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Política criminal y “prevención”

 | 
Carol Sierra Ramirez
, 
Nilton Rosas Camacho Deily
, 
Jorge Luis Triana Sánchez
, 
et al.

Una crítica al concepto de prevención

Políticas públicas y prevención en Colombia

Marcela Gutiérrez Quevedo

Zusammenfassung

El problema que se investigó fue el de la política criminal garantista frente a una política criminal reactiva. Tomaremos la definición de política criminal de la Corte Constitucional para entender el valor fundamental de los tres poderes que inciden en ella. Existe un poder legislativo criminalizador, un poder judicial represivo y un fracaso del sistema penitenciario. El objetivo de este trabajo es identificar prácticas de prevención integral y hacer una crítica constructiva de ellas.
La metodología utiliza diversas estrategias. Primero, a partir de una aproximación cuantitativa (cifras del Instituto Nacional Penitenciario ‘inpec’, de la Fiscalía General de la Nación, de Medicina Legal y del Consejo Superior de la Judicatura), tratamos de medir mediante estadísticas los efectos intramuros y sociales de la criminalidad denunciada (homicidio) en Colombia y en Bogotá.
Por otro lado, por medio de la investigación cualitativa (Hernández Sampieri, 2014) (entrevistas a grupos focales y a internos) se buscó conocer la realidad de las personas en interacción con el sistema de justicia penal y penitenciaria y el fenómeno carcelario.
La conclusión central es que la mejor prevención son las políticas públicas integrales tales como la educación integral en derechos humanos y una sociedad convencida de la importancia y la utilidad de la justicia restaurativa.

Volltext

INTRODUCCIÓN

1La noción de “política criminal” ha sido definida por la Corte Constitucional (2010) como

el conjunto de respuestas que un Estado estima necesario adoptar para hacerle [s] frente a conductas consideradas reprochables o causantes de perjuicio social con el fin de garantizar la protección de los intereses esenciales del Estado y de los derechos de los residentes en el territorio bajo su jurisdicción.

2Existen unos principios constitucionales garantistas que orientan la política criminal de un Estado democrático y que involucran a todos los poderes del Estado:

  • El poder legislativo, al ejercer su poder de definición, debe tener en cuenta los principios de lesividad y de ultima ratio.

  • La rama judicial debe trabajar de acuerdo con principios de proporcionalidad y de excepcionalidad de la privación de la libertad. El principio de proporcionalidad llama a la mesura y al equilibrio. En un contexto colombiano conflictivo y con un Estado social ausente, las penas no pueden ser una manera de compensar ese vacío de políticas públicas.

  • El poder penitenciario debe procurar un trato digno a los internos sin menoscabarles los derechos humanos. Existe hacinamiento excesivo y focalizado hacia las clases desfavorecidas. A los internos y sus familias se les marca con el estigma de desprestigio social, y se ha forjado, para mal de todos, una identidad social negativa y destruida.

3En la realidad nos encontramos con el incumplimiento de las normativas internacionales y nacionales de derechos humanos de parte del Estado, con ciudadanos excluidos que “viven” en la cárcel y salen de ella en un estado de desocialización y de pérdida del capital humano. De esta manera sigue el círculo de violencia aprendida y de delincuencia adquirida (Szabo, 1985).

4La observación de los espacios penitenciarios reconoce la ideología y la vida de esos espacios llamados totalitarios, en el sentido de Goffman (1968, pp. 29-30) de “tener una vocación de realizar las condiciones ‘de la muerte al mundo’, o sea, una contra-organización concertada y sistemática que niega la organización de una vida social humana”

5La Organización de las Naciones Unidas (onu) insiste en el problema del uso excesivo de la prisión, con la grave serie de efectos negativos que ello produce. Ante esto, trabaja sobre el tema de las alternativas a la pena de prisión (Carranza, 1992).

6Para llegar al objetivo descrito, desarrollaré tres puntos en que se evidencia lo inocuo, en el ámbito social y el ciudadano, de una política que se apoya en un castigo sin resultados y de una prevención reactiva a corto plazo. Lo anterior se contrasta con una solución estructural (política pública integral-prevención proactiva) de cambio hacia una nueva cultura restaurativa: 1) política criminal represiva, 2) políticas públicas integrales y 3) políticas de prevención reactiva frente a la proactiva.

I. LA POLÍTICA CRIMINAL REPRESIVA

  • 2 Sentencia C-936 de 2010, M. P. Luis E Vargas. La jurisprudencia constitucional ha reconocido, así m (...)

7Una política criminal2 real debe partir de los hechos sociales y no de suposiciones sin fundamento científico. El fin es proteger de manera idónea bienes jurídicos, en contextos y dinámicas sociales diversas. Las respuestas estatales y sociales deben ser justas (útiles y necesarias) e idóneas para prevenir y formar ciudadanos responsables (Vargas, 2010).

8Una política criminal sin norte ha llevado a destruir vidas humanas y a dejar de satisfacer los derechos de las víctimas y de la sociedad. La Corte Constitucional en varias ocasiones ha declarado el estado de cosas inconstitucional en el que muestra la violación sistemática de derechos humanos y un estado permanente de indignidad (Calle, 2013) y trato deshumanizante (Cifuentes, 1998). A la política criminal le queda imposible, en un sentido preciso, influir a la sociedad colombiana y hacer respetar, por ejemplo, el derecho a la vida y fomentar la convivencia ciudadana.

9Esas son las contradicciones de la realidad del sistema punitivo. Emiro Sandoval lo afirma cuando habla sobre el derecho penitenciario colombiano: “La distancia entre las normas vigentes y los niveles mínimos de respeto a los derechos humanos establecidos en las convenciones internacionales es bastante grande” (Martínez, 1990, p. 154).

  • 3 Según Medicina Legal, la población estimada del país para ese año (2013) fue de 47.121.089 personas (...)

10Hemos escogido el ejemplo del homicidio, pues uno de los derechos fundamentales más vulnerados en Colombia es la vida, y así podremos evaluar la influencia de la política criminal en el bien jurídico por proteger. Para el 2013 hubo 14.294 homicidios (30,3%)3 (Legal, 2014). La cifra anterior refleja lo excesivo del delito en Colombia y llama más la atención si se ve que se centra en ciertos territorios con problemas específicos (conflicto armado, narcotráfico, etc.) que ayudan a que la cifra aumente.

11Veamos quiénes son y en qué condiciones están las personas procesadas y condenadas por homicidio.

    • 4 Datos suministrados por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (inpec), Grupo de Estadíst (...)

    Los homicidios se agruparon en rangos etarios, siendo el de mayor frecuencia entre los 30 y los 39 años, con el 38,1% (11.403) de los casos, seguido de quienes tenían, al cometer el delito, entre 18 y 29 años, con el 37,3% (11.143)4.

  • En cuanto al género de los homicidas, el 96,4% (28.838) son hombres y 3,6% (1.070) mujeres, para un total de 29.908.

  • En Colombia, las regiones con mayor incidencia de convictos son Antioquia 16,4% (4.903), Valle del Cauca 14,3% (4.264) y Cundinamarca 12,6% (3.773).

  • De la población reclusa acusada de homicidio, el 99,5% (29.771) está vinculada a este delito sin agravantes.

  • En el 2013 ingresaron a las cárceles como condenados por homicidio 6.332, y como sindicados 2.517, para un total de 8.950.

  • La modalidad delictiva por la cual se registra mayor reincidencia dentro de los homicidas es el homicidio sin agravantes, con 99,6% (3.783).

12Los datos del inpec indican que los victimarios son hombres jóvenes y con una tasa de reincidencia considerable y focalizada en ciertas regiones del país. Son datos que se han de tener en cuenta para diseñar y aplicar una política coherente y racional con las realidades del país.

A. Poder legislativo

13Los legisladores tienen el deber de ponderar los efectos de sus leyes en los derechos fundamentales. Se justifica hacer una reflexión y estudios empíricos sobre la utilidad, la necesidad y la proporcionalidad de sus definiciones con la protección del bien jurídico por tutelar.

14La normativa nacional expresa que las penas deben “prevenir”. Los códigos Penal, procedimental y penitenciario han sido diseñados por el legislador como derroteros de “prevención” y del ejercicio punitivo como ultima ratio, acorde con los derechos fundamentales.

  • 5 Ministerio de Justicia, Diagnóstico y propuesta de lineamientos de política criminal para el Estado (...)

15La Comisión Asesora de Política Criminal5 muestra una política criminal reactiva, una tendencia al endurecimiento punitivo, poco reflexiva, y la subordinación de la política criminal por la política de seguridad. Tal como señala la Comisión,

muchas de las medidas reactivas se han adoptado apresuradamente respondiendo a fenómenos de opinión pública o a los deseos de los gobiernos de mostrar que se está haciendo algo frente a la criminalidad o frente a hechos graves de crueldad o violencia, pero muy raramente las decisiones se han basado en estudios empíricos sólidos que muestren la utilidad de, por ejemplo, recurrir al aumento (o disminución) de una pena, o a la criminalización de un cierto comportamiento.

  • 6 Informe de la Comisión para Segundo Debate del proyecto del Código Penal. Exposición de motivos: “L (...)

16En el homicidio las penas se han aumentado sin estudios de efecto disuasivo, pues el número de homicidios sigue siendo alto: “Analizadas las penas previstas para el homicidio simple, se tiene que en 1936 era sancionado con penas de 8 a 14 años de prisión”6.

17En el Código Penal de 1980, con penas de 10 a 15 años de prisión (homicidio simple), se aumentó el mínimo y máximo sin ninguna fundamentación. El Código Penal de 2000 establecía penas de 13 a 25 años, y con circunstancias de agravación, de 25 a 40 años. Con la Ley 890 de 2004, el artículo 1.º señala que el inciso 2.º del artículo 31 del Código Penal quedará así:

“En ningún caso, en los eventos de concurso, la pena privativa de la libertad podrá exceder de sesenta (60) años”. Artículo 2.º. El numeral 1 del artículo 37 del Código Penal quedará así: “1. La pena de prisión para los tipos penales tendrá una duración máxima de cincuenta (50) años, excepto en los casos de concurso”.

18Esto significa una variación de 117% en el mínimo y del 168% en el máximo de la sanción, sin que por ello pueda afirmarse que el número de homicidios simples haya disminuido en el país desde 1936 a la fecha (Criminal, 2012).

B. Poderes: de investigación y judiciales

19La legislación penal (investigación) fue reformada bajo un sistema oral acusatorio expedito y de negociación. Al ser premial, no siempre hay contradictorios válidos, sino que el fin es resolver con rapidez las causas. Lo anterior hace que la verdad y la justicia sean limitadas.

20El poder de investigación y de justicia recibe la repercusión de una gran criminalización legislativa.

21Frente al hecho social del homicidio, las estadísticas remitidas son:

  • Número de investigaciones por el delito de homicidio. Ley 906 de 2004. spoa: sistema penal oral acusatorio. En el 2013 hubo 39.902 actuaciones.

  • Número de investigaciones. Sistema de información sijuf: arroja 4.719 (2013). (Ley 600 del 2000).

  • Número de resoluciones de acusación de este delito en vigencia de las leyes 906 de 2004 y 600 del 2000. En el 2013: calificación con resolución de acusación 863; ejecutoria de resolución de acusación 1.044 y jpm- Ejecutoria de resolución de acusación. Total: 1.914.

  • 7 Se solicitó discriminar en sentencias absolutorias y condenatorias, y la respuesta es que no se pue (...)

22Según el Consejo Superior de la Judicatura, la totalidad de sentencias por año son: en el 2013 en el Tribunal hubo 2.961 egresos efectivos, y en los juzgados un total de 23.344. Total: 26.3057.

23Significa lo anterior que hay muchas decisiones acumuladas de años anteriores en casos de homicidio con un efecto bajo respecto al objetivo buscado: la convivencia ciudadana y el respeto de la vida.

24Los datos de la Fiscalía muestran muchos procedimientos, conceptos “reificados” y órdenes sin grandes resultados. Los jueces expiden sentencias que al ejecutarse no tienen nada que ver con el derrotero preventivo de fondo sino de un continuismo ineficiente.

25Medicina Legal expone las razones de los homicidios, las cuales consideramos relevantes: por narcotráfico, microtráfico, falta de acceso a la justicia, conflictos de tierras, confrontaciones entre actores ilegales y el Estado, “estructuras delincuenciales organizadas” (Cubides Salazar, 2015, uexternado. edu. co), por robos, dinero, pobreza y desintegración social, cultura carcelaria (reincidencia) e intolerancia. “Conforme a los resultados presentados, el microtráfico de droga es condición necesaria para que existan altos niveles de violencia, pero se requiere alguna variable adicional para que ocurra el fenómeno, pues esta en sí misma no explica la violencia”. (Cubides Salazar, 2015, uexternado. edu. co). En suma, una sociedad con anomia social.

26De forma similar a los victimarios, las víctimas son jóvenes (20-34 años), con niveles de educación que no superan la educación primaria o secundaria, diez hombres por una mujer. Sin embargo, el esclarecimiento es limitado.

C. Poder de ejecución penitenciaria

  • 8 Información suministrada por el Centro de Estrategia de Información Penitenciaria (inpec, 2014).

27Las consecuencias de una gran criminalización y judicialización son el hacinamiento y la violencia intramuros8. Las cifras que facilitan las instituciones carcelarias nos sirven para identificar la dinámica de la vida carcelaria y los fines logrados de la pena:

    • 9 Natural 157, suicidio 17, accidente 4 (incineración de colchonetas, caídas en altura), beneficio 26 (...)
    • 10 Arma blanca 1. 778, fuego 6, contundente 726, trabajo 49, deporte y otros 214, en beneficio 5 e int (...)
    • 11 Recapturas 21, motines 15, desobediencia o huelga 27, túneles 1, riñas 1.984, huelgas 156 y novedad (...)

    Para el 2013 las cifras de situaciones violentas son: internos fallecidos (226)9, internos heridos (2.781)10, fuga de internos (237) y otras novedades (2.354)11.

  • La violencia sufrida intramuros por el personal de custodia y de vigilancia (Acosta, Tapias, Salas y Solorzano, 2010) es preocupante por las afectaciones psicológicas y físicas.

28En ambas situaciones, el inpec (2014) concluye como factores determinantes de los heridos y los homicidios dentro de las cárceles, las condiciones de hacinamiento: “excediendo la capacidad de las que fueron diseñadas y por ende una limitada oferta de oportunidades de trabajo, estudio y enseñanza”.

  • 12 inpec-Oficina Jurídica.
  • 13 Varios: asignación de cupo para redención de pena, solicitud de certificados de cómputos para reden (...)
  • 14 En el 2013 hubo varias tutelas aceptadas y se ordenó prohibir el ingreso de más internos en ciertas (...)

29Existe un gran porcentaje de tutelas de parte de los funcionarios y de los internos por vulneración sistemática de derechos humanos12 y una búsqueda de la materialización de estos. En el 2013 las razones fueron las siguientes: traslados (1.772), salud (1.894), por funcionarios (280) por hacinamiento (135) y temas varios13 (1.782) para un total de 5.86314.

30Ante ese panorama y con el fin de reducir el hacinamiento, en el 2014 se reformó el Código Penitenciario. De acuerdo con el Sistema de Información del Inpec (sisipec), a 30 de abril de 2014 se dieron 1.178 libertades de internos por homicidio, pero al mismo tiempo ingresaron 1.202.

  • 15 Suspensión de la pena, libertad condicional, domiciliaria: total: 9.603 personas. Otros motivos de (...)

31Podemos analizar lo anterior como un intento legislativo para darles prioridad a las libertades y, por otro lado, otro intento legislativo de criminalización y judicialización15.

32Las anteriores cifras muestran la incoherencia e irracionalidad no solo de la política penitenciaria, sino de toda la política criminal (Corte Constitucional, 2013).

  • 16 Los estados de cosas inconstitucionales expedidos por la Corte Constitucional muestran la violación (...)

33La política pública frente al derecho a la vida se aprende mediante una vida digna en un contexto social de convivencia y no en uno de sociedades y prisiones irracionales16.

34Las instituciones totales, tal como Goffman (1987) las describe, crean internos institucionalizados y ajustados a un régimen totalitario mediante la mortificación del yo y del control institucional.

  • 17 Dentro del equipo de investigación que apoyó las entrevistas en la cárcel La Picota (agosto de 2014 (...)

35Se aprende enseñando el significado del vivir bien y las consecuencias de vulnerar el derecho a la vida. La reflexión sobre el derecho a la vida se haría por medio de políticas públicas integrales que forjen ciudadanos de paz y equidad17.

36Veamos en la siguiente sección la importancia de las políticas públicas y el efecto de las falencias de unas políticas publicas integrales.

II. LAS POLÍTICAS PÚBLICAS INTEGRALES

  • 18 “La tasa promedio de los tres últimos años es de 32 homicidios por cada cien mil habitantes, pero e (...)

37Las condiciones generales de Colombia en una parte muy amplia de la historia son la violencia social, política y económica (depende de las regiones18). La mayoría de las violencias se relaciona con las condiciones generales de la vida colectiva. Es una historia de inequidad y de violencia política.

38Los datos sociodemográficos demuestran la falta de priorización de las políticas sociales. Cuando un ciudadano tiene los derechos fundamentales reconocidos y garantizados, no está excluido del bienestar social. La convivencia se aprende, siempre y cuando se procuren los medios para tener una vida digna y disfrutar de ella.

39Las cifras muestran una sociedad de exclusión y abandono. Los sistemas económicos son desfavorables para muchos grupos sociales que han quedado rezagados en cuanto a los derechos económicos, sociales y culturales. La nueva tasa de ocupación se situó en 56,7%; en marzo de 2013 fue de 56,5%. La tasa de desempleo fue de 9,7%, presentando una disminución de 0,5 puntos porcentuales frente a la registrada en marzo de 2013 (10,2%)19. Colombia registra una de las más altas cifras de desnutrición en América Latina: en el país los niños son la población más afectada. La encuesta Nacional de Demografía y Salud (ends) señala que en Colombia el 13% de los menores de cinco años presentó desnutrición crónica (baja estatura para la edad), el 3% presenta desnutrición global (bajo peso para la edad), mientras la desnutrición aguda (bajo peso para la estatura) se presentó en el 1%. La tasa de analfabetismo en Colombia es del 7,6%, lo que la sitúa dentro del grupo de países más desarrollados de América Latina. Sin embargo, el problema en algunos departamentos hace que el país se encuentre muy por debajo de los países desarrollados, como sucede, por ejemplo, con los casos del Chocó, Sucre y Cesar (dane).

40Se realizaron entrevistas a veinte internos de la cárcel La Picota de Bogotá para entender mediante su experiencia y lenguaje la realidad penitenciaria y las razones de la vulneración al derecho a la vida.

41La entrevista se trata de una situación cara a cara (Mayer y Ouellet, 1991; Taylor y Bogdan, 1996) en la cual se da una conversación íntima de intercambio recíproco, el informante se convierte en una extensión de nuestros sentidos y adopta la identidad de un miembro de su grupo social (Tremblay, 1968). En esta interrelación se reconstruye la realidad de un grupo y los entrevistados son fuentes de información general en la que hablan en nombre de gente distinta proporcionando datos acerca de los procesos sociales y las convenciones culturales (Schwartz y Jacobs, 1984; López Estrada y Deslauriers, 2011).

  • 20 Las entrevistas se les realizaron a personas acusadas de homicidio.

42Las categorías de análisis de la población interna20 entrevistada fueron: la ignorancia, la intolerancia, la falta de oportunidades, la búsqueda de identidad, el dinero, las injusticias y el consumo de drogas lícitas e ilícitas.

43Se reflejó una “vida” institucionalizada. “El totalitarismo, lejos de representar una monstruosidad extraordinaria, es el cumplimiento unilateral de cualquier función social” (Goffman, 1968, pp. 48-49).

44Es necesario aclarar que no se mostró un nexo de causalidad entre ausencias de políticas públicas y violencia, pero sí una influencia marcada. Ese hecho se aúna a la variable de una inadecuada información sobre lo que es el derecho, las implicaciones de la vulneración y el acceso a la justicia, la cual se reitera en las respuestas.

  1. ¿Por qué cree que la gente comete delitos? Por la ignorancia, intolerancia, estados de ánimo, en la falta de oportunidades y en la búsqueda de identidad a través de la pertenencia a un grupo.

  2. ¿Quisiera hablar de sus razones? Las razones generales fueron por estar armado, por dinero, por cosas sentimentales y por salir adelante a través de un grupo armado. Por pobreza, por abandono familiar y por la vida de crianza. Por el conflicto armado.

  3. ¿Por qué se matan las personas? Las personas se matan por venganza, por dinero, por licor y por indefensión y coacción.

  4. ¿Todo se debe a algún conflicto social? ¿Cuál era el contexto social? ¿O había conflicto político? Las respuestas se centran en las injusticias, circunstancias desfavorables sociales y la falta de cultura.

  5. ¿La comisión de ciertos delitos está relacionada con el consumo de drogas o porte de armas? Las drogas legales e ilegales inciden en la valentía para cometer ciertos hechos. Y si se está armado, ayuda a la comisión de ciertos delitos.

  6. ¿Qué hace el Estado para evitar que las personas cometan delitos? El Estado no hace nada, sino castigar. Debería educar más en los derechos y en lo que es el sistema judicial. Las respuestas estatales son superficiales y no estructurales.

  7. ¿Existe la prevención antes de la cárcel? Ni afuera ni en la cárcel no hay aporte social ni educativo. Solo hay miedo. Se debe consolidar lo de los derechos humanos; más lectura y ocupación; buena comida, más profesores preparados, talleres de convivencia. Lo primordial es lo que se haga en la sociedad y en la familia. La escuela es la mejor prevención de raíz. En el papel hay muchas cosas. Por la educación se asciende a la libertad y por la ignorancia a la esclavitud.

  8. ¿Considera que la cárcel le da las herramientas para vivir afuera (sociedad)? ¿Tiene trabajo, estudio, enseña? ¿Qué hace falta? La cárcel no ayuda a nada y la gente sale muy vulnerada. Se ve mucho la transformación. Solo se habla de delincuencia. Se aprende. Hay mucho analfabetismo. Lo único es el trabajo y estudio solo para descontar. Hay que obligar a la gente a ocuparse, estudiar y trabajar.

  9. ¿Considera que la cárcel ayuda a reparar a las víctimas? La cárcel no pertenece a un sistema restaurativo. No se arregla nada. Solo hay indiferencia hacia la víctima y maltrato hacia el victimario.

  10. ¿Qué aporte positivo le da la cárcel? ¿Para qué le ha servido (cambios)? En general, lo único es ver lo feo de la condición humana y sus instituciones. Es compartir el encierro, el sufrimiento y el ocio permanente.

  11. ¿Impacto negativo de la cárcel en usted y su familia (cambios)? La cárcel corta todo proyecto de vida individual, familiar y social. La cárcel finiquita el estado de salud físico, mental y espiritual. El transcurso del tiempo es estéril.

45En consecuencia, y de acuerdo con los datos y análisis de las entrevistas, es importante pensar que una de las salidas son las políticas públicas integrales. Políticas que reconozcan al otro. El pluralismo y la diversidad deben ser motores fundamentales para la solución alternativa de los conflictos con el fin de restaurar lo vulnerado. Al decir políticas integrales se hace referencia a las políticas de resolución de conflictos, sociales, educativas y judiciales. En general, de derechos y libertades que consoliden el concepto de vida digna.

El primer paso para afrontar de manera acertada el problema de las prisiones en Colombia consiste en reconocer lo obvio: la causa del problema no se sitúa exclusivamente, ni principalmente, dentro de las prisiones ni del sistema penal, sino fuera de ellos. La principal causa de la “crisis” radica en el estado de cosas y el arreglo social y político que les permite existir y expandirse, presuponiendo su justificación y legitimidad, en lugar de demostrarlas (Iturralde y Ariza, 2011, p. 179).

III. POLÍTICAS DE PREVENCIÓN REACTIVA FRENTE A PROACTIVA

46Frente a las diferentes clases de prevención, encontramos la prevención reactiva, superficial y de seguridad (corto plazo). Las políticas de prevención reactiva no buscan entender las causas, las raíces y los procesos de criminalización. Es una prevención de efectos y de rápidos “resultados”.

47Entre tanto, la prevención proactiva consiste en políticas de largo plazo (estructurales). Es así que las instituciones de justicia han creado programas de educación para la prevención (reactiva y proactiva) en el seno de sus instituciones con el fin de “morigerar” los efectos de la ausencia de políticas públicas.

48Los resultados de las entrevistas con la Policía Nacional muestran sus desarrollos en prevención reactiva por la situación inminente de “violencia”. Sin embargo, tienen programas de prevención proactiva con las comunidades y barrios cercanos:

Policía Nacional: Cívica de tres grupos (mayores, jóvenes y niños) en el trabajo de cultura cívica en sus localidades. El fin es recuperar el entorno y el manejo de problemas de drogadicción y tráfico sexual. Lo anterior está acompañado por un comité de padres de familia para su cabal cumplimiento; Carabineritos amigos de la naturaleza que tiene como fin la sensibilización en relación con la protección del medio ambiente. Campañas institucionales: Prevención vial que busca el autocuidado del ciudadano; Infancia y adolescencia: estrategia psico-social [sic] de prevención frente al tráfico de sustancias ilícitas a través [sic] de la capacitación en colegios, etc. También está la sustitución de cultivos en que el campesino es acompañado con programas alternativos. Ejemplo: El Catatumbo; vínculos con la comunidad, acciones culturales y lúdicas (bandas, orquestas, grupos artísticos y deportivos). Un ejemplo notable es el trabajo de la orquesta con sectores marginados de Tumaco. Se ha explorado el hip-hop, rap y los grafitis; Gestión interinstitucional para la educación ciudadana: El eje de las actividades de la policía, además del control es la promoción. Jóvenes a lo bien. Con la ayuda de las alcaldías, empresas, el sena (educación técnica), los jóvenes encuentran un camino diferente al ocio y al rebusque. Se tiene en cuenta la capacidad que ellos poseen. Ejemplo: Magdalena Medio y ecopetrol, Barrancabermeja (formación en turismo); Asesorías en proyectos productivos. En Pereira se creó una empresa de calzado con el apoyo de la Alcaldía y formación de los jóvenes; Abre tus ojos. Trabaja con la red de educadores para que los jóvenes y padres de familia conozcan qué es un delito y sus consecuencias; Escuelas de convivencia y seguridad ciudadana. Espacios académicos sobre mediación, resolución de conflictos alternativa y formalmente (Policía Nacional).

49El inpec, consciente de la necesidad educativa extramuros del efecto carcelario, ha creado el programa Delinquir no Paga, el cual se desarrolla en escuelas y colegios. Los exinternos les transmiten a los jóvenes la experiencia dolorosa de la cárcel y se crean redes multiplicadoras con el fin de prevenir situaciones lamentables.

50Así mismo, la Fiscalía General de la Nación tiene el programa Futuro Colombia en las escuelas, con el propósito de mostrar el efecto delictivo y punitivo en la juventud colombiana.

  • 21 “Si bien el 2012 pasó a la historia como el año que terminó con la tasa de homicidios más baja de l (...)

51Dentro de lo que se conoce como prevención proactiva de transformación social, existen las políticas sociales de las alcaldías locales de Bogotá y de la Alcaldía de Bogotá21. Se rescata

el proceso de desarme que fue una de las políticas bandera de Bogotá Humana y la restricción de los horarios a la población de jóvenes y niños en fechas especiales, fueron una de las causas que permitió la reducción de homicidios (Secretaría de la Alcaldía de Bogotá). Esto es la seguridad humana, la recuperación democrática del territorio que tiene dos factores: acabar con la mafia e impulsar las políticas sociales que benefician a los habitantes.

  • 22 Existe el programa de seguridad humana y convivencia, el cual consiste en el desarme en el sentido (...)

52Hay un esfuerzo en las artes, música, la danza, la inclusión social y la construcción de territorios de paz y convivencia22 en la Alcaldía Mayor de Bogotá. Destacan los programas de gran repercusión social como el de derechos humanos y sistema distrital de justicia.

Consiste en el desarrollo de mecanismos alternativos de justicia más informales, tales como las casas de justicia, unidades de mediación y conciliación y operadores de justicia alternativa; Cabildo de jóvenes (Instituto Distrital de las Artes y Cultura/Sector cultura, recreación y deporte) en donde el eje central [sic] es el apoyo a la educación y al trabajo. En artes desarrollan: artes audiovisuales, artes dramáticos, plásticas y visuales, danza, literatura y música y el Instituto de Desarrollo Económico (Banca Emprende y Alimenta Bogotá).

53Las diversas prácticas de prevención son válidas pero en estructura el alcance es limitado. Por tanto, se insiste en que las prácticas de prevención deben ser proactivas y de fondo para evitar una sociedad del castigo. Políticas reactivas e incoherentes con la estructura social producen ciudadanos recluidos sin perspectiva alguna.

  • 23 “Según el interaccionismo simbólico (Georges G. Mead), la sociedad está constituida por una infinid (...)

54La reflexión que hace el interaccionismo simbólico23 sobre a quién se le ha a adscrito la identidad desviada y los etiquetamientos es útil para entender cómo a ciertas personas se les etiqueta más que a otras, según una selectividad “oculta”.

55El concepto de crimen imposible invita a una nueva reorganización social y legal de ciertas áreas y la búsqueda de una reorganización de las estructuras jurídicas y sociales que no dejen lugar al concepto de infracción.

Es abandonar un único punto de vista orientado hacia el autor y orientarse a hacer una investigación sistemática — y no simplemente ocasional — de medidas “preventivas”, en todas las áreas en donde se repiten los actos que hacen daño y son preocupantes (Hulsman, 1982, pp. 161-162).

56En suma, la respuesta es una sociedad restaurativa. Los conflictos se resuelven mediante una justicia restaurativa que busque que el tejido social quebrantado se reconstruya de forma permanente.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

57De acuerdo con la investigación realizada, la política criminal actual no satisface los derechos de las víctimas y no “resocializa” a los victimarios. Tal política es consecuencia de unos poderes de criminalización, de judicialización y de ejecución de la pena que no trabajan de una manera coordinada para materializar una verdadera prevención proactiva.

58Es primordial tener en cuenta la realidad socioeconómica y política de Colombia. En una sociedad punitiva y compleja, los diversos factores son de suma importancia en el diseño y aplicación de una política criminal pluridimensional (de diversos contextos y regiones).

59La prevención proactiva — contundente — en clave de cambio estructural es fundamental para crear las bases de una sociedad restaurativa (Hulsman, 2000), democrática e incluyente. El manejo de los conflictos deviene más funcional y pacífico, como resultado de una educación de respeto y de tolerancia. El derecho a la vida emergería con bases estructurales y sociales y no como una mera existencia jurídica.

60Con estos resultados, mi objetivo no es fortalecer un sistema formal e incoherente con la realidad social e institucional. El mecanicismo solo lleva a aplicar técnicas jurídicas sin derechos fundamentales. El problema no es de más presupuesto ni más cárceles, sino una transformación social estructural y de fondo (sociedad y justicia restaurativa).

Literaturverzeichnis

REFERENCIAS

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Calle, M. M. (2013). Sentencia T-388 de 2013. Corte Constitucional.

Carranza, E. (1992). Sistemas penitenciarios y alternativas a la prisión en América Latina y el Caribe. San José (Costa Rica): De Palma.

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Anmerkungen

2 Sentencia C-936 de 2010, M. P. Luis E Vargas. La jurisprudencia constitucional ha reconocido, así mismo, que la política criminal puede ser articulada por el legislador expidiendo normas. En este sentido indicó: “La legislación penal es manifestación concreta de la política criminal del Estado [...] la decisión política que determina los objetivos del sistema penal y la adecuada aplicación de los medios legales para luchar contra el crimen y alcanzar los mejores resultados, se plasma en el texto de la ley penal”. Así mismo, precisó que “la norma penal, una vez promulgada, se independiza de la decisión política que le da origen, conservando la finalidad buscada por su redactor en el elemento teleológico de la norma” (Corte Constitucional, 2010).

3 Según Medicina Legal, la población estimada del país para ese año (2013) fue de 47.121.089 personas; por tanto, la tasa de homicidios por cada cien mil habitantes fue de 30,3%.

4 Datos suministrados por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (inpec), Grupo de Estadística y Planeación (inpec, 2014).

5 Ministerio de Justicia, Diagnóstico y propuesta de lineamientos de política criminal para el Estado colombiano (junio de 2012)

6 Informe de la Comisión para Segundo Debate del proyecto del Código Penal. Exposición de motivos: “Las cárceles y las penitenciarías son en nuestro país como lo eran hace tres siglos en España, lugares de expiación donde toda incomodidad tiene su asiento [...]. Los códigos no pueden ser el resultado de una improvisación legislativa o de una labor precipitada de ninguna entidad o individuo”.

7 Se solicitó discriminar en sentencias absolutorias y condenatorias, y la respuesta es que no se puede determinar, en tanto en algunas sentencias, por ejemplo, se encuentran tres implicados de los cuales uno fue condenado y dos absueltos (Judicatura, 2014).

8 Información suministrada por el Centro de Estrategia de Información Penitenciaria (inpec, 2014).

9 Natural 157, suicidio 17, accidente 4 (incineración de colchonetas, caídas en altura), beneficio 26 y 22 por establecer (inpec, 2014).

10 Arma blanca 1. 778, fuego 6, contundente 726, trabajo 49, deporte y otros 214, en beneficio 5 e intoxicación 3 (inpec, 2014).

11 Recapturas 21, motines 15, desobediencia o huelga 27, túneles 1, riñas 1.984, huelgas 156 y novedades funcionarios 150 (inpec, 2014).

12 inpec-Oficina Jurídica.

13 Varios: asignación de cupo para redención de pena, solicitud de certificados de cómputos para redención, solicitud de envío de documentación para beneficios administrativos, solicitud de libertades condicionales, solicitud de prisión domiciliaria, solicitudes de kit de aseo, respuesta de derechos de petición, asignación de dietas, clasificación de fases, consignaciones para internos y visitas íntimas (inpec).

14 En el 2013 hubo varias tutelas aceptadas y se ordenó prohibir el ingreso de más internos en ciertas cárceles, por falta de garantías y de dignidad. En otras palabras: se declaró el mantenimiento del estado de cosas inconstitucional, es decir, la obligación estatal de ser garante de los derechos humanos de los internos. Siguen en curso miles de tutelas contra el inpec por violación de diferentes derechos fundamentales.

15 Suspensión de la pena, libertad condicional, domiciliaria: total: 9.603 personas. Otros motivos de pena cumplida y otras para un total de 6.201. Total salida de internos: 15.804 (inpec, 2014).

16 Los estados de cosas inconstitucionales expedidos por la Corte Constitucional muestran la violación sistemática y permanente de los derechos humanos en las cárceles colombianas. Sents. T-153 de 1998, M. P. Eduardo Cifuentes, y T-388 de 2012, M. P. M. a Victoria de la Calle.

17 Dentro del equipo de investigación que apoyó las entrevistas en la cárcel La Picota (agosto de 2014) están las estudiantes e investigadoras Laura Montenegro, Brigitte A. Hernández, María Ligia Jiménez F., Jennifer Hoyos G., Daniela Arboleda H. y Ximena Sarmiento.

18 “La tasa promedio de los tres últimos años es de 32 homicidios por cada cien mil habitantes, pero el año pasado, en cerca de un tercio de los municipios, la tasa superó el promedio considerado y en más de una décima parte lo triplicó. Los lugares donde se registraron niveles muy elevados coinciden con el narcotráfico y/o [sic] extracción de oro”. http://www.razonpublica.com/

19 http://www.dane.gov.co/index.php/mercado-laboral/empleo-y-desempleo.

20 Las entrevistas se les realizaron a personas acusadas de homicidio.

21 “Si bien el 2012 pasó a la historia como el año que terminó con la tasa de homicidios más baja de los últimos 30 años en Bogotá (16,9 por cada 100.000 habitantes), el 2013 registró una estabilización en este delito de alto impacto: se logró una tasa de 16,7 (El Tiempo, 2014). Estos resultados son consecuencia del trabajo interinstitucional, entre la Secretaría de Gobierno, la policía, los gestores de convivencia y las alcaldías locales”, puntualizó Jhonatan Nieto, subsecretario de seguridad y convivencia. Informe Bogotá Cómo Vamos de julio de 2014: “Los resultados del análisis muestran que del 2012 a la fecha, la disminución en las cifras de homicidios es muy poca: cuatro casos menos. La tasa sigue siendo alta, con un total de 1.279 homicidios el año pasado”.

22 Existe el programa de seguridad humana y convivencia, el cual consiste en el desarme en el sentido más amplio y las campañas de educación con niños y jóvenes.

23 “Según el interaccionismo simbólico (Georges G. Mead), la sociedad está constituida por una infinidad de interacciones concretas entre individuos, a quienes un proceso de tipificación confiere un significado que es abstraído de las situaciones concretas, y continua extendiéndose por medio del lenguaje” Baratta (1993, p. 83).

Autor

Directora del Centro de Investigación en Política Criminal (cipc). Doctora en Derecho Público de la Universidad d’Artois (Francia). El resultado de esta investigación se debe a un trabajo teórico y empírico con instituciones de justicia y actores de la política penitenciaria. Se hicieron entrevistas a internos de la cárcel La Picota de Bogotá, victimarios de homicidio (cipc, 2014).

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