1 So han consagrado trabajos a estos temas, todos limitados a regiones a menudo restringidas. A pesar suyo, han favorecido así las generalizaciones abusivas.
2 "El indígena elector sin el menor conocimiento de sus acciones obra segun la orden e inspiración de su cura o corregidor, a los que obedece maquinalmente, fortaleciendo así el voto, tal vez anti liberal, de un solo hombre con una fuerte preponderancia numérica." El Potosí Libre, Potosí, N° 10, 7 de abril de 1839. La misma opinión es defendida en el Perú por Benito LASO, "Exposición a sus electores de Puno", citado por Raúl FERRERO, El liberalismo peruano, Lima, 1958, p. 118.
3 Decreto del 19 de febrero de 1826, aboliendo la segregación por parroquia en la ciudad de Potosí (Vicente LECUNA, Documentos referentes a la creación de Bolivia, op. cit., t. 2, p. 47).
4 José Antonio de Irisarri, Historia crítica del asesinato cometido en la persona del Gran Mariscal de Ayacucho, op. cit., p. 93.
5 Discurso del mariscal Sucre en la apertura de los debates de la Constituyente, el 25 de mayo de 1826, citado por Vicente LECUNA, Documentos referentes a la creación de Bolivia, op. cit., t. 2, p. 156.
6 Es la posición del Iris de La Paz, La Paz, N° 6, 15 de agosto de 1829.
7 Redactor de la Asamblea del año 1826, sesión del 30 de jimio de 1826, p. 222. El Cóndor de Bolivia, N° 3, 17 de diciembre de 1825.
8 Redactor de la Asamblea de 1826, sesión del 19 de junio de 1826, p. 162, intervención del diputado Calvimontes.
9 Id., sesión del 21 de agosto de 1826, discusión del proyecto de constitución, intervención del Ministro del Interior, Facundo Infante, p. 446.
10 Id., p. 444, intervención de Casimiro Olañeta.
11 Id., intervención del diputado Losa, p. 443.
12 Id., p.444.
13 Id., sesión del 21 de agosto de 1826, intervención del diputado Cabrera, p. 443.
14 Id., sesión del 16 de agosto de 1826, intervención del diputado Calvo, p. 420.
15 Id., sesión del 14 de julio de 1826, intervención del diputado Orihuela, p. 274.
16 Id., intervención del diputado Calvimontes, p. 275.
17 Redactor de la Convención Nacional del año de 1880, intervención del diputado Merizalde, p. 277 y ss.
18 Redactor de la Asamblea del año 1826, sesión del 16 de agosto, p. 418.
19 Id., sesión del 21 de agosto de 1826, intervención de Casimiro Olañeta, p. 448.
20 Id., sesión del 14 de julio de 1826, p. 274.
21 En el interior de los Andes, bajo el antiguo régimen, el término era sinónimo de criollo y designaba a todos los bancos, para distinguirlos de los mestizos y los indios.
22 Ver anexo 2, "Tributo y estatuto indígenas", y glosario.
23 El papel de mestizo es propiamente el de intermediario.
24 Don Gunnar Mendoza, a quien debo lo esencial de mi documentación, pierde la huella de ellos en la segunda mitad del siglo xix, bajo la dictadura del general Melgarejo. Consultar la Introducción del Diario de un comandante de la guerra de independencia, op. cit.
25 Entiendo por esta designación el conjunto de los recursos proporcionados por la población india bajo la forma de mano de obra, tierras y tributo que el Estado boliviano utilizaba según diversas modalidades y sobre los cuales ejercía una presión cuya intensidad variaba según las circunstancias.
26 Se las designaba como tierras de origen.
27 El mantenimiento de los caminos, el servicio de postas, la intendencia del ejército. Y, para no olvidar que el Estado ejercía un patronato sobre la Iglesia: la refacción y la construcción de templos, el mantenimiento del cura, y la gestión de los bienes de cofradía y de fábrica que permitían la realización de las festividades religiosas.
28 Sobre el consumo de productos de uso principalmente indígena, como la coca, la chicha e incluso el aguardiente.
29 "En numerosos departamentos, no se ha cobrado un peso de contribución personal", reconocía el diario oficial El Cóndor de Bolivia (Sucre, N° 70, 5 de abril de 1827).
30 Consultar a este respecto de W. LOFSTROM, El mariscal Sucre en Bolivia, op. cit., p. 353 y ss.
31 Informe que presenta al supremo gobierno el prefecto y administrador del tesoro público de La Paz, La Paz, Imp. El Nacional, p. 1-7. He calculado este porcentaje sobre la base de la suma efectivamente percibida por el tesoro departamental, y no sobre el total determinado por el presupuesto, ya que las dos cifras con muy diferentes: 169 526 pesos en el primer caso, y 212 903 pesos en el segundo (44,2% de los ingresos del departamento).
32 Según Jorge PALENQUE, Recursos financieros de los departamentos, La Paz, Imp. Cervantes, 1926, p. 40.
33 La edad de imposición variaba según los países: en Bolivia el tributo era obligatorio entre los 18 y 50 años, en el Perú entre 21 y 60.
34 En 1896, después en 1902, las provincias del Cuzco se agitan a causa de este nuevo impuesto. BNL, Memoria del prefecto del Cuzco para 1896 (disturbios en Maras, el cercado del Cuzco y las provincias del Urubamba).
35 En 1874 -diez años antes de que el Perú adoptase tal decisión-, el tributo se convierte en Bolivia en un recurso departamental.
36 Resumo la tesis defendida por Tristan PLATT (Estado boliviano y ayllu andino: tierras y tributo en el norte de Potosí, Lima, 1EP, 1982).
37 Desde los primeros años de la república las comunidades indias hacen saber la importancia que asignaban al tributo, garante de su propiedad colectiva, por medio de una exposición elevada a la Cámara en 1826. Redactor de la asamblea de 1826, sesión del 21 de julio, p. 307.
38 El reglamento del 28 de febrero de 1831 -el primero en establecer las bases del tributo desde el 1o de julio de 1784-decretaba: "Art. 32: Con respecto de las demás castas, se arreglarán los padrones a la costumbre, amparándolas en la poseción en que se hallen de no satisfacer la contribución, a menos que disfruten de repartimientos de tierras de comunidad, en cuyo caso serán matriculados como originarios." Reglamento de matrícula y empadronamiento de indígenas contribuyentes, La Paz, 1831, Imp. Colegio de Artes, p. 7.
39 El único estudio que haya intentado describir este fenómeno es un artículo de Jean Piel, consagrado a la evolución demográfica de una provincia cercana a La Paz ("Démographie et fiscalité: la province de Larecaja", Ambana, la terre et les hommes, trabajos del IFEA, Lima, 1983). E. Grieshaber, quien ha querido delinear la evolución de las comunidades indias a lo largo del siglo xix, nota un incremento sensible del número de tributarios, que él atribuye, de manera errónea, a causas demográficas ("Survival of Indian Communities in Nineteenth Century Bolivia: a Regional Compari-son", Journal of Latín American Studies, 1980, N° 2, p. 223-275).
La experiencia había sido intentada bajo el antiguo régimen: en 1779, como consecuencia de las reformas de Areche, que establecían un registro más riguroso de los tributarios, el tributo se elevó a 5 838 852 pesos, un aumento de 45,9% con relación al año anterior (Jürgen GOLTE, Repartos y rebeliones, op. cit., p. 174).
40 Nicolás ACOSTA, Guía del viajero en La Paz. La Paz, 1880, p. 72-74.
41 Lo que se llama tiana.
42 Manuel Lorenzo de VIDAURRE, "De la miseria y padecimiento de los indios", CDIP, t. I, vol. 15, Lima, 1971, p. 225. Se trata de un texto concebido cuando Vidaurre ejercía el cargo de procurador de la Audiencia del Cuzco, en 1814.
43 José Carlos Mariátegui da esta definición de gamonalismo, admitida comúnmente ahora: "El término ‘gamonalismo’ no designa sólo una categoría social y económica: la de los latifundistas o grandes propietarios agrarios. Designa todo un fenómeno. El gamonalismo no está representado sólo por los gamonales propiamente dichos. Comprende una larga jerarquía de funcionarios, intermediarios, agentes, parásitos, etc. El indio alfabeto se transforma en un explotador de su propia raza porque se pone al servicio del propio gamonalismo. El tacto central del fenómeno es la hegemonía de la gran propiedad semifeudal en la política y el mecanismo del Estado." Siete ensayos de interpretación de la realidad peruana, La Habana, Casa de las Américas, 1969, p. 25-26, nota.
44 En sus numerosos trabajos sobre la región de Huancavelica, Henri Favre describe minuciosamente la emergencia, luego la diferenciación de este tronco familiar, llegada a vivir entre los Asto a fines del siglo xviii.
45 Aún hoy día Bolivia tiene, en teoría, dos capitales: Sucre, donde tiene su sede la Corte Suprema, y La Paz.
46 Ver de Javier ALBÓ, Achacachi, conservadores, pero rebeldes, La Paz, CIPCA, 1978.
47 No he podido reconstituir su ascenso, que no debía ser reciente: en los años 1880 unos Mollinedo recompraban ya tierras de comunidades en el cantón de Achacachi.
La fortuna de los Mollinedo descansaba, desde luego, en bienes raíces. En 1932, según el Libro de declaraciones de Omasuyos (AHLP), Issac Mollinedo poseía, en Santiago de Huata, la hacienda Lipe (estimada en 70 000 pesos) y Chancahoma, una excomunidad estimada en 20 000 pesos. Justina Mollinedo había adquirido la excomunidad de Cusijahuira (estimada en 20 000 pesos). En 1936, según el catastro de la provincia de Omasuyos, Isaac Mollinedo había adquirido además las haciendas Turpo (15 000 pesos), Frasquia (40 000 pesos), Huarisata (30 000 pesos), Challuyo (25 000) pesos) y Arasaya (4 000 pesos). Carmelo Mollinedo era propietario de Pongohuyo (40 000 pesos).
48 AHLP, prefectura, Achacachi, 1939, telegrama fechado el 24 de octubre de 1939.
49 AHLP, prefectura, Achacachi, 1940, telegrama del 8 de marzo de 1940.
50 Id., telegrama, 4 de abril de 1940.
51 Id., telegrama del 25 de julio de 1940.
52 Isaac es sobrino de Luis y de Sócrates Mollinedo.
53 AHLP, prefectura, Achacachi, 1941, telegrama del 8 de julio de 1941.
54 AAC, C-LIX, 3, 44.
55 La continuación del documento revela que incluso los indios "libres" buscan refugio en la hacienda. El Nacional, Quito, N° 6, 5 de marzo de 1847.
56 Olivier DOLLFUS, El reto del espacio andino, Lima, IEP, 1981, p. 67-68.
57 Acusación contra el ex-presidente de Bolivia ciudadano Ismael Montes, La Paz, "La Razón", 1918, p. 56-57.
58 Gabriel RENÉ-MORENO, Biblioteca Boliviana. Catálogo del archivo de Mojos y Chiquitos, op. cit., p. 106.
59 Id., p. 132.
60 Ver la aclaración que publiqué en 1980, "Darvinismo a la criolla. El darvinismo social en Bolivia, en 1780-1910". Pluriel-débat, Paris, N° 23, p. 3-36.
61 En 1842 el departamento de Santa Cruz fue dividido en dos: la antigua provincia de Mojos formó el departamento del Beni, y Chiquitos se quedó en el departamento de Santa Cruz. Cito al prefecto del Beni.
62 El prefecto José María Urdinea, carta al Ministro del Interior, 17 de septiembre de 1887, ANB, Ministerio del Interior, 1887.
63 La obra de Thomas M. DAV1ES Jr. (Iridian Integration in Peru, a Half Century of Experience, 1900-1948, University of Nebraska Press, Lincoln, 1974), que establece un catálogo de las medidas adoptadas en favor de los indios peruanos, no aborda la cuestión de las distorsiones que había entre la ley y su aplicación.
64 Juan de SOLÓRZANO, Política indiana, Madrid, 1646, p. 83. [Nota del Editor. En la imposibilidad de conseguir el texto original en español se ha recurrido a una retraducción de la cita en francés que figura en la edición original de este libro].
65 Id., p. 170-171.
66 Id., p. 1S2. [Nota del Editor. En la imposibilidad de conseguir el texto original en español se ha recurrido a una retraducción de la cita en francés que figura en la edición original de este libro].
67 Juan de SOLÓRZANO, Traducción de la dedicatoria real..., Madrid, 1639, p. 6.
68 Álvaro FLORES ESTRADA, "Examen imparcial de las disenciones de América con España", Obras, Madrid, BAE, 1958, p. 14. Primera edición: Londres, 1811. [Nota del Editor. En la imposibilidad de conseguir el texto original en español se ha recurrido a una retraducción de la cita en francés que figura en la edición original de este libro].
69 "El Congreso Constituyente del Perú a los indios de las provincias interiores", CDIP, t. XIII, vol. I, p. 94-95. Antes de este arrebato, la Constituyente afirmaba la unidad de la causa americana, indios y criollos confundidos. CDIP, t. I, vol. IX, p. 94. [Nota del Editor. En la imposibilidad do conseguir el texto original en español se ha recurrido a una retraducción de la cita en francés que figura en la edición original de este libro].
70 La expresión es de Bolívar, citada por Daniel O'LEARY, Cartas de Sucre al Libertador, Madrid, 1919, p. 19.
71 La ciudad del Cuzco, sublevada, le escribía al virrey el 17 de septiembre de 1814: "Aexepción de raros, darnos ejemplo de la mentira y simulación, la hipocrecía, la ingratitud, el adulterio, y de cuanto crimen, que antes en el estado natural de los Incas se ignoraban, y los que se conocían se castigaban con pena corporal.". CDIP, t. III, vol. 6, p. 217.
72 José de Baquíjano establecía un paralelo entre Confucio y Manco Capac, Lorenzo de Vidaurre lo hacía más bien entre el Inca y los griegos: "En todos los tiempos, la religión ha sido la base del gobierno. Aunque fue falsa, era necesaria. Este es un principio en que han convenido todos los legisladores. Licurgo en Grecia y Manco Capac en el Perú hablaban a los pueblos en nombre de los dioses." CDIP, t. I, vol. 1, p. 163. CDIP, 1.1, vol. 6, p. 139.
73 Antes de hacer de ello un modelo de comunismo, se atribuyó a los Incas el beneficio de la invención del individuo: "Los europeos han dicho, formemos una sociedad feliz y todos seremos felices, hablo de los más bien organizados. Los Incas al contrario han dicho: Hagamos a cada individuo feliz de suerte que ninguno pueda sin injusticia desear un mejor estado, por este medio la sociedad será poderosa y feliz..." CDIP, t. III, vol. 5, p. 85. El dilatado cautiverio bajo el gobierno español de Juan Bautista Tupamaru, 5° nieto del último emperador del Perú, Buenos Aires, s. d. [1826].
74 Ibid.
75 Por ejemplo, la Descripción del recibimiento que la ciudad de La Paz hizo a S. E. el Libertador, La Paz, Imp. del Ejército, 1825.
76 Fue el caso del peruano Dionisio Inca Yupanqui en Cádiz, así como del boliviano Vicente Pazos Silva, quien comenzó a hacerse llamar Pazos Kanki ("Copia de una representación dirigida por D. Vicente Pazos al Exmo. Señor Presidente o xefe del Poder Ejecutivo de la República de las Provincias Unidas del Río de la Plata, Londres, 20 de noviembre de 1825", citada por Charles H. BOWMAN, Jr., "Documents concerning a Bolivian Diplomat: Vicente Pasos Kanki", Revista de Historia de América, N° 97, enero-jimio de 1984, p. 165).
77 "El imperio de los Incas desapareció hace dos siglos; el pueblo que vive en lo que queda de ese imperio forma un nuevo Perú, el Perú español y cristiano, no conquistado, sino creado por la conquista. Basta abrir los ojos para constatar que el Perú de hoy no es ya el de los Incas. Las razas que España trajo a este suelo y se mezcló con los indígenas han dado nacimiento a un pueblo completamente nuevo". Bartolomé HERRERA, Sermón pronunciado el día 28 de julio de 1846, Lima, 1846, p. 15-16.
78 Francisco de Paula GONZÁLEZ VIGIL, Impugnación de un folleto defensor de la monarquía, Lima, 1867, p. 85 y ss. En su Catecismo político, para uso de los escolares, redactado a pedido de la municipalidad de Arequipa, González Vigil logró ocuparse en 147 páginas de los derechos y deberes del ciudadano peruano sin emplear jamás las palabras "indio" o "indígena".
79 Editorial de El Progreso, Lima, 15 de mayo de 1867, "Guerra de castas", citado por Emilio VÁSQUEZ, La rebelión de Juan Bustamante, Lima, 1976, p. 273.
80 Ibid.
81 Ver de Nelson MANRIQUE, Las guerrillas indígenas en la guerra con Chile, Lima, CIC, 1981.
82 Miguel S. ZAVALA, Protectorado de Indios, Lima, 1868.
83 Id., p. 19.
84 Id., p. 19-20. Zavala prosigue, en la p. 38: "Según la constitución vigente, basta tener propiedad raíz para ejercer el derecho de sufragio, y como los indios todos son propietarios de terrenos, resultan todos sufragantes".
85 "Si bien se puede fácilmente explicar la miseria y la actual degradación de los indios por los abusos de los mestizos, que ha contado con la tolerancia y el apoyo de las autoridades locales, no hay que perder de vista que estos abusos y esta tolerancia son los frutos de leyes irreflexivas y brutales, que han alejado a los indios del trabajo". Id., p. 28.
86 Id., p. 29.
87 "El Protector inspeccionará cuidadosamente la moral, la higiene, las prácticas y los hábitos domésticos, dirigiéndolo paternalmente a fines racionales. Id., p. 44-45.
88 Clorinda MATTO DE TURNER, Aves sin nido, Lima, 1889, p. 90. Killac, el Pueblo donde Clorinda Matto sitúa la acción de su amarga pastoral, es un "villorrio" bárbaro, dominado por una "manada de lobos" (p. 99 y 193). Ella conocía muy de cerca lo que describía: el imaginario Killac se asemeja como un reflejo al pueblo muy real de Tinta, donde ella vivió con su marido, José Turner, comerciante británico y gobernador del distrito. Con tal título, tuvo enfrentamientos con el cura del lugar, quien lo acusaba de abusar de los indígenas imponiéndoles servicios gratuitos y apoderándose de su ganado. Tanto que el cura "últimamente impuso a los indios a que no obedeciesen a las autoridades ejecutivas porque todos eran animales brutos y ladrones!", AAC,C-XLIV, I, fol. 4. "Papeles relacionados a los diferentes pleitos entre el cura y las autoridades de Tinta".
89 Aunque una serie de lazos personales y una misma condena del gamonalismo aproximan a los fundadores de la Sociedad Pro Indígena y a la generación más joven, agrupada en torno a la revista Amauta, o al seno del APRA, la Sociedad Pro Indígena permanece antes que nada fiel a la reflexión antinómica civilización-barbarie.
90 Luis E. VALCÁRCEL, "El problema indígena", Amauta, N° 7, marzo de 1927, p. 2, 3, 4. Retomado en Tempestad en los Andes.
91 Los discursos universitarios se hacen eco de este interés. En 1899 el profesor de sociología Mariano H. Cornejo declara: "En la oscilación de los grupos étnicos que se multiplican, decaen y se regeneran, sobre todo, Señores, en esa odisea luminosa de la civilización, meridiano histórico que han trazado sobre el planeta los diversos grupos de esa ilustre raza indo-aria que nace en el centro de Asia, crece y se vigoriza en el suelo de Europa, cuyos accidentes acaban por fijar su constitución mental y por educar su férrea voluntad; que llega a las playas americanas conservando su misma distribución europea: al sur, la inteligente familia latina, y al norte, la viril familia sajona [...]. Para regresar por el archipiélago filipino a ese viejo continente que guarda los primeros recuerdos de la historia, y que está destinado quizás a que, sobre sus anchas mesetas, despida antés de estinguirse sus más esplándidos rayos el sol de la humana civilización". Anales Universitarios del Perú, Lima, t. 27, 1899, p. 15.
92 La idea era cara a José Ingenieros ("Los tiempos nuevos", Imperialismo y Nación, México, 1979 [1917], p. 407).
93 Mesianismo difundido tanto al norte como al sur de Hispanoamérica, y del cual da una ilustración La serpiente emplumada de D. H. LAWRENCEE (1926).
94 Según la expresión de Antonello GERBI, La disputa del Nuevo Mundo, op. cit.
95 "Nuestro evangelio se resume en una sola palabra: ANDINISMO. Es una expresión geográfica toda vez que la raza existe en tanto se arraiga en un trozo del planeta. (Raza y paisaje van juntos, y donde se halla el solar permanece también la raza"). Luis E. VALCÁRCEL, "El problema indígena", Amauta, Lima, N° 7, p. 4.
96 "El conquistador adquirió un nuevo carácter en su contextura moral por aquel influjo humano y telúrico [...]. Los Andes [...] envolvieron fatalmente al español, sumergido dentro de sus contornos vitales, permitiéndole formarse una personalidad diversa a la de sus orígenes". Uriel GARCÍA, "El nuevo indio", Amauta, Lima, N° 8, abril de 1927, p. 19-20. La misma idea se halla en Mariátegui (Siete ensayos sobre la realidad peruana "El indigenismo", Lima, Amauta, 1968, p. 262).
97 Los Calendarios y guías de forasteros, publicados cada año, proporcionan hasta mediados del siglo xix la datación de la Creación y del Diluvio. Calendario y guía de forasteros de la república boliviana para el año de 1835, Paz de Ayacucho, Imp. del Colegio de Artes, s.d., p. 1: "De la creación del mundo, son 7 034 años; del diluvio universal son 4 792 años".
98 Jorge POLAR, "Aptitudes políticas de nuestra raza", Anales Universitarios del Perú, Lima, t. 27, 1899, p. 164. [Nota del Editor. En la imposibilidad de conseguir el texto original en español se ha recurrido a una retraducción de la cita en francés que figura en la edición original de este libro].
99 Mariano CORNEJO, "El gobierno parlamentario", Anales Universitarios del Perú, Lima, t. 24-25, 1896-1897, p. 49. [Nota del Editor: Idem que para la nota 96.]
100 Clemente PALMA, El porvenir de las razas en el Perú, Lima, Torres Aguirre, 1897, p. 3. [Nota del Editor: Idem que para la nota 96.]
101 Ibid. La inmigración toma aquí un sentido muy diferente del que se le daba a comienzos del siglo xix. Entre 1825 y 1870 -aproximadamente-, el extranjero debe sobre todo aportar su ciencia, sus mercancías y sus capitales que pondrán en valor las riquezas dormidas del país. A fines del siglo xix se espera de él un mejoramiento racial.
102 Gabriel RENÉ-MORENO, Las matanzas de Yáñez, Potosí, Editorial "Potosí", 1954, p. 110.
103 Alexis de TOCQUEVILLE, La démocratie en Amérique, op. cit., t. II, p. 174.
104 A propósito de las interpretaciones racistas de la derrota peruana consultar de Jeffrey KLAIBER, "Los rotos y los cholos: actitudes raciales durante la Guerra del pacífico", Histórica, Lima, II, 1,1978.
105 La guerra con Chile sobrevino en un momento en que se trataba de renegociar la importación de mano de obra china con las autoridades de Macao. AMAE, Correspondance politique, Pérou, t. 37, despachos del 21 de marzo de 1876 y del 22 de noviembre de 1878.
106 Carlos WIESSE, "Sobre la perfectibilidad de las razas humanas", Anales Universitarios de! Perú, Lima, t. 14, 1886, p. 207. [Nota del Editor. En la imposibilidad de conseguir el texto original en español se ha recurrido a una retraducción de la cita en francés que figura en la edición original de este libro].
107 Ibid.
108 Id., p. 209.
109 Ibid. Wiesse pertenece a! muy pequeño número de aquellos que se niegan a idealizar a los incas. Como liberal consecuente, se oponía a la utilización que los socialistas podían hacer de la utopía incaica: "Este comunismo llevado hasta el detalle de la vida privada, y la imposición por la violencia de una cultura extranjera, han envilecido al individuo haciéndole perder la conciencia de sus derechos individuales y el recuerdo de sus tradiciones gloriosas". Id., p. 212.
110 Id., p. 216.
111 Id., p. 215.
112 Id., p. 209.
113 José VASCONCELOS, Indología, una interpretación de la cultura ibero-americana, París, 1929, p. 72. [Nota del Editor. En la imposibilidad de conseguir el texto original en español se ha recurrido a una retraducción de la cita en francés que figura en la edición original de este libro.]
114 Id., p. 27.
115 Id., p. 79.
116 Moisés SAENZ, Sobre el indio peruano y su incorporación al medio nacional, México, 1933, p. 282.
117 José Vasconcelos afirmaba, por el contrario, el carácter dominante de la latinidad (La raza cósmica, op. cit., p. 25).
118 François BOURRICAUD, "Quelques caractères originaux d'une culture métisse en Amérique latino-indienne", Cahiers internationaux rie sociologie, Paris, vol. 7,1954, p. 54: "Lo que prepara el advenimiento del mestizo es, por imposición progresiva de un modelo cultural unificado, una situación en la que los conflictos no podrán va a ser localizados por un mecanismo de tabiques estancos que circunscriban los brotes de incendio (bajo la forma de guerrillas campesinas), sino que cuestionarán la repartición del poder y del prestigio simultáneamente y en todos los niveles".
119 Jean PIEL, "A propos d'un soulèvement rural péruvien au début du xxe siècle: Tocroyoc, 1921", Revue d'Histoire moderne et contemporaine, Paris, oct-dic. de 1967.
120 Palabras de Zulen, poco antes de su muerte, y transcritas por José Carlos MARIÁTEGUI, "Vidas paralelas: E.-D. Morel y Pedro Zulen", Mundial, Lima, 6 de febrero de 1925.
121 Para un análisis fino de la doctrina aprista ver la obra de François BOURRICAUD, Pouvoir et société dans le Pérou contemporain, Paris, PENSP, 1967, principalmente p. 121 y ss.
122 Esta constatación vale también para Mariátegui, dedicado no obstante a interpretar de-modo socialista y materialista la sociedad peruana. Como tampoco Valcárcel, no se sustrae a la confusión de los determinismos:
1) telúrico ("En la sierra, la influencia telúrica indianiza al mestizo casi hasta su absorción por el espíritu indígena". Polémica del indigenismo, Lima, Mosca Azul, 1976 [1927], p. 34);
2) el subconsciente, el impulso vital ("Si el indio ocupa el primer plano en la literatura y el arte peruano no será seguramente por su interés literario o plástico, sino porque las fuerzas nuevas y el impulso vital de la nación tienden a reinvidicarlo. El fenómeno es más instintivo y biológico que intelectual y teórico". Id., p. 37);
3) incluso un sólido racismo ("El negro ha mirado siempre con hostilidad y desconfianza la sierra, donde no ha podido aclimatarse ni física ni espiritualmente. Cuando se ha mesclado al indio ha sido bastardearle comunicándole su demesticidad zalamera y su psicología exteriorizante y mórbida." Ibid.)
123 Manuel A. SEOANE, para el APRA: "Circunstancias peruanísimas reducen casi por completo el problema indígena a un problema campesino, problema de tierra que se resuelve modificando el régimen de la propiedad agrícola. Esto es lo fundamental: lo económico. Todo lo demás es adjetivo." Amauta, Lima, N° 9, mayo de 1927, p. 38.
José Carlos MARIÁTEGUI: "Quienes desde puntos de vista socialistas estudiamos y definimos el problema del indio, empezamos por declarar absolutamente superados los puntos de vista humanitarios o filantrópicos, en que, como una prolongación de la apostólica batalla del padre de Las Casas, se apoyaba la antigua compañía pro-indígena. Nuestro primer esfuerzo tiende a establecer su carácter de problema fundamentalmente económico. Insurgimos primeramente, contra la tendencia instintiva -y defensiva- del criollo o "misti", a reducirlo a un problema exclusivamente administrativo, pedagógico, étnico o moral, para escapar a toda costa del plano de la economía. [...] No nos contentamos con reinvidicar el derecho del indio [...] a la tierra". Siete ensayos de interpretación de la realidad peruana, op. cit., p. 33. [Amauta, N° 10, diciembre de 1927, p. 9].
124 Francois BOURRICAUD, Pouvoir et société au Pérou, op. cit., p. 127.
125 Alfredo SACO, Programa agrario del APRA, Lima, 1946, p. 16.
126 Id., p. 18. Ver igualmente las reflexiones al respecto de Robert PARIA. "José Carlos MARIÁTEGUI y el modelo del comunismo inca", Annales, E.S.C., Paris, sept.-oct., 1966.
127 José Carlos MARIÁTEGUI, 7 ensayos de interpretación de la realidad peruana, Lima, 1952, p. 37-38.
128 Ibid, p. 35. Subrayado por mí.
129 Id., p. 63 (nota): "El ayllu -la comunidad- fue la célula del Imperio. Los Inkas hicieron la unidad, inventaron el Imperio; pero no crearon la célula. El Estado jurídico organizado por los Inkas reprodujo, sin duda, el Estado natural pre-existente. Los Inkas no violentaron nada." Id. p. 64-65 (nota): "En la sociedad inkaica no existía el robo porque no existía la propiedad. O, si se quiere, porque existía una organización socialista de la propiedad" [...] Los depósitos del Estado [...] representasen, una suma, un acto de providencia social, peculiar y característico en un orden socialista."
130 Mariátegui prosigue: "La libertad individual es un aspecto del complejo fenómeno liberal. Una crítica realista puede definirla como la base jurídica de la civilización capitalista. (Sin el libre arbitrio no habría libre tráfico, ni libre concurrencia, ni libre industria.) Una crítica idealista puede definirla como una adquisición del espíritu humano de la edad moderna. En ningún caso, esta libertad cabía en la vida inkaica. El hombre del Tahuantinsuyo no sentía absolutamente ninguna necesidad de libertad individual". Op. cit., p. 63-64, nota.
131 Id., p. 50. "No es la civilización, no es el alfabeto del blanco, lo que levanta el alma del indio. Es el mito, es la idea de la revolución socialista. La esperanza indígena es absolutamente revolucionaria."
132 De la superabundante literatura consagrada por entonces a la comunidad indígena subsiste el trabajo concienzudo de Hildebrando CASTRO POZO, Nuestra comunidad indígena, Lima, 1979 [1924].
133 Ed. Sociales, Paris, 1966. Prefacio de Frédéric Engels a la edición de 1884, p. 15.
El debate sobre las comunidades indígenas ofrecía un ejemplo de intercambio intelectual entre el Perú y Europa. Mientras que el marxismo peruano encontraba en el pasado nacional las estructuras que confirman lo bien fundado de su programa, la social democracia alemana buscaba confirmar los trabajos de Marx y de Engels en la existencia de la comunidad andina. Esta utilización del modelo peruano aparece en Austria desde 1875: "El Perú fue una monarquía que, apoyándose sobre un fundamento teocrático, llegó a poner en práctica una gran parte de los ideales postulados por los socialdemócratas. [...]" J. J. von Tschudi, Ollanta, Viena, 1875, p. 16.
En 1896 el antropólogo alemán Heinrich CUNOW, quien más tarde consagró un estudio a La teoría de Marx sobre la historia de la sociedad y del Estado (Berlín, 1923) intenta refutar esta tesis: "Veremos que estas excepcionales instituciones de la historia de la humanidad", donde en realidad se han plasmado los sueños de los socialistas, existían antes de la conquista incaica, como producto necesario de una sociedad primitiva". La organización social del imperio de los Incas, Lima, 1933, p. XII. Primera ed. en 1896 en la revista Ausland.
Cunow subrayaba que el pretendido socialismo inca no tuvo más que un siglo de existencia, cuando el sistema colonial hispánico duró más de tres, para concluir: "Como se ve, el imperio de los Incas no fue una sociedad política en el sentido que entendemos. Fue, simplemente, una confederación de tribus antagónicas, independientes unas de otras, pero en apariencia unidas por una administración común [...]. El imperio de los Incas fue vencido y destruido porque no era un Estado socialista fundado sobre una teocracia organizada hasta el menor detalle. A las tribus que lo integraban les faltaba la solidaridad de los intereses, la unidad religiosa, una sola manera de pensar y de actuar". (Id., p. 124-125).
134 Id., p. 156.
135 Id., p. 157.
136 Georges JELLINEK, L'État moderne el son droit. Paris, 1904, t. I, p. 154. Esta aspiración recuerda extrañamente la utopía republicana forjada por José Faustino Sánchez Carrión en 1822 (Segunda Parte, cap. II).
137 Carta de Engels a Marx, Londres, 8 de diciembre de 1882: "Me veo obligado a dejar para más tarde México y el Perú". Op. cit., p. 298.
138 Carta a Vera Zassoulitch, op. cit., p. 294: "[...] La comunidad agrícola se presenta por doquier como el tipo más reciente de la formación arcaica de las sociedades y, [...] en el movimiento histórico de Europa occidental, antigua y moderna, el período de la "comuna agrícola" aparece como un período de transición de la propiedad común a la propiedad privada [...]. Pero, ¿es decir que, en todas las circunstancias, el desarrollo de la "comuna agrícola" debe seguir este camino? De ningún modo. Su forma constitutiva admite esta alternativa: o el elemento de propiedad privada que ella implica prevalecerá sobre el elemento colectivo, o este prevalecerá sobre aquel. Todo depende del medio histórico donde se halla.
A propósito del mir ruso, Marx era aún más preciso: "[La propiedad común del suelo] puede, por lo tanto, incorporar las adquisiciones positivas elaboradas por el sistema capitalista sin pasar por sus horcas caudinas [...]. Puede convertirse en el punto de partida directo del sistema económica al cual tiende la sociedad moderna y hacer piel nueva sin comenzar por su suicidio." (Id., p. 297)
139 CDIP, t. 1, vol. IX, op. cit., p. 536, "Discurso preliminar del proyecto de constitución de 1823, redactado principalmente por el secretario de la comisión D. José Faustino Sánchez Carrión". [Nota del Editor: en la imposibilidad de conseguir el texto original en español, se ha recurrido a una retraducción de la cita en francés que figura en la edición original de este libro.]
140 Bolívar se hallaba por entonces bajo la influencia de Bentham (Obras completas, ed. Vicente LECUNA, La Habana, 1950, vol. 2, p. 528 y ss.), y los principios sobre los que se fundaba su decreto se encontraban detallados en un folleto que Bentham destinaba a Hispanoamérica, Principios que deben servir de guía en la formación de un código constitucional para un Estado, Londres, Imp. Taylor, 1824, p. 4. [Nota del Editor: idem que para nota 139]
Por este decreto Bolívar introducía un matiz que no se encontraría en la obra de Bentham o de Say. Estos eran partidarios de una fiscalidad reducida, adecuada para estimular la producción. Bolívar invertía su razonamiento y proyectaba aumentar los "sectores productivos a fin de reducir las contribuciones personales". Nada más alejado de una concepción moderna del Estado.
141 Simón BOLÍVAR, Obras completas, op. cit., p. 528: "Art. 1.- La declinación de la agricultura en estas regiones depende en gran parte del poco cuidado con el cual se cultiva las tierras, ya que la mayor parte de ellas son alquiladas o de posesión precaria."
142 Una reforma agraria en favor de los indígenas había sido propuesta por el fiscal de la Audiencia de Lima, Miguel Eyzaguirre, a fines de la época colonial. Se trataba de dar a los indígenas, por pequeños lotes inalienables, la propiedad de las tierras que ya cultivaban, y de dividir las comunales en beneficio de los matrimonios mixtos (formados ya sea por un indio y una blanca o una mestiza, ya sea por un blanco o mestizo y una india). El proyecto también proponía suprimir los derechos eclesiásticos y crear escuelas rurales. Eyzaguirre se mostraba hostil a los jueces, a los corregidores y a los curas, que, que, bajo diversos títulos, explotaban a los indios, Ideas de Eyzaguirre acerca de la situación del Indio, Lima, 5 de octubre de 1809, BNL, D 214, ms, 7 f.
En las Cortes de Cádiz las propuestas del suplente Dionisio Inca Yupanqui iban en el mismo sentido. BNL, D 11711, Nota de Dionisio Inca Yupanqui al obispo de Arequipa, Cádiz, 16 de diciembre de 1812, ms., 9 f. Las Cortes decretaron la supresión del tributo (decreto del 13 de marzo de 1811), y tomaron la decisión de repartir las tierras comunales entre los indígenas. En Lima se designó una comisión para tal efecto, que presidía José de Baquíjano.
143 Decretos de Bolívar (8 de abril de 1824 en Trujillo y 4 de julio de 1825 en el Cuzco), Santa Cruz (ley del 28 de septiembre de 1831) Decreto sobre propiedad de tierras de indígenas, Sucre, Imp. del Estado, 1836. Achá (1863), Melgarejo (1866-67), Morales (1871), Frías (1874, COMISIÓN DE HACIENDA, Proyecto de ley sobre la propiedad de las tierras de origen, Sucre, 16 de septiembre de 1874, tip. El Progreso, 1878, 18 p.), la Convención de 1880 (ley del 1o de octubre de 1880).
144 Citemos, en el caso de Bolivia, los proyectos de 1863 (José María de ACHÁ, Decreto sobre la propiedad de tierras de indígenas, La Paz, Imp. del Estado, 1863), de 1874 (COMISIÓN DE HACIENDA, Proyecto de ley sobre la propiedad de de las tierras de origen, op. cit., o de 1878 (Claudio COSTA, Ley agraria o proyecto del H. Señor Acosta, op. cit., 18 p.), que ilustran una u otra posición. El proyecto de Claudio Acosta era el más severo: no se reconocía a los comuneros otro derecho que el de cultivar sus antiguas tierras por cuenta de un hacendado, en cuanto colonos.
145 Tal es el sentido de las críticas de Vicente Ramón ROCA, dirigidas en 1847 al presidente de la Asamblea. El Nacional, Quito, N° 122, 9 de noviembre de 1847, p. 2137.
146 Debía la idea a su maestro, Simón Rodríguez, gran lector de Rousseau. "Bajo los malos gobiernos, esta igualdad sólo es aparente e ilusoria; no sirve sino para mantener al pobre en su miseria y al rico en su usurpación. En los hechos, las leyes son siempre útiles a aquellos que son propietarios y perjudiciales a aquellos que no tienen nada. De lo cual se desprende que el estado social no es ventajoso a los hombres sino en la medida en que todos es dueño de algo y que ninguno de ello tiene nada en demasía". (Le contrat social, nota final del libro I).
147 Con este fin las leyes de 1866 apuntaban a destruir las comunidades, conservando sin embargo una por distrito.
148 Se continúa aún menos informado sobre lo que eran las comunidades indígenas en el siglo xix que en lo que respecta a la época colonial. Algunos estudios se han fundado sobre los raros documentos accesibles, de carácter jurídico. Pero aquellos no dan más que una idea artificial del funcionamiento y de la evolución de las comunidades. Es sumergiéndose en los detalles de los expedientes de departamento, de provincia, de distrito -o, mejor aún, de los archivos de las comunidades, cuando se puede tener acceso a ellos- que se hace posible delinear la historia de las comunidades indígenas.
149 Nelson MANRIQUE, Yawar Mayu. Sociedades terratenientes serranas, 1879-1910, Lima, IFEA-DESCO, 1988.
150 Id., Campesinado y nación. Las guerrillas indígenas en la guerra con Chile, Lima, CIC, 1981, y Mercado interno y región, la sierra central, 1820-1930, Lima, DESCO, 1987.
151 Citado por Nelson MANRIQUE, Yawar Mayu. Sociedades terratenientes serranas, 1879-1910, p. 188.
152 Alberto FLORES analiza este fenómeno en Arequipa y el sur andino, siglos xviii-xx, Lima, Ed. Horizonte, 1977.
153 Nelson MANRIQUE, Yawar Mayu. Sociedades terratenientes serranas, 1879-1910, op. cit., p. 117 y ss.
154 La tesis de Erwin P. GRIESHABER sostiene que la disminución o la supervivencia de las comunidades se debería a otras causas y no a una relación de fuerza entre los ayllus y los hacendados. ("Survival of Indian Communities in Nineteenth-century Bolivia: A Regional Comparison", Journal of American Studies, Londres, 12,2, p. 223). Hay allí un error de óptica inducida por fuentes limitadas: los censos tributarios no proporcionan ninguna indicación sobre lo que sucede en cada distrito. La sola consulta de los registros notariales torna la tesis de E. Grieshaber insostenible.
155 Es probable que tales ventas tuvieran menos importancia en Bolivia que en el Perú o Ecuador. El ejército de liberación fue enviado fuera de las fronteras después de su tentativa de golpe de estado en 1828, y, hecho significativo, el diario del comandante José Santos Vargas no habla jamás al respecto, mientras que sí detalla, al final de su obra, qué había sucedido con los oficiales de la guerrillas después de la guerra: si se hubieran beneficiado con tierras comunales lo habría señalado.
156 He presentado los primeros resultados de una investigación sobre estas ventas masivas en Nationalisme sans nation..., op. cit., p. 147 y ss.
157 Nicolás SÁNCHEZ ALBORNOZ, Indios y Tributos en el Alto Perú, Lima, IEP, 1978, p. 107-109.
158 AUMSA, Prefectura del departamento de La Paz, 1834-1906, N° 65, registro de tierras comunarias, 1883.
159 En el departamento de La Paz (sucede de diferente manera en otras zonas), la sayaña designa una parcela no sometida a las restricciones colectivas (en oposición a la aynoca).
160 Las tres últimas categorías designan a todos los indios sin tierra, que, sin embargo, están registrados como vendedores -quizás en cuanto usufructúan tierras comunales-.
161 AHLP, Títulos y catastro de la provincia de Omasuyos, libro 34, fot. 165 y ss.
162 MINISTERIO DE HACIENDA, Tierras de origen. Ventas, op. cit., p. 28-30.
163 Esta evolución ha sido descrita por Brooke LARSON, Economic Decline and Social Change in an Agrarian Hinterland: Cochabamba in the Late Colonial Period, Ph. D., de la Universidad de Columbia, New York, 1978.
164 La ley que autorizaba la venta de las tierras de las comunidades en beneficio del Estado fue promulgada dos años más tarde, el 28 de septiembre de 1868.
165 Como dijo justamente José María Barragán y Eyzaguirre, "Melgarejo no hizo sino seguir la corriente de las ideas dominantes". Reclamo de los compradores de terrenos del Estado, La Paz, 1871, p. 3.
166 Estas ventas siguien siendo misteriosas. La fuente más segura, los archivos notariales del departamento de La Paz, no ha sido hallada. Ha desaparecido asimismo el informe del Ministro de Economía presentado al Congreso en Oruro en 1870. Un economista contemporáneo de los sucesos, José María Santiváñez, que tuvo en sus manos estos documentos, indica que desde el 2 de marzo al 31 de diciembre de 1869, se habrían producido 356 ventas de tierras de comunidades en el departamento de La Paz, despojándose así a 650 000 comuneros (la cifra parece poco verosímil, pues Bolivia contaba por entonces con menos de 2 millones de habitantes). Proporciona algunas informaciones sobre las masacres que se habrían realizado: el 28 de jimio de 1869, en San Pedro, cerca del estrecho de Tiquina, 600 indios habrían encontrado la muerte, y algunas otras centenas en Guaicho, entre el 2 y el 5 de enero de 1870 (José María SANTIVÁÑEZ, Reivindicación de terrenos de comunidad, Cochabamba, 1871, p. 41 y ss). El 7 de agosto de 1870 el Ministro de Guerra indica, en su informe, que la represión habría causado la muerte de 400 indígenas en Ancoraimes.
167 El diputado liberal Luis Quijano era uno de los principales agentes de la aprobación de la ley de 1880. Citado por Ramiro CONDARCO MORALES, Zárate, el "temible" Willha. Historia de la rebelión indígena de 1899. La Paz, 1983, p. 56.
168 Como lo expresaban cínicamente los compradores de tierras de comunidades: "Devolver al indio la posesión de las tierras antes comunales y ahora de propiedad individual, es cerrarle el camino de la ilustración". Dos palabras sobre la venta de tierras realengas, Los compradores de terrenos, Cochabamba, Gutiérrez, 1871, p. 16.
169 Intervención de José Rosendo Gutiérrez, diputado de La Paz, Redactor de la Convención Nacional del año 1880, tomo I, La Paz, 1926, sesión del 5 de julio, p. 427.
170 Dos abogados de La Paz, La defensa de los intereses del Pueblo, La Paz, 1871, p. 18.
171 Intervención de Nataniel Aguirre, diputado de Cochabamba, Redactor de la Convención de 1880, op. cit., sesión del 14 de julio, p. 167. [Nota del Editor: idem que para nota 139]
172 Nataniel Aguirre escribía por entonces una novela popular -Juan de la Rosa- destinada a desarrollar el sentimiento nacional en la juventud, y que se inspiraba en el diario del tambor-mayor Vargas, del cual pudo haber tenido conocimiento (Comunicación de Don Gunnar Mendoza).
173 Es decir que se exigía el pago del tributo en moneda fuerte, el boliviano, y ya no en pesos, devaluados desde 1830 (o sea un aumento de 20%).
174 Citemos el ejemplo del distrito de Laja: en 1880 subsisten cuatro comunidades., Collantaca, Quentai (o Chijini), Copajira y Sullutaca. En tres años todas se ven afectadas por las ventas, y tres desaparecen definitivamente. Sólo la comunidad de Copajira logra sobrevivir, si bien privada de un cuarto de sus tierras. A comienzos del siglo xvii existían siete comunidades. Posteriormente el número de haciendas aumentó: entre 1713 y 1870 había 17; en 1900 eran 45.
175 AHLP, Expedientes prefectura, 1883, legajo HuaIcho, 8 de octubre de 1869. "En cumplimiento de lo mandado por el prefecto del departamento de Mejillones, yo el acalde parroquial comisionado asociado de los testigos [sic] infrascritos, me constituí en la comunidad de Hupi con el objeto de ministrale posesión de ella al indígena apoderado de todo el ayllu, Manuel Nina, a nombre de todos los poderantes, a quien para el efecto le tomé de la mano, e hizé que se revolcase, tiró piedras, arrancó hierbas y dió voces de posesión por tres veces, con los demás actos que solemnizan, habiendósela ministrada judicial, real y corporal, juri domini vel quasi, a nombre de la Nación."
176 Los años 1878-1880 habían sido catastróficos. En el primer año una sequía excepcional había causado una grave hambruna. Al año siguiente, cuando el campo apenas se reponía del choque epidémico que había sobrevenido después, las heladas destruyeron las cosechas
177 Hay que tener cuidado de no subrayar sino los actos de violencia perpetrados por antiguos comuneros (ataques de haciendas, asesinato del patrón, robos de ganado, pillaje). Las acciones legales tienen similar importancia, y es probable que los indígenas fuesen los principales clientes de la justicia. En fin, hay que recordar que muchos hacendados exageraban deliberadamente la agitación en el campo para obtener el envío de un batallón a la capital de su distrito, lo cual haría más dóciles a sus peones; estas maniobras fueron denunciadas por el revisitndor de la provincia de Muñecas, Vicente Zelada, en una carta al prefecto del 29 de octubre de 1885 (AHLP, Ministerio de Hacienda, prefectura de La Paz, volumen encuadernado, 1885, fols. 296-305).
178 La ley fue aprobada el 1o de octubre de 1880 y los decretos de aplicación aparecieron el 1o de diciembre. El 11 de mayo de 1881 se suspendieron las operaciones de revisita por decreto (una circular del 10 de marzo había dado ya la orden respectiva a los prefectos). El 30 de diciembre de 1881 un decreto restableció el pago del tributo en moneda feble (es decir, anulaba el aumento de 20% que se había hecho), pero ordenó reanudar las revisitas, nuevamente suspendidas el 8 de febrero de 1882. El 28 de febrero de 1882 se decidió cobrar el tributo , esta vez en moneda fuerte. El 13 de abril de 1883 el art. 3 de un decreto exceptuaba de la contribución indígenas a los forasteros, a los yanaconas y a los colonos de propiedades particulares; esta decisión había sido notificada anteriormente por el ministro al prefecto de Potosí (carta del 7 de enero de 1881, AHLP, varios interior, 1880-1881). El 30 de octubre de 1883 las revisitas fueron una vez más suspendidas. El 20 de marzo de 1887 la contribución fue de nuevo reducida en 20%.
179 La victoria de los liberales en 1899, y el aplastamiento de la revuelta de los comuneros del altiplano, permitieron el establecimiento de un catastro; en 1904 se había acabado va el de la provincia del cercado de La Paz, en 1905 el de las provincias de Sicasica, Pacajes, Larecaja e Inquisivi (Informe del prefecto de La Paz, 1905).
180 O se niegan a reconocer a su autoridad. En el distrito de Achacachi, en 1893. 744 colonos son considerados rebeldes, de un total de 1465, o sea un poco más de la mitad (AHLP, Minutas con el Ministerio de Hacienda, prefectura, 1893).
181 Por ejemplo, AHLP, Minutas con el Ministerio de Hacienda, prefectura, 1885. Ese año se quejaron colectivamente los cantones de Ayo-Ayo, Caravi, Taquingora, San Andrés de Machaca, Mohoza, Copacabana, Paria, Turuguara, Topoco, Ancoraimes, Hualcho, Santiago de Huata y Umala.
182 La poderosa comunidad de Jesús de Machaca, que se sublevó el 12 de mayo de 1921, había reclamando antes oficialmente sus tierras, en virtud de una cédula real de 1582. Ver de Roberto CHOQUE, "La rebelión de Jesús de Machaca (1921)", Avances, N° 2, La Paz, 1979.
183 En virtud del art. 6 de la ley del 1o de octubre de 1880.
184 No hubo por lo tanto ninguna venta de tierras de comunidades en este cantón.
185 Según los Informes del administrador del Tesoro Público de La Paz, de 1885 a 1890 (faltan los informes de los años 1887 y 1889). ¿Cuánto vale esta suma? El equivalente de dos o tres hermosas haciendas o grandes comunidades. Los diezmos aportan un equivalente del peso: si no se podía pagar con moneda, había que sustituir una llama o una oveja por un peso.
186 Informe del prefecto de La Paz, La Paz, Imp. "El Comercio", 1891.
187 Informe del prefecto de La Paz, La Paz, Imp. "El Comercio", 1894, p. 4.
188 Me atengo aquí a la definición de términos reconocida en el altiplano boliviano. Ayllu, parcialidad y comunidad no designan exactamente la misma cosa en otras partes. En el departamento de La Paz, una comunidad se compone de varios ayllus, a su vez divididos en parcialidades.
189 Un ejemplo entre tantos otros: Pedro Rojas, el cual, en 1887, presenta una denuncia en nombre de 1135 forasteros y 205 yanaconas de Mohoza, dirige el cantón como corregidor mientras que Lorenzo Ramírez se ha dado el título de general.
190 Para atenerse a un solo ejemplo, en Laja Rosa Cusicanqui era la esposa de Víctor Manuel Bustillos, el cual había sido comprador de bienes de la comunidad bajo el gobierno de Melgarejo.
191 AHLP, Expedientes prefectura, 1890, fols. 4-5 de un conjunto aún no catalogado. Documento fechado el 16 de diciembre de 1889, en La Paz, y firmado por C. Rodríguez.
192 Ibid.
193 Este apellido, que reaparece con frecuencia durante la guerra civil, es un título o sobrenombre más que patronímico. Parece haber designado a dirigentes indígenas. El primer (?) Willka de que se haga mención se manifiesta durante la Gran Rebelión (José Domingo CHOQUEHUANCA, Ensayo de estadística..., op. cit., p. 58-59).
194 AHLP, Expedientes prefectura 1890, documento fechado el 16 de diciembre de 1889, ya citado.
195 Id.
196 Id. Todos estos detalles fueron proporcionados por las autoridades indígenas ("los indígenas mandones") de San Pedro de La Paz.
197 AHLP, Expedientes prefectura, 1890, ya citado.
198 Antes de la independencia, la administración española expedía, previo pago, un título de propiedad a aquellos que disponían de un terreno sin haberlo comprado, y cuyos derechos podían ser puestos en duda.
199 AHLP, Expedientes prefectura, 1885, carta de Feliciano y Mateo Espinosa al prefecto, 12 de febrero de 1885, anotada por el prefecto.
200 Sobre todo los trabajos de Roberto Choque y de Silvia Rivera.
201 Habiendo sido abolidas las ex comunidades por las leyes de octubre de 1874, la corporación que formaba un ayllu (grupo de hombres orgánicamente vinculados) no podía nombrar representantes; pero, por razones administrativas fáciles de comprender -había que tener controlada a la sociedad indígena-, se consideraba que los hilacatas poseían al menos una responsabilidad territorial: no encarnaban la voluntad de un grupo, pero ejercían su autoridad sobre una circunscripción.
202 Se encuentra esta práctica en otras comunidades de antiguo régimen, como las del Languedoc en Francia, con ocasión de la construcción del canal del Mediodía (comunicación personal de Alain Guéry).
203 AHLP, Expedientes prefectura, 1885, ya citado.
204 El armamentismo ocasionado por la Guerra del Pacífico (1879-1883) facilitaba el tráfico de armas.
205 Col. De Angelis, vol. VIH, p. 714.
206 CDRTA, t. 2.
207 Informe del prefecto de La Paz, La Paz, 1894, ya citado, p. 1, subrayado por mí.
208 Según el modo de ver por entonces en vigor la gran división geográfica de Bolivia estaba orientada según un eje norte-sur, La Paz, capital del norte, y Sucre del sur. En el siglo xix la división separa las tierras altas y las bajas, cuya capital es Santa Cruz.
209 AMAE, Bolivie, politique intérieure, dossier général, tomo I (1894-1899), despacho del 28 de diciembre de 1898, fol. 123 v.
210 Id., despacho del 1o de febrero de 1899, fol. 155 v.
211 Id., despacho del 29 de enero de 1899, fol. 143 v.
212 Id., despacho del 31 de enero de 1899, fol. 151 v.
213 El balance de la matanza de Mohoza se eleva a 16 vecinos y 130 soldados. AHLP, Proceso de Mohoza, cuerpo N°8, p. 24, debates del 24 de julio de 1901.
214 Ibid.
215 AMAE, op. cit., despacho del 19 de mayo de 1899, fol. 192 v.
216 AHLP, Proceso de Mohoza, cuerpo N°4, requisitoria, fol. 129 v.
217 Ramiro CONDARCO MORALES, Zárate, el "temible" Willka. Historia de la rebelión indígena de 1899., op. cit. Esta segunda edición de una obra pionera aparecida en 1967, se apoya sobre ciertos documentos excepcionales: el autor pudo tener acceso a los archivos personales del general Pando.
218 AHLP, Expedientes prefectura, 1890, ya citado.
219 Formado por el general Pando y los civiles Serapio Reyes Ortiz y Macario Pinilla.
220 Pablo Zarate de Sicasica, Manuel Mamani (llamado Manuel Mita Willka o Cruz Mamani) de Calamarca, y Feliciano Willka, de Chayanta.
221 El término fue heredado de las guerras de independencia: republiqueta es el nombre que tomaban las regiones temporalmente liberadas por una guerrilla, entre 1814 y 1824.
222 Informe del prefecto y comandante general del departamento, La Paz, Imp. "El Telégrafo", 1898, p. 4 y 6, cita p. 7.
223 Esos documentos se han conservado en la AHLP y aún no estaban clasificados y catalogados cuando los he consultado.
224 La comunidad de Pomasara, avaluada en 17 820 pesos durante la revisita del 28 de noviembre de 1882, comprendía 7 origínanos y 63 agregados. El valor de la comunidad de Micaya fue estimado, el 20 de septiembre de 1882, en 2 996 pesos; estaba formada por 8 originarios y 30 agregados.
225 Vínculos muy estrechos en lo que concierne a Pablo Zárate: originario de Luribay, Pando conocía tan bien al dirigente indígena que después de que este murió sus hijos vendieron sus tierras al general. Citado por Ramiro CONDARCO MORALES, Zárate, op. cit., p. 453. ¿No habrían estado relacionados Zarate y Pando, como es frecuente en Bolivia, por lazos de compadrazgo?
226 AMAE, Bolivie, politique intérieure, dossier général, tomo 1 (1894-1899), despacho del 19 de mayo de 1899, fol. 192 V.-193.
227 Tal era la estrategia que emplearon los tres jefes de la guerrilla de Ayopaya, Lira, Chinchilla y Lanza (Primera Parte, cap. IV).