1 “Formase esta Audiencia de un Presidente, cinco oidores, un Fiscal, dos relatores, dos escribanos de Cámara, un Canciller, dos porteros, muchos receptores y alguaciles y ministros” (Ramírez del Águila, 1639/1978: 104).
2 Véase carta de Cabildo de La Plata “lamentando que S. M. haya decidido de jubilar al lic. Pedro Ruiz Bejarano, oidor de esta Audiencia”, La Plata, 1/10/1612, AGI, Charcas, 31; Carta de Cabildo pidiendo a S. M. la suspensión de la jubilación de Pedro Ruiz Be-jarano, La Plata, 12/03/1613, AGI, Charcas, 31; Carta de Cabildo de La Plata pidiendo que se aumente una plaza mas de oidores de la Audiencia, La Plata, 12/02/1615, AGÍ, Charcas, 31.
3 Carta del presidente de la Audiencia de La Plata Francisco Néstares Marín: “Es tanta la distancia y descomodidad de los caminos en estos reynos que aun hoy dia de las fechas de esta no han llegado a la Audiencia Real de estas provincias los oidores nombrados por V. M.”, La Plata, 31/05/1653 AGI, Charcas, 22, R. 1, N. 31.
4 “Instrucción que se dio a Juan Francisco de Pestaña, para que sirva interinamente la Presidencia de La Plata y como sucesor del Marqués de Rocafuerte en la presidencia de la Audiencia de La Plata pueda manejar en ella con conocimiento y noticia de los daños y perjuicios”. En esta instrucción se indicó que “la Audiencia se compone al presente de ocho oydores, un Fiscal, un Protector de Indios”, La Plata, 26/08/1756, AGI, Charcas, 433, n. 1.
5 Todo el “despacho” (nombre con el que se hacía referencia a las cartas o Cédulas Reales) que llegaba a la Audiencia no podía ser abierto ni por el Presidente, ni por un Oidor, sino era en un Acuerdo de oidores y, además, con la presencia del Fiscal y del Escribano. Esta ley (y práctica) tuvo su origen durante el reinado de Felipe II en el año de 1587 (y más tarde revalidada por su hijo y sucesor Felipe III en 1604), ya que el monarca era bastante desconfiado de los magistrados. Por la misma razón se adoptaron otras leyes, según las cuales los presidentes así como los oidores no podían presentarse en los acuerdos cuando se trataban los asuntos relacionados con sus parientes o criados.
6 “Que los presidentes tengan buena correspondencia con los oidores y ministros, y sean respetados”, t. I, lib. II, tít. XVI, Ley viiij; “Que los presidentes sean obedecidos, y cumplidas sus ordenes, y no den comisiones a los ministros fuera de las Audiencias”; t. I, lib. II, tít. XVI, Ley xj; “Que los virreyes y presidentes no llamen a los oidores, ni alcaldes para que los acompañen en actos privados”, t. I, lib. II, tít. XVI, Ley xiij, Recopilación... pp. 373-374.
7 La norma era precisa: que los oidores “estén y pasen por lo que declarasen y ordenaren los presidentes sobre si un punto es de justicia o de gobierno y que fijaren todos, aunque hubieran estado en desacuerdo, y se les daba la oportunidad de acudir al rey”, t. I, lib. II, tít. XV Ley xxxvj, p. 334, “Que los virreyes y presidentes puedan declarar si el punto de que se trata es de justicia o gobierno, y todos los oidores firmen lo que resolviere la mayor parte, aunque no lo hayan votado”, t .I, lib. II, tít. XVI, Ley xxxviij; Recopilación... p. 334.
8 “Que los oidores pueden informar al Rey, y enviarle los testimonios que quisieren, sin dar noticia al Virrey, o Presidente”, t. I, lib. II, tít. XVI, Ley xxxx, Recopilación... p. 336.
9 T. I., lib. II. tít. XVI, Ley lvij, Recopilación... p. 340.
10 Mas tarde aparece otra Cédula Real complementaria “Que cuando alguna Audiencia gobernare en vacante, los oidores por meses vayan haciendo relación de lo que se proveyere de gobierno, y se envíe al Consejo”. T. I, lib. II, tít. XVI, Ley lviiij, Recopilación... p. 341. La consulta podía ser interpretada como una “memoria político-administrativa”, que estableciendo las rutinas e estilos de decisión, podía prevenir la alteración por decisión arbitraria del poder.
11 T. I, lib. II, tít. XV, Ley xxxxiiij; Recopilación... p. 337. A lo largo de los siglos xvi-xvii La Plata tuvo sólo dos presidentes de “capa y espada”: en 1609 Diego de Portugal y en 1695 Francisco Domínguez. En el siglo xviii, los presidentes de “capa y espada” fueron Francisco Domínguez, Francisco Herboso y Luna, Domingo Jáuregui (además el título adicional de capitán general de la provincia de Charcas), Agustín Fernando de Pinedo, presidente gobernador coronel Ignacio Flores, Joaquín Pino Manrique, Ramón García Madrigal y Pizarro. Sobre el tema véase T. Herzog, “Sobre justicia, honor y grado militar en la Audiencia de Quito durante el s. XVIII”, en Procesos, Revista ecuatoriana de historia, n. 6, 1994, Quito, pp. 49-69.
12 Véase las cartas de Bartolomé Gonzáles de Poveda, presidente de la Audiencia de La Plata al Rey, donde “da cuenta del estado de diferentes materias de la provincia y especialmente de la conformidad con que están los ministros de la Audiencia y la puntualidad con que se acude al expediente de los negocios”, La Plata, 24/03/1678, AGI, Charcas, 23, R. 6, N. 42, 1 y 2, La Plata 25/10/1680, AGI, 24, R. 4, N. 3; R. 3, N. 12-14, La Plata, 14/06/1681; R. 3, N. 30, 25/06/1680, AGI, Charcas, 23, R. 6, N. 42, 1 y 2.
13 Las mismas situaciones conflictivas se observan en diferentes zonas de Hispanoamérica. Así en 1590 se produjo una disputa entre los oidores y el Presidente de Santo Domingo. El Presidente fue acusado de entrometerse en los asuntos de justicia (Sánchez Bella, 1991). En 1611, se registró otro conflicto en la Audiencia de Santo Domingo entre los oidores y el Presidente, en 1617, se hizo notorio el conflicto entre el Presidente de la Audiencia de Guatemala con el fiscal y en 1627 los problemas del virrey de México con los oidores (Schäfer, 1935). Se perciben los numerosos conflictos en Audiencia de Quito a lo largo del siglo xvii-xviii (Phelan, 1967; Herzog, 1995), en la Audiencia de Santa Fe (Ots Capdequi, 1950). El análisis detallado de enfrentamiento entre el virrey como Presidente de la Audiencia y la Audiencia virreinal de Lima lo hace Lohmann Villena (1974).
14 Véase la Carta a Su Majestad de la Audiencia de Charcas acerca del cumplimiento de varias cédulas reales, y pide aclaraciones sobre algunas de ellas, La Plata, 15/06/1579 (Levillier, 1918: 493).
15 Relación del estado del gobierno del Perú que hace el marqués de Mancera al virrey Conde de Salvatierra, 1648, L. Hanke, C. Rodríguez, Los virreyes... t. III, p. 160.
16 AGI, Madrid, 30 de mayo de 1640, cit. en Querejazu Calvo (1990: 226).
17 Véase en las Disposiciones complementarias de las Leyes de Indias, vol. II, Madrid, Imprenta Sáez Hermanos, 1930, p. 252.
18 En el caso de Vázquez de Velasco, las insinuaciones del Virrey no se quedaron al nivel de las palabras, sino que fueron acompañadas con medidas concretas- una multa de mil pesos impuesta a los oidores, y mil quinientos al Fiscal, por ser el principal promotor de las desavenencias, obligándolos a retirar del libro de acuerdos el auto dictado contra el Presidente. ANB, CACh, 1669, n. 1882.
19 Respuesta a la Audiencia de La Plata sobre ciertas competencias entre el presidente y oidores de ella. Néstares Marín “halló en 1649 complicados en dicha Casa de la Moneda cuatro ministros de esta Audiencia... por lo que V. M. mando que passasen estos en depósito a las Audiencias menores de este Reino uno de los depositarios en la de quito fue Don Luis Joseph Merlo de la Fuente que salió de esta ciudad en 1653”. Copia de carta de Antonio de Gastelú, La Plata, 30/09/1668, AGI, Charcas, 22, R. 8, N. 70.
20 “Que los oidores tengan la antigüedad desde el dia de la posesión, y los de Lima y México conserven la antigüedad que tenían si pasaren de una de estas Audiencias a la otra”, t. I, lib. II, tít. XVI, Ley xxv, Recopilación... p. 337.
21 “Que faltando el Presidente presida el Oidor mas antiguo, y lo cometido a solo el Presidente, lo hagan todos”, t. I, lib. II, tít. XV Ley xvj, Recopilación... p. 3 74. A pesar de que en este sentido la ley era bastante explícita, en los primeros años de la existencia de la Audiencia de La Plata surgió la rivalidad entre el presidente Pedro Ramírez de Quiñónez y el oidor más antiguo de la Audiencia, Juan de Matienzo, quien pretendía ese puesto, enfrentándose el último además con el oidor Martín Pérez de Recalde. La Plata, 4/12/1566 (Levillier, 1918: 214).
22 Carta del Presidente de la Audiencia de La Plata al Rey, La Plata, 1/12/1578 (Levillier, 1918: 473).
23 Carta de los oidores de la Audiencia al Rey, La Plata, R. Levillier, 1/02/1588 (Levillier, 1922: 342).
24 El memorial del presidente de la Audiencia de La Plata Lic. Juan López de Cepeda, La Plata, 22/02/1588, (Levillier, 1922: 399).
25 Carta del Oidor de la Audiencia de La Plata al Rey, La Plata, 23/02/1588 (Levillier, 1922: 400).
26 Las visitas generales realizadas por los visitadores (inspectores) y los juicios de residencia al final del periodo de su oficio fueron empleados como los medios de supervisar la conducta de los magistrados.
27 Carta de la Audiencia de La Plata al Rey, 20/02/1562 (Levillier, 1918: 78). En esta carta se criticaba al virrey, Conde de Villar, por no ser letrado y por haber interpretado mal la Cédula Real (en la cual se trataba de un largo litigio entre La Plata y Lima). ANB, CACh, 979.
28 R. M. Serrera, “Sociedad estamental y sistema colonial”, La monarquía católica, De los imperios a las naciones: Iberoamérica, Antonio Annino, Luis Castro Leiva, Francois-Xavier Guerra (edit.), 1994, Ibercaja, p. 50.
29 Carta del presidente de la Audiencia de Charcas Pedro Vázquez de Velasco al Virrey, La Plata 5/8/1663, ANB, CACh, 1663, N. 1835 fs. 2.
30 Los primeros presidentes de la Audiencia de La Plata, todos eran españoles como Pedro Ramírez de Quiñónez, Lope de Almendáriz, Juan López de Cepeda, Alonso Maldonado de Torres, Diego Torres y Portugal, Martín Egües, Juan Lizarazu.
31 El patronazgo real constituyó el instrumento utilizado por el monarca para controlar la Corte (Asch and Birke, 1991: 22). De acuerdo con la idea que el cuerpo de monarca reemplace a Dios, es él quien administraba “pragmática de gracia”, o los mecanismos por los cuales honor circula y esta manera el honor se convierte en una moneda simbólica (Arditi, 1998: 9).
32 D. Ripodas Ardanaz, “Imagen del indiano en el teatro español de setecientos”, Separata del Boletín de la Academia Nacional de la Historia, volumen LIV-LV, 1981-82, p. 297.
33 Como ejemplo pueden servir la historia de los importantes personajes charqueños, Antonio de Herrera y Toledo y fray Gaspar de Villaroel, que estuvieron en la Corte de Madrid durante los años 1629-1635 y 1632-1636 respectivamente. Véase en: Antonio de Herrera y Toledo, Relación eclesiástica de Santa Iglesia metropolitana de los Charcas (1639), Edición de Joseph M. Barnadas, Archivo -biblioteca Arquidiocesana “Monseñor Taborga”, Sucre, 1996, p. 18. En los años veinte del siglo xvii varios representantes del clero charqueño permanecieron en la Corte y, aprovechando el acceso directo y personal a la autoridad real, obtuvieron los cargos deseados (Drapper, 2000: 71).
34 El trajín del viaje a la Corte fue compartido también por las esposas de los postulantes al cargo. A principios del siglo xvii, el Lic. Sebastian Zambrana de Villalobos oidor de la Audiencia de Charcas envió a su mujer María de Lara a España para solicitar su promoción, AGI, Charcas, 32, n. 87, 1618.
35 J. M. Urquizo, “Regulación jurídica de los pretendientes”, X Congreso de Instituto Internacional de Historia de Derecho Indiano, Anuario histórico y jurídico ecuatoriano, Quito, Ecuador, 1980, t. V, pp. 135-158.
36 Reflexiones sobre el tema véase en J . Martínez Millán, “La integración de las élites sociales en las monarquías dinásticas”, en Espacios de poder: cortes, ciudades y villas (S. xvi-xviii). Actas del Congreso celebrado en la Residencia de La Cristalera, Universidad Autónoma, Madrid, octubre 2001, Editor Jesús Bravo Lozano, Madrid, 2002, pp. 339-380.
37 Ya a comienzos del siglo xvii, los mineros de Potosí pagaban grandes sumas de dinero por hacerse con el cargo de alguacil del Cabildo de Buenos Aires (Gelman, 1985). Cit. en Guillermo Mira, “Las élites coloniales como matriz de las repúblicas latinoamericanas”, América Latina. Realidades y perspectivas. I Congreso Europeo de Latinoamericanistas, Salamanca, Universidad de Salamanca, 1997, pp. 137-187.
38 Los testigos de Juan Alonso Vera y Zarate, hijo del oidor de La Plata y nieto del adelantado del Río de La Plata Juan Ortiz de Zarate, fueron el canónigo Francisco de Oré, quien residió en Charcas durante quince años; Jerónimo de Montealegre, quien estuvo en Charcas veinte años; Pedro de Espinola, quien vivió en La Plata doce años, el consejero del Consejo de Indias Alonso Maldonado de Torres, quien asistió en La Plata once años y otras personas que habían residido por muchos años en La Plata y Potosí. Escogían para alojarse lugares próximos a la Corte o cerca de los lugares que ocupaban los funcionarios de la Corte como la calle Relatores, la calle de San Bernardo, la calle de los Infantes, la calle Fuencarral, la calle del Pez, la calle Carmen (Lohmann Vilena, 1993).
39 Gregorio Núñez de Rojas, limeño, estudiante en Salamanca e hijo del oidor Miguel Núñez de Sanabria fue recomendado en febrero de 1699 por el virrey Conde de la Monclova para el cargo de magistratura y ya en octubre obtuvo una oidoría supernumeraria en la Audiencia de La Plata, pero con la particularidad de que no había precedido consulta alguna del Consejo, ni existía vacante (Lohmann Villena, 1974: XXXII).
40 Cartas del Lic. Matienzo al Rey, Los Reyes, 8/04/1562; Los Reyes 13/04/1562, (Levillier, 1918, 1-9).
41 “Relación del Señor virrey Don Luis de Velasco al Señor Conde de Monterrey sobre el estado del Perú, 1604”, Los virreyes... t. II, p. 57.
42 Oidores “supernumerarios” no correspondían al número ordinario de oidores previsto por la ley para cada Audiencia, lo que indicaba una situación particular creada a favor y en beneficio de un determinado sujeto en la época de la venta de oficios. En Charcas, este número osciló entre 10 y 20 supernumerarios. La compra de una futura, era el derecho a ejercer el oficio en un futuro más o menos remoto.
43 Los precios para la magistratura charqueña oscilaban entre 19 y 27 mil pesos. Sin embargo, Pedro de Tagle Brancho pagó 40 mil pesos por su cargo y Pablo Vega y Barcena pagó 34 mil pesos. Otro miembro de esta familia José Tagle Bracho pagó 26.000 por el nombramiento de oidor supernumerario de la Audiencia de La Plata en el año 1741, y además, realizó un donativo suplementario de 8.000 pesos, “para las urgencias de la guerra” con la dispensa para poder casarse con una oriunda del distrito (Burkholder y Chandler, 1984).
44 En 1745, el limeño Zurbarán compró una oidoría en los La Plata por 21.000 pesos, lo cual incluía una licencia para poder contraer matrimonio con una originaria del distrito; tres meses más tarde, por una suma adicional de 12.000 pesos, consiguió el traslado a Lima (Lohmann Villena, 1974).
45 Copia de carta del visitador Antonio
46 Véase, por ejemplo, una solicitud del matrimonio: “Don Nicolás Lobatón, marques de Rocafuerte, presidente de la Real Audiencia de Charcas de la ciudad de La Plata, tiene una hija nacida en la ciudad de Cuzco, a quien desea casarla con Don Melchor de Santiago Concha, oidor de aquella Audiencia de La Plata, con quien tiene relación de parentesco como lo hicieron Don Joseph Antonio de Villalta, oidor de la misma Audiencia que estaba casado con hermana de la mujer de Don Hermergildo Querejazu quando este paso a servir la presidencia de ella y Pedro de Tagle, oidor de la misma que estaba casado con la hermana de la mujer de Don Domingo de Jáuregui, también presidente de la dicha Audiencia”. AGI, Charcas, 28.
47 La presencia de los charqueños en los puestos importantes del Virreinato del Perú se hizo notable a principios del siglo xix, ya que una importante proporción de los intendentes criollos del sur peruano era paceños y cochabambinos. Este hecho que viene a demostrar una vez más los fuertes lazos existentes en el Perú. Véase en A. Vidal Ortega, A. M. Bascary “Los intendentes surperuanos (1784-1825)”, en América Latina. Realidades y perspectivas. I Congreso de Latinoamericanistas, Salamanca, Universidad de Salamanca, 1997, pp. 137-187.
48 En 1575, se promulgó la primera regulación que también implicaba a los hijos de los magistrados con la amenaza que los transgresores serían destituidos, excepto si contaban con el beneplácito del monarca “Que ningún Virrey, Presidente, Oidor, Alcalde de Crimen, ni Fiscal, ni sus hijos, o hijas, se casen en sus distritos, pena de perder sus oficios”, t. I, lib. II, tít. XVI, Ley lxxxij, Recopilación... p. 390.
49 La Pragmática -establecida en España en 1776 y extendida en América en 1778- reforzó la patria potestad, prescribiendo la necesidad del consentimiento paterno para que los hijos de familia contrajeran matrimonio. También se establecía una mayor rigurosidad para obtener el permiso de los padres en los casos de los matrimonios mixtos. Estas disposiciones pusieron en funcionamiento mecanismos que controlaban el poder patriarcal y, por consiguiente, las jerarquías sociales. La Cédula Real de 1803 determinó “que ni los hijos de familia menores de veinticinco años ni las hijas menores de veintitrés o cualquiera clase del estado que pertenecen puedan contraer matrimonio sin licencia de su Padre, quien en caso de resistir en que sus hijos o hijas intentaran no están obligados a dar razón, ni explicar la causa de su resistencia o disenso”.
50 “Que los presidentes y ministros de las Audiencias no traten ni contraten, ni se sirvan de los indios, ni tengan granjerias” (Ley liiij); “Que los oidores, alcaldes y fiscales no tengan casas, chacras, estancias, huertas, ni tierras”(Ley lv); “Que los ministros no puedan sembrar trigo, ni maiz (Ley lviji); Que los ministros no den dineros a censo” (Ley lviiij); “Que los ministros no entiendan en Armadas, descubrimientos, ni minas” (Ley lx); “Que cada uno de los ministros comprendidos en esta ley, no pueda tener mas de cuatro esclavos”, (Ley lxv), t. I, lib. II, tít. XVI, Recopilación... pp. 384-385.
51 Instrucción del Rey de España alvirrey del Perú Conde de Chichón. Los virreyes... t. II, p. 24.
52 Real Cédula de 24/12/1615. Ver también una Real Carta al Virrey del Perú sobre que los oidores no tengan casas propias ni chacras, Madrid, 17/03/1619, en R. Konetzke, Colección de documentos para la historia de la formación social de Hispanoamérica 1493-1810, Madrid, 1958, CSIC, t. I.
53 Consulta del Consejo de las Indias acerca de las provisiones de que los oidores de las Audiencias no se arraigasen, ni se casen y enriquecen en sus distritos, Madrid, 23/08/1627, En R. Konetzke, Colección... t. I.
54 “Que los ministros no se dexen acompañar de negociantes, ni den lugar a que acompañen a sus mugeres” (Ley liij); Que las mujeres de Ministros no intervengan en negocios suyos, ni ajenos” (Ley lxvij); “Que los presidentes y oidores, y sus mujeres, e hijos no hagan partido con abogados, no receptores, ni reciba dádivas” (Ley lxviij); “Que los presidentes y oidores no reciban dineros prestados, ni otras cosas, dádivas, ni presentes, y no tengan familiaridades estrechas, ni las permitan a sus familias” (Ley lxviiij), t . I, lib. II, tít. XVI, Recopilación... pp.
387-388.
55 Las leyes prohibitivas hacia el matrimonio se extendieron sobre otras categorías de funcionarios. Audiencia a S. M. Remite testimonio de haber hecho publicar en La Plata la Real Cédula de 9/12/1675 en la que se declara que la prohibición de los casamientos de los ministros se extiende también a los hijos de los gobernadores y corregidores hasta tener dadas sus residencias, La Plata, 30/01/1678, AGI, Charcas, 23, R. 6, N. 35, 1. Denuncia contra el corregidor Don Joseph Calvo de la Banda que se había casado con Francesca Antonia de la Torre en el distrito de su competencia, AGI, 23, R. 2, N. 4.
56 El Cabildo y el Regimiento de la ciudad de La Plata al Rey contra los agravios de los jueces y ministros de la Real Audiencia, La Plata, 12/2/1615, AGI, Charcas, 31.
57 Carta del Arzobispo de La Plata al Rey, 20/03/1620, AGI, Charcas, Patronato, leg. 135
58 Carta del Cabildo de La Plata al Rey La Plata, 6/02/1612, AGI, Charcas, 415.
59 Carta del Cabildo de La Plata al Rey, La Plata, 26/08/1756, AGI, Charcas, 433.
60 D.Ripodaz Ardanz “Una ignorada escritora en la Charcas finicolonial, María Antonia de Río y Arnedo”, Separata de Investigaciones y Ensayos n. 43, Academia Nacional de la Historia, Buenos Aires, Argentina, 1993.
61 Carta del arzobispo de Lima, Loayza al Rey, 9/10/1570, cit. en Vargas Ugarte (1971: II, 185).
62 Carta del oidor de la Audiencia de La Plata Juan de Matienzo al Virrey, Los Reyes, 8/04/1562 (Levillier, 1918: 1).
63 Carta a S. M. de la Audiencia de Charcas, La Plata, 15/04/1579 (Levillier, 1922: 493).
64 Carta del Presidente y oidores de los Charcas al Rey, La Plata, 1/02/1562 (Levillier, 1918: 62).
65 Véase la Cédula Real de febrero de 1716, en Disposiciones complementarias... p. 262.
66 “Fiscal Don Pedro Frasso tiene en su cassa a un letrado de pocas letras llamado Don Gaspar de la Luna o la que sea su muy amigos, o su sobrino que mas parece su padre según la subordinación que le tiene contrauiene a la ley; por dar gusto al Fiscal y negociar bien los litigantes especialmente los que tiene pleitos con el real oficio lo buscan; y no se puede ponderar de cuanto daño es esto; le suplico a dar la plaza a este ministro en Zerdeña o Cataluña y no en el Perú..tiene introducida Pretensión en ese Real Consejo y es su agente Don Mateo Frasso, a quein V. M. podrá decir por medio de uno de sus consejeros...”, Carta de Don Antonio de Gastelú al Rey, La Plata, 31/12/1668, AGI, Charcas, 22, R. 8, N. 87.
67 Carta de Don Antonio de Gastelú, visitador de la Audiencia de Charcas La Plata al Rey, La Plata 30/09/1666, AGI, Charcas, 22, R. 6, N. 61.
68 En 1671, por ejemplo, la hija de Andrés Garavito de León, oidor de Charcas y sobrina del oidor Diego Cristóbal Mexía, se casó con Lope Antonio Munive y Axpe mediante el pago de 4.000 pesos, debido a que obtuvo la licencia real de casarse con cualquier Oidor limeño que quisiera (Herzog, 1996: 116).
69 Esto le sucedió al oidor de la Audiencia de La Plata Ignacio Antonio del Castillo, por haberse casado con una mujer natural de ese distrito (Burkholder y Chandler, 1984; Lohmann Villena, 1974, Querezaju Calvo, 1990).
70 Cédula de Felipe V de 25/10/1745.
71 AGI, Charcas, 208.
72 Copia de carta de Antonio de Gastel al Rey, La Plata, 30/09/1668, AGI, Charcas, 22, R. 8, N. 70.
73 Carta del Presidente de la Audiencia Don Pedro Vázquez de Velasco al Rey, AGI, Charcas, 2, R. 9, N. 99.
74 Carta de la Audiencia de Charcas al Rey para “ilustrar los meritos del oidor Merlo de la Fuente que siempre ha servido a V. M. como a su padre... es ministro cristiano, de mucha edificación, y buen ejemplo de esta ciudad y provincias procediendo con limpieza y entereza en la administración de la justicia, y en lo que es de su obligación y cargo. Son cerca de 30 años que Don Joseph sirve a V. M. con grandes sacrificios y expensas, fatigas y riesgos por su salud; a esto se añade el servicio del padre que servio a V. M. cerca de 40 años en las Audiencias de Panamá y Lima, oidor mas antiguo, fundador de la Audiencia de Chile adonde fue Presidente y Capellán General de aquel reino”, La Plata, 30/05/1670; AGI, Charcas 23, R. 3, N. 20; La Audiencia pidió su destinación como perpetuo capellán del Virrey y la concesión un dignidad en la Iglesia de Lima “en recompensa de 80 años de servicio suyos y de su padre”, La Plata, 25/10/1671, AGI, Charcas, 23, R. 3, N. 20, 5. Carta de la Audiencia de La Plata al Rey; Suplica al Rey de Luis Joseph Merlo de la Fuente y memorial en el cual expone servicios, méritos y fatigas y pide por el hijo Joseph, La Plata, 02/10/1673. AGI, Charcas, 23, R . 3, N . 20, 6-7.
75 Las familias de magistrados de Lizarazu y Herboso que han ocupando cargos en la Audiencia de Charcas se relacionaron intensamente con las élites locales. De ahí algunos ejemplos: los hijos de Pedro Vázquez de Velasco, presidente de Charcas también tenían en sus manos lospuestos de importancia así como Pedro quien fue obispo de Mizque y Santa Cruz; Pedro Pascual fue gobernador de Potosí. Gregorio Núnez de Rojas y José Antonio de Villalta y Niñez, oidores de Charcas fueron los nietos del fiscal de la Audiencia de La Plata Gregorio Núnez y Acevedo. El oidor de Charcas Juan Campo Godoy, su hijo el corregidor de Mizque y oidor en Charcas Nicolás Matías Campo de la Rinaga y el nieto Clemente Campo y Zarate corregidor de México y el alcalde de crimen y oidor de su Audiencia. Joseph de Antequera y Castro, el problemático fiscal interino de la Audiencia de La Plata, fue el hijo del oidor Joseph de Antequera y Enríquez, su sobrino, Juan de Dios Calvo y Antequera, tuvo el cargo de oidor de la Audiencia de La Plata y su hermano Juan, ocupó un puesto en la catedral de Cuzco. Eran nietos del doctor Joseph del Corral Calvo de la Banda, oidor de Charcas también. El primer conde de San Miguel de Carma de Potosí Matías Astoraica se casó con la hija del presidente de la Audiencia de La Plata Catalina de Herboso y Figueroa, cuyos hermanos ocupaban cargos importantes en Charcas. Juan Lizarazu Beaumont y Navarra, uno de los representantes más importantes de las élites potosinas del siglo xviii fue bisnieto del presidente de Charcas Juan de Lizarazu, emparentado con las élites cuzqueñas (a través de su madre) y limeña y su primer matrimonio con el marqués de Salinas en Lima. Su segunda esposa, Martina Teresa López Lisperguer Nieto y Quintana era hija del oidor José López (Buechler, 1989; Tandeter, 1992; Lohmann Villena, 1993; Herzog, 1996).
76 AGI, Charcas, Leg. 220, octubre de 1754.
77 Memoria y petición del oidor Giralde y Pino 1754-1756, AGI, Charcas, leg. 199, leg. 200.
78 En los lugares remotos de un vasto territorio de Charcas la autoridad política estaba en manos de unos agentes de la autoridad colonial como terratenientes, sacerdotes y oficiales de milicia locales representados por los arraigados criollos locales, pues había pocos peninsulares fuera de los principales centros coloniales.
79 A la hora de analizar la composición de las Audiencias americanas, es preciso ver todos los elementos que componen la estructura burocrática colonial. En Quito, por ejemplo, en 1809 sólo 10, 25% eran europeos que estaban distribuidos en todos los organismos estatales, en especial en la Audiencia. Véase en A. Valencia Llano, “Élites, burocracia, clero y sectores populares en la Independencia Quiteña (1809-1812)”, Procesos, Revista ecuatoriana de historia, n. 3, 1992, Quito, pp. 55-101.
80 Una de las más importantes obras de San Alberto, donde reproduce la ideología política regalista, era la Colección de instrucciones pastorales que en diferentes ocasiones y con varios motivos publicó para edificación de los fieles, arregló la dirección de sus diócesis, Imprenta Real, Madrid, LXXXVI
81 II Concilio de Charcas, tít. 2, c. 4, cit. en Sánchez Bella (1990: 233).
82 II Concilio de Charcas, tít. 31, c.l, cit. en Sánchez Bella (1990: 233). Los arzobispos u obispos tenían la obligación de convocar periódicamente los Concilios que debían contar con la presencia de la autoridad civil. Entre 1600-1800 en Charcas se celebraron ocho concilios, donde asistieron los miembros del Tribunal Real y las órdenes religiosas, y donde se hacía el acatamiento de rigor a la Real Audiencia.
83 El primer regente de Charcas fue el español Gerónimo de Ruedes y Morales elegido personalmente por Carlos III puesto que durante diez años formaba parte de la Audiencia de Lima.
84 Las investigaciones sobre las consecuencias de las reformas administrativas borbónicas en distintas regiones de América muestran, como la creación de nuevas instancias del poder desestabilizaron el equilibrio local entre distintas instituciones. En el caso de Buenos Aires, por ejemplo, se produjo una redefinición de las competencias del Gobernador y del Cabildo en el ámbito de la justicia comercial. Esta redefinición originó una cadena de tensiones y negociaciones que ponían en evidencia la importancia de los aspectos jurisdiccionales en las relaciones políticas entre la corporación municipal y los agentes de la monarquía. Véase en: Z. Moutoukias, “Las formas complejas de la acción política: justicia corporativa, fraccionalismo y redes sociales (Buenos Aires, 1750-1760)”. Jahrbuch für Geschichte Lateinamericas, 37, Böhlau Verlag, Köln/Weimar/Wien, 2002, pp. 69-102.
85 F. X. Guerra, “La ruptura la monarquía hispánica: Vivencias y discursos americanos”, en Jahrbuch für Geschichte Lateinamericas, 37, Böhlau Verlag Köln/Weimar/Wien, 2000, pp. 73-99.