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Soulèvements, révoltes, révolutions

 | 
Alain Hugon
, 
Alexandra Merle

IV. — Circulation, reprise ou création de modèles politiques

El modelo republicano en una monarquía de ciudades

Manuel Herrero Sánchez

Texte intégral

El papel central de las ciudades en una monarquía policéntrica

  • 1 El presente trabajo se enmarca dentro del proyecto de investigació (...)
  • 2 Ruiz Ibáñez (coord.), 2009.

1El análisis del papel de las ciudades en los distintos dominios bajo la jurisdicción del monarca católico constituye uno de los campos de estudio más fértiles y ha sido abordado desde diversos enfoques y planteamientos en los que se enlaza la historia cultural con el estudio de la reproducción y la estrategia de las elites, la fiscalidad, los mecanismos de protesta y consenso, las pautas demográficas, el tejido productivo, las formas de avecindamiento, integración o exclusión de los forasteros o los complejos mecanismos de negociación con el poder central1. Ahora bien, lo más frecuente es que, al igual que suele ocurrir con la mayor parte de los trabajos relativos a la Monarquía Hispánica, las principales aportaciones se acercan de forma fragmentaria al enmarañado tejido urbano de cada uno de los territorios que conformaban tan complejo agregado imperial. Una suma de distintas historias «nacionales» en la que se dejan de lado las múltiples concomitancias y los factores de interrelación del conjunto así como las razones que estuvieron detrás de las altas tasas de fidelidad hacia un sistema político que, a pesar de la existencia de importantes tensiones, aparecía como el mejor garante de la autonomía de cada una de las partes y que tenía en el respeto a los fueros, libertades y privilegios locales uno de sus principales factores de cohesión. Salvo excepciones puntuales, como el reciente estudio coordinado por José Javier Ruiz Ibáñez sobre las diversas tipologías de milicias urbanas en el seno de la estructura imperial hispánica, no es frecuente encontrar trabajos que analicen la Monarquía Católica en su conjunto como una verdadera monarquía de repúblicas urbanas2. Un modelo político que tenía en la ciudad el principal espacio de representación y de identidad colectiva, en cuyo interior se agrupaban y definían las distintas corporaciones. Esta miríada de ciudades se integraban en el conjunto de manera desigual en consonancia con los servicios que cada una de ellas era capaz de ofrecer al soberano, de los privilegios de los que gozaba y de las distintas formas de incorporación al sistema.

  • 3 De Vries, 1984.
  • 4 Aunque no se suele poner en cuestión la vitalidad de las redes urb (...)
  • 5 Para las comunidades italianas, en especial de Génova, véanse los (...)
  • 6 Para el caso de Castilla, Thompson señala cómo, a pesar de las crí (...)
  • 7 Lucena Giraldo, 2006; Kagan, 1998; Delgado Barrado, Pelizaeus, (...)
  • 8 Ruiz Ibáñez y Vincent, 2007, pp. 58-59.

2No hay que olvidar que, como han puesto de manifiesto los trabajos de Jan de Vries, en la Monarquía Hispánica estaban ubicados algunos de los territorios con más altas tasas de urbanización de Europa3. Los Países Bajos, los dominios italianos y la propia Castilla contaban con una densidad urbana claramente superior a las de Francia o Inglaterra, lo que obligaba al soberano a mantener un trato exquisito con las franquicias y prerrogativas de cada una de estas entidades4. La Monarquía Hispánica quedaba articulada en torno a una compleja red de núcleos cortesanos (Madrid, Bruselas, Milán, Nápoles, México o Lima) desde los que operaban los representantes del soberano, se establecían los canales de negociación con las elites locales y en cuyo seno se desplazaban y entraban en contacto entramados aristocráticos, eclesiásticos, militares o burocráticos. Ahora bien, se vertebraba asimismo a través de un imponente tejido de emporios mercantiles (Sevilla, Amberes, Veracruz, Cartagena de Indias o Portobelo) a través de los cuales circulaba un abigarrado entramado transnacional de comerciantes, financieros o marineros que permitían una fluida comunicación entre territorios tan dispersos y que eran los únicos capaces de operar con eficacia a través de sistemas jurídicos, monetarios y fiscales diversos5. Las ciudades constituían, por lo tanto, el eje sobre el que se entablaba la relación del soberano con sus súbditos y el mejor espacio para incorporar en tan vasta estructura política a todo tipo de forasteros lo que dotaba al sistema de un fuerte tinte cosmopolita compatible con una exacerbada exaltación de la identidad local por encima de cualquier otra adscripción6. Desde estos postulados no es de extrañar que, habida cuenta de la naturaleza esencialmente urbana de los mecanismos de transacción política en el interior de la Monarquía, el proceso de expansión ultramarino se llevase a cabo a través de la implantación de ciudades como la forma más adecuada de controlar el territorio y de canalizar la lealtad al rey desde el respeto a la autonomía de cada una de las repúblicas urbanas que conformaban el conjunto7. El sistema imperial hispánico se caracterizaba, no obstante, por una gran variedad de entramados urbanos que iban de aquellos espacios en los que existía un notable predominio de grandes capitales, como ocurría en los reinos de la corona de Aragón o en Nápoles y Sicilia, a redes más tupidas como las del ducado de Milán, los Países Bajos o el valle del Duero8. Además, tanto la coyuntura económica y las transformaciones políticas e institucionales, como el establecimiento de la corte real en Madrid, entrañaron notables cambios en dicha jerarquía urbana.

  • 9 Cardim, Herzog, Ruiz Ibáñez, Sabat (...)
  • 10 Incluso aquellos historiadores que enfatizan la centralidad de (...)
  • 11 Ruiz Ibáñez, 2014.

3La diversidad y transformación de los entramados urbanos existentes en la Monarquía ponen de relieve el carácter agregativo y complejo de una estructura política que recientemente hemos definido como monarquía policéntrica9. Frente a aquellos que subrayan la centralidad de la corte de Madrid en su calidad de sede del sistema polisinodial y lugar de residencia permanente del soberano, consideramos que más allá de las meras relaciones radiales entre el centro y la periferia existía una multiplicidad de centros interconectados que no se relacionaban tan sólo con Madrid sino que mantenían estrechas relaciones entre ellos y desde los que se adoptaban decisiones o se ejercía el control sobre determinados espacios al margen de las directrices que emanaban de la corte10. Territorios y ciudades en permanente contacto, negociación y competencia en cuyo seno una multitud de corporaciones e individuos circulaban y disfrutaban de importantes oportunidades de promoción además de contar con la protección de un soberano que, como hemos observado, tenía como primera obligación el respeto hacia la autonomía de cada una de las partes. Un sistema cohesionado asimismo por su férrea defensa del catolicismo, situación que, en un contexto en el que la adscripción de fidelidades o la canalización de las protestas solía adoptar el lenguaje de la religión, convertía a la Monarquía Hispánica no sólo en la punta de lanza de la Contrarreforma, lo que daba legitimidad al permanente estado de guerra y al aumento de la presión fiscal, sino también en un espacio de acogida para aquellas comunidades católicas que se sentían acosadas en sus respectivos territorios11.

  • 12 Schaub, 2012.
  • 13 Acemoglu y Robinson, 2012.

4Lejos de tomar en consideración las numerosas aportaciones que desde la historia del derecho han puesto el acento en los límites doctrinales e institucionales a los que tuvo que hacer frente el poder real12, sigue siendo frecuente subrayar la presión ejercida por los Habsburgo de Madrid para implantar un absolutismo dinástico de raigambre castellana al resto de los territorios bajo su jurisdicción mediante el recurso a todo género de métodos coactivos, a un estado de guerra permanente y a la aplicación de un programa homogeneizador que acabaría por sofocar toda iniciativa individual y en el que el antiguo poder de las ciudades quedaría sometido al yugo dinástico. Sorprende la vitalidad que todavía disfruta una cierta historiografía anglosajona que, como se pone de relieve en el reciente trabajo de Acemoglu y Robinson13, sigue describiendo a la Monarquía Católica en su conjunto como el contrapunto de la modernidad: un espacio de inseguridad institucional, intolerancia religiosa, primacía de los valores aristocráticos, conflictos jurisdiccionales o ineficacia administrativa, sin comprender que muchas de estas características o están sobredimensionadas y no eran privativas de la estructura imperial hispánica o, en lugar de ser las culpables de su retraso, constituían el fundamento de la hegemonía que llegó a ejercer en Europa durante los siglos xvi y xvii.

  • 14 Tilly, 1992. Reinhard afirma: «El (...)
  • 15 Berengo, 1999. Por su parte, Bercé señala (...)

5Este tipo de interpretaciones no hace más que retomar la clásica antinomia entre la celosa defensa de la autonomía urbana (asociada al modelo republicano) frente a las nuevas realidades estatales surgidas a finales del siglo xv (vinculadas a una Europa de príncipes). En consonancia con los planteamientos generales de Charles Tilly o de Wolfang Reinhard, el proceso de burocratización y concentración del poder soberano en manos del príncipe habría permitido la puesta en marcha de imponentes aparatos militares sustentados en ejércitos de mercenarios capaces de externalizar los conflictos y de mantener el orden público y la paz en el interior de estas monarquías14. Proceso que provocó la inevitable resistencia de todos aquellos núcleos de poder que vieron cercenados sus privilegios y sus libertades y que, en muchas ocasiones, recurrieron a la protesta y a la disidencia religiosa como mecanismos de oposición contra estas nuevas realidades estatales. Pero mientras la aristocracia parecía quedar disciplinada por parte del soberano gracias al mantenimiento de la sociedad privilegiada y estamental y al papel distribuidor de gracia de la corte, las ciudades se presentaban como una de las principales movilizadoras de la protesta15.

  • 16 Tracy, 1990; Crespo Solana y Herrero Sánchez (eds.), 2002; (...)
  • 17 «Would it be possible to keep the most (...)
  • 18 «To all who speak the English language, the history of the gre (...)
  • 19 Martínez Marina, 1808. Describe a las (...)
  • 20 Echevarría Bacigalupe, 1998, p. 12.

6En el seno de la Monarquía Hispánica, un primer acercamiento parece sancionar estas premisas: las Comunidades de Castilla o la revuelta de los Países Bajos constituían la prueba de la virulenta reacción de las repúblicas urbanas contra el Estado Moderno. En el caso de la rebelión de Flandes este planteamiento se ha convertido en el fundamento de la historiografía nacionalista holandesa que, en lugar de subrayar los múltiples elementos de articulación y dependencia entre ambas realidades16, se ha afanado por enfatizar el carácter excepcional de dicha revuelta fruto de la incompatibilidad entre dos modelos antagónicos abocados a una ruptura inevitable17. Así, al igual que Motley veía en la independencia de las Provincias Unidas el primer episodio del triunfo de la libertad contra la tiranía18, a principio del siglo xix, Martínez Marina ponía las bases de una mitología liberal que describía a los municipios medievales castellanos como plenamente soberanos y con tintes democratizantes hasta que la derrota de las Comunidades terminó por someterlos al férreo control del estado absolutista que acabaría por sofocar cualquier atisbo de libertad19. Postulados que todavía perduran con fuerza como se observa en uno de los trabajos de referencia sobre Flandes en el que, al abordar la cuestión de la incorporación de los Países Bajos a la estructura imperial hispánica, Miguel Ángel Echevarría Bacigalupe afirma: «lo más extraordinario fue el encuentro entre las culturas ibérica y flamenca, lo que equivale a un choque entre el monolitismo ideológico y la tolerancia, entre el mercantilismo y el liberalismo, entre la centralización jerarquizada y la autonomía igualitaria20».

  • 21 Una estructura urbana que, además, estaría más cerca del modelo di (...)

7Desde nuestro punto de vista, conviene matizar esta insistencia en la inadecuación entre la defensa de las libertades urbanas y el agregado imperial de los Habsburgo. A pesar de estos estallidos revolucionarios protagonizados por las ciudades y que solían desatarse en aquellos momentos en los que se ponía en cuestión el ordenamiento constitucional sobre el que se articulaba el consenso, en el interior de la Monarquía Hispánica existía una variopinta diversidad de redes urbanas que trabaron diferentes formas de colaboración con el rey y que, al igual que ocurrió en el resto del continente, experimentaron un notable proceso de ennoblecimiento y de cierre oligárquico además de establecer vínculos que ligaban estrechamente los intereses de sus respectivas elites al desarrollo de la política imperial. El alto grado de fragmentación de la soberanía explica que, tras determinados procesos revolucionarios, las formas de reactualización del compromiso variaran según los territorios. Lo que resulta indudable es que, en términos generales, dichas ciudades, con un fuerte margen de autonomía y un papel protagonista en el control de la política fiscal, vieron mejor garantizadas sus libertades y privilegios en el interior de la Monarquía Hispánica que en el seno de otros sistema dinásticos que, como el francés, lograron limitar con mayor eficacia dicha autonomía. Situación que explica la relativa estabilidad social de una estructura imperial dispersa y heteróclita que no sólo logró mantener en su interior la homogeneidad religiosa sino que pudo hacer frente al permanente estado de guerra sin erosionar en exceso los fueros, leyes y costumbres de cada uno de los dominios del rey21.

Republicanismo y repúblicas en el reino de Castilla

  • 22 Fernández Albaladejo, 2009.
  • 23 Por supuesto, no debemos olvidar la eficaz acción de los corregido (...)
  • 24 «We are faced with one of the paradoxes of Castilian history, (...)
  • 25 «La formazione e l’affermarsi dello stato moderno può uscirne (...)
  • 26 Situación que, en palabras de Fernández Albaladejo, limitaba «cual (...)
  • 27 Grafe, 2012.
  • 28 Andújar Castillo, 2007, pp. 257-258. (...)

8En Castilla que, en palabras de Fernández Albaladejo, se había ido articulando desde la Baja Edad Media en clave monarcocéntrica22, las ciudades y las villas se constituyeron en la unidad básica de administración territorial. No había gobierno regional, ni provincias, ni intendencias ni gobernadores reales23. Cada ciudad y cada villa correspondía directamente con la corte real hablando en nombre de sus vecinos por lo que, como ha indicado Helen Nader: «Estamos ante una de las paradojas de la Historia de Castilla : una monarquía absolutista intextricablemente ligada a la libertad municipal24». Paradoja si damos por bueno el supuesto de que absolutismo y republicanismo urbano constituyen realidades incompatibles en lugar de aceptar la sugerencia realizada hace años por Franco Venturi cuando nos animaba a analizar la formación del estado moderno a través de la óptica de unas repúblicas urbanas que, lejos de desaparecer, jugaron un papel protagonista en dichas transformaciones25. En Castilla, el soberano veía en la proliferación de ciudades autónomas un mecanismo de fortalecimiento del poder real mediante el cual la libertad de cada una de estas repúblicas urbanas actuaba como un factor de fortalecimiento del poder absoluto del rey en un proceso de retroalimentación que convertía a las ciudades en el más adecuado interlocutor del monarca y en las principales contribuyentes para el mantenimiento del sistema imperial. Los millones garantizaban un flujo constante de recursos para el soberano a la vez que reforzaban el poder de las corporaciones urbanas que ejercían un control fiscal y jurisdiccional sobre sus respectivas áreas de influencia y arrancaban crecientes concesiones de la negociación con el rey que, además, tenía en las influyentes oligarquías urbanas a los principales compradores de deuda pública lo que, a la postre, reforzaba su fidelidad26. El peso de las ciudades en el sistema fiscal castellano constituye una prueba elocuente de que el modelo impositivo de la Monarquía Hispánica se asemejaba más a los que operaban en el resto de las ciudades-estado europeas que a los que acabaron por implantarse en Francia o Inglaterra. Al igual que ocurría en las Provincias Unidas o en Génova, los impuestos indirectos constituían la base fiscal de la Monarquía por lo que, según señala Regina Grafe no sería exagerado afirmar que España era fiscalmente un conglomerado de ciudades-estado27. Incluso en el terreno militar, donde las levas señoriales y nobiliarias habían tenido un papel preponderante en los mecanismos de reclutamiento, la crisis de la estructura imperial hispánica durante la segunda mitad del siglo xvii supuso un reforzamiento del poder de las oligarquías urbanas castellanas gracias a la venalidad de los cargos de oficiales. Como ha analizado Francisco Andújar, la entrega de patentes en blanco para naturales fortaleció de forma notable el ascendiente que ya había alcanzado este patriciado en sus respectivos municipios y actuó como un notable mecanismo de ascensión social a la vez que estrechaba los lazos entre las ciudades y el soberano28.

  • 29 En el prólogo a la edición española de su clásico trabajo sobre el (...)
  • 30 Sobre la reconstrucción del pensamiento castellano en clave teológ (...)
  • 31 Centenero de Arce, 2012; Aranda Pérez, 2006; Gil Pujol, 2008; Id., (...)
  • 32 Según señala Alain Milhou : «En défendant le pactisme, en proc (...)
  • 33 Van Gelderen, 2009 y 1999. Por su parte, (...)
  • 34 Braun, 2007, p. 7.
  • 35 «Piú desiderabile, piú glorioso, e piú libero era lo stato del (...)
  • 36 Costantini, 1978, p. 296.

9A pesar del notable peso político de las ciudades, sigue siendo frecuente conformarse con la clásica afirmación de Pocock que aseguraba no haber atisbado rasgos de republicanismo en Castilla durante la Edad Moderna29. A lo sumo, se suele hablar de un cierto republicanismo de tintes providencialistas y de fuerte raigambre antimaquiavélica que ejercería de poderosa barrera para la aplicación de los principios de la razón de estado y para la implantación del modelo de soberanía plena tan grato a Bodino que se impondría en Francia como salida de los sangrientos enfrentamientos religiosos30. Los recientes trabajos de Aranda Pérez, Centenero de Arce o Gil Pujol, en los que se procede a una reconstrucción del pensamiento político en las ciudades castellanas, han puesto de relieve cómo en Castilla, donde no se discutía la preeminencia del rey a la hora de elaborar las leyes —siempre que respetara el derecho natural y los principios morales—, pervivieron importantes raíces republicanas y sobrevivieron algunas parcelas de espíritu cívico31. El peso notable de los planteamientos neoescolásticos sobre la cesión del poder de Dios al soberano por mediación del pueblo (Potestas est a Deo per populum) o la defensa del tiranicidio en los textos del padre Mariana, que tantas concomitancias mantenía con las teorías del derecho de resistencia en el ámbito calvinista32, se sumaban a las arraigadas suspicacias hacia todo tipo de monarquía universal ya expresadas por Francisco de Vitoria, Domingo de Soto o por el propio Mariana y que tanta influencia ejercieron en los postulados de Hugo Grocio sobre el derecho de gentes33. En efecto, para el padre Mariana toda monarquía desligada de los necesarios controles constituía una grave amenaza para la comunidad civil. Según señalaba, los fundadores de los grandes imperios —Ciro, Alejandro o César— no debían ser considerados como héroes ni como gobernantes legítimos sino como «fieros predadores» pues llevados por la avidez de más poder o por su deseo de alcanzar la gloria habían sojuzgado a las ciudades-estado libres que acabaron por ser víctimas de su desmesurada codicia a cambio de una paz interior que no era otra cosa que esclavitud34. Esta dura crítica contra el comportamiento tiránico de aquellos soberanos que atentaban contra la autonomía de las repúblicas urbanas amparándose en el mantenimiento del orden era semejante a la que circulaba entre los cada vez más influyentes sectores republicanistas de Génova que, a partir de la década de 1620, apostaron por romper los lazos de dependencia que, desde el gobierno de Carlos V, vinculaban a la república con el monarca católico. En torno a 1640, se difundió un opúsculo en el que se propugnaba la puesta en marcha de una política de armamento naval capaz de limitar el papel dominante ejercido hasta el momento por los asentistas de galeras y de dineros genoveses cuyo tono de vida aristocrático derivaba de los beneficios particulares que extraían de los servicios que prestaban a Madrid. En opinión de los republicanistas, los principios de severidad y virtud cívica quedaban corrompidos por una cadena de oro que enriquecía a unos poco a cambio de la libertad de la república por lo que, en consonancia con lo indicado por Mariana, se advertía: «Más deseable, más glorioso y más libre era el estado de las repúblicas griegas cuando debido a sus discordias se destruían entre ellas que cuando bajo Felipe de Macedonia o Alejandro su hijo fueron pacificadas bajo una paz que llevaba en su seno la semilla de la servidumbre35». Paradójicamente, y en su afán por lograr una independencia semejante a la que disfrutaban las Provincias Unidas con respecto a la Monarquía Hispánica, los principales defensores de la causa republicana en Génova, como ha subrayado con acierto Claudio Costantini, terminaron por emplear cada vez con más frecuencia el lenguaje de la soberanía sobre el de la libertad36. El sostén que dichos sectores recibieron por parte de Francia, que en su deseo de romper los vínculos que ligaban a Génova con Madrid reconoció la dignidad regia que se otorgó la república tras nombrar en 1637 a la Virgen María como su soberana, provocó una escalada de tensión con la Monarquía Hispánica que, al igual que el Emperador, era reticente a aceptar este cambio unilateral de estatus. En 1646, el enviado genovés en Madrid, Anton Giulio Brignole Sale, mostraba su asombro por la lentitud en la toma de decisiones y por los numerosos obstáculos a los que tenía que hacer frente el monarca católico para atender los requerimientos de Génova. En una carta dirigida a Felipe IV le animaba, en estos sorprendentes términos, a actuar de forma expeditiva:

  • 37 Archivio di Stato di Genova (ASGe), Archivio Segreto, leg. 2447, M (...)

¿Qué menester son aquí más consultas de ministros, ni de Consejos? ¿No es Vuestra Majestad soberano señor de todo? ¿No tiene absolutísima autoridad? ¿No puede hacer lo que quiere de por sí solo? ¿No lo debe hacer cuando es tan clara la razón y las conveniencias? Por lo demás es grandísima fineza de la real prudencia que el príncipe de cuando en cuando haga resoluciones totalmente de por sí solo para mostrar y ejercitar enteramente el brío de su voluntad y la soberanía de su poder37.

  • 38 McKay, 2007.
  • 39 Herzog, 2006; Herrero Sánchez, 2014a.

10Mal que le pesará a uno de los más conspicuos representantes del partido republicanista genovés, el monarca católico no sólo estaba sometido a los lentos procedimientos de un complejo sistema polisinodial que se encargaba de velar por el mantenimiento de los ordenamientos legales y de los privilegios y libertades de cada uno de los territorios y corporaciones que conformaban su Monarquía sino que tenía también que operar con cautela para negociar con las elites locales que se mostraban muy celosas en la defensa de sus franquicias y atribuciones. Incluso en Castilla donde tenía su residencia permanente y donde la corte de Madrid había ganado un creciente protagonismo, las ciudades contaban con importantes canales para resistir a la autoridad real38. Su ya mencionado protagonismo en el control de la política fiscal, el peso de las milicias urbanas o los mecanismos de naturalización y avecindamiento constituían pruebas elocuentes del amplio margen de maniobra del que gozaban. Así, como han demostrado los trabajos de Tamar Herzog, la incorporación de los forasteros se sustentaba en el consenso de la comunidad local y no en la mera decisión soberana del rey39. Algo semejante a lo que ocurría en las ciudades neerlandesas o en el ducado de Milán, pero bien diferente al proceso experimentado por Francia e Inglaterra donde la comunidad del reino se identificó progresivamente con el monarca y el estado centralizado.

La Monarquía Hispánica y las repúblicas europeas: integración y mutuas influencias

  • 40 Milhou, 1999, p. 131.

11En este contexto, no es de extrañar que, en determinados momentos críticos y en el fragor de la negociación fiscal con el rey, se llegasen a escuchar gritos de admiración hacia algunos modelos republicanos. En noviembre de 1597, en plena ola de protestas antifiscales, un canónigo de la catedral de Jaén mostró públicamente y de forma explícita su admiración por las comunas italianas: «Si en España fuésemos gobernados por una república como en Génova o en Venecia tal vez no habría necesidad de todo esto40». No obstante, este tipo de manifestaciones eran minoritarias; por el contrario contamos con innumerables testimonios en los que se ponía el acento sobre las virtudes de un sistema monárquico no arbitrario, respetuoso con las leyes y capaz de garantizar la justicia para los sectores populares. Un sistema que aparecía como el único capaz de moderar la primacía de los intereses particulares sobre el bien común que caracterizaba a estos regímenes oligárquicos y aristocráticos. En el seno de la república de Génova, durante los graves altercados de 1575 en contra del monopolio que los nobili vecchi ostentaban sobre los cargos de gobierno, circuló un panfleto en el que se señalaba que las condiciones de los sectores populares se encontraban mejor preservadas en los dominios del rey católico que en el interior de la república:

  • 41 «Dicevano che a Napoli e a Milano e negli altri Stati del Re (...)

Decían que en Nápoles y en Milán y en los otros estados del Rey de España el pueblo era bien tratado y los artesanos eran todos ricos y que, sin hacer distinción entre pobres, ricos o plebeyos, la justicia era igual para todos; todo lo contrario de lo que ocurría en Génova donde el pueblo llevaba a cuestas todos los gravámenes y donde los pobres no gozaban de justicia y no podían nunca saciarse de pan aunque a todas horas y con insólita asiduidad trabajasen para sustentarse41.

  • 42 Pacini, 1990. Véase también Herrer (...)
  • 43 Gil Pujol, 2002b, p. 286.

12Es cierto que, como ha indicado Arturo Pacini, el cierre oligárquico se había producido en Génova en 1528, el mismo año que la república había entrado en la órbita de la Corona española42, y que, al igual que ocurría en sus dominios, el monarca católico había impulsado un proceso de ennoblecimiento semejante al llevado a cabo en las ciudades bajo su jurisdicción como el mejor mecanismo para mantener el orden y canalizar la negociación con las elites locales. A la postre, y según advertía Saavedra Fajardo, que había transcurrido largos periodos como embajador en los cantones suizos o en el Imperio y que se inclinaba por mantener estrechas relaciones de entendimiento con estas repúblicas, su teórica libertad y la participación activa de los ciudadanos en la cosa pública no dejaban de ser una ficción: «los que viven en ellas piensan que todos ellos mandan pero en verdad todos obedecen […] suena todo el tiempo el término libertad pero no se lo ve en ningún lado43».

  • 44 «Makes the Government a sort of Oligarchy, and very different f (...)
  • 45 Al respecto véanse los trabajos de Dekker, 1996 y 1990.
  • 46 Las estrechas relaciones entre la Monarquía Hispánica y las repúbli (...)

13Una opinión semejante a la expresada a finales del siglo xvii por el que fuera embajador inglés en las Provincias Unidas, William Temple, que, en sus famosas Observations upon the United Provinces of the Netherlands, subrayaba el tono profundamente aristocrático y elitista del sistema de nombramientos de los cargos municipales en la ciudad de Ámsterdam que, según afirmaba: «hacen del Gobierno una especie de Oligarquía, bien diferente de un Gobierno Popular44». No en vano los sectores populares en las Provincias Unidas se alinearon de forma sistemática con las aspiraciones dinásticas del príncipe de Orange y constituyeron un elemento de movilización permanente contra el gobierno de los regentes. La creciente presión fiscal en lugar de gravar las rentas o las transacciones comerciales se concentraba en una multiplicación de impuestos indirectos sobre los bienes de primera necesidad y, a pesar del notable crecimiento económico, provocó un agudo aumento de las desigualdades y una multiplicación de protestas sociales dirigidas contra el poder de la elite dirigente y a favor de una mayor representación de los gremios en los órganos de gobierno de las ciudades45. El descontento de los sectores populares fue canalizado con habilidad por aquellas facciones afines al fortalecimiento del poder del Estatúder que acusaban al partido republicano de los regentes de escaso celo religioso en defensa de la fe calvinista y de apostar por un entendimiento con el monarca católico del que esperaban arrancar nuevas oportunidades de negocios en sus ricos mercados. Del mismo modo que hemos visto que ocurrió en Génova tras el acuerdo de 1528 entre Carlos V y Andrea Doria, que corrió en paralelo con una reforma aristocratizante de la instituciones de la república y le dio el golpe de gracia a las aspiraciones francesas en Italia, en las Provincias Unidas las buenas relaciones con la Monarquía Hispánica tras la firma de la Tregua de los Doce Años en 1609 y la paz de Munster en 1648 reforzaron de manera notable al partido republicano en detrimento del príncipe de Orange y acabaron por traducirse en una estrecha alianza entre ambas potencias en contra de la política expansionista de Luis XIV que amenazaba la integridad territorial de sus respectivos territorios. Mal que le pese a una historiografía empeñada en subrayar el antagonismo entre la Monarquía Hispánica y las repúblicas europeas durante la Edad Moderna, Madrid se convirtió en uno de los principales garantes de la estabilidad de los escasos regímenes republicanos del continente; unas repúblicas que eran capaces de ofrecerle toda una gama de recursos financieros y navales fundamentales para el mantenimiento de su sistema imperial y cuya forma de organización política, caracterizada por un marcado proceso de oligarquización, no era, a la postre, muy diferente de la existente en la mayor parte de las ciudades bajo la soberanía del monarca católico46.

Los modelos republicanos y la revolución napolitana de 1647

  • 47 Al respecto véanse las consideraciones de Comparato, (...)
  • 48 Alain Hugon recoge un párrafo de las memorias del duque de Guisa e (...)
  • 49 Haitsma Mulier, 1980. Sobre los hermanos (...)
  • 50 No hay que olvidar tampoco las reticencias que despertaba la influ (...)
  • 51 Rovito, 1986.
  • 52 En palabra de Manuel Rivero: «Lo más interesante de todos estos (...)
  • 53 Rivero Rodríguez, 2011, p. 262. Ahora (...)
  • 54 Ribot, 2004.

14La polisemia que caracterizaba al concepto de república en el Antiguo Régimen y el error de presentar dicho sistema de gobierno como una mera alternativa a los modelos monárquicos preponderantes tienen en la revuelta del reino de Nápoles en 1647 un magnífico observatorio. En dicho reino, la fragmentación de la soberanía que caracterizaba a la estructura imperial hispánica se ponía de manifiesto en varios ámbitos: el monarca católico no sólo debía rendir vasallaje al Papa bajo cuya jurisdicción recaía dicho territorio sino que veía fuertemente limitado su ascendiente en el nombramiento de los principales cargos eclesiásticos y no contaba con un instrumento de control semejante al que jugaba la inquisición real en los reinos ibéricos o en Sicilia, lo que se traducía en una permanente injerencia de Roma en los asuntos internos del reino. A ello se sumaba la influencia de que gozaban la alta aristocracia y el poder de la ciudad de Nápoles, el núcleo urbano más poblado de la monarquía, que actuaba como una verdadera república con amplios privilegios y un consistente grado de autonomía. El virrey parecía limitar sus prerrogativas a mantener un equilibrio estable en esta maraña de intereses enfrentados y se esforzaba por canalizar la mayor cantidad de recursos posibles para atender las apremiantes necesidades de la política imperial hispánica para lo que contaba con el notable sostén de unas influyentes redes financieras y mercantiles foráneas que, dominadas por los genoveses, recibían a cambio numeroso beneficios y mercedes. No en vano, la creciente presión fiscal sumada al fuerte descontento antiseñorial en las provincias estuvo detrás del estallido revolucionario en julio de 1647 ante el que la Monarquía, como solía ser frecuente en este tipo de altercados, mantuvo una actitud ambivalente entre la represión y la negociación con los insurgentes. Proceso en el que tanto entre aquellos que apostaban por romper con Madrid como entre los que se inclinaban por reactualizar el consenso, circularon distintos modelos republicanos que aparecían como la vía más adecuada para resolver el conflicto47. En octubre, tras el bombardeo de la ciudad por parte de la flota de Don Juan José de Austria, los sublevados, siguiendo el ejemplo de las Provincias Unidas en 1581 o del principado de Cataluña en 1641, proclamaron la república napolitana. Ahora bien, la necesidad de contar con el apoyo militar de Francia para poder hacer frente con éxito a la ofensiva española en la zona, les animó a solicitar la protección del duque de Guisa que, como él mismo señalaría en sus memorias, se presentaba como el defensor de un modelo de república mixta a semejanza del que había permitido a los holandeses independizarse de la tutela del monarca católico pero bien distinto del modelo aristocrático veneciano48. Curiosamente, en el seno de la recién fundada república napolitana se expresaban de forma palpable las luchas intestinas que caracterizaban la permanente rivalidad en las Provincias Unidas entre dos formas de concebir la república a las que nos hemos referido con anterioridad: la liderada por el Príncipe de Orange, que al igual que ocurría con su émulo, el duque de Guisa, contaba con el decidido sostén de Francia; la del partido republicano de los regentes de talante más aristocrático y que, como se observa en los escritos de sus principales teóricos, los hermanos de La Court, tomaba como referencia el mito de Venecia49. El tono populista y radical del gobierno del duque de Guisa facilitó la acción de las autoridades españolas que adoptaron el camino de la moderación para ganarse el sostén del patriciado urbano de la ciudad de Nápoles y suscitar la división entre los distintos sectores que habían impulsado la protesta50. En lugar de apoyarse tan sólo en la poderosa nobleza, que había sufrido las consecuencias de una virulenta protesta antiseñorial en sus dominios, la Monarquía apostó por llegar a un acuerdo con algunos de los togados que se encontraban incluso entre los principales promotores de los disturbios. Además de conceder una benevolente amnistía y una sustancial reducción de las gabelas, cuya subida había actuado como el precipitante de la revuelta, el rey aceptó implantar una de las principales demandas de los sublevados: el establecimiento de una participación paritaria en el gobierno entre los estamentos. Se trataba, en palabras de Luigi Rovito, de una verdadera «revolución constitucional» según el modelo veneciano que contaba con el sostén de los más conspicuos representantes de la oligarquía urbana que pasaban a convertirse en el principal apoyo para la restauración del dominio español en Nápoles51. Una reactualización del consenso que, lejos de tener que interpretarse como la prueba de la crisis del principado como sistema de gobierno frente a un pujante republicanismo constitucionalista52, era la más clara expresión del peso preponderante que tenían las repúblicas urbanas en la articulación de la estructura imperial hispánica y del respecto del soberano hacia las libertades y privilegios locales. Como ha señalado con acierto Manuel Rivero, durante la década de 1650 y como mecanismo para acabar con la inestabilidad de la década anterior, se rompió con el modelo aristocrático patrocinado por Olivares que se sustentaba en la fuerza de los linajes nobiliarios como forma de cohesión del conjunto y se volvió a reforzar la restauración del poder moderador del rey. Según sus palabras «la Monarquía se reorientaba hacia un gobierno “popularista” muy ligado a la Corona, recuperándose el papel del pueblo (entendido como corporación) en el gobierno de la república53». Unas pautas de gobierno puestas en marcha en los reinos de Sicilia y Nápoles y que fueron aplicadas para resolver altercados semejantes en Cataluña, Portugal y los Países Bajos, lo que constituye una prueba fehaciente de cómo la circulación de modelos políticos en el interior de la monarquía tenía múltiples direcciones y no resultaba tan sólo de las decisiones adoptadas desde el centro hacia las distintas periferias. Los violentos altercados de la década de 1640, que habían estado a punto de provocar la desintegración del sistema imperial hispánico, daban paso a un periodo de notable estabilidad en el que, a excepción de la revuelta de Mesina en 1674, los escasos conflictos sociales en las ciudades se resolvieron sin excesivos problemas gracias al consenso con el patriciado urbano. La fidelidad hacia el rey pasaba por una recuperación de las garantías constitucionales de cada uno de los territorios que componían la monarquía lo que era compatible con una mayor intervención administrativa de la Corona en algunos de estos dominios con el beneplácito de las autoridades locales que, no en vano, vieron fortalecida su autoridad y la conservación de sus privilegios54.

El marqués de Caracena y la resolución de la revuelta de Amberes en 1659

  • 55 Schillinger, 1992.
  • 56 Braun, 2012.
  • 57 La Monarquía Hispánica impulsó la colaboración entre el gobernador (...)

15Este cuadro operativo a la hora de articular las relaciones entre el soberano y las elites locales tuvo su más clara manifestación en los Países Bajos bajo la autoridad del monarca católico. Pese al permanente estado de guerra, que suponía un continuado aumento de la presión fiscal, y a las sucesivas pérdidas territoriales ante las constantes embestidas de Francia, los estados provinciales y las principales ciudades mantuvieron unas sorprendentes tasas de fidelidad. La monarquía no parecía ser capaz de garantizar por sí sola la defensa del territorio por lo que delegó en gran medida dicha responsabilidad en manos de sus aliados, en especial de las Provincias Unidas que llegaron a obtener incluso emplazamientos militares permanentes en las denominadas Plazas de la Barrera. No obstante, la situación que experimentaban los territorios que habían quedado en manos del antiguo enemigo holandés, que bajo la etiqueta de Estados de la Generalidad habían perdido gran parte de sus atribuciones políticas, o los palpables recortes de las libertades que sufrían aquellas ciudades que, como Lille, habían sido ocupadas por los ejércitos de Luis XIV, actuaron a favor de un reforzamiento de la fidelidad hacia el gobierno de Madrid y de una reactivación de los lazos que unían a los Países Bajos católicos con el Imperio como miembros del círculo de Borgoña55. Y es que, frente a la deriva soberanista francesa que desligó sus conquistas en Flandes de la jurisdicción imperial para integrarlas en el reino56, la Monarquía Hispánica no tuvo empacho en renovar su dependencia vasallática con respecto al Emperador a cambio de una colaboración militar activa contra toda posible agresión exterior. La sustancial reducción de los fondos remitidos desde Madrid para garantizar la defensa de dichos territorios supuso un notable aumento de la autonomía de los sucesivos gobernadores que, gracias al permanente asesoramiento del embajador español en La Haya57, actuaban como los principales responsables de la política de alianzas y de la dirección de la guerra. Situación que se tradujo en un aumento de la colaboración con las elites locales que vieron fortalecidos sus privilegios a cambio de una mayor contribución para la defensa lo que, habida cuenta de la constante presión militar francesa, respondía a sus propios intereses. La Monarquía garantizaba además la estabilidad interior contra toda posible deriva revolucionaria impulsada por los siempre descontentos sectores populares que, al igual que hemos visto que ocurría en las ciudades de las Provincias Unidas, aspiraban a aumentar su control de los órganos municipales. El resultado de este complejo juego de intereses fue la relativa estabilidad de la que gozó el gobierno español de los Países Bajos durante la segunda mitad del siglo xvii. Estabilidad que no significaba ausencia de tensiones y que obligaba a una constante negociación como se puso claramente de manifiesto con motivo de uno de los más graves altercados experimentado a finales de la década de 1650 en la ciudad de Amberes, el principal emporo mercantil y el núcleo urbano de mayor peso de los Países Bajos españoles.

  • 58 Id., 2000, pp. 204-214.
  • 59 Archives Générales du Royaume de Bruxelles (AGRB), Secrétairerie d (...)
  • 60 Yun Casalilla, 2009.
  • 61 Un breve acercamiento a la figura de Caracena en Herrero Sánchez, (...)
  • 62 Un saqueo que traía a la memoria el recuerdo de la furia española (...)
  • 63 Según sus cálculos el situar un contingente permanente en Amberes (...)

16Hemos tenido ocasión de analizar en otro foro la multiplicidad de factores que provocaron un enrarecimiento de las relaciones en dicha ciudad a partir de 1655 y hasta la resolución del conflicto cuatro años después58. Basta con señalar aquí que el acrecentamiento de las licentas (los derechos aduaneros de entrada y salida de mercancías) para atender las apremiantes exigencias de la guerra contra Francia sumado a la benevolencia del archiduque Leopoldo Guillermo hacia las crecientes exigencias de las autoridades locales derivaron en un aumento de los agravios de otras ciudades circundantes y en una creciente inestabilidad en el gobierno de la ciudad en el que los representantes gremiales, animados por la relativa debilidad del gobernador, lograron arrancar notables parcelas de poder a costa del patriciado urbano. El recuerdo del levantamiento general de 1566 seguía presente en la mente de los ministros de la Corona lo que les animaba, en palabras del gobernador «a caminar con dulzura al remedio» pues, de lo contrario, «se juntarían 100 hombres de diversos estados para representármelo acción con que comenzó la rebelión de estas provincias»59. En estas condiciones parecía más adecuado, mientras durase el conflicto con Francia, adoptar una actitud contemporizadora al tiempo que se incitaban las rivalidades interurbanas para evitar una alianza de ciudades que constituía el mayor peligro para la autoridad del soberano. Las protestas de los Estados de Brabante y los llamamientos para reinstaurar el orden por parte de la oligarquía local no pudieron atenderse hasta que la firma de la paz de los Pirineos en 1659 permitió al nuevo gobernador de Flandes, el marqués de Caracena, hacer frente a la situación. A la cabeza de un poderoso contingente armado y acompañado por el príncipe de Condé, el duque de York y por el embajador español en La Haya, el influyente Don Esteban de Gamarra, Caracena se apostó a las puertas de la ciudad para resolver el conflicto por la vía del acuerdo y a través de una equilibrada combinación entre represión contenida y consenso con los magistrados y esclavines de la ciudad que se habían visto desbordados por la creciente radicalidad de la protesta gremial. Las pormenorizadas misivas remitidas a lo largo de los meses de octubre y noviembre por parte del gobernador al rey para explicar los pormenores de su estrategia constituyen un documento excepcional para analizar los fundamentos sobre los que se conformaba el consenso. Ofrecen asimismo una valiosa visión de conjunto sobre la diversidad de comportamientos que debía modular la acción de gobierno en cada uno de los dominios del rey y nos hablan del papel crucial de la experiencia adquirida por los representantes de la Corona en el exterior como uno de los principales factores para la conservación de la integridad de la Monarquía. No hay que olvidar que la circulación de las elites políticas y militares en el seno de la Monarquía se caracterizaba por el cumplimiento de un riguroso cursus honorum que se constituía en uno de los principales mecanismos de cohesión de tan heterogéneos territorios y en una palanca de promoción personal y de establecimiento de lazos y redes de relación familiares que aseguraban una adecuada difusión de valores y pautas de comportamiento comunes así como de formas de gobierno y de administración esenciales para dotar de cierta estabilidad al conjunto del sistema60. Su experiencia militar tanto en Flandes como en el norte de Italia y su papel como gobernador del ducado de Milán entre 1647 y 1659, donde logró recuperar la estratégica plaza de Casale además de arremeter contra el poder de las redes genovesas mediante la publicación de un embargo general sobre sus bienes en 1654 y de administrar con habilidad unos dominios que, al igual que los Países Bajos, se caracterizaban por la existencia de un denso entramado urbano, le permitían disponer de una visión global respetuosa con los privilegios locales que constituía el fundamento de la estructura imperial española61. Al igual que había ocurrido en Milán, donde recibió constantes amonestaciones desde Madrid por haber adoptado una serie de medidas unilaterales sin contar con la previa aprobación del rey, desde su llegada a Flandes, el marqués de Caracena aplicó una estrategia que provocó las quejas de algunos miembros del consejo de Estado que apostaban por utilizar los recursos militares disponibles tras la paz con Francia para reprimir con violencia los disturbios, castigar a los culpables y eliminar los privilegios de la ciudad de Amberes. A su modo de ver, una política semejante habría provocado un saqueo indiscriminado de la ciudad en el que se habrían visto afectados los sectores más pudientes que, no en vano, eran los más afines al rey62. Además, el uso indiscriminado de la violencia suscitaría los recelos del resto de las ciudades de los Países Bajos y forzaría a la monarquía a militarizar el territorio lo que no sólo era insostenible para las extenuadas arcas de la Corona sino que terminaría por provocar una salida masiva de capitales semejante a la ocurrida tras la recuperación de la ciudad en 158563. De nuevo, la fatal evocación de la revuelta de Flandes durante el gobierno de Felipe II actuaba como un lugar de memoria que condicionaba la acción de las autoridades españolas en la zona. Según sus elocuentes palabras parecía más conveniente administrar una solución de compromiso entre los deseos de orden y la compleja realidad del territorio sobre el que el rey ejercía su soberanía:

  • 64 AGS, Estado, leg. 2095, Carta de Caracena al rey, Amberes, 24-X-16 (...)

Y si bien se considera que por la forma en que se ha gobernado este pueblo de diez años a esta parte, y particularmente en esta última ocasión, debiera perder sus privilegios […] pues si bien la resolución de venir aquí con los ejércitos ha sido aprobada de todos generalmente y porque se castigue a los culpados ninguna villa, ni estado hará movimiento, si el castigo llegase hasta quitarles sus privilegios no sabemos lo que después harán y si guardarán para ocasión de algún aprieto el sacudir el yugo, siendo cierto que si no hubiera sino una villa en este País que sujetándola quedase todo lo restante del País sujeto, como sucede en Milán y en Nápoles, que teniendo sujeta la villa capital todo lo restante del País está sujeto, yo me conformaría con los que son de parecer que se llegue a lo extremo64.

17En semejantes circunstancias, el «obrar con blandura» parecía ser la solución más conveniente. Para ello consideraba fundamental contar con el sostén del Consejo de Brabante, y frente a la deriva democratizadora impulsada por los gremios, restaurar la autoridad del patriciado urbano que, a cambio de una amnistía selectiva (tan sólo se castigó a veinte personas), aceptaba la restauración de las licentas en las condiciones previas a los disturbios así como un mayor control de la Corona en la administración de la justicia.

  • 65 AGRB, SEG, leg. 265, fos 332-335, Carta de Caracena al rey, (...)
  • 66 Roorda, 1969, p. 204.

18El marqués de Caracena indicaba además con orgullo que la resolución de los altercados de Amberes había sido recibida con gran alborozo por parte del patriciado de las vecinas ciudades holandesas que, como hemos tenido ocasión de indicar con anterioridad, veían con enorme preocupación las pretensiones de los sectores populares: «porque el decoro de los magistrados les es a ellos muy importante se mantenga y fuera muy mal ejemplo el que el pueblo de Amberes se quedara sin castigo65». No en vano, según ha señalado Roorda, entre los años 1650 y 1658 se produjeron un gran número de revueltas populares en múltiples ciudades holandesas y zelandesas que, en gran medida, eran expresión de los enfrentamientos entre facciones, motivados por el rechazo del menu peuple, pro-orangista y defensor de reformas democratizadoras, contra el proceso de aristocratización protagonizado por la élite patricia liderada por el Gran Pensionario Johan de Witt66. La restauración del orden en los Países Bajos españoles actuaba, por lo tanto, como un factor adicional en la política de acercamiento hacía las Provincias Unidas al reforzar el entendimiento de Madrid con el partido republicano. En 1662, el propio Caracena, en colaboración de nuevo con el embajador español en La Haya, logró alcanzar un acuerdo definitivo por el que se zanjaban las últimas disputas territoriales con sus antiguos súbditos en los llamados países de Ultramosa. La alianza con las Provincias Unidas constituía una prioridad de primer orden para frenar las aspiraciones de Francia a costa de los dominios del rey y para concertar un posible ataque conjunto contra de Portugal por lo que la Monarquía siguió ofreciendo crecientes concesiones comerciales a los hombres de negocios de la república en sus dominios. Situación que, en gran medida, había estado en el origen del descontento de la ciudad de Amberes que tenía que asistir impotente no sólo al mantenimiento del cierre de las bocas del Escalda sino al hecho de que el rey católico ofreciese mejores condiciones para operar en sus mercados a los comerciantes de las Provincias Unidas que a sus propios vasallos.

Consideraciones finales

  • 67 «Political practice in a polycentric polity was characterized by (...)
  • 68 Representación de don Manuel de Lira sobre (...)

19Esta situación era una prueba palpable de la incapacidad de la monarquía para implantar una política mercantilista que resultaba incompatible con su estructura constitucional. Como ha señalado de forma acertada Regina Grafe: «La práctica política en una comunidad policéntrica se caracteriza por la participación política a través de las instituciones municipals, locales o regionales y es del todo irreconciliable con una regulación económica y política a escala “nacional”67». Es indudable que el relativo éxito de las políticas mercantilistas aplicadas por entonces en Inglaterra a través de las sucesivas Actas de Navegación o por la Francia de Colbert constituyeron un referente para un buen número de arbitristas y hombres de gobierno que, al igual que determinados sectores manufactureros flamencos, italianos o castellanos, clamaban por la puesta en marcha de medidas protectoras capaces de cercenar las ventajas de las que gozaban las redes transnacionales foráneas en los mercados de la monarquía. La decidida acción del marqués de Caracena contra los hombres de negocios genoveses durante su gobierno en Milán o la puesta en marcha a su llegada a Flandes de medidas destinadas a reactivar los intercambios en los Países Bajos mediante la construcción de nuevos canales están en línea con algunos expedientes llevados a cabo en Castilla durante los gobiernos de Juan José de Austria, Medinaceli y Oropesa. El ejemplo de Francia pareció convertirse en un referente para un buen número de hombres de gobierno y explica, en gran medida, las esperanzas depositadas por algunos en la llegada de la nueva dinastía borbónica como el mejor revulsivo para poner coto al declive de la estructura imperial española. No obstante, el ejemplo francés estuvo lejos de ser la única fuente de inspiración. Las numerosas propuestas de reforma del comercio con América planteadas durante la segunda mitad del siglo xvii en las que se apostaba por la creación de compañías de comercio o se solicitaban medidas liberalizadoras destinadas a abrir el monopolio con las Indias al resto de los súbditos del rey o a establecer un puerto franco en Cádiz capaz de multiplicar las transacciones parecían inspirarse más bien en el ejemplo livornés o, de manera especial, en las Provincias Unidas. Al respecto es ilustrativa la posición de Francisco Manuel de Lira que, antes de alcanzar el influyente cargo de secretario de Despacho Universal en el gobierno del conde de Oropesa, había sido uno de los principales artífices de la alianza con las Provincias Unidas de las que, en uno de sus memoriales exaltaba: «la dulzura de su gobierno empleado únicamente en la felicidad de los habitantes, en la observancia de sus leyes y costumbres, en el fomento de la virtud, de las manufacturas, del tráfico y del comercio68». Gracias a su estrecha colaboración con figuras como Manuel Belmonte, el agente español en Ámsterdam, Lira se encontraba entre aquellos que clamaban por una mayor integración de las redes sefarditas en el interior de los mercados de la Monarquía católica lo que, en última instancia, permitió al rey un mejor acceso al crédito necesario para seguir manteniendo el esfuerzo bélico en el continente y para garantizar el abastecimiento de esclavos en las Indias. En todo caso, la Corona pareció contentarse con aplicar una serie de medidas reformistas destinadas a impulsar el comercio pero sin poner en marcha expedientes proteccionistas que hubieran provocado las inevitables protestas tanto de aquellos poderes locales que se habrían visto afectados por los mismos como, no lo olvidemos, del resto de las potencias europeas interesadas en preservar las ventajas que habían logrado arrancar en tan lucrativos mercados. La derrota militar y la búsqueda de aliados capaces de frenar la agresión francesa contra sus territorios obligaron a la Monarquía a realizar numerosas concesiones en los sucesivos tratados de paz y de comercio que hipotecaban todavía más su margen de maniobra. Lejos de limitar la presencia de comerciantes extranjeros en sus dominios, a lo largo de la segunda mitad del siglo xvii y al amparo de estos privilegios se multiplicó el tamaño de estas comunidades y de sus respectivos consulados en los puertos de la Monarquía y se fortaleció la presencia de redes comerciales transnacionales que ejercieron con eficacia su función de articuladoras entre los distintos territorios bajo la jurisdicción del rey.

  • 69 Son ilustrativas las palabras de Lira que mostraba su preocupación (...)

20La alianza estratégica que la Monarquía Hispánica mantuvo con la liga de ciudades hanseáticas, con la república de Génova o con las Provincias Unidas contrastaba con la virulencia con la que estas repúblicas urbanas fueron tratadas por Francia e Inglaterra que apostaron por romper, a través del empleo de la fuerza, con unos mediadores mercantiles que erosionaban los intereses de sus respectivos súbditos69. La Monarquía Hispánica no requería tan sólo de sus valiosos servicios sino que, de forma notable a partir de los tratados de Westfalia, se había erigido junto al Emperador en una de las principales garantes de su autonomía amenazada por el modelo de soberanía plena patrocinado por Francia. Frente a la posición adoptaba por el rey Cristianísimo, el monarca católico no se mostró renuente a mantener su dependencia vasallática con respecto a poderes supranacionales como el Papa o el Emperador; compartía, asimismo, con dichas repúblicas una misma estructura desagregada con un notable protagonismo de unos poderosos núcleos urbanos que, al igual que el resto de la variada tipología de dominios bajo su jurisdicción (reinos, ducados, condados, marquesados o meros señoríos), velaban por el mantenimiento de sus libertades y de sus ordenamientos jurídicos e institucionales y encontraban en el rey al principal garante de los mismos lo que dotaba de estabilidad a tan complejo agregado territorial. Los acontecimientos revolucionarios de la década de 1640 motivados, en gran medida, por las constantes erosiones a este consenso se resolvieron, a la postre, a través de una reactualización del pacto. Ahora bien, el exquisito respeto del monarca católico hacia el modelo constitucional de cada uno de sus dominios fue compatible con toda una serie de reformas administrativas, con la puesta en marcha de un programa iconográfico que dotaba de mayor presencia a la figura del rey en cada uno de sus dominios o con la aplicación de una política regalista destinada a limitar la injerencia de Roma en sus posesiones flamencas e italianas. Proceso que en nada erosionaba el mantenimiento de un modelo de soberanía policéntrico que aparecía como el único capaz de garantizar la fidelidad al soberano de cada una de las partes que componían el conjunto.

Notes

1 El presente trabajo se enmarca dentro del proyecto de investigación financiado por el MINECO que dirijo en la actualidad bajo el título «El modelo policéntrico de soberanía compartida (siglos xvi-xviii). Una vía alternativa en la construcción del Estado Moderno» (HAR 2013-45357-P), Universidad Pablo de Olavide, ES-41013, Sevilla, España. Un análisis de las ciudades españolas en el contexto europeo en Fortea Pérez, 2009 y 1997. Un diálogo con el modelo urbano en los dominios italianos del rey en Ribot García, y De Rosa, 1997. Para el caso de Italia véase también Musi, 1998. Para una puesta a punto, aunque con un predominio de aportaciones sobre la época contemporánea, es fundamental la revista Storia Urbana. Rivista di studi sulle trasformazioni della città e del territorio in età moderna, cuyo catálogo se puede consultar en <http://www.istitutodatini.it/biblio/riviste/u-z/urbana1.htm>. Sobre las ciudades en los Países Bajos, véanse las actividades que lleva a cabo el grupo City and Society in the Low Countries (1200-1850) conformado por investigadores de universidades belgas y holandesas (<http://www.cityandsociety.be/node/57>) y que suelen publicar sus resultados en la revista Studies in European Urban History. Para las Indias, véase la nota 7 en este mismo trabajo.

2 Ruiz Ibáñez (coord.), 2009.

3 De Vries, 1984.

4 Aunque no se suele poner en cuestión la vitalidad de las redes urbanas de los Países Bajos o del norte de Italia, no ocurre lo mismo para el caso castellano. En Castilla, según los cálculos de De Vries, en torno al 11% de la población vivía en ciudades de más de 10.000 habitantes, y si incluimos, como hace Fortea, a las ciudades de más de 5000 habitantes se alcanza la imponente cifra del 21%. Fortea Pérez, 1995.

5 Para las comunidades italianas, en especial de Génova, véanse los recientes balances en Herrero Sánchez, Ben Yessef, Bitossi y Puncuh (eds.), 2011 y Brilli, Herrero Sánchez (2016). Sobre el peso de la red sefardita que será fundamental en la articulación de los territorios de la Monarquía Hispánica durante la segunda mitad del siglo xvii, Israel, 2002 y Herrero Sánchez, 2016.

6 Para el caso de Castilla, Thompson señala cómo, a pesar de las críticas hacia el pestilente localismo, de la agresión a las manifestaciones culturales comunales bajo el impacto homogeneizador de la liturgia tridentina o al desplazamiento de las elites locales hacia la corte, los juramentos de los regidores y procuradores situaban sus obligaciones en el ámbito municipal con poca o ninguna referencia a la comunidad nacional. Thompson, 2001.

7 Lucena Giraldo, 2006; Kagan, 1998; Delgado Barrado, Pelizaeus, Torales Pacheco (eds.), 2015.

8 Ruiz Ibáñez y Vincent, 2007, pp. 58-59.

9 Cardim, Herzog, Ruiz Ibáñez, Sabatini (eds.), 2012.

10 Incluso aquellos historiadores que enfatizan la centralidad de Madrid y ponen el acento en torno a la corte como eje vertebrador del sistema señalan la fuerte autonomía de cada uno de los territorios y la influencia de espacios ubicados fuera del entramado de poder hispánico. Así Manuel Rivero indica: «La Monarquía Hispánica era, sobre todo, una Monarquía de Cortes, una red de centros autónomos articulada desde Madrid pero cuya arquitectura se ensamblaba perfectamente en la red de Cortes que constituía el espacio político italiano y cuyo nodo lo constituía Roma», Rivero Rodríguez, 2004, p. 24. Al respecto véase también Álvarez-Ossorio, 1991.

11 Ruiz Ibáñez, 2014.

12 Schaub, 2012.

13 Acemoglu y Robinson, 2012.

14 Tilly, 1992. Reinhard afirma: «El cinturón urbano central densamente poblado de Europa que se desarrolló en un periodo temprano y se extendió desde los Países Bajos hasta el norte de Italia no se convirtió en el punto de partida del moderno estado de poder, sino más bien lo contrario». Reinhard, 1997, p. 34.

15 Berengo, 1999. Por su parte, Bercé señala cómo los movimientos de represión emprendidos por el estado moderno contra la autonomía urbana «jalonnaient le démantèlement des États-cités, et le passage aux souverainetés modernes centralisées, fondées le plus souvent sur une identité nationale», Bercé, 2013 (1ª ed. 1980), p. 53. Por fin, Fernand Braudel señala: «Dès que l’État a été solidement en place, il a discipliné les villes, violemment ou non, avec un acharnement instinctif où que nous tournions nos yeux à travers l’Europe», Braudel, 1979, t. I, p. 591.

16 Tracy, 1990; Crespo Solana y Herrero Sánchez (eds.), 2002; Israel, 1995. Véanse también mis consideraciones en Herrero Sánchez, 2005.

17 «Would it be possible to keep the most economically, advanced portion of Europe within the confines of Europe’s most powerful and increasingly coercive monarchy? This was the central question in the ensuing dramas», Blockmans, 1999, p. 112.

18 «To all who speak the English language, the history of the great agony through which the Republic of Holland was ushered into life must have peculiar interest, for it is a portion of the records of the Anglo-Saxon race -essentially the same, whether in Friesland, England, or America», Motley, 1859, p. 1.

19 Martínez Marina, 1808. Describe a las Comunidades como «confederaciones populares contra el despotismo de los Reyes y de los opresores de la libertad nacional», tomado de Sánchez León, 2002, p. 164. Por su parte, José Luis Villacañas sigue sosteniendo que la derrota de los comuneros cegó toda posibilidad republicana en Castilla y destruyó las premisas del republicanismo, Villacañas, 2005, p. 173.

20 Echevarría Bacigalupe, 1998, p. 12.

21 Una estructura urbana que, además, estaría más cerca del modelo disperso de network system que de aquel en el que todo gira en torno a una capital, el central place system. Véase al respecto Hohenberg y Lees, 1980.

22 Fernández Albaladejo, 2009.

23 Por supuesto, no debemos olvidar la eficaz acción de los corregidores como representantes del poder del rey en el ámbito local. Al respecto, véase Fortea Pérez, 2006. Además, según indica Xavier Gil, la venta de oficios, de cargos militares o de títulos nobiliarios así como el proceso de provincialización en torno a las ciudades con voto en Cortes erosionó, en gran medida, la autonomía urbana. Gil Pujol, 2002b, p. 270.

24 «We are faced with one of the paradoxes of Castilian history, an absolutist monarchy inextricably associated with municipal liberty», Nader, 1993, p. 2.

25 «La formazione e l’affermarsi dello stato moderno può uscirne illuminata se la guardiamo non dal punto di vista della monarchie vincitrici, ma delle repubbliche tenacemente sopravissute», en Venturi, 2001, p. 32.

26 Situación que, en palabras de Fernández Albaladejo, limitaba «cualquier tentación republicana», Fernández Albaladejo, 2009, p. 203. Véanse también el acertado balance de Yun Casalilla, 2004.

27 Grafe, 2012.

28 Andújar Castillo, 2007, pp. 257-258. Véase también Martínez Ruiz, 2012.

29 En el prólogo a la edición española de su clásico trabajo sobre el momento maquiavélico, Pocock señala: «Los estudiosos españoles percibirán con toda claridad que [este libro] no se ocupa del maquiavelismo de sus grandes escritores del xvi —de su Siglo de Oro—. Y es que esa rama del pensamiento que en su mayoría en realidad fue antimaquiavélica, estuvo relacionada con la razón de estado de la gran monarquía territorial expansiva y no consideró el ideal de la república como una alternativa en condiciones de oponerle frente. El autor —con acierto o sin él— ha encontrado pocos rastros del republicanismo clásico en el pensamiento español moderno, y cree que en España la república ha sido un fenómeno privativo de los siglos xix y xx», Pocock, 2002, p. 75.

30 Sobre la reconstrucción del pensamiento castellano en clave teológica véanse Iñurritegui Rodríguez, 1998; Fernández Albaladejo, 1996.

31 Centenero de Arce, 2012; Aranda Pérez, 2006; Gil Pujol, 2008; Id., 2002b, p. 271.

32 Según señala Alain Milhou : «En défendant le pactisme, en proclamant la supériorité de la justice sur la souveraineté, en rappelant le droit à la résistance contre le tyran et les lois iniques, en combattant la divinisation du roi et du politique, les théologiens-juristes espagnols luttaient, malgré tout leur cléricalisme et leur intolérance, pour la liberté», Milhou, 1999, p. 113; Herrero Sánchez, 2009, pp. 105-123. Véase también la reciente aportación de Merle, 2014, en la que señala que, a pesar de un cierto radicalismo al aceptar la iniciativa privada en el tiranicidio, no puede tacharse su discurso de subversivo.

33 Van Gelderen, 2009 y 1999. Por su parte, Anthony Pagden indica que los miembros de la escuela de Salamanca eran anti-imperialistas pero no por el horror ante el sufrimiento humano sino porque, como buenos castellanos, lo veían como un peligro para la república, en Pagden, 1997, pp. 70-71.

34 Braun, 2007, p. 7.

35 «Piú desiderabile, piú glorioso, e piú libero era lo stato delle Repubbliche greche quando tra loro discordi si struggevano che quando da Filippo il Macedone e da Alessandro suo figlio furono pacificate sì, ma con una pace, che portò in groppa la servitú», Archivio Storio del Comune di Genova (ASCG), Fondo Brignole Sale, ms. 105-B-7 BS, «Della necessitá che ha la repubblica di Genova di armarsi e del modo di mantenerla armata», fos 327-344. Sobre el partido republicanista véase Bitossi, 2002, o Herrero Sánchez, 2005b.

36 Costantini, 1978, p. 296.

37 Archivio di Stato di Genova (ASGe), Archivio Segreto, leg. 2447, Memorial de Anton Giulio Brignole Sale a Felipe IV, Madrid, 8-IV-1646.

38 McKay, 2007.

39 Herzog, 2006; Herrero Sánchez, 2014a.

40 Milhou, 1999, p. 131.

41 «Dicevano che a Napoli e a Milano e negli altri Stati del Re di Spagna i popoli eran ben trattati e gli artigiani tutti ricchi, e che non riguardandosi né a poveri, né a ricchi, né a plebei, la giustizia era uguale a ciascheduno; ciò che tutto il contrario si vedeva a Genova, dove il popolo portava tutte le gravezze e dovi i poveri non trovavano giustizia, non si potevano mai saziar di pane sebbene a tutte l'ore con insolita asiduità travagliavano la vita per sostentarsi», Costantini, 1978, p. 119.

42 Pacini, 1990. Véase también Herrero Sánchez, 2001.

43 Gil Pujol, 2002b, p. 286.

44 «Makes the Government a sort of Oligarchy, and very different from a Popular Government», Temple, Observations upon the United Provinces, 1687. Referencia tomada de The works of William Temple, vol. 1, p. 31. Por su parte, William Speck en su análisis comparativo entre los modelos inglés y neerlandés indica: «paradoxically in monarchical England municipal affairs tended to be more populary based than they were in the Dutch Republic», Speck, 1995, p. 185.

45 Al respecto véanse los trabajos de Dekker, 1996 y 1990.

46 Las estrechas relaciones entre la Monarquía Hispánica y las repúblicas mercantiles de Génova y las Provincias así como el impacto de dicha colaboración en el interior de ambas repúblicas han sido el objeto de dos recientes trabajos: Herrero Sánchez, 2012b y 2013.

47 Al respecto véanse las consideraciones de Comparato, 2004 y Hugon, 2011, pp. 217-223.

48 Alain Hugon recoge un párrafo de las memorias del duque de Guisa en el que se expresaba esta diversidad de modelos: «Qu’il étoit pas douteux qu’il falloit former une République […] qu’il y en avoit trois en Europe qui pouvoient servir de modèle : la Populaire comme en Suisse, l’Aristocratique comme à Venise, la Mixte comme en Hollande», en Hugon, 2011, p. 222. Véase también Comparato, 1987.

49 Haitsma Mulier, 1980. Sobre los hermanos De la Court, véase Weststeijn, 2012. Sobre el impacto del modelo veneciano en el republicanismo genovés, véase Maréchaux, 2011.

50 No hay que olvidar tampoco las reticencias que despertaba la influencia de Francia que, como se había visto en Cataluña, representaba un modelo de centralización monárquica mucho más amenazador. Hugon, 2014b, p. 249.

51 Rovito, 1986.

52 En palabra de Manuel Rivero: «Lo más interesante de todos estos procesos lo constituye, en mi opinión, la puesta en tela de juicio de la Monarquía como régimen inmóvil e inmutable y la reaparición del republicanismo como posibilidad solvente para reemplazarlo, apuntando más que a una crisis hispánica a una crisis del principado como sistema de gobierno», Rivero Rodríguez, 2004, p. 41. En opinión de Giuseppe Galasso estaríamos más bien ante la introducción de la vía francesa en la Italia española según los parámetros empleados para superar los disturbios de la Fronda. Un modelo que se caracterizó además por un aumento del regalismo contra la excesiva influencia de la iglesia y por un impulso cultural destinado a dotar de prestigio a la Corona. Galasso, 2005.

53 Rivero Rodríguez, 2011, p. 262. Ahora bien, no creemos que se deba establecer un paralelismo entre este resurgir constitucionalista y un proceso de provincialización de una Monarquía que dejaba atrás su ideario universalista y, en un contexto de potencias soberanas, asumía una centralidad hispana mediante la reconsideración de la autonomía de los virreyes y una mayor dependencia con respecto a la corte de Madrid.

54 Ribot, 2004.

55 Schillinger, 1992.

56 Braun, 2012.

57 La Monarquía Hispánica impulsó la colaboración entre el gobernador de los Países Bajos y el embajador español en La Haya que actuaba como uno de sus principales colaboradores. Ahora bien, el excesivo margen de autonomía y la adopción de medidas unilaterales entre ambos delegados reales impulsó al Consejo de Estado a limitar la presencia del enviado diplomático en Bruselas a estancias no superiores a 8 días. Véase Herrero Sánchez, 2014b.

58 Id., 2000, pp. 204-214.

59 Archives Générales du Royaume de Bruxelles (AGRB), Secrétairerie d’État et de Guerre (SEG), leg. 258, f° 88, Carta del Archiduque al rey, Bruselas, 13-II-1655.

60 Yun Casalilla, 2009.

61 Un breve acercamiento a la figura de Caracena en Herrero Sánchez, 2012a.

62 Un saqueo que traía a la memoria el recuerdo de la furia española de 1576 que tan malas consecuencias había tenido en la posición española en los Países Bajos pues, como advertía Caracena, la entrada del ejército en la ciudad habría provocado una situación de caos «en el cual fuera muy difícil que los soldados distinguiesen las casas de los buenos, de las de los malos y más cuando las de estos eran las más pobres y las de aquellos las más ricas». AGRB, SEG, leg. 265, fos 332-335, Carta de Caracena al rey, Bruselas, 29-XI-1659.

63 Según sus cálculos el situar un contingente permanente en Amberes habría obligado al rey a establecer guarniciones semejantes en el resto de las ciudades lo que supondría mantener unos efectivos de más de 30.000 soldados en suelo flamenco en un momento donde la prioridad estratégica de la monarquía consistía en recuperar el reino de Portugal. Una solución militar daría también al traste con los beneficios económicos que se esperaban de la paz con Francia «pues si pusiésemos la guarnición necesaria, ningún mercader ni negociante querría venir a ella y muchos de los que hoy hay se saldrían», Archivo General de Simancas (AGS), Estado, leg. 2095, Carta de Caracena al rey, Amberes, 28-X-1659.

64 AGS, Estado, leg. 2095, Carta de Caracena al rey, Amberes, 24-X-1659

65 AGRB, SEG, leg. 265, fos 332-335, Carta de Caracena al rey, Bruselas, 29-XI-1659.

66 Roorda, 1969, p. 204.

67 «Political practice in a polycentric polity was characterized by political participation through municipal, local or regional institutions, and entirely irreconcilable with economic and political regulation at “the national” level». Grafe, 2013, p. 257.

68 Representación de don Manuel de Lira sobre comercio y finanzas de España, recogido por Sempere y Guarinos, 1821.

69 Son ilustrativas las palabras de Lira que mostraba su preocupación por la crítica situación por la que atravesaban en 1673 las repúblicas de Génova y de las Provincias tras la invasión franco-saboyana y franco-británica del año anterior. Un situación que parecía ser altamente perjudicial para la monarquía: «Parece que estamos en la era climatérica de las repúblicas según el ajuste de la de Génova en que no tenemos que sentir tanto sus pocas ventajas como la subordinación con que queda a la Francia para adelante que es pie que puede arrastrarnos grandes inconvenientes en cuya mal presagio no peligra poco esta república con tanto riesgo de nuestros intereses», AGS, Estado, leg. 8652, Minuta de carta de Lira a los ministros del rey en Italia, La Haya, 10-IV-1673.

Auteur

Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

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