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Elites e redes clientelares na Idade Média

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Filipe Themudo Barata

II. Os Oligarcas na Cidade

Elites urbanas en la Castilla del siglo XV (oligarquía y Común)

Mª Isabel Del Val Valdivieso

Texte intégral

  • 1 Así puede constatarse en los estudios reunidos bajo el título Elites urbaines au Moyen Âge (París-R (...)

1El estudio de las elites urbanas presenta diversos problemas metodológicos, que afectan tanto a su definición, como a su individuación en el conjunto de la sociedad urbana1. De entre ellos, voy a centrar el presente trabajo, primero en su identificación desde el punto de vista socio-político y económico, para pasar a continuación a exponer cómo, desde la perspectiva de la existencia de las elites identificadas de esa forma, puede plantearse una determinada visión de la conflictividad social urbana del siglo XV, según la cual lo que está detrás de la misma es la lucha entre dos elites, que se han formado merced al enriquecimiento que proporciona el comercio, y que difieren entre sí, debido, especialmente, a su diferente relación con el poder local, y más concretamente con los oficios concejiles.

2Esto implica partir de dos hechos: el papel que juega el comercio en las ciudades, y el sentido social que tuvo la constitución del regimiento. A partir de ambas circunstancias, pasaré a perfilar, a caracterizar, las dos elites a las que acabo de referirme. En función de esto, plantearé en un tercer momento los caracteres que a la luz de lo anterior adquiere la conflictividad social urbana en la Castilla del siglo XV. Y para terminar presentaré las conclusiones pertinentes, que vendrán a completar, o a dar un nuevo sesgo, a nuestra percepción de la sociedad urbana medieval.

1. Las consecuencias sociales del desarrollo del comercio y del triunfo del regimiento

3En la Castilla del siglo XV, las ciudades tienen un papel político y económico de primer orden. Aunque, por supuesto, las riendas del reino están en manos de la nobleza, y la base económica reposa en el medio rural, los núcleos urbanos ocupan una destacada posición estratégica. Esto se debe, primero, a que son piezas de gran valor en la reforma político-administrativa realizada por los reyes; y también al creciente valor que cobran los recursos derivados de la actividad mercantil. De esta forma, villas y ciudades ven crecer su peso relativo en el reino, y la población urbana ve aumentar su prestigio, al tiempo que su riqueza.

4En este proceso, el mercado tuvo una importancia indudable, ya que posibilitó el desarrollo de los núcleos urbanos, a la vez que facilitaba la recuperación del valor de la renta nobiliaria, permitía el desarrollo de un artesanado en expansión, y provocaba la aparición de un sector social enriquecido, del que van a surgir dos grupos de elite, el constituido por los comerciantes de más altos vuelos, que se integran en la clase dominante de las ciudades; y la elite del común de vecinos, auténtico elemento dinamizador de las relaciones sociales en el marco de las ciudades de fines de la Edad Media.

  • 2 F. J. Goicolea Julián, “Mundo urbano y actividades económicas en la Rioja Alta bajo-medieval”, Espa (...)
  • 3 M.ª I. del Val Valdivieso, “Valladolid y las villas de su entorno en el tránsito de la Edad Media a (...)

5La creciente importancia relativa de los mercaderes en todos los núcleos urbanos está en relación, evidentemente, con el incremento del peso del comercio y su capacidad de enriquecimiento, que queda de manifiesto en los mercados y ferias que se multiplican por toda Castilla. Su papel es indiscutible, y se evidencia en el hecho de que algunos núcleos pueden seguir considerándose urbanos por la simple existencia de un mercado, por reducido que sea; ese es el caso de algunas pequeñas villas del camino de Santiago, como Haro, Logroño, Nájera o Santo Domingo de la Calzada2. En efecto, estos núcleos, a pesar de la creciente ruralización que aqueja a toda la comarca en que están ubicados (La Rioja), conservan sus características urbanas merced al comercio, y en alguna medida también al artesanado. Por otra parte, es igualmente el comercio la actividad que en muchos casos salva las finanzas municipales, a través de los tributos que la gravan. Por ello no es de extrañar que los núcleos urbanos busquen favorecer el comercio, procuren organizar ferias y mercados, y anuncien la celebración de estos eventos para atraer mercaderes3.

  • 4 T. Puñal Fernández, El mercado en Madrid en la Baja Edad Media, Madrid, 1992.
  • 5 E. S. Hunt e J. M. Murray, A history of Business in Medieval Europe (1200-1550), Cambridge Universi (...)

6En la mayor parte de los núcleos urbanos, la institución mercantil más notable es el mercado, donde se venden principalmente los cuatro productos alimenticios básicos: pan, vino, carne y pescado. Así puede observarse en Madrid, cuyo mercado adquiere el privilegio de franqueza en 14654. Aquí, como en el resto de Europa, esos productos son los que proporcionan un mayor volumen de ingresos, tanto para el concejo y su señor, como para los propios mercaderes5.

7En estos mercados locales destacan carniceros y pescaderos, y ambos se encuentran, en general, integrados en la elite del común, es decir, en un grupo que, no siendo privilegiado, y no contando tampoco con posibilidades claras de ascender socialmente, destaca por encima del grueso de los habitantes de la localidad, tanto por su riqueza y posibilidades, como por sus aspiraciones socio-políticas.

  • 6 F. Ruiz Martín, “La plaza de cambios de Valencia (siglos XIV-XVIII)”, Economía española, cultura y (...)

8Pero mucho más enriquecedor e importante para las ciudades era el contar con una feria, es decir con una celebración mercantil de superior nivel. Entre las ferias hay también una clara gradación, aunque en general cualquier feria proporcionaba los medios necesarios para que aumentaran sus ingresos y disponibilidades económicas, quienes de una forma u otra participaran en ella. Ahora bien, son las ferias de carácter internacional las verdaderamente enriquecedoras, y las que posibilitan alcanzar un grado de enriquecimiento ciertamente notable. Entre ellas, qué duda cabe, destacan las de Medina del Campo, que a fines del período se convierten en las primeras del reino, tanto por su volumen de negocio, como por el número y calidad de los mercaderes que participan en ellas6.

9Ese gran comercio internacional, que se realiza a través de las ferias, moviliza mercancías, capital y mercaderes en un amplio radio de acción. De esta forma, los grandes comerciantes que las animan, y que acuden directamente o a través de sus factores a esas ferias, constituyen una elite socio-política en muchos centros urbanos. Así podemos observarlo en Burgos, Bilbao, Segovia, Medina del Campo, etc.

10Nos encontramos, pues, con una actividad económica especialmente enriquecedora y bien establecida, el comercio; y con unos protagonistas de esa actividad, que destacan en el conjunto social urbano. Pero no todos son iguales, es decir, no todos los mercaderes actúan al mismo nivel, ni tienen el mismo volumen de negocios, y por lo tanto difieren entre ellos en cuanto al grado de riqueza, y en consecuencia en la posibilidad de integrarse en la oligarquía y de participar en la política urbana. Es así como se constituyen dos grupos diferentes, de los que me ocuparé a continuación. El primero, el más enriquecido, constituye una destacada elite, que se entrelaza con la pequeña nobleza local, y que pasa a formar parte de la oligarquía urbana. El segundo grupo, con menos posibilidades económicas, sociales y políticas, dado su menor volumen de negocio, y por tanto de riqueza y de potencial grado de influencia, forma también, a su manera y a su nivel, una elite, pero no ya “urbana” (en el sentido de ocupar una posición destacada con respecto a todo el conjunto urbano), sino “comunera” (es decir, en relación, solamente, con el conjunto de los habitantes no privilegiados de la localidad).

  • 7 Sobre este asunto, puede consultarse M. I. del Val Valdivieso, “Oligarquía versus común (consecuenc (...)

11En las líneas siguientes me ocuparé de ambas elites, y de su conflictiva relación a lo largo del siglo XV. Pero antes creo que es necesario presentar la situación sociopolítica de ambos grupos, para lo que es necesario hacer referencia al regimiento como institución básica del gobierno concejil7.

  • 8 M. Asenjo, Segovia. La ciudad y la tierra a fines del medievo, Segovia, 1986.

12La organización del regimiento supone, en la práctica, la marginación de las tareas de gobierno de la inmensa mayoría de la población urbana, que hasta ese momento había podido intervenir, al menos teóricamente, a través de los llamados “concejos abiertos”; aunque no hay que olvidar que no se trata de una absoluta novedad, ya que desde hacía tiempo se venía observando una tendencia clara hacia el apartamiento de los sectores no privilegiados de la vida política municipal. No obstante, si bien la posición política de unos y otros no fue la misma, los pecheros no fueron siempre excluidos de forma radical; aunque en minoría, en algunos concejos, al menos en la literalidad de la norma, estuvieron representados. Ese es el caso, por ejemplo, de Segovia, donde los dos linajes se reparten diez regidurías, mientras que los pecheros de la tierra y la ciudad aportan al regimiento otros cinco regidores (dos la tierra y tres la ciudad)8.

13De esta forma es fácil comprender cómo el triunfo del regimiento supuso también el afianzamiento del papel político de la oligarquía. Su poder era ya notable cuando el nuevo sistema empieza a imponerse por acción de Alfonso XI, a mediados del siglo XIV. A partir de ese momento su peso en los núcleos urbanos no hace más que crecer, aunque aún es necesario avanzar hasta el primer cuarto del siglo siguiente para ver consolidado el sistema de forma general. En efecto, la implantación definitiva y general del regimiento será fruto de la intervención de Fernando de Antequera y Juan II, y también es entonces cuando puede decirse que se hace indiscutible la preponderancia política de la oligarquía en las ciudades castellanas. Este hecho, por supuesto, provoca agudas tensiones y contribuye a incrementar la conflictividad en los núcleos urbanos.

2. La oligarquía de las ciudades castellanas. El predominio de los mercaderes

  • 9 Véase, al respecto, Maddalena, “La riquezza come nobiltá, la nobiltá come potere (Dal “mito della b (...)
  • 10 Sobre este particular, consúltese el artículo de J. A. Bonachía “Algunas cuestiones en torno al est (...)
  • 11 En Santander, por ejemplo, controlan la pesca. Casado Soto, “Pescadores y linajes. Estratificación (...)

14En todos los casos, la oligarquía local basa su poder en una considerable riqueza que, proveniente fundamentalmente del comercio, aunque también de la tierra y de las prerrogativas de carácter político, tienden a invertir en “negocios”, al tiempo que lo hacen, como en el resto de la Europa del momento, en tierras, rentas y otros bienes de “prestigio” a los ojos de la sociedad feudal en que se desenvuelven9. Y los integrantes de esta clase, en especial los más recientemente incorporados a la misma, participan directamente en el comercio10, y en ocasiones controlan la esfera de acción de otros vecinos, orientando, si es posible, en beneficio propio, su actividad laboral11.

  • 12 Tal es el caso, por ejemplo, del conde de Benavente, en Valladolid.
  • 13 Entre otros, puede recordarse Salamanca y Medina del Campo.

15De esta forma nos encontramos con que, en las ciudades, los comerciantes constituyen una parte de la oligarquía local, en la que también se integran los pequeños nobles (hidalgos y caballeros). Para el estudio de esta compleja oligarquía local será preciso, en sucesivos trabajos, investigar a fondo los vínculos que unen a sus diversos integrantes, y también analizar su relación con otras redes de fidelidad que trascienden los límites de la propia ciudad y pasan a unir a ésta con los diversos sectores políticos existentes en el reino. No hay que olvidar que los núcleos urbanos forman parte del sistema socio-político imperante, y que por ello las grandes líneas de las alianzas generales del reino los incluyen necesariamente. Síntomas de ello los encontramos en hechos de muy diversa naturaleza. Entre los mismos puede citarse la influencia, grande e indiscutible, de ciertos nobles sobre algunas ciudades12, así como la división en dos bandos de la oligarquía urbana en muchos núcleos urbanos durante el reinado de Enrique IV13.

16Formando parte de esa oligarquía, los mercaderes más destacados de los centros urbanos aportan a esa clase sus intereses y particular forma de hacer. Esto significa que los mercaderes contribuyen a transformar la sociedad urbana en diversos sentidos. Por una parte son los responsables de la organización social más influyente, los linajes, a través de los cuales son capaces de controlar el gobierno local y las más destacadas actividades comerciales. Por otra, a través de esos linajes, los grandes mercaderes transforman ciertas actitudes sociales: quieren tener bibliotecas, hecho que se convierte en un signo externo de elevado nivel socio-económico; frecuentan las escuelas y las universidades, ya que necesitan de nuevos saberes para desenvolverse en el mundo de los negocios; y, en el momento de morir, es frecuente que dividan la herencia, de forma más o menos proporcional, entre los hijos.

  • 14 Esto fue especialmente fácil durante la segunda parte del reinado de Enrique IV, entre 1464 y 1474, (...)
  • 15 B. Arízaga Bolumburu, Urbanística medieval (Guipuzcoa), San Sebastián, 1990, pp. 263-270.

17Pero no todo es novedad, pues no hay que olvidar que el modelo a seguir para toda la sociedad, y por tanto también para la clase dominante urbana, es la alta nobleza. Por esta razón la oligarquía en general, y en particular su elite mercantil, tiende a ennoblecerse en un doble sentido: por un lado, quieren alcanzar, y a veces lo consiguen, el estatuto nobiliario14. Por otro, y esto es lo que seguramente tiene mayor importancia social, ennoblecen las formas de sociabilidad: Residen en grandes casas-palacio en las calles principales15, por ejemplo, en Medina del Campo cerca de la Plaza Mayor; tienen clientes y amigos que les acompañan; y gozan de privilegios que les protegen. Además invierten en la compra de propiedades rurales, y, cuando se preparan para la muerte, para “el más allá”, fundan capellanías y construyen capillas para hacerse perdonar los pecados y garantizarse la salvación eterna. Todo esto sin olvidar que, como ya he indicado, buscan ennoblecerse, cosa que logran en ocasiones, bien por la vía de la concesión y reconocimiento real; a través de la imposición de los “hechos consumados” (dejan de pagar impuestos y de esa forma se hacen pasar por “nobles”, y acaban siendo reconocidos como tales); o bien mediante el enlace matrimonial con alguna familia noble (cosa no muy difícil de conseguir, ya que el cónyuge no-noble aportará una riqueza de la que carecerá la otra parte contratante).

18En definitiva, ese sector de la población urbana integrado por los grandes, y ricos, comerciantes, organizados en grupos de poder de carácter político (los bandos) y económico-familiar (los linajes), pueden considerarse en todas las ciudades como un auténtico motor de desarrollo. Es decir, los grandes comerciantes además de constituir una parte importante de la oligarquía urbana, se presentan como elementos generadores de riqueza y prosperidad para las ciudades; probablemente esto favorece su posición predominante y el que junto con la pequeña nobleza constituyan la oligarquía local; y favorece también su acceso al poder, y el ejercicio del mismo en los concejos. Pero eso no significa que no sean contestados. En realidad, su ejemplo debió de ser observado por otros integrantes de la sociedad urbana, deseosos también de ascender socialmente, y de compartir situaciones de privilegio y poder con la clase dominante. La constatación de esta realidad es lo que nos permite percibir la existencia de otra “élite” en las ciudades, aquella que lidera al común de vecinos.

3. La élite del común de las ciudades

  • 16 A.G.S., R.G.S., 1495, marzo, fol. 128 (publicado en M.ª I. del Val Valdivieso, “Transformaciones so (...)

19Cuando, en 1495, se está discutiendo en San Vicente de la Barquera cómo deben ser elegidos los oficiales de la villa y los miembros del concejo, aparecen claramente perfilados dos grupos con intereses opuestos: de una parte, el conçejo, alcaides, regidores, cavalleros, escuderos, ofiçiales e omes buenos de la dicha villa de Sant Viçente”, que se niegan a cumplir lo ordenado por los reyes al respecto. Frente a ellos, el resto de los vecinos, que desean que se cumpla la orden real, ya que consideran que eso les da más posibilidades, y además garantiza un mejor gobierno. Estos últimos estaban representados por Juan de Urueña, que interviene en nonvre de la comunidad e republica de la dicha villa e como uno del pueblo16. Es decir, los habitantes de los núcleos urbanos castellanos tienen clara conciencia de la existencia de dos grupos sociales diferentes, que podríamos denominar oligarquía y común.

20De una parte de la oligarquía acabo de ocuparme en las líneas anteriores. Por eso, ahora parece necesario presentar al común, al cual se asimilan todos los habitantes de las ciudades y villas no pertenecientes a la clase dominante, es decir, desde labradores y campesinos, hasta pequeños clérigos, pasando, claro está, por artesanos y comerciantes locales de todo tipo, y, por supuesto, los “pobres”; es decir, todos aquellos cuyo punto de coincidencia es el de carecer de privilegios.

21Al frente de este común se perfila un grupo, que aparece como una “elite comunera”, que sobresale por encima del resto de los vecinos del lugar, y que cuenta con aspiraciones y personalidad propias. Sus integrantes son artesanos, pescadores, y pequeños comerciantes locales, cuya búsqueda de promoción social provoca frecuentemente una conflictividad que viene a turbar la vida ciudadana, como puede constatarse en muy diversos casos, entre ellos, Valladolid, Medina del Campo, Santander, Bilbao o Segovia. Se trata de un grupo que parece saber lo que quiere: poner freno al excesivo poder de la clase dominante, y, apoyándose en su propia riqueza e influencia sobre el resto del común, acceder a la esfera política que, en la práctica, les está vetada. Para conseguir esos fines actúan en ocasiones de forma individual y tradicional (intentando emparentar con la oligarquía), pero, durante casi un siglo, la elite comunera actúa de forma conjunta y poco tradicional, ya que intentan acceder al poder local haciendo valer su posición de elite al frente del común, utilizando sus propias capacidades y posibilidades, e intentando imponer lo que consideran su derecho: controlar el ejercicio del poder protagonizado por la clase dominante, y colaborar con ella desde el concejo en el gobierno urbano. Actuando de esta forma, la elite del común empieza a perfilarse como una clase en formación, cuyo proceso de constitución se verá truncado cuando los comuneros sean derrotados, a comienzos del siglo XVI.

22En todas partes, estos miembros destacados del común, que aspiran a promocionarse socialmente, tienen ante sí dos opciones: la alianza, y/o la sumisión, con respecto a quienes controlan la vida política local, pasando así a formar parte de las grandes familias de la oligarquía, pero en una situación de inferioridad o segundo orden; o bien intentar acceder a los puestos de dirección política del concejo, para colocarse junto a la clase dominante y gozar de sus privilegios. En cualquier caso instrumentalizarán, en la mayor parte de las ocasiones, al resto del común, de forma tal que, poniéndose al frente de éste y liderando sus reivindicaciones, intentan obtener ventajas que les faciliten su promoción social.

23Evidentemente, si el común contesta, o se enfrenta con quienes dirigen la política de la localidad, y si alguno de sus miembros se posiciona a su frente para liderar y beneficiarse de esa actitud, esto pone de manifiesto la existencia de una cierta organización también en el sector comunero. En efecto, frente a los linajes de la oligarquía se encuentran otras fórmulas organizativas; indudablemente son menos eficaces, y están menos perfiladas que aquellos, pero no hay duda de que, a pesar de sus defectos (entre otros las interferencias sociales que en las mismas se producen, desde el momento en que pueden permitir la participación de miembros del común y del sector de los hombres buenos), resultan un instrumento útil a las aspiraciones del común en su conjunto, y en especial a la élite de ese común.

  • 17 Sobre la sociedad de Medina del Campo, puede consultarse mi artículo “Indicios de la existencia de (...)
  • 18 J. Martínez Moro, La tierra en la comunidad de Segovia. Un proyecto señorial urbano (1088-1500), Va (...)
  • 19 M.ª I. del Val Valdivieso, “Ascenso social y lucha por el poder en las ciudades castellanas del sig (...)
  • 20 C. Mignot, “Le municipio de Guadalajara en XVème siècle. Système administratif et économique (1341- (...)
  • 21 M. Asenjo González, Espacio y sociedad en la Soria Medieval. Siglos XIII-XV, Soria, 1999, pp. 587-5 (...)

24En algunos casos, como en Medina del Campo, el común en su conjunto celebra sus propias reuniones, sintiéndose identificados al final del siglo XV por la común condición de “exentos”, que les permite presentarse como un grupo teóricamente homogéneo y distinto, tanto respecto a la oligarquía como a los habitantes de los arrabales extramuros, que no gozan de esa condición17. En otros casos son las reuniones abiertas de “pecheros” de la ciudad, las que sirven para organizar y coordinar al común, que de esta forma mantiene su unidad, o al menos su sentido de identidad colectiva en el seno del conjunto de la sociedad urbana, tal y como puede verse en los casos de Segovia, Avila y de Alcalá de Henares18. En otras ocasiones, como sucede en Burgos, son las colaciones las que cumplen tal función, ya que a través de sus reuniones los miembros del común no sólo mantienen contactos periódicos, sino que además les es posible pensar colectivamente su posición y necesidades, buscar medios para solucionar sus problemas, e intentar alcanzar sus aspiraciones, o las de los más destacados de entre ellos19. La organización de la Hermandad juega también un papel en este sentido, ya que además de favorecer las reuniones del común, permite que algunos miembros destacados de éste lleguen a puestos relevantes, tal y como sucede en Guadalajara, donde el alcaide de la hermandad es un pechero20, perteneciente sin duda a la élite comunera. Además, también las cuadrillas pueden servir a tales fines, como se observa en Soria21; ahora bien, como en el caso de las colaciones, su eficacia es probablemente menor, ya que mientras en las reuniones generales de “pecheros” es el común el único protagonista, en las cuadrillas y en las colaciones pueden participar, y de hecho lo hacen, miembros de la oligarquía, que a veces se sirven de su posición socio-política para influir en lo que se decide en esas reuniones.

25En cualquier caso, esas asambleas y reuniones permiten actuar a los miembros más destacados del común, a su elite, que se posiciona al frente de las mismas, y puede utilizarlas para favorecer su propia promoción. Pero no siempre las cosas son así, en algunos casos, el sector destacado del común no actúa poniéndose al frente de esas “asambleas” a las que me acabo de referir, sino interviniendo a través de un grupo más homogéneo y mejor organizado, de una cofradía. En efecto, lo mismo que la clase dominante y su elite mercantil, el común y la elite comunera tienen también sus instrumentos de presión y organización, perfectamente perfilados y actuantes a lo largo del siglo XV, siendo las cofradías el más eficaz de los mismos.

  • 22 La fuerza de las cofradías de pescadores es algo propio de esta zona, como puede constatarse en el (...)
  • 23 “Pueblo comun de esa dicha villa” se le denomina a la cofradía de pescadores en las ordenanzas de S (...)

26Si nos fijamos en un ejemplo concreto, el de las villas del Norte peninsular, podemos observar cómo se imponen las cofradías de pescadores22, hecho que supone para sus componentes una evidente situación de preeminencia sobre el resto del común, hasta el punto de suplantar al conjunto de éste, como parece desprenderse del hecho de que a tales cofradías se les denomine “el común” de la villa23. No obstante, eso no parece impedir que en algunas ocasiones, como sucede en Santander, los representantes-procuradores elegidos por la cofradía no pertenezcan a la misma, sino que sean hombres destacados aunque no integrados en el sistema de alianzas de la clase dominante, es decir, posiblemente otros miembros del común, enriquecidos recientemente y que aspiran, como las capas superiores de cofrades, a ascender socialmente, a participar en el gobierno de la ciudad.

  • 24 Todavía hoy las cofradías de pescadores, aunque con otro papel, y desde luego en otro contexto, tie (...)
  • 25 V. J. Herrero Liceaga, “Transcripción de las ordenanzas de la cofradía de mareantes de San Pedro de (...)
  • 26 J. E. Fernández, C. Hidalgo de Cisneros, A. Lorente, A. Martínez, Colección documental del archivo (...)

27En cualquier caso, son las cofradías de pescadores las más destacadas al respecto24. Entre ellas la de Fuenterrabía, constituida según sus ordenanzas de 1361 para salvaçion de las animas y a provecho y mejoramiento de los cuerpos y multiplicamiento de los vienes”; en ella destacan los maestres de las naves, pero quizá lo más sobresaliente es que en las ordenanzas de 1418 establecen una jurisdicción paralela, ya que son los alcaides de la mar los encargados de resolver las causas que surjan entre sus miembros25. Parece obvio decir que éstos son pescadores y mareantes, en todas sus escalas (la cofradía de Lequeitio agrupa, por ejemplo, a “maestres de pinazas y mareantes”), no obstante entre ellos hay también personas dedicadas a otros oficios: en la cofradía de mareantes de Deva hay, en 1463, un carpintero y un carnicero, y en la de Lequeitio, en 1513, se menciona a un barbero26.

  • 27 M.ª S. Tena García, “Composición social y articulación interna de las cofradía de pescadores y mare (...)
  • 28 J. E. Fernández, C. Hidalgo de Cisneros, A. Lorente, A. Martínez, Colección documental del archivo (...)

28Aunque realmente no constituyen grupos homogéneos, pues en su seno es fácil distinguir distintos sectores, y especialmente el de los maestres que se ubica a su frente27, si puede decirse que en general estas cofradías pugnan por llevar su voz al concejo, y, por supuesto, defienden firmemente los intereses de sus miembros, y en ocasiones de todo el común. Esto último es lo que les lleva en ocasiones a actuar en nombre del común, como lo hace en 1513 Juan Ynniguis de Arteyta, que, por considerarla perjudicial, apeló una decisión del corregidor, actuando como procurador del pueblo y cofrades de la cofradia del Señor San Pedro”. El año siguiente, 1514, la equiparación, o confusión, llega a titular a Lope de Endayde mayordomo de la comunidad de San Pedro de la villa de Lequeitio; varios años antes, en 1508, en la sesión del concejo del ocho de abril, para, entre otras cosas, arrendar la carnicería, se reúnen los regidores, el alcaide, un fiel y dos mayordomos de la cofradía de San Pedro28.

  • 29 Ibidem, documento n.o 9.
  • 30 M. Vaquerizo y R. Pérez Bustamante, ob. cit., documento n.º 64, pp. 244-247. No conformes con estas (...)

29Lógicamente, no siempre las relaciones entre las cofradías y los concejos eran de colaboración y buen entendimiento. Muchas veces se producen roces y enfrentamientos. Sin salir de Lequeitio se puede recordar que, en 1496, se producen diferencias entre la cofradía y el concejo con motivo de la venta del pescado, concretamente del besugo29. Pero hay otros ejemplos, entre ellos el de Santander, donde se produce un agudo conflicto entre la cofradía de San Martín del Mar y el concejo con motivo de la elección de los procuradores de aquella: En 1514, no es aceptado el elegido por los cofrades, de manera que el concejo recibe en su lugar a Ruy Gutiérrez de Oreña y a Juan de Camargo. Los de San Martín no admiten tal proceder y apelan a la corona, defendiendo al que había sido elegido por ellos, Alonso de Santiago, al que parece que el concejo rechaza con el pretexto de que es “persona principal” y no pertenece a la cofradía30.

30Es decir, el común conserva formas organizativas que le permiten mantener la cohesión y actuar. Colaciones y cuadrillas serán menos eficaces que las “asambleas” y cofradías, pero todas cumplen su papel, como lo hacen también las reuniones de la Hermandad. Esto favorece al común, al permitirle presentar sus reivindicaciones y quejas al concejo o a los reyes; y beneficia igualmente a los integrantes de su elite, ya que les permite intentar llegar a sus metas. Pero también es un elemento que vehicula la tensión social, y por lo tanto se encuentra en la base de una parte de la conflictividad social urbana.

4. La difícil relación entre ambos grupos

31Existe una elite comunera, que se encuentra en posición encumbrada en su contexto inmediato, es decir, es, como dice el diccionario de la RAE, una “minoría selecta y rectora” con respecto al resto del común. Pero esta elite está en una clara inferioridad respecto a la clase dominante, ya que no goza de ninguno de los privilegios de esta, y por lo tanto tiene cerrado el camino hacia el ejercicio del poder político, lo que significa una imposibilidad insalvable de influir en las decisiones relativas a aquellos asuntos que puedan interesarles.

32Por encima de ella se encuentra una elite, que lo es en un sentido más pleno, dado que es una minoría selecta y rectora, ya no sólo respecto a su contexto inmediato, sino en relación con todos los habitantes de la ciudad. En este sentido seria la elite por excelencia de los núcleos urbanos medievales. Y lo es con un sentido de monopolio, ya que los privilegios de que goza, que son los que le permiten ocupar esa posición y controlar el gobierno concejil, no pueden ser compartidos por el resto de la población urbana.

33Esta realidad explica la tensión social existente en las ciudades, y a veces los conflictos en los que desemboca. En efecto, se produce una auténtica pugna entre quienes monopolizan en la práctica los resortes del poder, y esa elite comunera que pretende equipararse con la elite económico-política de la ciudad, con la clase dominante. Y estas pugnas se suceden todo lo largo del siglo XV, culminando después en 1520, en la Guerra de las Comunidades.

34A simple vista, las luchas urbanas pueden reducirse a dos tipos: las que se producen en torno a los conflictos mediante los cuales resuelven sus diferencias los propios miembros de la clase dominante; y las que enfrentan a los gobernantes con los gobernados. Luchas por el poder, en cualquier caso, en las que el común aparece, bien como comparsa de los bandos en liza, bien como conjunto “homogéneo” que lucha por la defensa de sus intereses: se quejan de las irregularidades cometidas por los integrantes del concejo; protestan por lo que consideran que es una excesiva presión fiscal; o intentan salvaguardar lo que entienden que son sus derechos y condiciones de vida.

  • 31 P. Iradiel, “Formas de poder y de organización de la sociedad en las ciudades castellanas de la Baj (...)
  • 32 M.ª I. del Val Valdivieso, “Ascenso social y lucha por el poder”, pp. 157-184.

35A partir de aquí, si profundizamos un poco en el análisis, nos encontramos con que las cosas no son tan sencillas, ya que el cruce de intereses y la diversidad de grupos en conflicto dan al panorama una riqueza de matices mucho mayor, en el marco de las luchas por el poder31. En el sector del común, todo parece apuntar a que lo que se está produciendo es su instrumentalización por parte de un grupo reducido de vecinos, integrantes de las más altas esferas del mismo, que pugnan por conseguir una promoción socio-política, a la que se consideran con derecho debido a su fortalecimiento económico. Es decir, los miembros de la elite del común lideran al resto de éste, y, bajo la apariencia de defender los intereses del conjunto del mismo, luchan fundamentalmente por los suyos propios: así parece cobrar sentido el hecho de que, como veremos enseguida, en los años finales del siglo XV y los primeros del XVI, el punto central del enfrentamiento del común con los concejos sea la figura del procurador, a la que pretenden institucionalizar32. La misión de estos representantes del común es la de defender en el concejo los intereses colectivos, especialmente en asuntos relacionados con la fiscalidad; pero para la elite comunera el aspecto principal de ese oficio estriba en que llegando a tal situación es más fácil dar el salto hacia la clase superior. Una vez que han conseguido ocupar el cargo, si defienden o no los intereses del resto de los pecheros es un asunto que preocupa mucho menos, ya que el común, si le fallan sus líderes, no tiene capacidad de vigilar a quienes deben defender, al menos teóricamente, sus intereses. Así, pues, para la elite lo fundamental parece ser colocar al procurador en el concejo, y no controlar su actuación.

36Todo esto nos lleva hacia lo que debió ser el núcleo principal de los conflictos urbanos en la Castilla del siglo XV: las luchas entre la elite del común y el concejo, que se plasman con claridad en las quejas que se vierten contra la conducta de los regidores. Parece general la desconfianza del común respecto a la actuación del regimiento, y esto se refleja en quejas o decisiones de diverso tipo. El mal uso que, a juicio del común, hace el regimiento de los recursos concejiles es motivo de fricciones. El incumplimiento de sus obligaciones, especialmente el absentismo, también resulta un motivo de queja frecuente, tanto por los perjuicios que pueden derivarse de la simple ausencia de los regidores, como por las consecuencias que esa ausencia puede tener. La fiscalidad es otra causa de enfrentamiento. Pero los dos motivos más extendidos de conflicto son el procurador del común y la elección de los diferentes oficiales del gobierno local.

37Respecto a lo segundo, la elección de los oficiales locales, el problema es consecuencia, en parte, de la inexistencia de una ordenanza clara, circunstancia que favorecía el que los oficios se otorgasen a modo de favor a personas poco dotadas para ejercer el poder local. Desde luego, parece claro que además de los inconvenientes derivados de un gobierno ejercido por personas inadecuadas y al servicio de la clase dominante, se está discutiendo los impedimentos que hay establecidos para que quienes no pertenecen a esa clase ni son sus “servidores” puedan acceder a la dirección política del lugar, y ello porque junto a la importancia socio-política que entrañaba el desempeño de un oficio local, suponía también una clara ventaja económico-social.

  • 33 M.ª I. del Val Valdivieso, “Aspiraciones y actitudes socio-políticas. Una aproximación a la socieda (...)

38El otro gran caballo de batalla de finales del siglo XV es, como ya he apuntado, el procurador del común. Para la elite del común, no se trata sólo de normalizar el acceso al concejo evitando las disputas que tal asunto plantea en el seno de la clase dominante – y de ésta con el común –, con los consiguientes perjuicios para toda la vecindad; es también un modo de conseguir y asegurar una, aunque fuera mínima, participación en el ámbito del poder político local33. Para el común en su conjunto era de gran importancia contar con un representante que estuviera presente en las reuniones concejiles, y pudiera fiscalizar de alguna manera la actuación de los regidores; para ello el procurador del común es una figura indispensable, por lo que acaba siendo el eje principal de la querella del común con el concejo; pero proporcionaba, además, la oportunidad de estar oficialmente en el órgano de gobierno local, por lo que se presenta también como un instrumento de primera magnitud para la elite de ese común que pugna por ascender, pues, considerado de este modo, ese oficio era un verdadero trampolín desde el que se podía saltar hacia la clase superior.

  • 34 Tal y como sucede en Segovia (M. Asenjo, Segovia).

39Desde que en el siglo XIV quedan establecidos los concejos como órgano de gobierno local cuyo principal elemento son los regidores, el común quedó excluido, en la práctica, de las tareas políticas; sólo los miembros de la clase dominante pueden acceder, de hecho, a las altas esferas de poder concejil, a pesar de que hay casos en los que se especifica que alguno de los regimientos deben ser ocupados por miembros de ese común34. Por esta razón, cuando por encima del grueso de los habitantes de una ciudad aparece un grupo destacado que pasa a conformar una elite comunera, los esfuerzos irán encaminados a procurar que algún miembro representante del común participe en el concejo. Como acabo de indicar, por regia general la figura elegida es la del “procurador del común”, de manera que puede decirse que en casi todos los núcleos urbanos el común liderado por su elite procura conseguir el reconocimiento de esa figura. Así, venciendo la oposición de la oligarquía, se va imponiendo el procurador en las ciudades y villas castellanas, aunque para ello sea preciso a veces recurrir al apoyo de los reyes. En todas partes el camino recorrido fue largo y estuvo salpicado de obstáculos, aunque, de mejor o peor grado, la clase dominante tuvo que acabar aceptando su existencia, así como su asistencia a las reuniones concejiles en las que se trataran temas relacionados con los intereses del común, en especial asuntos fiscales.

  • 35 Sobre este tema puede consultarse M.ª I. del Val Valdivieso, “Aspiraciones y actitudes sociopolític (...)

40En general, parecen ser los miembros de la elite comunera quienes llegan a ocupar ese oficio, y desde luego son ellos quienes lo utilizan para intentar mejorar su posición socio-política, es decir, para ascender socialmente. En realidad, lo que esa elite buscaba era equipararse a la clase dominante, ser considerados iguales a la elite social de la ciudad, pero esto no lo van a conseguir, ya que en ningún caso serán considerados de esa forma por quienes tienen el poder, ni se les va a permitir acceder a los privilegios que les separan de la clase superior. Seguramente por esto, cuando las dificultades políticas castellanas lo permitieron, en 1520, lo van a intentar de otra forma: enfrentándose abiertamente por el poder local en los núcleos urbanos. Se trata de la Revolución Comunera, cuyos protagonistas fueron derrotados por las tropas reales. De esta forma se vieron truncadas las aspiraciones sociopolíticas de la elite del común, cuyos miembros en adelante, para ascender, debieron recurrir a otros medios, entre los que destaca el de la relación personal con la clase dominante, tanto con la pequeña nobleza local como con la elite socio-económica integrada por los más destacados mercaderes y sus parientes35.

5. Conclusión

41Para concluir, sólo me queda llamar la atención sobre el hecho de que la metodología propuesta, y aplicada al estudio de las elites urbanas y su dinámica, permite observar que, en los conflictos que tuvieron lugar en las ciudades castellanas durante el siglo XV, hay un punto de coincidencia que permite, a pesar de su diversidad, encontrar síntomas de un mismo fenómeno: los intentos de la élite del común por mejorar su situación, utilizando para ello todos los medios a su alcance, y la resistencia a esa pretensión protagonizada por la elite dominante. Dado el distinto grado de desarrollo y las peculiaridades locales, las formas concretas que esas diferencias adoptan en cada caso presentan algunas diferencias, o hacen hincapié en distintos aspectos. Así, en Burgos, Segovia, o Medina del Campo, por ejemplo, la lucha por el procurador del común es fundamental en los últimos años del siglo XV, mientras que en las villas de la costa cantábrica, tales como San Vicente de la Barquera o Santander, es la elección de los miembros del concejo lo que focaliza la mayor parte de las luchas por el poder. Pero más allá de esas diferencias, puede constatarse en todos los núcleos urbanos castellanos la existencia de una élite comunera que lidera los enfrentamientos con la oligarquía con el fin de hacerse un hueco a su lado.

  • 36 Cortes de los reinos de León y Castilla, Madrid, 1866, T. III, Cortes de Córdoba de 1455, petición (...)
  • 37 El fenómeno es general. Así puede entenderse tanto lo establecido por Juan II, respecto a que no se (...)

42En parte, esta realidad se debe al cerramiento de la clase dominante local, así como al afianzamiento de su poder sobre el común, y a sus repetidos intentos de evitar el ascenso de los elementos más destacados de éste. Así puede constarse en la prohibición que a instancias suyas realiza Juan II en las Cortes de Zamora, y reitera posteriormente Enrique IV en las de Córdoba de 1455, según la cual no podrán participar en adelante en los ayuntamientos quienes no ocupen algún cargo concejil, es decir quienes no sean alcaides, alguaciles o regidores36. Es decir, que aquellos que han llegado al poder local, buscan la forma de perpetuarse como clase y evitar la entrada en la misma de nuevos integrantes que podían hacer zozobrar su posición, al tiempo que buscan la forma de perpetuar su posición de privilegio al frente de la ciudad. Esto lleva a tomar precauciones frente a las aspiraciones de promoción de los miembros más destacados y enriquecidos del común37. Y en esta actitud las oligarquías locales encuentran el amparo de la corona, que ve en ellas un importante aliado para el afianzamiento y ejercicio de su poder.

43Ese apoyo real se materializa en una serie de ordenanzas que en la década de los ’90 vienen a regular, con la sanción real, todo lo referente a esas cuestiones. A través de las mismas, en algunos casos parece que se ponen ciertas trabas a la libre actuación de los linajes, aunque en realidad lo que se está buscando es la imposición de un orden, que, una vez logrado, va a beneficiar fundamentalmente a quien ya controla el ejercicio del poder político local, es decir a la clase dominante, puesto que en ningún caso establecen mecanismos ciertos para que personas provenientes de otros sectores sociales puedan entrar en el círculo del poder. En Burgos, la situación es bastante evidente, ya que a los procuradores del común no se les reconoce ni voz ni voto en el concejo, lo que resulta claramente expresivo de ese apoyo de la corona a la oligarquía, en detrimento del común de la ciudad, y muy especialmente de los más destacados integrantes de éste.

44No es extraño entonces que los problemas pasen la frontera del siglo XV y se extiendan por las primeras décadas del XVI. En ocasiones se trata de conflictos similares, desde el momento en que los miembros de la elite comunera siguen utilizando las mismas tácticas de cara a su promoción. Pero también surgen nuevas situaciones, derivadas de que, desanimados por las constantes y crecientes trabas que encuentran en su camino de ascenso, los miembros de esa elite buscan, cada vez más frecuentemente, otras vías para alcanzar la misma meta.

  • 38 A.M.B., S.H., n.os 3031, 3265 y 3254.

45Burgos vuelve a ofrecernos un claro ejemplo, esta vez referente a esas nuevas formas de alcanzar el objetivo que la elite del común deseaba. Tras su apartamiento de las tareas concejiles, a la vista de las dificultades que tienen para llegar a los oficios menores del concejo, y seguramente también desanimados por las ordenanzas de 1497 (que limitan la actuación de los procuradores mayores y sus posibilidades de promoción socio-política), parece que la élite del común burgalés opta por “arrimarse” a la clase dominante para mejorar, individualmente al menos, de posición. Esto provoca nuevos problemas de los que tenemos noticia en 1514, fecha en la que la reina Juana prohíbe que los procuradores de las vecindades vivan con “personas poderosas”, y que reciban de ellas algún tipo de pago. Previamente, la reina ya había tenido que intervenir, debido a que los procuradores mayores eran elegidos con parcialidad de entre los que syguen las openiones de los que tyenen poder para faser la dicha eleçion38. Si al puesto más preciado por los miembros de la élite del común, el de procurador del común, se llega a través del favor y el servicio a los integrantes de la clase dominante, podemos plantear la hipótesis de que nos encontramos ante una respuesta consciente de la élite comunera que, convencida de su derrota, busca, más acentuadamente que antes, mejorar su posición de forma personal y por vías más tradicionales.

46Es decir, las dos elites que se desarrollan en los núcleos urbanos castellanos, durante la Baja Edad Media, se enfrentan entre sí a lo largo del siglo XV, y sus diferencias continúan en el siglo XVI. De una parte, la elite comunera, una vez afianzadas sus bases económicas, pugna por promocionarse sociopoliticamente, provocando la reacción defensiva de la oligarquía; ésta, sintiéndose de alguna manera amenazada en sus posiciones, busca la forma de evitar el ascenso de aquella. Y en esta actitud la elite dominante encuentra el apoyo de la corona. Sin embargo, la elite comunera persevera en su actitud, y llega a intentar hacer valer sus pretensiones mediante la lucha armada en la Revolución de las Comunidades. Pero una vez derrotados los comuneros, en 1521, parece evidente el triunfo de la clase dominante tradicional, y en especial de la elite constituida por las grandes familias enriquecidas a través del comercio, ennoblecidas en muchos casos, y titulares de importantes propiedades inmuebles en la ciudad y en el campo. Esto impide el ascenso de la elite del común como grupo social definido, y por lo tanto frena su desarrollo como clase. Ahora la promoción parece únicamente posible de forma individual, y mediante su integración en las relaciones de poder de la oligarquía, en definitiva aceptando el servicio y sometimiento a la elite urbana por excelencia, que en todas partes ha salido reforzada, aunque también transformada, de tan larga confrontación.

Notes

1 Así puede constatarse en los estudios reunidos bajo el título Elites urbaines au Moyen Âge (París-Roma, 1997), que fueron presentados en el XXVII Congrés de la société des historiens médiévistes de l’enseignement superieur (Roma, mayo de 1996); según estos trabajos habría que hablar de elites urbanas, no de elite, ya que se trata de una realidad plural y multifacial; por otra parte varios de esos trabajos intentan definir el término “elite”, coincidiendo en varios puntos de identificación; la posición económica, la actividad guerrera, una vida “ennoblecida” y un deseo de controlar la ciudad.

2 F. J. Goicolea Julián, “Mundo urbano y actividades económicas en la Rioja Alta bajo-medieval”, Espacio, Tiempo y Forma. Historia Medieval, 1998, pp. 243-283. Del mismo autor, puede consultarse también, “Finanzas concejiles en la Castilla medieval: el ejemplo de la Rioja Alta (siglo XV-inicios del XVI)”, Brocar, Universidad de la Rioja, 1998, pp. 21-50.

3 M.ª I. del Val Valdivieso, “Valladolid y las villas de su entorno en el tránsito de la Edad Media a la Moderna”, Valladolid, historia de una ciudad, Valladolid, 1999, pp. 217-242.

4 T. Puñal Fernández, El mercado en Madrid en la Baja Edad Media, Madrid, 1992.

5 E. S. Hunt e J. M. Murray, A history of Business in Medieval Europe (1200-1550), Cambridge University Press, 1999.

6 F. Ruiz Martín, “La plaza de cambios de Valencia (siglos XIV-XVIII)”, Economía española, cultura y sociedad. Homenaje a Juan Velarde Fuertes, ofrecido por la Universidad Complutense, Madrid, 1993, pp. 181-210.

7 Sobre este asunto, puede consultarse M. I. del Val Valdivieso, “Oligarquía versus común (consecuencias sociopolíticas del triunfo del regimiento en las ciudades castellanas)”, Medievalismo. Boletín de la sociedad española de estudios medievales, 4, 1994, pp. 41-58.

8 M. Asenjo, Segovia. La ciudad y la tierra a fines del medievo, Segovia, 1986.

9 Véase, al respecto, Maddalena, “La riquezza come nobiltá, la nobiltá come potere (Dal “mito della burguesia” al “mito dell’aristocrazia”)”, Gerarchie economiche e gerarchie sociali, secoli XII-XVIII, Istituto internazionale di storia economica F. Datini, Prato, 1980, pp. 325-359 (véase especialmente la p. 335). H. Casado, “Oligarquía urbana, comercio internacional y poder real: Burgos a fines de la Edad Media”, Realidad e imágenes del poder, Valladolid, 1988, pp. 325-347. Es especialmente significativo el caso de la familia Maluenda estudiada por H. Casado (“Una familia de la oligarquía burgalesa del siglo XV: los Alonso de Burgos Maluenda”, La ciudad de Burgos, Actas del Congreso de Historia de Burgos, Madrid, 1985).

10 Sobre este particular, consúltese el artículo de J. A. Bonachía “Algunas cuestiones en torno al estudio de la sociedad bajomedieval burgalesa”, La ciudad de Burgos, Actas del Congreso de Historia de Burgos, Burgos, 1985, pp. 59-82.

11 En Santander, por ejemplo, controlan la pesca. Casado Soto, “Pescadores y linajes. Estratificación social y conflictos en la villa de Santander (siglos XV-XVI)”, Altamira, XL, 1976-77, pp. 195-205.

12 Tal es el caso, por ejemplo, del conde de Benavente, en Valladolid.

13 Entre otros, puede recordarse Salamanca y Medina del Campo.

14 Esto fue especialmente fácil durante la segunda parte del reinado de Enrique IV, entre 1464 y 1474, hasta el punto de que los representantes de las ciudades en las Cortes de Castilla se quejan repetidamente del exceso de concesiones reales en este sentido. Por esta causa posteriormente los Reyes Católicos revisarán y suspenderán una parte de esas concesiones.

15 B. Arízaga Bolumburu, Urbanística medieval (Guipuzcoa), San Sebastián, 1990, pp. 263-270.

16 A.G.S., R.G.S., 1495, marzo, fol. 128 (publicado en M.ª I. del Val Valdivieso, “Transformaciones sociales y luchas urbanas por el poder en el área del obispado de Burgos a fines de la Edad Media”, Edad Media. Revista de historia, 3, 2000, apéndice documental n.º 2).

17 Sobre la sociedad de Medina del Campo, puede consultarse mi artículo “Indicios de la existencia de una clase en formación: el ejemplo de Medina del Campo a fines del siglo XV”, Anales de la universidad de Alicante. Historia Medieval, 7, 1988-89, pp. 193-223.

18 J. Martínez Moro, La tierra en la comunidad de Segovia. Un proyecto señorial urbano (1088-1500), Valladolid, 1985, p. 158; A. Castillo, Alcalá de Henares en la Edad Media. Territorio, sociedad, administración (1118-1515), Alcalá de Henares, 1989, pp. 192, 211-212, 281. J. M. Monsalvo, “La participación política de los pecheros en los municipios castellanos de la Baja Edad Media. Aspectos organizativos”, Studia Historica, VII, 1989, p. 90.

19 M.ª I. del Val Valdivieso, “Ascenso social y lucha por el poder en las ciudades castellanas del siglo XV”, En la España Medieval, 17, 1994, pp. 162-165.

20 C. Mignot, “Le municipio de Guadalajara en XVème siècle. Système administratif et économique (1341-1567)”, Anuario de estudios medievales, 14, 1984, pp. 583-584.

21 M. Asenjo González, Espacio y sociedad en la Soria Medieval. Siglos XIII-XV, Soria, 1999, pp. 587-589.

22 La fuerza de las cofradías de pescadores es algo propio de esta zona, como puede constatarse en el caso de Bermeo (véase J. A. García de Cortazar, B. Arízaga, M. L. Rios y M.ª I. del Val Valdivieso, Vizcaya en la Edad Media. Evolución demográfica, económica, social y política de la comunidad vizcaina medieval, San Sebastián, 1985, T. III).

23 “Pueblo comun de esa dicha villa” se le denomina a la cofradía de pescadores en las ordenanzas de Santander de 1451 (Documento publicado por M. Vaquerizo y R. Pérez Bustamente, Colección diplomática del archivo municipal de Santander. Documentos reales (XIII-XVI), Santander, 1977, documento n.º 13). En el acuerdo que se establece en San Vicente de la Barquera, en 1420, la cofradía de San Vicente también actúa en nombre del común (Documento publicado por V. Saínz Díaz, Notas históricas sobre la villa de San Vicente de la Barquera, Santander, 1986 (2.a edc.), pergamino n.º 27, pp. 588-596).

24 Todavía hoy las cofradías de pescadores, aunque con otro papel, y desde luego en otro contexto, tienen un papel relevante en algunos asuntos. Así puede constatarse en la noticia aparecida en el diario “El País”, del lunes 12 de junio de 2000, donde se indica que “La federación de cofradías (de pescadores) discutirá con los partidos (políticos españoles) la ley de pesca” (se trata del proyecto de Ley de Pesca aprobado en el Consejo de Ministros español).

25 V. J. Herrero Liceaga, “Transcripción de las ordenanzas de la cofradía de mareantes de San Pedro de Fuenterrabía (1361-1551)”, Cuadernos de Sección. Historia y Geografía, San Sebastián (Sociedad de Estudios Vascos), 1988, pp. 317-334.

26 J. E. Fernández, C. Hidalgo de Cisneros, A. Lorente, A. Martínez, Colección documental del archivo de la cofradía de pescadores de la villa de Lequeitio (1325-1520), San Sebastián (Eusko Ikaskuntza), 1991, documentos n.º 2 y 17.

27 M.ª S. Tena García, “Composición social y articulación interna de las cofradía de pescadores y mareantes (un análisis de la explotación de los recursos marítimos en la Marina de Castilla durante la Baja Edad Media)”, Espacio, tiempo y forma (Serie III, Historia Medieval), 1995, pp. 111-134.

28 J. E. Fernández, C. Hidalgo de Cisneros, A. Lorente, A. Martínez, Colección documental del archivo de la cofradía de pescadores de la villa de Lequeitio (1325-1520), documentos n.os 16, 20 y 12.

29 Ibidem, documento n.o 9.

30 M. Vaquerizo y R. Pérez Bustamante, ob. cit., documento n.º 64, pp. 244-247. No conformes con estas trabas, el concejo se inmiscuye también en los asuntos pesqueros, poniendo inconvenientes al ejercicio de esta actividad por parte de los pescadores de la cofradía, o al menos así interpretan las medidas concejiles los miembros de la misma, causa por la cual se enfrentan en un largo pleito con la autoridad local (Casado Soto, Pescadores y linajes, pp. 195-205).

31 P. Iradiel, “Formas de poder y de organización de la sociedad en las ciudades castellanas de la Baja Edad Media”, Estructuras y formas de poder en la historia, Universidad de Salamanca, 1991, pp. 23-49.

32 M.ª I. del Val Valdivieso, “Ascenso social y lucha por el poder”, pp. 157-184.

33 M.ª I. del Val Valdivieso, “Aspiraciones y actitudes socio-políticas. Una aproximación a la sociedad urbana de la Castilla Bajomedieval”, J. A. Bonachía (Coor.), La ciudad medieval. Aspectos de la vida urbana en la Castilla Bajomedieval, Valladolid, 1996, pp. 213-254.

34 Tal y como sucede en Segovia (M. Asenjo, Segovia).

35 Sobre este tema puede consultarse M.ª I. del Val Valdivieso, “Aspiraciones y actitudes sociopolíticas”, pp. 213-254.

36 Cortes de los reinos de León y Castilla, Madrid, 1866, T. III, Cortes de Córdoba de 1455, petición 15.

37 El fenómeno es general. Así puede entenderse tanto lo establecido por Juan II, respecto a que no se aumentara el número de regimientos, escribanías y alcaldías (Archivo Municipal de Burgos (A.M.B.), Sección Histórica (S.H.), n.º 2987), como el compromiso del duque de Alba, que acepta oir la opinión de los regidores de Piedrahita antes de hacer cualquier nombramiento (C. Luis López, Catálogo del Archivo Municipal de Piedrahita, Avila, 1989, n.os 61 y 65).

38 A.M.B., S.H., n.os 3031, 3265 y 3254.

Auteur

Universidad de Valladolid

© Publicações do Cidehus, 2001

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