Capítulo IV. Don Francisco ¿De cacique gobernador a hacendado aliado del corregidor?
p. 107-149
Texte intégral
CONTRA LA EXPANSIÓN DE LAS TIERRAS DE LA COMPAÑÍA... Y OTROS PLEITOS
1A lo largo de la década siguiente, esto es de los años 60, D. Francisco no permaneció inactivo. Los archivos quiteños han conservado el recuerdo de sus tan incansables como numerosas intervenciones.
2El 28 de noviembre de 1763, el protector general de los naturales escribió a la Real Audiencia que D. F. de Zamora acababa de darle a conocer un problema más. Los indígenas colocados bajo su autoridad, pero también « otros de los de Latacunga y otros de los sigchos collanas, havitantes de las tierras nombradas Salhaló, Tunguichí y otros nombres del pueblo de Isinlibí» le habían informado de que un tal Francisco Oto, miembro de la parcialidad de Sigchos Collanas pero residente en Quito (« que vive en esta ciudad»), acababa de conseguir, vía el agente de la Protectoría General, un documento oficial que autorizaba a los jueces del Asiento de Latacunga para tasar unas tierras que dicho indio quería vender a los Padres de la Compañía.
3Según D. Francisco, la reacción de los indígenas había sido entonces inmediata, firme y colectiva:
« ... a cuyo tiempo, salieron muchíssimos yndios a contradecir, de suerte que quasi se redujo a pendencias con las rrazones de que se hallavan en pasífica posesión de tiempo inmemorial de subseción en subseción, con sus ganados mayores y menores, cazas y sembrados, sirbiendo las mitas en las haciendas de esa sircunferencia y que no permitían vender ».
4Considerando la experiencia positiva que el gobernador de Toacazo había acumulado en tales problemas (« conforme lo ha hecho en otras ocasiones a deducir su defensa »), y para poder contar con alguien de toda confianza («para su seguridad y firmeza »), los indígenas no habían vacilado en encargarle este negocio, por lo menos era lo que afirmaba D. F. de Zamora. Dada la real pobreza del vendedor, el común de indios estaba decidido a comprarle entre todos sus terrenos. Se oponía absolutamente a que fueran enajenados a favor de españoles, aunque se tratase de los jesuitas (« por que decían no ser enajenable la cantidad de tierras que pretendía vender por ser de repartimiento con todo lo demás »).
5Para respaldar sus planteamientos, D. Francisco hacía notar algo interesante en cuanto a la organización interna de las comunidades indígenas de la comarca. Si bien esas parcelas « de repartimiento » se heredaban de padre a hijo dentro de las familias, no por eso dejaban de ser sólo, como él decía, « de vitalicio usufructo ». Las tierras en cuestión formaban parte de una venta que el cacique ya difunto D. Francisco Hati Aja había hecho a Francisco Oto y a otro indio por 108 y 48 pesos respectivamente. Como dicha cesión era nula de por sí, también lo era la que Oto había hecho a los jesuitas.
6En fin de cuentas, el asunto se arregló merced a una transacción ideada por el protector general. Considerando la pobreza y vejez de F. Oto, los Padres aceptaron dejarle la mitad de lo que le habían pagado y que tampoco era una cantidad muy considerable. La otra mitad, la recuperaron sobre los bienes del cacique vendedor que, de esa manera, era sancionado aunque post mortem ... Una vez más, los pasos dados por D. F. de Zamora habían resultado exitosos1.
7Por esas fechas, D. Francisco había intervenido también ante las autoridades coloniales por otro problema de primerísima importancia para los indígenas, esto es el servicio personal. El 21 de julio de ese mismo año, la Real Audiencia había recibido un largo documento suscrito por él en que le pedía con insistencia:
« ... que se sirba de mandar con más extención y apersibi-mientos que según lo determinado por dicha Real Cédula del serbicio personal, que con ningún pretexto de obra pública no los obliguen a trabajar sin pagarles el respectivo ornal [sic], y que des ta providencia se nos dé los testimonios que pudiésemos para nuestro resguardo para ello ».
8Una vez más, D. F. de Zamora arremetía contra un abuso bien conocido de todos, pero es de notar cómo esa petición suya venía acompañada por toda una serie de consideraciones bastante características de su manera de enfocar los problemas. Ese largo documento primero sometido al corregidor de Latacunga – lo cual no carecía de provocación dado que enumeraba los abusos de los antecesores de éste – empezaba por una detallada relación conjunta de las extorsiones sufridas por los indígenas, y de los largos combates de D. Francisco con sus exitosos resultados. Hacía constar:
« ... de ser verdad que antes de ser [él] governador de dichos pueblos, padecían comúnmente los yndios las extorsiones y molestias a que les obligaban los corregidores de dicho Assiento, quales eran de cobijar las casas de la cársel, de Santa Marta, del tambo, las de la pólbora y otras, conduciendo todos los materiales para dicho efecto, con el pretesto de ser obra pública, sin darles premio alguno. Y assí mismo a dos yndios para que el uno les llebe leña y el otro para que les llebe nieve a dicho Assiento por todas las semanas del año. Y de la misma suerte, contribuían la derrama de un real los yndios y medio real las viudas para el abío del correo de Lima. Y también les obligaban a que fuesen a dicho Assiento onze muchachos cada mes, a poner tierra de salitre en la cassa de la pólbora, y por no ir a padeser de forasteros en dicho Assiento, pagaban dose reales a un mestiso que andaba de corchete, diziendo que alquilase otro para dicho efecto y que los dejase libres, y de no pagar los dichos dose reales los llevaban amarrados como si fuesen delinquentes ».
9A continuación, D. Francisco volvía sobre sus méritos al respecto, y la denuncia de los abusos sufridos por los mitayos se convertía en un sentido alegato pro domo:
« Y, por que no condecendía yo a ejecutar semejantes tiranías, me mobió diversos litigios el corregidor que en ese tiempo lo fue D. Balentín de Cáseres, a fin de que yo, atemorisado, combiniese en todo. Pero esta Real Audiencia, con el justificado celo que siempre acostumbra, fue serbido sentenciar en todo a fabor mío y del común de yndios, mandando que no los obligasen al trabajo no con el pretesto de obra pública sin pagarles el correspondiente hornal, según lo determinado por la Real Cédula del serbicio personal de yndios.
Y, aviendo yo ganado a mi propia costa, afán y desvelo dichos litigios, se remediaron los mencionados y otros agrabios, de suerte que desde ese tiempo que pasan de veinte y seis años, han quedado libres hasta la ora presente, porque por no gastar en pagarle, no les mandan cosa alguna, y los miserables yndios combierten todo ese tiempo en utilidad de ellos.
Y, porque en esa ocasión yo no tube medios, no saqué Real Provisión ni testimonio de dichos auctos y sentencias, y aunque les advertía a los principales, alcaldes y demás yndios para que costeasen y sacasen para sus resguardos, no lo han hecho por la suma ignorancia y flogedad de ellos.
Y, aora, por aver mandado esta Real Audiencia que se tasen todos los procesos que e seguido, no se hallan éstos, abiéndose buscado en el oficio de Cámara que en ese tiempo despachaba D. Manuel de la Parra, ni ay quién dé razón porque todos son muertos. Y porque me reselo justamente assi por la pérdida de las mencionadas providencias como por que ya estoi biejo, y por mi muerte han de quedar mis subcesores juntamente con los yndios bajo las mismas bejaciones y agrabios, para su remedio ocurro otra vez a que se sirba Vuestra Merced, con la vista de dicha justificación de pedir a esta Real Audiencia... ».
10Para el cacique de San Felipe, no cabía la menor duda. El había sido el último baluarte de la defensa de los indígenas. Con su muerte y el olvido de sus repetidos combates, todo se podía derrumbar.
11Sin embargo, la Real Audiencia parece haber sido poco impresionada por ese tono casi mesiánico. Una semana después de recibir el texto, los oidores se contentaron con indicar lacónicamente en pie de página: « Guárdese y cúmplase en todo la Real Cédula sobre el servicio personal de los indios », sin tomar en cuenta los demás aspectos del documento2.
12Como hemos visto ya varias veces, a D. Francisco de Zamora la defensa de los « indios del común » no le hacía olvidar, ni mucho menos, la de sus intereses personales. A comienzos de los 60 como durante las años anteriores, su vigilancia en ambos frentes no flaqueaba.
13Pocos meses antes del episodio que acabamos de analizar, en 1762. escribió al protector general sobre un problema de tierras pertenecientes a su esposa, Da. Basilia. La viuda de D. Francisco Cañar, poseía desde hacía mucho tiempo unas treinta cuadras de tierras en Toacazo que había ido heredando conforme fueron muriendo a corta edad cinco de sus hijas de su anterior matrimonio. Acababa de fallecer sin herederos una más, Da. Bernarda, lo cual había ensanchado en cinco cuadras más las propiedades de Da. Basilia ... y, en cierta forma, de D. Francisco.
14Todos esos terrenos habían sido amparados más de quince años atrás, en 1746, por un juez de comisión, el teniente de caballería D. Laurencio Redrobán, personaje cuyas andanzas, como hemos visto en capítulos anteriores, habían cruzado ya las de D. Francisco3. En su nuevo expediente, D. F. de Zamora adjuntaba una copia de ese documento, así como una descripción precisa de las tierras en cuestión, limitadas por el camino real que iba de Toacazo a Tanicuchí, la quebrada seca de Yugsichi, el camino que bajaba a Latacunga y, por fin, la loma llamada Vigcuno. Acogiéndose a lo previsto por la Real Cédula del 17 de octubre de 1754, D. Francisco pedía que dichas tierras fueran sometidas a composición, lo cual era una manera de formalizar definitivamente los derechos de propiedad – quizás controvertidos – de su esposa sobre ellos. Además, sin duda con miras a rebajar el impuesto que tendría entonces que pagar por esos lotes, D. F. de Zamora hizo certificar por testigos fidedignos que eran de poca utilidad, y por lo tanto de escaso valor:
«... son de un temperamento muy rígido, por ser puna, y tan estériles que apenas se coge cebada, pues no tiene yerba para mantener ganados y aun la cebada se coje quando se escapa de las continuas eladas y granisos y el agua está dilatada porque van al río grande así el ganado como la gente con el riesgo de ser quebrada profunda ».
15A comienzos de agosto de 1762, el defensor de los naturales aceptó el principio de la composición pero, en realidad, todo ese trámite no había surgido de manera espontánea en la mente de D. Francisco. Por esos años D. Joseph de Lisargárate actuaba de juez subdelegado de tierras en el distrito de Latacunga y, por lo visto, había decidido quitarle buena parte de los terrenos de que estamos hablando. D. Francisco explicaba que esas tierras eran suyas y por varias razones. Durante muchos años, él había defendido los derechos de sus hijastras (« por averias yo litigado y ganado dichas tierras »). Al morir las hijas de Da. Basilia, él había sufragado los gastos de entierro. En fin, como los esposos de sus entenadas todavía vivas no habían querido pagar ningún derecho de sucesión, éstas habían decidido abandonar a su padrastro la parte que les correspondían.
16Un detalle en los argumentos desarrollados entonces por D. F. de Zamora nos da sin duda una pista interesante sobre el origen de todos esos trámites. No sabemos a ciencia cierta por qué ni para qué D. Joseph Lisargárate quería quitarle esos terrenos. Sin embargo, en uno de los documentos, D. Francisco declaraba aceptar que sólo unas seis caballerías fuesen atribuidas a los indios instalados en los alrededores, de manera que no es nada atrevido pensar que, en realidad, detrás de todo esto, seguía una vez más un diferendo de tierras, pero esta vez entre el gobernador y los indios del común, diferendo cuyas raíces se remontaban a muchos años atrás, como se trasluce de lo que decía el propio D. F. de Zamora.
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D. FRANCISCO FRENTE AL PROBLEMA DE LOS INDIOS FORASTEROS
17Éste no era el único asunto en que estaba entonces involucrado D. Francisco. El 9 de marzo de 1768, el protector general de los naturales estudió una queja de los indios del común de forasteros de Toacazo. Denunciaban de manera bastante agresiva a su gobernador, D. F. de Zamora, que:
« sin ser su casique ni residir en él, facultad bastante, [había] dado su nombramiento de mita contra ellos con el pretexto de hallarse gozando tierras de comunidad, siendo assí que las que verdaderamente poseen se reduzen ha unos pequeños solares insufisientes ha produsirles el presiso alimento ».
18Era un problema que surgía entonces en casi todas las comunidades. Por venir de fuera – como indica su nombre – los «forasteros», bastante numerosos en esa región de relativa mobilidad de la población indígena, estaban excluidos de una serie de ventajas a nivel local. No podían participar en los cabildos, y no gozaban de tierras de comunidad. En cambio, no estaban sometidos a ciertas obligaciones de los indios « originarios », en particular, y era un gran alivio para ellos, a la mita4.
19En el ámbito regional de la Audiencia de Quito, desde fecha muy temprana la movilidad de la población indígena parece haber sido importante, quizás más que en otras. Karen Powers, que le ha dedicado páginas muy esclarecedoras muestra cómo, desde el siglo anterior al que estudiamos aquí, los forasteros se habían visto involucrados en una compleja estrategia de los propios caciques. Muchas veces, éstos los habían atraído o protegido, a cambio de trabajo y tierra. Esa evolución había ayudado a reforzar, o mantener, al grupo cacical en épocas de profundas mutaciones, antes de que, a su vez, los funcionarios españoles, según palabras de K. Powers, se entremetieran y tratasen de arrebatar esa reserva laboral duramente ganada. Como ejemplo – que esa autora califica de «más desarrollado »– de tal evolución, K. Powers da precisamente el de Latacunga, adonde habían emigrado desde el siglo xvi numerosos indios, en particular de los Quijos5.
20Andando el tiempo, ciertos forasteros habían ido comprando tierras a particulares o a caciques y, en realidad, ya no padecían de ninguna clase de marginalización económica en su pueblo. No querían pagar a los curas como los « originarios » pero eran sin embargo, para él, feligreses como los demás6. Fuera de esto, otros, por casamiento o por haber residido más de diez años en su nuevo destino, habían pasado de hecho al estatus de originarios. En una palabra, en muchos casos la tajante distinción inicial entre « originarios » y «forasteros » ya no existía. Para salir de esa situación ambigua de la que obviamente se aprovechaban esos «forasteros » en cuanto les favorecía, por ejemplo en lo tocante a la «mita», muchas veces a petición de los propios caciques las autoridades ordenaban que se les repartiesen tierras comunales, convirtiéndoles así en comuneros corrientes, con todas las ventajas y – sobre todo – obligaciones de la ley, incluidos así en adelante sin discusión posible en la lista de los mitayos.
21Confrontado con este problema y con la demanda arriba indicada, D. F. de Zamora contestó larga y detalladamente con su acostumbrada pugnacidad. Trató de desbaratar los argumentos de la parte adversa. Explicó que, en 1754, el juez subdelegado ya mencionado, D. Juan Lisargárate, había efectuado un nuevo reparto de tierras con motivo del cual, él – esto es D. Francisco – había « regalado » cuatro cuadras a los indios que ahora lo atacaban. A continuación, para exculparse y demostrar de antemano la insustancialidad de lo que se le reprochaba, recordaba de manera muy sentida todo lo que había hecho para defender las tierras del común a lo largo de los años. Aludía incluso –detalle interesante en lo que se refiere a sus relaciones con los indios colocados bajo su autoridad – a un caso en que, años atrás, « toda la gente» de Toacazo manipulada, según afirmaba, se había manifestado equivocadamente contra él a este propósito:
« Es notorio y consta de muchos processos que las tierras de comunidad he defendido en todos los tribunales, y no me he aprovechado de ninguna manera, y esto está justificado que, haviendo venido toda la gente de dicho pueblo indusidos a ponerme capítulos, y examinado por el doctor Gutiérrez y el doctor Ibargüen los agravios que yo les huviesse hecho, no pudieron deponer un capítulo, y antes hize los cargos de haver defendido a mi costa y quitado varias pendencias y contribuciones que hacían, y dádoles agua abriendo toma con mis herramientas, y compeliendo a los blancos e yndios a que abriesen una vara de sentro y ancho la asequia, asistiendo continuamente más de tres meçes para que acavassen sus tareas, por auto que hize para dicho efecto, y di quenta al corregidor que hera en esse tiempo, aperciviéndole que de no hazer sus huertas, sembrando árboles y plantas, los hecharía a las mitas ».
22En el cuerpo de su alegato, D. Francisco insistía también sobre otros dos puntos. Detrás de la acusación de los indios forasteros de Toacazo, denunciaba la mano de sus – digámoslo así – tradicionales enemigos, esto es el cura del pueblo « y su confidente corregidor del assiento de Latacunga », haciendo el primero la vista gorda sobre comportamientos francamente pecaminosos y condenables, a cambio de gastos suntuarios en las fiestas y de regalos indebidos:
« Están obligados a hazerse priostes quantos santos trae el año, aniquilándose para dar dinero al cura y tener motivos de sus embriagueses y ocio a que son propensos, oblidados [sic] de su obligación de dar escuela a sus hijos para que sean cathólicos christianos y oficios para que vivan commodamente ».
23Por otra parte, el gobernador desarrollaba unos argumentos en los que se traslucían claramente las bien conocidas tensiones existentes en los pueblos entre los indios « originarios » y los «forasteros », categoría a la que pertenecían sus acusadores. Exponía que no le parecía nada normal que sólo los primeros fuesen « llactayos », esto es estuviesen «padeciendo las incomodidades» de las mitas, mientras que los segundos estaban « exentos y libres de la pención, olgasanes en sus vanquetes ». Ahora bien, en este caso D. Francisco afirmaba que dichos forasteros no podían arguir que tenían tierras compradas a particulares, pues no las había en Toacazo, como probaba el hecho de que últimamente él se había visto en la obligación de atribuirles a esos forasteros otras dos cuadras.
24Fuera de esto, el gobernador no perdía la oportunidad que se le ofrecía para lanzar una puya más contra su adversario, el doctrinero. Le acusaba – como había hecho contra anteriores curas – de poseer en el mismo pueblo una caballería de tierra « que contemplativamente le dio dicho juez contra ordenanza que previene se le dé al cura sólo dos cuadras para evitar el perjuicio a los yndios ». Por esta razón, D. Francisco pedía que se solicitase del obispo el desalojo del doctrinero de esas tierras de comunidad. Ya que el cura respaldaba la queja de los forasteros por falta de tierras, de la que se hacía responsable al gobernador, ésta era una medida propia para resolver en parte el problema.
25Este asunto de los «forasteros » no era nuevo en Toacazo y sus alrededores. Algunos años antes, nueve «forasteros de la Corona Real»7 de ese pueblo pidieron encarecidamente ser reservados de la mita. A su expediente adjuntaban una decisión del presidente de la Real Audiencia favorable a una petición del mismo tipo, con fecha de 1734. Además, consta también entre los papeles del expediente una serie de documentos relativos a pueblos aledaños, como una demanda del principal de un grupo de forasteros instalados en Saquisilí, pero oriundos de Uyumbicho, contra D. Joseph Pullupagsi y D. Sancho Hacho, respectivamente cacique principal y gobernador, que los querían obligar a cumplir con la mita a pesar de su estatuto.
26El expediente de Toacazo enviado al protector general de los naturales y con fecha del 16 de noviembre de 1761, era dirigido contra D. Francisco Hati Cañar, cacique del pueblo. Si bien se declaraban dispuestos los nueve demandantes a colaborar en trabajos de interés común como lo relativo a las obras que necesitaba la iglesia, se negaban rotundamente a estar involucrados en « la severa y dura petición de la mita ». Más tarde, en su largo documento de 1768 analizado más arriba, D. Francisco de Zamora había de aludir de manera explícita a tal queja, explicando que en realidad estaba dirigida contra él, pero que los demandantes no se habían atrevido a designarle personalmente, prefiriendo utilizar la pantalla de D. F. Hati Cañar:
« ... porque temieron de que yo sacasse a la luz la verdad sin temor ni adulación de cura, que es el que impide con empeño de que no se repartan las mitas, por tener a los yndios en su servicio, nombrando alcaldes y dando las varas por su mano el día de año nuevo, escogiendo yndios pavulentos8 tributarios y que están de día y de noche en la puerta de su cassa sin ganar premio ninguno, sino de azotes en faltando una hora... »9.
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EL ESTANCIERO DE ALOASÍ
27Por una parte, desavenencias sobre tierras pertenecientes a las hijas de su esposa en Toacazo, por otra, dificultades con los forasteros de ese mismo pueblo. Durante esos años, las tiranteces o enfren-tamientos menudearon pues entre el gobernador y los indios colocados bajo su autoridad. Lo más grave sucedió sin embargo a mediados de 1773, cuando un tal Manuel Caysapanta denunció a D. Francisco. Estando en visita de tierras en Sigchos, el 10 de julio éste escribió al presidente de la Real Audiencia una larga carta en la que contestaba las acusaciones que Caysapanta acababa de lanzar oficialmente contra él, y en la que el gobernador veía, una vez más, la mano de sus irreductibles enemigos:
« Digo que es llegado a mi noticia que un yndio, llamado Manuel Cayzapanta, por influjos superiores me a puesto demanda por medio de la Protecturía general en la Real Audiencia con falsedad notable, en daño de mi crédito, onor y buena fama, disiendo que e cobrado a los yndios una cantidad de pesos, con título de derramas para los litijios, y se a servido cometer a la exsagtitud de Vuestra Merced mandando averiguar, para lo qual se a de dignar mandar que bajo de juramento declarasen todos los casiques y el común de yndios bajo de un contesto, si les e pedido alguna cosa para los litijios de los sensos de comunidad y otros, y del agtual litijio que estoi siguiendo con la Real Audiencia contra el Señor marqués de Mira Flores, sobre que pague salario asignado por la tassa, y con más circunstancia que los casiques de Collanas Sigchos ganaron más salario que yo, y de la misma suerte declare el casique D. Francisco Hati Cañar que yo lo correjía dicho yndio Manuel Cayzapanta en presencia de los demás alcaldes del citado pueblo de Toacaso, diciéndole que los días festibos y de doctrina no los molestase al travajo ni a ninguna contribución por adular a nadie, porque tenían los yndios una interior aberción y temor con la doctrina, sino que como alcalde procediese en justicia en vien común, y dixo emendarse, daría yo quenta al Señor Protector y le quitaría la vara.
Con que, abiéndole quitado Vuestra Merced por barias quejas, presume que io e sido la causa en cuio odio y bengansa a abrasado con maior empeño dicho ynflujo, y para que todo se justifique, se a de servir Vuestra Merced de mandar que dicho yndio Manuel Cayzapanta dentro de segundo día de la notificación comparesca ante Vuestra Merced con dicho despacho de la Real Audiencia en el Assiento de Latacunga, bajo de apersevimiento que de no cumplirse dará por yncurzo en la pena de falso delator y, presentado que sea dicho despacho, se me dé traslado por aberse prosedido clandestinamente, sin sitarme, por lo que es de ningún balor ni efecto, y para que rreconosca Vuestra Merced mi buen prosedimiento en iodo el tiempo pasado asta el año de setencientos cetenta y tres ».
28Según D. Francisco, todo estaba muy claro. Se trataba de una venganza por parte de un alcalde indígena al que él había llamado la atención y que, creyendo al gobernador causante de una sanción procedente en realidad de la Real Audiencia, se desataba contra él. Quizás tampoco era de descartar que Caysapanta fuera manipulado en el contexto complicado de un nuevo pleito en que D. F. de Zamora estaba metido, esta vez, contra nada menos que el marqués de Miraflores.
29Para respaldar sus afirmaciones, el 21 del mismo mes, el gobernador de Toacazo hizo declarar en su favor ante el corregidor en Latacunga a D. Hilario Cando, cacique principal de Saquisilí, D. Justo Caisatoa, cacique de San Sebastián, D. Francisco Hati Cañar, cacique de Sigchos, D. Tomás Hati, cacique principal y gobernador de San Miguel, asicomo a cuatro indios principales de Toacazo. Todos confirmaron, por supuesto, la inocencia de D. Francisco en cuanto a lo que le reprochaba Caysapanta. Cosa más de notar, dadas las relaciones conocidamente tirantes de Zamora con las autoridades locales, el cura de Sigchos, D. Antonio Mata, y el propio corregidor de Latacunga, D. Simón de Fuentes y Vivero, hicieron lo mismo.
30Dos días después, D. Francisco hizo testimoniar también a varios indígenas que tuvieron que contestar preguntas por él preparadas, según la manera de proceder de la época. Tenían que decir lo que sabían a propósito de problemas muy diversos como las razones por las que Caysapanta estaba entonces huido del pueblo y escondido en Quito, o sus abusos e irregularidades. En cuanto a sus propios procederes, D. Francisco les pedía confirmar también que durante las cosechas en sus tierras, él no exigía nada de los indios sin salario, los alimentaba con carneros, lechones, vacas de ceba, todo regado « con buenas chichas », y no les cobraba nada por los animales extraviados en tierras ajenas o de comunidad, ni por los encarcelamientos.
31Al contrario, sobre este último punto, había pagado de su bolsillo la renovación de los goznes de la cárcel, y había completado con dos reales lo que el pueblo debía por el farol. En los últimos veinte años, había mandado dorar dos veces a su costa (por sesenta pesos) la custodia de la iglesia a la que había mandado añadir perlas en los rayos. Había pagado, personalmente también, la excavación de una toma de agua que bajaba del nevado Illiniza. En fin, sobre un asunto de las tierras compradas por los jesuitas en Toacazo, D. de Zamora preguntaba a sus testigos lo que sabían:
« Digan si, quando tomaron poceción los Padres teatinos las tierras nombradas Pinchi, pertenecientes y muy útiles al común de yndios del citado pueblo de Toacaso, me pidieron encaresidamente que les defendiese ».
32¿Recordaban que él, en un comienzo, se había negado a hacerlo por no tener que desplazarse a Quito « a pasar incomodidades » como otras veces, lo cual había tenido como consecuencia que D. Francisco (Hati) Cañar:
« con sus medios y algunos que lo aiudaron, compraron tinajas llenas de jarros, gallinas, jamones, quesos, hasta perdices y remitió a un abogado que aiudaba el despacho de la Protecturía general en ese tiempo para que lo defendiese ».
33Todo esto había durado cinco meses sin ningún resultado, hasta que los Padres:
« comensaron a lansar a los yndios, botando las redes [¿los rediles?] de obejas y casitas, por cuios motibos me bolvieron a instar todos los yndios ».
34Entonces movido a compasión, D. Francisco había aceptado por fin encargarse de la defensa de los indígenas afectados, y había ganado ese nuevo pleito pero, insistía él, sin cobrar nada a los comuneros.
35Como era de esperar, todos los indios interrogados habían confirmado punto por punto las afirmaciones del gobernador.
36En realidad, cuando a comienzos de julio de 1773 D. Francisco había empezado a contrarrestar las acusaciones del alcalde ordinario Manuel Caysapanta, hacía ya varios meses que éste actuaba contra él. Su primera carta acusatoria había sido suscrita en Toacazo el 15 de febrero, y no andaba con rodeos. Explicaba en efecto que D. F. de Zamora:
« ... no contento con los perjuicios que en nombre de governador a yrrogado al común de yndios, ymponiéndoles continuadas derramas, ya con el pretexto de quitarles la alcabala, de libertarles de la pención de mita, de azer lámparas para la yglesia, y ya para defender tierras y haver también obligado a que bayan los yndios de este pueblo a su estancia de Aloasi, en la distancia de siete o ocho leguas, a travajarle sin darles el estipendio correspondiente al trabajo, entró avrá pocos días en ausencia de los curas y vicario al sementerio a obligar a la jente a nueba derrama, con finjidos pretextos que acostumbra dicho Samora para acresentar su comodidad con la sangre de los Yndios.
Por tanto, para dar quenta de lo perjudicial que es dicho Samora a este pueblo y de los excessos que a practicado en los tiempos pasados a los superiores tribunales de Quito, mando se resiva sumaria información y que los principales de este pueblo y los demás yndios que han tenido oficios comparescan a hacer sus declaraciones ante mí y así los testigos españoles ».
37Como había hecho D. Francisco, Manuel Caysapanta reunió él también a nueve testigos, de los que tres parecen haber sido parientes suyos. Confirmaron, con más o menos pormenores, las acusaciones de su alcalde contra el gobernador. En particular, seis de ellos insistieron mucho sobre el hecho de que D. Francisco mandaba indios a trabajar gratis en la estancia que poseía en Aloasí, pueblo distante de casi diez leguas. Dos habían estado allí una semana. Otro dijo que los curas Echeverría y Ávila se habían opuesto años atrás a semejante abuso. Un tal Jerónimo Caysapanta precisó incluso que, a veces, D. F. de Zamora « prestaba » esos trabajadores a otros terratenientes vecinos, como el dueño de la hacienda de Antisana, prueba evidente de su colusión con el grupo hacendado, y por lo tanto de su deserción de la defensa de la nación indígena que, dado su cargo, le incumbía...10.
38Ese nuevo frente abierto contra D. Francisco podía ser un episodio más de los roces, en alguna manera tradicionales e inevitables, entre dos legitimidades diferentes y por lo tanto rivales a nivel de los pueblos indígenas, la autoridad cacical y la de los alcaldes. Sin embargo, esa vez había algo nuevo en las críticas dirigidas contra el gobernador. Los enemigos de D. F. de Zamora lo denunciaban, pues, en su comportamiento como dueño de tierras y beneficiario del trabajo obligatorio de los indígenas. En realidad, como veremos más adelante en otro capítulo, esa nueva propiedad de Aloasí no era exactamente de D. Francisco sino de su segunda esposa con la que se había casado después del fallecimiento de Da. Basilia. Como en el caso de su primer matrimonio, D. F. de Zamora había sabido aliar sentimientos... e interés.
39Para ser preciso, hacía tiempo ya que el gobernador de Toacazo era hacendado o estanciero. En 1745, hay un D. Francisco Zamora que figura dos veces (en Muíaló y Cusubamba) entre los hacendados, estancieros y obrajeros inventoriados por el corregidor, pero éste no es sino un vecino español de Latacunga, tocayo y homónimo de nuestro personaje11. Diez años más tarde, sí aparece éste en el ya citado Libro de cobranza general de la grusea de los tributos [...] de Latacunga... para el primer semestre del año de 175612. Debía al fisco unos 62 pesos por los trabajadores que empleaba en una propiedad sita en Tanicuchí. Como está sólo indicado el número de indios « originarios », es difícil saber a ciencia cierta a cuántas personas ocupaba. Figuran en lo que le concierne un solo originario, unos pocos indios de Quito (ocho pesos), Ambato (cuatro pesos) y collanas (tres pesos) pero un número nada desdeñable – sin duda como una docena larga (44 pesos) – de indios de Sigchos, pueblo del que precisamente D. Francisco era gobernador con el de Toacazo. Este último detalle habría parecido tal vez sospechoso a las autoridades, dado que en el margen, frente a la cantidad pagada por los trabajadores oriundos de Sigchos, está escrito un « ¡ojo!» llamativo...
40De manera comparativa, podemos añadir que en Tanicuchí, D. Francisco estaba entre aquellos contribuyentes que más pagaban después del obraje hacienda Cotopilaló que era de los jesuítas. En cuanto a los demás jefes étnicos del corregimiento, también contribuían, pero casi todos por cantidades en general más bien mínimas, lo cual revela que, en lo económico, D. Francisco tenía entre ellos una posición bastante relevante13.
41Antes de dejar estos dos documentos fiscales, en el más antiguo es también muy interesante y esclarecedor observar algo que echa una luz reveladora sobre lo que hemos analizado en los primeros capítulos. En 1745, el doctor Echeverría, ese cura de Toacazo con quien D. Francisco estaba tan enemistado, y al que había denunciado tantas veces, debía casi 150 pesos, lo cual era mucho, por concepto de tributo de los trabajadores indígenas ocupados en su propiedad de Tanicuchí, además –dicho sea de paso– de 93 pesos por comercio de ropa. Es de notar igualmente que era él quien pagaba por lo que debía D. Francisco de Anguieta, prueba evidente de la colusión denunciada por D. F. de Zamora. Entonces, como diez años más tarde D. Francisco aparece como dueño de tierras en ese mismo pueblo de Tanicuchí, no es equivocado pensar en una rivalidad de terratenientes, en particular por el acceso a la mano de obra, entre el cura Echeverría y el gobernador, tanto más que la casi totalidad de los trabajadores de aquél eran oriundos, como en la hacienda de D. Francisco, de Sigchos, pueblo que éste gobernaba...
42Volvamos pues al problema de la estancia de Aloasí. Habiendo reunido todos los papeles mandados por Manuel Caysapanta y antes de transmitirlos a la Real Audiencia, el protector general de los naturales los había acompañado, el 7 de junio, con un parecer bastante crítico sobre el comportamiento de don Francisco. Sin embargo, hemos visto que éste entonces había puesto en marcha su defensa. Su reacción suscitó una carta muy interesante de Manuel Caysapanta examinada por los oidores el 7 de agosto. En ella, el alcalde se quejaba de manera muy sentida de las trabas que ponía D. F. de Zamora al desarrollo normal de la demanda, de sus mañas y de la ayuda tan descarada como decisiva que le prestaban en este caso las autoridades locales, lo cual hay que decirlo, era una gran novedad, habida cuenta de sus numerosos y sonados antecedentes con ellas...
43En vez de permanecer imparcial, el corregidor había informado a D. Francisco « para que pudiese precautelarse y tomar las medidas más oportunas en perjuicio [de Manuel Caysapanta] y de aquella comunidad ». Había hecho declarar a los testigos en su presencia para cerciorarse de sus « buenas » respuestas, aunque, según el alcalde, cuatro se habían retractado posteriormente, atribuyendo sus primeras declaraciones a las presiones del cura.
44Caysapanta calificaba a D. F. de Zamora nada menos que de « therror de todos aquellos yndios». Concedía que su propia demanda no se había presentado, quizás, con todos los requisitos acostumbrados de la ley, pero explicaba también cómo, por las colusiones arriba indicadas, D. Francisco conocía el tenor de todos los papeles que elevaban sus contrarios al protector general de naturales en Quito, lo cual le permitía organizar en las mejores condiciones su defensa y tener acceso directamente a las oficinas quiteñas.
45Por terminarse ex abrupto el expediente, no sabemos cómo finalmente sentenció al respecto la Real Audiencia
EL ALIADO DEL CORREGIDOR D. SIMÓN FUENTES Y VIVERO
46Ese mismo año de 1773, algunos meses más tarde, el 19 de octubre, el cacique Francisco Hati Cañar, de Toacazo, escribió al protector general de los naturales para denunciar lo que le había sucedido el pasado 29 de setiembre. Mientras iba de noche por el quiteño barrio de San Roque hacia el puente de la Recoleta, cerca de la plaza de Santo Domingo le habían salido al paso cuatro hombres embozados. Habían agarrado las riendas y el estribo de la cabalgadura del cacique, y le habían obligado a seguirles hasta la casa cercana de D. Bernabé Enríquez, padre del cura doctrinero de su pueblo, D. Mariano Enríquez de Guzmán. Allí, el hermano, de éste, D. Lorenzo, le había preguntado qué estaba haciendo en Quito, a qué había venido. El cacique había contestado que estaba en la ciudad « por haverlo llamado D. Francisco Zamora, gobernador del citado pueblo de Toacazo », para hablar con el alcalde interino de la ciudad. No le había pasado nada funesto a D. F. Hati Cañar, pero D. Lorenzo y sus guardaespaldas le habían impedido salir de la casa, y lo habían retenido como preso en ella algún tiempo.
47Llamado a declarar sobre los hechos, en una carta examinada por la Audiencia el 30 de octubre, D. Mariano Enríquez de Guzmán, que de manera manifiesta estaba en el centro del asunto, dio su versión de los hechos. Declaró haberse enterado de que:
« el corregidor de Latacunga, D. Simón Fuentes y Vivero y el yndio Francisco Zamora, su confederado y aliado, avian ceduzido y sublevado con [él] los yndios de [su] feligresía y convocándolos a que viniesen en tropel y tumulto a esta capital por medio del cacique Ati Cañar, [le] fue preciso tomar en tiempo oportuno las precausiones combenientes dictadas por la prudencia ».
48Habiendo mandado interrogar por el regidor decano, que fungía entonces de alcalde de Quito, a algunos de los indios de Toacazo recién llegados a la ciudad, éstos « llanamente expusieron que venían traídos y convocados contra [su doctrinero] por los referidos corregidor y Zamora, sin que de suyo tubiesen motivo ni causa justa». Según afirmaba el sacerdote, lo que habían fraguado el corregidor y D. Francisco no era nada menos, como escribía repetidas veces, que « una conspiraçión cediciosa [...] una ceducción, levantamiento y conspiración de [su] pueblo », y merecían por lo tanto el castigo más severo.
49Por su parte, el doctrinero afirmaba haber querido no darle mayor importancia al incidente. Había cenado con el cacique Francisco Hati Cañar para reconciliarse con él. Las autoridades episcopales, a las que había denunciado el caso, se mostraron partidarias de echarle tierra al asunto. De toda forma, D. Mariano se pintaba como alguien apacible, que no había querido complicar las cosas, según explicaba al presidente de la Real Audiencia:
« Yo, por mi parte, pudiera aver propuesto en este superior govierno la querella correspondiente contra el corregidor y Zamora por la convocación y ceducción de los yndios de mi pueblo que avían traído para capitularme, poniéndolos de perspectiva ante el Señor Fiscal que exerce de Protector, asegurados que ofuscarían sus luzes por medio de artificios y maquinaciones, pero como aviendo trasluzi-do a todos tan mal tramada maniobra, se mandaron retirar los yndios quedando al parecer sosegada la conspiración, por esto y para que se conociere la docilidad de mi genio que a penas se mueve con harta repugnancia a la defensa natural, quedé yo en igual silencio sin dar paso adelante. Ahora, ha llegado a mi noticia cómo el mismo corregidor y Zamora, irritados de avérseles desvaratado la primera mano preparada, para satisfacer de algún modo su encono, han hecho que ¡a Protecturia se presente ante la rectitud de Vuestra Señoría a nombre del cacique Ati Cañar, suponiendo que yo embarazé a los yndios la libertad de usar de su derecho con lo demás, sobre que se ha tomado providencia ».
50Como las acusaciones de D. Francisco de Zamora no eran desatendidas por los oidores, en otra carta que éstos examinaron el 20 de noviembre, D. Mariano precisó lo que reprochaba al gobernador:
« En el mismo día que se acostumbra celebrar la festividad de ánimas, estudiosamente se llevó la gente toda al Asiento de Latacunga, y logró por este medio alsar y quitar la función de finados, con total exterminio de las oblaciones y limosnas parrochiales que en semejantes días, y en el siguiente que se detubo la gente en dicho Asiento, suele ofresery ofrese la pía devoción de los fieles en sufragio por las ánimas benditas del Purgatorio. Y, no contentándose con esto, que aún todavía le pareció poco, ha perturbado también la tranquilidad en la enseñanza de la doctrina christiana bien arreglada, inquietándome el pueblo y compeliendo a la gente yndia a contribuir en prorrata para subenir en los gastos e imprensas, en perseguir a su cura y pastor, llegando a tanto la extorción que ha difundido amenasas contra los que no concurriessen en derramas, de que los ha de nombrar por mitayos, que es el mayor terror que puede hazerse presente a los miserables yndio ».
51D. Mariano que involucraba también en su denuncia al teniente de corregidor D. Ignacio Villarroel, acompañaba su carta con otra, del 12 de noviembre, redactada por el franciscano F. Joseph Pazmiño que lo había ayudado en sus labores de doctrinero. En ella, censuraba « la yniquidad del mal yndio Zamora », también definido como « perverso yndio, enemigo de los sacerdotes » – el plural aludía sin duda a los anteriores enfrentamientos del gobernador con los predecesores de D. Mariano –, que habría convencido a los indígenas de Toacazo de desplazarse para declarar en contra de su cura, anunciándoles que era una orden expresa del presidente de la Audiencia.
52De hecho, un poco antes, los 4 y 5 de noviembre, los feligreses de Toacazo habían sido interrogados en tres grupos, siendo D. Francisco Hati Cañar el primero en declarar. Todos se quejaron unánimemente de D. Mariano, de sus hermanos Lorenzo y Ramón, asicomo de Antonio de Arellano y Manuel Garrido, «protexidos del cura». Les reprochaban ocupar « en barios ministerios, así a los muchachos de la doctrina como a los mayores » (como cargar estiércol, amenazándolos, sin darles de comer) y sobre todo, so pena de azotes en el caso de negarse. Los forzaban a participar en grandes cacerías de conejos o perdices, cada quince días, « o quando se les antojase », no parando los cazadores forzosos hasta coger más de cien piezas, « donde se asen pedasos sus bestuarios y pierden todo el tiempo del travajo ». Contaban también los feligreses cómo los amenazaban con cincuenta azotes, que a veces se hacían realidad. Citaban el caso de una india encinta que había abortado con los golpes recibidos en presencia del coadjutor de D. Mariano, F. Cristóbal Mena, que se había visto en la precisión de salir en defensa de la pobre mujer.
53En sus declaraciones, los indígenas habían indicado también que en el centro de todas aquellas extorsiones estaba Manuel Caysapanta, entonces encarcelado en Latacunga, y cuya figura permite, pues, establecer el vínculo entre lo que vimos en el anterior subcapítulo y éste. Sacado el 5 de noviembre de su celda en presencia del protector sustituto del Asiento, Manuel Caysapanta confirmó todas las denuncias de los indios del común, aunque tratando de quitarles gravedad: la obligación de barrer la casa del cura, la faena del riego, el ojeo en las cazas de conejos, la utilización de las bestias de los feligreses para llevar papas a Quito, etc. Según afirmaba, sólo en cuatro ocasiones no se había pagado a los indígenas. En lo tocante a los azotes, él personalmente nunca los había dado... pues encargaba de ello a sus alguaciles.
54Algunos días más tarde, el 17 de noviembre, la Audiencia mandó comparecer en Quito a Raimundo Baca, « ministro de justicia del cabildo » de la ciudad. Declaró sobre lo ocurrido en San Roque la noche del 29 de setiembre, cuando D. Francisco Hati Cañar había sido detenido por D. Lorenzo, el hermano de D. Mariano. No pudo sino confirmar que el alcalde interino de la ciudad le había mandado ir a buscar y detener a los indios supuestamente traídos por D. Francisco de Zamora « ... que pasásemos a la cassa de D. Francisco Zamora y buscar en ella si estaban ospedados los demás yndios de dicho pueblo», pero en vano «y no encontraron en ella a persona alguna ».
55En este diferendo, D. Francisco de Zamora no podía sino ser llamado a dar su versión de los hechos. Lo hizo como solía, esto es en un largo memorial muy detallado de tres páginas de apretada letra. Confirmó con detalles las quejas de los indios contra su doctrinero: acarreo de estiércol «del número de bestias que tiene en los corrales », limpias continuas de cuatro cuadras de alfalfares hasta las once « dejando de trabajar para sí y sirbiendo a los amos que pagan tributo, dan los socorros, y se hallan debiendo », azotes cuando faltaban a las faenas « disiendo que no madrugaban, atribuiéndoles a negligencia, no siendo por esto sino por escaparse de las molestias de trabajar en barios ministerios en aiunas », abuso en cuanto a las numerosas fiestas a las que los indios tenían obligación de asistir y de ofrecer cuantiosas limosnas forzosas.
56Cuando los feligreses se atrevían a quejarse, el doctrinero D. Mariano no vacilaba en pegarlos duro. D. F. de Zamora citaba el caso de Manuel Tipán, al que su cura « [había] roto la cabesa con un palo y [había] molido todo el cuerpo, que estubo en la muerte este yndio ». Como después había ¡do a Quito a quejarse, D. Mariano le había quitado su trabajo, pues era correo del pueblo. Otras tres mujeres habían abortado por « la sevicia ». Estando caída en el suelo, una de ellas, la mujer del sacristán, había recibido patadas del cura calzado con botas y espuelas, «sin que nadie fuese capás de contenerlo », y esto sólo porque el marido de esa mujer acababa de informar al doctrinero que habían robado la custodia de la iglesia.
57El alcalde de los indígenas, Manuel Caysapanta, no hacía nada para que todo eso cesara, pues había sido elegido gracias a las presiones del sacerdote. Al contrario, había emprendido una campaña difamatoria - la que hemos visto anteriormente - contra el único que había tenido el valor de defender a los desgraciados feligreses: D. Francisco de Zamora. Por haber intervenido en diversos casos particulares, y para prevenir probables represalias, éste «abía escapado y andaba huido desta ciudad». Al final, unos treinta indígenas habían llegado a Quito siguiendo caminos desviados para no levantar sospechas, y:
«se juntaron en la calle del Señor Fiscal Protector General, pidiéndole informase los agrabios que padesían y que, si fuese dicho doctor Enríquez al sitado pueblo, se abían de ausentar dél ».
58Desgraciadamente, por falta de medios los querellantes no habían podido ir más adelante en su intento (« no se a podido capitular, por no aver plata para sus costos »)14
59D. Mariano, el nuevo adversario de D. Francisco de Zamora, no era un cualquiera. Su abuelo, paterno, Juan Blas Enríquez ya era una persona bastante conocida, y su padre, D. Bernabé Enríquez de Guzmán, era también alguien importante en Quito. Siempre se había señalado por su generosidad. Por ejemplo, después del último terremoto que había destruido muchas iglesias, había comprado una gran custodia de plata dorada, con cerco de oro adornada con perlas y piedras preciosas, de más de 900 pesos. Durante el ataque de Cartagena por los ingleses algunos años atrás, había hecho « un gran empréstito al rey », y había desempeñado el cargo de contador entre partes de la Real Audiencia. En cuanto a su esposa, Da. Josefa Masón y Acevedo, también pertenecía a lo más granado de la ciudad.
60Para completar este retrato, es de recordar que ya muchos años atrás, los pasos de D. Francisco de Zamora y de D. Bernabé Enríquez de Guzmán se habían cruzado. Como hemos visto a finales del capítulo segundo, en 1746 D. Bernabé, entonces presentado como « mercader », había comprado en subasta judicial la hacienda, situada en Sigchos, que fuera del sacerdote D. Francisco Dávalos. A raíz de una demanda de los caciques del pueblo, cuyo apoderado era D. Francisco de Zamora, D. Bernabé había tenido que añadir 200 pesos a la cantidad inicialmente prevista. Seguramente, ni uno ni otro había olvidado el episodio.
61Los hermanos de D. Mariano ocupaban también posiciones relevantes. Uno, Vicente Enríquez de Guzmán, sería alcalde de los barrios de San Blas y Santa Bárbara en Quito a mediados de los años 1780, otro, al que ya hemos encontrado, Lorenzo, desempeñó el cargo de cura de Tabacundo, cerca de Otavalo15. Un tercer hermano, D. Joaquín, también sacerdote, fue sucesivamente cura interino de San Roque – un cargo que, por lo visto, interesaba bastante a la familia–, doctrinero de Sigchos, de Cariamanga durante tres años, de Nanegal durante cinco, y por fin de Santo Tomás de Alangasí donde fue nombrado en 1770 y murió en 177216.
62D. Mariano había estudiado primero en el colegio de Santo Tomás de Aquino, luego en el de San Fernando. Era licenciado, grado que le había permitido ser abogado en 1763 después de dos años de prácticas17. Tras ejercer la abogacía durante seis años, y ser asesor de varios alcaldes de Quito, había pasado al estado eclesiástico, siendo primero cura de San Antonio de Lulumbamba, antes de oponerse a una silla doctoral en la catedral18. Había de permanecer catorce años en Toacazo, después consiguió traslado para el curato de la parroquia de San Roque donde tuvo serios enfrentamientos con el alcalde del barrio, D. Mariano Pastrana. En un documento donde D. Mariano se quejaba de éste, le reprochaba « [haberle] levantado a la gente yndia de la doctrina », mientras que Pastrana en su respuesta daba detalles interesantes y significativos. D. Mariano recurría con demasiada frecuencia a la cárcel que estaba « en la misma iglesia parroquial». El alcalde citaba en particular el caso de una feligresa indígena a la que el doctrinero había mandado presa a un obraje, por el mero hecho de estar debiendo la corta cantidad de doce reales al religioso que le ayudaba, el padre F. Gregorio Enríquez, un pariente muy próximo.
63Para Pastrana, la única razón de la animadversión de D. Mariano para con él era sólo el hecho de que hubiera sido nombrado alcalde, y que esa función « no hubiese rrecaído en uno de los de su casa »...19. Allí no terminaría el cursus honorum de D. Mariano, ya que, años más tarde, en 1784, había de ganar por oposición la doctrina de Píllaro20.
64Aunque, en todos los documentos que suscribía, se nota que D. Mariano se cuidaba mucho de dar de sí mismo una imagen muy positiva, esto no impidió que durante su estancia en Toacazo tuviera problemas con las autoridades. Así, en 1776, se quejó de que el asentista de las encomiendas de la comarca le había disminuido el salario de doctrinero (el estipendio) aduciendo que su «falta de residencia [había sido] notoria». En realidad, el asentista no había hecho más que cumplir con una orden del presidente de la Real Audiencia que ordenaba pagarle el estipendio sólo si presentara un certificado de residencia en Toacazo21. D. Mariano arguyó para su defensa que se había ausentado dos o tres meses en Quito, pero era por una causa honorable e ineludible (« defendiendo la jurisdicción eclesiástica »). Hizo declarar como testigos a dos españoles y a cuatro indígenas, entre los cuales Manuel Caysapanta al que conocemos ya. Precisó también que nunca sus ausencias, motivadas por sus problemas con el corregidor de Latacunga, habían tenido consecuencias en cuanto al servicio de la iglesia, pues siempre había pagado sustitutos, primero el franciscano F. Juan Vidales, luego el mercedario Cristóbal de Mena.
65Cuando tuvo que examinar el problema, la Real Audiencia no fue del mismo parecer. El 7 de octubre de 1776, D. Josef Diguja puntualizó que ya en varias ocasiones se le había llamado la atención sobre sus repetidas ausencias al doctrinero de Toacazo, como a los de Machachi, Papallacta, Cusubamba, Yaruquí, etc, prueba de lo difundido del problema. En su respuesta sobre el caso, el canónigo doctoral de la catedral de Quito, D. Tadeo Joseph de Orozco y Piedra, el 19 de octubre de 1776, terminaba con una serie de consideraciones muy reveladoras sobre el personaje:
« Es cierto que el año de setenta y cinco se mantubo [don M. Enríquez de Guzmán] públicamente en esta ciudad y que es muy difícil reducirle a que cumpla el cargo de su recidencia personal por los arbitrios que se toma de formar litigios que llama de jurisdicción y oficio, como por las protecciones y patrocinios que se adquiere para eludir las providencias más apretadas ».
66De hecho, tres años más tarde, nada estaba resuelto y la Audiencia conminó a don Mariano a que declarase en qué quedaban los pleitos tan importantes que le obligaban a desatender así a sus feligreses y a quedarse tanto tiempo seguido en Quito22.
67Las quejas contra el comportamiento de D. Mariano Enríquez de Guzmán como doctrinero tuvieron un nuevo episodio menos de un año más tarde. El 17 de abril de 1777, el virrey de Nueva Granada firmó en Santa Fe una orden destinada a las autoridades quiteñas, en que les encargaba investigar «sobre los abusos y corruptelas introducidas por los curas doctrineros de los pueblos de la jurisdicción de este corregimiento de Latacunga ». Esa encuesta se iniciaba a raíz de una «representación» elevada al «superior gobierno » por el corregidor de Latacunga, D. Simón Fuentes y Vivero.
68La encuesta corrió a cargo de D. Juan Josef Villaluenga y Marfil, a la sazón fiscal del crimen en la Real Audiencia de Quito y por lo tanto protector general de los naturales. La inició el 21 de mayo siguiente en el Asiento, y las declaraciones que recogió entonces, reunidas con todos los documentos relativos al asunto, constituyen un expediente de más de 70 folios que se abre con una copia del texto de D. Simón23. Denunciaba el que « varios de los curas » de la comarca obligaban a que sus feligreses indígenas se endeudasen con gastos excesivos en las fiestas religiosas, « hasta quedar desnudos », además de que esas celebraciones eran conocidas oportunidades de embriaguez colectiva con funestas consecuencias. Unos ayudantes de los doctrineros, los « santoscamas », visitaban cada año las viviendas de los indios, y los obligaban también a pagar un peso « por la efigie o estampa que para su devoción respetan ». En fin, en los parajes más retirados del corregimiento, como Tagualo o Zapotal, los indios « vivían como los más bárbaros », porque su doctrinero, en este caso el de Angamarca, sólo se personaba allí apenas ocho días al año, lapso durante el cual celebraba todas las fiestas seguidas y sólo se ocupaba de cobrar (« quanto conduce a su honorario »).
69Para sus averiguaciones, retomando las denuncias del corregidor D. Simón Fuentes y Vivero, D. Juan Josef Villaluenga y Marfil realizó un interrogatorio en diez y ocho preguntas que sometió el 4 de junio a casi cuarenta testigos, los más de ellos indígenas, esencialmente caciques y alcaldes, pero también vecinos españoles y hacendados. Como solía ocurrir en semejantes casos, muchos contestaron a minima, de manera vaga, y cuidándose de no dar nombres, sin duda por prudencia y para tratar de evitar posteriores complicaciones. Sin embargo, globalmente todo lo denunciado por D. Simón Fuentes y Vivero fue confirmado. Hasta hubo declaraciones muy precisas, como la de los feligreses de Tanicuchí contra su doctrinero franciscano, F. Miguel Montesdoca. Entre los caciques, los testimonios más detallados fueron el de D. Josef Sancho Hacho Pullupagsi, cacique y gobernador en cinco pueblos, y sobre todo... el de D. Francisco de Zamora.
70Confirmó, para empezar, los abusos referentes a las fiestas, las de obligación y las demás. Representaba a los feligreses:
«forsados por dichos curas con varios pretextos e insinuaciones que les fiasen a los yndios en que gastan considerable dinero según la calidad del yndios y suntuosidad de la fiesta, de donde resultan hurtos, empeños, atrasos, peleas, disenciones y otros perjuicios [...] beodés y embriagueses ».
71Recordaba, de paso, que para él esto era un viejo motivo de lucha, y de problemas personales:
« Viendo el testigo estos perjuicios, en cumplimiento de su obligación, por el oficio que tiene, a querido estorvar estos abusos, con representasiones que a practicado en los tribunales superiores donde se han formado autos, por cuyo motivo se han indignado dichos curas contra el testigo ».
72A continuación, D. Francisco hablaba de los « santoscamas », de la usurpación de la administración de justicia por los doctrineros que encarcelaban y castigaban a su antojo:
« ... quando les da la gana, pretestando que los alcaldes yndios de dichos pueblos no saven nada [...] assí de los dos expressados pueblos como en todos los de esta jurisdicsión ».
73En su memorial que había originado la investigación, D. Simón Fuentes y Vivero había denunciado específicamente a dos curas: D. Mariano Enríquez de Guzmán, de Toacazo, y D. Silvestre Ontaneda, de Aláquez. Sobre estos dos sacerdotes, D. Francisco quería dar un testimonio equilibrado y, aparentemente, desapasionado. Así, afirmaba que los dichos curas « son exsactos en el pasto espiritual y doctrina de sus feligreses ». Tampoco había constatado que los padres se negasen a bautizar a los niños cuando el padrino no podía pagar, pues se contentaban con lo que éste « contribu[ía] voluntariamente». De la misma forma, cobraban efectivamente primicias a los indios, pero sólo « a aquellos que cog[ian] fruto de sus sementeras ».
74Sin embargo, se puede hacer otra lectura de las respuestas del gobernador de Toacazo. Insistía en que ambos doctrineros no se propasaban en su comportamiento – vale decir que no abusaban más que otros curas – pero esto no le impedía puntualizar todo lo que cobraban: un almud de nabos al año para pagar el aceite de las lámparas de la iglesia (« por lo que toca a los demás pueblos, a oydo susede lo mismo »), un huevo por feligrés el viernes de Cuaresma (« y por lo que hase a los demás pueblos a oydo son mayores las contribuciones »), un atado de leña cada domingo y una carga por Navidad y Pascuas de Resurrección. A esto se añadían otras obligaciones que, por bien arraigadas, no dejaban de ser abusivas:
« ... mandan hilar algodón a algunas yndias, pagándoles su correspondiente salario [...] no a visto pagar a los yndios que les sirven de pongos y cavallocamas ».
75Más de notar es la respuesta de D. Francisco a la pregunta n° 15, que versaba sobre si el testigo conocía la existencia de repartimientos en el corregimiento. El cuestionario no designaba a nadie con precisión. Ahora bien, D. F. Zamora contestó que había escuchado cómo el corregidor D. Simón Fuentes y Vivero, su aliado contra el cura D. Mariano Ennríquez de Guzmán, y el asentista de tributos, D. Nicolás Avila:
« ... reparten ropa de Castilla y de la tierra por mano de sus sirvientes a los yndios en estos pueblos por presios suvidos, y no save si an hecho estos repartimientos con aprovación de la justicia ».
76Esto era, por supuesto, un secreto a voces, y no le fue difícil al fiscal protector general averiguar la realidad de los hechos con los demás testigos que indicaron incluso las tarifas practicadas: una vara de paño azul, tres pesos, una de jerga y bayeta, cuatro reales, el rebozo de Castilla, a siete u ocho pesos, el sayal a ocho reales, etc. Si es cierto que D. Francisco no podía ignorar tales prácticas, nada le obligaba tampoco a delatar nominalmente a un aliado para él de tanta utilidad, a no ser que, dado lo común del abuso, éste no fuera realmente de gravedad.
77En la respuesta a la última pregunta sobre más excesos eventualmente conocidos por los declarantes, D. Francisco, aludió al trabajo obligatorio de los indios los días de doctrina (« con el título de Janeas, sin pagarles costa alguna ») y amplió la denuncia:
« ... igualmente los asentistas de alcavala les cobran de todas las cosas comestibles de frutas y otras especies de poca importancia, [...] igualmente los enhasendados les hasen trabajar con el mismo título de faenas a sus yndios con sus mujeres e hijos ».
78Sobre todo, como acostumbraba, recordó – aunque algo desilusionado – que no había esperado el caso presente para denunciar todo aquello:
« sobre cuyo asunto tiene conseguido el testigo una Real Provisión de la Real Audiencia de Quito, la que se ha publicado en estos pueblos, y no se a observado ».
79Como conclusión y resultado de esta encuesta iniciada por los abusos de ciertos doctrineros, el 20 de diciembre, esto es seis meses más tarde, el protector general firmó un texto que, una vez más después de otros tantos, se proponía poner fin a los abusos de los doctrineros. Prohibía, o mejor regulaba, los repartimientos:
« Se dan por perdidos qualesquiera efectos de Castilla que se hayan vendido a los yndios, quienes si quicieren ocurrir a este juzgado se les oyrá en justicia y mandaba debolver todo aquello que les hayan cobrado por dicha causa y también el exseso con que les han recargado los otros efectos de la tierra.
Y, teniendo presente lo graboso que esto es a los yndios, y la tiranía con que suelen executar dichos repartimientos, para lo succesivo se prohiven en un todo a los asentistas de tributos que son o fueren de este corregimiento y a toda clase de persona, baxo la multa de doscientos pesos y de que se darán por perdidas las ropas ya sean de Castilla o de la tierra y otra qualquiera especie que hayan repartido ».
80En un principio, este Auto iba destinado, pues, al corregimiento de Latacunga. Sin embargo, el 11 de junio del año siguiente de 1778, se hizo también extensivo al de Ambato. Es de notar, según afirmó el protector local, que los indios mismos le habían solicitado tal ampliación:
« ...han insinuado varias vezes haver tenido noticia que en el Asiento de Latacunga, movido el piadoso zelo de Vuestra Señoría al remedio de los desdichados yndios, mandó discretamente por Auto General se acabasen todos los abusos y corruptelas introdusidas por costumbre o entable de los curas doctrineros de los pueblos de aquella jurisdicción que, contra toda rrazón, presepto a las leyes, ordenanzas y autos acordados, y toda sana moral, afligían a los yndios hasta el extremo de el último rigor ».
81Lo mismo había de pedir - y conseguir - el protector de Guaranda («en nombre del común de los yndios de los pueblos de la jurisdicción desta probincia») el 31 de julio de 1778, y, al año siguiente, el 26 de marzo, el de Riobamba, aunque, pocos meses después, el 22 de mayo, éste escribió a Quito que, a pesar de lo dispuesto, no se habían podido notar grandes cambios en el comportamiento de doctrineros y corregidores24.
82La gran novedad de ese período era, para D. F. de Zamora, su alianza con el corregidor del Asiento, situación totalmente inédita para alguien que, desde hacía treinta y cinco años había peleado, por una razón u otra, con todos los predecesores de D. Simón Fuentes y Vivero. D. Francisco lo recordaba a menudo en sus cartas, defensas y memoriales. En el fondo, hasta se puede escribir que estaba muy ufano de ello.
83Ese cambio en la relación de fuerzas locales reforzaba sin duda alguna su posición, tanto a nivel comarcal como en Quito. Sin embargo, en la documentación de la época dos expedientes echan una luz bastante matizada sobre ese aspecto, y completan de forma muy interesante el conocimiento que podemos tener del personaje, de su trayectoria y de su entorno.
84En el momento del suceso de setiembre de 1773, D. Francisco Hati Cañar, importante cacique del pueblo de Sigchos, estaba en Quito a pedido de D. Francisco para colaborar con él en sus denuncias del comportamiento de D. Mariano Enríquez de Guzmán. Por esos años, desde por lo menos 1768, D. Francisco Hati Cañar tenía que hacer frente a las demandas de un tal D. Apolinario Artos Guaypacha Zumba, un mestizo «.pobre de solemnidad», que le disputaba el cacicazgo que gozaba y que, según documentos de la época, se extendía sobre 16 o 19 parcialidades. En ese pleito, la Protectoría General se inclinaba más bien a favor de D. Francisco Hati Cañar. En el expediente figura un documento de 1774 suscrito por el albacea de D. Apolinario que explicaba por qué filiación el cacicazgo de Sigchos, que pertenecía a la familia Artos Guaypacha «desde el tiempo del Inga », había de recaer en D. Apolinario, pero sobre todo acusaba a D. Francisco de Zamora de ser el responsable de la situación actual:
« ... a querido dicho don Francisco de Samora entrar al gose y propiedad de tal casique, siendo yndio ordinario, sólo por haber sido marido de doña Basilia Thoasa, ia difunta ».
85Ese año de 1774, falleció don Francisco Hati Cañar. La copia de su testamento del 14 de mayo, está en los últimos folios del expediente que estamos analizando. Es un documento lleno de sorpresas y de revelaciones. In; articulo mortis, D. Francisco Hati Cañar, natural de Pujilí, explicaba entre otras cosas que se había casado en segundas nupcias con doña Petrona Cañar, en la que sólo había tenido un hijo muerto a los pocos años, y de la que había quedado viudo antes de volverse a casar por tercera vez. A continuación, explicaba que daba poder a D. Mariano Enríquez de Guzmán - su adversario de 1771 -« en quien tengo [decía él] entera satisfacción y confiansa ». Entre los negocios que encargaba al sacerdote, el primero, y por lo tanto el más importante, era:
« ... especialmente sobre declarar las personas a quien pertenese y toca el casicasgo de la provincia de los Sigchos, Pujilíy Thoacaso ».
86A continuación, para descargo de su conciencia en momento tan grave, el cacique hizo asimismo ante los presentes una declaración que mandó transcribir en su testamento:
« Ytten, les convenció dicho difunto y lo declara en su nombre, que el dicho casicasgo le hubo y adquirió por la dicha Petrona Cañar, y que sin embargo de constarle a él, por lo que avia oydo a sus padres y maiores tocar y pertenecer a la familia de los Artos del pueblo de los Sigchos, por dar gusto a su madre y al sitado don Francisco Samora, sustubo el litigio con los dichos Artos, hasta ganar sentencia faborable que pronunciaron los señores de la Real Audiencia [...] y que, haviendo estado en ánimo de representar en descargo de su conciencia en el tribunal superior de dicha Real Audiencia lo mismo que lleva declarado, se lo avía impedido el sitado Samora quien, quanto avía buscado assí en la administración de dicho casicasgo, como en su personal travajo, le avía usurpado, presentándole negocios y amenasándole que le quitaría el casicasgo, y que por el paso en que estaba, era cierto lo que le comunicaba ».
87A pesar de ese nuevo giro para él bien delicado y que debilitaba su posición, D. Francisco de Zamora no se dio por vencido. No era la primera vez que se le discutían «sus» títulos. En varias oportunidades anteriores, había tenido que hacer frente sobre esto25. Ya muerto D. Francisco Hati Cañar, se las ingenió para que le sucediera en el cacicazgo otra hechura suya, un personaje que según los casos, esto es en función de sus intereses, se llamaba ora D. Juan Cañar, ora D. Juan Carbajal. Era un hijo mestizo que Da. Petrona había tenido con un tal D. Tomás Carbajal, antes de casarse con D. Francisco Hati Cañar.
88D. Juan Cañar pidió a la Real Audiencia que se escuchara el testimonio de doce indígenas de Toacazo susceptibles de declarar a su favor. Entre ellos figuraba Manuel Caysapanta y, por supuesto, escribieron al fiscal protector general para denunciar al « intruso », esto es Artos:
« Mestizo, no tiene el derecho que presume, inepto por defecto de ánimo, fatuo, sin expedición en sus accsiones sino también con reatos de lengua que le hazen difícil la pronunciación ».
89Conocedores de lo que había afirmado poco antes D. Francisco Hati Cañar en su lecho de muerte, añadían que su esposa, Da. Petrona, también había cambiado de opinión sobre el caso:
« ... quexándose de que don Francisco Zamora su padrastro le havía inducido a promover pleito tan injusto, persistiendo en su seguimiento por tener ocasión de consternarlos por las continuas contribuciones, pretextando interesantes gastos para fomentar dicho pleito en perjuizio de los interesados acreedores del cacicazgo ».
90Añadían que más de treinta indios habían decidido irse a quejar en Quito, pero en el último momento:
« no se [habían] atrevido a entrar a esta ciudad, temerosos de que dicho Zamora, con su genio astuto y cabiloso, [los] aflijiera y causase molestias ».
91Como prueba de las continuas « amenosas y bexaciones » de D. F. de Zamora, los firmantes citaban el encarcelamiento de Manuel Caysapanta, el pasado mes de julio, después de que éste denunciara al gobernador de Toacazo ante el obispo.
92El protector general dio su parecer sobre esa rivalidad el 11 de noviembre. No podían ser caciques D. Juan de Carbajal (Cañar) ni Faustino Artos Guaypacha Zumba (hijo de Apolinario), y ambos por la misma razón, pues eran mestizos. Al cabo de varios años, sería declarada heredera del cacicazgo, Da. Feliciana Cañar, otra hija de la esposa de D. F. de Zamora... De entonces casi 70 años, sin hijos, estaba casada con un tal Josef Galindo, español de calidad según algunos, mestizo, según otros, pero que de todas formas estaba en el centro de toda una serie de triquiñuelas y manipulaciones, « sea quien govierne », como declararían sus adversarios.
93La confesión de D. Francisco Hati Cañar, detrás de la cual estaba de manera evidente D. Mariano Enríquez de Guzmán, revela nítidamente cómo, después de gozar de forma interina del importante cacigazgo de Sigchos en nombre de su esposa, o mejor dicho de las hijas menores de ésta, D. Francisco de Zamora había casado a la heredera del cacicazgo, doña Petrona, con una hechura suya, don Francisco Hati Cañar, lo que le había permitido sin duda seguir siendo así, gracias a una especie de testaferro, de hecho el cacique de Sigchos, aunque sin título. Por otra parte, la confesión de D. F. Hati Cañar confirmaba también lo que los adversarios de D. Francisco Zamora llamaban sus « maquinaciones », pero igualmente la astucia y los apoyos de que éste, a pesar de todo, gozaría en las oficinas quiteñas, pues en fin de cuenta, aunque tuviera que cambiar de candidato, conseguiría imponer al que quería26.
94El segundo grupo de documentos de esos años muy reveladores sobre la realidad del comportamiento de D. Francisco de Zamora y el concepto que formaban de él los demás indígenas del corregimiento, está en los juicios de residencia del corregidor de Latacunga D. Isidro Yangüés y Valencia, y de su sucesor D. Simón Fuentes y Vivero27.
95En el primero, que tuvo lugar entre abril y finales de 1771, el « aliado » de D. F. de Zamora, D. Francisco Hati Cañar y cuatro principales de las parcialidades de Sigchos hablaron, el 4 de abril, de los censos de comunidad dijeron:
« que saven que ay más de sinquenta mil pesos de principal de los sensos de comunidad pertenecientes al común de yndios de dicho pueblo y los demás de la jurisdicción de este dicho Asiento de Latacunga, pero que no saven en qué fincas se alian ynpuestos, que don Francisco Samora, casique principal y governador de los pueblos de Toacaso y Sigchos a corrido con las cobranzas de los réditos de dichos sensos, por avérsele dado a este governador comición por los señores de la Real Audiencia de Quito quien podrá dar razón del estado en que se alia dicha cobranza y en qué se a distribuido, que no ay ospital de yndios en este dicho Asiento, ni que no se paga tal medio real de derrama y que no saven de otra cosa ».
96Algunos días después, D. Francisco Hati Cañar volvió a declarar prácticamente lo mismo sobre este tema, esa vez con otros principales y mandones de Toacazo, imitado por los caciques de San Sebastián, San Miguel de Molleambato (D. Tomás Hati), Saquisilí (D. Hilario Cando Cañar, que insistió sobre que de esa situación « se le segu[ía] perjuicio a todo el común de yndios de esta dicha jurisdicción »), y de Aláquez – D. Joseph Pullupagsi – que recordó cómo era el propio D. F. Zamora quien había pedido a los demás caciques el poder que le permitía desde entonces manejar los censos de comunidad, al parecer a su antojo.
97Llamado a comparecer ante el juez de residencia a mediados de noviembre, D. Francisco de Zamora se presentó el 20 de ese mes. Explicó con muchos detalles sus diversas actuaciones en cuanto a los censos se refería. Puntualizó primero que esa responsabilidad, iniciada en 1746, era para él muy riesgosa ya que los caciques se la habían delegado:
« bajo la condición que yo pusiese [escribía él] los costos procesales y personales y, de ganar el litigio, cojiese la mitad de lo más bien parado, y de perder, perdiese yo el todo ».
98A continuación, venía una larga lista de pleitos contra los morosos de los que se había ocupado y que había ganado, pero en que, en todos, o no lo habían pagado después de la sentencia, o los tasadores habían tardado de manera inexplicable, o los escribanos habían muerto, o se habían extraviado los papeles, o él había tenido que esperar 19 años para cobrar lo debido, o las decisiones de la Real Audiencia, como la del 14 de enero de 1765, habían quedado letra muerta... Además, D. F. de Zamora insistía en lo penoso que era para él esa situación. Citaba el caso de un pleito contra los dominicos en el que le habían « lastimado el crédito y buena opinión »:
« ... disiendo que, por haver cojido cantidad de pesos, havia desertado la causa, lo que se me hiso más sensible por ser de mayor estimassión que la misma vida ».
99En cuanto a las acusaciones apenas veladas de los demás caciques, D. Francisco escribió que la situación había sido muy cómoda para ellos, mientras que el odio de los deudores se había concentrado contra él y había tenido que pagar las consecuencias:
«Siempre han estado contra mí [...] suponiendo que yo sólo soy el mal yndio, y que los demás casiques, quienes por contemplar y temer el litigar contra las personas que suponen ser poderosas, no han querido darme medio real para esta caussa y acordaron por más conveniente hacer de mí la cessión de dichos réditos según consta en el otro processo y por la suma insolvencia en que me hallo sin poder satisfacer a mis acrehedores ».
100Habiéndole dado dos días la Audiencia para que indicase con precisión sobre qué propiedades estaban impuestos los censos, el gobernador de Toacazo entregó el 22 de noviembre una lista de tres páginas, con las fechas de las imposiciones y el monto de los diversos censos que declaraba haber « descubierto ». Resultaba que el total se elevaba a la enorme cantidad de 54 494 pesos. Por otra parte, como sólo le habían pagado 2 000 pesos, explicaba con detallados cálculos que el común de indios le estaba debiendo personalmente... 8 381 pesos y dos reales y medio.
101El juez de residencia no parece haber quedado muy convencido. Constataba que D. Francisco estaba « sin documento que acredita[se] el derecho que [tuviese]». Por lo de las propiedades sobre las que estaban impuestos los censos que decía haber descubierto, no había documento. Como el gobernador no había cobrado nada, no existía comprobante que diera fe de sus aserciones. Detalle más sospechoso aún, los intentos de los colaboradores del juez tampoco habían dado resultado:
« Aunque por medio del escrivano de esta comición se han practicado algunas diligencias accesorias, aberiguando in boce con algunas personas de hedad, vecinas de este Asiento, no se ha conseguido noticia berídica sobre ello ».
102En conclusión, sobre este aspecto de sus encuestas en el que nada quedaba claro, el 19 de diciembre, el juez terminó sugiriendo que la Real Audiencia nombrase a una persona « inteligente y de respecto » para averiguar la realidad.
103Nada se resolvió. Cuando, en 1778, D. Simón Fuentes y Vivero, sucesor de D. Isidro Yangües, fue investigado a su vez sobre su manejo de los censos de comunidad, precisó que nunca había cobrado nada al respecto, y que D. Francisco estaba encargado de ellos desde hacía años, a raíz de una comisión de los demás caciques del corregimiento. Se interrogó entonces a los indios de las diversas zonas. Si en Tanicuchí y San Miguel no dijeron nada, los testigos de los demás pueblos dieron una serie de informaciones, y expresaron de manera más o menos contundente su parecer.
104A mediados de mayo de 1779, los caciques de Insilibí declararon que:
« ... a don Francisco Samora, governador del pueblo de Toacaso, le dieron poder todos los caciques de la jurisdición de este dicho Asiento para que averigüe en qué fundos y qué cantidades son los [censos] que se hallan inpuestos a veneficio de los naturales; y en esta virtud han tenido noticia que dicho Samora está cobrando los réditos vencidos en pago de cantidad de pesos que dice tiene gastado de su propio peculio sobre este asumpto y, respecto de haver pasado bastante tiempo desde que se hiso cargo de esta cobranza, deverá dar quenta con instrumentos que la justifiquen ».
105Los caciques de Saquisilí indicaron que, efectivamente, los jefes étnicos del Asiento habían delegado la administración de los censos a don Francisco muchos tiempo atrás, pero – detalle interesante – a petición del propio protecto general Luján y Vedia, tan importante como hemos visto en los inicios de la carrera del gobernador de Toacazo. De momento, los caciques no podían declarar más nada. Los tributarios de Saquisilí, interrogados de seis en seis, precisaron, que D. F. de Zamora:
«no a dado quenta hasta hoy [...] que aunque le han pedido quantas de todo lo que a cobrado, no a querido dar de ningún modo [...] que no avía dado quenta en muchos años, aprobechándose de los réditos ».
106Los caciques de San Sebastián, no sabían en qué quedaba el asunto, y remitían a lo que declararía D. Francisco:
« dará quenta don Francisco Samora, governador de el pueblo de Toacaso, por aver corrido con el cobro de los réditos, de muchos años a esta parte, en virtud del poder conferido por los demás casiques de este dicho Asiento ».
107Sus tributarios manifestaron también su total ignorancia:
« no saven en qué se convierte su producto ni si ay caxa de comunidad [...] Don Francisco Samora a cobrado los censos que ay en este Asiento y no saven dónde ni en qué fundos se hallan inpuestos ».
108Lo mismo atestiguaron los de Cusubamba...
109Legítimamente intrigado, el juez Francisco Javier de Merisalde y Santisteban, entonces corregidor de Otavalo, convocó a D. Francisco para que diese cuenta de todo con claridad, y precisase en qué fundos estaban impuestos los censos, quiénes eran los dueños, cómo había utilizado los réditos y cuál era el saldo de todo. Según escribió D. Francisco Javier, no le fue fácil conseguirlo. El juez hablaba de:
« ... la malicia y resistencia del citado governador que sin embargo de haver sido llamado y emplasado, no a querido comparecer en este Asiento, por si con los demás yndios, que se le mandó, valiéndose de superfluos empedimientos y apariencia en una carta escrita en respuesta de la que se le dirigió al pueblo de Toacaso ».
110Como don Francisco se negaba a rendir cuentas y a una confrontación con los demás testigos, el juez le mandó entonces buscar en Quito, en Aloasí, y por fin se lo localizó en Machachi donde se le notificó la obligación de personarse sin demora en Latacunga.
111En su declaración de cuatro páginas bien llenas, D. Francisco empezó recordando en qué condiciones los demás caciques le habían encargado los censos, y puntualizó que desde 1746 había podido recuperar 2 406 pesos, mientras que el total de sus gastos al respecto se elevaba a... 7 974 pesos, «por el inmenso travaxo y gastos que hecho (sic) en buscar escripturas, descubriendo la quantiosa que llevo referida». A continuación, ofrecía la lista precisa de sus trámites y contaba sus desvelos: sus peleas contra el corregidor Joseph Cifuentes y el general Lorenzo Viteri cuando fue encargado de los censos, el descubrimiento de uno de 4 000 pesos sobre la hacienda agustina de Zumbahua, etc. Cada vez, gracias a sus esfuerzos había conseguido decisiones de justicia favorables, pero por una razón u otra, nunca había podido cobrar nada.
112El viejo gobernador terminaba con una diatriba contra los caciques del Asiento que, en vez de haber cumplido con su deber, se habían descargado en él, y ahora le echaban toda la culpa:
« Los casiques, por el temor y adulación y que no quieren tener enemigos, pretenden eximirse de la obligación de sus empleos [...] los casiques estando metidos en sus cosinas, con las çérvicias, asando papas y cuyes, tomando sus licores, y que yo sólo aumento enemigos, gaste mucho caudal y acave la vida en campaña; y lo que es más, me procuran que la sopa hecha les ponga en la voca, vosiferando solamente que e cobrado mucho más de que se me deve ».
113Si la cuestión de los censos y sus réditos revelaba un malestar real entre los caciques y tributarios del corregimiento y, por lo menos, grandes reticencias de los testigos en cuanto al manejo de D. F. de Zamora, una lectura cuidadosa del juicio de residencia, de manera indirecta también implicaba al gobernador de Toacazo. Entre los pocos cargos que finalmente se hicieron al corregidor en cuanto a su gobierno de los indígenas, figuraba el que hubiera autorizado que uno de sus sirvientes, Agustín Flores comprase tierras en San Felipe, cosa en principio prohibida, pues era un pueblo indígena. Además, se reprochaba al corregidor « haver obligado por fuersa a los yndios de San Felipe a emplearse en barios trabajos », haber encarcelado tres días « sin justa causa » al alcalde mayor de ese pueblo. Ahora bien, precisamente D. Francisco de Zamora era, como hemos visto, cacique de San Felipe. No se decía que hubiera protestado por estos abusos, cuando se preciaba de haberlo hecho en otras innumerables circunstancias parecidas ¿No recaía de alguna forma también esa culpa en él, pues era la máxima autoridad indígena de la población y, en cierta medida el aliado del corregidor? ¿No habría sido su silencio el precio pagado por el nuevo sesgo que habían tomado las relaciones entre D. Francisco y D. Simón?
114En fin, un último punto. Varias veces en el juicio, los indígenas se quejaron de la cobranza del tributo, de la ausencia de padroncillos, de que se lo exigía sin averiguar la fecha de nacimiento de los « llactayos », « exigiéndolo muchas veces antes de que [tuviesen] la hedad señalada ». Cuando D. Simón Fuentes y Vivero fue interrogado sobre esa cuestión tan central, precisó acto seguido que él no tenía nada que ver en todo aquello. La Real Audiencia había dado una comisión al cacique D. Francisco de Zamora:
« para que corriese con esta recaudación y que como no a obtenido el ramo de cobranza de tributos que se acostumbraba, no ha entrado real alguno en poder del declarante ».
***
115Aunque don Francisco de Zamora siguió defendiendo los intereses de los tributarios indígenas, a partir de los años de 1760 la imagen de él que nos devuelve la documentación se matiza de manera sensible. No pudo contradecir en el fondo los ataques de aquellos que le acusaban de aprovechar su autoridad de cacique gobernador para reforzar sus intereses de estanciero en Aloasí, y vincularse mejor con el grupo de los terratenientes. No vaciló en aliarse, aunque de manera eso sí fluctuante, provisional y ambigua, con el corregidor de turno, cuando le convino buscar solidaridades para enfrentar a su nuevo enemigo, el cura doctrinero.
116Las confesiones de D. Francisco Hati Cañar a la hora de morir son reveladoras de otra faceta que, desde tiempo atrás denunciaban sus enemigos. Durante años, y en repetidas ocasiones, se las había agenciado dentro de su red familiar para manipular y conservar mañosamente en su provecho personal la herencia del primer marido de su esposa que le había permitido dar en el ambiente comarcal el salto cualitativo decisivo hacia una posición de cierta relevancia que la modestia probable de su nacimiento no le podía haber proporcionado.
117En fin, las numerosas y convergentes acusaciones en contra de él a propósito de su manera de administrar los censos comunitarios, sus silencios, sus respuestas confusas y dilatorias al respecto, no dejan de interrogarnos también sobre su integridad y, de todas formas, en cuanto a la eficacia de sus gestiones.
Notes de bas de page
1 Indígenas, 1763. Para las sucesivas adquisiciones de tierras del colegio de Latacunga a partir de finales del siglo XVII. v. Germán COLMENARES. Haciendas de los jesuítas en el Nuevo Reino de Granada, siglo xviii, 2a ed., TM editores, Santafé de Bogotá, 1998, cap. V, en particular p. 42-43. Colmenares insiste en que, para redondear sus haciendas, los Padres compraron no pocas veces pequeños pedazos de tierra a indios y caciques. Representaban el 20% de las transcacciones pero tan sólo el 8% del valor de las mismas. Para ejemplos concretos, v. Segundo E. MORENO YÁNEZ, « Traspaso de la propiedad agrícola indígena a la hacienda colonial: el caso de Saquisilí», Contribución a la etnohistoria ecuatoriana, Otavalo, IOA, Colección Pendoneros n° 20. 1981. pp. 245-275. Es de notar que en este trabajo aparece, en 1689 (p. 255), la compra de media caballería por un tal Miguel de Samora, « indio natural del pueblo de San Felipe », muy posiblemente el padre de Francisco. Esa tierra había de pasar en adelante a la hacienda de la Compañía.
2 Indígenas, 1763. El 25 de junio, en Latacunga, D. Francisco había tomado la precaución de hacer interrogar oficialmente a ocho indios de Toacazo sobre los puntos desarrollados en su alegato. Mediante un intérprete « todos juntos». contestaron positivamente las cinco preguntas del cacique.
3 En los años 1740, D. Francisco presentaba a Laurencio Redrobán como una especie de testaferro del marqués de Maenza, pero los dos terminaron enemistados. En un documento de 1758. Redrobán explica cómo habiendo abandonado la administración de las haciendas y de los obrajes del marqués, éste hizo que sus mayordomos le quitasen mañosamente treinta y nueve trabajadores indígenas del obraje que poseía, de modo que no tuvo más remedio que malbaratarlo (Indígenas, 1758).
4 Esta importante exención daba lugar, a veces, a maniobras interesadas de las autoridades locales. V. en 1748. la queja del arrendador de las encomiendas de Yaruquí. Denunciaba al doctrinero que. con el visto bueno del corregidor, había declarado «forasteros» a cinco « llactayos». Estos se libraban así de sus obligaciones, pero tenían que pagar dos veces más a su cura... (Tributos, 10).
5 V. Karen POWERS VIEIRA, Prendas con pies...op.cit.. cap. III, en particular pp. 194-203.
6 V. la queja de D. Manuel Sanipatín, cacique principal de Mulaló, donde cincuenta forasteros se negaban a servir al cura del pueblo que, sin embargo, los atendía sin discriminación (Indígenas, 1740). Este expediente lleva adjunta una carta en la que el fiscal de la Real Audiencia (15/111/1734) informa de un documento suscrito por D. Joseph Pullupagsi, cacique principal y gobernador del distrito de Latacunga. en nombre del común de caciques, sobre que muchos forasteros, a pesar de haber recibido tierras de comunidad, querían seguir gozando de su antigua exención en cuanto a mita se refería.
7 Indígenas, 1761
8 Temerosos, adjetivo hoy caído en desuso y que corresponde al también anticuado pavura (pavor).
9 Indígenas. 1768.
10 Por formar parte estos documentos de un legajo con elementos anteriores, están en Indígenas, 1763.
11 Cobranza general de los tercios de Navidad de 1744 y San Juan de 1745 por Joseph de Cifuentes, capitán de infantería española, corregidor de Latacunga (Tributos, 9 exp. 23). Para el testamento del capitán Francisco de Zamora, el 7/IX/l 764, v. Notarías de Latacunga, notaría 2a, Guillermo Jerez y Espinosa / José Javier Granda (1764-1766). Entre otras cosas, es de notar que había tenido una hija natural, con una mujer perteneciente a la familia de los Zaragozí, caciques de San Sebastián, el barrio indígena del Asiento de Latacunga.
12 Libro de cobranza general de la gruesa de tributos de las cinco leguas de este corregimiento de Latacunga que corre a cargo del Señor general D. Manuel de Aginia y Herze por los tercios de Navidad de 1755 y San Juan de setezientos cinquenta y seis años (Tributos, 11). No hay duda posible sobre la identidad del dueño de esas tierras, pues se precisa después del nombre y apellido. « governador », y en cuanto a la cantidad debida se indica « se pasó en su salario ».
13 Esos contribuyentes eran los siguientes: (San Sebastián) D. J. Caysatoa 18 pesos y D. M. Flores 5 pesos; (San Miguel) D. T. Hati 11 pesos; ( Pujilí) D. A. Cordones 10 pesos; (Saquisilí) D. Hilario Cando 6 pesos; (Tanicuchí), D. J. F. Hati Cañar 32 pesos; (Mulaló) D. M. Zanipatín 17 pesos; (Isinliví) D. F. Hati Aja 42 pesos; (Angamarca) D. Gregorio Chicayza 38 pesos. El único en pagar mucho más que D. Francisco de Zamora era D. Joseph Pullupagsi, de Saquisilí, 234 pesos, lo cual no era de extrañar dado sus numerosas e importantes propiedades. Para su testamento, v. Notarías de Latacunga, notaría 2a, Luis Ramón, Tomás de Coba y Castillo (1774-1782) 18/11/1780.
14 Cacigazgos, 8.
15 V. el expediente formado por el Doctor D. Lorenzo Enríquez de Guzmán, cura que fue del pueblo de Tabacundo. . (1786) (Religiosos, 39).
16 Para más detalles, v. el curriculum vitae que acompaña su nombramiento como cura de Alangasí. (Fondo especial. 27, lib. 74, doc. 3119, 11/VI/I 770).
17 Sobre ese aspecto de su curriculum, v. Incorporación de abogados, 1, lib. 3 f. 135. ll/VIII/1763.
18 V. su nombramiento como cura de Toacazo (18/XI/1771) en el que aparecen todos esos detalles, (Fondo especial, 28. lib. 78, doc. 3167).
19 V. Religiosos, 36.
20 V. Religiosos, 37. A pesar de su alejamiento de la región de Latacunga, D. Mariano seguió teniendo relaciones con esa comarca. El 13/X71780, D. Gerónimo Garzón, vecino del Asiento, le dio poder para representarle en diversos negocios quiteños. Lo hacía aludiendo a su calidad de abogado (Notarías de Latacunga, notaría 2a, Luis Ramón / Tomás de Coba y Castillo - 1774-1782 -).
21 Religiosos, 31.
22 Autos del doctor D. Mariano Enríquez, cura del pueblo de Toacasso, sobre paga de estipendios (Religiosos, 31).
23 Religiosos, 32, exp. n°2. Durante su administración, D. Simón de Fuentes y Vivero se había enfrentado con no pocos sectores sociales del corregimiento: varios doctrineros, el marqués de Miraflores - por razones que veremos en capítulo siguiente - pero también, al parecer, con buena parte de los vecinos de Latacunga que le acusaban de numerosos y graves atropellos contra indios y españoles. V. sobre esto la carta muy alarmista firmada a comienzos de 1775 por nueve personas y dirigida a la Real Audiencia (Fondo especial 33, lib. 93 doc. 3540).
24 El expediente termina sobre una serie de papeles suscritos por caciques de Ambato (Santa Rosa) y Cuenca (Sidcay) relativos a los abusos de los doctrineros sobre todo en tiempo de fiestas. Aunque bastante posteriores, pues son de 1801. en ellos los responsables indígenas se acogen a un texto de la Audiencia del 11 de agosto de 1786 que retomaba expresamente las disposiciones, que los firmantes citaban, del licenciado Villaluenga y Marfil en 1777-1779.
25 V. por ejemplo, en 1762 el enfrentamiento que había tenido en Sigchos con Diego Aja Ati y el respaldo que le había dado entonces la Real Audiencia (Fondo especial 21, lib. 57 doc. 2493).
26 Cacicazgos, 26. Este expediente consta de nada menos que de 232 folios. V. también Fondo especial, 32, lib. 89 doc. 3435, para una Real Provisión que ordenaba al corregidor de Latacunga formalizar el testimonio de los indígenas de Toacazo favorables a D. Juan Cañar, y en Fondo especial, 34, lib. 94, doc. 3599. otra Real Provisión del 8/VII/l775 tomada a raíz de una petición de D. Faustino Artos, en la que éste arguía que, a falta de herederos indígenas, los cacicazgos podían recaer en mestizos.
27 Residencias, respectivamente 17 y 20.
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