Familia y elite local en la Castilla Moderna: conceptualización y balance historiográfico
p. 217-231
Texte intégral
1El año 1995 la revista francesa Bulletin Hispanique dedicó un número monográfico a la cultura de las elites en la España Moderna. En dicho volumen, que se caracteriza por la enorme calidad e interés de los trabajos seleccionados, resulta muy significativo que dos autores, el profesor Ricardo García Cárcel1 y el hispanista Jean Pierre Dedieu2, coincidan al plantear un mismo interrogante: en un colectivo humano concreto (una comunidad local, un grupo socio-profesional, la sociedad al completo...), ¿quién o qué designa a la elite? ¿Son los propios miembros de la colectividad analizada quienes los elevan con su aceptación tácita o expresa? ¿O por el contrario, es el investigador que observa al colectivo el que selecciona a la minoría más relevante?
2Preguntas de este tipo fueron utilizadas por aquellos que ponían en tela de juicio la idoneidad para analizar la realidad social del Antiguo Régimen de un concepto contemporáneo y originario de otra disciplina de las Ciencias Sociales como es el de elite3 (recordemos que se trata de un término acuñado por la Sociología a comienzos del siglo XX). Pero también denotan la conveniencia, cuando no la necesidad, de realizar una clara definición del mismo que nos permita determinar a qué nos referimos exactamente al aplicarlo como término analítico4. Pues no cabe duda que, tal y como parecen indicar con sus interrogantes los autores citados, un uso incorrecto del mismo puede provocar que se acabe realizando una lectura presentista o parcial de la sociedad histórica estudiada.
3Si defendemos la necesidad de dotar de contenido al término elite, de señalar claramente a qué grupo o segmento social nos estamos refiriendo cuando lo utilizamos, es porque, en los últimos anos, en la historiografía modernista española se ha producido una abusiva e irreflexiva aplicación de dicho concepto. Este hecho ha supuesto, en primer lugar, que se haya desvirtuado su sentido original en muchos casos, y en segundo lugar (y quizá sea éste su efecto más preocupante) que, sobre todo en aquellos estudios que se han centrado en el análisis de los grupos de poder en el espacio local (pues como veremos a continuación, en otras escalas o ámbitos la confusión ha sido menos acusada y relevante), se haya acabado confundiendo y asimilando al grupo que ejerce el poder político (cuando no al que goza de privilegios estamentales, es decir, la nobleza) con aquel otro que ocupa el vértice de la pirámide social, dos grupos que raramente suelen coincidir en sus componentes. Una confusión5 que, no por generalizada y comprensible, debe ser ignorada, pues supone, por un lado, dar una visión parcial de la sociedad, y por otro, otorgar más importancia a la institución que a la familia y a los actores sociales que actúan y participan en ella.
4Pero vayamos por partes. Acabamos de señalar que una de las principales consecuencias de la generalización del término elite por parte de la historiografía modernista española ha sido la desnaturalización del significado original del mismo y, por tanto, la relativa pérdida de funcionalidad como herramienta analítica. No obstante, se trata de un hecho que es producto, a todas luces, de la propia evolución sufrida en los últimos años por la disciplina.
5En efecto, como es de sobra conocido, desde mediados de la década de 1970 en la historiografía española se asiste a lo que ha sido denominado como “el retorno del interés por lo social”6. Como no podía ser de otra manera, este renovado interés por la faceta social no rompe totalmente con la historia política e institucional imperante hasta ese momento, sino que se imbrica en ésta y da lugar a la llamada “historia social de las instituciones”, en la cual el objeto de estudio comienza a trasladarse del órgano del poder a aquellos individuos que lo ocupan. Se inicia así la “vertiente social en la historiografía española sobre el poder7 “, una incipiente corriente de la disciplina en la cual, aunque también se presta atención a instituciones políticas propias de espacios de poder superiores (administración regia, corte8...) y al estamento al que tradicionalmente la historiografía había “adjudicado” el ejercicio del poder político en el Estado Moderno9, el principal objeto de estudio va a ser el espacio local (o más exactamente, el concejo) y sus componentes10.
6Estos primeros trabajos sobre el “pequeño poder”11 van a centrar su interés en identificar y caracterizar al segmento social que ocupa el órgano de poder local. Así, se van a preocupar por analizar las vías de acceso a la institución (sobre todo, la venalidad regia12), el perfil socioprofesional de los oficiales del concejo y cómo no, en su labor de gobierno. En cierto modo, lo que se pretendía descubrir era hasta qué punto ciertos sectores sociales (la nobleza, los comerciantes, los labradores-pecheros ricos) habían participado en el concejo o en otras instituciones que contaban con poder en el municipio13, y como mucho, intentar vislumbrar los efectos que dicha participación había tenido en la movilidad social de dichos sectores sociales.
7Con todo, la irrupción del concepto elite (y todo lo que éste conlleva) en este tipo de estudios se hará esperar hasta la década de 1980, momento en el cual el interés por profundizar en el conocimiento de aquellos individuos y grupos sociales que ocupan las instituciones de poder, lleva a una serie de historiadores14 a adoptar un término que cuenta con una gran ventaja frente a la visión tradicional de las sociedades del Antiguo Régimen: la de contemplar la jerarquización social como la necesaria combinación y coincidencia de una serie de dimensiones de diversa naturaleza.
8En efecto, el concepto de elite, y sobre todo el de “elite del poder”, tal y como lo plantearon desde un principio autores como W. Pareto o G. Mosca –y más tarde redefinido por otros como C. W. Mills15–, define a un grupo social16 reducido y relativamente heterogéneo17 que se caracteriza, principalmente, por gozar de una posición social diferenciada (algo que logran alcanzar, sobre todo, gracias a la posesión de riqueza), por dominar y dirigir18 al resto de la sociedad, y que tiene el propósito de ser duradero a través de un sistema creencial exclusivo y excluyente. En otras palabras, la elite de poder de una sociedad estaría constituída por un reducido grupo social formado por aquellos individuos y familias que acumulan distinción –en el sentido, sobre todo, de reconocimiento social19–, riqueza y capacidad de influencia. Un grupo que, aunque puedan cambiar sus componentes (teoría de la circulación de las elites), mantendría sus características definitorias en el tiempo.
9La aceptación del concepto elite supone que ya no es una sola variable la que marca la estratificación de una sociedad histórica, sino un conjunto de ellas: si se pretende hacer uso de dicho término y todo lo que éste conlleva, hay que tener en cuenta la situación económica del grupo o individuo considerado (su patrimonio y rentas), el estatuto jurídico (los derechos o privilegios que le son reconocidos) y su influencia en la sociedad20 (es decir, el poder político del que dispone, su rango y su prestigio social).
10En la historiografía española, uno de los primeros historiadores en adoptar el concepto para el análisis de la sociedad castellana del Antiguo Régimen, fue también uno de los que mejor y más acertadamente supo hacerlo. Nos referimos, evidentemente, a José Antonio Maravall.
11Maravall, haciéndose eco de los planteamientos sociológicos originales, utiliza el término de “elite de poder” para designar al reducido grupo de aristócratas cortesanos que, al controlar los designios políticos del Estado Real, conforman lo que Pareto denomina como “clase política”21. Así, al reservar el término de elite de poder para la que podríamos llamar como elite central22 de la monarquía –o desde una perspectiva meramente política, como los integrantes de la Corona23–, realiza una adaptación “purista” de la terminología acunada por la sociología, pues al igual que ésta, no hace más que un macroanálisis de la sociedad. De hecho, para este autor, las villas y ciudades de pequeño tamaño no alojan elites de poder, sino únicamente oligarquías cuyos miembros, por otro lado, son denominados como “medianos”24.
12La adaptación que hace Maravall del concepto elite de poder no presenta fisuras, pues no cabe duda que el grupo que designa como tal, es también el que la colectividad estudiada eleva con su consentimiento tácito. Es decir que en este caso, tanto los componentes de la sociedad analizada como el propio investigador coinciden en considerar al mismo grupo como elite de poder: son, sin lugar a dudas, los más ricos, los más poderosos e influyentes (no sólo por su pertenencia a las instituciones de poder formal), y los que cuentan con mayor prestigio y distinción (la pertenencia al grado más alto de la nobleza).
13No obstante, la aplicación del término elite al espacio local que se realizó en estudios posteriores, se saldó de forma bien distinta. Es cierto que estos trabajos supusieron un nuevo avance en el conocimiento de los individuos que ocupaban las instituciones locales de poder: buen ejemplo de ello es el interés que despierta el análisis de las bases económicas de “los regidores”, que se van a convertir en el principal objeto de estudio25. Sin embargo, aunque se produjo una gran proliferación de trabajos en los que se hizo uso de términos tales como elite municipal26, capitular27, ciudadana28 o urbana29, patriciado urbano30…, raramente se realizó un ejercicio de conceptualización de los mismos, lo cual supuso que, en no pocas ocasiones, se produjeran equívocos y asimilaciones poco acertadas.
14Uno de los más habituales fue equiparar el grupo que ejercía el poder político (la oligarquía31 en sentido estricto) con el grupo que ocupaba el vértice de la sociedad local, es decir, su elite local32.
15Se trata de un error perfectamente comprensible (y que todavía hoy es relativamente habitual), pues no cabe duda que los miembros del regimiento disponen de buena parte de los rasgos definitorios del reducido segmento social que conforma cualquier elite local33: elevado potencial económico, capacidad de influencia en la comunidad, reconocido prestigio (que no se reduce al que otorga la pertenencia al estamento privilegiado). Un grupo que, gracias a esos capitales económicos, simbólicos y diferenciales, y a las relaciones sociales34 que traza, logra mantener su preeminencia social y su dominio en la localidad de manera continuada y duradera, aunque no estén exentos de que puedan producirse variaciones en su composición interna.
16Así, los miembros de estas oligarquías concejiles cuentan con poder fáctico (de hecho, “los regidores” conforman el grupo social que más claramente dispone de influencia en el contexto local35), reconocimiento social (el que otorga la pertenencia al reducido segmento social que rige a toda la comunidad local por designación regia o del señor de la población) y suelen disfrutar de unos niveles de fortuna que, en ocasiones, pueden llegar a ser realmente considerables (no olvidemos que, en los concejos a los que se accede por vía electiva se requiere un mínimo patrimonial o de rentas para ser insaculado36, y en aquellos en los que los oficios se encuentran patrimonializados se precisa de un aval económico para ejercer ciertos oficios). Es decir, unas características que describen a un grupo que se asemeja enormemente a una elite local.
17Pero aunque se trate de una confusión comprensible e incluso justificable, no por ello carece de importancia, pues supone realizar una lectura muy parcial de la sociedad.
18En efecto, por un lado equipara, de manera más o menos explícita, al conjunto de “los regidores” con el grupo preeminente local, situando, de manera automática, a todo miembro del regimiento en la cima de la pirámide social, algo que, evidentemente, no es en modo alguno defendible. Veamos un sencillo ejemplo. El año 1661, don Juan Velasco de Valcárcel, vecino de la villa de Hellín, declara en su testamento ser propietario de “cuatro o cinco mitades de oficios de regidor y tres oficios enteros, uno de ellos vinculado37“. Un año después, en 1662, doña María Esperanza Garín, viuda de Lorenzo Pérez Masquefa –también regidor perpetuo de dicha villa–, renunciaba el oficio de su marido en manos de don Bartolomé Jiménez de Valcárcel38.
19A simple vista, don Juan Velasco y don Bartolomé Jiménez se diferenciaban muy poco, pues ambos participaban en el gobierno de la comunidad y por lo tanto, los dos podían ser considerados como “hombres poderosos” e influyentes, al ejercer un oficio que les permitía opinar y decidir, por medio de su voto, asuntos que concernían a toda la vecindad. No obstante, las semejanzas acaban ahí: mientras que don Bartolomé Jiménez de Valcárcel ha accedido al órgano de poder local por voluntad de doña María Esperanza Garín –lo cual mediatiza, en mayor o menor grado, su comportamiento en el cabildo–, don Juan Velasco de Valcárcel, además de no depender de ningún favor ajeno para ejercer una regiduría, tenía capacidad para designar y controlar, en ciertos momentos, a nada menos que siete u ocho oficiales del concejo. Don Bartolomé podía ser poderoso, un oligarca, pero don Juan Velasco era, sin lugar a dudas, “muy poderoso”, miembro de la elite local.
20Este ejemplo denota que dentro del grupo de poder existen jerarquías y escalas, pero sobre todo, demuestra que no podemos utilizar una sola variable (en este caso, el poder), para delimitar o definir al grupo social que ocupa la más alta posición en la comunidad, pues no todos los que ejercen personalmente cargos con responsabilidad política disponen del mismo poder. En el caso castellano39 (y no tanto en el de las localidades pertenecientes a la Corona de Aragón donde, a lo largo de los siglos XVI y XVII40, el acceso al concejo continuará siendo electivo41, al igual que sucede en Portugal42), esta diferencia en la capacidad de influencia de unos y otros actores sociales se verá muy impulsada, de manera más o menos directa, por la política de acrecentamiento y venta de oficios concejiles que se produce a partir de 1540, un largo proceso que facilitará la creación de redes de patronazgo y clientela en los concejos castellanos. Unas redes clientelares basadas, grosso modo, en la cesión de cargos del concejo por parte del propietario de éstos, a cambio de lealtad en las votaciones del regimiento y, en no pocas ocasiones, también fuera de él43. Lo cual nos lleva al segundo de los grandes problemas que plantea el hecho de equiparar elites locales con oligarquías concejiles: el de contemplar el político como única manifestación del poder.
21En efecto, aunque la capacidad de influencia y mando es el principal rasgo distintivo del grupo, debemos tener en cuenta que existen otras formas de dominio ajenas a las de índole política44 que es preciso examinar. Pues no cabe duda que si sólo contemplamos la faceta política del poder, excluímos del análisis a todos aquellos sectores sociales que también gozan de influencia en la comunidad por medios informales (patrones de clientes, grandes propietarios agrícolas y ganaderos, miembros de la estructura del Santo Oficio, familiares próximos de los propios oficiales del concejo...), y por tanto, damos por hecho que aquellos que no tienen presencia en el concejo, carecen de capacidad de influencia y mando.
22Veamos un ejemplo muy ilustrativo. El año 1665 fallece sin hijos Francisco Sevilla Cortés, alférez mayor perpetuo de la villa de La Gineta. Dicho oficio concejil queda para su viuda, doña Ana María de Cantos Royo, quien lo cede para su ejercicio a Juan Cortés Benítez, pariente de su difunto esposo. Tres años más tarde, en 1668, doña Ana María de Cantos intenta recuperar el control del oficio para renunciarlo en cabeza de otra persona, sin embargo Juan Cortés Benítez se niega a devolverlo a su legítima dueña. Como no podía ser de otra manera, doña Ana María pone el caso en manos de la justicia. En su declaración, hace ver el enorme poder de su oponente en la villa:
“...el dicho Juan Cortés Benítez se queda con el dicho oficio sin más causa ni razón sino solo por ser poderoso y caveza de vando en las opiniones que ay en la dicha villa, de cuya orden se eligen los alcaides hordinarios y están siempre a su parecer (...) con el poder y mano que el susodicho tiene en la dicha villa de La Gineta, donde está muy emparentado45...”
23La capacidad de mando de Juan Cortés Benítez descansa en su pertenencia al concejo, pero no de manera exclusiva: Juan Cortés es poderoso, pero sobre todo por liderar un bando concejil, y por contar con el apoyo de unas redes de relación horizontal, vertical (en tanto que hay una serie de personajes que ...están siempre a su parecer..., es decir, a sus órdenes) y de parentesco que ha logrado tejer en torno a él.
24Bajo estas premisas, resulta muy difícil hacer uso de conceptos como el de “oligarquía local” o “patriciado urbano” para denominar al grupo preeminente local, pues resulta evidente que ni todos los individuos que participan activamente en el gobierno de la comunidad cuentan con los requisitos necesarios para formar parte de la elite local, ni la capacidad de dominio y mando social se reduce al ejercicio directo del poder político.
25La convicción de que la capacidad de mando no descansa únicamente en la estructura “formal” del poder establecido, junto al hecho de que alguno de los trabajos realizados desde esta óptica historiográfica comenzaran a prestar atención a temáticas tales como la perpetuación de ciertos linajes en el poder, la creación de alianzas y solidaridades dentro del grupo de poder46, llevaría a “descubrir” a la familia como una muy útil herramienta para aproximarse y profundizar en dichas cuestiones.
26Esta irrupción de la familia en los estudios sobre oligarquías locales va a provocar que, en años posteriores, se asista a la aparición de una nueva vertiente del estudio social del poder: nos referimos a la que podríamos denominar como “historia de las familias de poder”, cuya principal característica es que, en ésta, es la familia y no la institución o el grupo socioprofesional la que se sitúa en el punto central del análisis. En cierto modo, la inclusión de la temática familiar en los estudios sobre la “vertiente social del poder” supone una vuelta a los originales planteamientos del concepto elite y, lógicamente, una mejor adaptación del mismo.
27En efecto, al abandonar la institución como elemento aglutinante del segmento social analizado (ya no se estudia a una familia por ser componente de una institución, sino que se buscan todas aquellas instituciones y redes de relación en las que dicha familia participa y que le otorgan capacidad de influencia47), se retoma la idea de heterogeneidad del grupo de poder, caracterizado por su capacidad de mando, independientemente de cuál sea el origen de dicho poder. De igual manera, el análisis de las estrategias de reproducción social de las familias poderosas, que implica necesariamente el estudio de la transmisión patrimonial y el modo de vida, permite, por un lado, observar los medios de diferenciación social que utilizan las elites –uno de sus rasgos definitorios, como hemos señalado anteriormente–, y por otro lado, contempla dos de los principios fundamentales de toda elite: su mantenimiento en el tiempo y la “renovación” de sus miembros. Así, el estudio de dichas estrategias de reproducción social puede mostrar cuáles son los medios y vías con los que cuentan las familias de poder para alcanzar y mantener en el tiempo la preeminencia social; y también cuáles son las causas que pueden llevar a ciertas familias a perder su posición en el grupo. Pues no debemos olvidar que aunque las características definitorias de toda elite local se mantengan prácticamente invariables a lo largo del Antiguo Régimen (poder, prestigio, dinero) no significa que, necesariamente, las familias que las componen también lo sean: los procesos de movilidad social (tanto los ascendentes como los descendentes) influyen en la constitución del grupo, pero no necesariamente en sus rasgos definitorios. El caso de la familia Yarza Olazarán de Yecla puede ser buen ejemplo de ello.
28A comienzos del siglo XVII se asienta en la citada villa don Francisco de Yarza Olazarán, un hidalgo procedente de Oñate (Navarra). Su condición noble en una villa en la que no existen familias hidalgas autóctonas48 le permite, por un lado, ocupar casi de manera ininterrumpida los oficios de justicia reservados al estamento privilegiado (las alcaldías ordinaria y de la Santa Hermandad: en Yecla se ha impuesto, años antes, la reserva de mitad de oficios de justicia para el estamento noble), y por otro, emparentar con una de las familias más influyentes y ricas de la elite local yeclana: los Sánchez de Amaya. Esta alianza matrimonial aporta a don Francisco de Yarza una importante base patrimonial49, pero sobre todo, la posibilidad de integrarse en una familia de poder50 que dispone de una red de relaciones que les permite influir (sino controlar) en numerosos ámbitos de la vida local. Hidalgo, bien situado económicamente, influyente y bien relacionado, reune en su persona los requisitos necesarios y suficientes para ser considerado como miembro destacado de la elite local yeclana. De su hijo, don José Matías de Yarza y Amaya, podemos decir otro tanto51, pero no de su nieto, don Francisco José de Yarza Olazarán y Lozano. Éste, aunque conserva la condición noble y una posición económica holgada, carece de la capacidad de influencia en la comunidad que han disfrutado sus antecesores: la supresión de la mitad de oficios a finales de la década de 1650 lo aleja de la vida municipal52, su principal medio de influencia53. Puede ser considerado como un individuo prestigioso y rico, pero en modo alguno como miembro de la elite local, pues dispone de medios que le confieren distinción pero no de aquellos otros que le otorgan dominio. El dominio suele aportar a quien lo ejerce distinción, pero por el contrario, el prestigio no tiene por qué aportar, necesariamente, poder, mando o capacidad de influencia54.
29De manera que solo aquellos que disponen de los medios materiales y simbólicos necesarios para alcanzar dominio y distinción –pues esta última, en su faceta de “justificadora” de la posición social, es la que permite mantenerla y perpetuarla en el tiempo55–, pueden ser considerados como miembros de una elite local. La ausencia o carencia de uno de estos elementos provoca que la posición social se convierta en algo inestable o difícilmente justificable, con lo cual se hipoteca la perpetuación de la misma.
30Este hecho (la necesidad de confluencia de los requisitos descritos) convierte a las elites locales castellanas en unos grupos relativamente móviles y variables en su composición interna: las familias que constituyen el grupo elitista de una localidad pueden variar con el tiempo, dependiendo de su disposición o carencia de los medios materiales y simbólicos que les otorgan poder y distinción.
31De ahí que sea tan importante analizar la dimensión familiar de las elites, pues es por medio de variables como las estrategias familiares de reproducción y promoción sociales como podemos aproximamos al conocimiento de cómo ciertas familias lograron perpetuar en el tiempo su posición social preeminente, mientras que otras, como es el caso expuesto de los Yarza yeclanos, fueron poco a poco descendiento en la pirámide social de la localidad. De ahí el interés de aunar los conceptos de elite y familia: sólo de esta manera podremos conocer el “quién”, y sobre todo, el “cómo”56 de la jerarquización social castellana durante el Antiguo Régimen.
Bibliographie
Bibliografía seleccionada.
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REINHARD, W. (coord.), Las elites del poder y la construcción del Estado, Madrid, 1997.
Notes de bas de page
1 R. GARCÍA CÁRCEL, “Presente y futuro de la investigación sobre las elites en la Cataluña del Antiguo Régimen”, Bulletin Hispanique, n.o 97-l, 1995, pp. 385-396.
2 J. P. DEDIEU, “Las elites: familias, grupos, territorios”, Bulletin Hispanique, n.o 97-1, 1995, pp. 13-32.
3 Así, hace ya más de un cuarto de siglo, J. A. Maravall defendia el uso de este concepto afirmando que “...yo no estoy con quienes, al ocuparse de términos como este de elite o como el de “revolución”, etc., se niegan a emplearlos en los siglos XVI y XVII, porque no se hallaban usados en el sentido político moderno. Creo que podemos servimos de un término de hoy, con tal que su contenido de significación exista, en un grado de aproximación que nuestros métodos de observación histórica nos permitan apreciar”, J. A. MARAVALL, Poder, honor y elites en el siglo XVII, Madrid, 1979, p. 152.
4 J. ABELLÁN, “Historia de los conceptos (Begriffigeschichte) e historia social. A propósito del diccionario Geschichtliche Grundbegriffe”, en S. CASTILLO, (coord.), La Historia social en España. Actualidad y perspectivas, Madrid, 1991, pp. 47-64, p. 52.
5 De hecho, pasa algo muy parecido en el caso portugués, en el cual conceptos como “elites”, “oligarquías”, “nobreza camararia”, “gente de governança” o “vereadores” suelen recibir significados similares, amén de ser utilizados de forma indistinta: L. VIDIGAL, O municipalismo em Portugal no século XVIII, Lisboa, 1989, p. 19.
6 J. HERNÁNDEZ FRANCO, “Estudios sobre las familias de las elites en la Castilla Moderna. Estado de la cuestión: del influjo de la historia política al de la historia social”, Penélope, n.o 25, 2001, pp. 151-167.
7 A. PASSOLA TEJEDOR, La historiografía sobre el municipio en la España Moderna, Lleida, 1997.
8 Ejemplo de ello son las obras de P. MOLAS RIBALTA et alii, Historia Social de la Administración Española. Estudios sobre los siglos XVII y XVIII, Barcelona, 1980; y de J. FAYARD, Los miembros del Consejo de Castilla (1621-1746), Madrid, 1982.
9 A. DOMÍNGUEZ ORTIZ, Las clases privilegiadas en el Antiguo Régimen, Madrid, 1973.
10 F. CHACÓN JIMÉNEZ, “Población, familia y relaciones de poder. Notas y reflexiones sobre la organización social hispánica: circa siglo XV-circa siglo XVII”, en M. RODRÍGUEZ CANCHO (coord.), Historia y perspectivas de investigación. Estudios en memoria del profesor Ángel Rodríguez Sánchez, Mérida, 2002, pp. 85-95. Muestras de la actualidad de la temática y el interés que tiene para la historiografía modernista española son el artículo de F. J. ARANDA PÉREZ, ““Repúblicas ciudadanas”. Un entramado político oligárquico para las ciudades castellanas en los siglos XVI y XVII”, Estudis, n.o 32, 2006, pp. 7-48; y el monográfico que la Revista Historia Moderna dedicó a esta temática bajo el título de “Elites locales y poder territorial” (n.o 26, 2008).
11 A. HIJANO PÉREZ, El pequeño poder. El municipio en la Corona de Castilla: siglos XV-XIX, Madrid, 1992.
12 F. TOMÁS Y VALIENTE, “Origen bajomedieval de la patrimonialización y enajenación de oficios públicos en Castilla”, en Actas del I Symposium de Historia de la Administración, Madrid, 1970, pp. 123-159; también de este autor, el artículo “Las ventas de oficios de regidores y la formación de las oligarquías urbanas en Castilla (siglos XV-XVIII)”, en Historia, Instituciones, documentos, n.o 2, 1975, pp. 525-547.
13 Es el tema que interesa, por ejemplo, a B. GONZÁLEZ ALONSO, “Sociedad urbana y gobierno municipal en Castilla (1450-1600)”, en Sobre el Estado y la Administración de la Corona de Castilla en el Antiguo Régimen, Barcelona, 1981, pp. 57-83.
14 En la historiografía española, destacamos los pioneros trabajos de J. A. MARAVALL, Poder, honor y elite..., opus cit. y J. AMELANG, La formación de una clase dirigente, Barcelona, 1986.
15 PARETO, Escritos sociológicos, Madrid, 1987; G. MOSCA, La classe política, Roma, 1975. Sus teorías sobre la llamada “circulación de las elites” serán retomadas y revisadas posteriormente por autores como T. BOTTOMORE, Minorías selectas y sociedad, Madrid, 1965 y C. W. MILLS, La elite de poder, México, 1975.
16 Ver la definición de “grupo” en F. CHACÓN JIMÉNEZ, “Historia de grupos: parentesco, familias, clientelas, linajes”, en S. CASTILLO, y R. FERNÁNDEZ, (coord.), Historia social y Ciencias Sociales, Lleida, 2001, pp. 165-183.
17 Heterogéneo en tanto que que no conforma una clase, ni un estamento, ni dispone de un aparato organizado: C.W. MILLS, La elite de poder..., opus cit., pp. 253-277.
18 De hecho, es el ejercicio del poder el que les confiere identidad como grupo: F. J. ARANDA PÉREZ, “Bases económicas y composición de la riqueza de una oligarquía urbana castellana en la Edad Moderna: patrimonio y rentas de los regidores y jurados de Toledo en el siglo XVH”, en Hispania, n.o 182, LII/3, 1992, pp. 863-914.
19 P. BOURDIEU, La distinción. Criterio y bases sociales del gusto, Madrid, 1991.
20 Se trata del estudio pluridimensional que, según autores como J. PÉREZ, “La aristocracia castellana en el siglo XVI”, en VV.AA, Nobleza y sociedad en la España Moderna, Oviedo, 1996, pp. 53-71 o J. PRO RUIZ, “Las elites de la España Liberal: clases y redes en la definición del espacio social 1808-1931”, Historia Social, n.o 21, 1995, pp. 47-69 deben tenerse en cuenta a la hora de realizar cualquier estudio de estratificación social.
21 En este sentido, José Antonio Maravall se muestra muy restrictivo y “formalista”: al igual que hacen los citados sociólogos, no admite más poder que aquel que emana de las instituciones, y en lo referente al prestigio, no acepta mayor distinción que la pertenencia al estamento noble.
22 A este respecto (los diferentes espacios sobre los que actuan los grupos de poder) ver la obra coordinarda por W. REINHARD, Las élites del poder y la construcción del Estado, México, 1997, sobre todo el artículo de G. E. AYLMER, “Centro y localidad. La naturaleza de las elites del poder”, Las élites del poder, opus cit., pp. 83-105.
23 En palabras de Ruiz Ibánez: “por tal se entenderá al órgano decisorio de la Monarquía, el gobierno en sentido lato (...) Esta Corona se componía del entorno real, quienes, desde Madrid o Valladolid, pudieran tomar decisiones determinadas y focalizar el uso del producto detraído a la población...” (J. J. RUIZ IBÁNEZ, “Una propuesta de análisis de la administración en el Antiguo Régimen: la constitución implícita factual”, Ius Fugit. Revista interdisciplinar de estudios histórico-jurídicos, 1994-1995, vol. 3-4, pp. 169-191, p. 176).
24 Ver el capítulo J. A. MARAVALL, “Los comienzos de la conciencia de un nuevo grupo: la clase intermedia”, Poder, honor y elites..., opus cit., pp. 251-302.
25 Ver, por ejemplo, F. J. ARANDA PÉREZ, Poder y poderes en la ciudad de Toledo: gobierno, sociedad y oligarquías urbanas en la Edad Moderna, Cuenca, 1999; y F. J. ARANDA PÉREZ, “Bases económicas y composición de la riqueza de una oligarquía urbana castellana en la Edad Moderna: patrimonio y rentas de los regidores y jurados de Toledo en el siglo XVII”, Hispania, LII/3, n.o 182, 1992, pp. 863-914. También HERNÁNDEZ BENÍTEZ, A la sombra de la Corona. Poder local y oligarquía urbana (Madrid, 1606-1808), Madrid, 1995.
26 Buen ejemplo de ello son los trabajos de A. GUERRERO MAYLLO, Familia y vida cotidiana de una elite de poder. Los regidores madrileños en la época de Felipe II, Madrid, 1993; P. PEREIRO, Vida cotidiana y elite local: Málaga a mediados del siglo de Oro, Málaga, 1987, o A. PASSOLA TEJEDOR, Oligarquia i poder a la Lleida deis Austria. Una elit municipal catalana en la formació de l’estat modern, Lleida, 1997. En todos ellos, y pese a aparecer en sus títulos los términos de “elite de poder” o “elite local”, realmente lo que se analiza es la oligarquía concejil de diferentes villas y ciudades.
27 M. C. GARCÍA BERNAL, “Las elites capitulares indianas y sus mecanismos de poder en el siglo XVII”, Anuario de Estudios Americanos, n.o 57-1, 2000, pp. 89-110.
28 M. HERNÁNDEZ BENÍTEZ, “Sobre familias, relaciones y estrategias familiares en una elite ciudadana (los regidores de Madrid, siglos XVI-XVIII)”, en F. CHACÓN JIMÉNEZ, y J. HERNÁNDEZ FRANCO, (eds.), Familia, poderosos y oligarquías, Murcia, 2001, pp. 61-80.
29 A. EIRAS ROEL, “Las elites urbanas de una ciudad tradicional: Santiago de Compostela a mediados del siglo XVIII”, en La documentación notarial y la Historia. Actas del II Coloquio de Metodología Histórica Aplicada, Santiago de Compostela, 1984, pp. 117-139.
30 Se trata de un término procedente de la historiografía italiana (ver, por ejemplo, M. BERENGO, “Patriziato e nobilità: il caso veronese”, Rivista storica italiana, LXXXVII, 1975, pp. 493-517), adoptado en la historiografía española por autores como V. MONTOJO MONTOJO, “Matrimonio y patrimonio en la oligarquía de Cartagena (siglos XVI-XVII)”, en F. CHACÓN, A. PENAFIEL, y J. HERNÁNDEZ, (eds.), Familias, grupos sociales y mujer en España (siglos XV-XIX), Murcia, 1991, pp. 49-93.
31 S. L. Villas Tinoco nos ofrece una muy clara definición del concepto oligarquía. Para este autor se trata de “la detentadora de la capacidad política en el nivel ciudadano. En toda ocasión se trata de un grupo social caracterizado por una mínima entidad numérica (gobierno de unos pocos) que disfruta de una altísima cuota de influencia social. Detentan un dominio determinante sobre la esfera de poder político en el entorno en el que se desenvuelven”: S. L. VILLAS TINOCO, “Oligarquías y grupos de poder en una ciudad portuaria del Antiguo Régimen”, en F. J. ARANDA PÉREZ, (coord.), Poderes intermedios, poderes interpuestos. Sociedad y oligarquías en la España Moderna, Cuenca, 1999, pp. 77-91, p. 84.
32 Aunque la confusión ha llegado a ser incluso mayor, definiendo como “oligarquía” a la nobleza de una localidad. Es el caso, por ejemplo, del artículo de J. L. PEREIRA IGLESIAS, “Las oligarquías extremeñas en el Antiguo Régimen”, en M. LAMBERT-GORGES, (dir.), Les élites locales et l’État dans l’Espagne Moderne. Du XVIe au XIXe siècle, Paris, 1993, pp. 79-96. En descargo de éste y otros autores, hay que admitir que se trata de una confusión muy común en historiografías como la francesa, donde no es extraño denominar a los miembros del estamento noble como componentes de la elite. A este respecto, ver los trabajos recogidos en G. CHAUSSINAND-NOGARET (dir.), Histoire des élites en France, France du XVIe au XIX siècle, Paris, 1991.
33 De manera muy semejante a ésta describe M. H. da Cruz Coelho a las “elites municipales” portuguesas: “je dirai que ce sont normalement les plus riches, les plus donés de prestige ou d’influence, ceux qui vont atteindre le pouvoir dans les villes ou bourgs” (M. H. da Cruz COELHO, “Les elites municipales”, Anais. Serie História, no II, 1995, pp. 51-55).
34 Junto a los vínculos horizontales (lazos de parentesco, amistad, endogamia matrimonial y profesional...), también suelen crearse vínculos verticales, en particular la relación de patronazgo-clientela. Así, van a formar parte de redes que les conectan con capas de la sociedad situadas por encima de ellos (por ejemplo, la Corte: ver D. GARCÍA HERNÁN, La aristocracia en la encrucijada. La alta nobleza y la Monarquía de Felipe II, Córdoba, 2000), y coronan otras que les conectan con capas inferiores. A este respecto, ver J. M. IMÍZCOZ BEÚNZA, “Comunidad, red social y elites. Un análisis de la vertebración social en el Antiguo Régimen”, en J. M. IMÍZCOZ BEÚNZA, (dir.), Elites, poder y red social. Las elites del País Vasco y Navarra en la Edad Moderna, Vitoria, 1996, pp. 13-50.
35 De la importancia que el ejercicio del poder concejil en la promoción social de muchos individuos y familias ha vuelto a incidir recientemente M. HERNÁNDEZ BENÍTEZ, “Ayuntamientos urbanos, trampolines sociales. Reflexiones sobre las oligarquías locales en la Castilla moderna”, Melanges de la Casa de Velázquez, n.o 34-2, 2004, pp. 91-114.
36 A. PASSOLA TEJEDOR, “Poder, parentesco y linajes en la Lleida de los Austrias”, en J. HERNÁNDEZ FRANCO y J. CASEY (eds.), Familia, parentesco y linaje, Murcia, 1997, pp. 131-150.
37 Archivo Histórico Provincial de Albacete (AHPAb), legajo (leg.) 760-2, páginas (pp.) 164; 15-10-1661.
38 AHPAb, leg. 760-3, pp. 170; 24-07-1662.
39 Con excepción, claro está, de los municipios de señorío, en los cuales el acceso al concejo también era de base electiva o dependía, directamente, del nombramiento del señor. A este respecto ver, por ejemplo, D. GARCÍA HERNÁN, “El corregidor señorial”, en E. MARTÍNEZ RUIZ (dir.), Madrid, Felipe II y las ciudades de la Monarquía. Las ciudades: poder y dinero, Tomo I, Madrid, 2000, pp. 331-345; y C. WINDLER, Elites locales, señores, reformistas. Redes clientelares y monarquía hacia el final del Antiguo Régimen, Sevilla, 1997.
40 Pues, como es bien sabido, los Decretos de Nueva Planta borbónicos imponen el sistema de regidurías al estilo castellano en dichos municipios. Ver, por ejemplo, E. GARCÍA MONERRIS, “Los nuevos hidalgos y el poder local en la crisis del Antiguo Régimen. El caso valenciano”, en M. LAMBERT-GORGES (dir.), Les élites..., opus cit., pp. 267-280.
41 Ver, por ejemplo, la obra ya citada de A. PASSOLA TEJEDOR, Oligarquía y poder..., opus cit.; D. BERNABÉ GIL, Elites de poder y administración municipal en una ciudad valenciana: Orihuela en la época foral moderna, Alicante, 1998; y A. FELIPO ORTS, Insaculación y elites de poder en la ciudad valenciana, Valencia, 1996.
42 M. H. da Cruz COELHO, y J. Romero MAGALHÃES, O poder concelhio. Das origens às Cortes Constituintes. Notas da História Social, Coimbra, 1986; N. G. MONTEIRO, “A sociedade local e os seus protagonistas”, en C. OLIVEIRA (dir.), História dos municipios e do poder local. Dos finais da Idade Média à União Europeia, Lisboa, 1996, pp. 29-78; L. VIDIGAL, O municipalismo..., opus cit.
43 Un ejemplo de formación de redes clientelares por medio de la cesión de oficios de regidor podemos verlo en S. MOLINA PUCHE, La construcción de una elite local. Poder, familia y redes sociales en la Yecla del siglo XVII, Murcia, 2003, pp. 125 y ss.
44 En este sentido, autores como F. J ARANDA PÉREZ “Prosopografía y particiones de bienes...”, opus cit., y P. L. LORENZO CADARSO “Luchas políticas y refeudalización en Logrono en los siglos XVI y XVII”, Historia Social, n.o 5, 1989, pp. 3-23, van a ser auténticos pioneros: tienen un concepto de oligarquía que excede de los grupos que ejercen en primera instancia el poder político, y en su análisis integran también grupos de poder o presión.
45 AHPAb, leg. 9-3, f. 25; 29-05-1668.
46 Junto a los trabajos ya citados de A. GUERRERO MAYLLO, Familia y vida cotidiana de una elite de poder..., opus cit.; M. HERNÁNDEZ BENÍTEZ, A la sombra de la Corona..., opus cit. y A. PASSOLA TEJEDOR, Oligarquía i poder a la Lleida..., opus cit., cabe destacar el de F. M. BURGOS ESTEBAN, Los lazos del poder: obligaciones y parentesco en una elite local castellana en los siglos XVI y XVII, Valladolid, 1994, y más recientemente, S. MOLINA PUCHE, Poder y familia. Las elites locales del corregimiento de Chinchilla-Villena en el siglo del Barroco, Murcia, 2007.
47 F. CHACÓN JIMÉNEZ, “Estructuración social y relaciones familiares en los grupos de poder castellanos en el Antiguo Régimen. Aproximación a una teoría y un método de trabajo”, en J. L. CASTELLANO CASTELLANO et allii (coord.), La pluma, la mitra y la espada. Estudios de Historia Instituciona en la Edad Moderna, Burdeos, 2000, pp. 355-362. Ver también S. MOLINA PUCHE, “Familia y poder en la Castilla Moderna. Aproximación a través del estudio de la elite local de Almansa en el siglo XVII”, Chronica Nova, 30, 2003-2004, pp. 489-510.
48 S. MOLINA PUCHE, La construcción de una elite local..., opus cit., pp. 15 y ss.
49 En 1611 don Francisco Yarza Olazarán, poco después de llegar a Yecla, casa con doña Catalina Sánchez de Amaya, hija del regidor Bartolomé Sánchez de Amaya y doña Elvira Quílez, recibiendo como dote de su esposa un rebano de ganado lanar por valor de 500 ducados. A la muerte de Bartolomé, el matrimonio recibe como herencia una finca agrícola en la partida del Pulpillo, una de las zonas más fértiles del término municipal: Archivo Histórico de Protocolos Notariales de Yecla (AHPNY), leg. 17, expediente (exp). 7, pp. 73 y ss., abril 1619.
50 Los Amaya son una de las familias más influyentes del municipio: aúnan propiedad agrícola y ganadera, posición en el concejo, el Santo Oficio y la Iglesia, y una enorme red de parientes que hacen de ésta una familia amplísima con contactos en todas las esferas de la vida local, ver S. MOLINA PUCHE, “Bandos y bandolerismo en la Yecla del siglo XVII”, Yakka, revista de estudios yeclanos, n.o 8, 19971998, pp. 31-37.
51 Único heredero de sus padres, participa en el gobierno municipal como alcaide ordinario y de la Santa Hermandad en las décadas de 1640 y 1650 (AHPNY, leg. 861, 16-01-1653), y mantiene buenas relaciones con otros miembros del grupo preeminente local, sobre todo con sus parientes los Soriano de Amaya.
52 AHPNY, leg. 47-6,24 de junio de 1659: mandato del corregidor don Baltasar Nieto de Trejo para que sea suprimida la reserva de la mitad de oficios de justicia para el estamento noble.
53 Esta familia nunca llegó a adquirir un oficio con voz y voto de regidor: hasta ese momento no les había hecho falta para participar activamente en el concejo. Además, los Yarza han perdido prácticamente cualquier tipo de vínculo con la extensa familia Amaya, y tampoco han sabido diversificar sus ámbitos de influencia.
54 A. SERVEL, “Les signes extérieurs de notabilité en Pays d’Apt aux XVIe et XVIIe siècles”, en Revue d’histoire moderne et contemporaine, 42-2, 1995, pp. 195-218.
55 Ver a este respecto P. BOURDIEU, La distinción..., opus cit.
56 Usamos, evidentemente, la famosa expresión de C. GINZBURG, y C. PONI, “Il nome e il come. Scambio ineguale e mercato storiografico”, Quaderni storici, n.o 40, 1979, pp. 181-190.
Auteur
EHESS, Paris.
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