1 Varios son los autores que han analizado desde esta perspectiva el proceso de la Guerra de la Independencia; entre ellos se halla casi la totalidad de los historiadores positivistas y liberales. En la historiografía más moderna es importante citar a Charles Arnade, quien en La dramática insurgencia de Bolivia (1979) presenta la versión más desarrollada de esta postura, identificando como al más importante “dos caras” a Casimiro Olañeta.
2 Sobre este punto, es importante destacar el debate que se ha generado a partir de los planteamientos desarrollados por François Xavier Guerra acerca de la existencia de un cambio fundamental en el pensamiento político entre uno de antiguo régimen y otro de modernidad que se dieron con mayor fuerza en esos “dos años cruciales: 1808-1810” (Guerra, 1993), que llevaron a historiadores a buscar esta sucesión en los diversos países y regiones. En los años siguientes su posición ha sido debatida y surgen críticas a la misma en el sentido de que el pensamiento y la práctica política se mantuvo en muchos aspectos dentro de sistemas que podemos considerar son de antiguo régimen como el contractualismo (Barragán) o el jusnaturalismo (Chiaramonte). Desde nuestro punto de vista, si bien tomamos en cuenta como perspectiva de análisis los cambios suscitados, es claro que éstos se dieron más en el ámbito discursivo que en la práctica, como puede observarse por las contradicciones que aparecen de forma constante y que se manifiestan aún más en el capítulo 5.
3 Son numerosos los casos en los cuales un proceso no llevó necesariamente a otro. En el caso de la misma España, la transformación de vasallos en ciudadanos no estuvo acompañada por un proceso de independencia o autonomía; en los casos de México y Brasil, por otro lado, el proceso de separación de sus respectivas metrópolis no llevó automáticamente a la construcción inmediata de un sistema republicano.
4 François Xavier Guerra, Modernidad e independencia. Ensayos sobre las revoluciones hispánicas. Editorial Mapfre 1992. p. 87, concebido también como “una comunidad nueva, fundada en la asociación libre de los habitantes de un país”. p. 319.
5 François Xavier Guerra: “El soberano y su reino. Reflexiones sobre la génesis del ciudadano en América Latina”. p. 33. En Hilda Sábato (Coord.), Ciudadanía política y formación de las naciones. Perspectivas históricas de América Latina. FCE. 1999. pp. 33-61.
6 Marta Irurozqui, La ciudadanía en debate en América Latina. Discusiones historiográficas y una propuesta teórica sobre el valor público de la infracción electoral. Documento de trabajo N° 139. iep. Lima. 2004. p. 43.
7 Archivo General de la Nación Perú (en adelante AGNP). Cajas Reales de Oruro. CR. 1148. Año 1810. C.38. El problema tenía origen antiguo, ya que al momento de fundarse la Villa de San Felipe de Austria en el Asiento de Minas de Oruro, el 1 de noviembre de 1606, por parte del oidor Manuel Castro de Padilla, surgió un conflicto por competencias entre la Audiencia de Lima y la de La Plata sobre si la segunda tenía o no facultad legal para fundar esta villa. Luego de una serie de trámites, los vecinos de la villa lograron la aprobación virreinal; sin embargo, hasta inicios del siglo xix no constaba en documentos la Confirmación Real.
8 agnp. CR 1148 C38 f.39.
9 Hay numerosos trabajos referidos al tema del pacto monárquico en el ámbito del Alto Perú o Charcas. Algunos investigadores destacan el pensamiento político que trata del mismo, a través del análisis del pensamiento de autores españoles como el Padre Mariana; otros, como Eugenia Bridikhina, destacan más bien la práctica de este pacto a partir del análisis de una sociedad cortesana donde el pacto se representaba a partir de una serie de rituales. Finalmente, otros como Tristan Platt ponen de relieve el tema del pacto no sólo para los pobladores americanos criollos, sino también para los indígenas, para los cuales el pacto se relacionaba con el tema de la posesión de la tierra.
10 agnp. Doc. cit. fs. 62.
11 Doc. cit. fs. 62v.
12 Sobre este tema, y para el caso de la Audiencia de Charcas, es importante el análisis realizado por Eugenia Bridikhina, quien en su libro Teatrum Mundi (Plural, 2007), sobre el poder en la Audiencia, resalta su carácter de corte en la cual se reproducían los elementos de su similar española, tales como los rituales y las jerarquías.
13 Doc. cit. fs. 45v.
14 Archivo Municipal de Oruro (en adelante AMO). Actas de Cabildo. 1815.
15 Archivo Histórico Judicial de Poopó (en adelante AHJP) 1789. N° 6f. 112-1.
16 La imagen casi sagrada del monarca fue, de acuerdo con Marie Danielle Démelas, un tema asumido con más fuerza en América que en Europa, destacando de esta manera, según su apreciación, un retorno a bases absolutistas. Un ejemplo de esta percepción fue el Arzobispo de La Plata, José Antonio de San Alberto, quien en su libro Catecismo Real enseñaba: “Esta elección que Dios hace de los reyes destinándolos para la execución de sus designios y ungiéndolos con el óleo santo al tiempo de su coronación, los transforma en unos hombres sagrados, dignos de llamarse los ungidos y Christos del Señor. Conviene, pues, respetarlos como a unas cosas sagradas”. Catecismo Real 1793. p. 73. Citado por Marie Danielle Démèlas, La invención política. Bolivia, Ecuador y Perú en el siglo xix. ifea-iep. 2003. p. 73.
17 Marie Danielle Démelas, op. cit. iep. p. 94.
18 h.c.f. Mansilla, “El teatro virreinal y el ambiente intelectual en la Colonia”, en periódico La Prensa, 24 de octubre de 2004.
19 Bartolomé Arzans, en la Historia de la Villa Imperial de Potosí, describe numerosos actos de este tipo en la ciudad minera. Uno de ellos, organizado por el nacimiento del príncipe Felipe Próspero, en 1657, contó con la participación del ayuntamiento, que organizó las fiestas de la siguiente manera: “A los veinticuatro y demás caballeros que tienen voz y voto en este ilustre cabildo por los cargos en que se ejercitan, les fue señalado regocijasen la plaza tres días: el primero, que jugasen cañas, el segundo torneos y el tercero justasen. A los oficiales reales y demás ministros de la caja y la Casa de Moneda, que diesen dos días de toros y en ellos corriesen en la plaza con la gallardía de sus personas, caballos, galas y joyas acostumbradas, jugasen alcancías, caracoles y diesen carreras de pareja de las que aquí llamaban atravesadas. Al gremio de los señores azogueros, que corriesen sortija un día con la mayor grandeza de invenciones que pudiese. A los minadores del rico Cerro, dueños de labores y trapiches, que festejasen al príncipe con dos ricas y vistosas mascaradas, una de día y otra de noche. A los escribanos, procuradores y letrados, que hiciesen cuatro días de comedias. A los mercaderes, que diesen cuatro días de toros con todos los gastos de colación y bebidas frías, y que regocijasen la plaza con caballos, galas y joyas, y que alanceasen los toros...”. La orden seguía para todos los gremios de sastres, sombrereros, panaderos, pulperos, cancheros, pintores, escultores, concluyendo con los “forasteros de varios reinos del mundo que se hallaban en esta Villa” (Arzans, primera parte. Libro IX, capítulo 13).
20 Gabriel René Moreno, Últimos días coloniales en el Alto Perú. Colección Panamericana. Buenos Aires. 1945. p. 61.
21 Id., p. 61.
22 Adolfo Mier, Noticia y proceso de la Villa de San Felipe de Austria la Real de Oruro. (Tomo I-1906; Tomo II-1913). Colección Cuarto Centenario de la Fundación de Oruro. ifea, ieb, asdi. pp. 28-29.
23 Gabriel René Moreno, op. cit. pp. 176-177.
24 Las desavenencias entre García Pizarro y los oidores se habían iniciado ya varios años antes, prácticamente desde la llegada del Presidente a Chuquisaca. Las causas de la tensión giraban en torno a diversos tópicos, tales como la presencia de asesores, la centralización del poder y el debate sobre qué instancia debía tomar las decisiones. Este ambiente de conflicto y tensión fue central para entender la sucesión de los hechos de 1808 y 1809. Sobre este tema es importante el estudio de Estanislao Just, Comienzo de la independencia en el Alto Perú. Los sucesos de Chuquisaca, 1809. Editorial Judicial. Sucre. 1994.
25 El Virrey de Buenos Aires, dudando de la veracidad de las noticias, no había enviado a la audiencia la Real Cédula de 10 de abril, dando a conocer la exaltación de Fernando VII, sin embargo, ésta había llegado desde España directamente, con lo que se confirmó la noticia en la ciudad. Las versiones, sin embargo, no mostraban a Fernando VII como intrigante contra su propio padre, sino que culpaban del mal gobierno a Godoy. En Gabriel René Moreno. Últimos días coloniales en el Alto... p. 150.
26 Es interesante anotar los otros epítetos con que se nombraba al nuevo Rey, Moreno anota los siguientes: “Nuestro suspirado y adorado Fernando”, “la delicia de la Nación”, “el ingenuo y aplicadísimo joven”, “el idolatrado monarca que antes de reinar en el trono reinaba ya en todos los corazones”. Moreno: p. 151.
27 Gabriel René Moreno, op. cit. p. 156.
28 Xavier Guerra, “El ocaso de la monarquía hispánica”, en Annino y Guerra (Coord.), Inventando la nación. Hispanoamérica Siglo xix. fce. México. 2003. p. 123.
29 Para Jaime Rodríguez, lo que se produjo fue “un vacío en el corazón de la monarquía española universal”, que ponía en riesgo la misma legitimidad de la monarquía. Rodríguez, “El juntismo en la América española”, en Las experiencias de 1808 en Iberoamérica. pp. 69-70.
30 Gabriel René Moreno, op. cit. p. 188.
31 Id. p. 193.
32 Disposiciones para la proclamación de Fernando VII, dictadas por el obispo de La Paz. Citado en Alberto Crespo et al., La vida cotidiana en La Paz durante la Guerra de la Independencia, p. 117. La celebración se hizo aparentemente sin conocimiento de los hechos de Bayona.
33 Marcos Beltrán Ávila, Capítulos de la historia colonial de Oruro. pp. 232-233. Basado en los Acuerdos del Cabildo de Oruro, documento que se hallaba en el archivo privado del mismo autor y actualmente está perdido.
34 François Xavier Guerra, Modernidad e independencias. Ensayos sobre las revoluciones hispanoamericanas. Ed. Mapfre. España. 1992. p. 125.
35 Los cuerpos y autoridades que lo recibieron fueron: el Presidente de la Audiencia, el arzobispo, la Audiencia, el Cabildo secular y la universidad, además de otras autoridades en Santa Cruz, La Paz, Potosí y Cochabamba. Los documentos eran, entre otros: una reclamación de Carlota Joaquina y del infante D. Pedro al Regente de Portugal, pidiendo socorros para conservar los derechos del Rey de España en América; la respuesta del Regente, un manifiesto de Carlota narrando los sucesos de Bayona, considerando la necesidad de hacer las veces del Rey, su padre y declarando nula la renuncia de Carlos iv en favor de Fernando VII. En Estanislao Just, Comienzo de la independencia en el Alto Perú: los sucesos de Chuquisaca, 1809. Ed. Judicial. Sucre. 1994. p. 100.
36 Archivo Histórico Nacional. Cons. Leg. 21391,2 f.42. Carta del presidente García Pizarro a la infanta Carlota Joaquina de Borbón, 25 de diciembre de 1808. Apéndice documental en el libro de Estanislao Just, Comienzo de la independencia en el Alto Perú: los sucesos de Chuquisaca, 1809. pp. 588-589.
37 El tema de la injerencia de Carlota Joaquina en el Virreinato de Buenos Aires y la existencia de un partido carlotino en la capital del Virreinato ha sido motivo de varios trabajos, en los que se muestran los intereses del consulado y de los grupos de comerciantes para apoyar la regencia de Carlota. En el caso de Charcas, es interesante notar que el mismo Goyeneche tiene contactos con los carlotinos y con Carlota, según consta en la carta inicial enviada por Goyeneche al Presidente de la Audiencia, donde anunciaba que tanto Inglaterra como Portugal eran aliados. Posteriormente, este fue el temor que empujó aún más a los movimientos juntistas de 1809. Sobre este tema ver el libro de José Luis Roca, 1809. La revolución de la Audiencia de Charcas en Chuquisaca y en La Paz. Plural. La Paz. 1998. pp. 38-143.
38 ahn Cons. Leg. 21391, 2, f1. Citado por Just, op. cit. p. 74.
39 ahn Cons. Leg. 21392, 85 f 76. Citado en Just Apéndice. p 593. Obsérvese también en este manifiesto una clara identidad global americana que va más allá de las identidades locales. Se percibe que los doctores de la universidad saben muy bien jugar con varios niveles de identidad. Al inicio hablan de los “vasallos de ambos hemisferios” y más abajo tratan específicamente de “La América”.
40 Marcos Beltrán Ávila, Capítulos de la historia colonial de Oruro. p. 234. Basado en las Actas de Cabildo de la Villa.
41 Este tema ha sido desarrollado para toda la América en el libro Modernidad e independencias, de François Xavier Guerra. p. 186 y ss.
42 Sobre el caso de Quito, ver los trabajos de Federica Morelli: Territorio o nación. Reforma y disolución del espacio imperial en Ecuador. 1765-1830. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. Madrid. 2005. También las obras de Jaime Rodríguez.
43 François Xavier Guerra sostiene en Modernidad e independencias que muy posiblemente esta discriminación haya sido la causa para que tanto Charcas como Quito organizaran Juntas en 1809. En el caso específico de Charcas, no se hallan documentos donde aparezca este tema. Es muy probable que las noticias de las elecciones y la discriminación de la Audiencia hayan llegado a Charcas ya en pleno ambiente revolucionario.
44 Just, op. cit. p. 109.
45 Cit. en Just. p. 117.
46 Just. p. 119.
47 Op. cit. pp. 120-121.
48 ahn Cons. Leg. 21348 p. 8 f. 2v. Citado en Just pp. 666-667. La cursiva es nuestra.
49 José Luis Roca, 1809. La revolución de la Audiencia de Charcas en Chuquisaca y en La Paz. Plural. La Paz. 1998. pp. 23-25. Los otros miembros de la Junta Tuitiva eran Melchor de la Barra, José Antonio Medina, Juan Manuel Mercado, Francisco Xavier Iturri Patiño, Gregorio García Lanza, Juan Basilio Catacora, Juan de la Cruz Monje, Buenaventura Bueno, Sebastián Arrieta, Francisco Palacios, José María de los Santos, Sebastián Aparicio y Juan Manuel Cáceres, este último como escribano. Sobre una nueva versión del levantamiento o revolución de La Paz ver los trabajos de Rossana Barragán et al., publicados en ocasión del Bicentenario paceño.
50 El movimiento paceño empujó al virrey del Perú, Fernando de Abascal, a intervenir en los asuntos de la Audiencia de Charcas y envió a José Manuel de Goyeneche a reprimir el levantamiento. Las tropas procedentes del Perú controlaron la rebelión, aprovechando la división entre radicales y moderados dentro de la misma Junta. El 29 de enero de 1810, Murillo y varios de sus seguidores fueron ejecutados, mientras que muchos otros participantes fueron desterrados y encarcelados.
51 Cit. en Roca. p. 26. Lo que no queda claro es el concepto de patria que se presenta en el documento, que puede interpretarse tanto como la patria española o como la patria pequeña, La Paz, donde se hallan “nuestros hogares”, como dice el documento. Para Mónica Quijada, en “¿Qué nación? Dinámicas y dicotomías de la nación en el imaginario hispanoamericano” (en Inventando la nación...), el término patria fue desde el siglo xvii conceptuado como “la tierra donde uno ha nacido” o “el lugar, ciudad o país en que se ha nacido”, y aparece por lo tanto como una lealtad filial, localizada y territorializada. El término también remite a la idea de libertad. De esta manera, este doble sentido sirvió para instrumentalizar tanto el discurso independentista en América como la lucha de los españoles peninsulares contra los franceses (Quijada. pp. 291-292).
52 Sobre este tema, ver el artículo de José Carlos Chiaramonte “Modificaciones del pacto imperial”, en Annino y Guerra (Comp.), Inventando la nación. fce 2003. pp. 85-113. En la página 86 utiliza el siguiente concepto de nación extractado de la Gaceta de Buenos Aires: “Una nación no es más que la reunión de muchos pueblos y provincias sujetas a un mismo gobierno central, y a unas mismas leyes”. En este sentido, para Chiaramonte, este concepto de nación no se relaciona con el desarrollado posteriormente por el Romanticismo, sino por un concepto ligado al Contractualismo.
53 François Xavier Guerra establece diferencias entre los conceptos de antiguo régimen sobre nación y los conceptos de la modernidad. En el primer caso, se concibe como una gran familia que tiene al Rey como padre y múltiples hijos, diferentes, pero igualados en los mismos deberes de defenderlo y asistirlo, o como un cuerpo con miembros diferentes, pero con una sola cabeza, el Rey; mientras que el concepto moderno de nación nos remite a una asociación voluntaria de individuos iguales.
54 Guerra, “El ocaso de la monarquía española”. pp. 126-127.
55 Guerra, Modernidad e independencias. p. 328.
56 En nota de pie de página, Roca, que analiza este documento, dice que para el investigador Javier Mendoza, quien se basa en Gabriel Rene Moreno, el nombre de “Estatuto Constitucional” fue añadido a fines del siglo xix. Por este motivo, el escrito será analizado únicamente como Plan de Gobierno, sin tratar el tema de si fue o no un intento de tipo constitucional.
57 El original se halla en el Archivo General de la Nación de Buenos Aires v ha sido publicado por varios autores, entre ellos José María Pinto y Carlos Ponce Sanjinés. En este caso se trabaja con la versión publicada en José Luis Roca, op. cit. pp. 79-86.
58 Roca, op. cit., p. 84.
59 Roca, op. cit. p. 85.
60 Esta proclama fue utilizada por el movimiento regionalista paceño del siglo xix para demostrar que el movimiento juntista de Chuquisaca no buscaba la independencia, mientras que el movimiento paceño sí lo hizo. El tema fue abordado por el investigador Javier Mendoza en el libro La mesa coja, en 1997, desentrañando las distintas versiones de la proclama que fueron publicadas. En respuesta, el historiador José Luis Roca publicó el libro 1809. La revolución de la Audiencia de Charcas en Chuquisaca y en La Paz. Plural. La Paz. 1998, donde analiza también las diferentes versiones demostrando que no se trata de dos procesos diferentes y antagónicos, sino un solo proceso que buscaba no la independencia, sino un sistema de autonomía.
61 La primera (versión N° 1 para Roca) fue publicada por José María Pinto en 1909; la segunda (versión Xo 3 para Roca) se encuentra en forma original en el Archivo General de la Nación. Existe otro documento, muy parecido a la versión 3, que se halla en un expediente de la época en la sección de manuscritos de la Biblioteca Central de la Universidad Mayor de San Andrés, proveniente de la colección José Rosendo Gutiérrez.
62 Para Guerra, en “El ocaso de la monarquía hispánica”, el triunfo del discurso liberal en 1809 fue en gran parte obra de la opinión pública y los periódicos. En Charcas no existieron periódicos en toda esta etapa, sin embargo, fue común el uso de pasquines, proclamas y panfletos, todos manuscritos.
63 Just. Anexo N° lxx. p. 766.
64 Armando Raúl Bazán, “Las naciones del Virreinato del Río de la Plata: Argentina, Bolivia, Paraguay, Uruguay. Los pronunciamientos revolucionarios hispanoamericanos y el provecto independentista”, en El nacimiento de las naciones hispanoamericanas. Ed Mapfre. 2004. p. 99. También Luis Paz, Historia del Alto Perú, hoy Bolivia. p. 111. Los textos que tratan la revolución de Buenos Aires de 1810 son muy numerosos, ya que se trata del inicio de la historia patria argentina, los cuales se han multiplicado aún más con ocasión de la conmemoración del Bicentenario.
65 Marcos Beltrán Avila, Sucesos de la Guerra de Independencia... apéndice documental. p. x.
66 Este tema ha sido ya trabajado en el capítulo 2.
67 Marcos Beltrán Ávila, Sucesos de la Guerra de Independencia... doc. 37. p. lv.
68 Op. cit., p. lv.
69 Op. cit., p. 116.
70 Mónica Quijada: “¿Qué nación? …”. p. 292. En este caso, la exigencia de Castelli no implica únicamente el concepto de libertad frente a la monarquía, sino también el de la adopción de las ideas, imaginarios, valores y prácticas de la modernidad (Guerra, Modernidad e independencias).
71 Para Marta Irurozqui, en “De cómo el vecino hizo al ciudadano en Charcas y de cómo el ciudadano conservó al vecino en Bolivia”, en Jaime Rodríguez (Coord.), Revolución, independencias y las nuevas naciones americanas. mapfre. 2005, p. 453, el abandono institucional de las representaciones corporativas del Antiguo Régimen en favor de la concepción individualista del ciudadano estuvo regido por la aplicación del espíritu de la constitución de Cádiz. Sin embargo, para el caso de Charcas, como se ha podido demostrar en este trabajo, este paso fue anterior y vino de parte de la Junta Gubernativa de Buenos Aires.
72 Junta formada por Cornelio Saavedra, Miguel de Azcuénaga, Domingo Mateu, Juan Larrea, Dr. Gregorio Funes, Juan Francisco Tarragona y otros. abnb Colección Rück. N° 273. pp. 113-115.
73 Archivo y Biblioteca Nacionales de Bolivia (abnb). Colección Rück N° 276. f. 113.
74 abnb. Col Rück N° 276. f. 114.
75 Marta Irurozqui: “De cómo el vecino hizo al ciudadano en Charcas y de cómo el ciudadano conservó al vecino en Bolivia, 1809-1830”, en Jaime Rodríguez (Coord.), Revolución, independencia y las nuevas naciones de América. Fundación mapfre. 2005. p. 451. Para Irurozqui, la noción de vecindad no sólo posibilitó y alimentó el paso de la comunidad de súbditos a la nación de ciudadanos en un contexto de fundación de las repúblicas hispanoamericanas, sino que también articuló los múltiples significados y contenidos que fue adquiriendo la ciudadanía a lo largo del siglo xix. De esta forma, la vecindad ayudó a amortiguar el paso de un entramado antiguo de corporaciones basado en la “desigualdad entre iguales” a otro sustentado por la “igualdad entre iguales”. Sobre la relación entre vecindad y ciudadanía, ver también los trabajos de François Xavier Guerra, Modernidad e independencias..., Guerra: “El soberano y su reino. Reflexiones sobre la génesis del ciudadano en América Artina”, en Hilda Sábato (Coord.), Ciudadanía política y formación de las naciones. Perspectivas históricas de América Latina. fce. 1999. pp. 33-61. Antonio Annino: “Ciudadanía versus gobernabilidad republicana en México. Los orígenes de un dilema”, en Hilda Sábato, Ciudadanía política y formación de las naciones... pp. 63-93. José Carlos Chiaramonte, “Ciudadanía, soberanía y representación en la génesis del Estado argentino (c. 1810-1852)”, en II. Sábato. Ciudadanía política....pp. 94-116.
76 Archivo General de la Nación. Buenos Aires. Colección Angel Farini. Documentación de Juan José Castelli. Expedición auxiliadora al Alto Perú. Años 1809-1811. Sala vii Leg. 290. f. 181.
77 Id. f. 181.
78 Sobre las estrategias comunicacionales interculturales de los discursos de Juan José Castelli ver el trabajo de María Luisa Soux, “Los discursos de Castelli y la sublevación indígena de 1810-1811”, en Ana María Stuven y Carmen McEvoy, Repúblicas peregrinas. iep. 2007.
79 abnb. Col. Rück N° 276. f. 256. El Excelentísimo señor Representante de la Junta Provisional Gubernativa del Río de la Plata a los Indios del Virreinato del Perú o Apu don Juan Josef Castelli Apacunat Buenos Aires Tantascacunac Lantim cai Perú llacta Runacunamam. También en versión monolingüe en castellano en agn. Colección Farini. f. 186.
80 agn Col. Farini. Documentación de Juan José Castelli. Sala VII, Leg. 290. f. 173.
81 Nuria Sala y Vila, Y se armó el tole tole. p. 164.
82 Durante la investigación se han encontrado tres copias del mismo: una en el Archivo y Biblioteca Nacionales de Bolivia, en la Colección Rück; otra en el AGN de Buenos Aires, Col. Farini, y una tercera en el AGI entre los papeles de Abascal. Por noticias de los cabildos se sabe que circuló en el valle del Mantaro (Sala y Vila) y también en Trujillo y Huanuco. Por su parte, el documento del AGI viene adjunto a una carta enviada a Abascal por Pedro Antonio Cernadas desde Arequipa (AGI. Diversos 2. A 1811. R.1. D.6. Más anexo G.1). Para este análisis se utiliza el del AGN. Colección Farini. f. 183 y ss.
83 agn. Col. Farini... f. 185.
84 anbb. Colección Rück. N° 276. p. 259.
85 Id. f. 259v.
86 Id. f. 260.
87 La Junta Gubernativa de Buenos Aires ordenó la formación de Juntas Provinciales en las capitales de las intendencias y de Juntas Subalternas de Gobierno en las ciudades intermedias. Esta medida, a pesar de que tuvo poca vigencia, fue importante en el Río de la Plata al generar parte de los movimientos regionales contra el centralismo porteño. Ver sobre este tema el trabajo de José Carlos Chiaramonte: “Vieja y nueva representación: los procesos electorales en Buenos Aires. 1810-1820”, en Antonio Annino (Coord.), Historia de las elecciones en Iberoamérica, siglo xix. FCE. Buenos Aires. 1995.
88 Archivo General de la Nación. Lima. Cajas Reales de Oruro. 1811.
89 Archivo de la Corte Superior del Distrito de Oruro. Expedientes coloniales. 1811. Sin catalogación.
90 Entre ellos podemos citar los siguientes: Manuel Chust, La cuestión nacional americana en las Cortes de Cádiz, Biblioteca Historia Social. Valencia (España), 1999; François Xavier Guerra, “El ocaso de la monarquía hispánica: revolución y desintegración” y “Las mutaciones de la identidad en la América Hispánica”; Antonio Annino, “Soberanías en lucha”; Marie Danielle Démelas, “Estado y actores colectivos. El caso de los Andes” y “Pactismo y constitucionalismo en los Andes”, todos ellos en Annino y Guerra: Inventando la nación. Iberoamérica. Siglo xix. fce. 2003. Marie Danielle Démelas, La invención política, ifea-iep, 2003. Mónica Quijada, “Las dos tradiciones. Soberanía popular e imaginarios compartidos en el mundo hispánico en la época de las grandes revoluciones atlánticas”; José M. Portillo, “La federación imposible. Los territorios europeos y americanos ante la crisis de la monarquía hispana”; Manuel Aliño Grijalva, “La Ciudad de México. De la articulación colonial a la unidad política nacional, o los orígenes económicos de la centralización federalista”; Jordana Dym, “La soberanía de los pueblos: ciudad e independencia en Centroamérica, 1808-1823”; Marta Irurozqui, “De cómo el vecino hizo al ciudadano en Charcas y de cómo el ciudadano conservó al vecino en Bolivia, 1809-1830”; Víctor Peralta, “De absolutistas a constitucionales. Política y cultura en el gobierno del Virrey Pezuela (Perú, 1816-1820)”, todos ellos en Jaime Rodríguez (Coord.), Revolución, independencia y las nuevas naciones de América, Ed. mapfre Tavera. 2005. François Xavier Guerra, “El soberano y su reino”; Antonio Annino, “Ciudadanía versus gobernabilidad republicana en México”, ambos en Hilda Sábato (Coord.), Ciudadanía política y formación de las naciones. Perspectivas históricas de América Latina. FCE. 1999.
91 Por otro lado, los estudios sobre la Guerra de la Independencia en Bolivia no han tomado muy en cuenta esta perspectiva de análisis desde la nueva historia política y han centrado sus trabajos más en otras perspectivas como la historia militar o social.
92 Constitución Política de la Monarquía española. 1812. Citada en Domingo García Belaúnde, Las Constituciones del Perú. Ministerio de Justicia. 1993. pp. 21-22.
93 El concepto de vecindad y su importancia en Charcas será analizado con más profundidad en el capítulo 4.
94 José Carlos Chiaramonte, en “Ciudadanía, soberanía y representación en la génesis del Estado argentino” (c. 1810-1852), en Hilda Sábato (Coord.). Ciudadanía política y formación de las naciones, dice: “A las distintas formas de pensar los fundamentos y mecanismos de organización del Estado correspondieron dos concepciones diferentes de las formas de representación. La concepción del carácter soberano de los pueblos fue unidad a la práctica del mandato imperativo; los diputados de los pueblos eran apoderados de los mismos, en el viejo sentido de la diputación a Cortes... Según esta modalidad, los representantes llevan a las asambleas, además de sus poderes, un mandato expreso en forma de instrucciones de sus representados sobre las cuestiones que se debatirán, lo que imposibilita o limita la negociación de acuerdos... La representación con mandato libre, en cambio, conviene al concepto de representante de toda la nación y no de sus electores, lo cual, al eliminar las instrucciones de parte de estos últimos, facilita el funcionamiento de las asambleas representativas”. p. 109.
95 Ver Capítulo 2.
96 Según Víctor Peralta, a pesar de la posición autonomista de Buenos Aires y Chile y de la fidelidad del Perú, la nueva cultura política se estableció con mayor rapidez en este último territorio, con la aplicación de la libertad de imprenta, la abolición de la inquisición, la supresión de la mita y el tributo y la elección popular para constituir los cabildos constitucionales, las diputaciones provinciales y para enviar diputados a las Cortes (Peralta, En defensa de la autoridad. Política y cultura bajo el gobierno del virrey Abascal. Perú 1806-1816. csic. Madrid. 2002. p. 18). Esta situación puede explicarse, al menos en el caso rioplatense, por los conflictos internos, aunque por lo demostrado en los trabajos de José Carlos Chiaramonte, se realizaron también en Buenos Aires y otras provincias elecciones populares para elegir representantes a sus propios Congresos y Juntas. En relación con la libertad de imprenta, periódicos como la Gaceta de Buenos Aires expandieron ya las ideas de la modernidad y la nueva cuitara política desde 1810. Sobre la posición de Abascal acerca de algunos puntos establecidos en la Constitución de Cádiz, en las mismas Cortes surgieron solicitudes, como la del representante liberal peruano Morales Duárez, para que se destituya al Virrey debido a su carácter despótico, su amistad con Godoy y, sobre todo, la discriminación que hacía contra los criollos. Esta posición no fue aceptada y Abascal fue ratificado en su cargo (Peralta, pp. 112-113).
97 agn. Lima. Superior Gobierno. Leg. 34. C. 1150. 1813. “Expediente que contiene la relación de envíos y demás trámites de la distribución de la impresión de las Constituciones y Reglamentos de Audiencias”. De 2.250 ejemplares que se distribuyeron, se remitieron “al ejército del Alto Perú” únicamente 100, además de que no se pusieron en venta otros ejemplares como ocurrió en el resto del Virreinato.
98 Exhortación hecha en la catedral de la Ciudad de La plata por el señor doctor don Matías Terrazas, dean de dicha santa iglesia, el día de la publicación y jura de la constitución política de la Monarquía española, en 6 de enero de 1813, sacala a luz un amigo del autor, Lima, Imprenta de los Huérfanos, 1813. pp. 14. Citada en Víctor Peralta, En defensa de la autoridad. pp. 61. También en Marta Irurozqui, “La pedagogía del ciudadano. Catecismos políticos y elecciones en Charcas. 1809-1814”. Historias N° 5. La Paz. 2001.
99 abnb. 1813. Emancipación N° 129. f. 1: “...el Muy Ilustre Señor Don Juan Ramires, Brigadier de los Reales Ejércitos, Segundo General en Jefe del Ejercito Real del Alto Perú, Gobernador Intendente propietario de la ciudad de la Paz, y Presidente interino de esta Real Audiencia”.
100 Doc. cit. f. 1-lv.
101 Doc. cit. f. 2.
102 Citado por Marie Danielle Démelas, La invención política. Bolivia, Ecuador y Perú en el siglo xix. ifea-iep. 2003. pp. 179-180.
103 Se trataba de elecciones tanto en los cabildos de las ciudades como en los pueblos indios. En la presente investigación se han encontrado varios ejemplos del pueblo de Poopó entre 1785 y 1800, tanto en la Biblioteca y Archivo Nacionales de Bolivia como en el Archivo Histórico judicial de Poopó (ahjp).
104 Marie Danielle Démelas, La invención política... pp. 157-158.
105 Numéricamente, la situación era clara: si se reconocía a América la misma base de representación que a España (un diputado por cada 50.000 habitantes), América tendría mayoría en la asamblea; pero si no se lo hacia, se corría el riesgo de que los territorios americanos se sublevaran. Démelas, p. 169.
106 acm. Actas. Leg. 3, exp. 11. Citado por Démelas p. 169.
107 Démelas, pp. 172.
108 Archivo de la Biblioteca Central de la Universidad Mayor de San Andrés (bcumsa). Man. 219. Citado también en Alberto Crespo et al., La vida cotidiana en La Paz durante la guerra de la independencia. UMSA. 1975. pp. 81-82.
109 Archivo de La Paz. Expedientes coloniales C. 152 E. 37. Elecciones en San José de Verenguela 1814. alp. ec. c. 150. E. 31. Elecciones en Santiago de Machaca. Citados en María Luisa Soux, “Autoridad, poder y redes sociales entre Colonia y República. Laja 1800-1850”. Tesis de maestría, Universidad Internacional de Andalucía. 1999. Inédita.
110 Este tema será tratado en el capítulo 5, en el que se presenta más bien una posición basada en la idea de pacto.
111 Archivo Municipal de Oruro (amo). “Libro Real de cédulas y provisiones que da principio en 2 de enero de 1812 y sirve para la real Caja de Oruro”. fs. 9.
112 amo. Doc. cit. fs. 4v y 5.
113 amo. Doc. cit. f. 20. 14 de enero de 1813.
114 amo. Doc. cit. f. 23v. Ver capítulo 5.
115 Universidad Nacional del Cuzco, Revista del Archivo Histórico del Cuzco. N° 1. 1950. p. 235.
116 Los artículos relacionados con el tema eran el 297: “Se dispondrán de cárceles de manera que sirvan para asegurar y no para molestar a los presos: así el alcalde tendrá a estos en buena custodia, y separados los que el juez mande tener sin comunicación, pero nunca en calabozos subterráneos ni mal sanos”. El 300: “Dentro de las veinte y cuatro horas se manifestará al tratado como reo la causa de su prisión y el nombre de su acusador, si lo hubiese”. Y el 303: “No se usará del tormento ni de los apremios”. Constitución Política de la Monarquía Española. 1812, en Las constituciones del Perú.
117 Universidad Nacional del Cuzco, Revista del Archivo Histórico del Cuzco. N° 1. 1950. p. 238.
118 Doc. cit. p. 244.
119 amo, “Libro Consistorial de Actas y Acuerdos del Ilustre Cabildo de esta Villa de San Felipe de Austria el Real de Oruro, formado a consecuencia del Real Decreto de 4 de mayo del presente año. 1814”.
120 amo, Libro Consistorial de actas... 3 de agosto de 1815. s/fol.
121 amo. Libro Consistorial... 9 de septiembre de 1817. s/fol. Se trata de la defensa de la ciudad que hizo don Indalecio González de Socasa frente al intento de los cochabambinos dirigidos por Esteban Arze para tomar la ciudad.
122 Marie Danielle Démelas sostiene que la Virgen de la Merced era considerada como jefa de los ejércitos de los grupos insurgentes (Démelas, op. cit. p. 242), sin embargo, aquí se la coloca como patrona del bando del Rey.
123 amo. Libro Real de Cédulas y Provisiones... 11 de febrero de 1815.
124 amo. Libro Real de Cédulas y Provisiones... 28 de febrero de 1817.
125 Según la nota de la publicación, se trata de una copia autógrafa de Vargas sin indicación de fuente, pero que había sido publicada en Buenos Aires como cartel mural. (Op. cit. p. 434).
126 Bando publicado... En Diario de un comandante de la independencia altoperuana. Apéndice de documentos. pp. 436-437.
127 Doc 8 en Diario de un comandante... pp. 440-441. Se insertan los siguientes párrafos: “Pueblos representados y posteridad a su término fueron preguntados si querían que las provincias de la unión fuesen una nación libre e independiente...”, “...en el nombre y por autoridad de los pueblos que representamos...”.
128 Otro ejemplar de este manifiesto impreso se halla en el ABNB en la colección Rück N°. 276.
129 Doc N° 9, en Diario de un comandante... pp. 451-452.
130 Ivana Frasquet, “La cuestión nacional americana en las Cortes del Trienio Liberal, 1820-1821”, en Jaime E. Rodríguez O. (Coord.), Revolución, independencia y las nuevas naciones de América. mapfre-Tavera. 2005. pp. 123-157.
131 Víctor Peralta Ruiz, “De absolutistas a constitucionales. Política y cultura en el gobierno del virrey Pezuela (Perú, 1816-1820)”, en Jaime E. Rodríguez (Coord.), Revolución, independencia y las nuevas naciones de América. p. 494.
132 Peralta, op. cit. p. 496.
133 Universidad Nacional del Cuzco, Revista del Archivo Histórico del Cuzco N° 3. 1952, “Juramento de la Constitución de 1812”. pp. 181-194.
134 amo. Actas del Cabildo Constitucional de Oruro. 1822.
135 Luis Paz, Historia del Alto Perú hoy Bolivia. p. 548.
136 José Santos Vargas. Diario de un comandante de la independencia Americana. Documentos intercalados en el Diario. fs. 247-248. p. 454.
137 umsabc. Man. 219. citado por Crespo et al., La vida cotidiana en ha Paz durante la Guerra de la Independencia. 1800-1825. p. 82.
138 Archivo de la Casa de la Cultura de Oruro. Actas del Cabildo de Oruro 1822. f. 72.
139 La Constitución Política de la Monarquía Española. Título VI. Capítulo I. Art. 312. decía: “Los alcaldes, regidores y procuradores síndicos se nombrarán por elección en los pueblos, cesando los regidores y demás que sirvan oficios perpetuos en los Ayuntamientos, qualquiera que sea su título y denominación”.
140 amo. Actas del Cabildo de Oruro. 1822, fs. 116.
141 Algunos puntos importantes de esta nueva institución representativa eran su organización conformada por un Presidente, el Intendente y siete individuos elegidos por los electores de cada partido (Art. 326 y 328) y sus funciones, que eran de carácter administrativo, mientras que lo deliberativo quedaba en las Cortes. (Art. 335).
142 José Luis Roca, “1824: comienzo de la Bolivia independiente”, en Anuario 2003 del Archivo y Biblioteca Nacionales de Bolivia. Sucre. pp. 425-478. Roca destaca entre las causas del conflicto las tensiones entre el poder regional de Charcas y el central del Perú, o lo que llama una actitud contestataria frente a los virreinatos. Esta tensión se fortaleció con la supuesta discriminación que se dio durante el conflicto a las autoridades de la Audiencia de Charcas. Este tema será tratado con más profundidad en el capítulo 5.
143 Roca, op. cit. p. 426.
144 abnb. Col. Rück. 327. 1823-1828.
145 abnb. Colección Rück. 327. 1823-1827. Proclama a los soldados de la División Lanza, firmada por Pedro Antonio de Olañeta.
146 abnb. Colección Rück. 327. 1823-1827. Manifiesto que el General Olañeta hace a los habitantes del Perú; para justificar las medidas de defensa que ha tomado con la invasión del Ejército Constitucional. Reimpreso en Potosí. Año de 1824. Imprenta del Ejercito Real del Perú. Se trata de uno de los primeros impresos publicados en el territorio del Alto Perú.
147 Op. cit. p. 3.
148 Op. cit. p. 3.
149 Olañeta trata de probar la infidelidad de La Serna presentando pruebas en el mismo manifiesto. Entre ellas se hallan oficios y correspondencia del mismo Virrey y documentos emitidos en el Cusco durante todo el año de 1823. Entre estos planes, además del supuesto imperio peruano, se hallaban otras acciones como la de dar refugio a los liberales que salían de Cádiz y no dar curso a las órdenes de la Corte.
150 Op. cit. p. 6.
151 Op. cit. p. 11.
152 En carta enviada por Carlos María de Ortega a Sucre, desde Oruro, relata el siguiente caso que da muestra de la situación de Olañeta durante los primeros meses de 1825. Dice: “Acaba de llegar de Potosí el oficial capitulado Don Ildefonso Cárdenas que se me presentó en esta ciudad pidiéndome lo empleare en alguna comisión interesante, y de riesgo, advirtiéndome que tenía un hermano en las filas de Olañeta, y que deseaba sacarlo; en efecto le di pasaporte para aquélla y así mismo pliegos para la muy discipalidad (sic) y proclamas para las tropas de Olañeta. Al llegar fue sorprendido por el comandante Marquiegui el que lo registró, y encontró el pliego del cabildo, lo trataron con el mayor rigor y por consideraciones a su hermano no lo fusilaron; sin embargo, él logró remitir a su hermano las proclamas, papeles públicos y cartas de los Patriotas que las salvó milagrosamente. Los mismos oficiales que lo condujeron le ofrecieron pasarse con alguna tropa luego que nos acercáramos, que Olañeta había hecho más de mil quinientos reclutas pero que no tenían armas”. (ABNB. Colección Rück. N° 335. fs. 25-26).
153 Carta de Antonio José de Sucre a las municipalidades de La Paz, Cochabamba, Chuquisaca y Potosí desde Cusco el 1 de enero de 1825, en Antonio José de Sucre, De mi propia mano. Biblioteca Ayacucho. Venezuela. Documento 119: los bienes de la paz y de la libertad. p. 206.
154 Decreto de 9 de febrero de 1925 firmado por Antonio José de Sucre, en Antonio José de Sucre, De mi propia mano. p. 209.
155 Documento N° 125 de 22 de febrero de 1925, en Antonio José de Sucre, De mi propia mano. p. 214. En esta carta, además, Sucre recomendaba: “Haga V S. responsable a todos los alcaldes y gobernadores de la libre elección de los pueblos, y que el cohecho, seducción o soborno será severamente castigado”.
156 abnb. Colección Rück. N° 335. Cartas dirigidas a Antonio José de Sucre, general en Jefe del Ejército Unido Libertador del Perú por las autoridades políticas de los departamentos de Cochabamba y Oruro. 1825. fs 20.
157 abnb. Colección Rück. N° 335. fs. 23. Carta a Sucre de 28 de febrero de 1825.
158 abnb. Colección Rück. N° 335. fs. 111. Carta de Rufino Martínez al General en Jefe del Gobierno de Oruro. 1 de abril de 1825.
159 Víctor Peralta Ruiz y Marta Irurozqui Victoriano, Por la concordia, la fusión y el unitarismo. Estado y caudillismo en Bolivia, 1825-1880. CSIC Madrid. 2000. p. 147. Si bien utiliza citas de la Gaceta de Buenos Aires de 1812, el discurso corresponde plenamente al espíritu del decreto de 9 de febrero de 1825, que utiliza ambos términos, el de vecino y el de ciudadano.
160 Op. cit. p. 150.
161 Para esta etapa pueden encontrarse en los archivos provinciales las representaciones de indígenas en los juicios donde aparecen como ciudadanos indígenas, dejando de lado el estatus de miserabilidad que había caracterizado su situación. Así, por ejemplo, en el departamento de La Paz, en la región de Laja, se promovieron juicios contra los hacendados, en estos procesos los indígenas ejercieron su derecho ciudadano para presentarse directamente e la justicia. Ver sobre este tema María Luisa Soux, “Autoridad, poder y redes sociales entre Colonia y República. Laja 1800-1850”. Tesis de maestría en la Universidad de La Rábida. Inédita.
162 María Luisa Soux, “El mito de la igualdad ciudadana y la dominación postcolonial. Los derechos indígenas en la Bolivia del siglo xix”, en Germán Carrera Damas et al. (Comp.), Mitos políticos en las sociedades andinas. Orígenes, invenciones y ficciones. Ed. Equinoccio, Université de Marne la Vallé e IFEA. Caracas. 2006. pp. 343-362.
163 De acuerdo con Marta Irurozqui, el Cóndor de Bolivia fue una gaceta ministerial de carácter semanal que se difundió en el país entre el 29 de octubre de 1825 y el 26 de junio de 1828. Publicó 134 números (Peralta e Irurozqui: 158). A pesar de indicar que no eran escritores vendidos al poder y que aplaudirían “la conducta del gobierno si es liberal” y la atacarían si ocurría lo contrario, se trataba en la práctica en un impreso de apoyo al gobierno de Sucre.
164 Peralta e Irurozqui, op. cit. pp. 158-167. En este punto analiza Irurozqui de forma profunda los alcances del discurso del Cóndor de Bolivia acerca del tema de la ciudadanía. Es a partir de éste que se explicará el tema en nuestro trabajo, aunque tomando en cuenta únicamente el discurso anterior a la Constitución de 1826.
165 Op. cit. pp. 158-159.
166 Irurozqui, citando un artículo de 14 de diciembre de 1825.
167 El Cóndor de Bolivia. 9 de marzo de 1826. Citado por Irurozqui, op. cit. p. 161.
168 Irurozqui, op. cit. p. 163.
169 ABNB. Poder Legislativo N° 4. Libro de Actas del Congreso Constituyente. 1826.
170 Mensaje de Antonio José de Sucre en la apertura de las reuniones del Congreso Constituyente. 25 de mayo de 1826. ABNB. PL. Libro de actas. 1826.
171 Discurso de Casimiro Olañeta. 25 de mayo de 1826. abnb. PL. Libro de actas 1826. f 3.
172 abnb PL. Libro de actas de la Asamblea Constituyente de 1826. 16 de junio de 1825.fs. 15. También en “Simón Bolívar. Discurso introductoria a la Constitución de Bolivia (1826)”, en Pensamiento conservador (1815-1898) Biblioteca Ayacucho. Caracas. 1986. p. 4.
173 Doc. cit. fs. 15v.
174 Doc. cit. fs. 15.
175 Doc. cit. f. 15v.
176 Doc. cit. fs. 16v.
177 Doc. cit. fs. 57v.
178 Doc. cit. fs. 57v.
179 Todas las citas anteriores en Doc. cit. fs. 57v.
180 Doc. cit. fs. 61v.
181 Doc. cit. fs. 61v.
182 Doc. cit. fs. 63v. La propuesta fue firmada por Matías Terrazas, Melchor León de la Barra, Mariano Cabrera, Miguel del Carpio y Eusebio Gutiérrez.
183 Constitución de la República Boliviana dada el 6 de noviembre de 1826 e impresa en Chuquisaca en 25 de noviembre de 1826 por Fermín Arévalo, en la imprenta de la Universidad.