1 AGI Lima 143. Memorial de Juan de Velveder.
2 Relación de gobierno del virrey Alba de Liste, Hanke, ed., Los virreyes españoles, IV, 134.
3 Sobre las empresas privadas en la conquista del Perú cf. Rafael Varón, La ilusión del poder. Apogeo y decadencia de los Pizarro en la conquista del Perú (Lima: IEP, 1996). Un análisis sobre el papel desempeñado por la monarquía absoluta española en la formación del estado en las colonias se puede encontrar en Horst Pietschmann, El Estado y su evolución al principio de la colonización española de América (México: FCE, 1989); John Elliott, "La conquista española y las colonias de América" y "España y América en los siglos XVI y XVII", Bethell, ed., Historia de América Latina, vol. 1:125-169, vol. 2: 3-44. Reflexiones sobre el estado y la sociedad se pueden encontar en Stuart B. Schwartz, "State and Society in Colonial Spanish America: An Opportunity for Prosopography", Graham y Smith, eds., New approaches to Latin American History, 3-35. Sobre la administración española cf. Lynch, Los Austrias (1516-1598), 231 y ss; John Elliott, La España imperial, 1469-1716 (Barcelona: Vicens-Vives, 1983), 173-191; España y su mundo, 1500-1700 (Madrid: Alianza, 1991), I parte; Geoffrey Parker, Felipe II (Madrid: Alianza, 1989), 44-59; Rosario Villari y Geoffrey Parker, La política de Felipe II. Dos estudios (Valladolid: Secretariado de Publicaciones e Intercambio Científico, Universidad de Valladolid, 1996), 91.
4 El fenómeno de la corrupción ha sido estudiado por Horst Pietschmann, "Burocracia y corrupción en Hispanoamérica colonial. Una aproximación tentativa" Nova Americana (Torino), 5 (1982): 11-37, y en El Estado y su evolución, 163-181; Kenneth Andrien, "Corruption, Inefficiency and Imperial Decline in the Seventeenth-century, Viceroyalty of Peru", The Americas, 41 (1984): 1-20. Para una visión de conjunto sobre la burocracia cf. Puente Brunke, "La burocracia en el virreinato del Perú".
5 Sobre el acomodamiento de la población indígena a las pautas de poder español hay una extensa bibliografía. Para el siglo XVII cf. el libro de Ana María Lorandi, De quimeras, rebeliones y utopías. La gesta del inca Pedro Bohorques, (Lima: PUCP, 1997), especialmente cap. 1. Los problemas que atravesó la administración en otras áreas del imperio, como Italia o Flandes, son ilustrativos. Cf. Helmut G. Koenigsberger, La práctica del imperio (Madrid: Alianza, 1989); Rosario Villari, La revuelta antiespañola en Nápoles. Los orígenes (1585-1647), (Madrid: Alianza, 1979), cap. 1; Geoffrey Parker, El ejército de Flandes y el camino español, 1567-1659 (Madrid: Revista de Occidente, 1976); y los artículos de Geoffrey Parker, "España, sus enemigos y la rebelión de los Países Bajos, 1559-1648" y Jonathan Israel, "Un conflicto entre imperios: España y los Países Bajos, 1618-1648", en John Elliott, ed., Poder y sociedad en la España de los Austrias (Barcelona: Crítica, 1982), 115-144 y 145-197. Para una discusión sobre el surgimiento del estado moderno véase Charles Tilly, ed., The Formation of National States in Western Europe (Princeton, New Jersey: Princeton University Press, 1975), cap. 1, 2 y 9.
6 Lynch, Los Austrias (1598-1700), 21-24, cap. 8 y pássim; Spanish American Revolutions, 1808-1826 (New York, London: Norton, 1986, 2da ed.), 7; "The Institutional Framework"; Muro Orejón, "La reforma del pacto colonial en Indias"; Spalding, ed., Essays in the Political, especialmente Karen Spalding, "Introduction", vii-xx y Murdo MacLeod, "The Primitive Nation State", 53-68.
7 AHML, Libro VI, f. 124r; AGI Lima 109, f. 16r.
8 En 1670 se dio una real cédula para que el virrey no admitiese a los mercaderes cargadores en los corregimientos sin haber satisfecho previamente sus deudas, AHML, Libro X, 11.
9 Burkholder and Chandler, De la impotencia a la autoridad, 29 y ss; Andrien, "The Sale of Fiscal Offices" y Crisis and Decline, 103 y ss.; Escobedo, Control fiscal, 63, 83 y ss; John H. Parry, The Sale of Fiscal Offices in the Spanish Indies under the Habsburgs (Berkeley: University of California Press,1953).
10 Cf. Andrien, Crisis and Decline, 60 y "The Sale of Juros". Las monarquías europeas conocían muy bien los peligros que acarreaba recurrir a financistas, cf. Ramón Carande, Carlos V y sus banqueros (Barcelona: Crítica, 1977), 2 tomos; Ruiz Martín, "La banca en España hasta 1782", Sampedro, ed., El Banco de España; Henri Lapeyre, Simon Ruiz et les "Asientos" de Philippe II, (París: Armand Colin, 1953); James C. Boyajian, Portuguese Bankers at the Court of Spain, 1626-1650, (New Brunswick, New Jersey: Rutgers University Press, 1983). Para el caso francés cf. Julian Dent, Crisis in Finance. Crown, Financiers and Society in Seventeenth Century France (Newton Abbot: David & Charles, 1973).
11 Para un extenso análisis sobre la administración de la guerra en España véase I.A.A. Thompson, Guerra y decadencia.
12 I.A.A. Thompson, Guerra y decadencia, 314-315.
13 Phillips, Seis galeones para el rey de España, 53-54.
14 Cf. Elliott, "España y América", 7. Sobre la capacidad de las instituciones indianas de tomar decisiones a pesar de las instrucciones peninsulares cf. John Leddy Phelan, "Authority and Flexibility in the Spanish Imperial Bureaucracy" Administrative Science Quarterly, 5 (1960): 47-65.
15 AGI Lima 109. Carta del licenciado Pedro de Azaña, regidor y procurador del cabildo, a la reina. Lima, 1668.
16 Andrien, Crisis and Decline, 133-134; Lynch, "The Institutional Framework".
17 AGI Lima 143. "Memorial y apuntamiento sumario de algunos casos muy importantes al reparo y aumento de las rentas reales de su magestad para estos reinos del Perú y España que piden reformación, orden y concierto en su administración". El memorial revisado tiene como fecha el año 1612. Sin embargo, en 1608 el virrey Montesclaros le informaba al rey que había estado buscando los papeles que Velveder le había dado al conde de Monterrey. AGI Lima 35. Carta de Montesclaros al rey. Callao, 11 de abril, 1608.
18 AGI Lima 143, "Memorial", punto 4.
19 Ibid. punto 24.
20 Ibid. punto 26.
21 Ibid. punto 38.
22 AGI Lima 143; AGI Lima 35. Carta de Montesclaros al rey. Callao, 11 de abril, 1608; AGI Lima 570, f. 284v. Cf. también Pedro Rodríguez Crespo, "Fichero de cédulas reales (1607-1615)" Cuadernos del Seminario de Historia, (Lima: IRA, 1970), 10: 79; y Manuel Moreyra Paz Soldán, "Cuatro cartas de Marqués de Monstesclaros referentes a las minas de Huancavelica", Revista Histórica, XVIII (1949): 86-105.
23 AGI Lima 162. Carta de Clemente de Silva al rey. Lima, 1 de mayo, 1634; AGI Escribanía de Cámara 568-B.
24 AGI Lima 114. Carta de los oficiales reales de Lima al rey. Lima 4 de mayo, 1622. Este problema fue constante en todo el siglo XVII, hasta que Palata intentó remediar la situación, AGI Contaduría 1780-A. En 1623 se llevó a cabo un proceso contra el Tribunal de Cuentas del Perú, AGI Escribanía de Cámara 505-A.
25 AGI Lima 52. Carta del virrey al rey. Callao, 20 de junio, 1644, 176v. Se le advertía al monarca que la revisión de esta caja debía hacerse con mucho cuidado para evitar los desmanes de la década del 1620, cuando los mineros gritaron "Ahora es tiempo [de] que el rey nos a menester."
26 Jacinto y Pedro Manrique, descubridores de las minas de Conchucos, defraudaban a la hacienda, cambiaban los hitos y se quedaban con las vetas más ricas. AGI Lima 51. Del Virrey al rey. Lima, 3 de julio, 1643, lib. I, f. 73r-76r; Lima 52, lib. III.
27 AGI Escribanía de Cámara 515-C.
28 El rey envió dos misivas el mismo día. AGI Lima 571. Carta del rey al virrey Montesclaros. Valladolid, 13 de marzo, 1610, lib. 17, f. 56-57v, 58v. Cf. Rodríguez Crespo, "Fichero de cédulas", 88-89.
29 Andrien, Crisis and Decline, 33-34, Table 7,67; cf. también Peter Bradley, "The Cost of Defending a Viceroyalty: Crown Revenue and the Defense of Peru in the Seventeenth Century", Ibero-Amerikanisches Archiv, 10, no.3 (1984): 267-289; y B.H. Slicher van Bath, Real Hacienda y economía en Hispanoamérica, 1541-1820, (Amsterdam: CEDLA, 1989), 100 y ss.
30 Cf. Andrien, Crisis and Decline, 49-50. La propia caja de Potosí se apoyaba en los préstamos para enviar las remesas a Lima. En 1643, por ejemplo, el virrey Mancera se quejaba que la política de las autoridades de Charcas de no permitir los empréstitos a la caja para, de este modo, dejar que la plata privada fluya con más normalidad, había ocasionado que la "plata se a detenido más que nunca y al contrario en otros años los empréstitos eran grandes y la plata salía más temprano". AGI Lima 51. Carta de Mancera al rey. Callao, 16 de junio, 1643, 56r-v. Cf. cap. 4.
31 Andrien, Crisis and Decline, Tabla 3, 54-55.
32 Franklin Pease y Héctor Noejovich, "La cuestión de la plata en los siglos xvi-xvii", (Lima: manuscrito inédito, 1992), 5; Van Bath, Real Hacienda y economía, 57 y ss.
33 Para el caso de los bancos, ya que era un período corto, sí se ha hecho esta inspección minuciosa, cf. apéndice 3.
34 AGI Contaduría 1706, 1707, 1708, 1709, 1710, 1711, 1712, 1713, 1714, 1715, 1716, 1717, 1718, 1719. El ramo de "Extraordinarios" es una verdadera caja de Pandora y se encuentran no sólo préstamos, sino también multas cobradas por contrabando o composiciones e, incluso, información anecdótica. En 1635, por ejemplo, el virrey pidió animales feroces para enviar al monarca, quien estaba formando un zoológico: el famoso escultor Pedro de Noguera hizo las jaulas por lo que recibió un pago en la caja de Lima, AGI Contaduría 1719, 497.
35 La publicación de las cuentas de las cajas reales por John TePaske y Herbert Klein, The Royal Treasuries of the Spanish Empire in America, 3 vol., (Durham: North Caroline, 1982) y su interpretación como indicadores de la actividad económica, cf. "The Seventeenth-Century Crisis in New Spain", han dado lugar a un largo debate. Para los problemas que suscita el manejo de las cifras fiscales, cf. las críticas de Henry Kamen y Jonathan Israel, "Debate. Seventeenth Century Crisis in New Spain"; Samuel Amaral, "Public Expenditure Financing in the Colonial Treasury: An Analysis of the Real Caja de Buenos Aires Accounts, 1789-91", HAHR, 64, no.2 (1984): 287-295; David Brading, "Facts and Figments in Bourbon Mexico", Bulletm of Latin American Research, 4, no.l (1985): 61-64; Javier Cuenca Esteban, "Of Nimble Arrows and Faulty Bows: A Call for Rigor", HAHR, 64, no .2 (1984): 297-303; Van Bath, Real Hacienda y economía, 6, 142. Un balance del conjunto de objeciones se puede encontrar en Herbert Klein y Jacques Barbier, "Recents Trends in the Study of Spanish American Colonial Public Finance", Latin American Research Review, XXIII, no. 1 (1988): 35-62.
36 Klein, Las finanzas americanas, 52, 145 y pássim.
37 Pease y Noejovich, "La cuestión de la plata", 26-27.
38 Fred Bronner, "La Unión de Armas en el Perú. Aspectos político-legales", AEA, XXIV (1967): 1133-1171.
39 Andrien, "The Sale of Juros", 6; Crisis and Decline, 56-60. A conclusiones similares llega Slicher van Bath, cuando afirma que la producción de plata bajó y con ella los ingresos del gobierno después de 1640; pero no fue una "crisis general" pues se produjo un leve crecimiento en el comercio, Real Hacienda y economía, 141.
40 AGI Indiferente General 2511, f. 12v.
41 AGI Lima 113. Carta de los oficiales reales al rey. Lima, 25 de abril, 1611.
42 AGI Lima 52. Carta del virrey Mancera al rey. Lima 25 de enero, 1644 y 16 de julio, 1644.
43 Sobre los bienes de difuntos cf. Carlos Alberto González Sánchez, Dineros de ventura: la varia fortuna de la emigración a Indias (siglos XVI-XVII), (Sevilla: Universidad de Sevilla, 1995).
44 AGI Contaduría 1707, "Empréstitos", "Extraordinarios", "Situado de Chile", "Gastos de Guerra" años 1617-18, 1618-19; Contaduría 1716, 1631-32, "Extraordinarios".
45 Lohmann, Los regidores perpetuos, I, 200.
46 TePaske y Klein, The Royal Treasuries, 1, 296 y ss.
47 Se habla aquí de comparación aproximada porque los sumarios no tienen separados claramente los empréstitos de los trueques y están ordenados por años fiscales. Aquí se agruparon los préstamos de los bancos por años cronológicos para, en el caso del banco de Cueva, poder establecer una comparación con los préstamos privados.
48 AGI Contaduría 1708, 1621-22, f. 37v. Aquí, o ha habido un error de los oficiales —que colocaron la partida en el "Cargo" en lugar de en la "Data"—, o es que el manejo de las cuentas es mucho más confuso de lo que uno se imagina y se están colocando en la "Data" las partidas de intereses, de modo que al hacer la suma total no aparezca una exagerada diferencia entre el "Cargo" y la "Data".
49 AGI Contaduría 1714, empréstitos, f. 93-97.
50 AGI Contaduría 1717, f. 104. Censos y juros se colocaban a una tasa baja de 5%, mientras que los préstamos tomados de algunas cajas, como la de bienes de difuntos, usualmente no cobraban interés alguno, Andrien, Crisis and Decline, 73.
51 AGI Contaduría 1715, f. 119 y ss.
52 El 6 de noviembre de 1631, por ejemplo, los oficiales reales hicieron una consulta al virrey y "dixeron que por falta de reales estaban detenidas algunas pagas y era necesario vender barras que avia en ella y que entonces tendría valor el ensayado respecto del despacho del navio de México", AGI Contaduría 1716, 1631-32, f. 504.
53 AGI Contaduría 1706, 1615-1616, f. 155. El mismo año hay otra partida en la "data" que dice que el cambio se hizo a 142 1/2% "ques a como corría entonces en esta ciudad conforme a la condición de Baltazar de Lorca y Juan de la Cueva banqueros", f. 119.
54 AGI Contaduría 1714, Cargo, empréstitos, f. 93-97.
55 AGI Contaduría, 1618-19, Data, empréstitos, f. 135-145.
56 AGI Contaduría 1707, Data, extraordinarios, f. 138-149.
57 AGI Contaduría 1709, Data, f. 183-184.
58 AGN Nieto Maldonado #1216, f. 1796r-1797v
59 AGN Sánchez Vadillo #1765, f. 1020r-1021r.
60 AGN Gonzáles de Balcázar #774, f. 483r-484r.
61 AGN Nieto Maldonado #1226, f. 1530v-1531v. Castro firmó un asiento con el virrey Guadalcázar para fabricar un galeón que reemplazase al "Jesús María", que luego de 22 años ya se encontraba en una situación irreparable. Concertaron el precio en 76 mil pesos y estando en construcción el galeón fue destruido por los holandeses. El virrey Chinchón lo obligó a entregar un nuevo navio. Castro terminó en manos de Cueva, a quien incluso le vendió unas propiedades que tenía en Lima, cf. Francisco López de Caravantes, Noticia general del Perú, I, 137, 168.
62 AGN Jerónimo de Valencia #1922, f. 594r-v.
63 AGN Pedro Juan de Rivera #1621, f. 80r-82v, 114r-v. Según el licenciado Cacho de Santillana, el gasto de la armada era excesivo; sugería que se mandase "que los generales y oficiales della no sean parientes ni criados de los virreyes ni de los ministros de la Audiencia" y que si se tomase un asiento se vería claramente los excesos en los gastos. AGI Lima 143. Carta del licenciado Cacho de Santillana al rey. Lima, 14 de mayo, 1613.
64 AGN Nieto Maldonado #1226, f. 826r-827v.
65 Según Caravantes, en los últimos nueve años se había gastado en la armada 450 mil pesos de ocho por año, de modo que la oferta de Lea Plaza y Medina era favorable a la hacienda. Los contratistas debían pagar sueldos y raciones de la gente de mar y de la "gente de guerra"; asimismo, debían dar raciones a los 200 infantes que acompañaban las remesas que llegaban desde Arica y llevarlas a Panamá. Por último, debían cubrir los gastos de carena de los navios. Cuando se les dio en "aldahala" el cobro de la avería "que le solía valer a S.M. doce mil pesos ensayados", los oficiales calcularon que en manos privadas este derecho ascendería a 40 mil, López de Caravantes, Noticias, I, 149-150. Cf. también Lohmann Villena, Historia marítima, t. IV, 75. No obstante las expectativas, este asiento fue un completo fracaso y al cabo de cuatro años de asiento el estado de la armada era desastroso, cf. Rodríguez Vicente, El Tribunal del Consulado, 188 y ss.
66 Si Cueva no podía cobrar de la caja, le daban poder para hacer barata, asumiendo todos los costos, AGN Nieto Maldonado #1210, f. 805r-807v.
67 Cf. para el siglo XVIII el trabajo de Lyman L. Johnson, "Los efectos económicos y políticos del gasto militar en el Buenos Aires colonial", HISLA, 9 (1987): 41-57. Sobre el situado de Buenos Aires en el siglo anterior cf. Zacarías Moutoukias, "Power, Corruption, and Commerce: The Making of the Local Administrative Structure in Seventeenth-Century Buenos Aires", HAHR, 68, no. 4(1988): 771-801.
68 Cf. Suárez, "Ciencia, ficción", 316-17.
69 Cf. Armando de Ramón y José Manuel Larraín, Orígenes de la vida económica chilena, 1659-1808, (Santiago: Centro de Estudios Públicos, 1982), 44; Juan Guillermo Muñoz Correa, ed., Instituciones y funcionarios en Chile colonial, (Santiago: Universidad de Chile, 1992).
70 AGI Contaduría 1716, año 1631-32, f. 440.
71 Cf. Juan Eduardo Vargas Cariola, "Financiamiento del ejército de Chile en el siglo XVII", Historia (Santiago), 19 (1984): 159-202.
72 Vargas Cariola, "Financiamiento del ejército", 180; cf. también Armando de Ramón, "Mercaderes en Lima, Santiago de Chile y Buenos Aires, 1681-1696", Historia: problema y promesa. Homenaje a Jorge Basadre, (Lima: PUCP, 1978), I, 164.
73 AGN Nieto Maldonado #1228, f. 875r-v.
74 AGI Contaduría 1713, año 1628-29, f. 537. En la mayoría de los casos estas falsas noticias eran intencionalmente provocadas con el fin de especular. Cuando Chinchón llegó al virreinato ordenó la salida individual de los navios del Callao, para así evitar su confusión, el alboroto del reino y gastos excesivos en la real hacienda, López de Caravantes, Noticia general, I, 199.
75 AGI Contaduría 1714, año 1629-30, f. 397. Era de común conocimiento que la real hacienda era defraudada en la caja de Concepción, AGI Contaduría 1716, años 1631-32, f. 440.
76 AGI Contaduría 1715, año 1630-31, f. 595.
77 AGI Contaduría 1715, año 1630-31, f. 566.
78 Ramón y Larraín, Orígenes, 254 y ss. Las mercaderías enviadas por el situado de Chile consistían en: valumen, bayetas, brea de Nicaragua, cordellates, jabón, lona, medicinas, medias de lana, paños de Quito y de Segovia, papel, seda, tafetán, cañones, aceite, agujas, azúcar, azafrán, aguardiente, cuchillos, hilo, plomo, tijeras, cobre, estaño, ropa de Castilla, armamento, espadas de Alemania, Génova y Francia, frazadas, sal y ropa confeccionada. AGI Contaduría 1707-1719.
79 AGN Nieto Maldonado #1217, f. 685v-687r, 954r-956r, 1039r-1040r, 1041r-v; AGN Nieto Maldonado #1221, f. 1187r-1188r, 1194r-1195r; AGN Nieto Maldonado #1219, f. 603v-606v. En noviembre de 1626, Antonio de la Cueva le extendió poder a Cuadrado para cobrar a sus deudores en Chile, AGN Nieto Maldonado #1218, f. 2333r-v; Francisco Rodríguez Riso también compró mercaderías a Cueva para llevar a Chile, #1219, f. 780r-782r. Don Pedro Arias de Molina, tesorero de la caja de Concepción, tenía cuenta corriente en el banco, AGN Nieto Maldonado #1218, f. 2407r-v. En 1631 el capitán Andrés de Zeraín, residente en Santiago, le compró hierro a Cueva; en 1633 Cueva le daba poder a él y a Francisco Ortiz, ambos mercaderes de Santiago, para que cobrasen a sus deudores, AGN Nieto Maldonado #1228, f. 1104v-1106v; #1232, f. 411r-v.
80 AGI Contaduría 1711, años 1626-27, f. 195-215.
81 AGI Contaduría 1714, año 1629, f. 403.
82 AGN Nieto Maldonado #1225, f. 3295r-3297r.
83 AGI Contaduría 1717, f. 474.
84 Suardo, Diario, II, 34.
85 AGI Contaduría 1708, años 1621-22, f. 90-98; AGI Contaduría 1711, años 1626-27, f. 195-215.
86 AGN González de Balcázar #772, f. 83-84r. En abril de 1624, Cueva le vendió diez quintales de brea a Marcos Antonio de Aguilar para llevarlos a Chile; el pago se haría en Chile, a Lorenzo Cuadrado, AGN Valenzuela #1942, f. 590r-v.
87 Cueva lo endeudó con Melchor Malo de Molina (11 mil pesos) y con doña Leonor de Sotomayor (4,235 pesos). AGN Nieto Maldonado #1219, f. 1122r-1125v, 1337r-1340v.
88 AGN Nieto Maldonado #1218, f. 2479r-2480r.
89 AGN González de Balcázar #776, f. 929r-930r. El gobernador le pedía a Cueva por carta "misiba" que les prestase el dinero.
90 AGN Nieto Maldonado #1225, f. 3397r-3398v. En 1643 hubo un litigio entre la audiencia de Lima y los albaceas de don Francisco Lasso, por partidas de oro que el fiscal encontró sin quintar en el colegio de la Compañía de jesús. AGI Lima 51. Carta del virrey al rey. Lima, 26 de mayo, 1643, f. 68r-69v.
91 AGN Nieto Maldonado #1213, f. 303v-304v, f. 305r-v, 306r-308v.
92 En 1619 Pedro Rico fue a Chile como encomendero de Cueva para comprar sebo, AGN González de Balcázar #766, f. 1185r-v. Más tarde, Cueva le dio una cesión a Pedro Rico para que cobrase en Chile a Pedro de San Martín, residente en Concepción, 5,600 pesos que Rico lastó como fiador de San Martín. Rico, a su vez, le dio cesión a Cuadrado para que los cobrara y se quedase con el dinero, como parte de los seis mil pesos que le debía por la compra del navio "La Concepción" que habían comprado a medias, AGN Nieto Maldonado #1218, f. 2419v-2420v.
93 AGN Nieto Maldonado #1215, f. 446v-447v.
94 AGN Nieto Maldonado #1218, f. 1827v-1829r.
95 La compañía realizó dos viajes y luego fue disuelta sin ajustar las cuentas de los fletes y "demás aprovechamientos" de los viajes. En el finiquito declararon que en el saldo no se comprendían los aprovechamientos del navio "San Juan" que arrendaron a Andrés de Urain (?), cuyas cuentas debían ser rendidas por los maestres Francisco Andrea y Pedro Díaz de Santiago; tampoco entraba la deuda de seis mil pesos que le debía Rico a Cuadrado por la venta del navio "Nuestra Señora de la Concepción"; fueron testigos Juan de la Cueva y Francisco de Villanueva, AGN Nieto Maldonado #1218, f. 2416r-2417v. Este último recibió el cargo de receptor de avería en compensación por seis mil ducados que había prestado al rey; pero su cargo fue luego vendido y provocó un pleito, cf. Rodríguez Vicente, El Tribunal del Consulado, 183.
96 AGN Cristóbal Rodríguez #1642, f. 255r-256r.
97 AGN Nieto Maldonado #1225, f. 3619v-3625v.
98 Suardo, Diario, II, 96.
99 AGI Lima 52, f. 126r-131r.
100 Los asentistas entablaron pleito con la real hacienda. La compañía de Pérez de las Cuentas argumentó que había pagado todas "las mitas de verano e invierno sin falta ni disminución alguna, y muchos de los mineros no cumplieron con el entrego del azogue", de modo que había una deuda de 70,750 pesos ensayados en favor de los asentistas, AGI Escribanía de Cámara 502-A, año 1600, f. 1r-v. Para un estudio detenido de los avatares de estas compañías cf. Lohmann, Las minas de Huancavelica, cap. VII y pássim; y Carlos Contreras, "El azogue en el Perú colonial (1570-1650)" (Lima: Tesis de bachiller, PUCP, 1981), 88-127.
101 En 1629 se hizo asiento con Francisco de la Fuente Velasco —asentista del situado de Chile—, para que transportara en sus navios "San Bernabé" y "Nuestra Señora de la Alta Gracia" el azogue desde Lima-Chincha a Arica; fueron sus fiadores, Martín López Caballón, Lorenzo Cuadrado, Cristóbal de Tapia y Juan de Esquivel. AGI Contaduría 1714, f. 403.
102 Una carta-cuenta del azogue entregado en Arica a los dueños de recuas revela los nombres de aquellos que estaban involucrados en el trajín Arica-Potosí: Pedro Camino Delis (consorcio Cueva), Juan de León, Juan Francisco de Acuña, Baltazar Vicente Barreto, Bartolomé Ruiz Majano, Sebastián Martínez, Gabriel Campos, don Diego Mazariegos (consorcio Cueva), Marcos Enríquez, Francisco González de la Espada, Diego Bernal (consorcio Cueva), Pedro Vélez y Francisco Hernández Corbacho. AHCMP, CR 229, 138r-v.
103 En la época de Carlos Corso (1580) ya lo hacían. No entregaban el dinero a las cajas para que éstas no pudiesen pagar y los mineros se vieran obligados a vender ilícitamente el mineral, Lohmann, Las minas de Huancavelica, 108-109.
104 Lohmann, Las minas de Huancavelica, 211, 217, 222 y pássim. Según Lohmann, los mineros "o retenían el dinero, en cuyo caso disfrutaban prácticamente de una renta vitalicia a costa de los naturales, o con esa misma suma contrataban los servicios de voluntarios. Como éstos no figuraban en los padrones oficiales, el mineral que extraían evadía todo control fiscal, pudiendo ser expendido de matute, sin ninguna dificultad, en los asientos mineros aledaños a Huancavelica, donde tenía gran aceptación, puesto que su precio era inferior al que ofrecía el estado y la plata que con el mismo se beneficiaba, también escapaba a cualquier intervención gubernativa, con la consiguiente elusión de impuestos en todos los puntos", Ibid. 259.
105 Cf. Lohmann, Las minas de Huancavelica, 361 y ss.
106 AGI Contaduría 1714, f. 433-440. En 1630, Rodrigo Diez de Viera aparece comprando herrajes a Cueva. AGN Nieto Maldonado #1226, f. 44r-v.
107 La propiedad contaba con un obraje provisto de telares para frazadas, costales, jergas y alforjas; tenía también tornos, pesas y un buen stock de lana. Además de los sembríos de cebada y trigo, la hacienda poseía ganando: había yeguas, muías, 2,208 ovejas, 388 cerdos y 3,246 cabezas de ganando vacuno. El convento recibía la suma de 8,500 pesos de ocho anuales por el arrendamiento. AGN Sánchez Vadillo #1747, f. 456r-466v.
108 AGN Nieto Maldonado #1212, f. 2492r-2493v,
109 AGN Nieto Maldonado #1214, f. 1098r-1100r.
110 La asociación funcionaría desde el 22 de junio de 1621 para transportar la plata de la "mita de dos meses para la paga de los indios"; se deberían reemplazar las muías que muriesen, se deberían llevar libros y ninguna de las partes podría abandonar la compañía. Al finalizar el contrato con el virrey, la compañía debería intentar prorrogarlo. Esta compañía contrajo una deuda con el tesorero Pedro Bermúdez en Lima, en la cual apareció como fiador Juan de la Cueva. Se hizo una escritura de deudo y resguardo mediante la cual Solier declaraba que Cueva no pagaría nada en caso de que no cumpliese con el tesorero, AGN Nieto Maldonado #1210, f. 353r-359v.
111 AGN Torres de la Cámara #1890, f. 670r-672r.
112 AGN Nieto Maldonado #1215, f. 669v-670v.
113 AGN Sánchez Vadillo #1762, f. 566r y ss.
114 Cueva terminó pagando por ellos y le fueron cedidas deudas incluso en Potosí. AGN Nieto Maldonado #1233, f. 2777v-2578v.
115 AGN Nieto Maldonado #1233, f. 2383v-2384v. En 1631 le debían a Cueva el arrendamiento desde 1627. Marcos Yñíguez de Mesa hizo postura cuando se vendió el cargo de alguacil mayor de Huancavelica, en 1628. AGI Escribanía de Cámara, 507-B.
116 Estos eran portugueses. En 1636 Fernández Vega fue apresado por la Inquisición, cf. Suardo, Diario, II, 130. Sobre la "conspiración portuguesa" de Huancavelica, en 1611, cf. Lohmann, Las minas de Huancavelica, 237.
117 AGN Nieto Maldonado #1217, f. 832r-833v.
118 AGN Nieto Maldonado #1221, f. 403r-409v. Se incluye un poder de Orejón para hacer barata por una deuda de cuatro mil pesos; Fernández Vega podría endeudarlo "con el interés que le pareciere". Le cobraron 21.5% de intereses.
119 El registro notarial incluía un poder de Yñíguez para que Fernández lo pudiese obligar hasta en 50 mil pesos en compra de mercaderías o en dinero prestado, AGN Nieto Maldonado #1221, f. 375r-378r.
120 Se inserta una escritura en donde Orejón le da permiso para que "tome los dichos pesos tres mil pesos en dinero a daño a qualesquier personas con el ynterés y ganancia que le pareciere de modo que fuera del dicho daño queden libres los dichos tres mil pesos, obligándome a que siendo en el dicho dinero pagaré el dicho principal e ynterés del dicho daño". AGN Nieto Maldonado #1219, f. 452r-456v.
121 AGN Nieto Maldonado #1225, f. 2732r-2735v; #1227, f. 1835r-1838r.
122 Suardo, Diario, I,72.
123 AGN Nieto Maldonado #1233, f. 2383v-2384v. Pero no sólo los trajineros tenían relación con el banco. El 26 de octubre de 1626, el gobernador de Huancavelica, don Francisco Sigoney y Lujan, le extendía poder a Cueva para que cobrase de la caja de Lima 6,492 pesos y para que lo tomase para sí, por cantidad de pesos que le debía. AGN Jerónimo Bernardo de Quiroz #222, f. 430r-v.
124 AGI Charcas 19. Carta de Portugal al rey. 23 de febrero, 1617. Además, era público que los "trajineros" no entregaban todo el mercurio que se les entregaba, aduciendo mermas en el transporte, AGI Charcas 36. Carta de Pastrana al rey. Potosí, 1 de junio, 1621.
125 AGI Lima 162. Carta de Pedro del Castillo al rey. Lima, 12 de mayo de 1634.
126 AGI Lima 143. Memorial de Juan de Velveder, punto 6b y 7a.
127 AGI Lima 161. Certificación del doctor Juan de la Celda, 20 de marzo, 1632.
128 Lohmann, Las minas de Huancavelica, 453-455. Según Brading y Cross, el consumo de mercurio se mantuvo alto hasta 1680; cf. sus estimaciones en "Colonial Silver Mining".
129 ANB, C 1867. Sandia, 26 de marzo, 1666.
130 AGI Escribanía de Cámara 516-A, "El fiscal contra don Pedro de Montoya", año 1667-1671, f. 5r y ss; Ibid. "Testimonio de... los fraudes del azogue", f. 2r y ss, 6r, 12v, 15r, 22v, 114r y ss.
131 AHCMP, CR 229, f. 127r-128v. Se notificaron a todos los mineros de Chocaya: don Alonso de Ortega, Gonzalo Díaz Montero, Miguel de Mendizaval, Nicolás de Larando, Agustín de la Valle, Francisco de Bolívar, Pablo de Espinosa, Fernando Ortiz de Medina, Josephe Hernani y Andrés de Castro.
132 AHL, LTC-2, f. 23, 33, 36, 52, 53, 69, 54. Para una explicación pormenorizada de los asientos en la primera mitad del XVII, cf. Rodríguez Vicente, El Tribunal del Consulado, 174-178, 185-211.
133 Morineau, Incroyables gazettes, 560-562.
134 AGI Panamá 1. Relación del Consejo. Madrid, 21 de marzo, 1626. En el Perú, los virreyes oscilaron entre prohibir terminantemente la exportación de plata sin registro o permitir su declaración mediante el pago de un diezmo. AHML, Libro IX, 65v-67v; AGI Lima 51. Carta del virrey al rey. 15 de junio, 1643, f. 66r-v; AGI Lima 53. Carta del virrey al rey. Callao, 14 de julio, 1646, f. 217r-218r. Algo similar sucedió con las mercaderías no declaradas. Hacia 1640 el visitador Juan Gutiérrez Flores había prohibido las manifestaciones; el virrey envió una carta al rey en la que explicaba que no era conveniente para la real hacienda tomar esta medida, sino más bien hacer una composición con los mercaderes. AGI Lima 50. 30 de mayo, 1640, f. 113r-114r.
135 AGI Consulados 50. Carta del Consulado de Sevilla al conde-duque de Olivares. 7 de abril, 1626.
136 AGI Escribanía de Cámara 1023-C. "Contra los interesados en las barras que reclutó el almirante Alonso de Moxica para traer en confianza", f. 35v.
137 AGI Consulados 50. Carta del Consulado de Sevilla al de Lima. 18 de abril, 1626.
138 Cf. la "Relación de gobierno" del duque de la Palata, Hanke, ed., Los virreyes españoles en América, VI, 184. Hacia 1652, el auditor don Josephe de Ruesga Maldonado describía la situación de la siguiente manera: "Paréceme conveniente representar los intereses que rinde la plata que sin registro traen desde Portobelo a España que es de esta manera: si es de la que benía registrada y se le saca del registro pagan los dueños a los que se la dan libre de registro a 8% y al que se la lleva le da 4 ó 5% que son 12 ó 13%. Más si es plata que bino libre de registro hasta Portobelo no pagan más que los 4 ó 5% de pasarlo a España. Y si es plata que procede de averse cobrado de deudores o de ropa que se a vendido pagan los dueños el dicho interés de llebarlo a España y 2% más por razón de encomienda". AGI Panamá 21. Informe de don Josephe de Ruesga, 33 fol.
139 "Relación" del duque de la Palata, Hanke, ed., Los virreyes españoles en América, VI, 185; cf. también la "relación de gobierno" de Alba de Liste, IV, 114. En 1650 el fiscal Mansilla elaboró un informe sobre el problema del registro. Allí explicaba que la plata llegaba del Perú consignada a vecinos de Panamá y que los mercaderes no querían dar una composición fija. Los comerciantes del Perú no querían registrar porque los mercaderes europeos habían dicho públicamente que no querían plata registrada o sino darían los peores géneros a 10 ó 12% más de su valor normal; y, por último, que todas las medidas para evitar el contrabando tanto en España como en el Perú ofrecían muchas dificultades. AGI Panamá 70. Informe del fiscal Mansilla. Portobelo, 30 de agosto, 1650.
140 Una real cédula de 1648 explicaba estas tácticas: "...se a entendido que muchos de los mercaderes que baxaron de las provincias del Perú a las provincias de Tierra Firme el año pasado para sacar su plata de la quenta del registro de los navios en que bino la consignación a personas supuestas, unos criados suios no conozidos que fácilmente desaparecieron, y otros en algunas naos de las que vinieron, que con la buelta no pudieron ser habidos, y otros en personas eclesiásticas y religiosas y algunos vecinos y mujeres de Panamá, que con decir era dinero suio, y que no era para benir a estos reynos, conseguían el intento de estraviarlo del registro y guias que se daban para bajar la plata desde ella a la de Portobelo..."; CODIAO, tomo 17, 281-282. En 1655 el doctor Paniagua, relator del Consejo, quería obligar a que toda la plata que llegara a Panamá fuese obligatoriamente llevada a Portobelo para que no se permita "que con pretesto del comercio de Tierra Firme con el Perú que se percibe a lo que que se puede entender se defrauda todo el registro del Mar del Sur, siendo cierto que toda la plata que viene del Perú no buelbe allá y pasa a España las más veces o todas por alto, y que para conseguir mejor los fraudes se dejan para el comercio de Panamá y Cartagena grandes sumas". AGI Panamá 21. Resolución del Consejo. 10 de junio, 1655.
141 AGI Lima 49. Carta del virrey al rey. 23 de febrero, 1638, f. 87r-88r.
142 En 1632, el Consulado de Sevilla pedía a los Consulados del Perú y México que enviasen sus caudales, que el rey no se los iba a expropiar. AGI Consulados 51. Carta del Consulado de Sevilla. 19 de octubre, 1632. El 10 de junio de 1643, Felipe IV envió una real cédula en donde prometía no volver a tomar el dinero de particulares, CODIAO, 17, 249-252. AGI Lima 52. Carta del virrey al rey. Lima, 1 de mayo, 1644, #14; AGI Lima 52. Carta del virrey al rey. Callao, 24 de junio, 1645, f. 168r-170r. En esta última carta el virrey afirmaba que los mercaderes habían tomado con entusiasmo la promesa de no cobrar más del 12% de avería del Mar del Norte. Sobre el secuestro de 1656, cf. Rocío Caracuel Moyano, "Los mercaderes del Perú y la financiación de los gastos de la Monarquía, 1605-1700", Actas y memorias del XXXVI Congreso Internacional de Americanistas, 1964, vol IV, (Sevilla, 1966): 335-343.
143 En 1651 el virrey del Perú hizo en el Callao una innovación para aumentar los ingresos reales, que consistió en hacer un cálculo "imaginario" de las cantidades que no estaban registradas y sobre la base de ello pedir una suma determinada (un "indulto") y dejar pasar libremente a los mercaderes; la suma acordada fue de 600 mil pesos. Sin embargo, según el gobernador, cuando llegaron a Panamá los mercaderes no quisieron pagar. AGI Panamá 66, año 1653, f. 3r y ss. En la segunda mitad del siglo XVII el indulto se convertiría en una práctica frecuente en España.
144 Este problema fue confirmado luego por el mismo Consulado de Sevilla. AGI Consulados 52. Informe del Consulado de Sevilla a la Casa. 19 de junio, 1656.
145 AGI Consulados 313. Carta del Consulado de Lima al rey. 30 de diciembre 1654. Se envió una copia al Consulado de Sevilla. También hubo quejas del cobro de excesivo precios por parte de los extranjeros a los peruleros en Sevilla; los habían amenazado diciendo que ellos podían ir al Perú directamente sin la necesidad de pasar por ellos. AGI Lima 169. Carta de don Juan Fermín de Yzu al rey. Lima, 20 de noviembre, 1657.
146 Hamilton, El tesoro americano, 49.
147 Cf. Antonio García-Baquero, Cádiz y el Atlántico (1717-1778). El comercio colonial español bajo el dominio gaditano, 2 vols. (Sevilla: EEHA, 1976), I, 190.
148 AGI Escribanía de Cámara 516-A. Impreso. Real cédula del 30 de marzo, 1660, sobre el indulto y la forma de la paga de averías, f. 13r y ss. Con respecto a la ausencia de conocimiento de las remesas enviadas, el rey afirmaba que "sin que se llegue a saber ni manifestar en lo público la plata que cada uno trajere... sin duda les será de mayor satisfación por no publicarse acá ni allá las cantidades que embían, [y] sólo lo podrán manisfestar a las personas que eligieren para el dicho repartimiento", f. 15r.
149 AGI Escribanía de Cámara 516-A. Resumen del lo que contienen las escrituras celebradas por el comercio del Perú. Impreso, s/f, lv, 14r.
150 AGI Escribanía de Cámara 516-A; AGI Lima 281.
151 AGI Escribanía de Cámara 516-A. Impreso, f. 2r-4v.
152 AGI Escribanía de Cámara 516-A. Todas estas condiciones fueron aprobadas por el rey el 20 de mayo de 1666, f. 4v-7v.
153 AGI Escribanía de Cámara 516-A. f. 7v-9r.
154 Ibid. f. 12r y ss.
155 Caracuel, "Los mercaderes del Perú", 343.
156 Andrien, Crisis and Decline, 165 y ss; Caracuel, "Los mercaderes del Perú".
157 Caracuel, "Los mercaderes del Perú", 342-343.
1 Sólo se ha podido extraer información de estos años porque los demás contadores no especifican las cesiones cobradas en la caja.