Anexos
p. 121-133
Texte intégral
1N. B.: Se han respetado la ortografía y la puntuación originales y se han desarrollado las abreviaturas.
Anexo 1
2Asiento hecho con alonso Sebastian de illescas mulato principal de la prouincia de las esmeraldas y Campaz reduzidos al servicio del Rey nuestro señor1.
3Muy poderoso señor el capitan don alonso de yllescas que hasta agora a sido mi nombre don sebastian yllescas y quando reçeui el sacramento santo de la confirmacion el domingo proximo pasado que se contaron nueue de este presente mes de jullio en la yglesia de san blas una de las parrochias desta ciudad por mano del Rmo don fr. luis lópez obispo desta ciudad pedí me mudasen el dicho nombre de Sebastian porque me queria llamar alonso como mi padre y ansi se hizo en presencia de vuestro presidente y oidores, siendo mi padrino el doctor Juan del barrio de sepulveda vuestro oydor = digo que teniendo noticias como el capitan don francisco de arobe mulato principal de la prouincia de las esmeraldas que rreside en el pueblo de san matheo junto a la baya que dizen de san matheo por el mes de nouiembre del año de mil y quinientos y nouenta y ocho por orden desta rreal audiencia y del dicho doctor Joan del barrio de sepulveda vuestro oidor a quien por ella en nombre de vuestra rreal persona fue y esta cometido el hazer y tratar de la conuersion reducion poblacion y doctrina de los mulatos e yndios que eran ynfieles y de guerra de la dicha prouincia de las esmeraldas y de los cayapas y otras del distrito desta rreal audiencia Avia salido de su agradable voluntad con sus hijos y otros yndios a el subjetos y un fraile religioso descalço de la orden de san francisco que para ello fue a la dicha prouincia por el dicho orden y mandado de Vuestra alteza y benido a esta ciudad y real audiencia a dar la paz y obediencia a vuestra rreal persona y ser xpianos y vuestros leales vasallos y recibidoles como a tales y ofrecidose el a rreduzir y a traer hazer lo mismo a todos los demas de la dicha prouincia sobre lo qual y para que ouiese efecto lo trato conmigo y gano vuestra rreal prouission de perdon y seguro para mi y mis hijos deudos y parientes y los demas a mi subjetos y auiendo tomado con el y hecho el asiento que conuino a vuestro rreal seruicio cerca de lo susodicho y buelto muy contento bestido y regalado el y sus hijos y gente que consigo trajo y con algunas otras cosas que se le dieron y Ilebado consigo al padre fray Joan baptista de burgos sacerdote de la orden de nuestra señora de las mercedes para cura y vicario de su pueblo me embio la dicha real prouission y cartas del dicho doctor del barrio vuestro oidor dandome a entender lo que me ymportaua venir a dar la obediencia a vuestra real perssona y otras cosas como parece de la dicha real prouission y cartas de que hago demostración y auiendolas Recebido y visto me determine y procure hacerlo y para tratar dello con el dicho capitan don francisco de arobe y padre fray Joan baptista de burgos y balthasar de medina y Joan vaez españoles que con ellos estauan y fueron desta ciudad baje de mi pueblo y asiento que mis padres y yo y mis hijos emos tenido y tengo en la dicha prouincia de las esmeraldas a la punta que dicen de coacha que es en la prouincia de campaz al dicho pueblo de la baya de san matheo por el mes de febrero deste presente año de mil y seiscientos con dos hermanos mios y don Joan mi hijo y otros mis parientes e yndios y auiendome Recibido alegremente presente ante ellos la dicha vuestra rreal prouission y carta y dándome a entender lo que contenian la besse y puse sobre mi cabeça y la obedeci con el acatamiento deuido y me ofreci a su cumplimiento con mis hijos y gente y di assi la obediencia a vuestra real persona y por estar en duda de si auia sido baptizado o no aunque tenia nombre de xpiano recibi el agua del sancto baptismo oleo y crisma en la yglesia del dicho pueblo de san matheo por mano del dicho fray Joan baptista de burgos y lo mismo hizo el dicho don Joan mi hijo y algunos otros que yban conmigo y tratamos y quedo concertado con el dicho capitan don francisco de arobe y padre fray Joan baptista y los demas españoles que este berano y presente mes de julio bendria yo y mi hijo y algunos otros mis parientes a esta ciudad y real audiencia a dar y rrefirmar la paz y obediencia a vuestra rreal perssona como parece de las cartas que cerca desto yo y el dicho capitan don francisco de arobe y el dicho padre fray Joan baptista y los dichos balthasar de medina y Joan vaez escribimos a esta rreal audiencia y al dicho doctor del barrio vuestro oydor.
4Y es ansi que estando yo determinado y tratando de hazer y cumplir lo susodicho acertaron a pasar perdidos y destroçados por la playa de la mar arriba hazia puerto viejo el capitan alonso sanchez de cuellar señor y maestre de su nauio con otros onze españoles quatro negros que se perdieron en el abajo de la dicha baya de san matheo a los seis del mes de enero deste presente año segun ellos me dixeron viniendo de panama para la ciudad de los Reyes y llegando al paraje donde yo bibo y rresido que se dize coacha en la dicha prouincia de campaz dos yndios de los mios que andauan pescando en un rio llamado bunchi como los vieron vinieron a mi casa a darme dello noticia y luego ynbie a mi hijo don Joan con una canoa y una balsa con los bastimentos y Regalos de platanos y bollos de maiz y otras cossas que pude para ellos y su socorro de que venian muy necesitados y deseando dar muestra en esta ocassion de mi firme proposito e yntento y voluntad de ser como soy xpiano fiel y leal basallo de vuestra real persona y poner en efecto vuestro Real seruicio lo ansi tratado y concertado con el dicho capitan don francisco de arobe y conmigo por esta vuestra rreal audiencia los recogi y anpare dandoles lo necessario en la playa ocho dias y para su viaje que dixeron querian proseguir hasta puerto viejo y los ofreci que si acasso se hallasen fatigados y no pudiesen pasar adelante y se quisiesen bolver a mi casa yo enbiaria cada dia algunos de mis yndios a la playa para que a ella los traxesen y ansi se hizo y auiendo buelto los tube en ella otros treinta dias dandoles de comer y regalandolos lo mejor que pude como ellos lo vieron y diran.
5Al cabo de los dichos treinta dias por mas servir a Vuestra alteza aunque no era llegado el tiempo que como e dicho auiamos concertado el dicho capitan don francisco de arobe y padre fray Joan baptista de que yo viniese a esta ciudad para el dicho efecto de rrefirmar la dicha paz y obidiencia y hazer lo que mas por Vuestra alteza me fuese mandado me determine de sacar los dichos españoles y traerlos conmigo al dicho pueblo de la baya como lo hize donde los dexe descansando y bolui a mi casa por lo que tenia necesidad para el viaje y ansi vine para el dia concertado y traxe conmigo en compañía del dicho padre fray Joan baptista de burgos a esta ciudad al dicho capitan alonso sanchez de cuellar y los demas españoles Referidos de los que con el se perdieron en el dicho nauio y juntamente traxe en mi compañia a don antonio mi hermano que quando recibio el sacramento sancto de la confirmacion en la dicha yglesia de san blas desta ciudad el mismo dia que yo en presencia de los dichos vuestros presidente y oidores siendo su padrino el licenciado don blas de torres altamirano vuestro fiscal se mudo el nombre y se llamo como agora se llama don baltasar para que juntamente conmigo diese la paz y obidiencia a vuestra rreal persona y asi todos juntos entramos en esta ciudad el jueves en la tarde que se contaron seis dias deste presente mes de jullio y año dicho de seis cientos con el capitan pedro de arevalo vezino desta ciudad que por orden desta rreal audiencia salio al camino ocho leguas con bastimentos matalotaje y cauallos en que viniesemos y venimos a estas vuestras casas reales y nos presentamos ante vuestros presidente y oidores y dicho fiscal que juntos estauan en la sala de vuestro rreal acuerdo de justicia es a saber el licenciado miguel de ybarra presidente doctor Joan del barrio de sepulveda licenciado don pedro de aguiar y acuña el licenciado ferrer de ayala oydores y licenciado don blas de torres altamirano fiscal donde nos Recibieron alegremente y por su orden el dicho doctor del barrio nos mando aposentar y se nos a dado lo necesario para nuestro mantenimiento y hecho y haze toda merced y rregalo y bestido muy bien y a nuestro gusto y contento como se a visto y de todo Vuestra alteza a tenido y tiene entera noticia.
6Y deseando bolver a nuestra tierra y dar orden en nuestras sementeras y en el beneficio de nuestra hazienda por ser el tiempo mas apropiado para hazer nuestras rocas y cumplir lo que mas tenemos prometido y se dira en esta peticion y que por Vuestra alteza nos fuere mandado.
7Suplicamos humildemente sea seruido darnos para ello licencia y el auiamiento necessario y hazernos merced segun y como se hizo con el dicho capitán don francisco de arobe y don pedro y don domingo sus hijos y con la demas su gente que con ellos vinieron y con don manuel y don gonçalo y los otros sus deudos y parientes que en cumplimiento del escrito que con el en nombre de vuestra real persona se tomo se hizo quando vinieron a dar la paz y obediencia.
8Que yo el dicho don alonso de yllescas por mi y en nombre del dicho don Joan y los demas mis hijos deudos y parientes e yndios a mi subjectos de la dicha prouincia de las esmeraldas y de mis descendientes y subçesores y dellos y yo el dicho don balthasar antonio por mi y mis hijos y subçesores y los demas yndios de la dicha prouincia a mi subjectos y los suyos desde agora para en todo tiempo y siempre jamas de nuestra propia y agradable voluntad nos entregamos y ofrecemos por basallos y subjetos de vuestra rreal personna el Rey don philipe tercero deste nombre y los demas sus subçessores de su rreal corona de castilla y como a tal nuestro rey y señor natural damos la paz y obediencia de la dicha tierra y prouincia de las esmeraldas donde nosotros nacimos y nos emos criado y rresidido y bibimos y poseemos con nuestras mujeres hijos y decendientes deudos e yndios de la parte y parcialidades que en la dicha prouincia habitamos y tenemos y tubieremos y adquirieremos en su real nombre y para su real seruicio y ansi ofrecemos serle siempre y que seran nuestros subçesores y de los dichos yndios y tierra sus buenos fieles y leales basallos y por nosotros y ellos nos obligamos con nuestras personas y bienes y las suyas y juramos y prometemos por dios nuestro señor y la señal de la cruz en que ponemos nuestras manos derechas y hazemos pleyto omenaje en forma cumplida y acostumbrada segun fuero de españa de le tener reconocer y obedeçer por nuestro rey y señor soberano y como a tal servirle y cumplir sus mandamientos y los de esta su rreal audiencia en su nombre en todo tiempo y ocasiones ansi de paz como de guerra y de no la hazer a los yndios comarcanos a las dichas prouincias que son y fueren xpianos y le ouieren dado la paz y fueren sus obedientes vasallos ni a otros algunos sin su expresa licencia y desta audiencia en su real nombre so pena de caer en tal casso si lo contrario de lo susodicho que ansi juramos y prometemos hizieremos.
9Y ansimismo nos obligamos y prometemos y cada uno de nosostros por si en nuestro nombre y de los dichos mis hijos subdictos y subçesores de nos Recoger y poblar juntos en un pueblo formado y hazer en el yglessia y casa para el sacerdote nuestro cura y doctrinario como sea costumbre entre españoles y los demas yndios desta prouincia donde ansi juntos podamos biuir y bibamos como xpianos y en toda buena pulicia y tener y que tengamos sacerdote que nos doctrine a nosotros y a nuestros hijos y gente que al presente son y fueren de aqui adelante y nos diga misa y administre los sanctos sacramentos y nos predique y enseñe las cosas de nuestra sancta fee catholica necesarias y conuenientes a nuestra salvacion y las del seruicio de vuestra rreal persona y lo que mas nos conuenga para el seruicio de dios y della y del bien comun.
10Y que a los españoles yndios y negros xpianos que por la dicha nuestra tierra y pueblo mar o rrios a el y a ella aportaren les haremos todo buen tratamiento y rregalo en quanto nos fuere posible y de lo que ouiere y subcediere por una via o por otra daremos luego quenta a vuestra alteza en esta real audiencia.
11Y ansimismo haremos que se junten y pueblen los demas nuestros deudos y parientes y los indios a ellos subjectos de la dicha prouincia y esten y biban juntos en sus pueblos formados en la parte y lugar que mexor pareciere y que tengan sus yglessias y puedan ser doctrinados y enseñados en las cossas de nuestra sancta fee catholica y segun dicho es lo auemos nosotros de hazer y que los principales nuestros deudos de la dicha prouincia saldran asimismo y bendran a esta ciudad y Real audiencia dar la paz y obediencia a Vuestra Real persona y hazer cumplir lo que mas en seruicio de dios y vuestro les fuere ordenado y mandado como nosotros y el dicho capitan don francisco de arobe y los suyos lo an hecho y hazemos y tenemos jurado y prometido y que todos estemos y esten siempre a obediencia de vuestra rreal persona y hagan en todo tiempo de paz y guerra lo que por ella y esta vuestra rreal audiencia le fuere ordenado y mandado.
12Yten nos obligamos y ofrecemos segun de suso por nosotros y los nuestros de que siendo vuestra real persona seruido mandar se haga y pueble alguna ciudad o villa de españoles en algun puerto de la mar del sur que con la dicha nuestra tierra confina y se eligiere y señalare de que ayudaremos a ello en quanto nos fuere posible y segun se nos ordenare y mandare y nos parece seria muy acomodado entre el portete y los quiximies.
13Otrosi suplicamos a Vuestra alteza se nos mande dar un Religioso sacerdote que vaya con nosotros a la dicha nuestra tierra y prouincia para que nos doctrine y enseñe y cathetize a nuestros hijos y los demas indios della y nos administre los sanctos sacramentos y en las cosas de nuestra sancta fee catholica nos ynstruya como se deue y deseamos que nosotros y cada uno de nos estamos prestos de obedecerle onrarle y benerarle y Regalarle como se deue y que lo mismo haran nuestros hijos hermanos deudos y parientes y los dichos yndios de la dicha prouincia a nosotros subjectos y nuestros descendientes y dellos y nos obligamos a cumplir todo lo susodicho como va declarado y que haremos la dicha yglesia y nuestras poblaciones y casa para el Religioso dentro de seis meses primeros siguientes mediante dios.
14Otrosi suplico a Vuestra alteza mande se me buelua la dicha vuestra Real prouission de amparo y seguro que se me dio para salir a daros la obediencia y hacer lo demas contenido en esta nuestra peticion con testimonio de todo ello para en guarda de mi derecho y las dichas cartas de que ansi tengo fecha demostracion sobre que pido justicia y en lo necessario asistencia y por que no sabemos firmar Rogamos al dicho padre fray Joan baptista de burgos y al capitan pedro de arebalo y a balthasar de medina y a Joan baez vezinos desta ciudad que estan presentes lo firmen por nosostros de sus nombres, fr Juan baptista de burgos pedro de areualo balthasar de medina Joan vaez.
15En la ciudad de san francisco de quito Jueves trece dias del mes de julio de mill y seiscientos años estando juntos los señores Presidente y oidores y fiscal de la rreal audiencia que en ella reside es a saber el licenciado miguel de ybarra presidente el doctor Joan del barrio de sepulveda el licenciado don pedro de aguiar y acuña y el licenciado ferrer de ayala oydores y el licenciado don blas de torres altamirano fiscal en la sala del Real acuerdo de justicia tratando della y de las cosas tocantes al seruicio de dios y del rey nuestro señor parecieron presentes el capitan don alonso de yllescas que por otro nombre se llama don sebastian de yllescas y don baltasar de yllescas que por otro nombre se llama don antonio de yllescas su hermano mulatos principales de la prouincia de las esmeraldas que Reside hazia lo de campaz en esta peticion supra escripta contenidos y nombrados y la presentaron ante los dichos señores presidente y oydores firmada por ellos y en su nombre a su rruego del padre fray Joan baptista de burgos presuitero de la orden de nuestra señora de las mercedes del conuento desta ciudad y del capitan pedro de areualo y de baltasar de medina y de Joan vaez vezinos y rresidentes en ella como della y sus firmas parece los quales en presencia de los dichos señores presidente y oidores y fiscal y de mi el escriuano de camara y del acuerdo ynfraescripto y testigos juraron todos quatro en forma de derecho y dixeron conocer a los dichos don alonso de yllescas y don balthasar de yllescas mulatos que presentes estauan y ser los mismos en esta peticion supraescripta nombrados y convenidos la qual por mi el dicho escriuano de camara fue leyda de berbo ad berbum ante los dichos señores presidente y oidores en presencia de los dichos mulatos y los demas testigos referidos = los quales dichos mulatos siendo alli preguntados si la presentaban y venian a dar la obediencia de su agradable voluntad = dixeron que si y luego yncontinenti auiendoseles dado a entender la fuerça del juramento juraron a dios y a la cruz que tocaron con sus manos derechas de que guardaran y cumpliran todo lo en la dicha su peticion contenido segun y como en ella lo tienen dicho y jurado y prometido y de ser siempre buenos fieles y leales basallos del rey nuestro señor y como a tal le dieron y daran la paz y obediencia y a los dichos señores presidente y oidores en su real nombre y lo pidieron por testimonio.
16Y los dichos señores presidente y oidores y fiscal dixeron que aceptaban y aceptaron en nombre y por el rey nuestro señor el ofrecimiento fecho por los dichos don alonso y don balthasar de yllescas y todo lo demas por ellos dicho prometido y jurado en la dicha su peticion y como a tales sus basallos por ellos y sus hijos y parientes mulatos e yndios de la dicha su prouincia los Recibieron debajo de su proteccion y rreal amparo y dixeron se les agradecia el seruicio que en ello y en rrecoger y amparar los dichos españoles perdidos le hazian de todo lo qual se le dara noticia y a su rreal consejo de las yndias para que se les haga merced y que por esta su rreal audiencia seran honrados fauorecidos y amparados en quanto sea posible que desde luego para en todo tiempo del mundo los mandaron poner y pusieron en la rreal corona la dicha su tierra y prouincia y mandaron que dellos se de y tome luego la possesion en nombre y por el Rey nuestro señor y en quanto al sacerdote y Religioso que piden por cura y doctrinero que los enseñe en las cosas de nuestra sancta fee catholica y en todo lo demas por ellos pedido y suplicado en la dicha su peticion se procurara con breuedad lo que conuenga y ansi lo proueyeron mandaron y timaron y que se les buelua la dicha prouission que presentan y del testimonio que piden el licenciado miguel de ybarra el doctor Joan del barrio sepulueda el licenciado don R. de aguiar y acuña el licenciado ferrer de ayala yo andres de orosco escriuano de camara del rey nuestro señor fui presente.
17Y luego yncontinenti este dicho dia mes y año el dicho señor licenciado don blas de torres altamirano fiscal en cumplimiento del dicho auto y aceptandolo en el contenido como dixo lo aceptaua y acepto se lebanto y en señal de possesion tomo por la mano al dicho don alonso y don baltasar de yllescas y les quito los sombreros que tenian y se los boluio a poner sobre sus cabeças y por ellos y sus hijos y los demas de la dicha su tierra y prouincia y de toda ella = dixo tomaba y tomo la possesion en nombre y por el Rey nuestro señor y lo pidio por testimonio y de como la tomaba y tomo sin contradiccion de persona alguna y lo firmo de su nombre en presencia de los dichos señores presidente y oidores y testigos que a todo lo sussodicho se hallaron presentes el dicho padre fray Joan baptis-ta de burgos y el capitan pedro de areualo y el secretario diego suarez de figueroa y alonso ramirez capilla portero de estrados y baltasar de medina y Joan vaez vezinos desta ciudad e yo el escriuano de camara que dello doy fee el licenciado don blas de torres altamirano yo andres de orozco escriuano de camara fui presente.
18Traslado Quito 2 de octubre de 1600.
Anexo 2
19Carta de fray Hernando Hincapié misionero de los naturales de la provincia de San Matheo de las Esmeraldas dirigida a la Real Audiencia comunicando que murió el gobernador de esa Provincia Don Sebastián de Yllescas. 23-V-16072.
20Las obligaciones que los criados de vuestra alteza tenemos a [ilegible] son grandes y mayores las mias pues fue vuestra alteza servido encomendarme la conbercion destos naturales desta provincia de san matheo de las esmeraldas y los tiempos y falta de mensajero y la fogosidad del camino no a dado lugar a ello hasta este dia que llegue a esta ciudad de puerto viejo falto de salud y de algunas cosas menesterosas a mi oficioyo sali desa corte a primero de agosto del año pasado y me ocupe en los acientos y poblacion de don francisco de aroue tiempo de quatro meses y halle la gente de aquella provincia tan despoblada y tan dividida que me costo mucho trauajo el rreduzirlos a pulida Christiana y visto que acudia tan mal a mis llamamientos y amonestaciones Christianas para el bien de sus almas me parecio dexarlos por entonces y venirme al aciento y poblacion de don Sebastian de yllescas mulato gobernador de aquella provincia al qual halle muy afligido de una enfermedad penosa de la qual murio y no puedo persuadirme sino que fue obra del señor el averme movido de mi propia voluntad para que llegase a tiempo que le ayudase a vien morir y advertir de lo que le conbenia para su salvacion lo qual hize con grande instancia y mucho trauajo porque estubo en sus principios muy rrebelde obstinado pero finalmente en sus ultimos lances se confesso dos vezes y rreconocio a dios nuestro señor el qual le aya el alma y despues de muerto persuadi a sus hijos y hermanos dexasen aquel aciento por ser malsano y hiziesen todos ellos por estar como estan divididos unos a otros y tres leguas y otros a diez y se rredugesen todos juntos a una poblacion mejor sana y mas agradable para su conservacion que es en el cabo de passao de la qual terna ya vuestra alteza noticia puerto antiguo de esta costa y para la gente que salta en la costa de los navios perdidos adonde peligran de hordinario mucha gente a sido un negocio de gran consideracion moverlos a esto y sacarlos a campo rrazo catorze leguas desta ciudad tierra muy a proposito muy fertil de frutas y de grandes pesqueras y materia y dos sementeras por año y de mucha cantidad de pita y cabuya para si ellos quisieren aplicarse a sacarla teman mucho aprovechamientos y grangeria y lo que yo mas deseo es su congregacion todos juntos para que sean mejor doctrinados y las magestades de dios nuestro señor y vuestra rreal persona mejor servidas y para esto e Hecho principio en traer como truxe sinquenta yndios y mulatos los quales van haziendo sus sementeras muy apriesa y desmontando tierra acomodada para su poblacion de donde descubren toda la costa y navios que nabegan y ellos estan muy contentos y pagados del sitio e yo mucho mas por el mucho trabajo que me cuesta el qual doy por vien enpleado por el mucho fruto que con el favor divino se a de conseguir para el mes de junio confio en el señor teman los naturales que comer de lo que agora se siembra y luego los traere y poblare y me partire a esa corte a besar los pies de vuestra alteza y a dar rrazon del estado de todas las cosas tocantes a esta provincia a quien nuestro señor guarde muchos y felices años con mayor acresentamiento de rreynos y señorios como este capellan de vuestra alteza desea de puerto viejo 25 de mayo de 1607 años.
capellan humilde de vuestra alteza
fr hernando hincapie
Anexo 3
21Carta del presidente doctor Antonio de Morga al rey. 1o de abril de 16203.
22La prouincia de las esmeraldas en la mar del sur en el distrito de la audiencia de quito corre y se dilata a la parte del norte viniendo de panama desde la gorgona por la costa mas de cinquenta leguas la tierra adentro. Se extiende desde los naturales y prouincia de las barbacoas pertenesciente al gouierno de popayan por los yndios litas, mayas, quiras, coyapas y malabas y otras naciones asta los lachas confines de la prouincia de otaualo y villa de san miguel de ybarra.
23Han estado en su gentilidad en guerras y diferencias unos con otros y con sus bezinos poblados por rrios y esteros en Rancherias sustendandose de Rogas y sementeras de maiz, caga y pesquerias y frutas de la tierra.
24La población de los mulatos mas arriba en la misma costa a sido de cinquenta años poco mas o menos a esta parte. Seran hasta ciento procedido de negros de guinea que de una nao perdida en aquel paraje que de panama pasaba al peru. Se quedaron y poblaron. Alli an tenido hijos y nietos en las yndias y estos an benido no solo a multiplicarse pero como mas valientes y alentados que son los yndios han preualecido en aquel asiento y an consumido y muerto los mas y los que an quedado los tienen en su seruicio y subjecion y tienen algunos surgideros y barras de Rios para salir a la mar con embarcaciones pequeñas sustentandose de las mismas pesquerías, sementeras y rogas de maiz, mucha caça de monte, pajareria y fruta de la tierra. Tienen algun oro y esmeraldas que traen horadadas sin labrar ni pulir que las han abido en la misma tierra y no quieren descubrir en que parte.
25Siempre han tenido y conseruado el nombre de christianos que los negros sus padres tenian y el sobrenombre de yllescas que assi se llamaba el dueño de sus abuelos. Es gente soberbia y belicosa y continuamente estan con langas y Rodelas y otras armas enastadas en las manos por las guerras y diferencias que tienen con los yndios de la tierra adentro. Siempre se an ynclinado y mostrado aficionados a los españoles y quando algunos nabios y gente an llegado a sus costas y surgideros y peligrado en ellos, los an ayudado y socorrido asta ponerlos en saluo, con que se tiene cuidado de conserbarlos en amistad y comunicacion y trato con los españoles. Ya tienen yglessias en coaque, passao y doctrinas de Religiosos de nuestra señora de las mercedes donde se bautizan y se les enseña la ley evangelica y se les dize missa, aunque en su obseruancia no estan muy asentados. Llamados vienen a qualquiera ocasion y necesidad con su gente. No tributan y por agora se va con ellos en todo con suauidad para mejor conseruarlos. Vienen los principales mulatos a la ciudad de quito algunos años desde la mar por sus veredas y caminos a mostrarse al presidente y audiencia por vasallos y subjetos de vuestra magestad vestidos y regalados a sus casas y adbertidos de lo que se les manda especialmente tocante a la doctrina y buen tratamiento de los Religiosos que consigo tienen y de la guardia de la costa y surgideros de sus poblazones.
Anexo 4
26Los mulatos de Esmeraldas y los mercedarios de Quito, por Fray Felipe Colombo (1790)
27Uno de los servicios grandes que han hecho a Dios, y al Rey los Religiosos nuestros del Convento de Quito fue la reduccion de los Mulatos e Indios montaraces del Cabo de Pasado, cuyo origen fue de unos Negros que venian en una nao de Panamá, y se hizo pedazos en aquella costa, y ellos se metieron la tierra adentro. Estos mezclados con los indios, procrearon multitud grande de Mulatos; sujetaron a los indios, sirviendose de ellos como de esclavos. Dieron cuidado, pero no era facil su conquista por vivir en lagunas, y tierras pantanosas, y en sierras agrísimas. Emprendiólo el Santo Padre Fray Juan de Vargas [sic], natural de Sevilla, sin mas armas que una Cruz y su Breviario; los amansó de manera, que llevó a los principales a la Ciudad de Quito, siendo presidente el Doctor Barros [sic]; y la Audiencia para acariciarlos, los hizo bestir unas camisetas de seda; y en concurso de toda la ciudad los recibieron en caballos con lanzas en las manos; y por estar ya catequizados, los bautizaron en nuestro Convento. Volvieronse llevando otros compañeros el Padre Vargas; y reducidos a nuestra Santa Fe los sacaron de aquellos acabucos, y los juntaron en dos pueblos, uno de Indios, y otro de Mulatos; de estos fue Doctrinero el Padre Maestro Fray Diego de Velasco, hijo del Convento de Madrid, que en las Indias, en Italia, y en el Africa fue ilustre Ministro del Evangelio, leal vasallo, y piadoso Redentor. En su tiempo fueron los mas principales al Convento de Puerto Viejo el año de mil seiscientos diez y seis a dar la obidiencia al Padre Vicario General, que era el Reverendisimo Padre Maestro Fray Melchor Prieto; y escribe en las relaciones que nos dejó, que fueron de gala, llevando agujereadas las narices y los labios, de donde colgaban unos botones de oro, y de ellos pendian unas cintas que entraban por los taladros de los labios, y caían sobre la barba, y con gran presteza los apartaban para beber. Están hoy tan domesticados, que habiendo dado algunos navios al través en sus costas, ayudan a sacar la hacienda, y acuden con bastimentos, quando antes se comian los navegantes, robando quanto llevaban: todo esto se debe al zelo de los Religiosos del Convento de Quito4.
Notes de bas de page
1 A.G.I., Quito, 9, R. 3, N. 25, 2.
2 A.N.E., Presidencia de Quito, t. t, 1600-1628, fots. 15r-16r.
3 A.G.I., Quito, 10, R. 7, N. 56, 1.
4 Maestro Fray Felipe Colombo, El Job de la Ley de Gracia, retratado en la admirable vida del Siervo de Dios Venerable Padre Fray Pedro de Urraca, Madrid, 1790, págs. 31-32.
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