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Capitulo dos. Las licencias
p. 16-31
Texte intégral
1. Principios básicos
1En primer lugar, para evitar caer en los errores más comunes acerca de las licencias Creative Commons, tenemos que establecer los principios que son válidos para todas las licencias de contenido abierto.
1.1. Una definición de "licencia de derechos de autor"
2Una licencia de derecho de autor es un instrumento jurídico con el que el titular de los derechos de autor regla el uso y la distribución de su trabajo. Por lo tanto, se trata de una herramienta de derecho civil que (basado en los derechos de autor) ayuda los usuarios a aclarar lo que se puede o no se puede hacer con el trabajo. La palabra "licencia" viene del verbo latino "licere" y representa genéricamente el permiso; de hecho, su función principal es autorizar los usos de la obra
35.
1.2. La licencia y la restricción de la obra
4Al aclarar el concepto de licencia se puede entender como uno de los principales alentendidos acerca de las licencias de contenido abierto no tiene fundamento: es decir, aquella según la cual la licencia puede ser una forma de restringir el uso de una obra protegida. De hecho, no es licencia por sí misma la que restringe la obra; el modelo legal de derecho de autor es el que por omisión restringe el uso de las obras creativas, mientras que una licencia de contenido abierto se mueve exactamente en la dirección opuesta. En efecto, uno de los principales objetivos de una licencia de contenido abierto es autorizar algunos usos que tradicionalmente no se permiten en el modelo de derecho de autor tradicional (es decir, el modelo "todos los derechos reservados").
1.3. La licencia y la adquisición de derechos de autor
5Por el mismo principio, la aplicación de una licencia no tiene nada que ver con la adquisición de derechos de autor sobre la obra creativa y menos aún con la prueba o la protección de la autoría. La aplicación de una licencia en una obra creativa se refiere a una fase posterior a la adquisición de derechos de autor y a la obtención de una prueba de autoría. Por lo tanto, primero el autor consigue los derechos de autor sobre su obra (ocurre en forma automática al momento de la creación) y luego decide regular sus derechos mediante la aplicación de una licencia sobre la obra.
1.4. El licenciante y el licenciatario
6Comencemos con el presupuesto de que el único sujeto que tiene el título de aplicar legítimamente una licencia para una obra de creación es el titular de todos sus derechos. El sujeto suele ser el autor de la obra, pero puede transferir todos sus derechos por un contrato a otro sujeto (por ejemplo, un editor, una agencia, una compañía de producción...); en este caso también perdería la posibilidad de elegir el tipo de licencia que se aplica a su trabajo. Con el fin de evitar malos entendidos (y ya que no es tan importante para nuestro análisis de qué tipo de sujetos hacen de esta elección), siempre vamos a hablar de "licenciante" para referirnos genéricamente al titular de derechos de autor que decide aplicar una licencia a su obra.
7Una licencia de contenido abierto produce efectos en una variedad de sujetos indeterminados. Estos sujetos pueden ser simples usuarios finales de la obra (lectores, oyentes, espectadores...); pero en algunos casos (las licencias que permiten la modificación y re-publicación de la obra) también pueden ser sujetos activos en los virtuosos mecanismo del fenómeno de contenido abierto.
8Por lo tanto, también en este caso vamos a utilizar un término global que puede indicar cada beneficiario potencial de la licencia: que es el "titular". Vamos a utilizar la expresión "obra licenciada" para representar la obra a la que ha sido aplicada la licencia.
1.5. Escribir una licencia
9Dado que este es un tema de derecho civil (más precisamente la ley contractual), no hay procedimientos específicos a seguir o formalidades a respetar. Así, cada autor (o propietario de los derechos de otro tipo) es libre de escribir su licencia personal y aplicarla a su obra. Sin embargo, como todo instrumento jurídico, con el fin de aprovechar todas las herramientas y las protecciones previstas por la ley, es necesario tener en cuenta los tecnicismos de la ley civil. De hecho, una licencia de derechos de autor es un documento legal que requiere una preparación y experiencia.
10En otras palabras, el problema concreto es que una licencia mal escrita, sin la los términos apropiados o sin cláusulas importantes, probablemente no cumple su función, o incluso podría tener un efecto boomerang en el licenciante.
1.6. El sentido de las licencias estandarizadas
11Si se excluye rigurosamente el "hágalo usted mismo", hay dos maneras posibles: o bien el licenciante puede consultar a un abogado para redactar una licencia (pero esto también podría ser caro), o puede confiar en las licencias estandarizadas que son liberadas por proyectos específicos y organizaciones sin ánimo de lucro, tales como las que provee Creative Commons, Free Software Foundation o The Apache Software Foundation.
12Un aspecto esencial debe ser claro: estas organizaciones no se convierten de ninguna manera en partes del caso, por lo tanto no son responsables de cada aplicación de las licencias, ni tampoco se ocupan directamente de asesoramiento jurídico en relación con el uso de sus licencias. Estos órganos sólo actúan como compiladores y promotores de las licencias; es posible interactuar con el personal de estos proyectos, enviar comentarios, indicar casos de estudio, empezar debates públicos, pero no se puede pensar que tendrían que estar involucrados en todos los casos. Cada titular de derechos de autor que decide aplicar una licencia estándar para su trabajo debe asumir responsabilidad por ella, por lo tanto es importante estar bien informado.
2. Las tres formas diferentes de las licencias
13En esta sección vamos a mostrar por qué las licencias Creative Commons es están en un nivel por encima de las licencias de contenido abierto. El descubrimiento inteligente de los promotores del proyecto fue, de hecho, "confeccionar" cada licencia en tres representaciones que se diferencian por la forma, pero están unidas por la esencia.
2.1. El código legal
14La licencia propiamente dicha (es decir, la representación que deberá ser jurídicamente relevante) es el llamado "código legal", compuesto por varios preámbulos y ocho artículos, donde se regula la distribución de la obra licenciada.
15Muchas personas se dieron cuenta que el usuario promedio de la licencia no está inducido a leer y comprender un documento así: a veces lo pasa por alto intencionalmente, a veces no tiene la preparación adecuada para abordarlo. Por lo tanto, el riesgo es que las licencias se utilicen erróneamente con poco conocimiento, que la información falsa sobre su uso se difunda fácilmente, o que una especie de desconfianza prevalezca y los autores y editores se mantengan lejos de estas herramientas.
2.2. Resumen fácilmente legible
16Por lo tanto, Creative Commos pensó en diseñar unas explicaciónes breves de cada licencia que están escritas en un lenguaje claro y estructuradas con gráficos simples y esquemáticos: esta segunda "forma" de las licencias se llama "Commons deed", que podríamos traducir como “resumen fácilmente legible”.
17Sin embargo, es importante recordar que «este resumen no es una licencia. Es simplemente una referencia práctica para entender el Código Legal (la licencia completa) — es una redacción legible para humanos de algunos de los términos claves de la licencia. Deberá tomarse como una interfaz amigable del Código Legal que lo explica. Ese resumen por sí mismo no tiene valor legal, y su contenido no aparece en la licencia propiamente dicha.»6.
18Por lo tanto, el resumen fácilmente legible en pocas líneas condensa el sentido de la licencia y establece un vínculo con el ordenamiento jurídico, junto con las traducciones disponibles de las licencias.
2.3. El código digital
19Finalmente, la tercera "forma" de las licencias se llama "código digital", o sea los metadatos - datos de los datos – una descripción de la licencia que pueda ser entendida por los programas de computador, como los motores de búsqueda.
20De este modo, los desarrolladores de Creative Commons diseñaron un sistema de metadatos llamado CCREL ("Creative Commons Rights Expression Language") con el que es posible anotar las obras con licencia, facilitando la funcionalidad como copiar/pegar HTML para el uso de una obra con una licencia en que el licenciante ha especificado la atribución y el correcto aviso de licencia, y la posibilidad de búsqueda consciente por licencia.

(Esta imagen es tomada de www.creativecommons.org)
3. Las características y el funcionamiento de las licencias
21Como ya hemos explicado, las licencias Creative Commons se inspiran en un modelo "algunos derechos reservados": lo que significa que el titular de los derechos de autor, aplicando una licencia Creative Commons, decide quedarse sólo con algunos derechos de todos los que le confiere la ley.
3.1. Las características comunes de todas las licencias Creative Commons7
22Todas las licencias Creative Commons tienen muchas características en común.
i) Desde el punto de vista del licenciante
23Cada licencia le ayudará a:
- conservar sus derechos de autor;
- anunciar que las excepciones y limitaciones o “fair use”, el principio de agotamiento del derecho y la libertad de expresión que corresponden a otras personas sobre esa obra no se ven afectados por los términos de la licencia.
24Cada licencia exige que los licenciatarios:
- Obtengan permiso del licenciante para realizar los usos que éste elija limitar (por ejemplo, hacer un uso comercial, crear una obra derivada);
- Mantener los avisos de copyright intactos en todas las copias de la obra;
- Vincular la licencia elegida por el licenciante a las copias de la obra;
- No alterar los términos de la licencia;
- No utilizar la tecnología para restringir los usos legales de otros licenciatarios;
25siempre que respeten las condiciones del licenciante las licencias permiten a los licenciatarios:
- copiar el trabajo;
- distribuirlo;
- mostrarlo o ejecutarlo públicamente;
- hacer presentaciones públicas digitales (por ejemplo, de difusión por Internet);
- cambiar el trabajo en otro formato, como una copia literal.
ii) Desde el punto de vista del licenciatario
26Cuando usa cualquier material CC, siempre deberá:
- atribuir el creador de la obra8;
- obtener el permiso del creador para hacer algo que va más allá de los términos de la licencia (por ejemplo, hacer un uso comercial de la obra o crear una obra derivada cuando la licencia elegida por el licencianto no lo permite);
- mantener intacto todo tipo de aviso de copyright junto al trabajo en todos los ejemplares de la obra;
- citar la licencia CC y proporcionar un enlace a ella desde cualquier copia de la obra, y
- cuando se realizan cambios en el trabajo, reconocer el trabajo original, e indicar que ha sido objeto de cambios (por ejemplo, diciendo "Esto es una traducción al francés de la obra original, X").
27Además, al utilizar cualquier material CC, el licenciatario no debe:
- modificar los términos de la licencia;
- utilizar la obra en cualquier forma que sea perjudicial para la reputación del creador de la obra;
- Dar a entender que el creador apoya o patrocina al licenciante o a su obra,
280
29• añadir cualquier tecnología (como la gestión de derechos digitales o DRM por su siglas en inglés) a las obras de forma tal que restrinjan el uso de la obra por otras personas bajo los términos de la licencia.
3.2. Estructura y cláusulas básicas de las licencias Creative Commons
30Las licencias Creative Commons están perfectamente estructuradas en dos partes: la primera indica las "libertades" que el autor quiere permitir sobre su obra, la segunda parte explica las condiciones en que se permite que sea utilizada.
31En cuanto a la primera parte (las "libertades" que el licenciante concede a los titulares de licencias), podemos decir que todas las licencias permiten la copia y la distribución de la obra, con las siguientes palabras e imágenes:

32«Usted es libre de Compartir - copiar, distribuir, ejecutar y comunicar públicamente la obra»
33Por otro lado, sólo algunas de las licencias (no todas) permitirán también a los licenciatarios modificar la obra, especificando esto con la siguiente frase simple y visual:

34«Usted es libre de remezclar- hacer obras derivadas »
35En cuanto a la segunda parte (las condiciones requeridas por el licenciante para el uso de su obra), podemos decir que las licencias Creative Commons están articuladas en cuatro cláusulas básicas que el licenciante puede elegir y combinar a sus necesidades.

36Atribución - «Debe reconocer los créditos de la obra de la manera especificada por el autor o el licenciante (pero no de una manera que sugiera que tiene su apoyo o que éste apoya el uso que hace de su obra).»
37Esta cláusula es una característica de todas las licencias y a diferencia de las demás es obligatoria, no está en manos del licenciante elegirla o no. En ella se afirma que cada vez que se usa el trabajo se debe indicar claramente quién es el autor.

38No comercial - «No puede utilizar esta obra para fines comerciales.».
39Esto significa que si distribuimos copias de la obra, no podemos hacerlo de ninguna manera, que sea principalmente destinada o directamente dirigida a conseguir un provecho comercial o una sea principalmente destinada o directamente dirigida a conseguir un provecho comercial o una compensación monetaria privada. Para hacer eso, tenemos que pedir al licenciatario un permiso específico.

40Sin obras derivadas - «No se puede alterar, transformar o generar una obra derivada a partir de esta obra.».
41Si queremos modificar, corregir, traducir o mezclar la obra, tenemos que pedir al licenciante un permiso específico.

42Compartir bajo la Misma Licencia - «Si altera o transforma esta obra, o genera una obra derivada, sólo puede distribuir la obra generada bajo una licencia idéntica a ésta.».
43Esta cláusula (como en el modelo de Software Libre) garantiza que la "libertad" concedida por el autor se conserva en las obras derivadas (y en los derivados de los derivados, con un efecto persistente).
3.3. Las licencias establecidas
44De la combinación de estas cuatro cláusulas básicas tenemos las seis licencias Creative Commons, que adoptan su nombre haciendo referencia a las cláusulas indicadas en el párrafo anterior.
45Ellas son (de las más permisivas con a las más restrictivas):
Atribución

Atribución - Compartir bajo la Misma Licencia

Atribución - Sin obras derivadas

Atribución - No Comercial

Atribución - No Comercial Compartir bajo la Misma Licencia

Atribución - No Comercial Sin obras derivadas

46Hay dos puntos esenciales en esta lista:
- La cláusula "atribución" está presente en todas las licencias;
- La cláusula "Sin obras derivadas" y la cláusula "Compartir Igual" son incompatibles entre ellas (de hecho, la primera niega la modificación de la obra, mientras que la segunda implícitamente da permiso para modificar la obra).
47En el sitio web oficial de Creative Commons Colombia9 hay una explicación más detallada acerca de cada licencia:
48Atribución
49El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos.
50Atribución - Compartir bajo la Misma Licencia
51El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. Las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.
52Atribución - Sin obras derivadas
53El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se pueden realizar obras derivadas.
54Atribución - No Comercial
55El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial.
56Atribución - No Comercial - Compartir bajo la Misma Licencia
57El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial y las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.
58Atribución - No Comercial - Sin obras derivadas
59El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial. No se pueden realizar obras derivadas.
3.4. La actualización de las licencias
60Como ha ocurrido en la mayoría de las organizaciones que emiten licencias estandarizadas, el texto de las licencias Creative Commons se somete a cambios irregulares debidos a la necesidad de mejorar, precisar, completar o eliminar algunas de las cláusulas. Esto puede depender de varios factores, tales como la evolución del mercado y la innovación tecnológica que aportan nuevos temas que deben ser considerados dentro del texto de las licencias.
61A la fecha de la escritura de este libro las licencias Creative Commons se encuentran en la versión 3.0.10
4. Otras herramientas especiales de Creative Commons
62A finales de 2007, Creative Commons lanzó dos nuevos e interesantes proyectos que tienen como objetivo enriquecer la oferta de servicios, además del de las licencias simples. Nos estamos refiriendo a dos herramientas que juegan papeles diferentes, gracias a que los licenciatarios pueden comunicar informaciónes adicionales, además de la información que ya está prevista por el proceso de licenciamiento.
4.1. CC plus
63Como está escrito en la página web de Creative Commons, CC Plus es «un protocolo que permite de manera sencilla a los usuarios obtener los derechos más allá de los derechos conferidos por una licencia CC»11.
64CC Plus es un único aviso o etiqueta, que indica que otros permisos más allá de los ya previstos por la licencia pueden estar disponible.
65«Por ejemplo, una obra licenciada con una específica licencia de Creative Commons puede no ofrecer los derechos comerciales. Con CC Plus la licencia también puede proporcionar un enlace por el cual un usuario puede obtener derechos más allá de los usos no comerciales – muchos de los más obvios usos comerciales, pero también autorizaciones adicionales , tales como garantía, permiso para usar sin atribución, o incluso el autorizaciones de comunicación pública o medios físicos.»12
66Para entender mejor, vamos a reflexionar sobre uno de los casos más típicos: el caso de un sello discográfico independiente que publica canciones en su página web con una licencia que incluye el elemento "no comercial". Es decir, las canciones licenciadas de esta manera pueden ser libremente descargadas y utilizadas con fines no comerciales. De todos modos, para aquellos que quieren tener autorización también para usos comerciales, el sello decide ofrecer condiciones especiales (por ejemplo, el pago de una tasa o la aplicación de un mensaje publicitario), por lo que confía a su oficina legal la redacción de una licencia separada en la que se encuentran las cláusulas que los licenciatarios deberán respetar para hacer uso comercial de las canciones.
67El texto de esa otra licencia puede ser publicada en una página especial del sitio web del sello, pero para que conste en el resumen fácilmente legible de Creative Commons, la CC Plus entra en juego.
68Cuando esto sucede bajo la clásica advertencia de que la obra se encuentra asociadad a una licencia Creative Commons se encontrará también la siguiente frase: "Los permisos más allá del alcance de esta licencia pueden estar disponibles en ..."; y aquí vamos a añadir la dirección web donde se encuentra la licencia complementaria.
69El mismo tipo de argumento es válido para las licencias que contengan cualquiera de las cláusulas "atribución", "no obras derivadas", o "compartir igual", y en las que el licenciante quiere ofrecer condiciones diferentes para permitir el uso de la obra sin dar crédito (en las jurisidicciones en que esto es posible) o autorizar modificaciones fuera de los términos de licencia CC que ofrece.
70Aquí está una hipotética utilización de CC Plus:

71Más detalles acerca de esta herramienta están disponibles en http://wiki.creativecommons.org/CCPlus.
4.2. CC0 (CC Zero)13
72CC0 es otro proyecto interesante de Creative Coommons: es una herramienta que permite a los creadores poner sus obras en el dominio público a través de una renuncia a todo derecho de autor en la medida permitida por la ley.
73CC0 permite a los científicos, educadores, artistas y demás creadores y propietarios de contenidos sujetos a copyright renunciar a los derechos de autor sobre sus obras y por lo tanto ponerlas lo más completas que puedan en el dominio público, para que los demás puedan construir libremente, mejorar y volver a utilizar la obra con cualquier propósito y sin restricciones de derechos de autor.
74En contraste con las licencias CC que permiten a los titulares de derechos de autor elegir entre una amplia gama de permisos sin perder sus derechos de autor, CC0 faculta otra opción bien distinta, la opción de optar por salirse completamente del modelo de protección del derecho de autor y de sus derechos exclusivos otorgados por ley automáticamente a los creadores – la del "ningún derecho reservado" alternativo a las licencias.
75En efecto, sabemos que los derechos de autor y otras leyes en todo el mundo extienden automáticamente la protección de los derechos de autor a las obras de la autoría y bases de datos, sea que el autor o creador quiere estos derechos o no. CC0 da a las personas que quieren renunciar a esos derechos una manera de hacerlo, en la máxima medida permitida por la ley. Una vez el creador o titular de una obra aplica CC0 a un trabajo, el trabajo ya no es suyo en ningún sentido legal significativo. Cualquiera puede utilizar la obra en cualquier forma y para cualquier fin, incluso con fines comerciales, sin perjuicio de los derechos que los demás pueden tener en el trabajo o cómo la obra se utiliza. Piense en CC0 como la opción "ningún derecho reservado".
76Y ¿cómo funciona? Una persona que usa CC0 (llamado el "affirmer", que podemos traducir como “suscriptor”, es decir el que renuncia o suscribe, en el código legal) renuncia a todos sus derechos de autor, junto con los derechos afines y conexos sobre una obra, en la máxima medida permitida por la ley. Si la renuncia no es efectiva por cualquier motivo14, entonces CC0 actúa como una licencia del “suscriptor” que concede al público la garantía de una licencia libre de derechos, incondicional, irrevocable y no exclusiva para utilizar la obra para cualquier propósito.
77En esencia, se trata de un procedimiento gracias al cual el autor certifica públicamente que quiere renunciar total e irrevocablemente a ejercer sus derechos, por lo que la obra puede ser considerada de inmediato en una condición de dominio público. Esta licencia puede implementarse ayudando al autor a "firmar" (aunque sea virtualmente) la declaración de propósitos y manteniendo una evidencia pública de la misma. Aquí está la captura de pantalla del procedimiento CC0.

Notes de bas de page
5 Una licencia de software es un contrato entre el licenciante (autor/titular de los derechos de explotación/distribuidor) y el licenciatario del programa informático (usuario consumidor /usuario profesional o empresa), para utilizar el software cumpliendo una serie de términos y condiciones establecidas dentro de sus cláusulas. Las licencias de software pueden establecer entre otras cosas: la cesión de determinados derechos del propietario al usuario final sobre una o varias copias del programa informático, los límites en la responsabilidad por fallos, el plazo de cesión de los derechos, el ámbito geográfico de validez del contrato e incluso pueden establecer determinados compromisos del usuario final hacia el propietario, tales como la no cesión del programa a terceros o la no reinstalación del programa en equipos distintos al que se instaló originalmente. http://es.wikipedia.org/wiki/Licencia_de_software.
6 Esta declaración está vinculada por todas las obras Commons.
7 Esta sección se ha incorporado parcialmente a partir de http://wiki.creativecommons.org/Baseline_Rights y de http://www.creativecommons.org.au/materials/whatiscc.pdf.
8 Para obtener información sobre cómo atribuir una obra, consulte la guía específica "cómo atribuir los materiales Creative Commons" en http://creativecommons.org.au/materials/attribution.pdf.
9 http://co.creativecommons.org/tipos-de-licencias/.
10 No en todos los países.
11 http://wiki.creativecommons.org/CCPlus.
12 http://wiki.creativecommons.org/CCPlus.
13 Esta sección se toma parcialmente de http://creativecommons.org/about/cc0 y de http://wiki.creativecommons.org/CC0.
14 Hay jurisdicciones como la japonesa que no permiten la renuncia de derechos de autor al dominio público.

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