situación administrativa de estos últimos. Así, el Programa de Acción de El Cairo divide el estudio de los derechos de los migrantes en dos partes: una consagrada a los migrantes en situación regular y otra a los migrantes en situación irregular. En la consagrada a los migrantes en situación regular, el programa sugiere que se les garanticen los mismos derechos sociales y económicos que a los ciudadanos, y más precisamente tratándose

de los derechos humanos fundamentales, favorecer la igualdad de oportunidades y de tratamiento por razones de culto, en cuanto a las condiciones de trabajo, frente al derecho a la seguridad social, la adhesión a un sindicato, el acceso a los servicios de salud, educación, el acceso a los servicios culturales y otros servicios sociales, así como frente al acceso a los tribunales y la igualdad de tratamiento ante la ley.

17La reunificación familiar, la protección de estos migrantes y de sus familias contra el racismo, la xenofobia y el etnocentrismo y la importancia de proteger su “integridad física, su dignidad, sus creencias religiosas y sus valores culturales” son señaladas igualmente como derechos que deben ser respetados en presencia de migrantes en situación regular.

18Por otro lado, en lo que concierne a los migrantes en situación irregular, las disposiciones resultan claramente asimétricas con relación a las anteriores. En efecto, el programa de acción comienza por recordar el principio de soberanía estatal y el poder de los Estados de decidir la entrada y las condiciones de residencia de los migrantes en su territorio, y señala que este poder debe ejercerse sin recurrir a medidas racistas o xenófobas. El documento hace referencia a la necesidad de reducir las migraciones irregulares y de disponer de medios para luchar contra la explotación de los migrantes. Del mismo modo, fomenta el respeto de sus derechos fundamentales y condena el racismo, la xenofobia, el etnocentrismo y el tráfico de migrantes. A la hora de proponer medidas concretas, se señala la promoción de la cooperación entre los países de origen y de destino, con el objetivo de reducir las causas de las migraciones, desalentar los movimientos migratorios irregulares, sancionar a los traficantes, admitir a los solicitantes de asilo reprimidos y negociar acuerdos de readmisión.

19Por el contrario, la Comisión de la Población y del Desarrollo, a pesar de ejercer una función de seguimiento al Programa de Acción de El Cairo, va más allá de lo establecido allí e invita a los Estados a comprometerse en la protección y en la defensa de los derechos de todos los migrantes, independientemente de su estatus migratorio.

  • 306 pnud. Informe mundial sobre el desarrollo humano 2009. Op. cit., p. 3.

20Otros foros han servido igualmente para criticar las medidas tomadas frente a los migrantes en situación irregular, las cuales van en detrimento del disfrute de sus derechos. En este sentido, el pnud indicó en su Informe de 2009 que los Estados tienden a considerar a los trabajadores en situación irregular y a los trabajadores temporales como “el agua del grifo que se puede abrir y cerrar según su voluntad”306. El pnud estima que existen actualmente en el mundo más de 50 millones de trabajadores en situación irregular, los cuales deben afrontar dificultades para acceder a los servicios locales. Se propone entonces la implementación de mejoras en el tratamiento de estos migrantes, del mismo modo que en sus condiciones de admisión, como elementos claves para hacer posible el “desarrollo humano de las migraciones”. Otras de las medidas propuestas tienden a evitar la explotación laboral de los trabajadores migrantes, su segregación social y que los candidatos a la migración sean presa fácil de las redes de tráfico y de trata de personas. Estas recomendaciones fueron remitidas tanto a los gobiernos de los países de destino como también a los empleadores, sindicatos, ong y a los migrantes.

21La Comisión Mundial sobre la Migración Internacional, por su parte, estableció en su informe de 2005 que los Estados deberían dejar de lado las consideraciones desprovistas de objetividad, para hacer un estudio objetivo sobre “las causas y las consecuencias de la migración irregular y los medios de respuesta más eficaces”. Las prácticas en materia de control fronterizo y de recolección de datos son consideradas riesgosas en la medida en que pueden contribuir a la discriminación y a la afectación a la vida privada y a las libertades civiles de los migrantes. Así, se invita a los Estados a respetar sus obligaciones en materia de protección y garantía de los derechos humanos y combinar las medidas de control con otros tipos de medidas, por ejemplo la organización de campañas de información. De la misma manera, se hizo énfasis en la necesidad de que los Estados faciliten las condiciones de vida, el trabajo y el bienestar en los países de origen con el fin de disuadir a los candidatos a la migración de la idea del viaje. La comisión hizo referencia también a la expulsión de los migrantes en situación irregular, mencionando que esta debe ser objeto de un procedimiento judicial, adelantado con el pleno respeto del derecho al debido proceso y acompañado de todas las garantías legales (derecho de defensa, derecho de ser asistidos por un traductor). Los migrantes deben ser enviados a un destino donde su vida o su libertad no se encuentren en peligro (principio de no devolución). Dentro de este mismo aspecto, se menciona también la readmisión de los migrantes como un principio reconocido que implica la colaboración de los países de origen o de tránsito de los migrantes en los procedimientos de expulsión de estos últimos. La comisión invita a los Estados a cooperar para hacer posible este principio ayudando en la expedición de los documentos de viaje y la readmisión de los migrantes expulsados. Finalmente, se menciona la necesidad de otorgar ayudas para incentivar el retorno de los migrantes a sus países de origen.

  • 307 fmmd. Cuarta reunión del Foro Mundial sobre las Migraciones y el Desarrollo: Alianza para la migra (...)
  • 308 Idem.

22En este mismo sentido, en el marco del fmmd, la sociedad civil invitó a los Estados a evitar el condicionamiento de los derechos fundamentales de los migrantes a su estatus migratorio (regular o irregular) y al tipo de migración307. Igualmente denuncia las prácticas recurrentes de la criminalización de los migrantes en situación irregular (la cual obstaculiza el respeto de sus derechos fundamentales) así como la militarización, las detenciones, los controles en las fronteras y las deportaciones de estas personas308, y determina que a estas prácticas se debería recurrir solamente en el marco de un proceso reglamentado y dotado de garantías a favor de los migrantes. Ahora bien, la postura de la sociedad civil contrasta con la de la Asamblea Plenaria del Foro, en que, al abordar la cuestión de los migrantes en situación irregular, la expresión “migrantes clandestinos” continúa siento utilizada en los discursos y los documentos del foro y la titularidad de los derechos de estas personas es siempre puesta en duda.

  • 309 En 2009 la oit y el acnudh invitaron a los Estados a evaluar los costos negativos de la exclusión (...)

23En 2010 se elevaron varias voces para protestar contra la tendencia a considerar a los seres humanos como “irregulares” y para luchar contra las ideas erróneas y los prejuicios hacia los migrantes. De igual forma, en 2012 algunos delegados señalaron el efecto nocivo del término “clandestino” sobre la concepción de la sociedad. En 2011 los representantes de Brasil señalaron los beneficios de la regularización como herramienta para enfrentar la migración irregular, entendiéndola como “la única solución posible cuando los derechos humanos y las condiciones generales hacen imposible el retorno de los migrantes”. Sin embargo, a pesar de estas consideraciones, los debates sobre la migración irregular siguen girando alrededor del control de las fronteras y la elaboración de estrategias conjuntas para hacer frente al fenómeno evitando la entrada de migrantes irregulares y fomentando su sanción y su expulsión309. Finalmente, en 2009 se les hizo una invitación a los Estados para evitar que los migrantes en situación regular caigan en situación de irregularidad. Para esto, se les recomendó a los Estados elaborar sus leyes de inmigración en conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos.

Notas

298 pnud. Informe de desarrollo humano: Superando las barreras: movilidad y desarrollo humano, 2009.

299 fmmd. Proteger y reforzar la capacidad de los migrantes para el desarrollo, Segunda reunión del fmmd, Manila, 27-30 de octubre de 2008, p. 5.

300 Desarrollo humano comprendido como aquel que invita a tener en cuenta las condiciones de vida de las personas (en términos de salud, empleo y educación), así como las de sus familias, como elementos fundamentales para el desarrollo.

301 fmmd. Informe de la primera reunión del Foro Mundial sobre las Migraciones y el Desarrollo, Bélgica, 9 a 11 de julio de 2007, Bruselas, 2008, p. 20.

302 En esta ocasión, la responsabilidad compartida se comprende como aquella que se distribuye entre los gobiernos de los países de origen y de acogida, como también los actores de la sociedad civil y del sector privado. En 2010, el concepto es retomado para mencionar que “la promoción y protección de los derechos de todas las personas, independientemente de su estatus migratorio u otro, es una responsabilidad compartida por todos los gobiernos”. Finalmente, se mencionó que “la responsabilidad para la protección de los derechos de los migrantes reposa en primer lugar sobre los Estados de destino que son responsables de la protección de toda persona sobre su suelo, así como sobre los países de origen que deben interesarse por el bienestar de sus residentes en el extranjero. Sobre este último aspecto, las medidas para aumentar los servicios ofrecidos por los consulados son propuestas”. fmmd, Quinta reunión del Foro Mundial sobre las Migraciones y el Desarrollo: Coherencia, capacidad y cooperación, Ginebra, Suiza, diciembre 2011, p. 27.

303 fmmd. Cuarta reunión del Foro Mundial sobre las Migraciones y el Desarrollo: Alianza para la integración y el desarrollo humano: prosperidad y responsabilidad compartidas, Puerto Vallarta, México, 8-11 de noviembre de 2010. En la misma ocasión, se remitió una lista de elementos que deberían incluir la respuesta institucional a la migración irregular: “1. Prevención (informar a las personas los riesgos expuestos durante una migración irregular); 2. Protección (las personas que necesitan una protección humanitaria deberían recibirla en los países de acogida y a lo largo de su trayecto); 3. Integración y reintegración, y 4. Diligencias judiciales (los criminales que explotan la situación vulnerable de los migrantes)”.

304 oim. Diálogo internacional sobre la migración n.o 16: Derechos humanos y migraciones: empeño conjunto a favor de una migración protegida, digna y segura, oim, 2010.

305 Office fédéral des migrations (odm), oim. Agenda international pour la gestion des migrations: perceptions communes et pratiques efficaces s’inscrivant dans une approche d’ensemble planifiée et équilibrée de la gestion des migrations. Op. cit., p. 120.

306 pnud. Informe mundial sobre el desarrollo humano 2009. Op. cit., p. 3.

307 fmmd. Cuarta reunión del Foro Mundial sobre las Migraciones y el Desarrollo: Alianza para la migración y el desarrollo humano: prosperidad y responsabilidad compartidas, Puerto Vallarta, México, 8-11 de noviembre de 2010.

308 Idem.

309 En 2009 la oit y el acnudh invitaron a los Estados a evaluar los costos negativos de la exclusión de los migrantes (no solo para los migrantes, sino también para sus familias y la sociedad). fmmd. Tercera reunión del Foro Mundial sobre la Migración y el Desarrollo: La integración de las políticas de migración en las estrategias de desarrollo en beneficio de todos, Atenas, 2-5 de noviembre de 2009.

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