Capítulo 6. Relaciones capitalistas y conflictos territoriales: una aproximación a su emergencia y desarrollo en la cordillera rionegrina
p. 185-215
Texte intégral
6. 1. Introducción: la cuestión
1El sudoeste de Río Negro, en su franja cordillerana, se revela como una zona de alta conflictividad territorial. De hecho, en el departamento Bariloche se concentra poco menos de la mitad –un 43 %– de las denuncias recibidas entre los años 2012 y 2015 por la Comisión Investigadora para el Relevamiento de Transferencias de Tierras Rurales de la Legislatura provincial, motivadas por irregularidades en las transferencias de tierras fiscales a manos privadas –ya respondan a la omisión de la intervención del estado provincial, a la afectación de territorios de comunidades indígenas, a la enajenación bajo precios irrisorios, a la violación de los derechos de ocupación de antiguos pobladores rurales (Cañuqueo, Kropff, Pérez y Wallace, 2015)–.1
2A primera vista, se trata de conflictos que se caracterizan, en términos generales, por tener como eje la apropiación de tierras pero también de otros recursos naturales contenidos en ellas; involucrar el despliegue de un amplio abanico de acciones de protesta y demanda colectiva de corte local; trascender el escenario político local y aun provincial, tomando estado público a nivel nacional. Un caso emblemático en este sentido lo constituye el conflicto suscitado desde fines de la década de 1990 en torno a la restricción del acceso público a las aguas del Lago Escondido, ubicado en el paraje El Foyel del departamento Bariloche. El carácter emblemático de este conflicto –que involucra al magnate inglés Joseph Lewis, productores independientes de mercancías, pobladores urbanos, organizaciones sociales, políticas, sindicales, ambientalistas e indígenas, representantes electos de los poderes Ejecutivo y Legislativo de la nación, provincia y municipios cercanos de variado signo político– determinó su constitución en insumo para los fundamentos en base a los que se sancionó la Ley 26.737 (2011), que regulaba la adquisición de tierras rurales por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras, y también la Ley 4.744 (2012), que estudiaba las transferencias operadas sobre tierras fiscales provinciales a través de la Comisión. A pesar de no haber perdido su vigencia en estos años, el caso renovó su carácter relevante y conflictivo a la luz del despliegue de nuevas formas de apropiación de los recursos naturales –entre las que se destaca el desarrollo turístico e inmobiliario que procura realizar la empresa Laderas s. a. en una zona de nacientes de agua, a la que se relaciona de manera corriente con el magnate inglés– y de nuevas formas de acción política en respuesta a aquellas –las últimas, unas movilizaciones masivas en El Bolsón y un acampe en defensa del agua y de la tierra en la plaza San Martín de la misma ciudad en el último mes de 2016 y los primeros de 2017–.
3Por cierto, ricas en suelos, pastos, aguas, bosques, paisajes, las tierras de la cordillera –en particular, aquellas que, ubicadas en la región noroccidental de los bosques andino-patagónicos, se extienden al sur del Parque Nacional Nahuel Huapi entre los valles de los ríos Manso inferior y Foyel y el valle de El Bolsón– son objeto del avance de capitales nacionales y transnacionales de diversa magnitud dispuestos a disputar el territorio ocupado y/o reclamado por comunidades y organizaciones del pueblo mapuche y otros pequeños productores rurales y explotar los recursos naturales de la zona.2 Por su parte, la política seguida por el Estado, que encuentra expresión en la definición de las formas de apropiación de estos recursos a través, por ejemplo, de la implementación de programas de ordenamiento territorial, se tensiona entre la protección y conservación de la naturaleza –mediante la creación de reservas naturales, áreas naturales protegidas, reservas de biósfera por parte del municipio, la provincia y organismos internacionales– y la valorización de aquellos capitales industriales aplicados a diversas actividades productivas.
4El derrotero histórico de la cuestión de la tierra pública en Río Negro –esto es, su expropiación, distribución, privatización y concentración con posterioridad a las acciones militares de fines del siglo xix conocidas como Conquista del Desierto– ha sido objeto de investigación recurrente en los estudios locales; en ellos, la legislación y su aplicación han sido un tópico frecuente de análisis (Ruffini, 2001). No obstante, resulta siempre de un renovado interés teórico, etnográfico y político su abordaje –uno que no se detenga en la condena solo en términos morales de la mercantilización, especulación y extranjerización de la tierra a la hora de dar cuenta de la conflictividad territorial sino que avance sobre sus determinaciones y formas concretas (Iñigo Carrera, 2013)–.
5El propósito de este capítulo consiste, entonces, en realizar una primera aproximación a la trayectoria de los conflictos territoriales emergentes en la actualidad en la zona que se corresponde, catastralmente, con las secciones ix y x del departamento Bariloche, y territorialmente, con la porción rionegrina de la entidad denominada Comarca Andina del Paralelo 42°, integrada por la localidad de El Bolsón y los parajes rurales Río Villegas, El Manso, El Foyel, Los Repollos y Mallín Ahogado. Tomamos como eje para aquella aproximación las formas concretas que asume el avance del capital en estrecha vinculación histórica con aquellas que adoptan la conformación y consolidación de la estatalidad, y su traducción en específicas, múltiples y contradictorias formas de territorialidad –las construidas por los capitales privados (bajo sus diferentes fracciones), el Estado (en sus diferentes niveles) y los sujetos políticos colectivos implicados en los conflictos–. No es nuestro propósito aquí avanzar sobre estas últimas en sí mismas –o, lo que es lo mismo, sobre las maneras (históricas, materiales, simbólicas) de apropiar y experimentar el territorio–. Antes bien, la finalidad de este trabajo es iniciar el examen del proceso que se encuentra en su base: la penetración y renovada expansión de relaciones capitalistas de producción en la zona.
6Para ello, comenzamos por brindar de manera sintética algunos elementos de la trayectoria de esa expansión y su correlato político, institucional, territorial, demográfico; aquellos que consideramos relevantes de modo de historizar las circunstancias presentes. Luego, avanzamos sobre el proceso de privatización y concentración de las tierras en cuestión en manos de capitales nacionales y transnacionales, y su particular dinámica de apropiación de los recursos naturales –suelos, pastos, aguas, bosques, paisajes, biodiversidad–, a partir de la presentación de tres casos. El primero de ellos es la adquisición de tierras para el desarrollo de un emprendimiento turístico e inmobiliario en el cerro Perito Moreno por parte de Laderas s. a. El segundo, la conformación de la estancia Hidden Lake –Lago Escondido– del magnate inglés Joseph Lewis, cabeza de la empresa multinacional Tavistock Group.3 Como contracara paradigmática del avance de los capitales individuales, abordamos, en tercer lugar, el proceso de despojo en el que se ve implicada la comunidad Las Huaytekas (ver figura 6. 1).4 Por último, exponemos algunos comentarios concluyentes.
7Antes de continuar, resulta necesario realizar una breve aclaración sobre la metodología empleada. La aproximación que aquí presentamos se funda en la lectura de un corpus de expedientes legislativos producidos en el ámbito de la mencionada Comisión Investigadora,5 la revisión de bibliografía referida a investigaciones empíricas desarrolladas en la zona y el relevamiento de otras fuentes secundarias. Resta para futuras instancias de investigación la realización de trabajo en terreno de modo de enriquecer y complejizar aquella aproximación fundada en registros escritos producidos en el marco del Estado a partir de contemplar los sentidos construidos por los sujetos implicados de manera inmediata en el proceso que desplegamos a continuación.
Figura 6. 1. Conflictividad territorial en el sudoeste de la provincia de Río Negro, entre los valles de los ríos Manso inferior y Foyel y el valle de El Bolsón

Fuente: Elaboración de Anabella Fantozzi y Yamila Sabatier.
6. 2. El capital: la trayectoria de su expansión sobre el territorio
8Se sabe que la conquista militar de la Patagonia a fines del siglo xix (1878-1885) significó la incorporación de las tierras del sur a los dominios del capital agrario y de su proyecto geopolítico. El curso histórico concreto que siguió el proceso de acumulación de capital en la región implicó, desde sus inicios, la expropiación, privatización y concentración de enormes extensiones de tierra, hasta entonces ocupadas por los pueblos indígenas, en pocas manos y, de manera concomitante, el exterminio físico, sometimiento e incorporación de esos pueblos bajo renovadas condiciones materiales de existencia.6 Por cierto, la apropiación privada de los medios de producción conllevó su progresivo corrimiento, arrinconamiento y reasentamiento en tierras marginales –consideradas, luego de las campañas de ocupación militar, tierras públicas, y sus ocupantes, fiscaleros–, de reducido tamaño, escasa productividad y difícil acceso. De ahí en más, fueron diferentes las formas de radicación de las que fueron objeto (Briones y Delrio, 2002). A quienes lograron congregarse en torno a caciques reconocidos por el Estado se les concedió tierras, no sino después de largas negociaciones con el poder central, muchas veces bajo la forma de colonias pastoriles.7 Otros casos de radicación colectiva se resolvieron sobre la base de permisos precarios de ocupación en tierras fiscales a un determinado jefe y su gente. Por último, otras radicaciones fueron las de individuos dispersos que debieron justificar por medio de su capacidad productiva y el cumplimiento de obligaciones civiles su permanencia en tierras fiscales (Cañuqueo, Kropff y Pérez, 2008).
9Es esta última la forma que asumió, hacia fines del siglo xix y principios del xx, la ocupación de las tierras que nos competen. Exaltadas las riquezas de su ambiente –tanto es así que los exploradores que se dedicaron a su identificación, relevamiento, descripción y evaluación definieron a la franja cordillerana, sobre la base de su condición de lugar de posibilidades para el pleno desarrollo capaz de recibir inmigración europea, como la «Suiza argentina» (Navarro Floria, 2007a, 2007b y 2009)– y construidas –tras el avance del ejército nacional y al igual que la generalidad de la Patagonia– como un espacio vacío, vacante, disponible para su ocupación y puesta en producción, se instalaron en ellas pequeños productores provenientes allende la cordillera (Cabrera, Xicarts y Caracotche, 2008). Por cierto, el paso cordillerano del Manso –o Cochamó–, de baja altitud (alrededor de 350 m s. n. m.), habilitó la gran afluencia de población –indígena y no indígena– hacia los valles que hoy conforman la Comarca Andina; explicada, esta, por la avanzada del ejército sobre las tierras del sur ocurrida en el país trasandino (Delrio, 2010) –conocida allí como Pacificación de la Araucanía– y también por la expansión de los cultivos en el sur de Chile y el consiguiente aumento de los costos de inquilinaje (Navarro Floria, 2009). Claro está que los contactos a uno y otro lado de la cordillera fueron intensos antes, durante y aún después de la etapa formativa de los Estados nacionales argentino y chileno: hasta por lo menos la década de 1930 no hubo límite para la circulación de personas y bienes –aunque esta fuera encontrando, de manera progresiva, nuevas condiciones para su realización– (Bandieri, 2011; Radovich y Balazote, 1995). Quienes se instalaron en el valle del río Manso inferior entre la última década del siglo xix y las primeras del xx –entre otras, las familias Turra, Gallardo, Oyarzo, Orrego, Bahamonde, Anticura, Barría, Calfu, Bayer, Lanfré y Rojel, según Cabrera y otros (2010)– fueron identificados por la administración del Estado argentino como «intrusos en tierra pública» por cuanto carecían de permiso o título para ocuparla (Pérez, 2016).8
10Fue a principios de la década de 1910 que también llegó a la zona el geólogo norteamericano Bailey Willis, a la cabeza de la Comisión de Estudios Hidrológicos (1911-1914) enviada por el ministro de Obras Públicas Ezequiel Ramos Mexía con el objeto de elaborar un plan integral de desarrollo de la región como forma de fomentar los territorios nacionales (Navarro Floria, 2007b). Puesto a describir las particularidades de, entre otras, las tierras de los valles de El Manso y El Bolsón como primer paso para la definición de su aprovechamiento productivo, Willis (1914) las clasificaba con relación a su aptitud para el pastoreo y el cultivo. Decía el autor que el valle inferior del Manso, por su baja altitud y abundantes precipitaciones, se adaptaba bien al pastoreo, la agricultura y la colonización permanente –dándola por cierta en el futuro, más aun siendo que una de las principales rutas de viaje a través de la cordillera occidental a Chile pasaba por ese valle–. Igual destino imaginaba para El Bolsón. Con tierras singularmente fértiles, un clima excepcionalmente benigno y una irrigación de fácil implementación, este valle se revelaba adecuado para el cultivo de granos, legumbres y frutas. Sobre la base de esos condicionamientos naturales particularmente favorables, El Bolsón se constituía ya entonces en un centro de población y sería, en el futuro, uno de comercio y turismo.
11Bajo estas condiciones, las familias asentadas en los valles desarrollaron una economía de subsistencia basada en: a) la agricultura en pequeñas parcelas (trigo, cebada, centeno, avena, papas, habas, árboles frutales); b) la cría de animales, principalmente, vacunos, pero también caprinos, lanares, yeguarizos, en ocasiones bajo la práctica de la mediería;9 y, c) el trabajo con la madera en pequeña escala. Los productos del campo, especialmente los cereales y las hortalizas, eran insertados, para su comercialización, en circuitos de circulación e intercambio con la zona de la estepa. Esta economía era complementada, en algunos casos, con el trabajo asalariado estacional –en calidad de reseros, jornaleros– para empresas ganaderas, como la Sociedad Agrícola y Frigorífica Cochamó o también la Sociedad Comercial y Ganadera Chile-Argentina que, desde su conformación en el país vecino en 1904 hasta su disolución en 1911 y 1917 respectivamente, utilizaban varios valles del este de la cordillera como campos de pastoreo de ganado bovino (Cabrera y otros, 2010; Méndez, 2010).
12Como dijimos anteriormente, su instalación en la zona fue de manera dispersa,10 con una situación precaria respecto de la tenencia de la tierra.11 Y se vio determinada por el carácter de espacio fronterizo de aquella en el marco más general de producción de un espacio social que encerraba la territorialización y desterritorialización diferenciales por sectores de población (Pérez, 2016). Por cierto, este carácter resultó en la preocupación estatal por evitar el asentamiento definitivo de población a la que se adjudicaba una pertenencia al Estado chileno.12 Esto no hizo sino redundar en la consecuente inhabilitación de esta población para arrendar o adquirir en propiedad la tierra. De esta limitación –o, de otro modo, de la conveniencia de que los inmuebles ubicados dentro de la zona de seguridad de frontera estuvieran en manos de ciudadanos argentinos– dan cuenta de manera repetida las inspecciones de tierras realizadas en la década de 1940. Así, entre las conclusiones correspondientes a una de ellas efectuada en febrero de 1940 a las tierras ubicadas en los lotes 99 y 100 de la sección ix y lote 91 de la sección x del departamento Bariloche se señala que:
hay que tener en cuenta que la mayoría de ellos [los pobladores] no están en condiciones de contratar con el Estado por carecer de recursos para realizar una explotación eficiente y por otra parte, muchos de ellos son de nacionalidad CHILENA, por lo cual estarían inhabilitados para adquirir o arrendar tierras fiscales en la ZONA DE FRONTERAS (García y Sinay, 1940, mayúsculas en el original).
13Cabe adelantar aquí, que algunas de las familias mencionadas anteriormente, históricamente identificadas y visualizadas como «chilenas» –por ejemplo, en las solicitudes de tierra rural para arrendamiento y concesión en venta presentadas ante la Dirección del Servicio de Tierras y Colonias de Río Negro– y negadas e invisibilizadas como mapuche –en tanto la presencia indígena suele circunscribirse geográficamente a la zona de meseta (Cañuqueo, Kropff, Rodríguez y Vivaldi, 2005; Crespo, 2012; Tozzini, 2014)–13 hoy públicamente reivindican una identidad étnica específica y demandan reconocimiento como colectivos indígenas. Tal es el caso de las que conforman la comunidad Gallardo-Calfu, cuya personería jurídica se encontraba hasta el año 2014 en trámite; y también de la comunidad Las Huaytekas, con personería jurídica registrada por el estado provincial en 2005.
14Ahora bien, como de la cita anterior se desprende, no solo la condición de ciudadanía se constituyó en un obstáculo –desde los años treinta en adelante– para regularizar la situación dominial de la tierra ocupada; también actuó en idéntico sentido la falta de capital para poner esa tierra en producción. Así queda explicitado en una inspección realizada también en febrero de 1940 con motivo de la solicitud en arrendamiento, por parte de Jubinalda Soria, de un campo de 100 has ubicado en el lote 79 de la sección ix del departamento Bariloche, en el paraje El Foyel:
tampoco sería conveniente contemplar dicho pedido a efectos de evitar la existencia de un poblador que ejerciendo una explotación precaria, molesta la que pueda realizar uno que introduzca importantes capitales en mejoras y haciendas, que es lo que esta Comisión [Inspectora] propicia. (Sinay, 1941)
15Por cierto, estos pequeños productores –indígenas y no indígenas–, que organizaban su producción hortícola, cerealera, de frutas y animales sobre la base del trabajo doméstico, viéndose circunscriptos y enmarcados en algunos casos en específicas «formas legales de espacialización y organización» (Briones y Delrio, 2002, p. 72), como las reservas indígenas –colonia indígena Nahuelpan–14 o bien las colonias agrícolas y pastoriles –colonia mixta Martín Fierro–15, comenzaron a coexistir, de manera creciente, con capitales de diversa magnitud dispuestos a disputar y explotar los recursos de la zona. En efecto, como adelantáramos en la introducción, las tierras de la cordillera –y su riqueza– fueron objeto no solo de la protección y contemplación mediante la creación de áreas de conservación de la naturaleza como formas de la estatalidad –desde el temprano Parque Nacional Nahuel Huapi, que tiene por límite sur el río Manso,16 hasta la reciente reserva de biósfera Andino Norpatagónica– sino también de la explotación forestal de especies nativas y exóticas con fines maderables y no maderables. Esa misma riqueza constituyó a las tierras en tentadoras para el consumo individual como valor de uso de grandes terratenientes y para la valorización de capitales industriales aplicados a la actividad turística. No obstante, la zona que nos compete no dejó de asumir el carácter de satélite del epicentro histórico de esta actividad –San Carlos de Bariloche–, el turismo recibió un notable impulso desde las décadas de 1980 y fundamentalmente de 1990 (Bellelli y otros, 2005; Xicarts, 2005), en tanto nueva forma de la tendencia expansiva del capital; la posibilidad es la de tener renta de la tierra sobre su base. A esta actividad se han asociado, de manera indefectible, inversiones inmobiliarias de capitales regionales y extrarregionales.
16En efecto, es la generación de condiciones propicias para la inversión de capital el fundamento que se encuentra en la base de la incorporación, en la década de 2000, de una zona otrora marginal en términos productivos y aislada en términos viales a mecanismos institucionales supranacionales como la Iniciativa para la Integración de la Infraestructura Regional Suramericana (iirsa), dirigido a alcanzar la integración regional a través de la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales y de la planificación e implementación conjuntas de programas y proyectos de modernización de la infraestructura de transportes, energía y comunicaciones, entre otras medidas. El Eje de Integración y Desarrollo del Sur es definido como una franja multinacional de territorio, con un área de influencia de 686 527 km2 entre los 37° y los 43° de latitud sur en las jurisdicciones de la Argentina –provincias de Chubut, Neuquén, Río Negro y porción sur de Buenos Aires– y Chile –regiones del Bío-Bío, Araucanía, Los Ríos y Los Lagos– y una población de 6 473 238 personas. Dos son las características que destacan los planes de acción estratégicos: la presencia de comunidades indígenas en prácticamente la totalidad de su territorio –la que, junto a la gran extensión del territorio, la condición de aislamiento de los asentamientos humanos, el menor desarrollo de la infraestructura, es pensada como un factor que determina y explica el «rezago económico» del eje– y la existencia de unidades territoriales con algún grado de protección; previéndose, en ambos casos, su impacto directo bajo la forma de distintas expresiones –aumento en la presión sobre el medio natural, reemplazo de bosques nativos, pérdida de biodiversidad, expansión de explotaciones forestales, explotación turística intensiva, expulsión de pobladores originarios– como consecuencia de la proximidad de las obras a ser ejecutadas (Parimbelli, 2016). Se trata de mejoras en las carreteras que cruzan la cordillera y los pasos de frontera asociados (pavimentación del acceso al paso El Manso-ruta provincial 83, en la Argentina, y construcción del camino de acceso al paso fronterizo Río Manso en Chile), con vistas a «reducir costos de transporte para ampliar el intercambio de bienes y servicios entre los países y la complementariedad económica», así como generar «oportunidades de desarrollo económico sustentable y social» (Consejo Suramericano de Infraestructura y Planeamiento, 2017, p. 155). Por cierto, desde la óptica del capital total de la sociedad –o sea, del conjunto de los capitales de la sociedad– y su representante en el ámbito de las relaciones políticas, el Estado (Iñigo Carrera, 2013), estas obras de infraestructura no hacen sino expresar –así como lo hacían ya a principios del siglo xx el trazado de rutas y ferrocarriles, cuando de lo que se trataba era de transformar el espacio patagónico en uno de progreso (Pérez, 2016)– la renovada intervención para el desarrollo en la región, tanto en su carácter de desarrollo de las fuerzas productivas materiales de la sociedad como en su condición de formación discursiva.
6. 3. Caso 1: las tierras de Laderas s. a.
17La adquisición de tierras para el desarrollo de un emprendimiento turístico e inmobiliario en el cerro Perito Moreno, cercano al paraje Mallín Ahogado y distante unos 25 km de El Bolsón en dirección noroeste, ejemplifica de manera paradigmática el avance de capitales, en principio, nacionales. Su ejecución se encuentra en manos de la empresa Laderas s. a., integrada por Laderas del Cerro Perito Moreno s. a., constituida en 2010, y Laderas del Paralelo 42 s. a., constituida un año más tarde. Lejos de tener por objeto la producción agropecuaria, sus actividades son la inmobiliaria, la turística, la hotelera y la constructora.
18Además de encontrarse en zona de seguridad de fronteras –definida por un ancho máximo de 150 km en la frontera terrestre–, el emprendimiento está emplazado dentro de distintas áreas de conservación de la biodiversidad, las aguas y los recursos forestales del lugar: la reserva natural Cumbreras de Mallín Ahogado,17 el área natural protegida Río Azul-Lago Escondido18 y la reserva de biósfera Andino Norpatagónica.19 Estas múltiples inclusiones resultan en una serie de limitaciones en cuanto al uso de los suelos, el desarrollo de infraestructura y la realización de actividades –agropecuarias, industriales–, así como en la necesidad de planificar el manejo de los recursos naturales comprendidos y de contar con la aprobación de organismos específicos para el acceso a la tierra. En un sentido ya no tan claramente restrictivo opera la inclusión de parte de la superficie boscosa en cuestión en la categoría ii, de acuerdo a la zonificación contemplada por la Ley provincial 4.552 sancionada en 2010 con el objeto de establecer un ordenamiento del territorio provincial y así dar cumplimiento a los umbrales básicos de protección fijados por la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos (ver figura 6. 2).20
Figura 6. 2. Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos. Zonificación junio de 2010

Fuente: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de Río Negro (2015).
19Una porción de las tierras comprendidas en el emprendimiento, la ya referida Pampa de Ludden, es la ocupada de manera precaria desde principios de la década de 1950 por Cipriano Soria, dedicado a la cría de ganado. Ubicadas en parte de los lotes 81 y 82 de la sección ix del departamento Bariloche, y lindantes con las tierras que hoy conforman la estancia Hidden Lake, una superficie aproximada de 2500 has fueron solicitadas por Cipriano para arrendamiento y concesión en venta en el año 1983. Fue en 1994 que se le otorgó un permiso precario de ocupación por alrededor de 1000 has. Luego de su muerte en 2006, se le extendió a su hija un permiso precario de ocupación por una superficie aproximada de 450 has en el año 2007 y la adjudicación en venta –al precio de $ 66,37 la ha– de alrededor de 1500 has en 2009. Fue en este mismo año que se le extendió la escritura traslativa de dominio sobre alrededor de 1500 has de tierra. Transcurridos tan solo seis meses desde su adjudicación, es decir violando la imposibilidad contenida en la Ley de Tierras 279 (1961) de enajenar el inmueble antes de transcurridos los cinco años de su adjudicación, se procedió a su fraccionamiento –con el argumento de destinar las distintas parcelas resultantes a la explotación pecuaria de manera independiente entre sí– y a la venta de dos de ellas –unas 850 has en total– en el año 2010 a favor de Maximiliano Mazza, en su carácter de presidente del directorio de Laderas s. a. Fue en ese mismo año que Mazza presentó el primer proyecto de desarrollo integral –medios de elevación y urbanización– con el apoyo de los entonces intendente de El Bolsón y presidente del Club Andino Piltriquitrón (cap) y con las primeras reservas por parte de organismos gubernamentales vinculados, en particular, al manejo de bosques (Llosa, 2016).
20Pero aquellas no son las únicas tierras comprendidas en el emprendimiento. En el año 2000, el cap, que había comenzado a incursionar en el cerro Perito Moreno a fines del decenio de 1970 en busca de mejores condiciones para las actividades invernales que las brindadas por el cerro Piltriquitrón y había avanzado durante las dos décadas siguientes en la construcción de un refugio, la limpieza de pistas, la adquisición y construcción de medios de arrastre y elevación, el mejoramiento y la apertura de caminos (Lafont, 2017), había logrado la sesión gratuita, por Ley 3.358 (2000), de 606 has con expresa prohibición de que los derechos de explotación fueran cedidos a terceros. Cinco años después, el cap impulsaba la modificación de esa ley con el objeto de permitir la concesión a privados para la explotación del centro de esquí (Panero, 2012). Mediante un acta acuerdo firmada con el entonces gobernador Miguel Saiz, y con la sanción de la Ley 4.335 (2008), el Ente de Desarrollo Integral del Cerro Perito Moreno (endipem) llamaba en 2011 a licitación pública –nacional e internacional– para la adjudicación de una concesión de obra pública en el cerro dentro de un área de aproximadamente 2100 has con el objeto, según lo establecido en el «Pliego de bases y condiciones para la presentación de proyectos integrales», de promover el desarrollo integral del centro recreativo de montaña –con la opción de incluir en el proyecto integral el desarrollo de una villa turística– (Ente de Desarrollo Integral del Cerro Perito Moreno, 2010).
21Sobre la base de sostener la inviabilidad de la manutención de las pistas de esquí por sí sola, el Proyecto de Desarrollo Integral del Centro de Actividades de Montaña en Cerro Perito Moreno a ser implementado por Laderas s. a. –única oferta presentada y adjudicada– contempla la realización de un centro de esquí y un sector de servicios turísticos anexos, la construcción de hosterías y demás infraestructura destinada a alojamiento, la urbanización de un área de uso residencial turístico en terrenos ubicados en los faldeos del cerro, con comercios y servicios para los visitantes y campos de polo y golf.21 Se trata de un proyecto de urbanización que ha cosechado apoyos por parte de comerciantes y empresarios de la zona y los gobiernos municipal y provincial de distintas gestiones (2007-2011 y 2015-2019); estos se han fundado en los beneficios en materia de la generación de empleo, del crecimiento de la actividad económica de la zona y del incremento de la recaudación fiscal en que aquel redundaría. A partir de cuestionar la legalidad actuada en la adquisición de las tierras, los beneficios económicos que generaría y el impacto ambiental que produciría, se han gestado desde el año 2011 procesos de movilización de corte local en oposición a ese mismo proyecto.22 Su composición asume un carácter heterogéneo: las acciones de protesta y demanda colectiva han sido protagonizadas por un abanico de juntas vecinales, asambleas de vecinos autoconvocados, organizaciones sociales, sindicales y ambientalistas, partidos políticos, instituciones educativas y centros de estudiantes, comunidades y organizaciones indígenas; en igual sentido de oposición se ha manifestado la gestión municipal entre 2011 y 2015.23 Sus asambleas, cartas, denuncias penales, cortes de ruta, concentraciones y movilizaciones –en ocasiones, objeto de represión–, festivales y acampes tienen por uno de sus ejes discursivos primordiales la defensa de los recursos naturales objeto del saqueo,24 en sí mismos y en tanto constituyen las condiciones materiales en que un conjunto de pequeños productores desarrolla una determinada forma de vida –sustentada en la agricultura, la cría de animales, la plantación de frutales y frutas finas, el trabajo con la madera, la recolección de hongos y rosa mosqueta, la artesanía–.25
6. 4. Caso 2: las tierras de Hidden Lake s. a.
22Pero los procesos de privatización y concentración de tierras desplegados en los últimos años del siglo xx y primeras décadas del xxi en la región también tienen por protagonistas a grandes capitales de carácter transnacional. Según el Registro Nacional de Tierras Rurales, el porcentaje de extranjerización de la tierra en la provincia de Río Negro es del 2,03 % (358 562 has sobre un total de 17 679 594). El departamento Bariloche supera en mucho este porcentaje: allí, la superficie rural en manos de extranjeros es del 21,61 % (36 609,01 has sobre un total de 169 391,01). Los extranjeros con mayor cantidad de hectáreas son personas jurídicas: Estancia Río Foyel s. a., de nacionalidad belga, con 21 480,22 has,26 y Hidden Lake s. a., de nacionalidad británica, con 11 284,66 has (Cañuqueo y otros, 2015).
23Como mencionamos en la introducción, Hidden Lake s. a. pertenece al magnate inglés Joseph Lewis, fundador de Tavistock Group, con inversiones en más de doscientas compañías en quince países del mundo y en distintas áreas –bienes raíces, hotelería, gastronomía, deportes, energía, ciencias de la vida, agricultura, finanzas–.27 En la Argentina, aquellas inversiones comprenden ser accionista en Pampa Energía s. a –empresa que participa en la generación, transmisión y distribución de electricidad en el país, como así también en el transporte y producción de gas natural y en la exploración y producción de petróleo con más de ochenta pozos productivos–.28 No obstante, en nuestro país, Lewis no solo ostenta la condición de capitalista industrial sino también la de terrateniente.
24Por cierto, en el año 1996, Lewis compró –por medio del agente inmobiliario de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Federico Pío Van Ditmar– alrededor de 10 000 has de tierras a 50 km en línea recta de El Bolsón; unas que se ubican al sur del río Manso, circundando las 1100 has del mencionado lago, y que se encontraban en manos de los herederos de Eliseo Montero. Una década más tarde protagonizó la adquisición de alrededor de 400 has que ocupaba otra pobladora junto a sus hijos en la costa del río Foyel, ubicadas en parte del lote 61 de la sección ix del departamento Bariloche (ver figura 6. 3). Asentados en El Manso desde las primeras décadas del siglo xx, los Bayer se dedicaban, como ya mencionamos para la generalidad de los pobladores de la zona, a la agricultura, la cría de animales y al trabajo con la madera. Durante décadas ocuparon la tierra de manera precaria, obteniendo la escritura a comienzos del año 2006. Con anterioridad a esta fecha, a principios de la década de 2000, la pobladora mencionada, quien entonces tenía una edad avanzada y padecía un deterioro mental, había suscripto sendos boletos de compraventa: uno de ellos, en el año 2001, con Federico Pío Van Ditmar y Miguel Menegazzo Cané por unas 80 has aún no deslindadas ni mensuradas a un valor de usd 1500 la ha; el otro, un año después, con la empresa Hidden Lake s. a., representada por Nicolás Bernardo Van Ditmar –hijo del anterior– por una superficie aproximada de 320 has tampoco deslindadas ni mensuradas a un valor de usd 864 la ha. Con vistas a su adquisición, los operadores inmobiliarios Van Ditmar procedieron al pago de, además del precio convenido por el inmueble, los impuestos adeudados a la Dirección General de Tierras hasta la obtención de la titularidad que le permitiera a aquella vender el campo. A cambio de la propiedad de la tierra, se le posibilitó el uso de una cantidad exigua de hectáreas y la tenencia de una casa para habitar en el lugar. Es decir, se le permitió seguir ocupando el predio, pero bajo nuevas condiciones materiales.
Figura 6. 3. Tierras ocupadas por los Bayer y los Montero, en la Sección ix, Colonia Martín Fierro

Fuente: S/d, Biblioteca del Servicio Forestal Andino.
25Sobre la base de esta propiedad, Lewis apropia renta de la tierra. Pero, como decíamos anteriormente, su condición no se reduce a la de ser terrateniente sino que también se constituye en una personificación del capital. En este sentido opera la construcción de una central hidroeléctrica de paso sobre el río Escondido en sus tierras, con una potencia máxima instalada de 7.2 mw.29 Presentada como beneficiosa para la localidad de El Bolsón y sus parajes aledaños en particular y para el conjunto de la provincia en general, y aprobada por la Legislatura provincial en el año 2010 mediante la Ley 4.615, esa construcción y, a partir de ella, la venta de la energía generada al mercado eléctrico mayorista, por el término de treinta años, implican que Lewis emerja como un capitalista industrial.
26Es en su doble condición, por otra parte, que construye mecanismos de creación de consenso: la contratación de los pobladores locales como mano de obra, el ofrecimiento de otros servicios considerados sociales –instalación de un complejo para la realización de actividades orientadas a los niños de la región, organización de eventos deportivos– o bien la colaboración con obras de infraestructura para el lugar –la mencionada central hidroeléctrica–, no son sino formas de generar y reproducir relaciones de poder que se sostienen, en parte, en un entramado de relaciones personales.30 No obstante, muchos de aquellos mecanismos generan asimismo acciones de protesta y demanda colectiva: la resistencia de los pobladores de El Bolsón al proyecto de Lewis de construcción de un aeropuerto en la Pampa de Ludden, primero, y en el territorio que la comunidad Las Huaytekas tiene en conflicto con Hidden Lake s. a., después, materializado en su rechazo mediante un plebiscito popular –en un 82 %– (Doñate, Gómez y Ratto, 2016), así lo ejemplifican.31
6. 5. Caso 3: el territorio de la comunidad Las Huaytekas
27No podemos dejar de mencionar, como contracara del avance de grandes capitales nacionales y transnacionales, el proceso de despojo en el que se ve implicada la ya referida comunidad Las Huaytekas. Apuntábamos, en el segundo de los apartados, la ocurrencia de procesos de configuración de comunidades erigidos sobre la base de la reivindicación de una identidad étnica específica, en el marco del reconocimiento de derechos fundados en la diferencia cultural al interior de los Estados nacional y provincial bajo el revestimiento de una ideología del multiculturalismo propia del capital en su fase neoliberal, y de las luchas indígenas por la consecución de esos derechos. No son sino procesos de organización colectiva de larga duración que cristalizan, en determinadas condiciones históricas, bajo esa forma específica cuyo significado nunca es unívoco (Cañuqueo, Kropff y Pérez, 2015).32
28La comunidad Las Huaytekas se encuentra asentada en los parajes Los Repollos y El Foyel, a 30 km de El Bolsón y catastralmente en los lotes 78, 79, 82 y 83 de la sección ix del departamento Bariloche. Comprendido casi en su totalidad dentro de los límites del área natural protegida Cipresal de Las Guaitecas33 –cuya creación se realizó sin la consulta previa ni participación de la comunidad directamente implicada y, más aún, con su oposición– (Comunidad Mapuche Las Huaytekas, 23 de septiembre de 2009), su territorio ha sido objeto en los últimos años del desarrollo de proyectos de urbanización con fines turísticos. Nos referimos, aquí, a las fincas turísticas Shanti del paraje Los Repollos, así como a aquel presentado por el Consorcio Parcelario Solares de la Comarca en 2011 que abarca una superficie de 80 has sobre un total de 200 has ubicadas en el paraje El Foyel –unas que fueron adquiridas por José Luis Zilberberg a razón de $ 463 la ha– (Comunidad Mapuche Las Huaytekas, 5 de marzo de 2014).
29Si bien es considerada una zona de aprovechamiento turístico, sobre la base de la condición natural particular de la tierra, la apropiación de otros recursos también media en su privatización. Como ya señalamos en el segundo apartado de nuestro desarrollo, la riqueza de la región en especies forestales ha resultado no solo en la búsqueda de su conservación sino también en su explotación industrial. El avance de la frontera forestal desde los años setenta, fundado en el desmonte de bosques nativos y la reforestación con coníferas exóticas de rápido crecimiento, ha sido promovido por el estado provincial –a través de la sanción de leyes propias y la adhesión a otras de carácter nacional destinadas a la defensa, mejoramiento, ampliación y aprovechamiento de la riqueza forestal y, en su marco, el establecimiento de beneficios fiscales, el otorgamiento de subsidios y la creación de fondos fiduciarios– y protagonizado por capitales privados y, también, por los capitales mixtos de la Empresa Forestal Rionegrina s. a. (Emforsa).
30Entre los capitales privados podemos mencionar a la empresa Maderera Perito Moreno y a la sociedad Aserradero Sur, orientadas a la industrialización de rollizos. La ejecución de planes de forestación también fue el interés inicialmente aducido por Zilberberg para la compra a mediados de los años setenta de una fracción de tierra fiscal con mejoras introducidas en el lote 83 de la sección ix del departamento Bariloche –quien fundamentó la operación de venta en la imposibilidad de trabajar la tierra adquirida durante la década anterior–. Es de resaltar el intercambio epistolar producido en 1975 entre el director de Tierras y el jefe del Servicio Forestal Andino (sfa), por cuanto ambos coinciden en que «últimamente se están produciendo verdaderas situaciones de manoseo de la tierra pública, toda vez que se solicitan ante la Dirección de Tierras y Colonias continuas autorizaciones para la venta de mejoras y/o transferencias de derechos» (Comisión Investigadora para el Relevamiento de Transferencias de Tierras Rurales en el ámbito de la Provincia de Río Negro, 2012).
31No obstante esto, ante la aclaración acerca de la inexistencia de impedimentos técnicos para autorizar la transferencia de mejoras o derechos –condicionada a la presentación de un plan orgánico de trabajo sobre la unidad solicitada– formulada por el sfa, la Dirección de Tierras autorizó la transferencia de mejoras realizadas a favor de Zilberberg. Tras incumplir de manera reiterada y sistemática con los planes de forestación a los que se obligó y pretender transferir los derechos sobre la tierra, se le extendió en 2008 la escritura traslativa de dominio a su favor por la superficie de 200 has en parte de los lotes 82 y 83 de la sección ix del departamento Bariloche. Se trata del territorio de la Lof Ñancunao-Barría, integrante de la comunidad Las Huaytekas –ambas, sujetos colectivos fundados en relaciones de carácter familiar y territorial, no necesariamente idénticos–.
32Decíamos que el avance de la frontera forestal ha sido encabezado asimismo por los capitales mixtos de Emforsa –constituida por Ley 2.022 (1985) con el objetivo de prestar servicios de forestación y explotación de los recursos forestales, con participación estatal mayoritaria y entre cuyos accionistas se cuentan El Foyel s. a. y Hidden Lake s. a.–. Dedicada a la forestación, industrialización y comercialización de materia prima forestal, esta empresa también se ha visto implicada en manejos irregulares de tierras. Tal el caso de las tierras ocupadas en el paraje El Foyel por la Lof Palma-Villablanca, integrante de la mencionada comunidad. En el año 2000, unas 289 has de tierras hasta entonces fiscales, ubicadas al oeste del cordón Serrucho, fueron transferidas, en un primer momento, a Emforsa y, luego, en el marco de una situación de déficit financiero de la empresa, vendidas por esta última, al precio de usd 40 500, a quien se desempeñara en la presidencia de la sociedad entre 1998 y 2012, y ocupara un campo lindero, el abogado José Luis Martínez Pérez.
33Si bien Río Negro posee apenas el 11 % de la superficie forestada de la región noroeste de la Patagonia –unas 11 860 has, de las que 6340 has se encuentran comprendidas en el departamento Bariloche–, muy por debajo de Chubut y fundamentalmente de Neuquén, existiendo por otra parte una gran proporción de las plantaciones sin intervenciones –poda y raleo– (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, 2017), la actividad forestal ha sido señalada, por organizaciones de base del pueblo mapuche, como medio para la apropiación, privatización y concentración de las tierras de la franja cordillerana del sudoeste rionegrino (Consejo Asesor Indígena, 6 de mayo de 2011). Mientras los colectivos indígenas, que organizan su producción sobre la base del trabajo doméstico, ven incluso imposibilitado su acceso a guías de transporte para el uso o comercialización de productos forestales por el no reconocimiento efectivo de sus territorios ocupados o reclamados, los capitales forestales son protagonistas de una forma de acumulación sostenida en la perpetuación y profundización de la extracción de los recursos naturales. Son, entonces, la defensa del territorio ocupado o reclamado y el acceso y control de los recursos en él contenidos los ejes sobre los que se fundan de manera prioritaria las acciones políticas desplegadas por la comunidad Las Huaytekas en los últimos ocho años –recuperaciones, colocación de una tranquera para evitar la entrada al territorio, festivales, ocupaciones pacíficas de edificios de la administración provincial, celebración de camarucos (ceremonia colectiva del pueblo mapuche), presentaciones judiciales–, con visibilidad a nivel no solo provincial sino también nacional (Grupo de Apoyo Jurídico por el Acceso a la Tierra, 2016). Fue en el mes de junio de 2016 que el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro hizo lugar a un recurso de casación presentado por la comunidad y, tal como había indicado la Corte Suprema de Justicia de la Nación en noviembre de 2015, suspendió un trámite de desalojo –iniciado por José Luis Martínez Pérez sobre la base de argumentar lo reciente de la ocupación de las tierras por parte de los miembros de la comunidad– conforme a la Ley 26.160 de Emergencia en Materia de Posesión y Propiedad de las Tierras que Tradicionalmente Ocupan las Comunidades Indígenas (Equipo Intercultural de Comunicación, 3 de agosto de 2016).
6. 6. Conclusión
34Decíamos en la introducción que el propósito del presente capítulo era realizar una primera aproximación a la trayectoria de los conflictos territoriales emergentes en la actualidad en el sudoeste de Río Negro, en su franja cordillerana. Para ello, tomamos como eje las formas concretas que asume el avance del capital en estrecha vinculación histórica con aquellas que adoptan la conformación y consolidación de la estatalidad, y su traducción en específicas, múltiples y contradictorias formas de territorialidad.
35Nos referimos, en particular, a los conflictos en los que se conjugan la adquisición de tierras para el desarrollo de emprendimientos turísticos e inmobiliarios y para la conformación de estancias, por un lado, y, de manera paradigmática, la desposesión de comunidades indígenas de sus condiciones materiales de existencia, por otro –claro está que el avance del capital sobre la tierra y otros recursos naturales compete asimismo y en idéntico sentido a otros productores independientes de mercancías–.
36De acuerdo al desarrollo presentado en los apartados anteriores, aquella conjunción encierra: la valorización de capitales industriales aplicados a diversas actividades productivas; la tensión manifiesta en la política seguida por el Estado entre la protección y conservación de la naturaleza y aquella valorización; la apropiación de la tierra a un precio por debajo del correspondiente al flujo futuro de renta capitalizada; la constitución de la tierra como valor de uso para el consumo individual de grandes terratenientes; el desplazamiento de colectivos indígenas –y otros pequeños productores rurales– que poseen una situación dominial precaria de las tierras que ocupan.
37Está claro que el desarrollo del modo de producción capitalista no es nuevo en la zona cordillerana rionegrina. Muy por el contrario, hubo una temprana introducción del capital mercantil bajo la forma del comercio de ganado con Chile; de la mano de su avance –el del capital–, la expropiación ha sido y continúa siendo en gran medida la del individuo respecto de los propios medios de producción –incluido, y especialmente, el acceso a la tierra–, convirtiendo a su hasta entonces propietario, al productor directo –indígena o no indígena–, en el mejor de los casos, en vendedor de fuerza de trabajo. No obstante lo anterior, solo de manera relativamente reciente el curso general del proceso de acumulación de capital encontró una de sus expresiones en la aplicación de carácter intensivo de capitales sobre esas tierras, habilitando conflictos en torno a su apropiación y a la de los otros recursos naturales en ellas contenidos, y acciones de protesta y demanda colectiva de gran dinamismo, protagonizadas por sujetos políticos de diversa naturaleza, que asoman como un rasgo inmediatamente característico de aquel proceso en la zona en estudio. De lo que se trata –y lo que aquí hemos procurado realizar de manera inicial– es de dar cuenta de la necesidad de esas acciones políticas –más allá de las formas que tomen y los alcances que se planteen–, en el entendimiento que «la organización de cualquiera de ellas supone el conocimiento de las determinaciones concretas que objetivamente pone en juego y, en consecuencia, el conocimiento de sus propias potencias objetivas» (Iñigo Carrera, J. e Iñigo Carrera, V., 2017, p. 118).
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Notes de bas de page
1 No obstante esto es así, a la hora de dimensionar la cantidad y localización de las denuncias recibidas por la Comisión, debemos tener en cuenta la particularidad de la trayectoria de los legisladores que la conformaron y su influencia en la concentración de aquellas en el departamento Bariloche (Pilar Pérez, comunicación personal).
2 Utilizamos, en este trabajo, el término recursos naturales –y no, por caso, bienes naturales comunes– para hacer énfasis en la concepción moderna de la naturaleza, propia del industrialismo y el colonialismo, como un repositorio de materias primas esperando a ser extraídas y transformadas en insumos para la producción de mercancías (Shiva, 2010). Se trata de una concepción que caracteriza el proceso de acumulación de capital en la Patagonia desde los inicios mismos de su curso histórico (Navarro Floria, 2007a y 2007b).
3 Solo citamos los nombres correspondientes a las personas de trascendencia pública.
4 Cabe aclarar que, dada la complejidad encerrada por cada uno de los casos, la presentación realizada no resulta exhaustiva en términos fácticos. Antes que desplegar la totalidad de los elementos en ellos contenidos, nuestra intención es identificar a aquellos que permiten anclar cada caso en procesos de carácter más general.
5 Nos referimos a los expedientes legislativos de la Comisión Investigadora para el Relevamiento de Transferencias de Tierras Rurales 1353/2012, 1355/2012, 1416/2012, 1389/2013, 1504/2013, 1595/2013 y 1033/2014, y a los dictámenes correspondientes a los expedientes de la Comisión Investigadora para el Relevamiento de Transferencias de Tierras Rurales 1253/2012, 1264/2012, 1307/2012, 1308/2012, 1354/2012, 1432/2012, 1547/2012, 1126/2013 y 1391/2013.
6 En el último tiempo se han multiplicado las producciones académicas que conceptualizan el proceso expansivo del Estado nacional y la política seguida con los pueblos indígenas –fundamental, aunque no únicamente– durante los años de la conquista militar en los términos de un genocidio. Parten, para ello, de la definición adoptada en el campo jurídico internacional por la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de las Naciones Unidas de 1948. Con la intención última de la eliminación física de dichos pueblos, las formas asumidas por el genocidio serían, entre otras, la concreción de matanzas de indígenas, su deportación y confinamiento en campos de concentración, su repartimiento como mano de obra en las economías regionales, el desmembramiento de las familias y el reparto de niños y borramiento de su identidad (Delrio y otros., 2010a y 2010b; Tamagno, 2014; Trinchero, 2005, 2006). Más allá de la adecuación de la categoría de genocidio para el análisis de aquel proceso –discusión que claramente excede los límites de este trabajo–, resulta de interés pensar la violencia estatal como una potencia económica destinada a la imposición de nuevas relaciones sociales (Iñigo Carrera, N., 1988).
7 Para un análisis en detalle de la forma asumida por esta trayectoria entre el colectivo indígena Ancalao, ver Martinelli en este volumen.
8 Para un análisis de las distintas categorizaciones producidas durante el período territoriano (1884-1955), que expresaban un desigual acceso a la tierra, ver Delrio y Pérez –en este volumen–. Por su parte, Pérez (2016) se adentra de manera específica en la caracterización de la categoría intrusos y sus implicancias en la marcación de la población indígena en relación con la categoría colonos, que refería a quienes encarnaban el poblador deseable del territorio con derechos prioritarios sobre la tierra.
9 Esta práctica consiste en que un productor cuida, en el campo que ocupa, los animales de un tercero, obteniendo como retribución de su trabajo parte de las crías y de los frutos de los animales.
10 Las localidades de importancia en términos poblacionales en el departamento Bariloche eran dos: San Carlos de Bariloche, fundada como colonia agrícola y pastoril en 1902, con un importante aporte de colonos de origen chileno-alemán, a quienes se sumaron con posterioridad otros grupos centroeuropeos, y fuertemente relacionada en tanto centro comercial con el mercado trasandino; y El Bolsón, fundado en 1926, que, a la chilena, sumó inmigración de origen español y sirio-libanés, definiendo una orientación económica ganadera y cerealera –con la instalación de molinos harineros– y un intercambio comercial con la zona de meseta rionegrina y chubutense (Bandieri, 2011; Méndez, 2010; Navarro Floria, 1999; Ruffini, 2005).
11 En términos generales, recién a partir de la década de 1930, estos fueron reconocidos bajo la condición de ocupantes fiscales y se les comenzó a otorgar permisos de usufructo o precarios de ocupación; de ahí en más, se vieron obligados a pagar un canon al Estado en concepto de pastaje (Radovich y Balazote, 1995).
12 De un número significativo en las primeras décadas del siglo xx, la población a la que se le atribuía tal nacionalidad representaba, al momento de la realización del Censo General de los Territorios Nacionales en 1920, el 37,5 % de la población total del departamento Bariloche, no muy lejos del 52,2 % de argentinos (Núñez, Matossian y Vejsbjerg, 2012).
13 Esto es así a pesar de la existencia de sitios arqueológicos con pinturas rupestres en la zona que datan de aproximadamente 3000 años a.○C. (Fernández y otros., 2011).
14 En una solicitud de tierras (ubicadas en el lote 100 de la sección ix del departamento Bariloche) para arrendamiento y concesión en venta, Luis Nahuelpan declara poseer una concesión en la colonia indígena Nahuelpan (Nahuelpan, 1976). Se trata de la actual comunidad Rinconada de Nahuelpan, ubicada sobre el faldeo del cerro Piltriquitrón a unos 10 km de El Bolsón (Carolina Crespo, comunicación personal). Rinconada de Nahuelpan es una de las tres reservas cuya existencia se reconoce pero que no cuenta con ley provincial de creación (Cañuqueo, Kropff y Pérez, 2006). Fue en los setenta que el gobierno de Río Negro creó la figura de reservas indígenas como forma de su radicación. Bajo ella se otorgaron -imponiéndose una serie de restricciones- tierras en usufructo vitalicio y gratuito como primer paso para una futura regularización de la ocupación; esto último solo se ha producido en algunos casos excepcionales, permaneciendo la mayor parte de esas tierras bajo la titularidad fiscal (Radovich y Balazote, 1995).
15 La ya mencionada buena aptitud de las tierras de los valles de El Bolsón, Los Repollos, El Manso y El Foyel para el cultivo y el pastoreo resultó en el establecimiento de una colonia mixta. De hecho, la conveniencia de tal establecimiento fue formulada por la Comisión Inspectora de Río Negro de la Dirección de Tierras del Ministerio de Agricultura de la Nación en el año 1922 sobre la base no solo de las condiciones del suelo y clima sino también de la existencia de un núcleo de población compuesto por 91 pobladores (a un 82 % se le atribuía nacionalidad chilena; los restantes, en su mayoría, árabes y españoles). Finalmente, según consta en la inspección general llevada adelante por la Dirección de Tierras en el año 1928, por decreto de fecha 7 de diciembre de 1927, se creó la colonia Martín Fierro. Diez años más tarde, se avanzaba con la realización de las mensuras a su interior con el objeto de permitir el arraigo de nuevos colonos, fomentándose en particular la fijación de pobladores europeos (Pérez, 2016).
16 Creado en el año 1934, tuvo por antecedente el Parque Nacional del Sud, establecido en 1922. Ya entonces, el parque nacional no era entendido únicamente como un área de preservación del ambiente sino que estaba asociado al fomento de nuevas formas de industria como la turística (Delrio y Pérez, 2015; Navarro Floria, 2007b) y al ejercicio de la soberanía territorial en espacios fronterizos (Navarro Floria, 2008; Trentini, 2016).
17 La denominada Pampa de Ludden, al pie del cerro Perito Moreno, fue declarada como reserva natural por el Código Ambiental de El Bolsón de 2003, en virtud de su condición de cabecera de cuenca y de la necesidad de conservar la provisión de agua a Mallín Ahogado.
18 anprale, de unas 60 000 has ubicadas catastralmente en lotes de las secciones ix y x del departamento Bariloche, fue creada mediante Ley 2.833 (1994) con el objeto de proteger la biodiversidad, los recursos genéticos y las nacientes de cuencas; ordenar el uso ganadero extensivo de las áreas boscosas; adecuar la incorporación de infraestructura y la realización de actividades de modo que el turismo armonice con el medio natural. Luego, por Ley 3.267 (1998), se desafectó del área una porción que es parte de la propiedad de Lewis (Soria, 2016).
19 La reserva fue creada por la unesco en 2007 por solicitud de los gobiernos de Río Negro y Chubut, la Administración de Parques Nacionales y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria. Su objeto es preservar la integridad ambiental de los ecosistemas, consolidando un uso sustentable de los recursos dentro y fuera de las áreas protegidas, mediante un manejo jurisdiccionalmente articulado que provea bienes y servicios de mejor calidad para el bienestar de las comunidades locales.
20 La Ley 26.331 (2007) establece las siguientes categorías de conservación de los bosques nativos: i, sectores de muy alto valor de conservación, que no deben transformarse, aunque puedan ser hábitat de comunidades indígenas y objeto de investigación científica; ii, sectores de mediano valor de conservación, que pueden estar degradados pero que con la implementación de actividades de restauración pueden tener un valor alto de conservación y que podrán ser destinados al aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica; iii, sectores de bajo valor de conservación, que pueden transformarse en forma parcial o total. En base a esta categorización, unas 372 201 has fueron incluidas en la categoría i (incluyendo la superficie del Parque Nacional Nahuel Huapi), unas 252 700 has en la categoría ii y unas 44 300 has en la categoría iii. Cabe aclarar que la zonificación territorial de los bosques nativos de Río Negro elaborada en 2010 fue objeto de una primera revisión finalizada en 2015; esta aún no fue aprobada por la Legislatura provincial.
21 Para ampliar información ver http://www.laderas.com.ar/laderas/laderas.html. Este proyecto de desarrollo de un centro de esquí y de una villa turística en la base del cerro retomó varios aspectos de proyectos de desarrollo integral presentados por otras empresas durante la década de 1980 (Llosa, 2016).
22 El estudio de impacto ambiental para el mencionado proyecto fue aprobado por el Consejo de Ecología y Medio Ambiente (codema) en 2011, y luego rechazado por los sectores que se mencionan a continuación. Cinco años más tarde, la empresa Laderas del Perito Moreno s. a. presentó un nuevo informe de impacto ambiental correspondiente a la adaptación del proyecto presentado y aprobado en 2010/2011 sobre la base de -según afirma- la incorporación de ciertas exigencias, recomendaciones y sugerencias formuladas por distintos organismos gubernamentales y no gubernamentales (Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de El Bolsón, 2016).
23 Llosa (2016) da cuenta de esas organizaciones en detalle. Nos interesa mencionar aquí, por la trascendencia de su papel en el conflicto, a la Asamblea en Defensa del Agua y la Tierra (adat) (ver http://asambleaendefensadelaguaylatierra.blogspot.com.ar).
24 Este es el término utilizado por las organizaciones sociales para caracterizar el modelo de desarrollo sostenido en la extracción y explotación intensivas de los recursos naturales (Galafassi, 2008).
25 Para un análisis pormenorizado del conflicto en torno al proyecto de urbanización en el cerro Perito Moreno entre los años 2010 –momento en que la empresa compra las tierras para el loteo– y 2013 –momento en que se les dicta el procesamiento a las autoridades involucradas en la adjudicación de las tierras de la urbanización–, ver Llosa (2016). Cabe aclarar que el conflicto se ha prolongado en el tiempo. En este sentido, resulta de interés consultar el material documental producido en ocasión de realizarse, el 2 de diciembre de 2016, una audiencia pública para el tratamiento del proyecto de desarrollo inmobiliario de titularidad de la empresa Laderas del Perito Moreno s. a. No obstante la gran mayoría de los participantes se manifestó en contra, el día 16 del mismo mes, en una sesión extraordinaria, el Consejo Deliberante de El Bolsón aprobó el mencionado proyecto –luego, frenado a través de un recurso de amparo– (Tiempo Argentino, 16 de diciembre de 2016).
26 Estancia Río Foyel, con reservorios de agua –nacientes de los ríos Alto Chubut, Pichileufu, Foyel y Villegas– y el cerro Carreras en su interior, es una sociedad anónima –constituida en 2006 con fines agropecuarios y forestales– del grupo belga Burco (Belgian Urban Renovation Company) de Hubert Gosse, que desarrolla distintos emprendimientos inmobiliarios y turísticos (Lara, 2011).
27 Ver el sitio institucional de la empresa: www.tavistock.com.
28 Ver el sitio institucional de la empresa: www.pampaenergia.com
29 Se trata de un aprovechamiento que se encuentra en manos de la ya mencionada Pampa Energía s. a. Por otra parte, este grupo económico encabezado por Marcos Marcelo y Damián Miguel Mindlin tiene cuatro propiedades identificadas por un total de alrededor de 15 000 has, tres sobre el río Alto Chubut y una cuarta lindera a Lago Escondido (Lara, 2011). En relación con esta última, fue presentada una denuncia ante la Comisión Investigadora para el Relevamiento de Transferencias de Tierras Rurales (exp. 1.033/2014), cuyo objeto es la transferencia de unas 700 ha de tierras ubicadas en el paraje El Manso, en el lote 61 de la sección ix del departamento Bariloche.
30 En este sentido, no resultan datos menores que, por un lado, Lewis sea «amigo» de Mauricio Macri, presidente de la nación entre 2015 y 2019, (Macri dijo que es amigo del magnate Joe Lewis y lo defendió: «Buscan agredirlo», 2017), y que, por otro, Maximiliano Mazza, miembro del directorio de Laderas s. a., sea cuñado del presidente de Hidden Lake s. a., Nicolás Van Ditmar. Una y otra relación resultan en habilitar la asociación entre la propuesta de urbanización en el cerro Perito Moreno propuesta por los capitales nacionales de Laderas s. a. y los capitales transnacionales de Lewis (Llosa, 2016).
31 Cabe resaltar que las acciones de protesta y demanda colectiva de la última década han tenido por eje emblemático –tal lo señaláramos en la introducción– la restricción del acceso público –esto es, sin la mediación de una invitación o recorrido programado por parte de Hidden Lake s. a.– a las aguas del lago Escondido. Se trata de una restricción que contraría lo establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación respecto del dominio público de ríos y lagos, y que se perpetúa en el tiempo a pesar de existir desde el año 2009 una sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro –ratificada en 2013– que ordena al estado provincial garantizar aquel acceso a través de habilitar un difícil sendero de montaña por el área natural protegida Río Azul-Lago Escondido y el camino denominado Tacuifí, de menor extensión y mayor facilidad (Acceso al Lago Escondido. Privilegios, negocios y privación de derechos, 2016).
32 Estos mismos procesos, y los reclamos territoriales a ellos asociados y en ellos comprendidos, han sido objeto de análisis en otros parajes y localidades de la Comarca Andina del Paralelo 42° (Crespo, 2012; Crespo y Tozzini, 2009; Tozzini, 2014) y en la zona del Parque Nacional Nahuel Huapi (Valverde, 2010).
33 El área, ubicada en el faldeo oeste del cordón Serrucho Norte, fue creada mediante la Ley 4.047 (2005), con los objetivos de garantizar la conservación de un relicto de ciprés de Las Guaitecas, ciprés de la cordillera y alerce –todas ellas, especies en peligro de extinción– así como la diversidad biológica y los procesos ecológicos y evolutivos naturales que conforman o afectan ese relicto.
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