1 Daisy RÍPODAS ARDANAZ, op. cit. p. 63. El estudio más completo sobre los esponsales es, hasta la fecha, el largo artículo de Abelardo LEVAGGI, «Esponsales. Su régimen en Castilla, Indias y el Río de la Plata», Revista del Instituto de Historia del Derecho Ricardo Levene, (Buenos Aires), № 21, 1970, pp. 11-99.
2 Las series del Archivo Arzobispal de Lima que hemos utilizado son las siguientes: Causas criminales de matrimonio (en adelante Cc.): leg. 5 (1670-1699), 6 (1703-1743), 7 (1752-1777), 8 (1780-1808), 9 (1806-1899) y sobre todo Esponsales (en adelante Esp.) leg. 7 (1691-1698), 8 (1701-1727), 8 A (1700-1724), 9 (1728-1768), 10 (1772-1789), 11 (1789-1792), 12 (1793-1798), 13 (1798-1799), 14 (1800-1839). Además de los expedientes procedentes del arzobispado, figuran también allí unas cuantas apelaciones sobre esponsales celebrados en Chile. Los limeños apelaban ante el tribunal eclesiástico de Huamanga.
3 En este expediente de 1797 Manuel de Amat, de veintisiete años, hijo natural de Micaela Villegas, había prometido el matrimonio a Mariana Mancebo, a quien sacó del convento donde vivía. Ya embarazada Mariana, su familia demandó a Manuel que no negó nada. Por el contrario la madre de Manuel, que demuestra efectivamente en los documentos un genio muy fuerte, se opuso rotundamente a tal unión y puso a su hijo preso en una panadería como un esclavo cualquiera (Esp. 12). En la biografía novelada de la Perricholi, Luis Alberto Sánchez alude a este episodio.
4 Para otro caso en el que estuvo de por medio la perspectiva de la ordenación del novio, v. la queja de doña Juana de Rivas, cuyo hijo, de dieciocho años, Tomás Méndes estaba estudiando gramática en su casa con un preceptor con miras a ordenarse, pero se comprometió mal aconsexado o persuadido de algunos alagos con que ha conseguido perturbarlo una muchacha de inferior calidad, pues después de no ser yxa legítima ni aun es siquiera española. (1737, Esp. 9)
5 Existen dos expedientes sobre esta causa (respectivamente en Esp. 10 y 13), con fecha equivocada en uno de los casos, de 1789 y 1798.
6 El disenso también se podía ejercer por motivos meramente económicos. En 1798 el licenciado don José Plácido Gasols y Oliva, clérigo de menores, se opuso a los esponsales de su hermana con un cadete del regimiento real de Lima, sospechando que se quería casar, según decía, sin otro estímulo que el quiere desfrutar la pingüe herencia que tiene que haver [mi] hermana lexítima paterna y materna. (Esp. 13)
7 Sobre el discurso amoroso de la época v. en el expediente de Eugenio Muriel del Castillo contra Magdalena de Cárdenas las veintitrés cartas de amor que habían intercambiado. (1775, Esp. 10)
8 V. el expediente de María Morosani, de Chincha, cuya madre ya la había amenazado con una navaja por oponerse a la promesa de Juan de Dios Campos, a quien presentaba como un díscolo [...] de condición obscura i linage el más ignoble y, según se rumoreaba, asesino de un alcalde indio. (1784, Esp. 10)
9 V. los casos de María Collargas/Manuel Días (1807) y de Juan Navarro/ Petronila Carreño. (1812, CC. 9)
10 Esto hicieron, en 1743, Domingo Díaz y María Jacinta Cabezas. El joven fue condenado después a dos años de destierro en Chile, pero considerando que María Jacinta estaba a punto de parir fue relevado casi en el acto de su pena. (CC. 7)
11 V. al respecto la demanda de Josefa Pérez Muchotrigo contra Pedro Majarrey que se presentó de noche ante el Provisor del arzobispado pidiendo urgentemente una licencia. El provisor se la negó informado que ésta era una niña de onor de padres orinados y familia conosida y que aquel moso era de una condición inferior e indino. Pedro Majarrey contestaba que si tenía la color algo sospechosa, esto era sólo en lo aparente, porque en la realidad era mui español y de sangre mui noble. Mientras tanto, una amiga de Pedro trataba de convencer a la madre de que el novio era mui señorito, que si tenía la color algo morena esto no provenía de falta de limpiesa de sangre, que era un hombre español y de bien, y que se merecía la reyna de España por esposa, que no fiera sonsa... (CC. 7)
12 V. las quejas del Provisor contra Juana de Paredes y Alvarado/Juan de Torres (1674) y Braulio Dolz/María de Peralta y Rocha (1689, CC. 5). V. también el caso de Pablo de Figueroa y María Francisca Cabezudo, de Ica, en el cual el cura se resistió a la emboscada, terminando todo trágicamente va que un esclavo del padre de María Francisca mató al padre de Pablo. (Esp. 9)
13 Sobre esa noción de imbecilidad del sexo femenino, v. para la región de Quito en la misma época el artículo de Christiana BORCHART DE MORENO, «La imbecilidad del sexo: pulperas y mercaderas quiteñas a fines del siglo xviii», Historia de la mujer y la familia, Quito, 1991, pp. 17-35.
14 En su respuesta a ese alegato, el doctrinero escribía al Provisor ante quien se elevaba el caso: «...siendo mui digno de la consideración de Vuestra Señoría no ser el primer echo que dicho Faustino comete respaldado de su deudo de el casique de este pueblo y también el que se les avre una puerta por las maldades, no haviendo chinas seguras pues, con protestar no dieron palabras o que no las alian integras, quedaron absueltos».
15 A manera de comparación con la situación limeña, v. Pablo RODRÍGUEZ, «Promesas, seducción y matrimonio en Antioquia colonial», en Seducción, amancebamiento y abandono en la Colonia, Santa Fe de Bogotá, 1991, pp. 29-71.