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Monuments et décors de la Semaine Sainte en Méditerranée

 | 
Marlène Albert-Lorca
, 
Christine Aribaud
, 
Julien Lugand
, 
et al.

Los decorados de Semana Santa en Aragón en la Edad Moderna

Javier Ibáñez Fernández

Texte intégral

  • 1 El primer intento, realizado a partir de los documentos localizados sobre el monumento de la catedr (...)

1Surgidos al calor del culto eucarístico desarrollado en Europa occidental a lo largo de la Edad Media, los monumentos de Semana Santa comenzaron a plantearse como estructuras arquitectónicas independientes en los albores del siglo XVI. En Aragón ya se montaban artificios de este tipo para entonces y se construyeron otros muchos a lo largo de la centuria, pero la escasa calidad de los materiales con los que se realizaban, los daños que se les infligían durante su instalación, el tiempo que permanecían montados, su desmantelamiento y almacenaje en condiciones con frecuencia poco favorables, así como la costumbre de adecuarlos a los gustos artísticos de cada momento, que obligaban a repararlos y reformarlos cada cierto tiempo y, a la postre, a sustituirlos por otros nuevos cuando ya no se podía prolongar su vida útil, han impedido que llegase hasta nuestros días ni uno solo de los confeccionados en estas tierras para entonces. No obstante, la documentación exhumada en distintos archivos sobre su confección, ornato, instalación y mantenimiento permite realizar una primera aproximación a su estudio.1

  • 2 Excepción hecha del monumento realizado para la catedral de Zaragoza a comienzos del siglo XVIII, p (...)
  • 3 HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, A., 1993, pp. 435-453.

2Por el contrario, para el siglo XVII, y sobre todo el XVIII, cuando los monumentos comenzaron a dejarse instalados de un año para otro en espacios concretos –generalmente capillas– que, además, solían cerrarse mediante puertas o telones –lo que ha favorecido su conservación–, contamos con bastantes ejemplos de interés que, paradójicamente, continúan a la espera de su correspondiente estudio documental y rara vez pueden ponerse en relación con la actividad de artistas concretos2 pero que, en cualquier caso, ejemplifican la perpetuación de una costumbre litúrgica que se mantuvo en vigor hasta el siglo XIX e incluso los primeros compases del XX.3

3Nuestro trabajo propone un primer acercamiento al fenómeno del culto eucarístico y la sucinta exposición de sus manifestaciones externas en el arte aragonés para concluir con el estudio de los monumentos realizados en estas tierras a lo largo del Quinientos a partir de la sistematización y el análisis pormenorizado de los documentos exhumados hasta la fecha.

4De entre ellos destacan los contratos suscritos para la construcción, ornato, instalación y desmantelamiento de un buen número de artificios que, localizados en distintos archivos –fundamentalmente de protocolos notariales–, permiten atisbar su aspecto y principales características formales. No obstante, es importante recordar que la exhaustiva revisión de los libros de cuentas y fábrica de los templos tanto catedralicios como parroquiales –una fuente que aquí apenas se ha empleado– permitiría seguir de manera puntual el desarrollo orgánico de estas máquinas desde el mismo momento de su construcción hasta su desaparición definitiva.

El culto a la Eucaristía

  • 4 ALDAZÁBAL, J., 1994, pp. 110-112, y 337.

5La necesidad de disponer de especies consagradas para ofrecerlas a quien las pudiese precisar en un momento determinado –especialmente a los ausentes, a los enfermos y a los que no podían asistir a las celebraciones comunitarias en las que se conmemoraba el sacrificio pascual de Cristo– explica que se recurriese a la reserva desde los primeros siglos del cristianismo. Esta práctica, que implicaba la aceptación más o menos generalizada de la presencia de Cristo en el Pan y el Vino, así como su permanencia en ellos, llevó aparejado el desarrollo de las primeras muestras de respeto explícito a la Eucaristía que, tal y como se deduce de los testimonios aportados por autores como Hipólito y Orígenes, se conservaba y reverenciaba en casas particulares durantes los siglos II y III de nuestra era.4

6No obstante, pronto surgieron dudas sobre estos dos presupuestos que derivaron en agrias disputas que alcanzaron su momento álgido a finales del siglo XI, cuando se enfrentaron las tesis simbolistas de Berengario de Tours y las realistas de Lanfranco. La Iglesia se inclinó con decisión por las del segundo, deslizándose peligrosamente hacia un fisicismo que alcanzó un marcado carácter sensualista del que consiguió distanciarse en la centuria siguiente cuando, gracias a la aplicación de las categorías aristotélicas de sustancia y accidente recién descubiertas, pudo explicar el misterio eucarístico a partir de la doctrina de la transubstanciación, concluyendo que, tras la consagración, lo fenoménico de las especies permanecía, mientras que su verdadera naturaleza se transformaba en el Cuerpo y la Sangre de Cristo.

  • 5 Ipse Christus (...) in corpus et sanguinem suum panem transubstantiavit et vinum [ALDAZÁBAL, J., 19 (...)
  • 6 Transubstantiatis pane in Corpus et vino in Sanguinem potestate divina (...) [ibidem].
  • 7 Después de costumbres inseguras en diversas partes de la Iglesia, desde el siglo XII se dio la norm (...)

7La aceptación del concepto, utilizado ya por Rolando Bandinelli –luego papa Alejandro III– en 1150,5 e incorporado al magisterio en el IV concilio lateranense de 1215,6 explica la atención concedida a partir de estas fechas a la consagración en detrimento de la propia comunión, subrayada en la liturgia mediante la elevación expositiva del Pan y el Vino, así como la aparición de nuevas formas de culto a la Sagrada Forma como la festividad del Corpus Christi, instituida por Urbano IV mediante la bula Transiturus de hoc mundo en 1264, su muestra y adoración, su exhibición triunfal por las calles en recorridos procesionales, o su respetuosa reserva tras la misa del Jueves Santo para la comunión del sacerdote en la celebración del día siguiente.7

  • 8 GARCÍA VILLOSLADA, R. y LLORCA, B., 1960, p. 776; ISERLOH, E., GLAZIK, J. y JEDIN, H., 1972, p. 654 (...)
  • 9 Quoniam autem Christus Redemptor noster, Corpus suum id, a quod specie Panis offerebat, vere esse d (...)
  • 10 Principio docet sancta Synodus, & aperte ac simpliciter positetur, in almo sancto Eucharistiae Sacr (...)
  • 11 Si quis dixerit, peracta consecratione, in admirabili Eucharistiae Sacramento non esse Corpus & San (...)
  • 12 Ibidem, ses. XIII, cap. VI, p. 101. La necesidad de la reserva se apunta en el canon VII: si quis d (...)
  • 13 Ibidem, ses. XIII, cap. V, pp. 99-100, y can VI, p. 106. Sobre estos particulares véase JUNGMANN, J (...)
  • 14 LLORCA, D., 1964 (I), pp. 341-360, y LLORCA, D., 1964 (II), pp. 459-482.
  • 15 No debe olvidarse ni la militante catolicidad de las dos ramas de los Habsburgo, ni la especial dev (...)

8Tras las dudas expresadas por ciertos reformadores, para quienes la presencia de Cristo sólo se hacía efectiva en el momento de la comunión –por lo que no procedía reservar el Pan ni, mucho menos, adorarlo–, el concilio de Trento8 (1545-1563) confirmó la validez del concepto de trasubstanciación,9 definió de manera taxativa la presencia de Cristo en el Sacramento,10 su permanencia en él tras la consagración,11 la consiguiente necesidad de reservarlo de manera conveniente,12 así como la oportunidad y corrección tanto de su exposición como de su adoración –pues se le debía culto de latría–, haciendo especial hincapié en su significación y función salvíficas.13 Estas definiciones vinieron a sancionar la ortodoxia de los rituales que se venían practicando desde antiguo y favorecieron la aparición de otros nuevos, propiciando la renovación y expansión del culto eucarístico, que alcanzó un desarrollo muy destacado en los territorios de la Monarquía Hispánica, la Monarquía Católica,14 y en todas las regiones ligadas a los Habsburgo en el resto de Europa.15

  • 16 DONOVAN, R. B., 1958; CHAMBERS, E. K., 1963, vol. II, cap. 1.

9Adulteradas casi desde el principio mediante prácticas paralitúrgicas,16 las ceremonias que se iniciaban después de la conclusión de la misa in Coena Domini del Jueves Santo con las que se pretendía ensalzar la institución de la Eucaristía focalizando la atención de los fieles en su valor sacrificial hasta la celebración gozosa de la Pascua y Resurrección del Señor se fueron transformando con el paso del tiempo en una evocación de la Pasión, Muerte, Sepelio y Resurrección de Cristo, lo que explica bastante bien el desarrollo que experimentaron tanto los lugares escogidos para la reserva –los monumentos– y los programas con los que se decoraban, como las ceremonias de traslado, disposición y extracción del Santísimo.

  • 17 Sobre este particular véase lo señalado a propósito del ciborio y la cabecera de la catedral de Gra (...)
  • 18 ALLO MANERO, Ma A., 1995, pp. 131-154; ALLO MANERO, Ma A. y ESTEBAN LORENTE, J. F., 2004, p. 68.
  • 19 A este respecto, resulta especialmente significativo el análisis de la definición otorgada por Cova (...)
  • 20 Sobre este particular véase WITKOWER, R., 1958, pp. 9-38; LOTZ, W., 1985, pp. 65-76; LITCH, M., 198 (...)

10Por lo que respecta a los primeros debe advertirse que la misma influencia que ejerció la imagen simbólica de la Anástasis de Jerusalén en la definición tipológica de ciborios, tabernáculos, custodias de asiento,17 e incluso túmulos funerarios18 –estrechamente relacionados con las estructuras que nos ocupan–, hizo que los monumentos, entendidos cada vez más como Santos Sepulcros,19 pasaran de ser simples arcas o sagrarios dispuestos en altares secundarios adornados e iluminados con sobriedad a integrarse en organismos plenamente autónomos que, con un evidente carácter conmemorativo, adoptaron con frecuencia la planta centralizada consagrada después por la teoría artística del Renacimiento como ideal arquitectónico,20 se desarrollaron en varios pisos superpuestos –lo que les ha otorgado el apelativo de turriformes–, se fueron enriqueciendo de manera paulatina con elementos provenientes del mundo triunfal y funerario clásico, y se decoraron en tonos lúgubres con programas alusivos al anuncio de la Pasión del Mesías –profetas y prefiguraciones–, o a su propio desarrollo histórico.

11Por su parte, las ceremonias de entronización del Sacramento en los monumentos no tardaron en transformarse en Santos Entierros, su reserva en recordatorio del tiempo que pasó en el Sepulcro, y su extracción en evocación de su Resurrección gloriosa, que se acentuaba dejando los monumentos vacíos y abiertos para la Pascua con el objeto de que, como las Marías, los fieles pudiesen descubrir que Cristo ya no yacía en su tumba porque había resucitado.

El culto a la Eucaristía en Aragón

  • 21 Un resumen de la historia y de la extensa literatura sobre el milagro en ALADRÉN, J., 1991, pp. 441 (...)
  • 22 Conocido como Sacro misterio dubio o Sacro dubio de Cimballa, cuenta con una monografía manuscrita (...)
  • 23 Una completa descripción de los hechos en BLASCO DE LANUZA, V., 1622, tomo I, lib. V, cap. XX, pp.  (...)
  • 24 LA SALA-VALDÉS, M. DE, 1933, p. 86. El sobrenombre deriva de la iglesia dominica de Santa María sop (...)

12Aragón contaba con una rica tradición en el campo del culto eucarístico, estimulada por sucesos excepcionales como el milagro de los Sagrados Corporales de Daroca21 (Zaragoza) del año 1239, anterior a la institución de la festividad del Corpus Christi, o los más tardíos de Cimballa22 (1380), también en Zaragoza, y Aguaviva23 (1475), en Teruel; y recibió muy pronto el impulso renovador emanado desde Trento traducido, entre otras cosas, en la aparición de las hermandades conocidas popularmente como cofradías de la Minerva, cuyo más temprano testimonio en estas tierras lo ofrece la instituida en la parroquia de San Felipe y Santiago de Zaragoza en 1557.24

13El arraigo del culto eucarístico en Aragón puede valorarse de atender a manifestaciones artísticas tales como los óculos expositores que, practicados a cierta altura en algunos de los más importantes retablos construidos en estas tierras desde finales del siglo XV y hasta bien entrada la centuria siguiente, contaban indefectiblemente con pequeñas capillas sacramentales habilitadas a sus espaldas que, con el paso del tiempo, fueron descendiendo al nivel de los bancos y adquiriendo la fisonomía de trasagrarios.

  • 25 MARTÍN GONZÁLEZ, J. J., 1964, p. 7. Una valoración diferente en SERRANO GRACIA, R., MIÑANA, Ma L., (...)
  • 26 Un buen ejemplo de su uso fuera de Aragón lo proporciona el retablo mayor (ca. 1500-1503) del monas (...)
  • 27 QUADRADO, J. Ma, 1844, p. 264. El estudio más reciente es el de LACARRA DUCAY, Ma C., 1999, pp. 81- (...)

14En contra de lo que se ha sostenido en alguna ocasión,25 el óculo expositor no es un elemento genuino o exclusivo del retablo aragonés,26 pero la realidad es que su incorporación al mayor de la Seo zaragozana [fig. 10] en sus últimos trabajos constructivos27 (1478-1488) con el objetivo de exponer el Santísimo en la festividad del Corpus y su infraoctava propició que su empleo se generalizara, y que se utilizase a partir de ese momento en otros muchos muebles, como los titulares del Pilar (1509-1518), la catedral de Huesca (1520- 1534), la colegial de Alquézar (ca. 1572-1578), y la iglesia de San Pedro de los Francos de Calatayud (Zaragoza).

  • 28 A este momento corresponde su azulejería [ÁLVARO ZAMORA, Ma I., 1998, p. 390; CRIADO MAINAR, J., 19 (...)
  • 29 SOUTO SILVA, A. I., 1995, pp. XXVIII-XXX; MORTE GARCÍA, C., 1995, p. LXXVIII, y p. XCI, nota n° 64.
  • 30 CARDESA GARCÍA, Ma T., 1996, pp. 13-78, con la bibliografía anterior de la pieza. Para la capilla d (...)
  • 31 No se facilitan noticias sobre la capilla en IRIGOYEN JADRAQUE, Ma V., 1996-1997, pp. 703- 706.
  • 32 Se trata de un conjunto de difícil interpretación dado que sólo subsisten las paredes laterales del (...)
  • 33 RUBIO SEMPER, A., 1978, pp. 39-41.

15Todos ellos contaban con sus respectivas capillas sacramentales. La de la Seo zaragozana se abovedó con crucería simple, se dotó de altar y sagrario, y se reformó entre 1571 y 1572.28 La del Pilar desaparecería junto con el viejo templo medieval cuando se sustituyó por la nueva fábrica barroco-clasicista.29 La de la catedral de Huesca se conserva prácticamente intacta,30 al igual que la de Alquézar, quizás la de mayores proporciones de la serie,31 y la de San Pedro de los Francos, que se decoró con un ciclo de pinturas de gran interés iconográfico al filo de 1600,32 quedó oculta tras la nueva máquina que, levantada poco antes de 1658,33 se concibió sin óculo.

  • 34 SOUTO SILVA, A. I., 1995, pp. XXX-XXXI.
  • 35 ABIZANDA Y BROTO, M., 1915, pp. 199-201 (construcción de la capilla), y pp. 202-203 (rejado).
  • 36 En ellas se pintó el Descenso de Cristo al limbo. Tal y como precisa la capitulación firmada en 152 (...)
  • 37 Descrito en RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ DE CEBALLOS, A., 1999, pp. 87 y 93.

16El retablo titular de la iglesia parroquial de San Pablo de Zaragoza (1511- 1516, 1524) también se proyectó con expositor y capilla elevada,34 pero además, el apoyo económico del mercader Bartolomé Peco permitió añadirle otra más en el nivel del suelo35 (1527-1529) que, advocada al Corpus, se comunicó con la casa central del banco de la máquina mediante unas puertecillas para servir de sagrario,36 y se dejó abierta al deambulatorio, adoptando una solución que quizás deba relacionarse con la aplicada tras el retablo mayor de la catedral primada toledana a finales del siglo XV, en donde se articuló un ámbito eucarístico abierto, al parecer, a la girola y decorado con pinturas al fresco de temática desconocida en 1511.37

  • 38 En realidad, la dependencia erigida en Aula Dei cuenta con precedentes menos perfeccionados, los sa (...)
  • 39 BOSQUED FAJARDO, J. R., 1986, doc. n° 23, p. 631.
  • 40 Se describe en la visura de la máquina SAN VICENTE PINO, Á., 1991 (I), doc. n°. 23, p. 631.
  • 41 CRIADO MAINAR, J., 2001, pp. 373-376, y doc. n° 4, pp. 383-385.
  • 42 ESTEBAN LORENTE, J. F., 1981, pp. 42-57.
  • 43 La realización de esta máquina se había encomendado a Juan de Gorosabel en 1597 (BOSQUED FAJARDO, J (...)
  • 44 BOLOQUI LARRAYA, B., 1983, cat. n° 115, pp. 381-383

17El trasagrario de la cartuja zaragozana de Aula Dei (1564-1567) constituye un destacado jalón dentro de esta evolución que además, debe relacionarse con la importancia concedida a la adoración eucarística por los hijos de San Bruno.38 Se trata de un edículo de planta cuadrada cubierto mediante un cimborrio, adosado al presbiterio del templo, construido a su mismo nivel y comunicado con él a través de un vano y dos puertas que se integraron en el retablo mayor de la iglesia contratado con Jerónimo Vallejo en 1574.39 Por ellas se accede a sendos vestíbulos abovedados desde los que se puede entrar a la capilla pero que, además, se prolongan generando a su alrededor un pasillo o deambulatorio utilizado como vía procesional. En su interior se reservaba la Eucaristía que, entronizada en un primer momento en una custodia de madera flanqueada por ángeles,40 y mas tarde en otra de plata realizada por José Velázquez de Medrano a comienzos del siglo XVII,41 se podía venerar desde el interior del templo si se descorrían las pinturas –del Descendimiento y la Última Cena– con las que se clausuraba desde la iglesia y la capilla el vano que las comunicaba. En 1599 Jerónimo de Mora y Antón Galcerán decoraron los vestíbulos y el trasagrario con un complejo ciclo de pinturas murales de contenido alegórico-eucarístico,42 y se asentó en su interior el retablo relicario43 que, pensado para enmarcar el expositor, todavía se conserva in situ, adosado a las espaldas de la máquina que preside la iglesia en la actualidad, realizada por el hermano lego fray Manuel Ramírez de Arellano entre 1757 y 1762.44

  • 45 IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J., 2005, pp. 45-46, y pp. 279-306.
  • 46 La idea se desarrolla ibidem, pp. 299-302.

18Al contrario de lo que sucede con el resto del edificio, en el que se percibe la influencia directa del proyecto de San Lorenzo el Real de El Escorial,45 la capilla de Aula Dei es de cronología anterior a la habilitada detrás del retablo mayor del monasterio jerónimo, por lo que cabe la posibilidad de que esta estructura influyera sobre la definición si no estructural, cuanto menos conceptual del trasagrario laurentino, un extremo que quizás deba entenderse a la luz de las relaciones entre Felipe II y Hernando de Aragón, que se estrecharon a partir de 1566, cuando el viejo religioso cisterciense impulsor de la construcción de la cartuja zaragozana pasó a ejercer la representación política de su sobrino en el reino.46

  • 47 En 1572 se decidió suprimir la curva interior del presbiterio, otorgando al testero una disposición (...)
  • 48 MULCAHY, R., 1992, p. 138.
  • 49 BUSTAMANTE GARCÍA, A., 1994, p. 291, y fig. n° 39, p. 777; BUSTAMANTE GARCÍA, A., 1998, pp. 59-62; (...)

19La realidad es que Juan de Herrera no abordó la ordenación de la cabecera de la basílica de San Lorenzo hasta 1572, y que sus primeros proyectos no contemplaban ningún recinto sacramental en la zona.47 La decisión de incorporarlo, comprensible si se atiende a que el monarca deseaba recrear de forma simbólica el Templo de Salomón,48 debió de producirse a comienzos de 1573, momento en el que se fecha un diseño felizmente conservado en el que ya aparece alojado en el grosor del muro del testero, comunicado con el presbiterio a través de un vano y dos puertas laterales, iluminado por un hueco abierto al patio de los mascarones, y en estrecha relación con los cenotafios de Carlos V y Felipe II acomodados a los costados del altar mayor.49

  • 50 El contrato para la construcción del retablo escurialense se rubricó el 10 de enero de 1579 (BUSTAM (...)
  • 51 La luz que penetraba a través del vano abierto al patio de los mascarones podía irrumpir en el inte (...)
  • 52 El autor del programa acudió a la Antigua Ley para seleccionar pasajes veterotestamentarios – Abrah (...)
  • 53 CANONES ET DECRETA, 1753, ses. XIII, cap. VII, pp. 101-102.
  • 54 El fin prioritariamente funerario de la capilla mayor y aún de todo el monasterio se analiza en BUS (...)
  • 55 PONZ, A., 1613, lib. I, cap. LIII, Que la resurecion gloriosa de los cuerpos sera marauilloso efect (...)

20Con el tiempo se desarrollaron las escasas posibilidades que ofrecía su ubicación, se ajustó su conexión con el retablo mayor50 (1579 y después) y se potenciaron las posibilidades escenográficas que ofrecía el haz de luz que lo atravesaba.51 Pellegrino Tibaldi lo decoró al fresco52 (1585-1586) con prefiguraciones veterotestamentarias de la instauración de la Eucaristía durante la Última Cena con las que se pretendía incidir en la significación y función salvíficas otorgadas al Sacramento en el concilio tridentino,53 y se resolvió su relación con los túmulos regios,54 aunando el culto al Santísimo y la esperanza en la Resurrección, objetivo alcanzable mediante la Comunión con Cristo en la Eucaristía, un planteamiento en el que incidieron algunos teólogos de la época como Antonino Ponz.55

  • 56 SIGÜENZA, J. DE, 1909, tomo II, p. 606.
  • 57 Es el caso de fray Raimundo Sáenz, autor del primer Lumen domus (1639) del convento de predicadores (...)

21Pronto se difuminaría en la ciudad del Ebro el origen de la solución estructural y el éxito del trasagrario de El Escorial, difundido gracias a la descripción (1605) de fray José de Sigüenza,56 acabaría trastocando la verdadera secuencia de los hechos. Así, a pesar de que algunos autores continuaron insistiendo en la raíz aragonesa de este tipo de mecanismos litúrgicos,57 la realidad es que, a partir de entonces, cuando los eruditos aragoneses trataron de explicar el origen de este tipo de estructuras, no dudaron en subrayar la autoridad del conjunto regio.

  • 58 Con el tiempo, el trasagrario de Aula Dei serviría de modelo para la construcción de otras capillas (...)
  • 59 BLASCO DE LANUZA, V., 1619, p. 24.
  • 60 No se conocen más datos sobre la capilla que los aportados a comienzos del siglo XIX por Faustino C (...)
  • 61 CRIADO MAINAR, J. e IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J., 1999, pp. 263-277.
  • 62 ANSÓN NAVARRO, A., 1992-1993, pp. 173-190.
  • 63 MARTÓN, L. B., 1737, cent. 18, cap. 11, p. 724.
  • 64 IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J. y CRIADO MAINAR, J., 1999, pp. 107-114.
  • 65 Ibidem, p. 106.
  • 66 IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J., 2001, p. 159. Ahora también IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J., 2006 (I), p. 206.
  • 67 IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J. y CRIADO MAINAR, J., 1999-2000, pp. 95-126.

22En todo caso, conviene advertir que la capilla sacramental de Aula Dei no sólo se usó como modelo en el seno de la Orden cartujana,58 sino que inspiró la realización de construcciones similares en Zaragoza y su entorno, como el trasagrario de la capilla del colegio de la Trinidad, fundado en 1570,59 que servía de mausoleo a sus patronos;60 el de la iglesia del convento jerónimo de Santa Engracia, levantado a raíz de la renovación del retablo mayor61 (ca. 1597- 1600), destruido durante la reforma operada en el templo a mediados del siglo XVIII,62 pero perfectamente conocido gracias a la detallada descripción del padre Martón;63 el de la parroquia de San Miguel de los Navarros [figs. 4 y 5] de Zaragoza64 (1603-1607); el del convento de Nuestra Señora de Jesús de la ciudad del Ebro,65 también de comienzos del siglo XVII; el del monasterio cisterciense de Veruela66 (1617-1618); o el de la iglesia de San Francisco [figs. 6 y 7] de Tarazona67 (1630-1632). En todos ellos, como en el de San Lorenzo el Real, el culto eucarístico estaba ligado a una finalidad funeraria.

Los monumentos de Semana Santa en Aragón a lo largo del Quinientos

23Tal y como ya se ha señalado en la introducción del trabajo, no ha llegado hasta nosotros ni uno solo de los monumentos de Semana Santa construidos en Aragón a lo largo del Quinientos por lo que la documentación exhumada en distintos archivos constituye un instrumento si no completo, cuanto menos fundamental para aproximarnos al estudio del contexto en el que se realizaron e incluso para conocer su propia fisonomía y principales características formales.

  • 68 En su testamento, Gracia Sánchez de Salvatierra hizo una donación a su hijo a cambio de que entrega (...)
  • 69 El documento fue suscrito ora quo nona ante meridie Juebes Sancto ante (s) de poner el Corpus en el (...)
  • 70 Recogida en un ceremonial manuscrito redactado por Pascual Mandura, canónigo de la catedral zaragoz (...)
  • 71 Recogida en otro manuscrito, redactado por Vicente Novella y Domínguez, canónigo de la catedral de (...)
  • 72 Se transcriben los pasajes fundamentales de ambas descripciones en CALVO RUATA, J. I. y LOZANO LÓPE (...)

24Del análisis de ciertas referencias diplomáticas se desprende que ya se instalaban en el interior de los templos aragoneses bajo la denominación de monumentos de Cristo a mediados del siglo XV68 y que, como en otros lugares de la cristiandad, servían para reservar la Eucaristía desde la conclusión de la misa del Jueves Santo hasta la celebración del día siguiente. Un precioso documento referido al que se instalaba en el Pilar de Zaragoza en 1492 permite descubrir que la disposición del Santísimo en el monumento se hacía en torno a la hora nona,69 hacia las tres de la tarde, y otras referencias más tardías, caso de las descripciones de las ceremonias que se desarrollaban en las catedrales de Zaragoza70 (ca. 1602) y Huesca71 (ca. 1796), confirman que los rituales celebrados en torno a ellos evocaban la Muerte, el Sepelio, la luctuosa permanencia de Cristo en el Sepulcro y su Resurrección gloriosa.72

25Los contratos suscritos para construir los monumentos, o los firmados para instalarlos y desmontarlos cada año, arrojan datos de incuestionable interés para hacernos una idea cabal de cómo fueron realmente, pero conviene advertir que, por diversas razones, ni unos ni otros resultan lo suficientemente precisos como para poder reconstruirlos con fidelidad.

  • 73 Tal y como se desprende del análisis del contrato, la capitulación se acompañó en esta ocasión de u (...)
  • 74 A.H.P.N.Z., Jerónimo Andrés, 1585, ff. 792 r-795 r, (Zaragoza, 6-VI-1585), [doc. 18. Documento dado (...)
  • 75 A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1586, ff. 1.441 r-1.444 v, (Zaragoza, 21-XI-1586), [doc. 25. Documen (...)
  • 76 A.H.P.N.Z., Juan Moles, 1596, ff. 983 v-984 v, además de un pliego s. f. con el tenor del acuerdo, (...)
  • 77 A.H.P.N.Z., Martín Martínez de Insausti, 1591, ff. 53 r-56 v, (Zaragoza, 27-I-1591), (doc. 27).
  • 78 En el contrato suscrito con Antón Galcerán para la realización del monumento de la iglesia de Altab (...)

26El hecho de que los primeros se redactasen a la vista de unas trazas –se menciona su existencia en los rubricados para la construcción de los monumentos de la catedral de Huesca73 (1561), las iglesias de las localidades zaragozanas de La Puebla de Alfindén74 (1585) y Monzalbarba75 (1586) o la parroquial de Nuestra Señora de Altabás de la capital aragonesa76 (1596)–, o incluso de modelos o maquetas –se cita un instrumento de este tipo en el ajustado para la realización del de la iglesia de San Miguel de los Navarros de la ciudad del Ebro77 (1591)–, solía liberar tanto a los contratantes como a los propios artífices de la tediosa labor de recoger por escrito aspectos tanto estructurales como iconográficos78 especialmente complejos o que, en su defecto, ya estaban –o se consideraban– bien reflejados en los diseños.

  • 79 Suscrita con Juan Lucas Botero el Viejo y un vástago –suponemos que su hijo homónimo– para instalar (...)
  • 80 La iglesia de San Pablo de Zaragoza ya debía de contar con un monumento de Semana Santa en 1526, cu (...)
  • 81 La capitulación fue suscrita con Juan Carnoy para instalar y desmantelar el monumento del Pilar dur (...)
  • 82 En el contrato suscrito con los Botero para instalar el monumento de la Seo de Zaragoza a partir de (...)
  • 83 Es el caso del contrato suscrito en 1570 con Juan Carnoy para montar y desmontar el monumento del P (...)

27Por otra parte, las capitulaciones suscritas para la instalación y desmantelamiento anual de monumentos como los de la Seo79 (1527), la iglesia de San Pablo80 (1561 y 1583), y el Pilar de Zaragoza81 (1570), permiten concluir que este tipo de acuerdos solían realizarse a la vista de los propios artificios, o desde la seguridad de que los maestros que asumían la tarea los conocían de manera directa, por lo que no se consideraba necesario describirlos. Es más, un análisis en profundidad de todos estos acuerdos permite concluir que las enumeraciones de los componentes de las máquinas que solían incluirse entre sus cláusulas no obedecían tanto a un discurso explicativo de las particularidades de las mismas como a la necesidad de inventariar estas piezas por cuanto su custodia y conservación se les encomendaba a partir de ese mismo momento a los profesionales que aceptaban el encargo,82 llegándoseles a exigir en algún caso la presentación de fianzas que asegurasen que los daños que pudiesen experimentar a lo largo de las contratas serían reparados a su costa.83

28Sin embargo, conviene advertir que los mayores problemas para entender la verdadera naturaleza de los monumentos, y la imposibilidad de reconstruirlos de manera fidedigna obedecen a que tanto las capitulaciones suscritas para su construcción como las firmadas para su instalación y desmantelamiento presentan los artificios como si fuesen organismos bidimensionales cuando, en puridad, su comprensión hubiese exigido un análisis de sus plantas para poder entender mejor el desarrollo de sus alzados. No obstante, del análisis riguroso de todos estos acuerdos pueden extraerse datos de incuestionable valor para conocer las personas que los contrataban, las que asumían su confección y el modo en que los materializaban, los lugares donde se instalaban, los materiales con los que se realizaban, las formas que adquirían e incluso la decoración que recibían.

Los contratantes

  • 84 En efecto, fueron los representantes de los parroquianos de la Magdalena de Zaragoza quienes contra (...)
  • 85 El monumento de la iglesia parroquial de La Puebla de Alfindén fue contratado por el vicario del te (...)
  • 86 Doc. 12.
  • 87 Doc. 2.
  • 88 Doc. 8.
  • 89 El monumento de la iglesia de San Juan del Puente fue encargado por los diputados del Reino al fust (...)

29La documentación exhumada evidencia que la iniciativa para construir los monumentos partía de las personas o entidades en las que recaía la obligación de mantener el culto de los templos, que también solían hacerse cargo de su instalación y desmantelamiento anual una vez realizados. Así que, en líneas generales, se puede afirmar que estas obligaciones eran asumidas por los representantes de los feligreses en las parroquias urbanas,84 por los vicarios y autoridades civiles en las de los pueblos,85 por los cabildos en templos colegiales como el Pilar86 y catedrales como la Seo de Zaragoza87 o la de Huesca,88 y por instituciones como la Diputación del Reino en casos concretos como el de la iglesia de San Juan del Puente de la capital aragonesa.89

30Todos ellos aplicaron fórmulas muy diversas para la construcción de los monumentos. En algunos casos, delegaron su realización en diseñadores que, si bien es cierto que pudieron pergeñar sus trazas y desarrollar sus decoraciones pictóricas, debieron de subcontratar la ejecución de otros trabajos contemplados en los acuerdos, como la materialización de sus propias estructuras lígneas.

  • 90 Doc. 8.
  • 91 Doc. 31.
  • 92 Aunque el maestro se comprometió a entregar el monumento para el mes de enero de 1562, la cancelaci (...)
  • 93 A.H.P.N.Z., Juan Moles, 1597, ff. 422 v-424 r, (Zaragoza, 17-IV-1597), (doc. 32. Documento dado a c (...)
  • 94 A.H.P.N.Z., Juan Moles, 1597, ff. 425 v-430 r, (Zaragoza, 18-IV-1597), (doc. 33. Documento dado a c (...)

31A soluciones de este tipo debieron de recurrir –con resultados muy dispares– tanto el italiano Tomás Peliguet como Antón Galcerán cuando se obligaron a ejecutar los monumentos pascuales para la catedral de Huesca90 (1561) y la iglesia parroquial de Altabás de Zaragoza91 (1596). El primero acusó un retraso considerable en la entrega del artificio, aunque sin consecuencias conocidas,92 y el coordinado por el segundo se alejaba tanto de lo que se había proyectado en un primer momento, que los parroquianos exigieron su visura a cuatro profesionales de probada solvencia93 –los fusteros Juan de Gorosabel y Juan de Oliver, y los pintores Silvestre de Estanmolín y Pedro Sánchez de Ezpeleta–, que no pudieron sino constatar los múltiples desajustes cometidos tanto en la realización de su estructura como en su propia decoración pictórica.94

  • 95 Doc. 18.
  • 96 A.H.P.N.Z., Jerónimo Andrés, 1585, ff. 795 r-796 r, (Zaragoza, 6-VI-1586), (doc. 19).
    Los de La Pueb
    (...)
  • 97 A.H.P.N.Z., Jaime Secanilla, 1585, pligo al final del protocolo s. f., (Zaragoza, 12-XI-1585), [doc (...)
  • 98 A.H.P.N.Z., Jaime Secanilla, 1585, pliego al final del protocolo s. f., (Zaragoza, 10-IV-1586), (do (...)
  • 99 A.H.P.N.Z., Jerónimo Andrés, 1586, ff. 1.535 r-1.536 v, (Zaragoza, 21-X-1586), (doc. 24).
  • 100 Doc. 25.
  • 101 A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1586, f. 1.441 v, en el margen inferior, (Zaragoza, 6-IV-1587), (doc (...)

32En casos como el de la fábrica del monumento de la iglesia de La Puebla de Alfindén, su vicario y parroquianos recurrieron a los servicios de un fustero, Martín Salvador, con el que se ajustó la construcción del artificio en 1585.95 Avalado por su compañero Juan de Bonavilla, recibió de los del pueblo un sustancioso adelanto96 con el que pudo traspasar las labores de dorado y pintura a Juan de Ribera97 y, pese a la intranquilidad con la que dio este paso – reflejada a la perfección en la subcontrata–, los dos concluyeron sus trabajos98 a la entera satisfacción de los patronos un año más tarde.99 La experiencia le permitió capitular la construcción de un nuevo monumento para la parroquial de Monzalbarba a finales de noviembre de 1586.100 En este caso, volvió a disfrutar del respaldo económico de Juan de Bonavilla, pero no se puede precisar si contó con el concurso de otros profesionales para materializar el acuerdo. A este respecto tan sólo cabe señalar que reconoció haber cobrado la exigua cantidad en que se había ajustado la empresa a comienzos de abril 1587.101

  • 102 La noticia, en CONDE DE LA VIÑAZA, 1889, p. 86.
  • 103 Doc. 16. Debe advertirse que la noticia fue recogida en CONDE DE LA VIÑAZA, 1889, p. 86.

33En otras ocasiones, la documentación permite intuir la existencia de un proyecto previo que los contratantes trataban de materializar por sus propios medios, capitulando separadamente las labores de mazonería, dorado y pintura. Así actuaron los parroquianos de la Magdalena cuando afrontaron la construcción del monumento de su iglesia, un proceso en el que, al parecer, tomó parte el mazonero Juan de Gorosabel,102 pero del que sólo nos ha llegado el acuerdo para su dorado y policromía, suscrito con Felices de Cáceres en 1577.103

  • 104 Doc. 27.
  • 105 A.H.P.N.Z., Martín Martínez de Insausti, 1591, f. 56 r, (Zaragoza, 4-II-1591), (doc. 29).
  • 106 Doc. 28. Debe advertirse que la noticia fue recogida en CONDE DE LA VIÑAZA, 1889, p. 87.
  • 107 A.H.P.N.Z., Martín Martínez de Insausti, f. 58 r, (Zaragoza, 6-IV-1591), (doc. 30).

34Los de San Miguel de los Navarros contaban con un modelo para el monumento de su iglesia que obraba en poder de Juan de Gorosabel –su más que probable autor– cuando contrataron la construcción de su estructura en 1591.104 En este caso, recurrieron a Juan de Ribera –un pintor que, aunque compareció en calidad de carpintero, se vió obligado a buscar el respaldo del fustero Pedro Torrero105– y, de manera paralela, encomendaron su dorado y pintura a Felices de Cáceres,106 que culminó sus trabajos tres meses más tarde.107

  • 108 Doc. 35.
  • 109 Doc. 36.
  • 110 A.H.P.N.Z., Miguel de Villanueva, 1607, ff. 849 v-850 r, (Zaragoza, 27-VII-1607), (doc. 37).
  • 111 A.H.P.N.Z., Miguel de Villanueva, 1607, ff. 852 v-853 r, (Zaragoza, 27-VII-1607), (doc. 38).
  • 112 A.H.P.N.Z., Miguel de Villanueva, 1607, f. 861 r-v, (Zaragoza, 1-VIII-1607), (doc. 39).
  • 113 A.H.P.N.Z., Miguel de Villanueva, 1607, ff. 955 v-956 r, (Zaragoza, 14-VIII-1607), (doc. 40).
  • 114 A.H.P.N.Z., Miguel de Villanueva, 1607, f. 1.028 r-v, (Zaragoza, 4-IX-1607), (doc. 41).
  • 115 A.H.P.N.Z., Miguel de Villanueva, 1607, ff. 1.028 v-1.029 r, (Zaragoza, 4-IX-1607), (doc. 42).

35Por su parte, los de San Pablo se ajustaron hacia 1606 con el fustero Martín de Gorreta –sin protocolizar el acuerdo– para la realización de la estructura del nuevo monumento del templo, contrataron su dorado con Miguel de Abejares108 y su decoración pictórica con los hermanos Rafael y Miguel Pertús.109 La experiencia debió de resultar satisfactoria porque nueve meses más tarde los pintores recibieron un adelanto110 e, inmediatamente después, el total de la cantidad en que se había ajustado su intervención.111 También obtuvieron sus emolumentos para entonces Abejares112 y Gorreta113 a los que, además, se recompensó con nuevos pagos por las mejoras realizadas en sus respectivos cometidos de dorado114 y carpintería.115

  • 116 No debe olvidarse que Juan Lucas Botero el Viejo y su hijo recibieron el encargo de montar y desmon (...)
  • 117 Los de la parroquial de San Pablo se refirieron a Jerónimo de Mora como ensamblador y maçonero cuan (...)

36Por otra parte, si se atiende a las capitulaciones suscritas para la instalación y desmantelamiento anual de los monumentos se observará que, al principio, se firmaban con maestros de obras como Juan Lucas Botero el Viejo y su hijo116 y que, con el paso del tiempo, pasaron a rubricarse con mazoneros, ensambladores, fusteros o simples carpinteros117 lo que, desde nuestro punto de vista, refleja a la perfección el proceso de simplificación estructural que fueron experimentando estos artificios.

La ubicación de los monumentos

  • 118 Cuando se describen sus laterales, uno de ellos se menciona como el costado de Nuestra Señora (doc. (...)
  • 119 Doc. 27.

37La documentación exhumada no es muy precisa a la hora de concretar los lugares en los que se instalaban los monumentos. No obstante, el contrato suscrito con Tomás Peliguet para la construcción del de la catedral de Huesca en 1561 permite intuir que se había previsto elevarlo en las inmediaciones de la capilla de Santa María del Alba,118 dedicada en la actualidad a la Virgen del Rosario, y el firmado con Juan de Ribera para la realización de la estructura del de la parroquial de San Miguel de los Navarros en 1591 advertía expresamente que tenía que adaptarse a las dimensiones de la capilla del Espíritu Santo.119

  • 120 Docs. 7 y 17.
  • 121 Doc. 12.

38Además, las capitulaciones rubricadas en 1561 y 1583 para instalar y desmantelar el artificio de la iglesia de San Pablo prescribían que tenía que levantarse en la capilla del Espíritu Santo,120 y la ajustada en 1570 para hacer lo propio con el del Pilar advertía que debía acomodarse en una capilla de la misma advocación,121 desaparecida cuando el viejo templo medieval fue sustituido por la actual fábrica barroco-clasicista.

Los materiales

  • 122 Doc. 8.
  • 123 Doc. 12.
  • 124 Doc. 17.
  • 125 Doc. 27.
  • 126 Doc. 31.

39Los documentos nos informan de que los monumentos se construían fundamentalmente con madera y lienzos, y que sus estructuras, que al principio eran macizas, e incluso requerían de un asiento firme, de piedra, como sucedía con el monumento de la catedral de Huesca122 (1561), se fueron simplificando con el paso del tiempo hasta convertirse en sencillos bastidores lígneos recubiertos de telas, u otros materiales ligeros como los guadamecíes utilizados en los del Pilar123 (1570), San Pablo124 (1583), San Miguel125 (1591) y Altabás126 (1606), en cuya construcción se aprovecharon diferentes piezas y materiales procedentes del que se había venido levantando en esa parroquia zaragozana hasta ese mismo momento.

  • 127 El capellán mayor de la Seo oscense hizo saber al cabildo catedralicio que no estaba en condiciones (...)
  • 128 ARCO, R. DEL, 1924, pp. 156-158.
  • 129 Ibidem, p. 158.

40Esta evolución obedecía tanto a cuestiones económicas como a la necesidad de simplificar al máximo las labores de instalación y desmantelamiento. Así, por ejemplo, se tiene constancia de que el montaje del artificio realizado para la catedral de Huesca por Tomás Peliguet en 1561 resultaba muy complejo y costoso, un aspecto del que se quejaba el capellán mayor de la Seo ya en 1599127 y que, sin lugar a dudas, condicionó la contratación de uno nuevo con el mazonero José Garro en 1608,128 que sería reformado en el siglo XVIII, incluyendo su decoración pictórica, que se renovaría en 1770.129

Las estructuras de los monumentos

  • 130 Levantada por Gil Morlanes el Joven frente a la Puerta Cinegia para señalar el lugar donde fueron p (...)
  • 131 IBÁÑEZ FERNÁNDEZ J. y CRIADO MAINAR, J., 1999, pp. 101-114.
  • 132 IBÁÑEZ FERNÁNDEZ J. y CRIADO MAINAR, J., 1999-2000, pp. 95-126.

41Del análisis de todos estos documentos se desprende que la mayor parte de los monumentos respondían a estructuras de planta centralizada que disponían de varios pisos lo que, como ya se ha señalado, debe interpretarse a la luz de su concepción como Sepulcros y como consecuencia directa de la influencia que ejerció la idea simbólica de la Anástasis de Jerusalén que circulaba por el Occidente europeo en la definición tipológica de estructuras de este tipo, y de otras como tabernáculos, custodias de asiento y túmulos funerarios [fig. 12] que, al margen de otros edículos de carácter conmemorativo como la Cruz del Coso130 (1534, 1591) [fig. 13], o de algunos trasagrarios felizmente conservados, como el de San Miguel de los Navarros de Zaragoza131 (1603-1607), o el de San Francisco de Tarazona132 (1630-1632), son los que pueden acercarnos a comprender su verdadera fisonomía.

  • 133 No obstante, debe advertirse que, en algún caso, como en el del Pilar, resulta absolutamente imposi (...)
  • 134 En este caso, se señalaba que el monumento tenía que tener quarenta y tres palmos y de larguo otros (...)
  • 135 En esta ocasión se indicó que el monumento tenía que tener quatorce pies de los del dicho Antonio G (...)
  • 136 En este caso, se señalaba la necesidad de realizar un plinto de alto un palmo labrado de una bassa (...)
  • 137 En esta ocasión, se advertía que dicho monumento (tenía que) estar edificado sobre una plantaforma (...)
  • 138 En este caso, se advertía que la máquina se asentaba sobre un andamio y tablado que haze asiento de (...)

42De dimensiones a veces difíciles de precisar, pero intuibles a partir de referencias como la de los lugares escogidos para instalarlos,133 o concretadas en alguna ocasión, tal y como sucede en los contratos suscritos para la construcción de monumentos como el de la catedral de Huesca134 (1561) o el de la parroquia zaragozana de Altabás135 (1596), solían levantarse sobre crepidomas o podios más o menos desarrollados –se mencionan en las capitulaciones firmadas para la construcción de los artificios de la catedral de Huesca136 (1561) y de la parroquial de San Miguel de los Navarros de Zaragoza137 (1591), así como en la rubricada para la instalación de la máquina del Pilar138 (1570)–, reservaban el espacio central para el arca del Sacramento, se articulaban en varios pisos mediante el empleo de los órdenes clásicos y se cubrían mediante soluciones cupuladas.

  • 139 Doc. 8.
  • 140 Doc. 27.
  • 141 Doc. 31.

43Algunos acuerdos denotan un conocimiento bastante profundo de los rudimentos del sistema de los órdenes clásicos, rescatados de la Antigüedad ya en la primera mitad del siglo XV, pero codificados y sistematizados sólo en las primeras décadas del siguiente por el Alto Renacimiento romano. Es el caso del ajustado con el italiano Tomás Peliguet para la construcción del monumento de la catedral de Huesca en 1561, que contemplaba utilizar el pincel para otorgar al basamento la apariencia de un muro aparejado con sillares almohadillados al rustico, el uso del dórico en el primer piso –con unas istorias de blanco y negro como cossa de baxo relievo en los pedestales–, y del corintio en los superiores.139 El suscrito con Juan de Ribera para realizar la armadura del de San Miguel de los Navarros en 1591 también recogía la necesidad de emplear el dórico y el corintio en sus distintos pisos,140 pero contratos como el firmado con Antón Galcerán para la confección del artificio de la parroquial de Altabás en 1596 permiten intuir que la combinación de órdenes fue cediendo el paso a la utilización de uno solo –generalmente el corintio–, y la primitiva comprensión de los órdenes a visiones mucho más simplistas y convencionales dado que sus elementos diferenciadores más superficiales –las características hojas de acanto de sus capiteles– llegaron a describirse en esta misma capitulación como hoja [s] de lengua de baca.141

  • 142 Sobre la introducción de estos repertorios y su empleo en la arquitectura del Primer Renacimiento a (...)
  • 143 Doc. 8.
  • 144 Doc. 22.
  • 145 Doc. 31.
  • 146 Doc. 36.

44Mención aparte merecen los repertorios ornamentales de corte anticuario aplicados generalemente a punta de pincel sobre las armaduras y los lienzos que las forraban, con los que se reforzaba la decidida opción por lo clásico que había inspirado la definición de sus propias estructuras arquitectónicas.142 Así, el acuerdo rubricado con Tomás Peliguet para la construcción del de la catedral de Huesca en 1561 prescribía recubrirlo con labores del romano, u otras labores antiguas,143 en el ajustado con Juan de Ribera para la decoración del de La Puebla de Alfindén en 1585 se le exigía hacerlo con brutescos,144 en el suscrito con Antón Galcerán para confeccionar el de Altabás en 1596 se le advertía que tenía que vestirlo con grotescos,145 y en el firmado con los hermanos Rafael y Miguel Pertús para pintar el que se estaba ejecutando para la parroquial de San Pablo de Zaragoza en 1606 se les obligaba a realizarlo con candeleros a modo de brutesco.146

45Sin embargo, conviene advertir que un análisis en profundidad de todos estos contratos permite descubrir la evolución que fueron experimentando tanto los motivos como el modo de articularlos a lo largo de la segunda mitad del siglo XVI, e incluso su progresiva sustitución por otros nuevos a comienzos de la centuria siguiente.

  • 147 SERRANO, R., MIÑANA, Ma. L., HERNANSANZ, Á., CALVO, R. y SARRIÁ, F., 1992, pp. 203-222; HERNANSANZ (...)
  • 148 Doc. 36.

46Así, algunos de los motivos consignados en la capitulación rubricada con Tomás Peliguet para la construcción del monumento de la catedral de Huesca en 1561 –laços, colgantes, mascarones– permiten intuir el conocimiento del universo decorativo ideado por Rafael, difundido por sus seguidores inmediatos y desarrollado en el manierismo romano primero y en el entorno de Fontainebleau después que, aparecido en la retablístia aragonesa una vez superado el ecuador del siglo XVI,147 continuaría utilizándose en casos excepcionales hasta los primeros años de la centuria siguiente. De hecho, en el acuerdo ajustado con los hermanos Rafael y Miguel Pertús para la decoración del monumento de la parroquial de San Pablo de Zaragoza en 1606 se les seguían exigiendo motivos de raíz belifontiana tales como tarjones y muchachos.148

  • 149 Pedro Echeverría Goñi, que ha estudiado en profundidad la policromía realizada en Navarra durante e (...)
  • 150 Doc. 31.
  • 151 Doc. 36.

47No obstante, para estas mismas fechas ya había irrumpido el denominado repertorio contrarreformista,149 tal y como evidencian las menciones a roleos o choçalos de diferentes colores incluidas en el contrato suscrito con Antón Galcerán para la construcción del monumento de Altabás en 1596,150 o a mochachos, pajaros y otras diferençias que aparecen en el firmado con los Pertús para la decoración del de San Pablo en 1606.151

  • 152 Doc. 7.
  • 153 Doc. 12.
  • 154 Doc. 31.

48Además, los monumentos se fueron enriqueciendo con elementos propios del universo triunfal y funerario clásico como las pirámides y las pomas, que se citan entre los elementos que conformaban los de las iglesias del San Pablo y el Pilar de Zaragoza cuando se rubricaron las capitulaciones para montarlos durante diez años consecutivos en 1561152 y 1570,153 y entre los que debían realizarse para la confección del de Altabás en 1596.154

La evolución de las estructuras

  • 155 A pesar de que no se puede precisar si se trataba del mismo monumento, se han localizado pagos a un (...)
  • 156 Doc. 2.
  • 157 Doc. 17.

49Conviene advertir que en algunos casos, la centralidad de los monumentos quedaba atemperada al extender frente a sus embocaduras, en planos convergentes y generando un eje perspectivo hacia el Sacramento, telas, colgaduras y tapices sobre bastidores, es decir, lo que la documentación de la época denomina empaliadas. A este respecto interesa recordar que, a pesar de que se desconoce la naturaleza del artificio que se levantaba en la catedral zaragozana a comienzos del Quinientos,155 cuando los Botero asumieron su instalación y desmantelamiento de por vida en 1527 también se comprometieron a disponer las enpaliadas del Corpus,156 y que cuando se acordó con Antón de Prado la instalación del de San Pablo por un periodo de diez años en 1583, el maestro aceptó empaliar todos los paños que fueren menester delante del monumento.157

  • 158 En este caso, se menciona un vestibulo (doc. 8).
  • 159 En el contrato suscrito con Jerónimo de Mora se citan una sala quadrada (...) y mas adentro (...) o (...)
  • 160 En la capitulación firmada con Antón de Prado se menciona una sala, señalándose que mas adentro des (...)
  • 161 En el acuerdo rubricado en 1570 con Juan Carnoy para instalar y desmantelar el monumento del Pilar (...)

50El hecho de que el resto de los muebles litúrgicos de los templos se cubriesen mediante lienzos durante las celebraciones del Jueves Santo y el Viernes de Pasión, el efecto perspectivo proporcionado por estos túneles y la propia iluminación de los monumentos permitían dirigir la atención de los fieles hacia estos artificios, que también contaban con varios ambientes o espacios sucesivos que desembocaban en el arca donde se reservaba el Santísimo. Este encadenamiento de módulos, perfectamente reflejado en contratos como el suscrito para construir la máquina de la catedral de Huesca en 1561,158 o los firmados para montar las de San Pablo en 1561159 y 1583,160 y el Pilar en 1570,161 explica la evolución que fueron experimentando hacia estructuras más sencillas, dispuestas en lugares concretos y limitados – generalmente capillas–, compuestas por varios ámbitos consecutivos generados mediante elementos arquitectónicos reales o fingidos –pintados en telones rasgados–, caracterizadas por la impresión de perspectiva acelerada hacia el fondo y la disposición del arca en el punto de fuga.

  • 162 En este caso, la capitulación tan sólo menciona una portalada principal y otra portalada dentro don (...)
  • 163 Doc. 26.
  • 164 Obedecen a este modelo monumentos como el conservado en la catedral de Zaragoza, instalado en la ca (...)

51Esta nueva tipología de monumentos de nave profunda, reconocibles por su marcado carácter escenográfico, ya debía de emplearse a finales del siglo XVI. De hecho, el artificio encargado al fustero Martín Salvador para la iglesia parroquial de Monzalbarba a finales de noviembre de 1586,162 y concluido ya para comienzos de abril del año siguiente,163 debía de responder a este mismo modelo. No obstante, de atender a los muchos ejemplos de los siglos XVII y XVIII que han llegado hasta nuestros días –la mayoría fijos y cerrados mediante puertas o telones–, alcanzaría su máximo desarrollo durante las dos centurias siguientes.164

Las decoraciones pictóricas

  • 165 Doc. 31.
  • 166 Doc. 36.

52Del análisis de la documentación exhumada se desprende que determinados elementos de las estructuras de los monumentos –basas, capiteles, molduras y filetes– se doraban aplicando, por lo general, la técnica de la plata corlada, y que el resto, al igual que los lienzos que los recubrían o que se tendían entre los mismos, se pintaban utilizando diferentes técnicas como el temple o el óleo, o las dos a la vez, tal y como evidencian las disposiciones recogidas en capitulaciones como la rubricada para la construcción del de Altabás en 1596,165 o la ajustada para la decoración pictórica del de San Pablo en 1606.166

  • 167 A Tomás Peliguet se le solicitó que otorgase al basamento la apariencia de un muro aparejado con si (...)
  • 168 Se mencionan piezas pintadas imitando al jaspe en contratos como el suscrito en 1570 para instalar (...)
  • 169 Doc. 18.
  • 170 Doc. 31.
  • 171 Doc. 16.
  • 172 Doc. 28.
  • 173 Doc. 36.

53En determinados elementos estructurales se perseguía obtener el efecto de materiales como la piedra,167 o de otros más ricos como el jaspe.168 No obstante, debían de predominar los tonos blancos y negros, porque son los que se citan con más frecuencia en acuerdos como los suscritos para la construcción de los monumentos de La Puebla de Alfindén169 (1585) y la parroquia de Altabás de Zaragoza170 (1596), o los firmados para la decoración pictórica de los de la Magdalena171 (1577), San Miguel de los Navarros172 (1591) y San Pablo173 (1606).

  • 174 Ya se documenta la pintura de varios profetas en blanco y negro, de molt nova manera, retirant a ob (...)
  • 175 Refiriéndose a la pintura de fachadas de edificios (SERLIO, S., 1552, lib. IV, cap. XI, f. LXXI v).

54Por otra parte, tanto los elementos decorativos que ya se han descrito como los figurados –personajes e historias– solían resolverse en grisalla, una técnica utilizada desde antiguo en elementos como las valvas exteriores de las puertas de los retablos,174 y muy apropiada para estos artificios por cuanto, tal y como señalara Serlio, no dañaba la orden del architectura.175

  • 176 Doc. 8.
  • 177 Tal y como evidencian ejemplos tan singulares como la cámara de los esposos pintada por Mantegna en (...)
  • 178 Alonso Berruguete trató de utilizarla en su proyecto decorativo para la Capilla Real de Granada (GÓ (...)
  • 179 El estudio más completo sobre la empresa en CRIADO MAINAR, J., 1996, pp. 156-167.
  • 180 Desde luego, Pietro Morone utilizaría una técnica muy similar en el testero de la capilla Zaporta d (...)
  • 181 En el contrato suscrito con Alonso González, se le indicaba que sus ochos pendones debían decorarse (...)
  • 182 En la capitulación firmada con Pierres del Fuego se le solicitó que decorase la bóveda con figuras (...)

55Tomás Peliguet se comprometió a utilizarla en el monumento de la catedral de Huesca cuando asumió su ejecución en 1561 y, en la mayor parte de los casos, sobre campos oscuros cubiertos con pequeños fragmentos de oja dorada dispuestos a modo de teselas, es decir, al musaico,176 adoptando una fórmula que se venía utilizando en Italia general y en Roma en particular desde la segunda mitad del siglo XV,177 que ya se había intentado introducir –sin demasiado éxito– en la Península Ibérica,178 y que se aplicaría inmediatamente después en la decoración de la capilla mayor de la catedral de Tarazona (Zaragoza),179 un trabajo desarrollado por Alonso González entre 1562 y 1564 a partir, casi con toda seguridad, de un diseño anterior del italiano Pietro Morone,180 que trataría de imitarse en las bóvedas de la capilla de San Antonio de la conventual de San Francisco181 (1564) y el portegado del transepto Norte de la catedral de la ciudad del Queiles182 (1577-1578).

  • 183 Doc. 22.
  • 184 Doc. 31.

56Sin embargo, no parece que el uso de este sistema ornamental se extendiese entre los monumentos de Semana Santa en los que, de cualquier manera, se siguió empleando la grisalla, tal y como evidencian el contrato rubricado para la decoración pictórica del de la parroquial de La Puebla de Alfindén en 1585,183 o el ajustado para la construcción del de Altabás en 1596.184

  • 185 A tenor del albarán extendido por el artista, cobró 5.800 sueldos por sus trabajos [A.C.P., Armario (...)
  • 186 A.C.P., Armario 6, cajón 4, ligamen 5, n° 11, (Zaragoza, 19-III-1571).
  • 187 En este caso, se señalaba que todas las pinturas y colores dellas tenían que tener mejor traça y me (...)
  • 188 En esta ocasión, se advertía que toda esta pintura y dorado fino como arriba se dize y plata corlad (...)

57No obstante, conviene advertir que los monumentos se fueron enriqueciendo de manera paulatina mediante el empleo de colores vivos y contrastados. En este sentido, debió de ejercer una influencia considerable la labor desarrollada en el del Pilar por Francisco Metelín en 1570,185 completada al año siguiente por otros pintores como Pedro Pertús mayor, Pedro Pertús menor, Pedro de Cáceres, Juan de Ribera, Martín de Tapia y Antón Claver,186 puesto que lo realizado por estos profesionales se impuso como modelo para la ornamentación cromática de los artificios de la Magdalena en 1577,187 y de San Miguel de los Navarros en 1591.188

  • 189 Doc. 18.
  • 190 Doc. 31.
  • 191 Doc. 36.

58Esta tendencia se iría acentuando con el paso del tiempo y así, no debe causar extrañeza que se solicitase el empleo de colores como el colorado o el amarillo cuando se contrató la construcción del monumento de la iglesia parroquial de La Puebla de Alfindén en 1585,189 o que se proyectase la utilización de azules cuando se capituló la realización del de Altabás en 1591,190 o la decoración pictórica del de San Pablo en 1606.191

La escultura

  • 192 Sobre esta máquina, véase SOUTO SILVA, A. I., 1983.
  • 193 El retablo permaneció en blanco mucho tiempo. De hecho, no se comenzó a dorar y policromar hasta 15 (...)
  • 194 A.H.P.N.Z., Juan de Arruego, 1539, ff. 564 v-565 r, (Zaragoza, 21-IX-1539), (doc. 4).

59Los monumentos se enriquecían mediante diferentes elementos aplicados a sus estructuras. De entre todos, los más importantes eran los escultóricos. En el levantado en la iglesia parroquial de San Miguel de los Navarros a comienzos del siglo XVI se utilizaban las tallas del retablo mayor del templo realizado por Damián Forment y su taller192 (1519-1521) hasta que los parroquianos decidieron poner fin a esta práctica en 1539, prohibiendo tomar ymagen alguna ni rosa ni cosa alguna otra del dicho retablo dorada ni por dorar193para el monumento ni para otra cosa alguna sino tan solamente para dorar y pintar por cuanto tratandolas y abaxandolas del retablo se [desdoraban] y se [quebraban].194

  • 195 Doc. 8.
  • 196 Desde luego, se citan en los contratos suscritos en 1561 y 1583 para instalarlo y desmantelarlo (do (...)
  • 197 Doc. 12.

60Cuando Peliguet asumió la construcción del de la catedral de Huesca en 1561, aceptó realizar varias figuras de bulto, con animas de palo y revestidas de lienço encolado y enyesado que debían pintarse imitando marmol o bronzo,195 las primeras de esta naturaleza documentadas en el arte aragonés de la Edad Moderna. Por su parte, el monumento de la iglesia parroquial de San Pablo debía de contar con un grupo de imágenes compuesto por cinco angeles y un Dios Padre que se disponían en torno al arca haciendo la celimonia196 y, a tenor del acuerdo suscrito en 1570 para montar y desmontar el del Pilar durante diez años consecutivos, esta máquina contaba con veynte y cinco seraphines y otras muchas rossas grandes y chicas y otras hojas en los capiteles de los pilares asi grandes como chicos.197

  • 198 Doc. 31.
  • 199 Doc. 31.
  • 200 Doc. 36.

61No obstante, con el paso del tiempo, y en un proceso paralelo a la simplificación de las estructuras de los propios monumentos, los relieves se fueron sustituyendo por papeles pintados como los mencionados en el acuerdo firmado para la construcción del de Altabás en 1596,198 y las esculturas por imágenes pintadas sobre lienzos que se adherían a tablas de madera recortadas en función de sus perfiles. Así se desprende del análisis de este mismo contrato, en el que se señalaba que los remates del frontispicio y otras figuras debían ir sobre tablas llanas y apegado el lienço encima y cortado por el perfil de las figuras como es de costunbre en todos los demas monumentos,199 o del firmado para la decoración pictórica del de San Pablo en 1606, en el que se apuntaba que las imágenes de su coronamiento debían pintarse sobre las tablas que son cortadas dichas figuras.200

La iluminación de los monumentos

  • 201 Debe recordarse que, en sus últimas voluntades, redactadas a finales de noviembre de 1459, Gracia S (...)
  • 202 Doc. 1.

62Todos estos monumentos se completaban mediante las velas o lumbres con las que se iluminaban que, en ocasiones, eran facilitadas mediante mandas testamentarias,201 o por motivos devocionales, que quizás fueron los que impulsaron a Domingo Agustín y a Jaime de Ramo a comprometer la entrega de diez libras de cera durante otros tantos años para que ardiesen en el monumento pascual del Pilar en 1492.202

  • 203 En este caso, Juan Carnoy aceptó tener cargo de todas las lamparas y luminarias del dicho monumento (...)
  • 204 En esta ocasión, Antón de Prado se obligó a encender y espabilar todas las lanpedas de aceite que h (...)

63Por otra parte, resulta curioso constatar que en ocasiones, el mantenimiento de las luces se delegaba en los profesionales que asumían las labores de instalación y desmantelamiento de los artificios. Así se desprende del análisis de la capitulación rubricada en 1570 para montar y desmontar el del Pilar durante diez años consecutivos,203 o de la ajustada en 1583 para hacer lo propio durante el mismo plazo de tiempo con el de la iglesia de San Pablo de Zaragoza.204

La iconografía

  • 205 Doc. 8.

64Tal y como ya se ha señalado, los acuerdos para la construcción de monumentos que se han conseguido localizar no suelen prestar demasiada atención a su iconografía porque, como ya se ha sugerido, este aspecto debía de quedar suficientemente reflejado en las trazas que los acompañaban. Así, en el suscrito con Tomás Peliguet para la realización del de la catedral de Huesca en 1561 tan sólo se prescribía la ejecución de ciertas istorias y figuras de blanco y negro, y unos angeles con algunas insinias de la Pasion, que se completarían con figuras, varios niños y serafines de bulto.205

  • 206 Doc. 22.
  • 207 Doc. 28.

65En el firmado con Juan de Ribera para la decoración pictórica del de La Puebla de Alfindén en 1585 tan sólo se le obligaba a realizar unos profetas de blanco y negro a los lados del artificio y un Dios Padre en su coronamiento,206 mientras que en el rubricado con Felices de Cáceres para hacer lo propio con el de la iglesia de San Miguel de los Navarros en 1591 tan sólo se le advertía la necesidad de disponer ciertos çerafines y angeles.207

  • 208 Doc. 31.
  • 209 Doc. 33.

66En el ajustado con Antón Galcerán para la construcción del monumento de Altabás en 1596 se contemplaba la ejecución de varias figuras, historias –entre ellas dos grisallas con las representaciones del prendimiento y azotamiento de Cristo–, unos niños con instrumentos de la Pasion en los tercios inferiores de las columnas, unos rostros de los apostoles sobre paper –como se usa en otros monumentos– para aplicarlos a su cornisa, dos euangelistas entre los traspilares, dos angeles con algunos ynstrumentos de la Pasion en torno al arca, y un niño Jesus de colores con sus serafines en su cúspide;208 y la visura realizada por los pintores Silvestre Estanmolín y Pedro Sánchez de Ezpeleta a mediados de abril de 1597, una vez concluido el artificio, permite precisar que sus pedestales se decoraron con las representaciones de unos prophetas, y que Galcerán había decidido sustituir el Prendimiento por una Oración en el huerto, y el Niño Jesús con sus serafines del coronamiento por un Dios Padre.209

  • 210 Doc. 36.

67Finalmente, en el contrato suscrito con los hermanos Rafael y Miguel Pertús para pintar el monumento de la iglesia de San Pablo en 1606 se les advertía que tenían que disponer dos profetas en los pedestales de las columnas, varias figuras con ynsignias de la Passion en los tercios inferiores de los soportes, unos niños echados portando tarjas con ynsignias de la Pasión sobre los frisos, serafines en las enjutas, y una ystoria del testamento biejo en el lienzo que debía disponerse tras el arca del Sacramento.210

  • 211 Docs. 7 y 17.

68Por su parte, las capitulaciones firmadas para la instalación y desmantelamiento anual de los monumentos todavía resultan mucho más parcas en cuanto a cuestiones iconográficas se refiere. De hecho, tan sólo las rubricadas para montar y desmontar el de San Pablo en 1561 y 1583 permiten conocer que contaba con las imágenes de cinco angeles y un Dios Padre que, tal y como ya se ha señalado, se disponían en adoración y contemplación ante el arca donde se reservaba el Santísimo.211

Las reparaciones periódicas

69Tal y como se ha insistido a lo largo del trabajo, la escasa calidad de los materiales con que se construían los monumentos, los daños que se les infligían durante su instalación, el tiempo que permanecían montados, su desmantelamiento y almacenaje, pero también la necesidad de adecuarlos al gusto artístico de cada momento obligaban a repararlos y reformarlos de forma periódica y a sustituirlos por otros nuevos cada cierto tiempo.

  • 212 Doc. 34.

70Las pequeñas operaciones de mantenimiento se consignaban con sus correspondientes desembolsos económicos en los libros de cuentas y fábrica de las iglesias y catedrales mediante asientos que, por lo general, suelen ser bastante escuetos y, en consecuencia, resultan muy difíciles de valorar de manera conveniente pero que, en definitiva, permiten seguir de manera puntual el desarrollo orgánico de estos artificios desde el mismo momento en que se construían hasta su desaparición definitiva. Por el contrario, las reformas de más hondo calado podían implicar el paso por la notaría. Desde luego, Juan Miguel Orliens decidió extender ante escribano público el recibo de los 800 sueldos obtenidos de los jurados de Almudévar (Huesca) en 1599 a cumplimiento y fin de pago de una obra que [hizo] en el monumento de dicha villa.212

Relación de archivos y bibliotecas consultados

Archivo Capitular del Pilar [A.C.P.]

Archivo Capitular de la Seo de Huesca [A.C.S.H.]

Archivo Capitular de la Seo de Zaragoza [A.C.S.Z.]

Archivo de la Diputación Provincial de Zaragoza [A.D.P.Z.]

    Registro de Actos Comunes [R.A.C.]

Archivo Diocesano de Zaragoza [A.D.Z.]

    Registro de Actos Comunes [R.A.C.]

Archivo Histórico de Protocolos Notariales de Zaragoza [A.H.P.N.Z.]

Biblioteca Universitaria de Zaragoza [B.U.Z.]

Manuscritos

MANDURA, P., Ordenes de las festividades que se celebran en el discurso del año por sus meses y tambien de las fechas movibles. Manuscrito conservado en el Archivo Capitular de la Seo de Zaragoza [A.C.S.Z.], Armario de Privilegios, letra M.

SANZ DE LARREA, A.J., Historia sagrada del Ssmo. Misterio Dubio. Que se venera en el Real Monasterio de Nuestra Señora de Piedra, en el Reyno de Aragon. Compuesta por el P. Don Antonio Joachin Sanz de Larrea, Monge Cisterciense, de la Congregación de Aragon, y Prior de dicho Real Monasterio de Piedra. Manuscrito conservado en la Biblioteca Universitaria de Zaragoza [B.U.Z.], ms. 69 (117).

NOVELLA Y DOMÍNGUEZ, V., Ceremonial de la Santa Iglesia de Huesca dispuesto e ilustrado con notas que indican su origen y expresan su variación. Manuscrito en cinco volúmenes conservado en el Archivo Capitular de la Seo de Huesca [A.C.S.H.], sig. n° 54.

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Annexes

1

1492, abril, 19 Zaragoza

Domingo Agostín, caballero y lugarteniente del Baile General de Aragón, y Jaime de Ramo, escudero y mercader habitante en Zaragoza, se comprometen a entregar a los canónigos del Pilar diez libras de cera para el monumento pascual del templo durante un periodo de diez años. La cera se dará en 100 cirios grandes y 50 pequeños recubiertos de cera blanca. Los restos de la cera, se los quedarán los canónigos del Pilar.

A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1492, f. 246 r-v.

[Al margen: Obligacion] Eadem die dentro en el coro de la yglesia de Señora Santa Maria la Mayor de la ciudad de Caragoca en presencia del venerable mossen Joan de la Plana calonge e procurador de la obra de la dicha yglesia, et de mi Miguel de Villanueua notario et de los testimonios infrascriptos, ora quo nona ante meridie Juebes Sancto ante [s] de poner el Corpus en el monumento, fueron personalmente constituydos el venerable mossen Jayme Sesse capellan del rey benefficiado en la dicha yglesia, el magnifico Domingo Agostin cauallero lugarteniente de bayle general de Aragon, en nombres suyos propios et el honorable Jayme de Ramo escudero mercader habitante en la dicha ciudad, los quales por seruicio de nuestro Señor Dios etc por tiempo de diez años de oy adelante contaderos, prometieron et se obligaron a los reverendos e venerables señores prior y capitol de calonges de la dicha yglesia dar cada un año a aquellos pora el monumento de la dicha yglesia mil libras de cera obrada en cient cirios mayores e cinquenta pequenyos cubiertos de cera blanca, los quales ayan de seruir, y quemar cada uno /246 v/ año de los dichos diez años para el monumento mientre el Corpus stuuiere en el dicho monumento y lo que sobrara de los dichos cirios ensemble con el regalo y cabos de aquellos cada año de los dichos diez años aya de quedarse para ellos, y asta fin de aquellos, lexan al dicho capitol para el dicho monumento mil libras de cera obrada en cient cirios mayores y cinquenta pequenyos cubiertos de cera blanqua segun dicho es, a lo qual tener y cumplir simul et insolidum prometieron etc obligaron etc renunciaron etc dismetieronse etc et el dicho mossen Joan de la Plana calonge et procurador susodicho acepto lo susodicho etc

Testes el Illustre don Juan d’Aragon conde de Ribagorza et Pedro Navarro mercader habitantes en Caragoca

2

1527, abril, 1 Zaragoza

El capítulo de la catedral de Zaragoza contrata a Juan Botero y a su hijo para la instalación anual del monumento pascual y las empaliadas del Corpus, así como para limpiar el retablo mayor de la catedral.

A.H.P.N.Z., Juan Moles, 1527, pliego numerado como f. 31.

Documento dado a conocer y transcrito en GÓMEZ URDÁÑEZ, C., 1988, doc. n° 3, pp. 63-64.

[Al encabezamiento: Capitulation fecha entre el reverendo capitol de la seu y maestre Juan Botero y su fijo sobre el acer el monumento y enpaliadas del Corpus y limpiar el retablo mayor de dicha higlesia]

Primo esta capitulado que los sobredichos maestre Joan Botero y su fijo ayan de façer el monumento de dicha higlesia segun en estos anyos mas çerca pasados se a fecho, y ante meiorado que peorado, a sus propias despensas de todo lo necessario ceptado la fusta y diez sueldos para guchillos filera agujas filo y otras fraseas, la qual fusta ya dicha ayan de tomar por inuentario y tornarla a dar y librar siempre y quando dexen dicho monumento, y lo mesmo ayan de açer de los palos y cuerdas de las enpaliadas de la higlesia [con otra tinta: y si algo de lo sobredicho faltare sean touidos pagarlo]

Item esta capitulado que los senyores de Capitol no puedan quitar no puedan quitar [sic] el monumento enpaliadas y limpiar el retablo durante las vidas de maestre Joan, o, su fijo, por otro precio mayor ni menor açiendo lo capitulado en la presente capitulaçion, y dandoles CCCC sueldos cada un anyo obligandose ad iuuicem etc

/v/ Item esta capitulado con los dichos maestros sean touidos de enpaliar todas las enpaliadas que se ofreceran açer en dicha aseu quanis causa [tachado: y tambien los tumulos de los canonigos, o, de otras personas reales pagandoles lo iusto a conocimiento de un maestro y de un canonigo] y por el dicho preçio

Item es capitulado con los dichos maestros sean touidos limpiar el retablo y puertas peayna y altar tres veçes en el anyo en los tiempos, o, fiestas acostumbradadas [sic] pues no sea en tiempo humedo

[Tachado: Item esta capitulado con los dichos maestros este a su cargo el pintar del monumento dandoles cada un anyo (espacio en blanco) sueldos]

/r/ A los sobredichos maestros se an de pagar quatrocientos sueldos cada un anyo, de los quales ha de pagar la fabrica [con otra tinta: CCCCX sueldos] [tachado: mas paga el comun cada un anyo por el octauario del Corpus a los escolares LXIIII sueldos y por açer la cerimonia del monumento paga la fabrica XXXII sueldos]

Hanse de pagar los sobredichos CCCCX sueldos a dichos maestros ante [s] de enpeçar el monumento CX sueldos y el primer dia de Pascua florida CL sueldos, para enpecar de enpaliar la enpaliada del corpus L sueldos y passado el octauario del corpus C sueldos que todo açe la suma sobredicha de CCCCX sueldos

3

1539, julio, 8 Zaragoza

Juan Botero, maestro de villa habitante y vecino de la ciudad de Zaragoza, otorga haber recibido de Juan Lorenzo de Ejea, mercader, procurador de los vecinos y parroquianos de la iglesia de San Lorenzo de la misma ciudad, los 80 sueldos que se le adeudaban por la instalación del monumento pascual de la parroquia en 1539.

A.H.P.N.Z, Juan Díaz de Altarriba, 1539, f. 443 r-v

[Al margen: Aphoca] Eadem die etc yo maestre Joan Botero maestro de villa habitante y vezino de la ciudat de Çaragoça de grado y de mi cierta sciencia atorgo hauer hauido en contantes en poder mio recibidos de vos el magnifico Joan Lazaro Dexea mercader ciudadano de la dicha ciudat como procurador que fuesteys en el /444 v/ anyo mas cerqua passado de mil quinientos trenta y ocho de los magnificos vezinos y parrochianos de la parrochia de señor Sant Lorent de la mesma ciudat son a saber todos aquellos ochenta sueldos dineros jaqueses que vos en el dicho nombre a mi dar y pagar deuiays por el parar y fazer el monumento en la quaresma mas cerqua passada del presente anyo de mil quinientos trenta y nueue etc porque etc renunciant etc fiat large pro ut in similibus

Testes los venerables mossen Martin de Oquendo y mossen Joan de Gironda clerigos habitarores en Caragoca

4

1539, septiembre, 21 Zaragoza

El capítulo de la iglesia parroquial de San Miguel de los Navarros de Zaragoza acuerda que no se puedan tomar imágenes del retablo, doradas o sin dorar, ni para el montaje del monumento ni para ningún otro fin porque pueden dañarse.

A.H.P.N.Z., Juan de Arruego, 1539, ff. 564 v-565 r.

[Al margen: Instituycion] Eadem die Cesarauguste todo el dicho capitulo [de vecinos y parroquianos de la iglesia de San Miguel de los Navarros de Zaragoza] etc quisieron instituyeron y ordenaron que ningun procurador de la /565 r/ dicha parrochia ni persona otra alguna no puedan saquar del retablo mayor de la dicha yglesia de Sanct Miguel ymagen alguna ni rosa ni cosa alguna otra del dicho retablo dorada ni por dorar para el monumento ni para otra cosa alguna sino tan solamente para dorar y pintar y [e] sto por quanto tratandolas y abaxandolas del retablo se desdora y se quiebran etc de lo qual requirieron seyerme fecha carta publica etc fiat large

Testes qui supra proxime nominati

5

1540, marzo, 30 Zaragoza

Juan Botero, maestro de villa vecino de la ciudad de Zaragoza otorga haber recibido de Gaspar de Escobar, procurador de los vecinos y parroquianos de la iglesia de San Lorenzo de la misma ciudad, los 80 sueldos que se le adeudaban por instalar el monumento pascual de la parroquia en 1540.

A.H.P.N.Z, Juan Díaz de Altarriba, 1540, f. 218 v.

[Al margen: Aphoca] Eadem die etc yo maestre Joan Botero maestro de villa vezino de la ciudad de Caragoca de grado y de mi cierta scientia atorgo hauer hauidos y contantes en poder mio recebidos del muy magnifico procurador vezinos y parrochianos de la parrochia de señor Sant Lorent de la dicha ciudat por manos [tachado: del honorable] de vos el honorable maestre Gaspar Descobar peligero vezino y parrochiano y procurador qui soys en el presente anyo de mil quinientos y quarenta de la mesma parrochia son a saber todos aquellos ochenta sueldos que a mi dar y pagar deuiays por el parar del monumento por mi fecho en la iglesia de señor Sant Lorent en el sobredicho y presente anyo et porque etc renunciant etc fiat large pro ut in similibus

Testes Martin Pasqual y Jheronimo builson habitantes en Caragoca

6

1542, abril, 8 Zaragoza

Juan Botero, maestro de villa vecino de la ciudad de Zaragoza, otorga haber recibido de Pedro de Arquer, procurador de los vecinos y parroquianos de la iglesia de San Lorenzo de la misma ciudad los 80 sueldos que se le adeudaban por instalar el monumento pascual de la parroquia en 1542.

A.H.P.N.Z., Juan Díaz de Altarriba, 1542, s.f.

[Al encabezamiento: Die sabbati octauo mensis aprilis et anni predictorum Cesarauguste]

[Al margen: Aphoca] Eadem die etc yo Joan Botero maestro de villa vezino de la ciudat de Caragoca de grado y de mi cierta sciencia atorgo hauer hauidos y contantes en poder mio recebidos de los magnificos procurador vezinos y parrochianos de la parrochia de señor Sanct Lorent de la dicha ciudat por manos de vos el magnifico Pedro Arquer mercader /r/ infancon domiciliado y habitante [perdido] ma ciudat como procurador que soys en el presente anyo de mil quinientos quarenta y dos de la dicha parrochia son a saber todos aquellos ochenta sueldos que vosotros a mi dar y pagar deuiays por el parar del monumento de la mesma iglesia del sobredicho y presente anyo e porque etc renunciant etc fiat large pro ut in similibus

Testes Seuastian Bomas y Joan de la Corena scriuientes habitantes en Caragoca

7

1561, abril, 13 Zaragoza

Baltasar Blasco, alias Grisén, doctor en medicina, ciudadano de Zaragoza, y Jerónimo Vicente Vallejo, pintor vecino de la misma ciudad, obreros de la iglesia parroquial de San Pablo de Zaragoza durante los años 1560 y 1561, capitulan con Jerónimo de Mora, ensamblador y mazonero vecino de Zaragoza, la realización de diferentes mejoras y la instalación del monumento de dicho templo en la capilla de las Ánimas durante los próximos diez años por 500 sueldos anuales. Jerónimo de Mora presenta como fianzas al dicho Jerónimo Vicente y a Juan de Flix y de Vayán, fustero vecino de Zaragoza.

A.H.P.N.Z., Mateo Villanueva, 1561, ff. 371 v-376 v.

[Al margen: Capitulacion del monumento de San Pablo] Eadem die ante la presencia de mi Matheo de Villanueua notario y de los testimonios inffrascriptos comparescieron y fueron personalmente costituydos los magnificos y honorables [tachado: Jeronimo Vicente Vallejo] Baltasar Blasco alias Grisen doctor en mediçina ciudadano de la ciudad de Caragoça et Jeronimo Viçente Vallejo pintor vezino de la dicha ciudad obreros de la iglesia y parrochia de señor Sant Pablo de la dicha ciudad en los años presente de sesenta y uno y proxime passado de sesenta en el dicho nombre de la una parte et Jeronimo de Mora ensamblador y maçonero vezino de la dicha ciudad en su nombre propio de la otra parte los quales dixeron y proposaron que entre ellos çerca el monumento que se haze en la dicha iglesia entre ellos habian fecho y pactado cierta capitulaçion y concordia la qual dixeron que daban y libraban segun de fecho daron y libraron en poder y manos de mi dicho notario la qual es del tenor siguiente

/372 r/ Capitulacion y concordia fecha entre los magnificos señores luminero y hobreros que son y por tiempo seran de la yglesia y parrochia de señor Sant Pablo de la ciudad de Çaragoça de la una parte y el honorable Jheronimo de Mora ensamblador y maçonero de la otra es a saber sobre el monumento siquiere edificio para la dicha yglesia del qual en esta capitulation avaxo se ponen nombrando el tiempo semana y dia en que se ha de hazer y parar en cada un año venidero de la forma y manera que oy pareçe en la yglesia dicha de señor Sant Pablo.

Ittem es concertado y concordado entre los dichos señores arriba nombrados y vos Jheronimo de Mora que haueis de hazer y parar el monumento siquiere edificio por el qual esta capitulacion y concierto se haze con vos del qual se entiende que como aquel y de la misma manera sin mudar ninguna cosa lo hayais de parar y hazer y acabar en cada un año en adelante durante el tiempo avaxo dicho y concertado sin que por ello se hos de mas precio ni pago de lo que con vos es concertado

/372 v/ Item este edificio esta asentado en la capilla de las animas de la dicha yglesia y tiene toda la ancheza que que [sic] puede tener y del alto assimismo y la entrada tambien contando quatro pilares o columnas grandes que tiene encima quatro artesones y encima de aquellos alquitrabe y orden de ventanajes con su cornija y un frontespicio por remate y en el asiento destas columnas lleua un pedestal o asiento en que estan otras quatro columnas con sus artesones y dos lanternas de valaustres y a las espaldas desto ay quatro pilares quadrados sobre los dos ay un portal principal y sobre el unos redondos mas adentro ay una sala quadrada con tres ordenes de ventanajes y una orden a la frontera y estos ventanajes lleuan sus cornijas fresos y alquitrabes y redondos y encima por cubierta un arteson y en medio otro arteson con su letrero y una orden de ventanajes mas arriba un ochabo que haze fin y mas adentro de esta sala o pieza dicha ay otra mas adentro quadrada con su orden de ventanajes pequeños y encima dellos un arteson o sobrecielo el qual se ha de hazer para el año que viene y otras cosas que de necesidad son menester para dar fin y cumplimiento a este edificio y monumento y esto pagando al dicho Jheronimo de Mora su trabajo fuera la obligacion que tiene /373 r/ y en esta estancia o pieça ha de estar el arca donde se pone el Sancto Sachramento con cinco angeles [entre líneas: y un Dios Padre] que hazen la celimonia.

Todas estas pieças dichas ansi de pilares contrapilares membretos alquitrabes fresos cornijas artesones lanternas portales papos asientos pilamadones vasas capiteles tablados escaleras sois obligado vos dicho Jheronimo de Mora de hazer y dar para el dia de los juebes sanctos contaderos en cada un año delante sin que los hobreros de aquel año ni en adelante seran tengan cuidado de dar ni prebeer madera ni pintura ni lienços ni clabos ni trenzas ni cosa alguna mas de lo que en este dicho edificio o monumento hos han dado y esto a conseruacion vuestra y ansimismo vos ni el hobrero del año que sera ni en adelante el ni vos ni vos ni el podais mudar de edificio ni asiento dentro tiempo de diez años y esto conseruando y tubiendo para en cada un año en adelante pues hos da la yglesia y parrochia toda la fusta y pintura y todo lo demas que por su orden paresce y ha seruido este juebes de la çena proximo passado del año presente de sesenta y uno y en el tiempo que feneceran los años por esta capitulation ygualados y contados con vos dicho Jhieronimo de Mora lo restituyais y deis /373 v/ de la misma manera y forma que se hos ha dado y entregado en la cuenta arriba dicha confiando de vos y vuestra conciencia lo hareis y restituireis a la yglesia y parrochia y hobreros de aquel año si parecera habreys seruido bien hos lo daran por mas tiempo en adelante y por vuestros trauajos hos hasignan y daran quinientos sueldos en cada un año desta manera los docientos luego que empeçareis a parar el dicho monumento y los trescientos el sauado de Paschua quedando a cargo vuestro el despararlo y conseruarlo como dicho es y dandohos casa, o, estancias decentes para guardar todas las pieças arriba dichas y nombradas

/374 r barreado/

/374 v barreado/

/375 r barreado/

/375 v barreado/

/376 r/ Et assi dada y librada la dicha capitulacion y concordia por las dichas partes en poder de mi dicho notario segun dicho es las dichas partes y cada una dellas singula singulis referendo prometieron y se obligaron tener y cumplir etc et de no contrabenir etc et haun el dicho Jeronimo de Mora dio por fianzas y principales tenedores y cumplidores a todo aquello que en virtud de la presente capitulaçion es tenido y obligado al dicho Jeronimo Vicente en su nombre propio et al honorable Juan de Flix y de Vayan fustero vezino de la dicha ciudad et nosotros dichas fiancas qui presentes somos los dos juntamente y cada uno de nosotros por si y por el todo juntamente con el dicho Jeronimo de Mora y sin el nos constituymos y firmamos ser etc et a tener y cumplir cada qual de nos dichas partes y fianzas respectibe lo que en virtud del presente acto somos tenidos y obligados obligamos etc renunciamos etc diusmetemosnos etc et juramos por Dios etc /376 v/ de tener y cumplir etc et de no contrabenir etc dius pena de perjuros etc de las quales cosas y cada una dellas las dichas partes y cada una dellas en los nombres sobredichos y cada uno dellos requirieron por mi dicho notario ser fecho y testifficado acto publico uno y muchos y tantos quantos haber querran y seran necesarios y oportunos

Testes Miguel Donclaros infançon et Gil Durroz mercader domiciliados en la ciudad de Caragoça

8

1561, julio, 12 Huesca

El cabildo de la catedral de Huesca capitula con Tomás Peliguet, pintor vecino de la ciudad de Zaragoza, la realización del monumento pascual para la Seo.

A.C.S.H., Protocolo de Jerónimo Pilares, 1561, tomo II, ff. 379-390.

Documento dado a conocer y transcrito en MORTE GARCÍA, C., 1986, doc. n° 1, pp. 203-207.

Capitulacion echa entre el cavildo de los muy reverendos señores lugarteniente de dean canonigos de la iglesia catedral de la çiudad de Guesca del presente reino de Aragon de la una parte y de la hotra maestre Thomas Peliguet pintor vezino de la çiudad de Çaragoça la qual capitulacion o siquier concordia es para el efecto de la hobra o echura del monumento que se a de azer para la dicha yglesia la qual capitulacion a de ser en la manera siguiente

Item primo que el dicho monumento ha de ser echo de madera y de pintura y talla y bultos como por la traça es tratado

Item que el dicho monumento ha de ser de ancho quarenta y tres palmos y de larguo otros quarenta y tres o mas segun mejor vendra la traça y de alto dende el suelo asta los ultimos remates que sera lo mas alto del dicho monumento tendra setenta y cinco palmos o mas de alto

Item mas que a de aver vente piedras las quales piedras an de ir puestas o asentadas en el suelo y las dichas piedras an de servir para asentar la armadura del dicho monumento en ellas

Item mas que se a de azer la armadura del dicho monumento de madera en la mejor manera que mejor convenga para tal obra y efecto asenbladas como conviene para que con façilidat se pueda armar el dicho monumento

Item mas que los dos costados del dicho monumento los quales dos partes seran la delantera y el costado de Nuestra Señora a de ser labrado de tablas ajuntadas por sus pieças como mejor convenga para quitar y poner y a se de azer un plinto de alto un palmo labrado de una bassa dorica y encima sus pilastros doricos con sus capiteles y basas doricas y rebaxando el campo del medio del dicho o dichos pilares y ençima de los dichos pilastros una cornisa alquitravada corido sus membros como conviene con fieros como se acostumbran azer cornisas y esto se entiende ansi en lo de delante como en el costado ya dicho

Item mas que se a de azer la escalera para la subida del dicho monumento de sus tablones la qual se ponga y este con toda façilidad señalando en ella donde va cada cosa afirmar la qual sera de siete palmos o mas como convenga

Item mas que los piedestales de las colunas sean de madera labrados con sus molduras relevadas todos los que son en la delantera como en toda otra parte baxa sobre el suelo del dicho monumento y an de ir estos piedestales todo el monumento a la redonda

Item mas las colunas de la delantera y de dentro del dicho monumento como ariva en los çimborios sean hechas con sus basas y capiteles de madera y lo restante de listones armados con sus tajadores ansi baxos como los de medio como los de ariva que avra en cada coluna quatro o mas como mejor convendran para que sea demenuida la coluna donde es menester

Item mas que la entrada del monumento que es la puerta la qual sera de ancho 19 o vente palmos y de alta 27 a 30 la qual sera armada de sus pilastros con sus basas enpuestas o capiteles de madera labrados

Item mas que el arco de la dicha portada sea echo con sus çindrias como conviene con sus artesones en la manera que mejor convenga para tal artifiçio ansi los dos llanos como el esbiexado

Item mas que en las espaldas de las colunas que a de aver unos pilastros quadrados con sus basas y capiteles y en el campo de los dichos pilares sea rebaxado como conviene a tales pilastros y estos an de ser tan altos como las colunas

Item mas que a de aver entre las colunas unos encasamientos para poner unas figuras de bulto los quales encasamientos an de ser quatro echos con sus pilarçicos y conchas y molduras que ban a la redonda de archetes

Item mas unos redondos que van a los dos costados ençima de las caxas o encasamientos sean echos guecos para poner lumbres y estas quatro pieças an de ser asenblados de madera como tenguo dicho

Item mas que el arquitrave que core a la redonda de la delantera sea de tabla y la frisa echa de su bastimento para poner su lienço y la cornisa sea echa de tabla

Item mas a de aver quatro figuras de bulto en la delantera entre las colunas las quales sean armadas sobre unas animas de palo y revestidas de lienço conforme al efecto de las figuras

Item mas las dos figuras que van en los angulos del arco de la portada sean echas de bulto en la manera de las de ariva dichas

Item mas incima de los resaltos de las colunas que van varios niños con un remate los quales an de ser de bulto con sus remates a los dos costados

Item mas el frontiespiçio a de ser echo su bastimiento de madera con un epitafio de bulto de madera y dos figuras que van encima del dicho frontiespicio que sean de bulto conforme a las otras figuras diguo en la materia

Item mas un pidestal que va a los cinborios ansi a los pequeños como al grande a de ir echo su bastimiento con sus pilares o pilastros con sus cornisas ansi ariva como abaxo

Item mas que un piedestal que va debaxo de las colunas de los çinborios en el qual van unas mensulas a modo de cartones sean echas de bulto y sus molduras que van ençima de las dichas mensulas

Item mas los pilares de las colunas an de ser echos de tablones con sus capiteles y basas y archetes o cindrias para poner en el papo de los dichos arcos unas rosas de bulto de cossa vaziada con sus artesones en ellos diguo en los arcos

Item mas un arquitrave y frisa y cornisa sea echo de fusta de tablas y el friso echo de tal arte que se pongua lienço y encima unos serafines de bulto de cosa vaziada los quales serafines inchan la frisa a la redonda ansi de los çinborios pequeños como del grande

Item mas los quatro vestibulos o çinborios con sus frontespicios y cornisa sean echos de fusta y el timpano para poner lienço y a los costados unas mensulas de madera y los vasos de madera torneados que ban a los angulos y el vistibulo echo de sus çindrias o de arcos cedacos para guarnecerlos de lienço y los remates que van ençima de madera torneados

Item en el çinborio de medio ençima de la cornisa grande a de ir un friso retraido de madera diguo el bastimento con unos redondos vazios para poner lumbres con unas mensulas de fusta a los costados y encima de las mensulas una cornisa de tabla con unos remates torneados

Item mas la copula echa con sus çerçillos y cindrias afin que se arme de lienço y encima echo sus artesones deminuidos de madera y esto asemblado muy bien como conviene

Item mas un piedestal que va encima de la copula el qual va unas mensulas a la redonda con dos molduras sea echo de madera y las mensulas por lo mismo y las cornisas espiexadas echo en tal manera que asenble en el çinborio de ariva el qual a de ser ochavado con sus archetes y pilastros llanos de madera con su moldura arquitravada de fusta y ençima su copula echa con sus çindrias para que en ellas se pueda afixar el remate

Item que el suelo del monumento ansi de dentro como de fuera sea echo en tal manera que a pieças se asiente diguo tres o quatro tablas juntas o mas segun se vera que se pueda tratar para asentarlo con sus señales y juntas para que con mas façilidat se alle su lugar

Item mas que los pies drechos sean labrados como conviene diguo de sus grosecas y en ellos puestos sus calapatillos o çognetes donde convendran y con sus mortacas o tenones como convendra azerse para ligar la obra y tenerla affixada y no con clavos

Item mas los arcos o cindrias que van de una coluna a la otra por par de dentro sean echas de fusta y en los papos debaxo para poder azer unos artesones en los cuales artesones iran unas rossas vaziadas y echo de tal arte sus bastimientos como conviene a poner sus lienços

Item mas que los costados del monumento sea echo unos pilastros de madera de ocho palmos o menos del uno al otro con sus basas y capiteles y el campo dellos rebaxado como en otros tenguo dicho y los bastimentos que iran de un pilastro al otro sean echos de tal manera que se junten con los pilastros muy bien asenblados

Item mas los piedestales que ban debaxo de los dichos pilastros sean echos de madera con sus basas y cornisas arquitravadas como los de la delantera del dicho monumento y estos van a la redonda del todo el monumento

Item mas un alquitrave y frisa y cornisa que va por dentro a la redonda del monumento sea echo el arquitrave de tabla y la frisa de tal suerte que se puedan poner unas lumbres en el y en los otros lugares tirar lienço y la cornisa de tabla como tenguo dicho en otros lugares

Item mas el cielo del monumento sea echo a pedaços para que se pueda asentar el qual a de ser armado o basteçido de fusta con unos repartimientos para azer en ellos unos artesones en la manera que mejor convendra para que en los dichos artesones se pongan unas rosas vaziadas

Item mas en la parte de dentro donde a de ir el Santo Sacramento que sea echa una capilla en la manera siguiente que a ella se suba tres gradas o cinco con unos pilares quadrados y con sus archetes encima los pilares con sus basas y capiteles echos de tabla y los archetes de çindrias con su bastimento de madera para enclavar lienços ençima y en la parte debaxo de los arcos echo para sus artesones para poner rosas los quales artesones seran variados los unos de los otros

Item mas dos figuras de bulto que van a los costados de la caxa del Santo Sacramento sean echas de la misma materia de las otras con sus encasamientos como las otras de defuera

Item mas el altar con el arca para el Santo Sacramento echa de madera labrada como conviene para tal efecto

Item mas el cielo de la dicha capilla a de ser armado de fusta echo su bastimiento para azer unos artesones y poner rosas de bulto en ellos agora sean ochavados o con lixonjas o granos dordio o con cruzes o seisavados o triangulos o quadros o pentagonos o todo mesclado como mejor convendra azerse para poner pinjantes y rosones en los vazios del dicho çielo

Item mas el suelo que va ençima del çielo del dicho monumento a de ir a pedaços acomodado para que este seguro y firme para ir por ençima sin peligro alguno y en un rincon se a de acomodar una escalera para subir encima del dicho monumento de madera

Item mas que toda la pintura del dicho monumento a de ser echa de blanco i negro en la manera siguiente y todo lo que ira puesto de oja dorada donde convendra

Item primo que los piedestales de abaxo que afirman a tiera que sean labrados los pilastros que van en ellos a modo de unos jaspes y los campos echos ha quadros como piedras labradas al rustico y eso se entiende en la parte de fuera del dicho monumento

Item mas que la cornisa que sea echa de pardo la qual va encima de los piedestales baxos sea labrada de algunos enriqueçimientos doricos o labores

Item mas que los pedestales de las colunas sean echas unas istorias de blanco y negro como cossa de baxo relievo y sus basas y cornisas labradas de sus labores como convendra azer en ellas

Item mas que ençima de los piedestales a de aver unas colunas labradas de blanco y negro unos compartimentos y el campo puesto al musaico de foja cortada y por la mesma manera las otras de dentro del monumento y las otras de ariva de los çinborios que sean echas por la misma manera que las ya dichas de ariva y las basas y capiteles sean dorados como conviene

Item mas las figuras que van entre las colunas como las que van ençima de las difiniçiones y frontiespicio y de dentro del monumento sean pintadas las unas conforme a marmol otras conforme a bronzo retocadas de sus purpurinas y matizadas donde les convendran

Item mas en los pilares de la portada sea echo de pintura de blanco i negro unas labores como conviene a tales cosas o romano o conpartimientos o otras labores antiguas que en tales lugares conviene azerse y las basas y capiteles dorados

Item mas el arco o arcos los quales sean labrados de pintura de blanco y negro y los artesones labrados como conviene y las rosas doradas y algunas plateadas de la dicha foja

Item mas las caxas o encasamientos sean pintados como convendra de sus labores labradas las molduras y puesto algunos filetes de oro donde mejor convendra y unos epitafios que van entre las dichas caxas labrados de sus labores como convendra y en los angulos echo o p [in] tado unas tarjas o otra cosa como mejor paresca

Item a la redonda de los redondos que van entre las colunas sean labradas las molduras de sus ojas y los costados de otras labores segun el lugar convendra azer

Item mas que los campos de los angulos del arco que dempues de puestas las dos figuras en ellos que lo que quedara se agua alguna cosa que las acompañe y el campo puesto al musaico de su foja como tenguo dicho

Item mas el arquitrave que va afirmar sobre las colunas el qual sea labrado de sus labores corintias como conviene y el friso labrado de sus comparimentos como conviene con sus figuras y el campo labrado todo al musaico o todo dorado y por lo mesmo la cornisa labrada de sus labores como conviene con algun filete dorado y por lo mesmo el fronteespiçio que sea labrada la cornisa como la baxa y el timpano pintado el epitafio como conviene con algunas letras en el y el campo como el de la frisa

Item mas los remates de las colunas que sean echos de pintura con sus labores como conviene ansi al un cavo como al otro de blanco y negro

Item mas el piedestal de los çinborios ansi pequeños como grandes que sean labrados en los campos unos compartimientos y en los pilares unas tarjas con algunos trofeos con insinias de la Pasion y los campos de negro y las molduras y friso y alquitrave que sean labrados de sus colores como conviene afin que paresca cosa de piedra

Item mas un piedestal pequeño que va ençima del grande que va unas mensulas las quales an de ir doradas y los festones de blanco y negro o otra cosa que paresca mejor ansi en el çinborio grande como en los pequeños

Item mas en los pilastros que van detras de las colunas de los dichos çinborios sean labrado labores del romano y los campos negros con las basas y capiteles dorados y los archetes labrados de sus labores como conviene a tal efecto y las rosas que van en los papos diguo en los artesones algunas doradas y otras pintadas en los angulos de los dichos archetes echos unos compartimentos de blanco y negro y el campo de negro

Item mas el arquitrabe que va en el çinborio grande como en los pequeños sea labrado de sus ojas quentas fusaruelas de blanco y negro y la frisa echa de unos serafines de bulto dorado el campo a lo musaico y los serafines matizados como convendra para que mejor releven esto se entiende en todos los frisos de los dichos çinborios y la cornisa labrada de sus labores corintias como le conviene a tal orden y los frontespicios de los çinborios pequeños que sean labrados de las mismas labores y en los timpanos echo un compartimento y el campo dellos del musaico labrado

Item mas los vasos sean pintados de sus labores como conviene a casos y unas mensulas echas de oro como tenguo dicho en otros lugares y el vistibulo a copula o media naranja echo de sus labores de escamas o de otra cossa que mejor paresca y por lo mesmo el remate o remates con algunos filetes de oro y con sus labores de blanco y negro

Item mas una frisa que va ençima del çinborio grande donde a ir unas mensulas que sean doradas y echo algunas labores como conviene a tales cosas y por lo mesmo labrar los redondos de sus labores y el campo puesto de negro y la cornisa dorado algunos filetes y lo restante labrado en ella como en las demas cornisas que sea echo sus ovalos denteles con ojas chocalas rosas gusas quentas y otras labores que en ellas se acostumbran azer todo esto pintado

Item mas el vestibulo que tiene sus parquetes que sea pintado en ello unas labores como conviene a tales lugares con algunos filetes dorados y por lo mesmo el otro cinborio pequeño que sea echo de blanco y negro como conviene de sus labores del romano y los remates dorados algunos vivos y labrados sus labores como a vasos o de laços o de godronajes o de colgantes o de algunos mascarones como mejor convendra azerse en ellos

Item que en los piedestales de dentro del dicho monumento sean labrados unos compartimientos con algunas figuras de blanco y negro y los campos negros y en las cornisas sus labores como conviene a cornisas

Item mas que los pilares quadrados que van ençima de los dichos piedestales que sean labrados de labores del romano y el campo de musaico de blanco y negro y las basas y capiteles dorados como tenguo dicho de foja valençiana

Item mas los quadros que van entre un pilar y otro que en ello sea pintado de blanco y negro unos compartimientos grandes con unas istorias de blanco y negro en medio dello y los campos de negro

Item mas que el arquitrave y frisa y cornisa sea labrada como tenguo dicho de sus labores corintias de blanco y negro y el campo de la frisa labrado al musaico de redondos diguo el musaico

Item mas el çielo del dicho monumento que sea labrado de sus labores como conviene aqui [cu] biertas de artesones y en los campos unas rosas grandes vaziadas y doradas

Item mas los arcos que van de una coluna a la otra que van en medio del monumento sean labrados de sus labores y sus frisas del romano y en los angulos algunas figuras de blanco y negro y el campo de musaico

Item mas que debaxo de los dichos arcos sean pintado sus parquetes u las rosas doradas

Item que por la parte de dentro del ochavo unos tarjones con algunos serafines de blanco y negro y el campo negro

Item mas que por la parte de dentro de los çimborios sean labrados los pilares de algunas molduras y los çielos de unos compartimientos con sus rosas pintadas o vaziadas como mejor parecera y en cada çimborio en medio una grande rosa vaziada de papel conforme a su tamaño

Item mas que los pilares quadrados de la capilla sean labrados del romano y el campo puesto del musaico como conviene

Item mas que los arcos de la dicha capilla que sean pintados sus molduras de sus labores como conviene y en algunos pintado de blanco y negro unos angeles con algunas insinias de la Pasion y el campo de negro y debaxo de los arcos sus rosas doradas y variadas de echura las unas de las otras y doradas como dicho es de las otras

Item mas que los costados de la dicha capilla que sean pintados con unas istorias dentro de unos compartimientos las quales istorias sean de blanco y negro y los campos puesto en musaico en diversas maneras como mejor pareçiere

Item mas que el çielo de la dicha capilla sea pintado de sus labores como mejor convendra para tal lugar de sus labores como a cosa de artesones y las rosas del dicho çielo sean como las otras doradas

Item mas que la caxa del Santo Sacramento sea pintada de dentro como conviene para el Santisimo Sacramento de sus colores

Item mas que toda esta obra sea aparejada de sus jesos y encolada como conviene y enplastecida en los lugares donde convendra

Item mas que todos los lienços se an de coser y enclavar en los lugares que convendra ponerlos en el dicho monumento

Obligasse dar la sobredicha obra echa por todo el mes de enero primero veniente de 1562 años inclusive y si no diere acabada dicha obra por todo el dicho tiempo que pague de pena cien scudos digo doscientos sueldos

Dassele por la dicha obra trezientos scudos dezimos seiscientos sueldos y si mas mereciere hasta cumplimiento de setecientos sueldos quede a discretion de maestros que juizio nombrados por ambas partes

Dassele luego de presente cincuenta scudos dezimos cien sueldos y lo restante en tres tandas o pagas yguales por sus tertios con que la ultima tanda sea despues de acabada y reconosçida la obra despues de parado y otorga haber rescebido los dichos mil sueldos

Obligasse hazer la dicha obra conforme a la sobredicha capitulacion y las tres muestras del pie obla y blandoneros firmada de mano del señor lugarteniente y del dicho maestre Tomas

Y en caso el dicho maestre Tomas lo que Dios no mande antes de acabar la dicha obra y de ser acabado el tiempo muriere que entonces la fiança no sea mas tenido de pagar de lo que en verdad se le aya vistraido al dicho maestre Tomas mas de lo que ubiere echo de valor de la obra

Item se le de dar para hazer dicho monumento la fusta y lienço y clabos y foxas de balentia doradas

Dize que dentrara de foxa tres gruesas que valdra doscientos cuarenta sueldos siete libras

De lienço cuarenta libras

De clabos dos robas tres libras

Diez millares de marcabises cinco libras

Tachas de sillero dos millares ocho sueldos

Tachas de çedaçero diez millares una libra diez sueldos

Aros de cedaço y cercillos y sogas de esparto de todo cuatro libras

Yo Pedro Gomez lugarteniente de dean me firmo por todo el capitulo y Thomas Peliguet atorguo lo sobredicho y firmo la presente capitulacion

9

1564, marzo, 14 Zaragoza

Jerónimo de Mora, fustero vecino de la ciudad de Zaragoza, otorga haber recibido de Alonso Maridueñas, obrero de la iglesia de San Pablo de la misma ciudad, 250 sueldos dineros jaqueses en parte de pago de los 500 que se le deben extender por instalar el monumento pascual de la parroquia en 1564.

A.H.P.N.Z., Mateo Villanueva, 1564, f. 203 v.

[Al encabezamiento: Die decimo quarto mensis marcii anno MDLXIIII Cesarauguste]

[Al margen: Albaran] Eadem die yo Jeronymo de Mora fustero vezino de la ciudad de Caragoca de mi cierta sciencia etc atorgo hauer recebido del magnifico Alonso de Mariduenyas notario como obrero que es de la yglesia de señor San Pablo de la dicha ciudad en el presente año de sesenta y quatro son a sauer docientos y cinquenta sueldos dineros jaqueses en parte de pago de los quinientos sueldos jaqueses que se me han de dar y pagar por el treuaxo y obra del dicho y presente anyo del monumento de la dicha yglesia de Sant Pablo y por la verdad atorgo el presente albaran etc

Testes Anthon [apellido ilegible] notario et Juan Adrian scribiente habitatores cesarauguste

10

1565, marzo, 27 Zaragoza

Jerónimo de Mora, fustero vecino de Zaragoza, otorga haber recibido de Pedro Lacosta, obrero de la iglesia de San Pablo de la misma ciudad, 250 sueldos dineros jaqueses en parte de pago de los 500 que se le deben extender por instalar y desmontar el monumento pascual de la parroquia en 1565.

A.H.P.N.Z., Mateo Villanueva, 1565, ff. 392 v-393 r.

[Al margen: Albaran] Eadem die yo Jeronymo de Mora fustero vezino de la ciudad de Caragoca de mi cierta sciencia atorgo hauer recebido del magnifico Pedro Lacosta domiciliado en la dicha /393 r/ ciudad como obrero que es en el anyo presente de mil quinientos sesenta y cinco de la yglesia de senyor Sanct Pablo de la dicha ciudad son a sauer docientos y cinquenta sueldos jaqueses los quales me ha dado por la metad del salario de parar y desparar el monumento de la dicha yglesia de señor Sanct Pablo del dicho y presente anyo y por la verdad atorgo el presente albaran etc large

Testes Juan Adrian y Jeronymo Romeu scribientes habitatores Cesarauguste

11

1565, abril, 30 Zaragoza

Jerónimo de Mora, fustero vecino de Zaragoza, otorga haber recibido de Pedro Lacosta, obrero de la iglesia de San Pablo de la misma ciudad, 250 sueldos dineros jaqueses en fin de pago de los 500 que se le debían extender por instalar y desmontar el monumento pascual de la parroquia en 1565.

A.H.P.N.Z., Mateo Villanueva, 1565, f. 511 r-v.

[Al encabezamiento: Die tricessimo mensis aprillis anno MDLXV Çesarauguste]

[Al margen: Albaran] Eadem die yo Jeronymo de Mora fustero vezino de la ciudad de Caragoça de mi cierta sciencia etc atorgo hauer rescebido del magnifico Pedro Lacosta obrero que es de la yglesia de Sant Pablo de la dicha ciudad son a sauer docientos y cinquenta sueldos jaqueses a cumplimiento y fin de pago de aquellos quinientos /511 v/ sueldos jaqueses se me han dado por razon de parar y desparar el monumento de la dicha yglesia el año presente de mil quinientos sesenta y cinco et por la verdad atorgo el presente albaran etc

Testes Martin de Gaztellu et Jeronymo Romeu scribientes habitatores Cesarauguste

12

1570 Zaragoza

El prior y los canónigos de Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza capitulan con Juan Carnoy la instalación y el desmontaje del monumento pascual del templo durante un perido de diez años y por 600 sueldos anuales.

A.C.P., Armario 6, cajón 4, ligamen 1, n° 3.

Capitulacion y concordia fecha entre los muy magnificos y reverendos el señor prior que es o, por tiempo sera y canonigos de la iglesia [tachado: de] collegial de Sancta Maria del Pilar de la çiudad de Caragoça de la una parte con el honorable maestro [con otra letra y otra tinta: Juan Carnoy] de la otra parte a saber es sobre el parar y despar [ar] el edificio siquiere monumento que en cada un año se ha de hazer y deshazar para el dia del juebes de la cena en [tachado: adelante por] [entre líneas: en] los años contaderos del año mil y setenta en adelante

Item es capitulado y concertado entre los dichos señores prior y canonigos de la dicha iglessia de Santa Maria del Pilar de Çaragoça con vos maestre [con otra letra y otra tinta: Juan Carnoy] que aqueste monumento dicho para el dia y fiesta del juebes de la cena de cada un año abaxo contaderos lo habeis de parar de todas las pieças y tablas y pilares y contrapilares y collumnas y fressos y cornijas y artesones y ventanajes con todas las piecas assi pequeñas como grandes segun que parecen por el edificio a vos dicho maestro demostrado y con el capitulado de todas las piecas dichas de tal forma y fechura que esta asentado en el lugar y capilla bulgarmente llamada de Sancti Spiritus de la iglessia dicha de Santa Maria del Pilar

Item este monumento que se a de parar en cada un año para el dia del juebes de la cena dicho lleua las piecas que aqui se contienen

Primeramente el andamio y tablado que haze asiento de la alteza de ocho palmos y encima cargan quatro /v/ pilares quadrados a la mano drecha con un arteson ençima y mas adentro otro arteson con tres portales y dos collumnicas redondas jaspeadas y otros tres portales con medios pilares quadrados que reçiben este arteson dicho [palabra tachada ilegible] que se junta con otro arteson mas adentro con sus pilares quadrados de forma que haze un andador o, paso y esto va a la mano drecha del monumento y ansi mesmo esta hecho a la mano hizquierda de las piecas mesmas contadas como lo esta en la drecha y mas ay ençima otros quatro pilares quadrados con sus artesones que haze ençima desta pieza vaxa otro paseador con sus ventanajes y unos valagostos esto va en la mano drecha y assimesmo va a la mano hizquierda de la mesma forma y manera que la drecha y mas ay quatro collumnas redondas dos a cada lado que reçiben un papo y encima deste papo ay una orden de venta [entre líneas: nas] redondas a la parte de dentre encima del andamio ay tres gradas y ençima un portal redondo grande con dos ventanajes a la mano hizquierda y a la mano drecha con un alquitraue que recibe otro papo con un letrero y encima una orden de ventanajes [entre líneas: enquadra] con sus valagostiquos por antepecho y mas ariba ay un ochauo con otra orden /r/ de ventanajes con una media naranja que haze fin y cubierta al cuerpo de media y [palabra tachada ilegible] dentro deste portal dicho ay una [tachado: tabla] [entre líneas: pieca] grande con un portalico en medio que se arrima a la pared de la capilla

Item [palabra tachada ilegible] a la parte de afuera ay seis collumnas las quatro redondas y las dos medias redondas con sus pedestrales que las reciben de la alteza de ocho palmos y mas quatro piecas que estan arrimadas al andamio de la mesma alteza en que cargan todas las pieças ansi los pilares quadrados y redondos todas y qualesquiere pieças que hazen el subimiento del edifiçio

Item todas las piecas que estan en este monumento como son pilares quadrados medios quadrados y senzillos y artesones y fressos y cornijas y alquitraues papos ventanajes portales et istancias paseadores cielos o, cubiertas todas y quales quiera pieças dichas y nombradas y que por nombrar quedan deste edifiçio o, monumento segun que oy parece a vos dicho maestro se os a demostrado y entregado en vuestro poder de la fechura y manera que esta hos obligais de tenerlo sano y entero todas sus pieças dichas y nombradas [tachado: por] durante el tiempo que /v/ con vos se habra capitulado y ansimesmo en lo que toca a la pintura y dorado destas pieças dichas deste monumento como son de las collumnas redondas grandes y pequeñas y pilares quadrados grandes y pequeños y valagostos grandes y pequeños y portales redondos grandes y pequeños y ventanajes grandes y pequeños y las demas piecas pintadas y doradas y capiteles y nudos o, rudones y vassas y pilamidones y la cornija grande con los tres artessones grandes hos a sido entregado y encomendado todo bien pintado y dorado y guarnecido de cueros de oropel brocados y mas ay veinte y cinco seraphines y otras muchas rossas grandes y chicas y otras hojas en los capiteles de los pilares asi grandes como chicos todo esto queda a vuestro cargo tener y mantener sano y entero para que en cada un año abaxo contadero pareis y hagais dicho monumento en la perfection y asiento que hos a sido entregado y [palabra tachada ilegible] encomendado y mas sois obligado a deshazer [entre líneas: i desparar] todo este edificio deste monumento arriba nombrado [tachado: despues del] y ponerlo en el lugar y casa que los señores del capitulo os daran sin que por ello se os de mas preçio de lo avaxo concertado entre /r/ los dichos señores prior y canonigos de dicha iglesia de Sancta Maria del Pilar

Item que no ha de comencar a parar el monumento asta el lunes de la semana de Lazaro pues el tiempo que queda es vastante porque no este ocupada la iglessia

Item que ha de dar fianças llanas y abonadas a contento del capitulo para cumplir todo lo con el conçertado en esta concordia para que a su costa si algun daño recibiere alguna [tachado: alguna] pieça de las del dicho edificcio assi en lo dorado como pintado, o, se quebrare o, perdiere, o, torciere, o, qualquier otro daño recibiere se ha de reparar a su costa sin que por ello se le de mas de los seiscientos sueldos abaxo contenidos

Item que esta concordia y capitulacion sea por tiempo de diez años y en cada un año destos la iglessia le asigna de salario seiscientos sueldos pagaderos por Paschua de Ressurrection por el trabajo y coste que en ello se le puede offreçer

Item ha de tener cargo de todas las lamparas y luminarias del dicho monumento todo el /v/ tiempo que ardieren y parar las antorcheras y cirios, y si por su descuydo, o, culpa hubiere daño alguno se aya de reparar y satisfazer a su costa y de sus fianças

13

1570, abril, 24 Zaragoza

Jerónimo de Mora otorga haber recibido de Jaime de Dueñas, obrero de la iglesia de San Pablo de Zaragoza, los 500 sueldos que se le adeudaban por la instalación del monumento pascual de la parroquia en 1570.

A.H.P.N.Z., Mateo Villanueva, 1561, f. 371 v.

[Al margen: Albaran y cancelacion] Die vicessimo quarto mensis apprillis anno MDLXX Cesaruguste el dicho Jeronimo de Mora atorgo hauer recebido del magnifico Jayme de Duenyas ciudadano de la dicha ciudat obrero de la dicha iglesia en el dicho y presente anyo quinientos sueldos por parar el dicho monumento del dicho y presente año y atorgo albaran et con estos el dicho Jayme [apellido ilegible] obrero

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1572, abril, 11 Zaragoza

Antón de Prado, fustero vecino de Zaragoza, otorga haber recibido de Ojer de Villanueva, obrero de la iglesia de San Pablo de la misma ciudad, 420 sueldos dineros jaqueses por instalar y desmontar el monumento pascual de la parroquia en 1572.

A.H.P.N.Z., Mateo Villanueva, 1572, f. 439 r-v.

[Al margen: Albaran] Eadem die yo Anthon de Prado fustero vezino de la ciudad de Caragoça de mi cierta sciencia atorgo hauer receuido del magnifico Ojer de Villanueua infancon domiciliado en la dicha ciudad como obrero que es de la iglesia de senyor Sanct Pablo de la dicha ciudad en el año /439 v/ presente de mil quinientos setenta y dos son a sauer quatrocientos y veynte sueldos dineros jaqueses los quales son y me han dado y pagado por los trauajos de parar y desparar el monumento de la dicha iglesia de Sanct Pablo el dicho y presente anyo de setenta y dos y por la verdad atorgo el presente albaran etc large

Testes Anthon Francin notario y Miguel de Villanueba scribiente habitatores cesarauguste

15

1577, marzo, 18 Zaragoza

Antón de Prado, fustero vecino de Zaragoza, otorga haber recibido de Juan Serón, obrero de la iglesia de San Pablo de la misma ciudad, los 420 sueldos dineros jaqueses que le corresponden por intalar y desmontar el monumento pascual de la parroquia en 1577.

A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1577, f. 233 r.

[Al encabezamiento: Die decimo octabo mensis martii anno MDLXXVII Cesarauguste]

[Al margen: Albaran] Eadem die que yo Anton de Prado fustero vezino de la ciudad de Caragoça de mi cierta sciencia otorgo que he resceuido del magnifico Joan Seron mercader domiçiliado en la dicha ciudad como obrero de la iglessia y parroquia de señor Sanct Pablo de aquella son a saver quatrozientos y veinte sueldos dineros jaqueses los quales son y me ha dado y pagado por el trabajo que he de sustener en hazer y deshazer el monumento de la dicha iglessia en este presente año de mil quinientos setenta y siete y por la verdad atorgo el presente alvaran etc

Testes Jaime Bernuz solicitador de causas et Joan de Dueñas scribiente habitatores cesarauguste

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1577, diciembre, 29 Zaragoza

Juan Dozta, iluminero de la iglesia parroquial de Santa María Magdalena de Zaragoza, y Alonso de Ciria, Bartolomé López, Tomás de la Foz, Jerónimo Baráiz, Bernad de Abiego y Lupercio Garcés, parroquianos de dicha iglesia, capitulan con Felices de Cáceres, pintor vecino de Zaragoza, la decoración pictórica y el dorado del monumento pascual del templo por 2.200 sueldos dineros jaqueses.

A.H.P.N.Z., Martín Martínez de Insausti, 1578, ff. 6 v-9 v.

Documento dado a conocer y parcialmente transcrito en ABIZANDA Y BROTO, M., 1932, pp. 34-35.

[Al margen: Capitulacion y concordia] Eadem die que en presentia de mi Martin Martinez de Insausti notario publico de Çaragoça presentes los testigos infrascriptos comparecieron los muy magnificos Juan Dozta ylluminero de la parrochia de la Madalena y Alonso de Ciria miçer Bartholome Lopez Tomas de la Foz Jeronimo Barayz Bernad de Abiego y Luperçio Garçes vezinos y parrochianos de dicha parrochia de Sancta Maria Madalena personas diputadas para las cosas tocantes y conçernientes al monumento de la parrochial de la Madalena de Çaragoca mediante poder a ellos dado y concedido por el capitulo de parrochianos de dicha parrochia que fecho fue en la ciudad de Çaragoca a ocho dias del mes de deziembre del año contado del nascimiento de nuestro Señor mil quinientos setenta y siete y por el dicho notario /9 r/ es testifi [borrón] testificada habiente poder etc de la una parte y Feliçes de Caçeres pintor vezino de la ciudad de Çaragoca de la parte otra los quales dixeron que entre ellos hauia sido hecha y ordenada una capitulacion y concordia açerca el pintar y dorar el monumento de dicha yglesia de la Madalena la qual daron y entregaron en poder de mi dicho notario para que aquella testificase y las cosas en aquella contenidas se hiziesen y guardasen la qual es deste tenor la qual esta debaxo deste sigo

/7 r/ Capitulacion y concordia hecha tratada y concertada açerca las cosas hazederas en pintar y dorar el monumento de la yglessia parrochial de Sancta Maria Madalena de la çiudad de Caragoça entre los muy magnificos Juan Dozta illuminero de la parrochial de Sancta Maria Madalena de dicha çiudad de Çaragoça Alonso de Çiria Tomas de la Foz micer Bartholome Lopez Jeronimo Barayz Lupercio Garçes y Bernad de Abiego parrochianos de dicha parrochia personas diputadas y nombradas por el capitulo de parrochianos de dicha parrochia açerca las cosas hazederas en el monumento de dicha yglesia de la una parte y el honrrado Feliçes de Caçeres pintor vezino de la ciudad de Çaragoca de la parte otra

En el primo es pactado y concordado entre las dichas partes quel dicho Felices de Caceres ha de hazer todas las molduras del monumento de dicha yglesia de plata dorada y las quatro colunas mayores con sus pedrestales [sic] de blanco y ne/7 v/gro y los campos de açul fino y los chapiteles dellas dorados de plata dorada con las vasas de abaxo y todas las colunas de dentro assi quadradas como redondas con sus chapiteles y basas y molduras que tuuieren doradas de plata corlada y las pinturas y colores dellas de mejor traça y mejores colores quel monumento de nuestra Señora del Pilar y el frontespiçio con los sobrecielos de dentro de la mesma manera que la demas obra y todo esto lo ha de dar acabado para el primer domingo de quaresma deste año de mil quinientos setenta y ocho a conoçimiento de offiçiales entendidos y que lo entenderan nombraderos dos por parte de la parrochia y otros dos por parte del dicho Felices de Caçeres y en caso que no diere acabado el dicho monumento de pintar y hazer como dicho es para el primer domingo de quaresma a conoçimiento de dichas personas tenga de pena dos mil sueldos jaqueses y la obra que huuiere hecho sea perdida

Item es pactado y concordado entre dichas partes /8 r/ que hecho que huuiere el dicho Feliçes de Caçeres y pintado dicho monumento y dandolo acabado como dicho es se le ha de pagar y dar por sus trabajos dos mil y dozientos sueldos jaqueses [tachado: pagaderos por la parrochia de dicha yglesia de los bienes y rendas de dicha parrochia] los quales prometemos nosotros dichos Juan Dozta Alonso de Ciria Tomas de la Foz micer Bartholome Lopez Jeronimo Barayz Bernad Dabiego y Luperçio Garçes como parrochianos y procuradores de dicha parrochia por y en nombre de aquella [entre líneas: darle y pagarle] a lo qual obligamos e ypothecamos todos los bienes y rentas de dicha parrochia mobles y sitios hauidos y por hauer

/8 v en blanco/

/9 r/ Et assi dada y librada por dichas partes y cada una dellas en poder de mi dicho notario la dicha capitulacion y concordia y por mi a ellos y cada uno dellos leyda y publicada y aquella hauida por leyda y publicada las dichas partes y cada una dellas [entre líneas: hizieron firmaron y otorgaron la dicha capitulacion y concordia et] prometieron tener y pagar serbar y cumplir todas y cada unas cosas en la dicha capitulacion contenidas y cada una dellas et si por fazer se tener y pagar serbar y cumplir la una parte contra la otra et viceversa expensas algunas convendra hazer etc aquellas prometieron pagar etc a lo qual obligaron /9 v/ dichas partes respectiue a saber es los dichos parrochianos y personas diputadas [entre líneas: y procuradores de] por dicho capitulo todos los bienes y rentas de dicha parrochia etc el dicho Feliçes de Caçeres su persona y bienes mobles y sitios hauidos y por hauer de los quales etc quisieron la presente obligacion sea special etc renunciaron etc prometieronse etc fiat large cum clausulis solitis et necessariis et in similibus

Testes qui supra proxime

17

1583, mayo, 2 Zaragoza

Los obreros de la iglesia parroquial de San Pablo de Zaragoza capitulan con Antón de Prado, carpintero vecino de la misma ciudad, la instalación y el desmantelamiento anual del monumento pascual de la parroquia durante un plazo de diez años.

A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1583, ff. 277 r-278 v.

Documento dado a conocer y transcrito en SAN VICENTE PINO, Á., 1991 (I), doc. n° 270, pp. 354-355.

[Al margen: Capitulacion] Eadem die ante la presencia de mi notario y de los testimonios inffrascritos comparescieron y fueron personalmente constituydos los magnificos y honorables Jorge del Frago Joan Pallares Grabiel [sic] de Herrera Jayme de Duenyas Pablo los Barrios Carlos Çeresso y Miguel de Bossa domiciliados en la dicha ciudad de Caragoca parrochianos de la parrochia de señor Sant Pablo de la dicha ciudad personas nombradas por el capitol de parroquianos de la dicha parroquia segun que de la dicha su nominacion mas largamente consta y parece por instrumento publico de aquella que fecho fue en la dicha ciudad de Caragoca a veynte y siete dias del mes de febrero mas cerca pasado y deste presente anyo y por el notario el presente testificante resciuido y testificado /277 v/ hauiente poder etc de la una parte et Anton del Prado capintero vezino de la mesma ciudad de la parte otra las quales dichas partes en los dichos nombres y cada uno dellos dixeron que acerca el parar y desparar el monumento de la dicha yglesia hauian hecho y pactado entre ellas cierta capitulacion y concordia la qual dixeron que daban y librauan segun que de hecho dieron y libraron en poder y manos de mi dicho notario la qual de palabra a palabra es la que se sigue inseratur pro ut in tali signo

/r/ Capitulacion y concordia fecha entre los magnificos señores obreros que son, o, por tiempo seran de la yglesia y parrochia de señor Sanct Pablo de la ciudad de Çaragoça de la una parte y el honorable mastre Anthon de Prado fustero de la otra es a sauer sobre el monumento siquiere edifficio para la dicha yglessia del qual en esta capitulacion avaxo se ponen nombrado el tiempo semana y dia en que se ha de hazer y parar en cada un año venidero de la forma y manera que es y paresce en la yglesia dicha de señor Sanct Pablo

Ittem es concertado y concordado entre los dichos señores arriba nombrados y vos mastre Anthon de Prado que hauis de hazer y parar el monumento siquiere hedefficio por el qual esta capitulacion y concierto se haze con vos del qual sentiende de que como aquel y de la mesma manera sin mudar ninguna cossa lo hayas de parar y hazer y acabar en cada un año en adelante durante el tiempo avaxo dicho y concertado sin que por ello se hos de mas precio ni pago /v/ de lo que con vos es concertado

Ittem este edifficio esta assentado en la capilla de las Animas de la dicha yglesia y tiene toda la ancheza que puede tener y del alto assimismo y la entrada tanbien contando quatro pilares, o, columnas grandes que tienen encima quatro artessones y encima de aquellos alquitrabe y horden de ventanajes con su cornija y un frontespicio por remate y en el asiento destas colunas lleua un pedestal, o, assiento en questan otras quatro colunas con sus artesones y dos lanternas de valaustres y a las espaldas deste ay quatro pilares quadrados sobre los dos ay un portal principal y sobre unos redondos mas adentro ay una sala quadrada con tres hordenes de ventanajes y una horden a la frontera y estos ventanajes lleuan sus cornijas fresos y alquitrabes y redondos y encima por cubierta un arteson y en medio otro arteson con su letrero y una horden de ventanajes mas arriba un ochauo que haze fin y mas adentro desta sala, o pieza dicha ay otra /r/ mas adentro quadrada con su horden de ventanajes pequeños y encima dellos un artesson, o, sobrecielo y en esta instancia, o, pieza ha de estar el arca donde se pone el Sancto Sacramento con cinco angeles y con Dios Padre que hazen la cerimonia todas estas piezas dichas assi de pilares contrapilares menbetros alquitabres frisos cornijas artesones lanternas portales papos assientos pilamadones vasas chapiteles tablados y escaleras soys obligado vos dicho mastre Anthon de Prado de hazer y dar para el dia de los Juebes sanctos contaderos en cada un año adelante sin que los obreros de aquel año ni en adelante seran tengan cuydado de dar y probeher madera ni pintura ni lienzos ni clauos tachetas ni trenzas ni cossa alguna mas de lo que en este dicho edifficio, o, monumento hos an dado y esto a conseruacion vuestra

Item es condicion que vos dicho Anthon de Prado tengays obligacion de empaliar todos los paños que fue/v/ren menester delante el monumento y encender y espabilar todas las lanpedas de aceyte que habra y es costumbre tener en dicho monumento y meter y quitar las antorchas que hay y se acostumbran poner delante dicho monumento sin que por ello al dicho Anthon de Prado se le haya de pagar cossa alguna por los dichos obreros que son, o, por tiempo seran ni tanpoco en adrezar todo el dicho monumento assi de guadamaciles sedas brocados ni aforros ni otras cossas que para adrezar dicho monumento seran necesarias

Ittem es condicion que todo lo sobredicho assi de madera pintura lienzos ni otra cossa alguna de dicho monumento este a cargo de los obreros de dicha yglessia que son o por tiempo seran sino a cargo de vos el dicho Anthon de Prado de conseruarlo y darlo de manera que lo tomays con las condiciones sobredichas dexandolo parado como agora lo hesta y haueis tomado parado y assimesmo /r/ vos ni el obrero que sera en adelante el ni vos ni vos ni el podais mudar de assiento ni edifficio dentro tiempo de diez años contaderos del Juebes de la cena proxime passado y deste presente año de mil quinientos ochenta y tres y en el tiempo que feneceran los años por esta capitulacion ygualados y contados con vos dicho mastre Anthon de Prado lo restituyais y torneis de la mesma manera y forma que se hos a dado y entregado en cuenta arriba dicha confiando de vos y vuestra conciencia lo hareys y restituyreis a la yglesia y parrochia de aquel año a los que fueren obreros como hay obligacion y por vuestro trabajos se hos asignan y daran [espacio en blanco] sueldos en cada un año desta manera [espacio en blanco] sueldos luego que empezareys a parar el dicho monumento y los [espacio en blanco] restantes [espacio en blanco] quedando a cargo vuestro el despararlo y conserbarlo como dicho es y el ultimo /v/ año y postrero dexandolo parado y dandohos cassa, o, estancias decendes [sic] para guardar todas las piezas arriba dichas y nombradas

/r en blanco/

/v en blanco/

/278 r/ Et assi dada y librada la dicha capitulacion y concordia por las dichas partes en poder y manos de mi dicho notario las dichas partes y cada una dellas prometieron y se obligaron de tener y cumplir aquella etc so obligacion a saber es los dichos Jorge del Frago Joan Pallares Grabiel de Herrera Jayme de Dueñas Pablo los Varrios Carlos Ceresso y Miguel de Bossa todos los bienes y rendas del dicho capitol y parroquia et el dicho Anton de Prado su persona y todos sus bienes assi muebles como sittios donde quiere hauidos y por hauer de los quales los muebles quisieron aqui hauer y los huuieron por nombrados y los sittios por conffrontados specifficados y designados deuidamente y segun fuero la qual obligacion etc en tal manera etc con clausulas de precario constituto apprehension ynuentario et manifestacion etc /278 v/ renunciacion etc sometieronse etc et haun el dicho Anton de Prado quiso que fecha, o, no fecha etc

Testes Miguel Ruiz escribiente et Anton Francin notario habitatores cesarauguste

18

1585, junio, 6 Zaragoza

Antonio Bailo, vicario perpetuo de la iglesia parroquial de La Puebla de Alfindén (Zaragoza), y Domingo de Albero, vecino y jurado de la misma localidad, protocolizan el acuerdo suscrito con Martín Salvador, fustero vecino de la ciudad de Zaragoza, para la construcción del monumento pascual de la iglesia parroquial de la localidad por 2.000 sueldos dineros jaqueses. El maestro presenta como fianza a Juan de Bonavilla, fustero vecino de la ciudad de Zaragoza.

A.H.P.N.Z., Jerónimo Andrés, 1585, ff. 792 r-795 r.

Documento dado a conocer y transcrito en SAN VICENTE PINO, Á., 1991 (I), doc. n° 304, pp. 387-388.

[Al encabezamiento: Die sexto mensis junii anno M°D°LXXXV Cesarauguste]

[Al margen: Capitulacion] Eodem die en presencia de mi Jeronimo Andres notario y testigos infrascritos comparecieron y fueron personalmente constituidos de una parte mossen Antonio Vaylo presbitero vicario perpetuo de la parrochial iglesia del lugar de La Puebla de Alfinden y Domingo de Albero vezino y jurado de dicho lugar et Martin Saluador fustero vezino de la ciudad de Çaragoça de la parte otra los quales en sus nombres propios dixeron que capitulacion y concordia a sido y es he/792 r/cha entre ellos en y sobre las cossas en la infrainserta capitulacion contenidas e porque desseaba que aquella y lo en ella contenido obiese el hansi deuido effecto aquella dieron que daban y libraban como de hecho la dieron y libraron en poder y manos de mi dicho Jheronimo Andres notario presentes los testigos infrascritos y es del tenor siguiente

/792 v/

/793 r/ † A dos dias del mes de junio año 1585 fue tratado y concordado entre nosotros mossen Anton Baylo vicario presbitero del lugar de La Puebla de Alfinden y los alcayde Symon Martinez y Juan de Uxeo y Domingo de Albero jurados del mesmo lugar y otras personas del consejo y Martin Salbador carpintero vezino de la ciudad de Caragoça que el dicho Martin Salbador promete de darnos un monumento hecho de madera para la dicha nuestra iglesia pintado de tres colores negro blanco y colorado o amarillo conforme a paperes de traça que a mostrado y ha de poner plata corlada en las basas y capiteles y balagostes y pinia y ha de tener en largo treinta palmos de bara y diez y ocho palmos en ancho y en alto beinte sobre los quales beinte palmos ha de yr cargado el frontispicio y nosotros dichos mosen Anton Baylo presbitero vicario perpetuo y alcayde y jurados arriba nombrados prometemos y nos hobligamos de daros a bos dicho Martin Salbador por la dicha obra cien escudos digo dos mil sueldos jaqueses con tal que nos lo ha de dar hecho y drecho y parado como ha de estar todo a su costa para el domingo primero de ramos del año proxime venidero de mil y quinientos y ochenta y seis salbo que el traerlo de Caragoça el monumento aqui a de ser a costa de la iglesia y le hemos de pagar los dichos dos mil sueldos en tres tandas la primera luego de presente y la segunda para el dia de Todos Santos primero biniente deste año 1585 y la tercera tanda para el dia de Pascua de resurreccion del año proxime venidero de 1586 con tal que el dicho Martin nos ha de asegurar el dinero que le dieremos y fiança para en caso que el faltare por muerte o otros respectos nos haya de cumplir en su lugar el monumento y por la verdad hice yo dicho presbitero vicario la presente de mi propia mano y la firme de mi nombre siendo presentes por testigos los magnificos Joan de Oliba menor [e] scribano del concejo y Balero Martinez consejero del mesmo lugar hecho en La Puebla a los dos dias de junio del dicho año 1585

Yo mossen Anton Baylo vicario perpetuo hotorgo lo sobredicho y me firmo por los alcayde y jurados que algunos no saben screbir

Yo Simon Martinez alcayde del dicho lugar atorgo lo sobredicho

/793 v/ Yo Balero Martinez soy testigo de lo sobredicho y me firmo por los señores jurados que dixeron no sabian escrebir

Yo Joan de Oliba menor soy testigo de lo sobredicho y me firmo por los señores jurados que dixeron no sabian escribir

/794 r/ Et assi dada y librada la dicha preinserta capitulacion y concordia en poder y manos de mi dicho notario aquella en presencia de las dichas partes y de los testigos infrascritos ley y publique de palabra a palabra y sin dexar cossa alguna de lo contenido en ella la qual y todas y cada unas cossas en ella contenidas dixeron que hazian firmaban y ottorgaban como de hecho la hizieron firmaron y ottorgaron respectiuamente cada una de dichas partes lo que por aquella eran y son tenidos hazer tener seruar y cumplir respectiuamente et prometieron y se obligaron aquella todas y cada unas cossas en ella contenidas tener seruar y cumplir y no contrauenir en manera alguna so obligacion que a ello hizieron de sus personas bienes y rentas respectiuamente et aun el dicho /794 v/ Martin Saluador por maior firmeza y seguredad de lo sobredicho dio por fiança y principal pagador tenedor y cumplidor de lo que en virtud de la presente era y es tenido y obligado a Joan de Bonauilla fustero vezino de la dicha ciudad de Çaragoça et yo dicho Joan de Bonauilla que a lo sobredicho presente estoy tal fiança y principal pagador tenedor y cumplidor de lo que el dicho Martin Saluador fustero era y es tenido y obligado hazer tener seruar y cumplir juxta tenor y forma de dicha preinserta capitulacion y concordia con el y sin el deuidamente y segun fuero me constituezco y establezco ser so, obligacion que a ello hago de mi persona y bienes et renunciaron las dichas partes y /795 r/ fiança etc sometieronse a la jurisdiccion de qualesquiere juezes etc fiat large cum clausulis necessariis et in similibus appoci solitis et con esto el dicho Martin Saluador fustero otorgo haber recebido de los dichos vicario y jurados del dicho lugar de La Puebla ochocientos sueldos jaqueses en parte de pago de lo que dar y pagar se le debe por la obra reçitada y contenida en la dicha preinserta capitulacion y concordia y porque de aquellos se tubo por contento ottorgo apocha del reçibo dellos etc es quibus omnibus etc

Testes Joan de Oliba menor vezino del dicho lugar de La Puebla y Jeronimo Domech scribiente habitator Cesarauguste

19

1585, junio, 6 Zaragoza

Martín Salvador y Juan de Bonavilla, fusteros vecinos de la ciudad de Zaragoza, reconocen tener en comanda de Antón Bailo, vicario perpuetuo de la iglesia parroquial de La Puebla de Alfindén (Zaragoza), y de Domingo de Albero, jurado del mismo lugar, la cantidad de 1.400 sueldos dineros jaqueses.

A.H.P.N.Z., Jerónimo Andrés, 1585, ff. 795 r-796 r.

[Al margen: Co] Eisdem die et loco nosotros Martin Saluador y Joan de Bonauilla fusteros vezinos de la çiudad de Caragoça /795 v/ los dos simul et in solidum reconoscemos y conffesamos tener en verdadera comanda puro llano y fiel deposito de mossen Antonio Bailo vicario y Domingo de Albero jurado del lugar de La Puebla de Alfinden la cantidad y suma de mil quatrocientos sueldos jaqueses los quales el dia presente en nuestro poder an encomendado y aquellos en deposito ottorgamos haber recebido renunciantes etc los quales prometemos y nos obligamos y juramos por Dios etc restituir etc siempre y cuando que por los dichos acrehedores y qualquiere dellos requeridos seremos y el otro de nos lo sera a lo qual tener seruar y cumplir obligamos nuestras personas y bienes etc [tachado: et aun que] los quales etc queriendo que esta obligacion sea speçial etc en tal manera etc et aun queremos que fecha o no fecha /796 r/ pueda ser proceido y se proceda a capcion de nuestras personas et renunciamos etc sometemonos etc fiat large cum clausulis precarii constituti apprehenssionis manus injectionis inventariocionis et manifestacionis bonorum mobilium et aliis dictis dominis creditoribus bene vissis et ser gratis sic enim placuit concedentibus

Testes los dichos Joan de Oliba menor y Jeronimo Domec habitator cesarauguste

Yo Juan de Oliba menor soy testigo de lo sobredicho y me firmo por los dichos Martin Salbador y Juan de Bonabilla obligados que dixeron no sabian escribir

Yo Hieronymo Domeche soy testigo de lo sobredicho y me firmo por los dichos Martin Salbador y Joan de Bonavilla obligados que dixeron no sabian escribir

20

1585, junio, 6 Zaragoza

Mosén Antonio Bailo, vicario perpetuo de la iglesia parroquial de La Puebla de Alfindén (Zaragoza), y Domingo de Albero, jurado de la misma localidad, se comprometen a no reclamar los 1.400 sueldos que habían otorgado en comanda a Martín Salvador y Juan de Bonavilla salvo si no cumplían con el acuerdo suscrito para la construcción del monumento pascual de la iglesia parroquial de la localidad.

A.H.P.N.Z., Jerónimo Andrés, 1585, f. 796 r-v.

[Al margen: Contracarta] Eisdem die et loco nosotros dichos mossen Antonio Vaylo presbitero y Domin/796 v/go de Albero vicario y jurado que somos del lugar de La Puebla de Alfinden en la precontinuada comanda nombrados attendido que dicha comanda es pura y lissa y sin condicion alguna y nos podriamos valer y aiudar de aquella siempre que quisiesemos empero por pacto special dezimos reconoscemos y conffessamos que aquella a seido y es hecha para seguredad de lo contenido en la precontinuada capitulacion y assi prometemos no valernos de aquella sino para effecto de hazer cumplir lo que en dicha capitulacion se contiene el tiempo que en aquella se recita y no antes ni de otra manera et si por lo contrario hazer expenssas etc aquellas prometieron pagar etc so obligacion etc et renunciamos etc sometemonos etc fiat large etc

Testes qui supra proxime nominati

21

1585, junio, 6 Zaragoza

Martín Salvador, fustero vecino de Zaragoza, reconoce tener en comanda de Juan de Bonavilla, fustero vecino de la misma ciudad, la cantidad de 1.400 sueldos dineros jaqueses.

A.H.P.N.Z., Jerónimo Andrés, 1585, f. 797 r-v.

[Al margen: Comanda] Eisdem die et loco yo Martin Saluador fustero vezino de la ciudad de Caragoça de grado etc reconozco y confiesso tener y que tengo en verdadera comanda puro llano y fiel deposito de Joan de Bonavilla fustero vezino de la mesma ciudad la cantidad y summa de mil y quatrocientos sueldos jaqueses los quales prometo y me obligo y juro por Dios etc restituir etc toda hora cada y quando etc a lo qual tener seruar y cumplir obligo mi persona y bienes etc los quales etc queriendo que esta obligacion sea special etc en tal manera etc et aun quiero que fecha, o, no fecha etc pueda ser proceydo y se proceda a capcion de mi perssona etc et renuncio etc sometome etc fiat large cum clausu/797 v/lis precarii constituti apprehensionis manus injectionis inuentariacionis et manifestacionis bonorum mobilium et aliis dicto domino credituri bene visso etc seu gratis sic enim placent concedentibus

Testes los dichos Joan de Oliba menor en dias vezino de La Puebla de Alfindel [sic] y Jeronimo Domech scribiente habitator cesarauguste

Yo Juan de Oliba menor soy testigo de lo sobredicho y me firmo por el dicho Martin Salbador obligado que dixo no sabia escribir

Yo Hieronymo Domeche soy testigo de lo sobredicho y me firmo por el dicho Martin Salbador obligado que dixo no sabia escribir

22

1585, noviembre, 12 Zaragoza

Martín Salvador, fustero vecino de Zaragoza, capitula con Juan de Ribera, pintor habitante de la misma ciudad la decoración pictórica y el dorado del monumento pascual de la iglesia parroquial de La Puebla de Alfindén (Zaragoza) por 23 libras jaquesas. Juan de Ribera presenta como fianza a Juan de Mora, bordador vecino de Zaragoza.

A.H.P.N.Z., Jaime Secanilla, 1585, pliego al final del protocolo s.f.

Documento dado a conocer y transcrito en SAN VICENTE PINO, Á., 1991 (I), doc. n° 309, pp. 392-393.

/v/ Die duodecima mensis nouembris anno MDLXXXV Cearauguste etc ante la presencia de mi Jayme Descanilla notario y de los testigos comparescieron y fueron personalmente constituidos los honorables Martin Salbador fustero vezino de la presente ciudad de Çaragoça de la una parte Joan de Ribera pintor habitante en dicha ciudad de la parte otra las cuales dichas partes endrecando sus palabras para mi dicho Jayme Secanilla notario dixeron y proposaron dizen y proponen que capitulacion y concordia habia seydo y es hecha pactada y concordada entre las dichas partes acerca lo contenido en ella de la forma y manera que se contenia y contiene en una cedula de papel que diz que tenian scripta la qual dixeron que libraban y entregaban como de hecho de grado etc libraron y entregaron en poder y manos de mi dicho e infrascripto notario la qual es la infrascripta y siguiente

/r/ † Capitulacion y concordia de un monumento de La Puebla [entre líneas: de Alfinden] entre Martin Salbador [entre líneas: fustero] y Juan de Ribera pintor

Primo Juan de Ribera pintor a de pintar de blanco y negro unos profetas a los lados del monumento en unos encasamientos y en el sobrecielo del dicho monumento a de pintar unos artesones de blanco y negro y una rosa que ay en medio a de ser de plata corlada y unos balagosticos que ay encima de los profetas an de ser de plata corlada

Ytem dos colunas y dos medias colunas an de ser basa y capitel de plata corlada y en lo demas un brutesco de blanco y negro y el canpo de una color todo lo demas del cuerpo del monumento de colores que mexor parecieren y en el remate un Dios Padre y en las colunas de los lados de plata corlada la basa y capitel lo demas de colores como mexor este y coando se llebe si acaso se maltratase en el camino alguna cosa a de yr el dicho Juan de Ribera a adobar alla a su costa y le de Martin Salbador por pintar y acabado con [perdido] tulacion el precio de veinte y tres libras [perdido] tercios la primera luego y el otro tercio [perdido] el monumento y coando se asiente [perdido] se a de asentar esta primera coaresma [perdido] año de 1586 y se lo tengo de dar acaba [perdido] del dicho año [perdido] el monumento [perdido] Salbador para Nabida [d] primero binien [perdido] a 4 de nobiembre del año 1585

/v/ Ittem es condicion que en casso que el dicho Joan de Ribera durante dicho tiempo muriesse y dexasse por acabar lo que se encarga a pintar [entre líneas: al respecto de lo arriba tractado] que en todo casso se haya de pagar a sus herederos lo que hubiere hecho y pintado y lo que quedare de pintar Martin Salbador se aya de encargarlo de hazerlo pintar a quien le paresciere a costa del dicho Martin Salbador enpero lo que se hubiere de pagar por la razon sobredicha a los herederos del dicho Joan de Ribera a de ser al respecto de lo que se le da por pintar todo lo que de parte de arriba se dize a de pintar [entre líneas: como dicho es] enpero en casso que estubiere bueno o doliente o absente de su cassa que lo aya de dar pintado como dicho es que en tal casso el dicho Martin Salbador pueda hazer pintar el dicho monumento ha de ser a costa y cargo del dicho Joan de Ribera y la dicha demassia caso que mas costare a de pagar el dicho Joan de Ribera al dicho Martin Salbador y para ello y para que le restituezca lo que de dicho monumento se hubiere de restituir da por fiador y principal pagador al honorable Joan de Mora broslador vezino [perdido] tal fiador y principal [perdido] y obliga con el y sin el a solas [perdido]

/r/ E assi dada librada y entregada en poder de mi dicho infrascripto notario la dicha cedula y lo contenido en aquella leydo a alta e inteligible voz las dichas partes dixeron que concedian y atorgaban como de hecho concedieron y atorgaron todas y cada unas cosas contenidas en dicha capitulacion que respectiue les tocan et prometieron y se obligaron juraron por Dios etc tener seruar y cumplir todas y cada unas cosas [entre líneas: sobredichas] que resspectiue les tocan y tocaren et si por hazerse cumplir expensas etc de pagarlas etc a lo qual tener y cumplir obligaron el uno al otro su persona y bienes etc et con esto el dicho Joan de Ribera atorgo haber recibido en su poder por la dicha razon del dicho Martin Salbador son a saber ciento y sesenta sueldos jaqueses e por la verdad renuncian etc et con esto el dicho Joan de Ribera dio en y por fiador y principal pagador y cumplidor de todo lo sobredicho que le toca y tocare pagar y cumplir al honorable Joan de Mora broslador vezino de la dicha ciudad suegro suyo que a esto esta presente et el dicho Joan de Mora tal fiador y principal pagador de todo lo sobredicho que al dicho Joan Ribera toca y tocare hazer y cumplir con el y sin el a solas se constituyo y obligo a esto obligo su persona y bienes etc las quales dichas partes y dicho fiador para mayor seguridad quisieron aqui haber y han todos los dichos sus bienes a saber es los muebles por nombrados y los sitios por conffrontados bien assi como si aqui etc y todos por specialmente obligados etc en tal manera etc et renunciaron las dichas partes y fiança a sus proprios juezes etc et susmetieronsse etc fiat large cum variationis judiciis satisfaction de costas etc et pro ut in similibus

[Perdido] Jheronimo Sanz scribientes habitatores cesarauguste

23

1586, abril, 10 Zaragoza

Martín Salvador, fustero vecino de Zaragoza y Juan de Ribera, pintor habitante el la misma ciudad, reconocen haber cumplido con la capitulación que suscribieron el 12 de noviembre de 1585 para la decoración pictórica del monumento pascual de la iglesia parroquial de La Puebla de Alfindén (Zaragoza).

A.H.P.N.Z., Jaime Secanilla, 1585, pliego al final del protocolo s.f.

/v/ Die decimo mensis aprilis anno MDLXXXVI cesarauguste que nosotros Martin Saluador fustero vezino de la ciudat de Çaragoça de una parte y Joan de Ribera pintor habitante en dicha ciudad de la parte otra nosotras dichas partes attendientes y considerantes haber hecho y concordado la precedente capitulacion y concordia acerca las cosas contenidas en ella de la forma y manera que en ella se contiene que fue hecha mediante instrumento publico hecho en dicha ciudad a doze dias del mes de nouiembre del año proxime passado y por Jayme Secanilla notario publico infrascripto el presente testificant recibido y testificado e por quanto cada una de nos dichas partes a satisfecho y cumplido todo lo que le tocaba satishazer y cumplir y señaladamente yo dicho Joan de Ribera e cobrado la quantidad de dineros que se me habia de dar por dicha capitulacion y concordia et que en razon della no nos queda de hazer cosa alguna e por la verdad renunciant etc atorgamos el presente etc [palabra ilegible] esto cancellamos y annullamos el dicho y precalendado instrumento publico de dicha capitulacion y concordia etc en tal manera etc fiat large pro ut in similibus

Testes Joan Fuertes y Pedro Jheronimo de Fonz scribientes habitatores cesarauguste

24

1586, octubre, 21 Zaragoza

Mosén Antonio Bailo, vicario perpetuo de la iglesia parroquial de La Puebla de Alfindén (Zaragoza), y Domingo de Albero, vecino de la misma localidad, cancelan la capitulación suscrita el 6 de junio de 1585 con Martín Salvador, fustero vecino de Zaragoza, para la construcción del monumento pascual de la iglesia parroquial de la localidad. Acto seguido, Antonio Bailo y Domingo de Albero cancelan la comanda por la que Martín Salvador y Juan de Bonavilla se les habían obligado en 1.400 sueldos y, a su vez, Juan de Bonavilla cancela la comanda por la que Martín Salvador se le había obligado en otros tantos.

A.H.P.N.Z., Jerónimo Andrés, 1586, ff. 1.535 r-1.536 v.

[Al margen: Cancelatio capitulationis] Eisem die et loco en presençia de mi Jeronimo Andres notario y testigos infrascritos comparecieron y fueron personalmente constituidos mossen Antonio Baillo presbitero vicario perpetuo de la parrochial iglesia del lugar de La Puebla de Alfinden y Domingo de Albero vezino de dicho lugar de una parte y Martin Salbador fustero vezino de la çiudad de Çaragoça de la parte otra los quales dixeron que por quanto a seis dias del mes de junio del año proxime pasado fue hecha entre ellos una capitulaçion y concordia sobre la fabrica /1.535 v/ de un monumento de madera para la iglesia de dicho lugar segun y como en dicha capitulacion se contiene testificada por mi dicho notario y porque aquella esta cumplida por la una parte y por la otra respectiuamente por tanto et alias dixeron que cancellaban como de hecho cancellaron la dicha precalendada capitulacion y quisieron que aquella no pueda ser en publica forma sacada y si lo fuere no pruebe ni haga fe en juiçio ni fuera del ni della razon alguna se haya mas que sino fuera hecha firmada y ottorgada et por quanto el dicho Martin Salbador y Joan [al margen: cancelatio co.] de Bonavila fusteros se obligaron en una carta de encomienda de mil y quatroçientos sueldos a fauor de nos dichos mossen Antonio Vaillo y Domingo de /1.536 r/ Albero para seguridad de dicha capitulacion por tanto cançellamos la dicha obligaçion y queremos sea cancellada en su nota original de tal suerte que no pueda ser en publica forma sacada y si lo fuere no pruebe ni haga fe mas que si no hubiera sido hecha firmada ni ottorgada [al margen: cancellatio co.] Et con esto yo dicho Joan de Bonavilla attendido que el dicho Martin Salbador se obligo en fauor mio en otros mil y quatrozientos sueldos y por mi dicho notario testificada y porque aquella tanbien fue hecha para seguredad mia por la fiança que hize en la dicha capitulacion supra recitada y calendada por tanto cancello aquella y quiero y me plaze sea cançellada en su original nota de suerte que no pueda ser en publica forma sacada y si lo fue/1536 v/re no pruebe ni haga fe en judicio ni fuera del mas que sino hubiera sido hecha firmada ni ottorgada

Testes qui supra proxime nominati

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1586, noviembre, 21 Zaragoza

Juan de Estercuel y Juan López, jurados de Monzalbarba, barrio de la ciudad de Zaragoza, y Juan del Barco, primiciero de la iglesia del lugar, capitulan con Martín Salvador, carpintero vecino de Zaragoza, la construcción de un monumento pascual para la iglesia parroquial del lugar por 600 sueldos dineros jaqueses. Martín Salvador presenta como fianza a Juan de Bonavilla, fustero vecino de la ciudad de Zaragoza.

A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1586, ff. 1.441 r-1.444 v.

Documento dado a conocer y transcrito en SAN VICENTE PINO, Á., 1991 (I), doc. n° 326, pp. 410-411.

[Al margen: Capitulacion] Eadem die ante la presencia de mi /1.441 v/ notario y testigos infrascriptos comparesçieron y fueron personalmente constituydos los honorables Juan Destercuel mayor Juan Lopez jurados del lugar de Monçalbarba varrio de la ciudad de Çaragoça et Juan del Barco promiciero de la yglesia del dicho lugar vezinos de aquel habitantes al presente en la dicha ciudad de Çaragoça de la una parte et Martin Saluador carpintero vezino de la dicha ciudad de Çaragoça de la parte otra los quales dixeron que acerca de un monumento que el dicho Martin Saluador ha de hazer para la yglesia del dicho lugar habian hecho y pactado una capitulacion y concordia la qual dieron y libraron en poder y manos de mi dicho notario la qual de palabra a palabra es del tenor siguiente

/1.442 r/ Capitulacion y concordia hecha pactada y concordada entre y por los jurados y promiciero del lugar de Moncalbarba barrio de la ciudad de Çaragoça de la una parte et Martin Saluador carpintero vezino de la ciudad de Çaragoça de la parte otra acerca de un monumento que el dicho Martin Saluador ha de hazer para la yglesia del dicho lugar ha hecho y pactado la capitulacion infrascrita siguiente

Et primeramente el dicho Martin Saluador sea tenido y obligado y por la presente se obliga de hazer y que hara a sus propias costas y expensas para la yglesia del dicho lugar un monumento [entre líneas: de madera] el qual ha de tener una portalada principal con su remate con sus columnas ochauadas y todas las molduras que se requirieren han de ser llanas

Item ha de hazer un sobrecielo en el primer cuerpo de dicho monumento con su arteson en medio y a los lados dos corredorcicos sin tablas abaxo ni arriua conforme /1.442 v/ a la traça que de dicho monumento se ha hecho

Item ha de hazer otra portalada dentro donde ha de estar el Sanctissimo Sagramento [sic] con dos portaladicas a los lados conforme estan en dicha traza todo lo qual dicho Martin Saluador ha de hazer de madera blanca de pino y lo ha de dar acabado de la manera arriua dicha todo a sus propias costas por todo el mes de henero del año proxime venidero de mil quinientos ochenta y siete poniendose el dicho Martin Saluador toda la madera clabos y manos que para hazer lo sobredicho seran menester y a mas desto darlo asentado en la yglesia del dicho lugar a sus propias costas para el domingo de ramos del dicho año de mil quinientos ochenta y siete

Item los dichos jurados y promiciero prometen y se obligan de dar y que daran al dicho Martin Saluador por razon de la madera clabos manos y por todo lo /1.443 r/ demas que fuere menester hazer dicho monumento seyscientos sueldos jaqueses pagaderos los quatrozientos sueldos jaqueses luego in continenti los quales en su poder ottorgo haber recebido y por la verdad ottorgo el presente publico albaran et la restante cantidad acabado que sea dicho monumento y dado por bien acabado a conocimiento de dos personas puestas por ambas partes

Item los dichos jurados y promiciero prometen y se obligan de dar puesto dicho monumento a sus propias costas al dicho Martin Saluador y en la yglesia del dicho lugar para que pueda dar parado aquel para dicho dia de domingo de ramos arriua specificado

/1.443 v en blanco/

/1.444 r/ Et assi dada y librada la dicha et preinserta capitulacion y concordia en poder y manos de mi dicho notario segun dicho es yo dicho notario presentes los dichos testigos la ley y publique desde el principio hasta la fin de aquella et las dichas partes y cada una dellas prometieron y se obligaron de tener y cumplir lo que a cada una dellas seesguarda toca y acata haber de hazer tener y cumplir et a mayor cumplimiento de dicho Martin Saluador dio por fiança y principal pagador tenedor y cumplidor juntamente con el y sin el a todo aquello que en virtud del presente acto es tenido y obligado al honorable Juan de Bonauilla fustero vezino de la dicha ciudad et yo dicho Juan de Bonauilla qui a lo sobredicho presente soy tal fiança me constituezco ser debidamente y segun fuero et a tener y cumplir cada qual de las dichas partes y fiança respec/1.444 v/tiue lo que en virtud del presente acto son tenidas y obligadas y obligaron sus personas y todos sus bienes y de cada una dellas por si y por el todo assi muebles como sitios donde quiere habidos y por haber de los quales los bienes muebles quisieron aqui haber por nombrados y los sitios por confrontados specificados y designados debidamente y segun fuero en tal manera et quisieron que fecha o no fecha etc renunciaron etc sometieronse etc con clausulas de precario constituto apprehension inuentario et manifestacion etc

Testes Domingo Naharro scribiente et Hernando de Labit scudero habitatores Cesarauguste

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1587, abril, 6 Zaragoza

Martín Salvador (carpintero vecino de Zaragoza) otorga haber recibido de los jurados (de Monzalbarba, barrio de la misma ciudad) los 600 sueldos que debían abonarle en virtud de la capitulación suscrita el 21 de niviembre de 1586 para la construcción del monumento pascual de la iglesia parroquial de la localidad.

A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1586, f. 1.441 v, en el margen inferior.

Die sexto mensis aprilis anno MDLXXXVII Cesarauguste el dicho Martin Saluador otorgo hauer resciuido de los dichos jurados los seiscientos sueldos que por el presente tenian obligacion a pagarle y otorgo albaran etc et con esto los dichos Martin Salbador de una et los dichos jurados de la otra cancelaron el presente acto y todo lo en el contenido taliter etc large etc fiat etc

Testes Pedro de Peña el Miguel de Arraiza menor scribientes habitatores cesarauguste

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1591, enero, 27 Zaragoza

Mateo Ros, Juan Dañón, Carlos Gan, Diego Punzano y Pedro Baguer, personas designadas por el capítulo de vecinos y parroquianos de la iglesia de San Miguel de los Navarros de Zaragoza, capitulan con Juan de Ribera, carpintero vecino de la misma ciudad, la construcción del monumento pascual del dicho templo por 1.800 sueldos dineros jaqueses.

A.H.P.N.Z., Martín Martínez de Insausti, 1591, ff. 53 r-56 v.

/55 v/ [Al encabezamiento: Die XXVII mensis januarii anno MDLXXXXI cesarauguste]

[Al margen: Capitulacion y concordia] Eadem die en presencia de mi Martin Martinez de Insausti notario publico de Caragoca presentes los testigos infrascriptos comparescieron Matheu Ros y Juan Dañon Carlos Gan Diego Punzano y Pedro Baguer procuradores y personas diputadas por el capitulo de vezinos y parrochianos de la parro/56 r/quia del señor San Miguel de los Nabarros de dicha ciudad para las cossas tocantes al monumento que se ha de hazer en la dicha yglesia mediante poder hecho los presentes dias mes e año y por el notario este testificante testificado hauiente poder etc de una parte e Juan de Ribera carpintero vezino de dicha ciudad de la otra las quales dichas partes dixeron que hacerca lo contenido en la infrascripta capitulacion hauia sido hecha su capitulation y concordia la qual tenian en sus manos y poder en paper escrita y porque era su voluntad aquella constasse por publico instrumento que daban y librabran y de hecho dieron y libraron aquella en manos y poder de mi dicho notario para que aquella leyesse recibiesse y testificasse la qual es del thenor siguiente capitulation y concordia etc inseratur pro ut in tali signo †

/53 r/ Capitulacion y concordia hecha tratada y concordada por et entre los señores Matheo Ros Juan Dañon Carlos Gan Diego Punzano [entre líneas: Pedro Baguer] procuradores y personas diputadas por el capitulo de vezinos y parrochianos de la parrochia de señor San Miguel de los Nabarros para las cossas tocantes al monumento que se ha de hazer en la yglesia de señor San Miguel de una parte y Juan de Ribera carpintero vezino de dicha ciudad de la parte otra acerca las cossas infrascriptas

Primo es pactado y concordado entre dichas partes que el dicho Juan de Ribera ensamblador a de hazer un monumento en la yglesia de señor San Miguel de los Nabarros en la capilla de Santi Espiritus con/53 v/forme a un modelo que esta en casa de mastre Juan de Go [ro] sabel carpintero y el dicho monumento a de salir afuera de la [tachado: di] pared de la capilla doze palmos o, treze para poner las columpnas principales y de alli adentro a de llebar la propia arte del dicho modello y las seys columpnas primeras al orden corintia y las demas adentro a la orden dorica y las molduras de los cuerpos de adentro an de ser corridas conforme al arte y la alquitraba friso cornixa y diffiniciones del cuerpo de medio ayan de ser molduras corribles y lo demas liso que es lo de afuera y en el sobrecielo de dentro donde a de estar el arqua del Sacramento [tachado: que aga un arco] a de quedar ochabado y /54 r/ aquel ochabo abierto con sus molduras a la redonda que correspondan a un quadro del dicho cielo y se a de hazer una arqua para el Sacramento lisa del tamaño que fuere menester la cubierta del primer cuerpo subida la escalera a de cargar sobre una architeria a la redonda para poner sus lampadas y este cielo a de ser hecho con unos artesones quadrados para pintar llanos con una moldura de un pulgar de recio y que dicho monumento a de estar edificado sobre una plantaforma [sic] y essa plantaforma a de estar asentada sin hazer ningun agujero en dicha yglesia excepto que las dos columpnas de afuera que sustentan la media naranja principal an de estar con sus pies /54 v/ drechos y para estos pies drechos se an de hazer agujeros en la tierra con sus encajes y a de estar armado con sus tornillos ganchos gafas de yerro que para darmar dicho monumento fuere menester lo a de dar dicho maestro acabado y parado conforme debe de estar para el domingo de Lacaro primero veniente deste año de mil quinientos nouenta y uno de tal suerte que aya de dar el dicho maestro el monumento al pintor como lo fuere hiziendo de manera que por culpa suya no este el pintor por acabarlo lo que esta obligado a dazer conforme a su capitulacion y si por culpa de /55 r/ dicho carpintero fuesse que para dicho dia no diesse el monumento acabado lo que a su parte toca tenga seis mil sueldos de pena aplicaderos a la parrochia

Ittem es pactado que dicho maestro aya de poner en el dicho monumento a sus costas quitado la madera y liencos guadamacil y pintura todo lo demas que son manos tornear erramienta clabos y cola

Ittem es pactado que los dichos procuradores y personas arriba nombradas an de pagar al dicho Juan de Ribera por hazer cumplir todo lo sobredicho mil y ochocientos sueldos jaqueses pagaderos como baya trabajando

/55 v/ Ittem es pactado que el dicho Juan de Ribera a de dar dicha obra en su perficion hecha y acabada conforme a esta capitulacion y modelo a conoscimiento de dos offficiales de su arte nombradero [s] por dichos procuradores y personas diputadas so las dichas penas

/56 r/ Et assi dada y librada la dicha capitula/56 v/tion y concordia en manos y poder de mi dicho notario y por mi ha ellos leyda de palabra a palabra las dichas partes y cada una dellas en los nombres sobredichos firmaron y otorgaron aquella et promettieron y se obligaron pagar tener serbar y cumplir lo contenido en dicha capitulacion y concordia et si por facerse pagar tener y cumplir etc expensas etc aquellas promettieron pagar etc a lo qual obligaron la una parte a la otra ad iuuicem et vice versa a saber es los dichos procuradores todos los bienes y rentas de dicha parrochia y el dicho Juan de Ribera su persona y todos sus bienes etc de los quales etc quisieron la presente obligation sea especial etc con clausulas de distraction manus injection propria authoritate precario constituto manifestacion inuentariation y apprehension prometieron assignar bienes etc quiso que fecha o, no fecha etc renunciaron etc sometieronse etc juraron por Dios de tener y cumplir etc large

Testes Juan de Pueyo y Juan Ardebol escuderos cessarauguste habitatores

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1591, enero, 27 Zaragoza

Mateo Ros, Juan Dañón, Carlos Gan, Diego Punzano y Pedro Baguer, procuradores del capítulo de vecinos y parroquianos de la iglesia de San Miguel de los Navarros de Zaragoza, capitulan con el pintor Felices de Cáceres vecino de la misma ciudad, la decoración pictórica del monumento pascual del dicho templo por 2.000 sueldos dineros jaqueses.

A.H.P.N.Z., Martín Martínez de Insausti, 1591, ff. 57 r-59 v.

Documento dado a conocer y parcialmente transcrito en ABIZANDA Y BROTO, M., 1932, pp. 36-37.

/58 v/ [Al encabezamiento: Die XXVII mensis januarii anno MDLXXXXI Cesarauguste]

[Al margen: capitulacion y concordia] Eadem die en presentia de mi Martin Martinez de Insausti notario publico de Çaragoça presentes los testigos infrascriptos comparecieron y fueron personalmente constituidos Matheu Ros Juan Dañon Carlos Gan Diego Punzano y Pedro Baguer procuradores y personas diputadas por el capitulo de vezinos y parrochianos de la parrochia del señor San Miguel de los Nabarros de dicha ciudad para las cossas tocantes al monumento que se ha de hazer en la yglesia de dicha parrochia mediante poder hecho en dicha ciudad los presentes dia mes e año y por /59 r/ el notario este testificante testificado hauiente poder etc de una parte y Phelizes de Cazares pintor vezino de dicha ciudad de la otra los quales dichas partes dixeron que hacerca la pintura que se ha de hazer en dicho monumento ha sido hecha su capitulation y concordia la qual tenian en sus manos y poder en paper escrita y porque era su voluntad aquella constasse por publico instrumento que daban y libraban y de hecho dieron y libraron aquella en manos y poder de mi dicho notario para que aquella leyesse recibiesse y testificasse la qual es del thenor siguiente Capitulacion y concordia etc inseratur pro ut in talis signo †

/57 r/ Capitulacion y concordia hecha tratada y concordada entre Matheu Ros Juan Dañon Carlos Gan Diego Punzano y Pedro Baguer procuradores y personas diputadas por el capitulo de vezinos y parrochianos de la parrochia del señor San Miguel de los Nabarros para las cossas tocantes al monumento se ha de hazer en la yglesia de San Miguel de una parte y Phelices de Cazeres pintor vezino de dicha ciudad de la parte otra acerca las cossas infrascriptas

Et primo es pactado y concordado entre dichas partes quel dicho Phelices de Cazeres ha de hazer todas las molduras corribles del monumento conforme la traza y el modelo han de ser de plata corlada lustrante entiendese las molduras corribles que son cornixas alquitrabes japiteles y tercios de las colunas y vassas con sus plentos entiendese molduras corribles tambien los papos y sobrecielos de maderamiento combenibles al dicho monumento y los florones que en los artesones habian de papos o, cielos de oro fino de sesa al olio lustrantes a conoscimiento de maestros peritos /57 v/ en el arte todos los frisos principales de blanco y negro conforme al arte requiere y los de dentro todos los colores finos con çerafines y angeles que digan a la misma obra todas las columnas principales de colores finas y blanco y negro donde fuere menester las columnas pequeñas de mas hadentro de las principales sehan de xazpez al olio con colores finas soplados todos los archetes hayan de tener sus çerafines encarnados al olio y doradas las halas con horo fino bruñido

Item los pedestrales de blanco y negro bien pintados a conozimiento de maestros peritos en el arte

Item que toda esta pintura y dorado fino como arriba se dize y plata corlada como arriba esta tratado haya de ser de tan buen lustre y tan buena pintura y debuxo y traza como lo es la del monumento de nuestra Señora del Pilar ha conoz/58 r/cimiento de dos buenos officiales que los dichos procuradores y nombrados quisieren donde no sehan tenidos ha pagar por dicha obra cossa alguna

Item que todo lo que mas se offreciere hazer en dicho monumento como arriba se dize y lienços pintados y assentados en las piezas que combiniere todo ello ha de ser ha su cargo del pintor y costas

Item es pactado que dichos procuradores y personas diputadas han de dar y pagar al dicho Phelizes de Cazeres pintor por hazer y pintar el dicho monumento como arriba se dize dos mil sueldos jaqueses pagaderos por todo el mes de mayo primero veniente deste presente año de mil quinientos nouenta y uno

Item es pactado que en caso que dicho Phelizes de Cazeres no diere hecha en su perficion dicha obra /58 v/ ha conoscimiento de dichos officiales nombrados por los procuradores y nombrados con tal quel carpintero le haya dado lo que a su cargo toca paral domingo de ramos tenga de pena y haya de pagar quatro mil sueldos jaqueses

/59 r/ Et assi dada y librada la dicha capitulacion y concordia en manos y poder de mi dicho notario y por mi lehida y hauida aquella por leyda y bien entendida las dichas partes y cada una dellas en los nombres sobre dichos dixeron que firmauan y atorgaban aquella y todas y cada unas cossas en aquella contenidas et promettieron y se obli/59 v/garon pagar tener serbar y cumplir lo contenido en dicha capitulation y concordia et si por fazerse pagar etc expensas etc aquellas promettieron pagar etc a la qual obligaron la una parte a la otra ad juuicem et viçeversa a saber es los dichos procuradores y personas diputadas todos los bienes y rentas de dicha parrochia y el dicho Phelizes de Cazeres todos sus bienes y persona assi mobles como sittios hauidos y por hauer donde quiere de los quales etc queremos la presente obligation sea especial etc con clausulas de distraction manus injection propria authoritate precario constituto manifestation inuentariation y apprehension et aun quiero yo dicho Phelizes de Cazeres que fecha o, no fecha etc prometieron asignar bienes etc renunciaron etc sometieronse etc juraron por Dios etc de tener y cumplir etc large fiat

Testes Juan de Pueyo y Juan Ardebol escuderos Cesarauguste habitatores

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1591, febrero, 4 Zaragoza

Juan de Ribera (carpintero vecino de la ciudad de Zaragoza) presenta como fianza para la construcción del monumento pascual de la iglesia de San Miguel de los Navarros de la misma ciudad a Pedro Torrero, fustero vecino de la misma.

A.H.P.N.Z., Martín Martínez de Insausti, 1591, f. 56 r.

Die quarto mensis februarii anno MDLXXXXI Cesarauguste eadem die Juan Ribera dio por fianca y principal pagador tenedor y cumplidor con el y sinse el y a solas a Pedro Torrero fustero vezino de Caragoça presente el qual vista la presente capitulacion tal fianca y principal pagador tenedor y cumplidor con el dicho Pedro Torrero se constituyo deuidamente y segun fuero a lo qual obligo su persona y bienes con todas las clausulas aquestas en la liberacion de la presente capitulacion large

Testes Miguel Murcia y Pedro Albarez Cesarauguste habitatores

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1591, abril, 6 Zaragoza

El pintor Felices de Cáceres otorga haber recibido de Mateo Ros, procurador de la parroquia de San Miguel de los Navarros de Zaragoza los 2.000 sueldos en que se había ajustado la pintura del monumento pascual del templo.

A.H.P.N.Z., Martín Martínez de Insausti, 1591, f. 58 r.

Die VI mensis aprilis anno MDLXXXXI Cesarauguste eadem die Phelices de Caceres pintor otorgo hauer recibido de Mateo Ros procurador mayor de la parrochia de San Miguel dos mil sueldos que estaba obligado a pagarle por esta capitulacion y otorga apoca

Testes Pedro de Salacar y Pedro Ariño Cesarauguste habitatores

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1596, septiembre, 8 Zaragoza

Juan Romeo, Martín de Peña y Juan Montañés, personas designadas por el capítulo de parroquianos de la iglesia de Nuestra Señora de Altabás de Zaragoza capitulan con Antonio Galcerán, pintor vecino de la misma ciudad, la construcción y decoración pictórica de un monumento pascual para el templo a cambio de 205 libras y los restos del monumento viejo.

A.H.P.N.Z., Juan Moles, ff. 983 v-984 v, además de un pliego s. f. con el tenor del acuerdo.

Documento dado a conocer y transcrito en MORTE GARCÍA, C., 1986, doc. n° 2, pp. 207-209, y en SAN VICENTE PINO, Á., 1991 (I), doc. n° 439, pp. 536-538

[Al margen: Capitulacion] Eadem die et loco ante la presencia de mi Joan Moles notario y de los testigos infrascriptos comparezieron y fueron personalmente constituydos de la una parte Joan Romeo mayor Martin de Peña y Joan Montañes como parrochianos nombrados por el capitulo de la parrochia de Nuestra Señora de Altabas para este casso y de la parte otra Antonio Galceran pintor vezino de la dicha ciudad los quales dixeron que entre ellos tenian tratado pactado y concordado acerca lo infrascrito una /984 r/ capitulacion y concordia la qual dieron y libraron en poder y manos de mi dicho notario la qual es del tenor siguiente

Inseratur

/Pliego independiente/ Capitulacion hecha por Juan Romeo mayor Martin de Peña y Juan Montañes como paroquianos nombrados por el capitulo de la paroquia de Nuestra Señora de Altabas para este caso de la una parte acerca de la traza y pintura que dicho Anton de Galçaran toma a su cargo de hazer para dicha yglesia de Nuestra Señora de Altabas que es la siquiente

Primeramente dicho Anton Galçaran toma a su cargo de hazer un monumento para dicha yglesia conforme a una traza que en su poder tiene firmada de los sobredichos Joan Romeo mayor Martin de Peña y Joan de Azlor en lugar de Joan Montanes que dixo no sabia escribir que todas estas firmas estan a las espaldas de dicha traza y dicho monumento ha de ser como aqui se sigue y la traça señala

Los dos sotabancos que la traça señala han de ser de madera juntamente con los lados que comprehenden el monumento de la parte de afuera sobrepuestas las molduras y corridas de bulto

Assi mesmo las vasas de las columnas y plintos hayan de ser todo de madera torneados y las cañas de las columnas asi mesmo sean de madera aunque guecas y de piezas a modo de un poçal y vasteçidas de lienzo con cola fuerte todas a la redonda

Assi mesmo los chapiteles de dichas columnas todas hayan de ser de madera y corintios con hoja de lengua de baca

Asi mesmo los quatro pedestrales de las columnas principales hayan de ser de tablas con las molduras y vasas lisas y finxidas de pintura

Assi mesmo las dos hordenes de balagostes han de ser las vasas y cornixas corridas de madera y los valagostes torneados de madera y los dos lienços de los dos lados en que se han de pintar las dos ystorias esten basteçidos con sus marcos con sus molduras

Assi mesmo la cornixa prinçipal ha de tener el alquitrabe y cornixa de tabla lisa y fingidas de pintura y el papo de dicha cornixa haya de ir hecho en arteson con unos aobados que se puedan canpir de azul

Assi mesmo los remates de arriba como es el frontespiçio y las figuras han de estar sobre tablas llanas y apegado el lienço encima y cortado por el perfil de las figuras como es de costumbre en todos los demas monumentos

Assi mesmo el llano de la cornixa este con seguridad suficiente para subir a poner las lumbres en el friso

/v/ Assi mesmo todo el bastimento que haze cubierta al monumento ha de ser de bastante cuerpo para latura del y toda la bobeda que cubre el monumento ha de ser de dos hechuras de guadamazil la nabada principal de brocado con un perfil y los lados de borra de grana

Assi mesmo a la parte de adentro los traspilares que hazen razon con las columnas prinçipales hayan de ser de tabla y serbiran de bastidor para el lienço que ha de haber para pintar las figuras que la traza señala

Assi mesmo se ha de hazer mas adentro un altar sobre dos gradas en que este el arca del Santo Sacramento y en las dos paredes que hara este gueco se haran dos figuras de pinturas en sus lienços y la bobeda de dicho gueco sera asi mesmo arqueada algo redonda

Assi mesmo dicho monumento se ha de pintar de la forma y manera siguiente

[Al margen: Verniçado al olio] Primeramente las vasas y cornixas de los sotavancos los plintos y vasas y chapiteles de las columnas y las rosas que dibiden el terçio de dichas columnas y las vasas y cornixa de los valagostes y las molduras de las dos ystorias de los lados todo lo sobredicho se ha de hazer de plata corlada que pareçe oro

Assi mesmo las fronteras de los sotabancos han de ir pintadas unas targas y en los lados del afuera unos jazpes entre sus conpartimentos y en los pedestrales de las columnas iran pintadas figuras en las fronteras y los lados en todos los que hubieren de goçarse con la vista mirandolos desde las gradas del monumento y dichas figuras seran unos profetas o las figuras que se le mandare pintar

Assi mesmo en los tercios de las columnas han de ir pintados unos niños con instrumentos de la Pasion rebestidos y del tercio de arriba han de ir dichas columnas astriadas de pintura sobre color de jazpe

Assi mesmo los balagostres de adentro iran jazpeados de varias colores y todo lo sobredicho asta aqui a de ser pintado al temple de todas colores y vernizado al olio y lo que de aqui avaxo se dixere no a de ser sino solo al temple bien acabado y perfecto

[Al margen: Temple] Assi mesmo en la cornixa por donde se veran las lumbres se han de pintar unos rostros de los apostoles sobre paper como se usa en otros monumentos

Assi mesmo la cornixa y alquitrabe prinçipal se ha de pintar de blanco y negro con todo el frontispicio de arriba y las figuras que en dicho frontispicio ha de haber segun la traza seran de colores

/r/ Assi mesmo se ha de hazer dos lienços para detras de los balagostes pintados de un color que parezca bien y encima en los lados del cuerpo principal del monumento ha de pintar dos istorias en dos lienços de blanquo y negro y han de ser el prendimiento y azotamiento de Cristo

Assi mesmo en todo el bastimento del trecho ha de pintarlo con unos roleos o choçalos de diferentes colores

Assi mesmo los traspilares que bienen adentro han de ir rebestidos de colores grotesco y dos euangelistas pintados de colores entre dichos traspilares en cada parte

Assi mesmo en los lados de la capilla donde estara el arca ha de pintar dos angeles con algunos ynstrumentos de la passion y el techo ira pintado de azul fino y estrellas de oro

Assi mesmo en la frontera ha de pintar un niño Jesus de colores con sus serafines y el arca del Santo Sacramento ha de pintar de azul y estrellas de oro de dentro y fuera de jaspes la qual ha de hazer nueba y acomodada al lugar con su llabe y cerraxa como conbiene

Assi mesmo ha de procurar dicho Anton Galçaran si se pudiere hazer dos lumbreras en cada parte de la capilla del Santo Sacramento de hazerlas al modo de las otras de la cornixa

Assi mesmo dos piramides que bienen sobre la cornixa prinçipal que dicha traça señala ha de hazerlas de tablas llanas y pintarlas de jazpe y verniçarlas como arriba con las pomas de plata corlada

Assi mesmo el lienço de las dos ystorias y de los euangelistas y de los angeles de al lado de la capilla y el que ba tras los balagostes todo esto lo ha de hazer de un lienço sobre triado nuevo y todo lo que apegue a la madera ha de ser del que se le da en el despoxo del monumento viejo

Assi mesmo los guadamaciles han de ser todos los que en dicho monumento se metieren nuebos y buenos a contento de dichos parroquianos nombrados

Assi mesmo la midida de dicho monumento ha de tener quatorce pies de los del dicho Antonio Galçaran de ancho y de ondo otros tantos y la alteça ha de ser conforme y a proporcion de lo ancho que tiene dicho monumento segun el arte lo pide y si por lo que a la yglesia conbiniere fuere necesario hazer dos pies mas no por eso se ha de ynobar otro precio mas del que aqui en la presente capitulacion se mete

Assi mesmo despues de acabado y asentado que este dicho monumento en la yglessia de nuestra señora de Altabas en la parte que dichos nombrados le señalaren a dicho oficial si fuere de su gusto de dichos nombrados se reserban y dicho Antonio Galçaran /v/ les da lugar para hazerlo que puedan llamar dos oficiales peritos en el arte para que conoscan y vean no solo si dicho Anton Galçaran ha cumplido con su obligacion sino tambien conoscan si vale dicha obra la cantidad concertada abaxo con dicho ofiçial y si no lo valiere lo que menos balga se le desfalque del concierto avaxo hecho y si hubiere mexoras no sean obligados dichos nombrados a pagarle mas de lo concertado por obligaçion

Assi mesmo dicho Anton Galçaran se obliga y promete dar hecho acabado y parado dicho monumento en la parte y lugar que se le señalare por dichos nombrados dentro de la paroquial yglesia de Nuestra Señora de Altabas para el dia y fiesta del domingo de Lazaro primero viniente desta quaresma del año venidero de mil quinientos y nobenta y siete en pena de doscientas libras jaquesas aplicaderas para gastos de dicha yglesia conforme a la presente capitulacion y la traça que tiene firmada como dicho esta arriba por dichos nombrados

Assi mesmo dichos Joan Romeo mayor Martin de Peña Joan Montanes le dan en paga de dicho monumento acabado y puesto de la forma y manera arriba dicha a saber es todo el despoxo del monumento viejo de dicha yglessia y doscientas y cinquo libras jaquesas en esta forma y manera las cien libras luego de contado las quales el dicho Anton Galçaran en su poder otorga haber recibido y por la verdad otorga el presente albaran y las ciento y cinquo que restan para en fin de pago de dicho dinero el veinte y quatreno dia del mes de decienbre del año venidero de mil y quinientos nobeinta y siete y el despoxo del monumento viejo luego el mesmo dia que la presente capitulaçion se testificare por un notario de caxa de Caragoça el qual asi mesmo en su poder otorga haber recibido y otra cosa alguna no se le ha de dar por obligaçion por darlo hecho y acabado dicho Anton Galçaran dicho monumento como dicho es en dicha capitulaçion

E assi dada y librada la dicha preinserta capitulacion y concordia las dichas partes y cada una dellas prometieron respectiuamente pagar tener y cumplir todo lo que a cada una dellas toca y le perteneze y le tocara y pertenezera pagar tener y cumplir por virtud de aquella etc e si por contrauenir etc expensas conuendra hazer etc aquellas prometieron pagar etc repectiuamente etc so obligacion de sus personas y todos sus bienes y de cada uno dellos etc de los quales los muebles quisieron aqui haber et hubieron por nombrados etc y los sitios por confrontados etc y todos por especialmente obligados etc la qual obligacion quisieron sea especial etc y surta etc en tal manera etc con las clausulas de precario constituto /984 v/ aprehension manus injection emparamiento et similibus etc renunciaron sus juezes y de cada uno dellos etc sometieronse etc fiat large

Testes qui supra proxime nominati

32

1597, abril, 17 Zaragoza

Acabado el monumento pascual de la iglesia parroquial de Nuestra Señora de Altabás de Zaragoza, los procuradores de la misma se muestran descontentos con el trabajo realizado por Antonio Galcerán y, haciendo valer los derechos que les confería la capitulación que suscribieron con él para construirlo el 6 de septiembre de 1596, solicitan el concurso de los pintores Silvestre de Estanmolín y Pedro Sánchez de Ezpeleta y de los fusteros Juan de Gorosabel y Juan de Oliver para que valorasen lo realizado por este artista.

A.H.P.N.Z., Juan Moles, 1597, ff. 422 v-424 r

Documento dado a conocer y parcialmente transcrito en MORTE GARCÍA, C., 1986, doc. n° 3, p. 209.

[Al margen: Nominacion] Eadem die et loco nosotros Joan Romeo mayor en dias Martin de Penya y Joan Montanyes tintureros vezinos de la çiudad de Çaragoça attendientes y considerantes como parrochianos nombrados por el capitulo de la parrochia de Nuestra Señora de Altabas hauer hecho tractado y concordado una capitulacion y concordia con Antonio Galceran pintor vezino de la dicha ciudad de Caragoca acerca la traza y pintura del monumento que dicho Antonio Galceran habia de hazer para la yglesia de Nuestra Señora de Altabas la qual dicha concordia entre otros capitulos hay uno del tenor siguiente

Assi mesmo despues de acabado y asentado que este dicho monumento en la yglesia de Nuestra Señora de Altabas en la parte que dichos nombrados les señalaren a dicho offiçial si fuere de su gusto de dichos nombrados se reserban y dicho Anton Galceran les da /423 r/ lugar para hazerlo que puedan llamar dos officiales peritos en el arte para que conozcan y bean no solo si dicho Anton Galceran ha cumplido con su obligacion sino tambien conozcan si bale dicha obra la cantidad concertada abaxo con dicho official y si no lo baliere lo que menos balga se le desfalque del concierto abaxo hecho y si hubiere mejoras no sean obligados dichos nombrados a pagarle mas de lo concertado por obligacion

Segun que lo sobredicho y otras cosas mas largamente consta y parece por el instrumento de capitulacion hecho a ocho dias del mes de setiembre del año proxime pasado de mil quinientos nouenta y seys y por Juan Moles notario publico del numero de la dicha ciudad el presente testificante reciuido y testificado attendientes y considerantes assimesmo el dicho Antonio Galzeran hauer hecho dicho monumento y a nosotros dichos Juan Romeo Martin de Peña y Joan Mon/423 v/tañes pareçernos que dicho Anton Galzeran no ha cumplido con lo que por dicha capitulacion y concordia es tenido y obligado por tanto juxta la facultad en dicha capitulacion y concordia a nosotros dada y reseruada en el dicho nombre de grado etc nombramos para tasar la pintura y dorado del dicho monumento y reconocer si ha cumplido dicho Antonio Galceran conforme a la traza que nos dio de dicho monumento y capitulaçion arriba calendada a Silbestre de Estanmolin y a Pedro Sanchez de Ezpeleta menor en dias pintores vezinos de la dicha ciudad de caragoca y para tasar la madera y hechuras del dicho monumento y para reconoçer si ha cumplido conforme a las dichas traça y capitulacion a Juan de Gorosabel y a Juan Oliber fusteros vezinos de la dicha çiudad de Caragoca /424 r/ a los quales respectiuamente conformes damos poder y facultad de tasar y que tasen dicho monumento y que reconozcan aquel juxta Dios y sus consciencias y que hagan verdaderas relaciones mediante instrumento en poder de notario publico y lo demas que en y para ello conuiniere y fuere necessario ex quibus etc

Testes qui supra proxime nominati

33

1597, abril, 18 Zaragoza

A petición de los procuradores de la parroquia de Nuestra Señora de Altabás de Zaragoza los pintores Silvestre Estanmolín y Pedro Sánchez de Ezpeleta y los fusteros Juan de Gorosabel y Juan de Oliver proceden a tasar los trabajos realizados por el pintor Antonio Galcerán en el monumento pascual de dicho templo.

A.H.P.N.Z., Juan Moles, 1597, ff. 425 v-430 r.

Documento dado a conocer y parcialmente transcrito en MORTE GARCÍA, C., 1986, doc. n° 4, pp. 210-211.

[Al margen: Declaracion] Eadem die et loco nosotros Silbestre de Estanmolin y Pedro Sanchez Dezpeleta pintores, Joan de Gorosabel y Joan Oliber fusteros todos vezinos de la çiudad de Caragoca attendido y considerado Juan Romeo mayor en dias Martin de Peña y Juan Montañes vezinos de la dicha ciudad de Caragoca juxta la facultad que por virtud de una capitulacion y concordia hecha pactada y concordada entre ellos [tachado: dichos Silbestre de Estanmolin Juan Romeo mayor] y Antonio Galceran acerca del hazer y dar hecho un monumento para la yglesia de Nuesta Señora de Altabas [entre líneas: tienen] habernos nombrado para tasar y reconosçer dicho monumento y esto con el poder y conforme y de la forma y manera que en el instrumento de dicha nominacion se contiene el qual queremos aqui haber et habemos por puesto y expressado, bien assi como si de palabra a palabra puesto y expresado fuese que fecho fue en la dicha /426 r/ dicha ciudad de Caracoca a diez y siete dias de los presentes mes de abril y año mil quinientos nouenta y siete y por Juan Moles notario el pressente testificante resciuido y testificado por tanto nosotros dichos Silbestre Destanmolin Pedro Sanchez Dezpeleta, Juan de Gorosabel y Juan Oliber dezimos que depues de habernos juntado algunas vezes para ver y reconocer dicho monumento y haber visto y reconocido aquel para la tasacion y reconocimiento de aquel habiamos de hazer pasado y confabulado, entre nosotros todo lo que para hazer dicha tasacion y reconocimiento con todo descargo nuestro juzgando lo que cada una cosa vale y su justo precio y lo que falta que juxta Dios y nuestras consciencias debiamos juzgar tassamos nosotros dichos Silbestre Destanmolin y Pedro Sanchez Dezpeleta lo que a nuestra parte toca y es de nuestra arte lo siguiente

Insertur sub tali sig+no

/427 v/ † Visto y reconoscido el monumento de Nuestra Señora de Altabas por mandado de los señores mayordomos o parroquianos, por nosotros Siluestre Estramolin y Pedro Sanchez de Ezpeleta pintores, en lo que toca a la pintura y dorado lo que vale es lo siguiente

Primeramente nos paresce que vale la corladura de plata que es lo que paresce oro, de todo el monumento assi de capiteles bassas pedestales y molduras, veinte escudos 20 libras

La pintura de las figuras de los pedestales que son los prophetas valen por lo menos catorce escudos 14 libras

Mas los dos cartones grandes de la frontera y pie del monumento valen por lo menos ocho escudos 08 libras

Mas la pintura de las colunas redondas de angeles y estriadas valen ocho escudos 08 libras

Mas los dos lienços grandes de blanco y negro de los lados [tachado: y los dos angeles y el Dios Padre con el cielo del Jesus valen por lo menos] [entre líneas, con otra tinta: lo de adentro donde esta el Dios Padre y los angeles no se tassan porque estan en lienço viejo y no estar en bobeda el cielo conforme lo reza la capitulacion]

Mas los quatro Euangelistas que estan en medio de los traspilares poniendoles sus tablas por detras, o hazerlos en lienzo nueuo 10 libras

Mas la pintura del frontispico de encima del monumento vale 06 libras

/430 r/ En lo que toca a la bobeda y cielos de los lados del monumento por ser de guadamaziles cossa que no es de nuestro profession [sic] no lo podemos juzgar

Mas la pintura del friso en los redondos y papos de cornija por dentro y fuera, y los jaspes del lado hazia el altar mayor valen 25 libras

Mas valen las tres piramides de pintura y sus mançanas corladas 02 libras

Mas vale la pintura jaspeada de los balagostes veynte y cinco reales 02 libras 10 sueldos

Mas nos paresce que poco mas o menos siendo el lienço nueuo que a gastado en las pinturas y en todo lo demas del monumento, assi en las colunas como en quadros y en lo que se aura offrescido puede valer [tachado: 10 libras]

Memoria de lo que conforme a la traça del dicho monumento y obligacion conforme a la capitulacion esta obligado a cumplir lo qual no tassamos y son faltas 196 libras 10 sueldos

Primeramente la boveda de encima del arca del Santisimo Sacramento auia de ser arqueada segun lo reza la capitulacion 95 libras 10 sueldos

Las basas de las colunas redondas estan muy mal corladas

Los brutescos de los traspilares es necesario se pinten mejor

/427 r/ tambien se aduierte que faltan los lienços que se an de poner detras de los balagostres el cielo de encima del arca del Santisimo Sacramento a de ser de azul fino y estrellas de oro, y la propia arca del Santisimo Sacramento a de estar pintada de azul fino y estrellas de oro

La historia de blanco y negro de la oracion del huerto, auia de ser el prendimiento

Lo que es Dios Padre conforme la capitulacion auia de ser niño Jesus con sus seraphines alrededor de colores

Yo Pedro Sanchez de Ezpeleta digo que justa mi conçiencia esta bien reconoscido todo el sobre dicho monumento y bien y justamente lo tasado

Io Silberio Deestanmolin digo que yusta mi conciencia esta bien reconoscido todo el sobre dicho monumento

/426 v/ Y nosotros dichos mossen Juan de Gorosabel y mase Juan Olibar tassamos lo que a nuestra parte toca y es de nuestra arte lo siguiente

Inseratur sub tali sig/000/no

/429 r/ La tassacion que masse Joan de Corosabel y masse Joan Oliber fusteros de la madera y manos [entre líneas: de aquella] del monumento de Nuestra Señora de Altabas es la siguiente

Primeramente por las quatro columnas redondas todas enteras con sus pedestrales capiteles y vassas en 44 libras

Item de los cielos de encima de las columnas en 14 libras

Item del remate del lado en 12 sueldos

Item de los quatro traspilares en 8 sueldos

Item del sobrecielo de medio 3 sueldos

Item del remate de delante 1 libra 16 sueldos

Item de los quadros de los lados 4 libras

Item de los pedestrales de debaxo el monumento 5 libras

Item de dos palos con sus quairias para las gradas 10 sueldos

Item por los balagosteados que son dos para los lados 4 libras

/ 428 v/ Item por dos tablones con su trabesaño que recibe el tablado del monumento 1 libra

Item por las tres piramides de las bolas 1 libra

Suma todo lo que ay tassado 86 libras 18 sueldos

Lo que falta conforme a la capitulacion y traca de dicho monumento es lo siguiente lo qual no se tassa sino solo se adbierte que es lo siguiente

Primeramente falta en la capilla del Santisimo Sacramento un arco redondo con sus pilastroncicos conforme al de la traça y encima del arco que corra cornixa alquitrabe y frisso como es aora de lienco ha de ser de madera que conforme con los lados

Item los chapiteles y vassas de los traspilares se han de hazer de modo que conformen con los dos pilares redondos

Item en el papo de la cornixa faltan unos aobados como reça la capitulacion

Item en el llano de la cornixa falta una tabla en cada parte para que este con siguridad para meter las lumbres

/429 v/ Item en el cielo de encima el arca del Santisimo Sacramento falta segun la traça un ochabado o, bobeda de la manera que parezca bien

Item el pedestral del monumento se ha de anadir asta el suelo

Item el tablado del monumento falta con las escaleras y el tablado de la capilla con sus dos escaleras

Item en los pies derechos ay uno remendado que se ha de mudar con otros que dizen si fuere assi que estan quexados

/430 v/ Todo lo qual dezimos que so el cargo de juramento que tenemos prestado es la legitima estimacion y tasacion de lo arriba inserto ex quibus etc

Testes Martin Joan Pertusa notario real y Gaspar Alegre escribano Cesarauguste habitatores

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1599, agosto, 6 Zaragoza

Juan Miguel Orliens, mazonero vecino de la ciudad de Zaragoza, otorga haber recibido de los jurados de la villa de Almudévar (Huesca) 800 sueldos a cumplimiento y fin de pago de la obra que había realizado en el monumento pascual de dicha localidad.

A.H.P.N.Z., Pablo Villanueva, 1599, f. 1.020 v.

Documento referenciado en MORTE GARCÍA, C., 1986, p. 195, nota n° 1.

[Al margen: Albaran] Eadem die yo Joan Miguel Orleans maçonero vezino de la ciudad de Caragoça atorgo hauer resciuido de los jurados de la villa de Almudebar ochocientos sueldos jaqueses a cumplimiento y fin de pago de una obra que hize en el monumento de dicha villa y porque dicha cantidad me tengo por contento y pagado con la renunciaçion deuida otorgo el presente publico albaran

Testes qui supra proxime nominatis

35

1606, octubre, 9 Zaragoza

Martín Ochoa de Guiliz, infanzón domiciliado en Zaragoza y obrero de la iglesia parroquial de San Pablo de la misma ciudad capitula el plateado y la corladura del monumento pascual de dicho templo con el pintor Miguel Abejar por 135 libras jaquesas.

A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1606, ff. 828 r-829 r, además de un pliego s. f. con el tenor del acuerdo.

[Al encabezamiento: Die nono mensis octobris anno MDCVI Cesarauguste]

[Al margen: Capitulacion] Eadem die ante la presençia de mi el notario y testigos inffraescritos comparescieron y fueron personalmente constutuidos los muy magnifico y honorable /828 v/Martin Ochoa de Guiliz infançon mercader domiciliado en la ciudad de Çaragoça como obrero que es de la iglessia y parrochia de señor Sant Pablo de la dicha ciudad de una parte et Miguel Auejar pintor vezino de la mesma ciudad de la parte otra las quales dixeron que açerca de las cossas en la abaxo inserta capitulacion specifficadas y que el dicho Miguel Abejar a de hazer en el monumento que la dicha yglesia y parrochia haze para la dicha yglesia hauian hecho y pactado una capitulacion y concordia la qual dieron y libraron en poder y manos de mi dicho notario presentes los dichos et inffraescritos testificado la qual es la que se sigue

/Pliego independiente/ Capitulacion y concordia echa entre Martin Ochoa de Guiliz obrero de la yglessia del señor San Pablo de Caragoca de la una parte y Miguel Abejar pintor de la misma çiudad de la otra

Ittem es pactado y concertado entre dichas partes que dicho Martin Ochoa obrero sobredicho con poder y facultad que tiene de dicha parroquia da a estajo a dicho Miguel Abejar pintor el corlar todas las basas molduras alquitrabes follajes y rossas y todas las demas cossas conbinientes que neçesario seran hazer en el monumento nuebo de dicha yglesssia

Ittem es pacto y conçierto que dicho Miguel Abejares [palabra tachada ilegible] aya de aparejar toda la obra de dicho monumento en perfeçion para que el pintor, o, pintores no tengan que hazer en el sino tan solamente pintar eceptado los lienços que estaren rebestidos en las colunas y en qualquiera otra parte que los hubiere de haber por manera a de quedar de suerte y manera que sea a gusto de dicho Martin Ochoa y del pintor, o, pintores que el porna para el conoçimiento de todo ello y no estando como se dize en perfeçion lo aya de bolber dicho Abejar a hazer de nuebo a sus costas asta y en tanto que dicho Martin Ochoa este satisfecho de las personas que el nombrare esta bien aparejado

Ittem es condiçion que todo lo que fuere neçesario corlar en dicho monumento lo aya de hazer de buen aparejo fino y firme y despues plateado con fina plata y despues corlarlo de suerte y manera que quede en su perfeçion de color de oro a contento como arriba se dize de dicho Martin Ochoa de Guiliz o del ofiçial, o, ofiçiales peritos en dicho arte puestos y nombrados por su parte de dicho Martin Ochoa

Ittem es condiçion que dicho Miguel Abejar no pueda pidir ni alcancar en tiempo alguno por ningun titulo que pensar ni ymaginar se pueda ni en otra qualquiere manera por caussas ni razones cogitadas ni yncogitadas en respecto de dicha obra mejoras algunas ni dicho Martin Ochoa de Guiliz obrero sobredicho este obligado a darle mas de lo que por dicha capitulaçion esta pactado y concordado

/v/ Ittem es condiçion que dicho Miguel Abejar aya de poner luego la mano en dicha obra con mucho cuydado por razon si el buen tiempo se passa no se podra pintar el qual este obligado no partir mano del y si acasso por su ocasion de no darlo aparejado ni corlado por no poner con cuydado que seria razon dejaren de trabajar los pintores y por respecto suyo no se dare acabada la obra para el domingo de Ramos primero biniente del año de mil y seysçientos y siete tenga por pena çinquenta ducados llebaderos sin remision alguna para los pobres de dicha parrochia de San Pablo

Ittem es condiçion que yo dicho Miguel Abejar pintor sobredicho otorgo de hazer y cumplir la dicha obra segun y de la manera que consta por la sobredicha capitulaçion y en ella se contiene a contento de dicho Martin Ochoa de Guiliz obrero de dicha yglessia del señor San Pablo, o, de la persona, o, personas peritos en dicho arte puestos de su parte con esto y empero que dicho Martin Ochoa de Guiliz me aya de pagar por el corlar y aparejar todo el monumento çiento y trenta y çinco libras jaquesas pagaderas desta manera en tres pagas yguales las quarenta y y çinco libras dellas para el primero dia del mes de nobiembre proximo y las otras quarenta y çinco libras acabada dicha obra en perfeçion a contento y las otras cuarenta y cinco libras restantes para fin del mes de deziembre del año proximo benidero de mil y seyscientos y siete y por la verdad y seguridad de entrambas partes hizimos el presente cartel para lo qual tener serbar y cumplir lo que a cada uno de nosotros toca lo firmamos de nuestras manos en Çaragoça a nuebe de octubre de mil y seysçientos y seis

Yo Martin Ochoa de Guiliz obrero de la yglessia del señor San Pablo prometo cumplir lo que a mi parte toca en dicha capitulazion

Y yo Miguel Auejar pintor prometo cumplir todo lo que a mi parte toca en dicha capitulacion

/r/ Capitulaçion y concordia echa

/v en blanco/

/829 r/ Et assi dada y librada la dicha y preinserta capitulacion y concordia en poder y manos de mi dicho notario presentes los dichos et inffraescritos testigos segun dicho es et queriendola yo dicho notario leher las dichas partes y cada una dellas dixeron y respondieron que [tachado: por estar certificadas] prometian y se obligaban prometieron y se obligaron de tener y cumplir lo que a cada una dellas toca y se esguarda hauer de hazer tener y cumplir a lo qual obligaron a sauer es el dicho Martin Ochoa de Guiliz como obrero sobredicho todos los bienes y rentas de la dicha obreria et el dicho Miguel Avejar su persona y todos sus bienes assi muebles como sitios etc de los quales los muebles etc y los sitios etc en tal manera etc con clausulas de execucion precario constituto aprehension inventariacion manifestacion renunciaron etc sometieronse etc et el dicho Miguel Abejar quiso que fecha, o, no fecha etc

Testes Juan de Setien et Gaspar Soldevilla escribientes habitatores Cesarauguste

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1606, octubre, 20 Zaragoza

Martín Ochoa de Guiliz, infanzón domiciliado en Zaragoza y obrero de la iglesia parroquial de San Pablo de la misma ciudad contrata con los pintores Rafael y Miguel Pertús la decoración pictórica del monumento pascual de dicho templo por 300 libras jaquesas.

A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1606, ff. 864 v-866 r, además de un pliego s. f. con el tenor del acuerdo.

[Al margen: Capitulaçion] Eadem die ante la presençia de mi el notario y testigos inffrascritos comparescieron y fueron personalmente constituydos Martin Ochoa de Quiliz infançon domiciliado en la ciudad de Caragoça como obrero que es de la iglesia y parrochia de señor Sanct Pablo de la mesma ciudad en el año presente de mil seis/865 r/cientos y seis de una parte Rafael Pertus y Miguel Pertus pintores vezinos de la mesma ciudad de la parte otra las quales dichas partes dixeron que azerca de una pintura y otras cossas que los dichos pintores an de hazer en el monumento de dicha iglesia habian hecho y pactado una capitulacion y concordia la qual dieron y libraron en poder y manos de mi dicho notario presentes los dichos et inffrascritos testigos la qual es la que se sigue

/Pliego independiente/ Capitulaçion y concordia hecha entre Martin Ochoa de Quiliz obrero de la yglessia del señor San Pablo de Çaragoça de la una parte y Rafael Pertus y Miguel Pertus pintores de la misma ciudad de la otra

Ittem es pactado y conçertado entre dichas partes que dicho Martin Ochoa de Quiliz obrero sobre dicho con poder y facultad que tiene de dicha parochia da ha estajo a los sobredichos Raphael y Miguel Pertus pintores de dicha çiudad [palabras tachadas] para que ayan de pintar y pinten el monumento de dicha yglessia del señor Sant Pablo de la manera y suerte que en dicha capitulaçion se contiene por cabos

Ittem el pinto prinçipal de abajo a de ser de blanco y negro con la cornixa de ariba tiradas sus molduras en la misma bassa y cornixa como se dize de blanco y negro

Ittem en los campos fronteros de los mesmos pedestales a de auer hechos unos tarjones con unos muchachos y otro modo de pintura para ynchimiento del frisso con su obado en medio y en este obado aya una ystoria la que pareçiere bien y esto todo de colores finos

Ittem en los dos lados de la escalera prinçipal conssiga el propio frisso de suerte aga razon a lo frontero

Ittem en las quatro colunas prinçipales que ban revestidas de lienço essas bayan pintadas de blanco y negro conpartidas en cada una de las colunas en la parte de las fronteras tres figuras con ynsignias de la Passion y en el campo que quedare en toda coluna sea rebestida de algun brutesco como mas conbenga

Ittem en el alquitrabe de la cornixa prinçipal con su frisso y cornixa bayan tiradas de blanco y negro desta manera que el papo de la paloma de ariba baya fulleteado y en el alquitrabe adonde ay unas gotas baya echo unas quentas por el un terçio y ariba cabo el filete baxo de dicho filete baya tambien fulleteado

Ittem el papo de la corona baya un artessonado de colores

Ittem en el frisso aya unos tirilifos essos an de ser de corladero con las gotas de abaxo

/v/ Ittem el banco que assientan los remates bayan echos unos conpartimientos de obado, a, obado y esto a de ser de colores finos

Ittem dos choçolos a remates que dicha obra llebare al lado de tres figuras que dicho remate haze essas bayan de blanco y negro y las dichas tres figuras bayan de colores finos pintadas en las tablas que son cortadas dichas figuras

Ittem las ocho pilastras prinçipales que resçiben el cuerpo prinçipal en todos los frissos fronteros y lados bayan pintados sus candeleros de alto abajo de colores finos a modo de brutesco

Ittem en las quatro cartelas que resciuen el cuerpo y cargan en dichas pilastras an de ser todas de plata corlada hiziendo en la frente dellas unas ojas escureçidas que parezcan de rellebe

Ittem las rossas y florones que estan en las caxas del plafon an de ser de plata corlada

Ittem en los dos frissos alto y bajo en las partes fronteras an de yr unos niños echados que tengan algunos taxonçicos y en medio los tajonçicos algunas ynsignias de la Passion o bien otra cossa que mejor pareçiere y esso a de ser todo de colores finos lo que mejor pareçiere en dichos frissos

Ittem en los campos del papo del plafon de ariba essos bayan de azul fino

Ittem en los tres fressos de las tres caxas principales essos bayan echos unos brutescos de colores finos

Ittem en los papos de los dichos frissos bayan echos unos compartimientos con otras cossas que conbengan para el dicho papo para enchimiento de todo ello de colores finos

Ittem las colunas que estan en el primer cuerpo con las otras que ariman a las paredes las redondas an de yr corladas capitel y bassa y caña de medio y encima esta corladura baya un brutesco estofado al olio y en las que afirman a las paredes essas bayan rebestidas al temple de colores finos

Ittem en los pedestales de las colunas que afirman a las paredes que ban çerrados de tablas a esso agan unos compartimientos de blanco y negro en campo de color de oro

/r/ Ittem en las cubiertas de las capillas bajas de los dos lados ban unos artessones y en aquellos baçios se ynchan de brutesco con algunos muchachos o bien otras figuras que mas conbengan de colores finos

Ittem en las cubiertas altas de ençima de las capillas ques de tabla lissa se agan unos brutescos con mochachos pajaros y otras diferençias todo ello de colores finos

Ittem en todos los archetes altos y bajos en los triangulados de entre coluna y coluna bayan unos serafines en la primera entrada y en la segunda de ariba bayan unos florones de colores finos en el canpo que mejor pareçieren

Ittem en las pilastras de ariba en los frissos bayan rebestidos de colores finos a modo de candelero

Ittem los rearchetes de ariba todos ellos bayan rebestidos de colores finos lados y fronteros altos y bajos

Ittem todos los papos de todos los archetes essos bayan artessonados de colores finos

Ittem en la cubierta donde carga el çinborio en todos los baçios bayan echos unos serafines de colores finos

Ittem el frisso que esta en dicha cubierta baya rebestido de colores finos a modo de brutesco

Ittem todas las pilastras que cargan ençima de dicho frisso bayan rebestidas de colores finos lados y todo

Ittem en los quatro triangulados que estan en dicho çinborio bayan echas unas conchas de blanco y negro en campo morado

Ittem en el frisso ochabado de dicho çimborio baya rebestido de blanco y negro en campo de color de oro

Ittem en la cubierta ochabada bayan unos conpartimientos de colores finos en el campo que mejor estubieren

Ittem en el campo adonde esta un floron en lo mas alto esse baya de azul fino con estrellas de oro

/v/ Ittem en las dos medias colunas que afirman al cuerpo de adentro que ban rebestidas de lienço essas bayan rebestidas de colores finos con algunas figuras y tarjones o aquello que mejor estubiere

Ittem en los pedestales de dichas medias colunas en los baçios bayan dos profetas de colores finos

Ittem toda la bobeda con las pilastras a do esta el arca del Santissimo Sacramento todo ello pintado de blanco y negro cada cossa por lo que fuere

Ittem en el archete de medio que esta detras el arca del Santissimo Sacramento a de aber un lienço y en el se a de pintar una ystoria del testamento biejo, o, bien otra cossa que mas conbenga todo ello de colores finos

Ittem en las dos fronteras de las capillas que sirben de pedestales a las cabezas ay bayan dos tarjones de blanco y negro en campo de color de oro

Ittem en toda dicha obra todos los baçios assi en frissos como en archetes, o, colunas o papos o triangulados o pedestales que menester fuere pintar esten obligados a hazer ynchimiento a toda la dicha obra

Ittem que todos los capiteles bassas cornixas alquitrabes molduras de pedestales gotas y trilifios y todo cornixamiento de moldura corrida aya de ser y sea de plata fina corlada

Ittem todo el cornixamiento y colunas con sus mensulas que an de serbir de archeros bayan pintadas de blanco y negro y junto con esso berniçadas al olio

Ittem es pacto y conçierto que toda dicha obra aya de ser muy bien acabada en perfeçion a contento de dicho Martín Ochoa de Guiliz obrero sobredicho, o, del ofiçial o officiales peritos en dicho arte que dicho Martin Ochoa nombrare y de su parte pussiere y no estando tal como debe y se dize en dicha capitulacion se aya de bolber a hazer de nuebo aquello que tubiere necessidad a costas de los dichos Raphael y Miguel Pertus pintores sobredichos asta ponerlo en perfeçion

Ittem es pacto y conçierto entre dichas partes que dichos Raphael y Miguel Pertus no puedan pidir ni alcançar por ningun titulo que pensar /r/ ni ymajinar se pueda en respecto de pintar dicho monumento mejoras algunas ni en otra qualquiera manera por caussas ni razones coxitadas ni yncoxitadas ni dicho Martin Ochoa de Guiliz obrero de dicha yglessia este obligado de darle mas de lo que por dicha capitulaçion esta pactado y conçertado

Ittem es pacto y conçierto entre dichas partes atento y considerado que en çiertos cabos de dicha capitulacion donde dize se pinte aquello que mejor pareçiere o mas conbenga no puedan los dichos Raphael y Miguel Pertus pintar cossa alguna de aquellos que no sea primero consultarlo con dicho Martin Ochoa y por lo mismo se entiende y se da por entendido si pareçiere a los dichos Raphael y Miguel Pertus mudar en parte la pintura por mejor y mas enbelleçer la obra no lo puedan hazer sin consultarlo como ariba se dize con el dicho Martin Ochoa para que con mas cuydado se mire lo que mas conbiniere para el adorno de dicho monumento

Ittem es pacto y conçierto que dicho monumento se les a de dar corlado y aparejado a los sobredichos Raphael y Miguel Pertus eçeptado las colunas y todo aquello que fuere rebestido de lienço lo qual aya de estar a cargo de los dichos Pertuses

Item es condiçion pacto y conçierto que dichos Raphael y Miguel Pertus ayan dar acabado y pintado y en perfeçion dicho monumento para el domingo de Ramos proximo biniente de mil y seysçientos y siete y no dandolo como se dize para dicho dia tengan de pena cinquenta ducados llebaderos sin remission alguna para los pobres de dicha parroquia

Item es condiçion pacto y conçierto que nossotros dichos Raphael y Miguel Pertus pintores sobredichos azeptamos la dicha capitulacion con las condiçiones en ella contenidas y que pintaremos dicho monumento a gusto y contento de dicho Martín Ochoa /v/, o, de la persona, o, personas peritas en dicho arte que de su parte nombrare y pussiere con esto y enpero nos aya de pagar por la pintura de dicho monumento treçientas libras jaquessas en tres pagas yguales a saber la primera que son çien libras para el dia de Todos Sanctos proximo biniente quinçe dias mas o menos y las otras çien libras luego que fuere acabada la pintura de dicho monumento y puesto en perfecion y las restantes çien libras para fin de deziembre proximo binidero de mil y seysçientos y siete y por la verdad y seguridad de entranbas partes hizimos hazer la pressente capitulaçion de mano ajena y firmado de las nuestras en Çaragoça a catorçe del mes de octubre de mil y seiscientos y seis

Yo Martin Ochoa de Guiliz obrero de la yglessia del señor San Pablo prometo cumplir lo que a mi parte toca obligando los bienes y rentas de dicha parroquia

Yo Rafael Pertus me obligo a lo sobredicho

Io Miguel Pertus atorgo lo sobredicho

/r en blanco/

/v en blanco/

/865 v/ Et assi dada y librada la dicha y susoinserta capitulacion y concordia en poder y manos de mi dicho notario presentes los dichos et inffraescritos testigos segun dicho es et queriendola yo dicho notario leer las dichas partes y cada una dellas dixeron y respondieron que por estar certificadas de las cossas en ella contenidas la daban y dieron por leyda y publicada et que prometian y se obligaban prometieron y se obligaron de tener y cumplir todo lo que a cada una dellas toca y se esguarda haber de fazer tener y cumplir a lo qual hazer tener guardar y cumplir obligaron las dichas partes y cada una dellas a saber es el dicho Martin Ochoa de Guiliz todos los bienes y rentas de la dicha su obreria et los dichos Rafael y Miguel Pertus pintores sus personas y todos sus bienes y de cada uno dellos por si y por el todo assi muebles como sitios dondequiere habidos y por haber de los quales los bienes muebles quisieron aqui haber y los hubieron por nombrados y los sitios por conffrontados especificados y designados bien assi como si los bienes muebles por sus propios nombres especies y designaciones fuesen aqui nombrados y los sitios por dos tres, o, mas conffrontaciones conffrontados especificados y designa/866 r/dos y todos aqui por especialmente obligados etc la qual obligaçion etc en tal manera etc con clausulas de execucion precario constituto apprehension inuentario et manifestacion renunçiaron etc sometieronse etc et aun los dichos Rafael y Miguel Pertus quisieron que fecha, o, no fecha etc

Testes qui supra proxime nominati

37

1607, julio, 27 Zaragoza

Rafael y Miguel Pertús, pintores vecinos de Zaragoza, reconocen tener en comanda de Martín Ochoa de Guíliz 2.000 sueldos dineros jaqueses.

A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1607, ff. 849 v-850 r.

[Al encabezamiento: Die vigessimo septimo mensis julii anno MDCVII Cesarauguste]

[Al margen: Comanda] Eadem die nosotros Rafael y Miguel Pertus pintores vezinos /850 r/ de la ciudad de Çaragoça de nuestras ciertas sçiençias los dos juntamente y cada uno de nos por si y por el todo otorgamos tener en comanda pura plana y fiel deposito de vos Martin Ochoa de Guiliz infançon vezino de la dicha ciudad son a sauer dos mil sueldos dineros jaqueses los quales etc et aquellos etc cada hora etc a lo qual tener y cumplir obligamos etc de los quales los bienes muebles etc y los sitios etc en tal manera etc queremos que fecha, o, no fecha etc renunçiamos etc sometemonos etc et juramos por Dios etc con clausulas de execucion precario constituto apprehension inuentariacion manifestacion

Testes Juan de Setien y Gaspar Soldevilla escribientes habitatores Cesarauguste

Yo Rafael Pertus atorgo lo sobredicho

Yo Miguel Pertus otorgo [entre líneas: lo] sobredicho

Yo Juan de Setien soy testigo de lo sobredicho

Yo gaspar Soldeuilla soy testigo de lo sobredicho

38

1607, julio, 27 Zaragoza

Los hermanos Rafael y Miguel Pertús, pintores vecinos de Zaragoza, otorgan haber recibido de Martín Ochoa de Guiliz, como persona designada por el capítulo de vecinos y parroquianos de la iglesia de San Pablo de la misma ciudad para la fábrica del monumento de ese templo los 6.000 sueldos que se les habían comprometido por la pintura del mismo.

A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1607, ff. 852 v-853 r.

[Al margen: Albaran] Eadem die nosotros Rafael y Miguel Pertus hermanos pintores vezinos de la çiudad de Caragoça de nuestras çiertas sciencias otorgamos hauer resciuido de Martin Ochoa de Guiliz infançon domiciliado en la dicha ciudad como obrero que fue de la iglesia de señor Sanct Pablo de la mesma çiudad y persona nombrada por el capitol de parrochianos de dicha iglesia para hazer hazer y pintar el monumento que de presente se haze en dicha iglesia son a sauer todos aquellos seys mil sueldos dineros jaqueses que dicha parrochia tiene obligaçion darnos por razon de la pintura que hemos hechos y hemos de acabar de /853 r/ hazer en dicho monumento conforme y como se contiene en el acto de la capitulaçion que çerca ello hizimos nossotros dichos Rafael y Miguel Pertus de una parte et el dicho Martin Ochoa de Guiliz como obrero sobredicho de la otra resciuido y testificado por el notario el presente testificante el qual queremos aqui hauer y hemos etc y por la verdad otorgamos el presente albaran etc con inclusion de qualesquiere apocas y albaranes que de dicha cantidad, o, de parte alguna della tenemos hecho y otorgado en fauor del dicho Martin Ochoa como obrero sobredicho assi publicos como pribados hasta el presente dia de oy

Testes qui supra proxime nominati

39

1607, agosto, 1 Zaragoza

Miguel de Abejares, pintor vecino de Zaragoza, otorga haber recibido de Martín Ochoa de Guiliz, como persona designada por el capítulo de vecinos y parroquianos de la iglesia de San Pablo de la misma ciudad para la fábrica del monumento de ese templo 2.700 sueldos por platearlo y corlarlo.

A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1607, f. 861 r-v.

[Al margen: Albaran] Eadem die yo Miguel de Abejares pintor vezino de la ciudad de Çaragoça de mi cierta sciençia otorgo hauer resçiuido de Martin Ochoa de Guiliz infançon domiçiliado en la dicha çiudad como obrero que fue /861 v/ de la iglesia de señor Sanct Pablo de la dicha çiudad en el año mas cerca passado de mil seyscientos y seys y persona nombrada por el capitol de parrochianos de dicha parrochia para hazer hazer y pintar el monumento de dicha iglesia son a sauer dos mil y seteçientos sueldos dineros jaqueses por tantos pagar me deuia por aparejar platear y corlar el dicho monumento conforme a la capitulaçion que çerca ello se hizo la qual quiero aqui hauer y he etc y por la verdad otorgo el presente albaran etc

Testes Francisco Gonçalez çirujano et Juan de Setien escribiente habitatores Cesarauguste

40

1607, agosto, 14 Zaragoza

Martín de Agorreta, capintero vecino de Zaragoza, otorga haber recibido de Martín Ochoa de Guiliz, como persona designada por el capítulo de vecinos y parroquianos de la iglesia de San Pablo de la misma ciudad para la fábrica del monumento de ese templo, 6.600 sueldos por el compromiso verbal que adquirieron para hacerlo.

A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1607, ff. 955 v-956 r.

[Al encabezamiento: Die decimo quarto mensis augusti anno MDCVII Cesarauguste]

[Al margen: Albaran] Eadem die yo Martin de Agorreta carpintero vecino de la çiudad de Çaragoça de mi çierta sçiençia otorgo hauer resciuido de Martin Ochoa de Guiliz infançon vezino de la mesma çiudad como obrero que fue de la iglesia y parrochia de señor Sanct Pablo /956 r/ de la dicha ciudad en el año mas çerca passado de mil y seysçientos y seys y persona nombrada que es por el capitol de parrochianos de dicha yglesia para la fabrica y hechura del monumento de dicha iglesia son a sauer seys mil y seys çientos sueldos dineros jaqueses los quales son y me a dado y pagado por el conçierto que entre los dos tenemos hecho de palabra por hazer el monumento de dicha iglesia conforme al modelo que çerca ello se a hecho y por la verdad otorgo el presente albaran etc

Testes Juan de Setien et Gaspar Soldeuilla escribientes habitatores Cesarauguste

41

1607, septiembre, 4 Zaragoza

Miguel de Abejares, pintor vecino de Zaragoza, otorga haber recibido de Martín Ochoa de Guiliz, como persona designada por el capítulo de vecinos y parroquianos de la iglesia de San Pablo de la misma ciudad para la fábrica del monumento de ese templo 600 sueldos por las mejoras que había realizado en el mismo.

A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1607, f. 1.028 r-v.

[Al margen: Albaran] Eadem die yo Miguel de Abejares pintor vezino de la çiudad de Çaragoça de mi çierta sçiencia otorgo hauer reçiuido de Martin Ochoa de Guiliz infançon domiçiliado en dicha çiudad como obrero que fue de la iglesia y parrochia de señor Sanct Pablo de aquella en el año mas cerca passado de mil seysçientos y seys y persona nombrada por el capitol de parrochianos de dicha parrochia para la fabrica del monumento que dicha parrochia faze para dicha yglesia son a sauer seyscientos sueldos dineros jaqueses por las mejoras que he hecho en dicho monumento y particularmente /1.028 v/ en la capilla en donde a destar el Sanctisimo Sacramento los quales me a dado por deliberaçion hecha por las demas personas nombradas por el capitol de parrochianos de dicha iglesia para ello y por la verdad otorgo el presente albaran etc

Testes Juan de Setien y Gaspar Soldeuilla escribientes habitatores Cesarauguste

42

1607, septiembre, 4 Zaragoza

Martín de Agorreta, carpintero vecino de Zaragoza, otorga haber recibido de Martín Ochoa de Guiliz, como persona designada por el capítulo de vecinos y parroquianos de la iglesia de San Pablo de la misma ciudad para la fábrica del monumento de ese templo 1.000 sueldos por las mejoras realizadas en el mismo.

A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1607, ff. 1.028 v-1.029 r.

[Al margen: Albaran] Eadem die yo Martin de Agorreta carpintero vezino de la çiudad de Çaragoça de mi çierta sçiençia otorgo hauer reçeuido del dicho Martin Ochoa de Guiliz como obrero y persona nombrada sobredicha son a sauer mil sueldos /1.029 r/ dineros jaqueses los quales son y me a dado y pagado por lo que aquel y demas personas nombradas para lo infrascrito por el dicho capitol de parrochianos han determinado se me diessen y pagasen por lo que mas he hecho en el dicho monumento de lo que tenia obligaçion conforme al modelo y traça de dicho monumento y por la verdad otorgo el presente albaran etc

Testes qui supra proxime nominati

Planta de la iglesia de la cartuja de Aula Dei, en la que puede apreciarse el trasagrario adosado al testero.

Planta de la basílica de San Lorenzo el Real de El Escorial realizada hacia 1573 en la que ya se recoge la realización del trasagrario.

Planta del trasagrario de la iglesia parroquial de San Miguel de los Navarros de Zaragoza según Jesús Heredia Lagunas.

Secciones del trasagrario de la iglesia parroquial de San Miguel de los Navarros según Jesús Heredia Lagunas.

Planta del trasagrario de San Francisco de Tarazona (Zaragoza).
Proyecto de fray Juan Baquero (1630).
Papel verjurado crema. Tinta sepia. 415 x 550 mm.

Sección del trasagrario de San Francisco de Tarazona (Zaragoza). Proyecto de fray Juan Baquero (1630). Papel verjurado crema. Tinta sepia con aguadas en azul. 790 x 390 mm.

Notes

1 El primer intento, realizado a partir de los documentos localizados sobre el monumento de la catedral de Huesca contratado con Tomás Peliguet en 1561, y el de la parroquial de Altabás de Zaragoza, encomendado al pintor Antón Galcerán en 1596, en MORTE GARCÍA, C., 1986, pp. 195-214.

2 Excepción hecha del monumento realizado para la catedral de Zaragoza a comienzos del siglo XVIII, perfectamente documentado en ESTEBAN LORENTE, J., F., 1977, pp. 175-180. Se presentan otros ejemplos conservados, pero sin documentar en CALVO RUATA, J. I. y LOZANO LÓPEZ, J. C., 2004, pp. 112-127.

3 HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, A., 1993, pp. 435-453.

4 ALDAZÁBAL, J., 1994, pp. 110-112, y 337.

5 Ipse Christus (...) in corpus et sanguinem suum panem transubstantiavit et vinum [ALDAZÁBAL, J., 1999, p. 178].

6 Transubstantiatis pane in Corpus et vino in Sanguinem potestate divina (...) [ibidem].

7 Después de costumbres inseguras en diversas partes de la Iglesia, desde el siglo XII se dio la norma de que (el Viernes Santo) no comulgara nadie más que el sacerdote. Pío XII, el 1955, restableció la comunión del pueblo, a pesar de la oposición de algunos entendidos, porque no habiendo Eucaristía, parecía a algunos mejor que no hubiera tampoco comunión, y que el ayuno pascual de este día fuera total, reservando la comunión de todo el Triduo –celebrado como un único día– para la Eucaristía de la noche pascual. En la última reforma ha quedado la comunión para todos, la llamada misa o comunión de presantificados, porque se comulga del Pan consagrado el día anterior, el Jueves Santo [ALDAZÁBAL, J., 1994, p. 404].

8 GARCÍA VILLOSLADA, R. y LLORCA, B., 1960, p. 776; ISERLOH, E., GLAZIK, J. y JEDIN, H., 1972, p. 654; ALDAZÁBAL, J., 1999, pp. 180-199.

9 Quoniam autem Christus Redemptor noster, Corpus suum id, a quod specie Panis offerebat, vere esse dixit; ideo persuasum semper in Ecclesia Dei fuit, idque nunc denuo sancta haec Synodus declarat, per consecrationem Panis & Vini conversionem fieri totius sustiantiae Panis in substantiam Corporis Christi Domini nostri, & totius substantiae Vini in substantiam Sanguinis ejus. Quae conversio convenienter & propie a Sancta Catholica Ecclesia Transubstantiatio est appellata (CANONES ET DECRETA, 1753, ses. XIII, cap. IV, p. 99), y si quis dixerit, in sacrosancto Eucharistiae Sacramento remanet substantiam panis & vini una cum Corpore & Sanguine Domini nostri Jesu Christi; negaveritque mirabilem illam & singularem conversionem totius substantiae panis in Corpus, & totius substantiae vini in Sanguinem, manentibus dumtaxat speciebus panis & vini; quam quidem conversionem Catholica Ecclesia aptissime a Transubstantiationem apellat; anathema sit (ibidem, ses. XIII, can. II, pp. 104-105).

10 Principio docet sancta Synodus, & aperte ac simpliciter positetur, in almo sancto Eucharistiae Sacramento, post panis & vini consecrationem, Dominum nostrum Jesum Christum, a verum Deum atque hominem, vere, realiter, ac substantialiter sub specie illarum rerum sensibilium contineri (ibidem, ses. XIII, cap. I, p. 95), y si quis negaverit, in Sanctissimae Eucharistiae Sacramento contineri vere, realiter & substantialiter corpus & sanguinem una cum anima & divinitate Domini nostri Jesu Christi, ac proinde totum Christum; sed dixerit tantummodo esse in eo ut in signo, vel figura, aut virtute; anathema sit (ibidem, ses. XIII, can. I, p. 104).

11 Si quis dixerit, peracta consecratione, in admirabili Eucharistiae Sacramento non esse Corpus & Sanguinem Domini nostri Jesu Christi, sed tantum in usu, dum sumitur, non autem ante vel post, & in hostiis, seu particulis consecratis, quae post comunionem reservantur, vel supersunt, non remanere verum corpus Domini; anathema sit (ibidem, ses. XIII, can. IV, p. 105).

12 Ibidem, ses. XIII, cap. VI, p. 101. La necesidad de la reserva se apunta en el canon VII: si quis dixerit, non licere Sacram Eucharistiam in sacrario reservari, sed statim post consecrationem adstantibus necessario distribuendam, aut non licere, ut illa ad infirmos honorifice defeatur; anathema sit (ibidem, ses. XIII, can. VII, p. 106).

13 Ibidem, ses. XIII, cap. V, pp. 99-100, y can VI, p. 106. Sobre estos particulares véase JUNGMANN, J. A., 1959, p. 976, y LUDWIG, O., 1962, p. 573.

14 LLORCA, D., 1964 (I), pp. 341-360, y LLORCA, D., 1964 (II), pp. 459-482.

15 No debe olvidarse ni la militante catolicidad de las dos ramas de los Habsburgo, ni la especial devoción que profesaron los miembros de la dinastía al Sacramento eucarístico. Sobre el particular véase OSTEN SACKEN, C. VON DER, 1984, pp. 64-73, y TANNER, M., 1992, pp. 207-222.

16 DONOVAN, R. B., 1958; CHAMBERS, E. K., 1963, vol. II, cap. 1.

17 Sobre este particular véase lo señalado a propósito del ciborio y la cabecera de la catedral de Granada en ROSENTHAL, E. E., 1990, pp. 163-187.

18 ALLO MANERO, Ma A., 1995, pp. 131-154; ALLO MANERO, Ma A. y ESTEBAN LORENTE, J. F., 2004, p. 68.

19 A este respecto, resulta especialmente significativo el análisis de la definición otorgada por Covarrubias al término monumento en su Tesoro de la lengua castellana, redactado entre 1606 y 1610: vulgarmente se toma por túmulo y aparato que se hace en toda la Iglesia católica el Jueves y Viernes Santo, donde puesta una arca en forma de sepulcro, se encierra el Santísimo Savramento en memoria del sepulcro en que estuvo aquellos tres dias el cuerpo de nuestro redentor Jesucristo (COVARRUBIAS OROZCO, S., 1994, p. 762).
Se recogen varios ejemplos que confirman lo generalizado de la acepción en GÁLLEGO, J., 1991, pp. 141-142.

20 Sobre este particular véase WITKOWER, R., 1958, pp. 9-38; LOTZ, W., 1985, pp. 65-76; LITCH, M., 1984.

21 Un resumen de la historia y de la extensa literatura sobre el milagro en ALADRÉN, J., 1991, pp. 441-444.

22 Conocido como Sacro misterio dubio o Sacro dubio de Cimballa, cuenta con una monografía manuscrita del siglo XVIII sumamente interesante [Biblioteca Universitaria de Zaragoza (B.U.Z.), SANZ DE LARREA, A. J., ms. 69 (117)]. Véase también FACI, R. A., 1739, tomo I, parte 1a, pp. 11-12.

23 Una completa descripción de los hechos en BLASCO DE LANUZA, V., 1622, tomo I, lib. V, cap. XX, pp. 507-511. En 1544, en el transcurso de una visita pastoral, el arzobispo Hernando de Aragón recabó información para reconocer el milagro [Archivo Diocesano de Zaragoza (A.D.Z.), Registro de Actos Comunes (R.A.C.), 1543, ff. 51 v-52 r, (Tronchón, 25-IV-1544); también A.D.Z., R.A.C., 1546, ff. 78 v-79 r, (Zaragoza, 4-I-1547)].

24 LA SALA-VALDÉS, M. DE, 1933, p. 86. El sobrenombre deriva de la iglesia dominica de Santa María sopra Minerva de Roma, en la que se fundó la primera cofradía de esta naturaleza en 1539, a la que se fueron agregando las establecidas en otros lugares. No obstante, Julio II ya había publicado un breve favoreciendo su creación en 1508 (RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ DE CEBALLOS, A., 1999, p. 81).

25 MARTÍN GONZÁLEZ, J. J., 1964, p. 7. Una valoración diferente en SERRANO GRACIA, R., MIÑANA, Ma L., HERNANSANZ, Á., CALVO, R. y SARRIÁ, F., 1992, p. 58.

26 Un buen ejemplo de su uso fuera de Aragón lo proporciona el retablo mayor (ca. 1500-1503) del monasterio de la Puridad de Valencia, ahora en el Museo San Pío V de dicha ciudad [FARFÁN NAVARRO, Ma C., 1988, pp. 69-74].

27 QUADRADO, J. Ma, 1844, p. 264. El estudio más reciente es el de LACARRA DUCAY, Ma C., 1999, pp. 81-82, y apéndice documental, pp. 201-203.

28 A este momento corresponde su azulejería [ÁLVARO ZAMORA, Ma I., 1998, p. 390; CRIADO MAINAR, J., 1998, pp 287-288].

29 SOUTO SILVA, A. I., 1995, pp. XXVIII-XXX; MORTE GARCÍA, C., 1995, p. LXXVIII, y p. XCI, nota n° 64.

30 CARDESA GARCÍA, Ma T., 1996, pp. 13-78, con la bibliografía anterior de la pieza. Para la capilla del sagrario véase DURÁN GUDIOL, A., 1991, p. 164; y ÁLVARO ZAMORA, Ma I., 1997, p. 652, y figs. núms. 20-21.

31 No se facilitan noticias sobre la capilla en IRIGOYEN JADRAQUE, Ma V., 1996-1997, pp. 703- 706.

32 Se trata de un conjunto de difícil interpretación dado que sólo subsisten las paredes laterales del recinto, a la altura hipotética del expositor eucarístico (IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J. y CRIADO MAINAR, J., 1999, p. 103).

33 RUBIO SEMPER, A., 1978, pp. 39-41.

34 SOUTO SILVA, A. I., 1995, pp. XXX-XXXI.

35 ABIZANDA Y BROTO, M., 1915, pp. 199-201 (construcción de la capilla), y pp. 202-203 (rejado).

36 En ellas se pintó el Descenso de Cristo al limbo. Tal y como precisa la capitulación firmada en 1529 con Sancho de Villanueva y Antón de Plasencia para su policromía, la casa central del banco, donde a d’estar el Sacramento, tenía que pintarse de azur fino con hunas estrellas de oro (IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J. y CRIADO MAINAR, J., 1999, p. 103, nota n° 13).
Conviene advertir que la capilla apenas ha experimentado otras modificaciones que el cambio de uso y advocación, y la alteración de la casa central del banco del retablo.

37 Descrito en RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ DE CEBALLOS, A., 1999, pp. 87 y 93.

38 En realidad, la dependencia erigida en Aula Dei cuenta con precedentes menos perfeccionados, los sacrarios o relicarios incorporados a las cabeceras de los templos de varias cartujas hispanas a partir de mediados del siglo XV (RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ DE CEBALLOS, A., 1979, pp. 100-102).

39 BOSQUED FAJARDO, J. R., 1986, doc. n° 23, p. 631.

40 Se describe en la visura de la máquina SAN VICENTE PINO, Á., 1991 (I), doc. n°. 23, p. 631.

41 CRIADO MAINAR, J., 2001, pp. 373-376, y doc. n° 4, pp. 383-385.

42 ESTEBAN LORENTE, J. F., 1981, pp. 42-57.

43 La realización de esta máquina se había encomendado a Juan de Gorosabel en 1597 (BOSQUED FAJARDO, J. R., 1986, doc. n° 75, pp. 672-673).

44 BOLOQUI LARRAYA, B., 1983, cat. n° 115, pp. 381-383

45 IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J., 2005, pp. 45-46, y pp. 279-306.

46 La idea se desarrolla ibidem, pp. 299-302.

47 En 1572 se decidió suprimir la curva interior del presbiterio, otorgando al testero una disposición plana. En la traza más antigua de este nuevo proyecto no aparece recogido el trasaltar (BUSTAMANTE GARCÍA, A., 1994, p. 290, y fig. n° 37, p. 776).

48 MULCAHY, R., 1992, p. 138.

49 BUSTAMANTE GARCÍA, A., 1994, p. 291, y fig. n° 39, p. 777; BUSTAMANTE GARCÍA, A., 1998, pp. 59-62; RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ DE CEBALLOS, A., 1999, p. 85; ORTEGA VIDAL, J., 2000, pp. 137139; ORTEGA VIDAL, J., 2001, p. 399.

50 El contrato para la construcción del retablo escurialense se rubricó el 10 de enero de 1579 (BUSTAMANTE GARCÍA, A., 1993, nota n° 39, pp. 50-52).

51 La luz que penetraba a través del vano abierto al patio de los mascarones podía irrumpir en el interior del templo, destacando la silueta del Sacramento cuando se depositaba en el tabernáculo. El efecto se completaría mediante la utilización de visillos de distintos colores en función del tiempo litúrgico, que matizarían la luz y trasladarían al interior del templo sus propios tonos. Fray José de Sigüenza ofrece una ajustada descripción del artificio y su efecto (SIGÜENZA, J. DE, 1986, parte II, discurso XIV, p. 336).

52 El autor del programa acudió a la Antigua Ley para seleccionar pasajes veterotestamentarios – Abraham y Melquisedec, Elías y el Ángel, la recogida del maná y el Cordero Pascual– que avanzan la instauración de la Eucaristía durante la Última Cena. Sobre este particular véase lo señalado en OSTEN SACKEN, C. VON DER, 1984, p. 63; MARTÍN GONZÁLEZ, J. J., 1987, pp. 211-213; MULCAHY, R., 1992, pp. 125-141; RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ DE CEBALLOS, A., 1999, pp. 87-88.

53 CANONES ET DECRETA, 1753, ses. XIII, cap. VII, pp. 101-102.

54 El fin prioritariamente funerario de la capilla mayor y aún de todo el monasterio se analiza en BUSTAMANTE GARCÍA, A., 1998, pp. 55-78.

55 PONZ, A., 1613, lib. I, cap. LIII, Que la resurecion gloriosa de los cuerpos sera marauilloso efecto de la Eucaristhia, pp. 342-343.

56 SIGÜENZA, J. DE, 1909, tomo II, p. 606.

57 Es el caso de fray Raimundo Sáenz, autor del primer Lumen domus (1639) del convento de predicadores de Zaragoza que, cuando describió el transparente habilitado en el banco del retablo mayor de la iglesia de la casa en 1582, no dudó en afirmar que había inspirado la construcción del laurentino. Según sus palabras, era tanta la magestad de este sagrario que (admiraba) a los que lo (veían). Y la magestad de nuestro rey (Felipe II), auiendole visto, mando se tomase la traza para hazer otro en El Escorial [CRIADO MAINAR, J., 1989, doc. n° 7, pp. 349-350].

58 Con el tiempo, el trasagrario de Aula Dei serviría de modelo para la construcción de otras capillas sacramentales de similares características en diferentes casas de la Orden (BARLÉS BÁGUENA, E., 1993, p. 633; BARLÉS BÁGUENA, E., 2004, pp. 113-192).

59 BLASCO DE LANUZA, V., 1619, p. 24.

60 No se conocen más datos sobre la capilla que los aportados a comienzos del siglo XIX por Faustino Casamayor [SAN VICENTE PINO, Á., 1991 (II), ref. n° 174, pp. 153-155].

61 CRIADO MAINAR, J. e IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J., 1999, pp. 263-277.

62 ANSÓN NAVARRO, A., 1992-1993, pp. 173-190.

63 MARTÓN, L. B., 1737, cent. 18, cap. 11, p. 724.

64 IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J. y CRIADO MAINAR, J., 1999, pp. 107-114.

65 Ibidem, p. 106.

66 IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J., 2001, p. 159. Ahora también IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J., 2006 (I), p. 206.

67 IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J. y CRIADO MAINAR, J., 1999-2000, pp. 95-126.

68 En su testamento, Gracia Sánchez de Salvatierra hizo una donación a su hijo a cambio de que entregara un blandón anual al monumento de Cristo que se instalaba en la iglesia de Santa Engracia de Zaragoza [Archivo Histórico de Protocolos Notariales de Zaragoza (A.H.P.N.Z.), Alfonso Martínez, 1459, f. 208 r-v, (Zaragoza, 23-XI-1459)].

69 El documento fue suscrito ora quo nona ante meridie Juebes Sancto ante (s) de poner el Corpus en el monumento [A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1492, f. 246 r-v, (Zaragoza, 19-IV-1492)], (doc. 1).
En 1955, bajo el pontificado de Pío XII, se restauró el
ordo tradicional y la Eucaristía volvió a celebrarse por la tarde, con el lavatorio de los pies después de la homilía y, contra el parecer de algunos especialistas, dejó de consagrarse y reservarse una única forma –desde el siglo XII sólo el sacerdote comulgaba el Viernes Santo–, para poder ofrecer la comunión al conjunto de los feligreses al día siguiente (ALDAZÁBAL, J., 1994, pp. 198-199, y 404).

70 Recogida en un ceremonial manuscrito redactado por Pascual Mandura, canónigo de la catedral zaragozana, titulado Ordenes de las festividades que se celebran en el discurso del año por sus meses y tambien de las fechas movibles [Archivo Capitular de la Seo de Zaragoza (A.C.S.Z.), MANDURA, P., Armario de Privilegios, letra M]. Un primer estudio de la obra en DOMINGO PÉREZ, T., 1991, p. 222.

71 Recogida en otro manuscrito, redactado por Vicente Novella y Domínguez, canónigo de la catedral de Huesca, en torno a 1796 [Archivo Capitular de la Seo de Huesca (A.C.S.H.), NOVELLA Y DOMÍNGUEZ, V., sig. n° 54].

72 Se transcriben los pasajes fundamentales de ambas descripciones en CALVO RUATA, J. I. y LOZANO LÓPEZ, J. C., 2004, pp. 98-102.

73 Tal y como se desprende del análisis del contrato, la capitulación se acompañó en esta ocasión de un juego de tres diseños [A.C.S.H., Protocolo de Jerónimo Pilares, 1561, tomo II, ff. 379-390, (Huesca, 12-VII-1561)], (doc. 8. Documento dado a conocer y transcrito en MORTE GARCÍA, C., 1986, doc. n° 1, pp. 203-204).

74 A.H.P.N.Z., Jerónimo Andrés, 1585, ff. 792 r-795 r, (Zaragoza, 6-VI-1585), [doc. 18. Documento dado a conocer y transcrito en SAN VICENTE PINO, Á., 1991 (I), doc. n° 304, pp. 387-388].

75 A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1586, ff. 1.441 r-1.444 v, (Zaragoza, 21-XI-1586), [doc. 25. Documento dado a conocer y transcrito en SAN VICENTE PINO, Á., 1991 (I), doc. n° 326, pp. 410-411].

76 A.H.P.N.Z., Juan Moles, 1596, ff. 983 v-984 v, además de un pliego s. f. con el tenor del acuerdo, (Zaragoza, 8-IX-1596), [doc. 31. Documento dado a conocer y transcrito en MORTE GARCÍA, C., 1986, doc. n° 2, pp. 207-209, y en SAN VICENTE PINO, Á., 1991 (I), doc. n° 439, pp. 536-538].

77 A.H.P.N.Z., Martín Martínez de Insausti, 1591, ff. 53 r-56 v, (Zaragoza, 27-I-1591), (doc. 27).

78 En el contrato suscrito con Antón Galcerán para la realización del monumento de la iglesia de Altabás de Zaragoza en 1596 no se llegó a concretar la iconografía de varias figuras porque ya se había señalado en la traza (doc. 31).

79 Suscrita con Juan Lucas Botero el Viejo y un vástago –suponemos que su hijo homónimo– para instalar y desmantelar el monumento de la Seo de Zaragoza a partir de 1527, la capitulaicón les obligaba a realizarlo segun en estos anyos mas çerca pasados se a fecho, y ante meiorado que peorado [A.H.P.N.Z., Juan Moles, 1527, pliego numerado como f. 31, (Zaragoza, 1-IV-1527)], (doc. 2. Documento dado a conocer y transcrito en GÓMEZ URDÁÑEZ, C., 1988, doc. n° 3, pp. 63-64).
No obstante, conviene advertir que, a tenor de la documentación exhumada en los libros de fábrica de la catedral, el padre ya estaba ligado a estas labores en una fecha tan temprana como 1499 [A.C.S.Z.,
Libro de fabrica (perdido) Caragoça administrada por (perdido) maestre Garçia de Artieda y micer Pedro de Sanct Miguel fabriqueros del present anyo mil CCCCLXXXXVIIII: entreuenyent en ello el reverendo y noble señor don Juan d’Espes arçidiano de Caragoca 1499, f. IX r, (Zaragoza, 9-III-1499)].

80 La iglesia de San Pablo de Zaragoza ya debía de contar con un monumento de Semana Santa en 1526, cuando lo pintó Juan Martínez. Este mismo artificio, o quizás otro nuevo, fue renovado por el maestro de obras Alonso de Leznes y el pintor Jerónimo Vallejo en 1536, y arreglado por el pintor Pedro Fernández diez años más tarde (LA SALA-VALDÉS, M. DE, 1933, pp. 261-265).
A tenor de lo anotado por el conde de la Viñaza, esta máquina se sustituyó por otra nueva construida por Jerónimo de Mora, pintada por Juan y Jerónimo de Mayorga y decorada con dos cuadros de Miguel de Reus en 1562 (CONDE DE LA VIÑAZA, 1894, p. 92). En realidad, debió de confeccionarse con anterioridad a esta fecha ya que el contrato para instalarla y desmontarla durante diez años consecutivos se firmó con este mismo mazonero a mediados de abril de 1561 [A.H.P.N.Z., Mateo Villanueva, 1561, ff. 371 v-376 v, (Zaragoza, 13-IV-1561)], (doc. 7).
Jerónimo de Mora cumplió con su cometido al menos en 1564 y 1565 [A.H.P.N.Z., Mateo Villanueva, 1564, f. 203 v, (Zaragoza, 14-III-1564), (doc. 9); A.H.P.N.Z., Mateo Villanueva, 1565, ff. 392 v-3993 r, (Zaragoza, 27-III-1565), (doc. 10), y A.H.P.N.Z., Mateo Villanueva, 1565, f. 511 r-v, (Zaragoza, 30-IV-1565), (doc. 11)], pero concluyó su vinculación con los de San Pablo en 1570 [A.H.P.N.Z., Mateo Villanueva, 1561, f. 371 v, (Zaragoza, 24-IV-1570), (doc. 13)], y fue sustituido por el fustero Antón de Prado, a cuyo nombre se libraron los recibos extendidos por la instalación del monumento de la iglesia en 1572 y 1577 [A.H.P.N.Z., Mateo Villanueva, 1572, f. 439 r-v, (Zaragoza, 11-IV-1572), (doc. 14), y A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1577, f. 233 r, (Zaragoza, 18-III-1577), (doc. 15)].
Finalmente, los parroquianos se ajustaron con él para realizar estas labores durante diez años consecutivos en 1583. En la capitulación le exigían montarlo tal y como se había hecho hasta entonces,
de la mesma manera y sin mudar ninguna cossa [A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1583, ff. 277 r-278 v, (Zaragoza, 2-V-1583)], [doc. 17. Documento dado a conocer y transcrito en SAN VICENTE PINO, Á., 1991 (I), doc. n° 270, pp. 354-355].

81 La capitulación fue suscrita con Juan Carnoy para instalar y desmantelar el monumento del Pilar durante diez años consecutivos. El acuerdo le exigía montar sus piezas segun que (parecía) por el edificio (que se le había) demostrado y con el capitulado de todas las piecas dichas de tal forma y fechura que (estaba) asentado en el lugar y capilla bulgarmente llamada de Sancti Spiritus de la iglessia dicha de Santa Maria del Pilar [Archivo Capitular del Pilar (A.C.P.), Armario 6, cajón 4, ligamen 1, n° 3, (Zaragoza, 1570)], (doc. 12).

82 En el contrato suscrito con los Botero para instalar el monumento de la Seo de Zaragoza a partir de 1527 se les indicaba que tenían que tomar las piezas -la fustapor inuentario y tornarla a dar y librar siempre y quando (dejasen) dicho monumento, y lo mismo (habían) de açer de los palos y cuerdas de las enpaliadas de la higlesia y si algo de lo sobredicho faltare (fuesen) touidos pagarlo [doc. 2].
En el firmado con Jerónimo de Mora en 1561 para montar el de San Pablo durante diez años consecutivos se le expresaba que la conservación de sus componentes quedaba bajo su respondabilidad a partir de ese momento, y se le advertía que debería retornarlos al final de la contrata
de la misma manera y forma que (se le habían) dado y entregado [doc. 7].
En la capitulación rubricada en 1570 con Juan Carnoy para instalar y desmantelar el monumento del Pilar durante diez años consecutivos se le indicaba que quedaba bajo su responsabilidad el mantenimiento de todas las piezas, incluso en lo referente
a la pintura y dorado destas pieças (...) [doc. 12].
En el acuerdo ajustado en 1583 con Antón de Prado para montar el de San Pablo durante otros diez años, también se le exigía la conservación de sus componentes y su devolución al final de la contrata (doc. 17).

83 Es el caso del contrato suscrito en 1570 con Juan Carnoy para montar y desmontar el monumento del Pilar durante diez años consecutivos, en el que se le exigía dar fianças llanas y abonadas a contento del capitulo para cumplir todo lo con el conçertado en (esa) concordia para que a su costa si algun daño recibiere alguna pieça de las del dicho edificcio assi en lo dorado como pintado, o, se quebrare o, perdiere, o, torciere, o, cualquier otro daño recibiere se (hubiese) de reparar a su costa sin que por ello se le (tuviese que dar) mas de los seiscientos sueldos abaxo contenidos [doc. 12].

84 En efecto, fueron los representantes de los parroquianos de la Magdalena de Zaragoza quienes contrataron el dorado y la decoración pictórica del monumento de su iglesia con Felices de Cáceres en 1577 [A.H.P.N.Z., Martín Martínez de Insausti, 1577, ff. 6 v-9 v, (Zaragoza, 29-XII-1577)], (doc. 16. Documento dado a conocer y parcialmente transcrito en ABIZANDA Y BROTO, M., 1932, pp. 34-35), y los de San Miguel de los Navarros los que capitularon la construcción de la estructura del arificio con Juan de Ribera en 1591 (doc. 27), y su dorado y policromía con Felices de Cáceres en ese mismo año [A.H.P.N.Z., Martín Martínez de Insausti, 1591, ff. 57 v r-59 v, (Zaragoza, 27-I-1591)], (doc. 28. Documento dado a conocer y parcialmente transcrito en ABIZANDA Y BROTO, M., 1932, pp. 36-37).
Los de Altabás acordaron la realización del monumento de su iglesia con Antón Galcerán en 1596 (doc. 31), y los de San Pablo se ajustaron con Martín de Gorreta para la realización de la estructura de la nueva máquina del templo (sin protocolizar el acuerdo), encargaron su dorado a Miguel de Abejares [A.H.P.N.Z., Miguel de Villanueva, 1606, ff. 828 r-829 r, además de un pliego s. f. con el tenor del acuerdo, (Zaragoza, 9-X-1606)], (doc. 35), y su pintura a los hermanos Rafael y Miguel Pertús [A.H.P.N.Z., Miguel de Villanueva, 1606, ff. 864 v-866 r, además de un pliego s. f. con el tenor del acuerdo, (Zaragoza, 20-X-1606)], (doc. 36).
Los de San Lorenzo fueron los que abonaron a Juan Lucas Botero la instalación del monumento de su iglesia en 1539, 1540 y 1542 [A.H.P.N.Z., Juan Díaz de Altarriba, 1539, f. 443 r-v, (Zaragoza, 8-VII-1539), (doc. 3); A.H.P.N.Z., Juan Díaz de Altarriba, 1540, f. 218 v, (Zaragoza, 30-III-1540), (doc. 5), y A.H.P.N.Z., Juan Díaz de Altarriba, 1542, s.f., (Zaragoza, 8- IV-1542), (doc. 6)], y los de San Pablo quienes contrataron la instalación del monumento del templo en 1561 (doc. 7), abonaron lo adeudado por estas labores en 1564 (doc. 9), 1565 (docs. 10 y 11), 1570 (doc. 13), 1572 (doc. 14) y 1577 (doc. 15), y volvieron a capitular la instalación del artificio en 1583 (doc. 17).

85 El monumento de la iglesia parroquial de La Puebla de Alfindén fue contratado por el vicario del templo y un representante de su concejo en 1585 (doc. 18), y el de Monzalbarba por dos jurados de la localidad y el primiciero del templo en 1586 (doc. 25). Por otra parte, la reforma del artificio de la parroquial de Almudévar (Huesca), fue sufragada por los jurados de la villa [A.H.P.N.Z., Pablo Villanueva, 1599, f. 1.020 v, (Zaragoza, 6-VIII-1599)], (doc. 34. Documento referenciado en MORTE GARCÍA, C., 1986, p. 195, nota n° 1).

86 Doc. 12.

87 Doc. 2.

88 Doc. 8.

89 El monumento de la iglesia de San Juan del Puente fue encargado por los diputados del Reino al fustero Felipe Los Clavos en 1595 [Archivo de la Diputación Provincial de Zaragoza (A.D.P.Z.), Registro de Actos Comunes (R.A.C.), 1595, ff. 165 r y 275 r], (documento referenciado en MORTE GARCÍA, C., 1986, p. 195, nota n° 1).

90 Doc. 8.

91 Doc. 31.

92 Aunque el maestro se comprometió a entregar el monumento para el mes de enero de 1562, la cancelación del acuerdo se postergó hasta el 9 de septiembre de 1564 (MORTE GARCÍA, C., 1986, p. 207).

93 A.H.P.N.Z., Juan Moles, 1597, ff. 422 v-424 r, (Zaragoza, 17-IV-1597), (doc. 32. Documento dado a conocer y parcialmente transcrito en MORTE GARCÍA, C., 1986, doc. n° 3, p. 209).

94 A.H.P.N.Z., Juan Moles, 1597, ff. 425 v-430 r, (Zaragoza, 18-IV-1597), (doc. 33. Documento dado a conocer y parcialmente transcrito en MORTE GARCÍA, C., 1986, doc. n° 4, pp. 210- 211).

95 Doc. 18.

96 A.H.P.N.Z., Jerónimo Andrés, 1585, ff. 795 r-796 r, (Zaragoza, 6-VI-1586), (doc. 19).
Los de La Puebla de Alfindén se comprometieron a no reclamarles el adelanto salvo en el caso de que no cumpliesen con lo acordado [A.H.P.N.Z., Jerónimo Andrés, 1585, f. 796 r-v, (Zaragoza, 6-VI-1585), (doc. 20)] e, inmediatamente después, la
vistreta quedó en sus solas manos [A.H.P.N.Z., Jerónimo Andrés, 1585, f. 797 r-v, (Zaragoza, 6-VI-1585), (doc. 21)].

97 A.H.P.N.Z., Jaime Secanilla, 1585, pligo al final del protocolo s. f., (Zaragoza, 12-XI-1585), [doc. 22. Documento dado a conocer y transcrito en SAN VICENTE PINO, Á., 1991 (I), doc. n° 309, pp. 392-393].

98 A.H.P.N.Z., Jaime Secanilla, 1585, pliego al final del protocolo s. f., (Zaragoza, 10-IV-1586), (doc. 23)

99 A.H.P.N.Z., Jerónimo Andrés, 1586, ff. 1.535 r-1.536 v, (Zaragoza, 21-X-1586), (doc. 24).

100 Doc. 25.

101 A.H.P.N.Z., Miguel Villanueva, 1586, f. 1.441 v, en el margen inferior, (Zaragoza, 6-IV-1587), (doc. 26).

102 La noticia, en CONDE DE LA VIÑAZA, 1889, p. 86.

103 Doc. 16. Debe advertirse que la noticia fue recogida en CONDE DE LA VIÑAZA, 1889, p. 86.

104 Doc. 27.

105 A.H.P.N.Z., Martín Martínez de Insausti, 1591, f. 56 r, (Zaragoza, 4-II-1591), (doc. 29).

106 Doc. 28. Debe advertirse que la noticia fue recogida en CONDE DE LA VIÑAZA, 1889, p. 87.

107 A.H.P.N.Z., Martín Martínez de Insausti, f. 58 r, (Zaragoza, 6-IV-1591), (doc. 30).

108 Doc. 35.

109 Doc. 36.

110 A.H.P.N.Z., Miguel de Villanueva, 1607, ff. 849 v-850 r, (Zaragoza, 27-VII-1607), (doc. 37).

111 A.H.P.N.Z., Miguel de Villanueva, 1607, ff. 852 v-853 r, (Zaragoza, 27-VII-1607), (doc. 38).

112 A.H.P.N.Z., Miguel de Villanueva, 1607, f. 861 r-v, (Zaragoza, 1-VIII-1607), (doc. 39).

113 A.H.P.N.Z., Miguel de Villanueva, 1607, ff. 955 v-956 r, (Zaragoza, 14-VIII-1607), (doc. 40).

114 A.H.P.N.Z., Miguel de Villanueva, 1607, f. 1.028 r-v, (Zaragoza, 4-IX-1607), (doc. 41).

115 A.H.P.N.Z., Miguel de Villanueva, 1607, ff. 1.028 v-1.029 r, (Zaragoza, 4-IX-1607), (doc. 42).

116 No debe olvidarse que Juan Lucas Botero el Viejo y su hijo recibieron el encargo de montar y desmontar el de la Seo de Zaragoza de por vida en 1527 (doc. 2) y que uno de ellos, probablemente el vástago, se encargó de hacer lo propio con el de la parroquial de San Lorenzo de la capital aragonesa al menos en 1539, 1540 y 1542 (docs. 3, 5 y 6).

117 Los de la parroquial de San Pablo se refirieron a Jerónimo de Mora como ensamblador y maçonero cuando le encomendaron la instalación y el desmantelamiento del monumento del templo durante diez años consecutivos en 1561 (doc. 7), pero él se declaró fustero cuando cobró por sus servicios en 1564 y 1565 (docs. 9, 10 y 11). También utilizó esta misma denominación su sucesor –Antón de Prado– cuando extendió los recibos por montar el artificio en 1572 y 1577 (docs. 14 y 15), pero apareció bajo la de carpintero cuando contrató la instalación y el desmantelamiento de la máquina durante diez años en 1583 (doc. 17).

118 Cuando se describen sus laterales, uno de ellos se menciona como el costado de Nuestra Señora (doc. 8).

119 Doc. 27.

120 Docs. 7 y 17.

121 Doc. 12.

122 Doc. 8.

123 Doc. 12.

124 Doc. 17.

125 Doc. 27.

126 Doc. 31.

127 El capellán mayor de la Seo oscense hizo saber al cabildo catedralicio que no estaba en condiciones de poder acudir en el gasto que se (ofrecía) en pararlo por ser la machina tanta [MORTE GARCÍA, C., 1986, p. 198, nota n° 8]

128 ARCO, R. DEL, 1924, pp. 156-158.

129 Ibidem, p. 158.

130 Levantada por Gil Morlanes el Joven frente a la Puerta Cinegia para señalar el lugar donde fueron pasados a cuchillo los primeros cristianos de Zaragoza y donde sus cenizas se diferenciaron de manera milagrosa de las de los malhechores con los que fueron quemados. Sobre este interesante edificio zaragozano, lamentablemente desaparecido durante los Sitios de Zaragoza, véase GÓMEZ URDÁÑEZ, C. 1989, pp. 459-477, e IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J., 2000, pp. 141-191.
De hecho, existe constancia de su utilización como modelo para obras de este tipo. En una fecha tan tardía como 1827, el monumento construido en el Hospital de Gracia de Zaragoza se realizó
a figura de un tabernaculo muy parecido a la desgraciada Cruz del Coso, con 10 columnas, su cupula, barandilla y demas adornos con bastante iluminación [SAN VICENTE PINO, Á., 1991 (II), ref. n° 490, p. 309].

131 IBÁÑEZ FERNÁNDEZ J. y CRIADO MAINAR, J., 1999, pp. 101-114.

132 IBÁÑEZ FERNÁNDEZ J. y CRIADO MAINAR, J., 1999-2000, pp. 95-126.

133 No obstante, debe advertirse que, en algún caso, como en el del Pilar, resulta absolutamente imposible precisar las dimensiones de la capilla del Espíritu Santo en la que se instalaba el monumento del templo (doc. 12).

134 En este caso, se señalaba que el monumento tenía que tener quarenta y tres palmos y de larguo otros quarenta y tres o mas segun mejor vendra la traça y de alto dende el suelo asta los ultimos remates que sera lo mas alto del dicho monumento tendra setenta y cinco palmos o mas de alto (doc. 8).

135 En esta ocasión se indicó que el monumento tenía que tener quatorce pies de los del dicho Antonio Galçaran de ancho y de ondo otros tantos y de alteça ha de ser conforme y a proporcion de lo ancho que tiene dicho monumento segun el arte lo pide y si por lo que a la yglesia conbiniere fuere necesario hazer dos pies mas no por eso se ha de ynobar otro precio mas del que aqui en la presente capitulacion se mete (doc. 31).

136 En este caso, se señalaba la necesidad de realizar un plinto de alto un palmo labrado de una bassa dorica y encima sus pilastros doricos con sus capiteles y basas doricas (doc. 8).

137 En esta ocasión, se advertía que dicho monumento (tenía que) estar edificado sobre una plantaforma (sic) [doc. 27].

138 En este caso, se advertía que la máquina se asentaba sobre un andamio y tablado que haze asiento de la alteza de ocho palmos (doc. 12).

139 Doc. 8.

140 Doc. 27.

141 Doc. 31.

142 Sobre la introducción de estos repertorios y su empleo en la arquitectura del Primer Renacimiento aragonés véase IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J., 2005, pp. 22-31, y CRIADO MAINAR J. e IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J., 2006.

143 Doc. 8.

144 Doc. 22.

145 Doc. 31.

146 Doc. 36.

147 SERRANO, R., MIÑANA, Ma. L., HERNANSANZ, Á., CALVO, R. y SARRIÁ, F., 1992, pp. 203-222; HERNANSANZ MERLO, Á., MIÑANA RODRIGO, Ma. L., SERRANO GRACIA, R. y CRIADO MAINAR, J., 1992, pp. 109-112.

148 Doc. 36.

149 Pedro Echeverría Goñi, que ha estudiado en profundidad la policromía realizada en Navarra durante el siglo XVI y las primeras décadas de la centuria siguiente codifica estos motivos dentro de la categoría de rameado y el tema natural. Tal y como señala, estas labores, recomendadas por Francisco Pacheco en el tercer capítulo de su Tratado, fueron las aceptadas por las Constituciones Sinodales del obispado de Pamplona, que redujeron los elementos ornamentales a serafines, niños desnudos en estudiadas posturas, pájaros como gorriones y cardelinas, cogollos, cardos y otras cosas bibas. Este nuevo repertorio, que hundía sus raíces en el naturalismo bajomedieval, no distraía la devoción de los fieles y resultaba menos costoso de realizar y más barato que los complejos grutescos del Renacimiento pleno (ECHEVERRÍA GOÑI, P. 1990, pp. 145-147, y 228-229).
Para el caso aragonés, muy parejo, véase IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J., 1998, pp. 125-148, y algunos ejemplos en IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J., 2003, pp. 215-223; IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J. y CRIADO MAINAR, J., 2003-2004, pp. 303-314, e IBÁÑEZ FERNÁNDEZ, J., 2006 (II), pp. 386- 387.

150 Doc. 31.

151 Doc. 36.

152 Doc. 7.

153 Doc. 12.

154 Doc. 31.

155 A pesar de que no se puede precisar si se trataba del mismo monumento, se han localizado pagos a un pintor sardo por trabajar en el artificio de la Seo en 1500 [A.C.S.Z., Libro de la fabrica de la Seu de Çaragoça del año Mdos. administrado por mi Joan Guas canonigo y fabriquero del presente año con interuencion del arçidiano de teruel fabriquero, f. XVIII v, (Zaragoza, 15-IV-1500)], a Juan de Madrid por pintar la portalada del monumento y las claraboyas que se fizieron de nuevo, así como por aclarecer la pintura y de dar lustre en 1508 [A.C.S.Z., Libro de la fabrica del Aseu de Çaragoça aministrada por mi Pedro de Luna arcediano de Teruel de los años mil.D.V., DVI., DVII., s.f.], a Pedro Vallés por ciertas labores de pintura realizadas en 1513 [A.C.S.Z., Sección Fábrica, Papeles, Recibos s. XVI (1500-1516), (Zaragoza, 6-IV-1513)], y a un maestro Sancho, quizás Sancho Villanueva, por unos trabajos de similar naturaleza realizados en 1520 [A.C.S.Z., Libro de la fabrica administrado por mi el canonigo Andres Fort en el año MDXX, f. suelto entre los ff. 74 y 75].

156 Doc. 2.

157 Doc. 17.

158 En este caso, se menciona un vestibulo (doc. 8).

159 En el contrato suscrito con Jerónimo de Mora se citan una sala quadrada (...) y mas adentro (...) otra mas [doc. 7].

160 En la capitulación firmada con Antón de Prado se menciona una sala, señalándose que mas adentro desta sala, o pieza dicha ay otra mas adentro quadrada con su horden de ventanajes pequeños y encima dellos un artesson, o, sobrecielo y en esta instancia, o, pieza ha de estar el arca donde se pone el Sancto Sacramento (...) [doc. 17].

161 En el acuerdo rubricado en 1570 con Juan Carnoy para instalar y desmantelar el monumento del Pilar durante diez años consecutivos se mencionan varios portales e istancias sucesivas (doc. 12).

162 En este caso, la capitulación tan sólo menciona una portalada principal y otra portalada dentro donde ha de estar el Sanctissimo Sagramento (doc. 25).

163 Doc. 26.

164 Obedecen a este modelo monumentos como el conservado en la catedral de Zaragoza, instalado en la capilla de San Marcos (ESTEBAN LORENTE, J., F., 1977, pp. 175-180), o los de las parroquiales zaragozanas de Ibdes, Ateca, Fuentes de Ebro y Carenas (CALVO RUATA, J. I. y LOZANO LÓPEZ, J. C., 2004, pp. 112-127).

165 Doc. 31.

166 Doc. 36.

167 A Tomás Peliguet se le solicitó que otorgase al basamento la apariencia de un muro aparejado con sillares almohadillados al rustico, que pintase los frentes de los pedestales del primer cuerpo con unas unas istorias de blanco y negro como cossa de baxo relievo, y que solucionase algunos elementos de la estructura de tal manera que ofreciesen el aspecto de cosa de piedra (doc. 8).

168 Se mencionan piezas pintadas imitando al jaspe en contratos como el suscrito en 1570 para instalar el monumento del Pilar durante diez años consecutivos (doc. 12), el firmado en 1591 para pintar el de San Miguel de los Navarros (doc. 28), y en el rubricado en 1596 para confeccionar el de la iglesia de Altabás (doc. 31).

169 Doc. 18.

170 Doc. 31.

171 Doc. 16.

172 Doc. 28.

173 Doc. 36.

174 Ya se documenta la pintura de varios profetas en blanco y negro, de molt nova manera, retirant a obra de pedre, en las puertas del retablo de la Pentecostés de las Casas de la Ciudad de Zaragoza, sede del gobierno municipal de la ciudad, una obra realizada por Pascual Ortoneda en 1443 (SERRANO Y SANZ, M., 1916, doc. XX, pp. 420-421).

175 Refiriéndose a la pintura de fachadas de edificios (SERLIO, S., 1552, lib. IV, cap. XI, f. LXXI v).

176 Doc. 8.

177 Tal y como evidencian ejemplos tan singulares como la cámara de los esposos pintada por Mantegna en el palacio ducal de Mantua (1473-1474), la Sala de las Artes Liberales de los Apartamentos Borgia (1494) o el coro de Nuestra Señora del Popolo (1508-1509), ambas de Pinturicchio, o la bóveda de la Estancia de la Signatura (1508-1509) de Rafael, que diseñó una decoración con auténticas teselas doradas para la capilla Chigi de Nuestra Señora del Popolo, ejecutada por Luigi Pace en 1516.

178 Alonso Berruguete trató de utilizarla en su proyecto decorativo para la Capilla Real de Granada (GÓMEZ-MORENO, M., 1941, doc. XXXVI, p. 241), que no se llevaría a efecto, y la empleó después en la representación de los Evangelistas del banco del retablo mayor de San Benito el Real de Valladolid (1526-1532), y en los pequeños tondos ovalados dispuestos entre los cuerpos superiores de la máquina que preside la capilla del Colegio Fonseca de Salamanca (1526-1532), en los que no hay efecto de mosaico porque las grisallas están aplicadas sobre una superficie recubierta en su totalidad de pan de oro.

179 El estudio más completo sobre la empresa en CRIADO MAINAR, J., 1996, pp. 156-167.

180 Desde luego, Pietro Morone utilizaría una técnica muy similar en el testero de la capilla Zaporta de la catedral cesaraugustana (ca. 1572-1576), en el que la decoración de teselas de oro – a las que se superpondrían estrellas en un un momento posterior– cubre un campo de color rojo cinabrio [CRIADO MAINAR, J., 2004, p. 101].

181 En el contrato suscrito con Alonso González, se le indicaba que sus ochos pendones debían decorarse con otras tantas figuras al fresco de blanco y negro con sus vestidos retocados de oro recortadas sobre campos dorados de oro mosayco conforme y de la manera que estan en la capilla mayor de el Aseo (CRIADO MAINAR, J., 1996, doc. n° 54, pp. 767-770).

182 En la capitulación firmada con Pierres del Fuego se le solicitó que decorase la bóveda con figuras al labor mossayca de oro, de blanco y negro, pintando nimphas o angeles carchofados de oro (ibidem, doc. n° 101, pp. 829-831).

183 Doc. 22.

184 Doc. 31.

185 A tenor del albarán extendido por el artista, cobró 5.800 sueldos por sus trabajos [A.C.P., Armario 6, cajón 4, ligamen 5, n° 10, (Zaragoza, 15-IV-1570)].

186 A.C.P., Armario 6, cajón 4, ligamen 5, n° 11, (Zaragoza, 19-III-1571).

187 En este caso, se señalaba que todas las pinturas y colores dellas tenían que tener mejor traça y mejores colores quel monumento de nuestra Señora del Pilar (doc. 16).

188 En esta ocasión, se advertía que toda esta pintura y dorado fino como arriba se dize y plata corlada como arriba esta tratado (tenía que) ser de tan buen lustre y tan buena pintura y debuxo y traza como lo es la del monumento de nuestra Señora del Pilar [doc. 28].

189 Doc. 18.

190 Doc. 31.

191 Doc. 36.

192 Sobre esta máquina, véase SOUTO SILVA, A. I., 1983.

193 El retablo permaneció en blanco mucho tiempo. De hecho, no se comenzó a dorar y policromar hasta 1528. Diez años más tarde, la parroquia contrató a Tomás Peliguet para que continuase con estas labores, que se prolongaron hasta 1542 y contaron con el concurso de otros pintores como Juan Catalán y Francisco Tristán (SOUTO SILVA, A. I., 1993, pp. 183-201).

194 A.H.P.N.Z., Juan de Arruego, 1539, ff. 564 v-565 r, (Zaragoza, 21-IX-1539), (doc. 4).

195 Doc. 8.

196 Desde luego, se citan en los contratos suscritos en 1561 y 1583 para instalarlo y desmantelarlo (docs. 7 y 17).

197 Doc. 12.

198 Doc. 31.

199 Doc. 31.

200 Doc. 36.

201 Debe recordarse que, en sus últimas voluntades, redactadas a finales de noviembre de 1459, Gracia Sánchez de Salvatierra hizo una donación a su hijo con la condición de que entregara un blandon anual al monumento de Cristo que se instalaba en la iglesia de Santa Engracia de Zaragoza [A.H.P.N.Z., Alfonso Martínez, 1459, f. 208 r-v, (Zaragoza, 23-XI-1459)].

202 Doc. 1.

203 En este caso, Juan Carnoy aceptó tener cargo de todas las lamparas y luminarias del dicho monumento todo el tiempo que ardieren y parar las antorcheras y cirios, asumiendo que si por su descuydo, o, culpa hubiere daño alguno se (habría) de reparar y satisfazer a su costa y de sus fianças [doc. 12].

204 En esta ocasión, Antón de Prado se obligó a encender y espabilar todas las lanpedas de aceite que habra y es costumbre tener en dicho monumento y a meter y quitar las antorchas que hay y se acostumbran poner delante dicho monumento sin que por ello al dicho Anthon de Prado se le haya de pagar cossa alguna (doc. 17).

205 Doc. 8.

206 Doc. 22.

207 Doc. 28.

208 Doc. 31.

209 Doc. 33.

210 Doc. 36.

211 Docs. 7 y 17.

212 Doc. 34.

Table des illustrations

Légende Planta de la iglesia de la cartuja de Aula Dei, en la que puede apreciarse el trasagrario adosado al testero.
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Légende Planta de la basílica de San Lorenzo el Real de El Escorial realizada hacia 1573 en la que ya se recoge la realización del trasagrario.
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Légende Planta del trasagrario de la iglesia parroquial de San Miguel de los Navarros de Zaragoza según Jesús Heredia Lagunas.
URL http://books.openedition.org/pumi/docannexe/image/40383/img-3.jpg
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Légende Secciones del trasagrario de la iglesia parroquial de San Miguel de los Navarros según Jesús Heredia Lagunas.
URL http://books.openedition.org/pumi/docannexe/image/40383/img-4.jpg
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Légende Planta del trasagrario de San Francisco de Tarazona (Zaragoza).Proyecto de fray Juan Baquero (1630).Papel verjurado crema. Tinta sepia. 415 x 550 mm.
URL http://books.openedition.org/pumi/docannexe/image/40383/img-5.jpg
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Légende Sección del trasagrario de San Francisco de Tarazona (Zaragoza). Proyecto de fray Juan Baquero (1630). Papel verjurado crema. Tinta sepia con aguadas en azul. 790 x 390 mm.
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Auteur

Universidad de Zaragoza

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