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L'enseignement Primaire en Espagne et en Amérique Latine du XVIIIe siècle à nos jours

 | 
Jean-René Aymes
, 
Ève-Marie Fell
, 
Jean-Louis Guerena

I. "Ilustración" et réformes au XVIIIe siècle

Filantropía y Educación. Fundaciones docentes y enseñanza elemental (siglos XVIII-XIX)

Antonio Viñao Frago

Full text

  • 1 M. G. Jones, The Charity School Movement in the Eighteenth Century; a Study or Eighteenth Century P (...)
  • 2 W. K. Jordan, Philanthropy in England, 1480-1660, Londres, 1959; The Charities of 1961. 1480-1660, (...)
  • 3 J. Simon, «Was There a Charity School Movement? The Leicesters hire Evidence», en B. Simon (ed.): E (...)
  • 4 M. Sanderson, «Literacy and Social Mobility in the Industrial Revolution in England» Past and Prese (...)

1El sistema educativo inglés constituye el ejemplo más característico de organización y financiación a través de la filantropía y caridad privadas, hasta bien entrado el XIX. No es por ello extraño que sea justamente allí donde más atención se ha prestado a un fenómeno tan peculiar. A los estudios, ya clásicos, de M. G. Jones1 y W.K. Jordan2, siguieron, entre otros, los de J. Simon3 y M. Sanderson4.

  • 5 Son ya varios los estudios sobre esta actividad filantrópicá docente tan peculiar. Para Galicia, vé (...)

2En España carecemos de trabajos similares a los indicados, salvo los relativos a las escuelas creadas por los emigrantes o indianos en Galicia y Asturias, en las tres primeras décadas del siglo XX5.

  • 6 Pensamos, por ejemplo, en los documentos anexos a la Esposición sobre el estado de la enseñanza púb (...)

3Las referencias a estas cuestiones tienen usualmente, entre nosotros, un carácter singular. Surgen cuando se analizan instituciones benéficas o educativas concretas, cuya creación y/o sostenimiento se apoya, total o parcialmente, en donaciones, fundaciones, obras pías, memorias, etc., efectuadas con tal fin. La dificultad de hallar fuentes que ofrezcan datos generales es otro obstáculo, en algún caso insalvable6. En el sector privado de la enseñanza, especialmente entre las órdenes religiosas, el campo de investigación, es además amplio y sugestivo. Existen estudios de instituciones concretas o de órdenes específicas, pero falta un análisis global, por ejemplo, de las donaciones, fundaciones, etc., que facilitaron el proceso expansivo de la acción educativa de las órdenes religiosas (o asistencial y hospitalario) en las últimas décadas del XIX y las primeras del XX, es decir, en la España de la Restauración. Quiénes eran los donantes, cuál era su motivación, qué se donaba y cuál era su valor, condiciones impuestas y distribución espacial, temporal y entre las diversas órdenes de las donaciones, con análisis comparativos al respecto, son, entre otras, algunas de las cuestiones sobre las que sólo tenemos referencias indirectas o muy singulares, y juicios más o menos apasionados, encomiásticos o denigratorios.

  • 7 Estadística general de primera enseñanza, correspondiente al decenio que terminó en 31 de Diciembre (...)

4El presente trabajo tiene unas pretensiones más modestas. Su origen se halla en una Relación por provincias y ayuntamientos de las obras pías y fundaciones destinadas al sostenimiento de escuelas públicas de primera enseñanza, incluida, como Apéndice n° 3 en la Estadística general de primera enseñanza de 1.8807. La Relación recoge, cuando se conoce, el nombre del fundador y el objeto, fecha, capital (con expresión de bienes y valores), renta anual y gastos de personal y material de cada fundación, además de la cantidad adicional aportada por el municipio y unas «observaciones» aclaratorias. A primera vista, pués, una fuente de valor inestimable.

5Algunas precisiones deben ser hechas, sin embargo, sobre sus posibilidades y limitaciones.

    • 8 Téngase en cuenta, no obstante, que el artículo 97 de la Ley de Instrucción pública de 1.857 incluí (...)

    En primer lugar, se trata sólo de fundaciones para crear y sostener escuelas públicas de primera enseñanza. Quedan fuera, pués, las destinadas al sector privado y a otros niveles educativos8.

    • 9 Utilizamos éste término en un sentido amplio que engloba obras pías, memorias, donaciones y fundaci (...)

    En segundo lugar, la Relación fué elaborada en 1.880. Atrás quedaban la crisis abierta en 1.808, la desamortización y el proceso de centralización financiero-educativa de los años centrales del XIX. Muchas fundaciones9 quedaron agostadas a lo largo de estos años y otras desaparecieron. No había ya noticia de ellas en 1.880. Es probable que resultaran más afectadas las destinadas a los niveles medio y superior de enseñanza, donde la centralización financiera tuvo mayor incidencia. Al no disponer de una relación similar de los primeros años del XIX, solo caben conjeturas sobre la influencia de los hechos referidos.

  • 10 P. Madoz, Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar, Madr (...)

6Intentando completar los datos de la Relación, realizamos un exhaustivo examen del Madoz10. Pensamos que este impresionante arsenal de datos e informaciones que es el Diccionario, cuarenta y cuatro años anterior a la Relación, podía cubrir las lagunas de esta última. Recordábamos, además, que bajo el epígrafe «beneficencia» se enumeraban las fundaciones existentes en cada provincia.

  • 11 Por ejemplo «obra pia de huérfanos y estudiantes» «obra pia para dotar doncellas y su educación», « (...)
  • 12 P. Madoz, Diccionario…, ob. cit., t. VIII, p. 606.

7Pueden contarse casi con los dedos de las manos las oportunidades que tuvimos de completar las fechas de creación, o de añadir alguna fundación docente a las incluidas en la Relación de 1880. En primer lugar, hay sensibles diferencias, en el Madoz, en el contenido del similar epígrafe provincial de «beneficencia». En la mayor parte de las provincias sólo se incluyen fundaciones de beneficencia en sentido estricto (asilos, hospitales, casas de misericordia, inclusas). En algún caso se incluyen también las benéfico-docentes, pero son escasos los supuestos en los que se indica la fecha de creación. Lo usual es que figure solo la localidad, la finalidad o denominación y las rentas. En ocasiones, además, la denominación es confusa u ofrece dudas acerca de su calificación o no como docente, o sobre qué tipo de enseñanza o nivel educativo se habla11. A veces, bajo la finalidad estrictamente benéfica (huérfanos, expósitos), se incluye otra educativa de la que nada se dice expresamente. Incluso hay provincias, como Guadalajara, donde el asunto se despacha con la alusión a la existencia de «fondos… agregados a escuelas de instrucción primaria», sin más pormenorización12. Con todo y ello hemos podido añadir unas pocas fundaciones y completar la fecha de creación de una docena de las que carecían de ella en la Relación de 1880. De aquí proceden las escasas diferencias, que un observador atento puede apreciar, entre dicha Relación y los datos y observaciones que seguidamente se ofrecen.

1. Evolución cronológica y ritmos del proceso de creación de fundaciones

8De las 941 fundaciones que recoge la Relación de 1880, solo consta la fecha de creación en 517. De éstas, la más lejana en el tiempo es la erigida por Martín Fernández en Hormaza (Burgos), para escuelas de ambos sexos, el 22 de junio de 1566, y la más reciente, la constituida en Guecho (Vizcaya), por Andrés Cortina, para una escuela de niñas, el 26 de marzo de 1879.

9El elevado número de fundaciones sin fecha de creación (424), podía distorsionar la percepción de los ritmos cronológicos de su nacimiento. Hemos partido del supuesto (racional pero no demostrable) de que la mayor parte de ellas procedían de los años más lejanos a aquellos en que se llevó a cabo la indagación. Cuanto más alejada en el tiempo se halle la creación, más probable es la oscuridad de sus orígenes o la existencia de lagunas en la información. Carecía, pues, de sentido tomar como datos globales fidedignos los reseñados para los siglos XVI y XVII, incluso los de las primeras décadas del XVIII, por lo que hemos iniciado la cuantificación, por períodos quinquenales, a partir de 1730. En total quedan fuera del cómputo 83 fundaciones, creadas entre 1566 y 1729. Al resto (434 fundaciones) se han añadido cinco más, según datos obtenidos del Madoz, lo que supone un total de 439 fundaciones para el período 1730-1879.

10El gráfico anexo, que refleja los ritmos quinquenales del proceso de creación de fundaciones para erigir y/o sostener escuelas públicas de enseñanza primaria, en el período indicado (150 años), revela aspectos realmente sugerentes.

11La fase de auge coincide con los años centrales de la época ilustrada: el último tercio del XVIII y los cuatro primeros años del XIX. Aún suponiendo que algunas de las fundaciones, cuya fecha opriginaria se desconoce, corresponden al período 1730-1769 (como también habrá otras de los años 1770-1804), es evidente la gran crisis abierta con el final de la Ilustración y la guerra de la independencia. Nunca ya, a lo largo del XIX (por lo menos hasta 1880) se volverían a alcanzar los niveles de los años finales del XVIII.

12Las causas del descenso de esta disposición o voluntad filantrópicodocente se hallan en los episodios bélicos de 1808-1814 y 1833-1837, en la misma crisis financiera y política del régimen fernandino y en la desamortización y correlativa prohibición de amortizar la propiedad inmueble. Pero poco o nada sabemos acerca de los mecanismos directamente influyentes en la voluntad y motivaciones de quienes decidían crear alguna de estas fundaciones. Es decir, de su mentalidad. ¿Qué hay detrás de todo ello? Religión, caridad y filantropía humanista o laica podían ser las tres motivaciones más generalizadas. También ¿por qué no? intereses económicos, proselitismo, moralización y deseo de perpetuarse en la memoria de las gentes. Incluso, de saldar deudas con alguna localidad u ofrecer compensaciones por hechos acaecidos. Evidentemente hay aspectos globales y concretos, como los indicados, que, normalmente combinados, influyen y explican tales decisiones. Pero también, en último término, lo que existe es una cierta conciencia acerca del valor social de la educación. Un clima o ambiente, generalizado unas veces, ahogado o no difundido otras, que respectivamente, impulsa o retrae decisiones de esta índole.

  • 13 El incremento de los años 1815-1819 sólo es un fenómeno postbélico similar al habitual, por ejemplo (...)
  • 14 En 1838 se crearía en Madrid, con mentalidad típicamente filantrópica, la «Sociedad para propagar y (...)

13Tal clima favorable existe en los años finales del XVIII y parece despuntar de nuevo en el XIX, en la década de los 4013, justo en el período en el que el impulso estatal y social por crear escuelas alcanza las cotas más elevadas de dicho siglo, para decaer en los años siguientes14.

14Un análisis más pormenorizado del período 1765-1814 revela la estabilidad anual de la fase ascendente, entre los años 1785 y 1796, un descenso a partir de 1797, roto por un fuerte pero temporalmente corto incremento en 1802 y 1803, y un descenso brusco en 1804 que se acentúa entre 1810 y 1814.

2. Diferencias interprovinciales

15La distribución provincial (cuadro n° l) de las fundaciones reseñadas en la Relación, ofrece ciertas coincidencias (y alguna discordancia) con la geografía de la escolarización y la alfabetización. Nada extraño si tenemos en cuenta las relaciones de estos dos procesos con el grado de difusión de la conciencia acerca del valor y utilidad de la escuela. Dejando a un lado los casos de Madrid (60 fundaciones), Córdoba (26) y las provincias gallegas, buena parte de las provincias con más fundaciones son aquéllas que tradicionalmente ofrecen las tasas más elevadas de alfabetización y escolarización: Burgos (166), Santander (161), Asturias (56), Avila (38), Alava (33), Vizcaya (32) y León (22). La correlación no es desde luego exacta; es evidente, además, que con independencia de las excepciones indicadas (algunas fácilmente explicables, como Madrid, y otras, las provincias gallegas, que preludian la actuación posterior de los emigrantes), ni son todas las que están (por ejemplo, Córdoba) ni están todas las que son (por ejemplo, Palencia). No hay una adecuación exacta entre la geografía de estas fundaciones y las de alfabetización y/o escolarización. Sí hay una línea general de coincidencia o correspondencia que no quiebran las excepciones.

3. Dimensión o aspectos financieros

16El cuadro n° 2 recoge, también por provincias, el capital y renta anual de 522 y 798 fundaciones, respectivamente, de las 941 reseñadas, así como su capital y renta anual media provincial.

  • 15 Estadística general…, ob. cit., cuadros 61 y 62.

17¿Qué significan estas cifras en relación con el total de gastos municpales en enseñanza primaria? Bien poco. La renta anual de las 798 fundaciones en las que éste dato se indica (402.736 pts.), sólo representa el 1,91% del total de los «créditos consignados para gastos de la primera enseñanza en los presupuestos municipales» ordinarios y adicionales del año económico 1879-80: 21.040.562 pts.15. Pero, una vez más, hay diferencias interprovinciales sensibles con porcentajes elevados en Burgos (5,27%), Córdoba (5,31%), Vizcaya (7,19%), Alava (7,66%), Logroño (8,79%), Lugo (8,88%) y sobre todo Santander (¡30,39%!).

18Tan importante como la comparación provincial del número de fundaciones creadas, es la de sus capitales y rentas anuales, total y media. Al combinar ambos aspectos (número de fundaciones y dimensión financiera de las mismas) aparecen varios su puestos. En ocasiones (Albacete, Cádiz, Málaga, Toledo) sólo se han recogido datos de una fundación. De aquí que sus cifras medias sean engañosas. En otras provincias (Granada) hay pocas fundaciones, pero casi todas ellas se hallan muy bien dotadas. La cara opuesta la ofrecen Burgos, Lugo, Pontevedra y Asturias, donde hay muchas fundaciones con reducido capital y rentas que corresponden a pequeñas localidades (en Granada todas las consignadas se hallan en la capital). Santander guarda un justo medio: posee comparativamente muchas fundaciones, y su renta anual medio por fundación supera ligeramente la media nacional. En fin, en otros casos (Almería, Palencia, Segovia, Tarragona) no sólo hay pocas fundaciones sino que además están mal dotadas.

CUADRO N° 1. Distribución provincial de las fundaciones de escuelas públicas de enseñanza primaria (1566-1879)

CUADRO N° 1. Distribución provincial de las fundaciones de escuelas públicas de enseñanza primaria (1566-1879)

CUADRO N° 2. Dimensión financiera (en pts.), por provincias, de las fundaciones de escuelas públicas de enseñanza primaria (1566-1879)

CUADRO N° 2. Dimensión financiera (en pts.), por provincias, de las fundaciones de escuelas públicas de enseñanza primaria (1566-1879)

(1) Resultado de dividir el capital anual por el número de fundaciones (no coincidente con las computadas en total provincial) que ofrecen datos sobre su capital anual.
(2) Al igual que en el caso anterior, aquí el cálculo se ha hecho sobre el total provincial de fundaciones que indican su renta anual.

EVOLUCION QUINQUENAL CREACION FUNDACIONES ESCUELAS PUBLICAS ENSEÑANZA PRIMARIA (1.730-1.879)

EVOLUCION QUINQUENAL CREACION FUNDACIONES ESCUELAS PUBLICAS ENSEÑANZA PRIMARIA (1.730-1.879)
  • 16 Estadística general…, ob. cit., cuadros 25 y 26.

19La renta anual media por fundación (505 pts.) sólo cubría, en 1880, la retribución anual de un 50% de los maestros y de un 60/70% de las maestras16. El elevado número de fundaciones en pequeñas localidades (donde la retribución era inferior) queda compensado con aquellas que engloban dos o más escuelas. De ahí que en general sus rentas debieran completarse con aportaciones familiares o municipales, como expresamente se indica en bastantes casos. Por otra parte, la renta anual media citada oculta profundas diferencias y una distribución desigual: entre las 12.503 pts. de la fundación de una escuela de niñas y otra de párvulos, efectuada en 1868 por Cristóbal y Luciano Murrieta en Santurce (Vizcaya), y las rentas inferiores a 10 pesetas anuales de algunas fundaciones de localidades de Burgos, Guipúzcoa, Lugo y Pontevedra. Así, el 55,5% (442 fundaciones) no alcanza las 250 pts. de renta anual, y el 73,4% (584 fundaciones) las 500 pts. Casi las tres cuartas partes de las fundaciones se hallan, pues, por debajo de la renta anual media.

  • 17 Ley de 1 de mayo de 1855, art. 20: «El producto íntegro de la venta de bienes de beneficencia e ins (...)
  • 18 Veamos el caso de Valladolid. De las 10 fundaciones consignadas, en dos «no se cobra muchos años ha (...)

20En un principio, al erigirse, el capital de las fundaciones solía consistir en fincas rústicas o urbanas o censos. Sólo en contados casos incluía el edificio escolar y/o la casa para el maestro o maestra. Con la desamortización de Madoz, aprobada por Ley de 1 de mayo de 1855, muchas de estas fincas, de obras pías y memorias, fueron subastadas y el importe destinado obligatoriamente a la compra de títulos o láminas de deuda pública al 3% de interés anual17. Este hecho, la desvalorización de dichos títulos y el no pago por el Estado de los intereses correspondientes (de lo que da cuenta en bastantes casos la misma Relación), supuso la desaparición o ruina de muchas fundaciones, con la consiguiente imposibilidad de atender el fín para el que habían sido creadas18. De aquí que una lectura atenta y detenida de la Relación ofrezca una imagen caótica, dispersa y variada de sus bienes, rentas y destino de las mismas (gastos de material, gastos de personal en dinero o especie, edificio escolar, casa del maestro/a), así como una clara ausencia de información, control y tutela pública en cuanto al cumplimiento de la voluntad de los fundadores. Como expresaban los autores de la estadística de 1880, la Relación recogía:

  • 19 Estadística general…, ob. cit., p. 13.

«Todos los antecedentes que ha sido posible reunir acerca de las numerosas fundaciones particulares destinadas al sostenimiento de escuelas, y que sólo de un modo muy incompleto eran conocidas en este Ministerio, trabajo que viene a ser un inventario general de las mismas y que ha de constituir la base de investigaciones más detenidas sobre materia tan importante»19.

21De aquí el interés de reproducir, pese a su extensión, el comentario que les merecía la Relación, un texto que constituye la mejor síntesis de los problemas y cuestiones planteadas, en aquel momento, por este tipo de fundaciones:

  • 20 Estadística general…, ob. cit., pp. 219-220.

«Más por inspiraciones del sentimiento religioso que por el deseo de promover la ilustración general, establecieron nuestros antepasados, durante los siglos XV al XVIII, gran número de fundaciones y patronatos destinados a facilitar la enseñanza de las primeras letras, como entonces se decía, y sobre todo de la Doctrina Cristiana, que, por lo general, era el fin a que aspiraban aquéllos.
Tenia motivos esta Dirección para creer que llegaba a una cifra considerable el número de estas fundaciones, asi como también para abrigar el temor de que una gran parte de la riqueza legada para dichos fines, ha desaparecido o se halla oculta y distraída de su legítima aplicación.
Tarde será ya, acaso, para emprender la difícil tarea de reivindicar todos estos bienes y hacer que vengan a servir a los objetos a que fueron destinados; pero si algo ha de lograrse en este sentido, el mejor camino será el de dar principio por reunir en este Centro todos los datos que en las provincias existen, y proseguir después las investigaciones partiendo de lo conocido.
Tal ha sido el propósito principal a que obedece el trabajo de este apéndice, en el cual maravilla tanto la importancia de lo que en algunas provincias representan estas fundaciones, como la indiferencia y descuido que revela la falta de los datos referentes a las mismas.
No es fácil resumen ni totalización de las cifras que, bajo diferentes formas y conceptos, representan esta masa de riqueza, según las escasas noticias adquiridas; pero de su examen se deduce la necesidad de continuar la tarea ahora empezada y de combinar los esfuerzos de este Ministerio con la acción que el de Gobernación ejerce sobre toda clase de fundaciones de carácter piadoso o benéfico, reformando en parte la legislación vigente en la materia, a fin de que Fomento ejerza en estos asuntos la intervención que de derecho le corresponde, por ser el único que debe dirigir la gestión de la primera enseñanza, tanto el en orden técnico como en el administrativo y económico.
En cuanto a las fundaciones de época más moderna y a las que en estos últimos años han tenido lugar, también hay necesidad de estudiar cuidadosamente de qué modo podrán concillarse los principios y la doctrina que se opone a toda amortización de la riqueza inmueble, con la conveniencia de que la iniciativa particular encuentre facilidades para acudir con mano generosa y en la forma que más le plazca, al desarrollo de la educación popular»20.

4. El respeto a la voluntad de los fundadores. Protección y tutela estatal de las fundaciones docentes

  • 21 El ejercicio de esta función de protección o tutela ha sido en general siempre precario. No es ya q (...)

22El texto anterior y algunas de las consideraciones expuestas, muestran un cambio de actitud en la administración estatal, tras el proceso desamortizador, frente a las fundaciones docentes. Por un lado, empieza a admitirse, en estos casos, la quiebra, con carácter excepcional, del principio general de prohibición de cualquier tipo de amortización de la propiedad inmueble. Por otro, el Estado inicia o se autoadjudica una función de reivindicación y tutela del cumplimiento de la voluntad de los fundadores21.

23En último término, este propósito de tutelar y proteger dicha voluntad tras haber sido despiadadamente irrespetuoso con ella, plantea una cuestión más general: la del posible enfrentamiento entre la citada voluntad de los fundadores y las exigencias, en un momento determinado, del interés general, según la interpretación y definición de este último por un grupo o institución social concreta. Tres ejemplos nos mostrarán lo complejo y simple, a la vez, de esta cuestión.

  • 22 A. Viñao, Política y educación en los orígenes de la España contemporánea, Siglo XXI, Madrid, 1982, (...)

24a) El primero, al que ya aludimos en un trabajo anterior22, se produce con ocasión del debate parlamentario sobre el «proyecto de ley de instrucción secundaria y superior» de 1838. Una de las razones expuestas por el diputado Cadaval para justificar su oposición a la creación de los nuevos Institutos de educación secundaria, planteaba el fondo del problema: el cierre de las cátedras de latinidad y humanidades existentes en muchos pueblos, al pasar sus rentas a sostener los nuevos establecimientos que se ubicaban en la capital de la provincia, constituía un evidente incumplimiento de la «última voluntad» de muchas fundaciones. Ante la argumentación del Ministro de la Gobernación, Someruelos, de que dichas cátedras «sólo servían para dar paso a las comunidades religiosas», Cadaval replicaría que si dichas cátedras eran ya inútiles, sus rentas debían emplearse en crear escuelas en las localidades originariamente beneficiarías de dichas fundaciones.

25Tanto en uno como en otro caso, ya se tratara de la posición gubernamental (destino de dichas rentas a los nuevos centros de educación secundaria, creados en la capital de cada provincia, que sustituían a las cátedras de latinidad) o de la del diputado Cadaval (destino a otro nivel educativo-el elemental-pero en la misma localidad), era obvio que nuevas circunstancias imponían una interpretación o redefinición de la voluntad de los fundadores. Su modificación, según la diferente idea que se tuviera acerca de cuáles eran las necesidades e intereses del momento.

26b) El segundo ejemplo diverge del anterior por su generalidad y la ausencia de debate entre dos posiciones diferentes. El autor (Blanco-White), el tema (la educación en España) y el año (1831) avalan la relevancia de un texto cuya rotundidad nos excusa de efectuar comentario alguno:

  • 23 José María Blanco-White, «Education in Spain», The Quarterly Journal of Education, vol. II, pp. 225 (...)

«Cuando observamos sus colegios y universidades desde esta perspectiva, es difícil definir y analizar la opinión que nos merece el recuerdo de sus fundadores. Negarles cualquier clase de elogio, porque sólo tuvieron en cuenta la permanencia de su iglesia, sería juzgarles con una severidad no acorde con la verdadera ética filosófica; pero, por otra parte, sería absurdo respetar hasta tal punto su ignorancia, sus prejuicios y sus pasiones, que no deseáramos sinceramente el derrocamiento final de los planes y esquemas que habían urdido para mantener la mente humana en su estrecha, tortuosa y degradante trayectoria del saber. Lo máximo que la equidad pide es que compadezcamos, disculpemos y respetemos su memoria en la confianza de que si hubieran vivido en nuestros días, se habrían alistado en las filas de aquellos que adoptan como única guia el amor desinteresado por la verdad. Es una idea completamente absurda considerar a los fundadores de instituciones públicas defraudados por la posteridad, cuando no se tienen en cuenta las ideas erróneas bajo las que hicieron sus legados. La historia del mundo se alza como una solemne protesta contra todo intento de atar a las generaciones futuras, mediante donaciones, a aquello que en su opinión juzgan contrario al interés general. Si alguna vez pudiera probarse que la generosidad de cualquier individuo estaba destinada a actuar como barrera perpetua al progreso de la mente humana, su memoria debería ser objeto de aborrecimiento: «tu dinero perezca contigo» no sería una respuesta demasiado severa a la oferta de tales donaciones»23.

27c) Veamos ahora el tercer caso, de índole a la vez similar y contrapuesta a la anterior. Similar por su orientación y consecuencias en relación con la voluntad del fundador, que se anula y contradice (sólo que ahora en la realidad y no en el papel), y contrapuesta por su sesgo ideológico, como veremos.

  • 24 Los textos citados se toman de una copia notarial que obra en nuestra biblioteca particular y recog (...)

28El 3 de abril de 1880 Angel Fernández de los Ríos termina y fecha, desde su exilio en París, una memoria testamentaria o plan para fundar una escuela «laica», «libre» y «mixta» en Pesquera (Santander). El grupo escolar había de ser «laico, sin que en su constitución, ni en su régimen, ni en su existencia, pueda tener jamás intervención alguna, directa ni indirecta, otro elemento que el civil». Al no ser competencia de la escuela «la instrucción dogmática», correspondía a los «padres de familia… dar a sus hijos la enseñanza religiosa que mejor entiendan». Para asegurar su propósito Fernández de los Ríos incluyó entre los supuestos en los que la fundación debía quedar sin efecto, el que «por cualquier mandato legislativo o administrativo, por cualquier disposición de la autoridad de la provincia o municipal, se impusiera a la Escuela condición, acto, costumbre o práctica tradicional que contradiga el carácter» que definía «en las Bases y en el plan y programa especiales»24.

29Pensaba obviamente en la negativa influencia de los poderes públicos. Nada previo sobre otras interferencias que pudieran desvirtuar su voluntad. Sin embargo, en la escritura de constitución de la fundación y del grupo escolar, fechada en 31 de diciembre de 1884, junto a las bases que establecían su carácter laico y reproducían los deseos, textos y frases de la memoria testamentaria, se introdujo a instancias de su viuda, Guadalupe Rueda y Bassoco, una nueva disposición que echaba por tierra dicho propósito y que tampoco precisa ser comentada:

«Sin perjuicio de las bases esenciales de la presente fundación que anteriormente quedan consignadas, y habiendo podido convencerse… por la experiencia, deducida de la práctica en el tiempo que lleva ya funcionando la «Escuela Fernández de los Ríos», que la prohibición de enseñar en ella dogma alguno religioso establecida por el fundador en sus Memorias, dejando este cuidado a las familias de los alumnos, si conveniente en otros países donde la cultura se halla más extendida, y en que esa práctica ha podido arraigar en las costumbres, podría producir funestos resultados en la comarca que ha de disfrutar los beneficios de esta fundación, puesto que se ha visto ya que los padres lejos de cuidarse de la educación religiosa de sus hijos sólo atienden a las rudas faenas del campo, que les absorven todo su tiempo, y tienen de antiguo contraído el hábito de no enseñar a sus hijos más que lo que pueden aprender en la escuela; teniendo presentes estas consideraciones y deseando que los alumnos del grupo escolar fundado por su difunto esposo, encuentren también en la enseñanza que allí reciban y completen su educación dentro de la misma escuela con un elemento tan necesario como la religión; queriendo por otra parte facilitar los medios de que la institución adquiera mayor desarrollo, ha decidido aumentar la dotación de la fundación referida (…) un capital de 60.000 pesetas (…) debiendo destinarse a establecer y dar la enseñanza de la religión católica a los alumnos de dicha escuela y a las demás atenciones del establecimiento».

CONCLUSIONES

  • 25 Esposición sobre…, ob. cit., p. 35.
  • 26 Judas J. Romo, Plan ejecutivo para el establecimiento de las escuelas de primeras letras en todas l (...)

30Este no ha sido, comparativamente, un país donde en general haya abundado la filantropía educativa. Y no tanto en relación con otras áreas de la Europa central y nórdica, cuanto con otros destinos o usos. Aquí lo que ha privado ha sido la «contabilidad del más allá». Por más que la ya citada Exposición de la Dirección General de Estudios, de 1822, califique de «infinitas» las «memorias, obras pías y fundaciones» con fines educativos25, la realidad era bien diferente. Lo infinito, como bien señaló un buen conocedor de esta cuestión, el después obispo y cardenal Judas José Romo, era «esa multitud de misas de alba, de doce, esos aniversarios, salves, misereres, y otras memorias semejantes, que fundaron sin discreción nuestros abuelos». De aquí su propuesta, desoída, de dotar escuelas sobre la obligación incumplida por los capellanes, según los «santos cánones», de ser «catequista y maestro de niños», obviando a su vez la crítica de «algunos escritores exaltados» que, desconocedores de esta obligación, encontraban «en las disposiciones de la iglesia, con relación a las capellanías, el mayor obstáculo a la prosperidad de la nación, por cuanto la obligación (arguyen entre otras cosas) que imponen, es ocupación de una o dos horas, contando el rezo y la misa, y nada hay más perjudicial a una república que amontonar fondos y riquezas en auxilio de holgazanes»26.

  • 27 Algún tiempo después de escribir este párrafo, dimos con una pía memoria para la enseñanza elementa (...)

31Una afirmación tan general ofrece excepciones y ha de matizarse en función de la época y lugar. Cuando se escribe desde una provincia (Murcia) en la que la Relación de 1880 no reseña fundación alguna, y tras haber examinado cientos y cientos de testamentos del XVIII y XIX sin encontrar ningún ejemplo de filantropía educativa y sí «multitud» (por emplear el mismo término que J. J. Romo) de mandas, legados, censos, vínculos, etc. para capellanías, misas y otros fines clericales, de culto y/o para asegurar en el más allá el pronto paso del purgatorio al cielo, se corre el peligro de emitir un juicio sesgado y distorsionado por las fuentes manejadas27. En algunos lugares y épocas del país dicho contraste no es tan evidente, aun siendo generales dichos comportamientos. El análisis efectuado muestra como en algunas provincias (Burgos, Santander, Asturias, Avila, Alava, Vizcaya, León), con buenas tasas comparativas de alfabetización y escolarización, existían particulares inclinados a crear y/o sostener fundaciones con fines educativos, sin olvidar seguramente otros. Así mismo, es obvio que en el último cuarto del siglo XVIII y los tres primeros años del XIX hubo, en general, una mayor sensibilidad hacia este tipo de filantropía; aunque fuera en ocasiones por intereses particulares o de grupo, más o menos conscientes o explícitos.

  • 28 El Apéndice n° 3 de la Estadística general de primera enseñanza correspondiente al quinquenio que t (...)

32En este sentido nuestras conclusiones coinciden básicamente, y amplían en el espacio y en el tiempo, las de J. Uría para Asturias en el trabajo antes citado sobre «los indianos y la instrucción pública». La crisis política y económica del cambio de siglo, la guerra de la independencia, el final del antiguo régimen, las guerras carlistas y el proceso desamortizador supusieron un duro golpe para la filantropía educativa. No sólo decayó el impulso de los años finales del XVIII, sin recuperarse de nuevo-al menos hasta 188528, sino que las destrucciones bélicas, las convulsiones políticas y la desamortización de 1855 constituyeron un «duro golpe» para las existentes. De acuerdo con la ley Madoz de 1855, el producto de la venta de los bienes de beneficencia e instrucción pública debía invertirse en títulos intransferibles de Deuda Pública. El descenso del valor en venta de los bienes que integraban el capital de estas fundaciones (por el exceso de oferta), la inflación posterior, y el no pago por el Estado de los intereses, redujeron a nada muchas de ellas. El ambiente contrario a la amortización de la propiedad inmueble y el temor e incertidumbre ante nuevas incautaciones estatales frenaron, además, a los pocos que en otras circunstancias podían sentirse impulsados a llevar a cabo actuaciones de este tipo. Justo, en el mismo instante, en que el nuevo estado liberal desaceleraba el tampoco muy fuerte primer impulso de creación de escuelas del periodo 1840-1855.

33Los escarceos estatales por arrogarse la protección y tutela de la voluntad fundacional de los benefactores (ya visible a fines del XIX y consolidada formal e institucionalmente, que no en la práctica, en el XX), producto no tanto de la mala conciencia de quien antes la había conculcado sistemáticamente, cuanto de la necesidad de echar mano a cualquier ayuda financiera que le llegara para atender una enseñanza esquilmada, mostraban los problemas producidos por una siempre posible contraposición entre dicha voluntad y exigencias sociales y educativas posteriores, así como su débil posición frente a cualquier grupo de presión o poder institucional.

Notes

1 M. G. Jones, The Charity School Movement in the Eighteenth Century; a Study or Eighteenth Century Puritanism in Action, Cambridge, 1938.

2 W. K. Jordan, Philanthropy in England, 1480-1660, Londres, 1959; The Charities of 1961. 1480-1660, Londres, 1960; y The Charities of Rural England, 1480-1660, Londres,

3 J. Simon, «Was There a Charity School Movement? The Leicesters hire Evidence», en B. Simon (ed.): Education in Leicestershire, 1640-1940, Leicester, 1968.

4 M. Sanderson, «Literacy and Social Mobility in the Industrial Revolution in England» Past and Present, n° 56, 1972, pp. 75-104.

5 Son ya varios los estudios sobre esta actividad filantrópicá docente tan peculiar. Para Galicia, véanse los de A. Costa Rico: «La emigración gallega y su acción cultural-educativa en sus lugares de origen», en Indianos, monografías de Los Cuadernos del Norte, Caja de Ahorros de Asturias, Oviedo, 1984, pp. 35-44, y Aproximación a la historia de la escuela primaria en Galicia en el primer tercio del siglo XX, tesis doctoral, Universidad de Salamanca, 1982,2 vols., pp. 450-505 y 1.089-1117, y V. Peña Saavedra: «Presupuestos socioeducativos para la implantación de las escuelas de americanos y las sociedades de instrucción en Galicia», Historia de la Educación, n° 2, 1983, pp. 359-369; y «Tres aspectos del proyecto escolar de los emigrantes gallegos: instalaciones, equipamiento y personal docente», Bordón, n° 253, 1984, pp. 405-420. Para Asturias, véase el bien enfocado estudio de J. Uria: «Los indianos y la instrucción pública en Asturias», en Indianos, monografía de Los Cuadernos del Norte, ob. cit., pp. 102-119.

6 Pensamos, por ejemplo, en los documentos anexos a la Esposición sobre el estado de la enseñanza pública, hecha a las Cortes por la Dirección General de Estudios, Madrid, 1822, y en los «estados» remitidos por los jefes políticos que facilitaron su elaboración. Todos estos fondos desaparecieron presumiblemente en el incendio del Archivo General Central de 1939 (María Carmona de Los Santos: Guia del Archivo Central del Ministerio de Educación y Cienciana, Alcalá de Henares, 1975, pp. 24-25).

7 Estadística general de primera enseñanza, correspondiente al decenio que terminó en 31 de Diciembre de 1.880, publicada por la Dirección General de Instrucción Pública, Madrid 1.883, pp. 9-67 del Apéndice.

8 Téngase en cuenta, no obstante, que el artículo 97 de la Ley de Instrucción pública de 1.857 incluía entre las «escuelas públicas» las sostenidas «con obras pías u otras fundaciones destinadas al efecto».

9 Utilizamos éste término en un sentido amplio que engloba obras pías, memorias, donaciones y fundaciones en sentido estricto.

10 P. Madoz, Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar, Madrid, 1845-1848,16 vols.

11 Por ejemplo «obra pia de huérfanos y estudiantes» «obra pia para dotar doncellas y su educación», «obra pia para dotar doncellas y socorrer estudiantes».

12 P. Madoz, Diccionario…, ob. cit., t. VIII, p. 606.

13 El incremento de los años 1815-1819 sólo es un fenómeno postbélico similar al habitual, por ejemplo, en las tasas de natalidad: se trata de fundaciones que, en circunstancias normales, se hubieran creado en los años precedentes.

14 En 1838 se crearía en Madrid, con mentalidad típicamente filantrópica, la «Sociedad para propagar y mejorar la educación del pueblo», y en los años siguientes varias más, de similares denominación y características, en diversas localidades del país. Sobre la actuación estatal en estos años, véase F. Sanz Díaz: «El proceso de institucionalización e implantación de la primera enseñanza en España (1838-1870)», Cuadernos de Investigación Histórica, n° 4, 1980, pp. 229-268.

15 Estadística general…, ob. cit., cuadros 61 y 62.

16 Estadística general…, ob. cit., cuadros 25 y 26.

17 Ley de 1 de mayo de 1855, art. 20: «El producto íntegro de la venta de bienes de beneficencia e instrucción pública, si las corporaciones competentes no hubieren solicitado y obtenido otra inversión, se destinará a comprar títulos de la deuda consolidada al 3 por ciento para convertirlos en inscripciones intransferibles a favor de los referidos establecimientos, a los cuales se asegura desde luego la renta líquida que hoy les produzcan sus fincas. Los cupones serán admitidos a su vencimiento, con metálico, en pago de contribuciones». Artículo 21: «Realizado que sea el total importe de la venta de los bienes de beneficencia y de instrucción pública, se verificará una liquidación, cuyo saldo, después de reintegrarse al Erario de lo que como renta hubiere anticipado, se invertirá también en la compra de títulos del 3 por ciento, que han de convertirse en inscripciones a favor de los respectivos establecimientos».

18 Veamos el caso de Valladolid. De las 10 fundaciones consignadas, en dos «no se cobra muchos años ha», en otras cuatro no se cobran los intereses desde 1864, 1868,1869 y 1870, según los casos, y en una, «vendidas las fincas al Estado no se cobran intereses». Como ya señaló el diputado Sr. Jaén, en la discusión parlamentaria del proyecto de ley (F. Simón Segura: La desamortización española del siglo XIX, Instituto de Estudios Fiscales, Madrid, 1973, pp. 177-178), experiencias anteriores de las desamortizaciones de Godoy y Mendizábal, le hacían incrédulo ante las promesas gubernamentales de mantener las rentas y pagar los intereses.

19 Estadística general…, ob. cit., p. 13.

20 Estadística general…, ob. cit., pp. 219-220.

21 El ejercicio de esta función de protección o tutela ha sido en general siempre precario. No es ya que surgieran cuestiones de competencia y conflictos entre el Ministerio encargado de los asuntos educativos y el de la Gobernación, a quién tradicionalmente ha correspondido la gestión estatal de la beneficencia y esa misma tutela sobre la generalidad de las fundaciones benéficas (y las docentes siempre han sido consideradas administrativamente como un tipo especial de las mismas), sino que casi nunca han podido resolverse satisfactoriamente los problemas derivados de la dificultad de obtener información sobre la situación de dichas fundaciones y sus avatares, y, en un segundo momento, de hacer efectiva dicha protección y tutela. Tras definirse, por Reales Ordenes de 23 de junio de 1911 y 27 de septiembre de 1912, las competencias y funciones del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes, frente al de Gobernación, en esta materia, por Real Decreto de 10 de julio de 1913 se creó la Sección de Fundaciones benéfico-docentes, y por Real Orden de 21 de febrero de 1916 se le encargó la organización de un Registro de las mismas (síntoma evidente de su inexistencia o inutilidad de los datos que se poseían, aunque poco o nada debió hacerse ya que de nuevo, por Real Decreto de 18 de junio 1920, se instó a la Asesoría jurídica de Ministerio a que realizara dicha tarea (sobre estas cuestiones véase M. Alvarado: Fundaciones benéficas, Madrid, 1925).

22 A. Viñao, Política y educación en los orígenes de la España contemporánea, Siglo XXI, Madrid, 1982, p. 318.

23 José María Blanco-White, «Education in Spain», The Quarterly Journal of Education, vol. II, pp. 225-239, abril 1831. El párrafo traducido y transcrito se halla en la página 230.

24 Los textos citados se toman de una copia notarial que obra en nuestra biblioteca particular y recoge entre otros documentos, el testamento, sus tres memorias anexas y la escritura de fundación del grupo escolar. De todas formas hemos confrontado dicha copia con los originales del Archivo Histórico de Protocolos de Madrid.

25 Esposición sobre…, ob. cit., p. 35.

26 Judas J. Romo, Plan ejecutivo para el establecimiento de las escuelas de primeras letras en todas las feligresías, Alcalá 1.820, pp. 99-103.

27 Algún tiempo después de escribir este párrafo, dimos con una pía memoria para la enseñanza elemental y de la doctrina cristiana a niños pobres (Archivo Histórico Provincial de Murcia, Protocolo 3.243, folios 754-758; 1° de noviembre de 1.788), pero, cómo no, su fundador, el presbítero Isidoro Bustillo Liaño, había nacido en el valle de Varriedo (Santander) y formaba parte del grupo de clérigos santanderinos llegados a Murcia de la mano del obispo Rubin de Celis, en las décadas de los 70 y 80, a fines del XVIII.

28 El Apéndice n° 3 de la Estadística general de primera enseñanza correspondiente al quinquenio que terminó en 31 de diciembre de 1885, Madrid, 1888, recoge sólo cinco nuevas fundaciones (en Burgos, León, Logroño, Santander y Soria) en los años 1880-1885. Aunque seguramente incompleta, esta relación confirma la evolución y tendencia de los años anteriores.

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Title CUADRO N° 1. Distribución provincial de las fundaciones de escuelas públicas de enseñanza primaria (1566-1879)
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Title CUADRO N° 2. Dimensión financiera (en pts.), por provincias, de las fundaciones de escuelas públicas de enseñanza primaria (1566-1879)
Caption (1) Resultado de dividir el capital anual por el número de fundaciones (no coincidente con las computadas en total provincial) que ofrecen datos sobre su capital anual.(2) Al igual que en el caso anterior, aquí el cálculo se ha hecho sobre el total provincial de fundaciones que indican su renta anual.
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Title EVOLUCION QUINQUENAL CREACION FUNDACIONES ESCUELAS PUBLICAS ENSEÑANZA PRIMARIA (1.730-1.879)
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