Los feminicidios de Ciudad Juárez: reconocimiento institucional, apuestas políticas y morales de la atención a víctimas
Note de l’éditeur
Publicación original en francés: Calzolaio, Chiara, « Les féminicides de Ciudad Juárez : reconnaissance institutionnelle, enjeux politiques et moraux de la prise en charge des victimes », Problèmes d'Amérique latine, 2012/2 (núm. 84), p. 61-76.
Remerciements
Agradezco a Julie Devineau y Delphine Lacombe por sus valiosos comentarios sobre las primeras versiones de este texto.
Texte intégral
1Las antropólogas y las sociólogas feministas han tratado de hacer emerger las diferentes manifestaciones de las violencias cometidas en contra de las mujeres a través del tiempo y el espacio. Las han categorizado, han subrayado sus formas menos visibles, han tratado de nombrar violencias que no se ejercen mediante la fuerza física, sino en formas más insidiosas (como la dependencia económica o el chantaje psicológico), o mediante modalidades indirectas y estructurales (como las desigualdades en el acceso a la salud y una mortalidad femenina superior debida a la falta de atención sanitaria).1 El esfuerzo para estudiar la violencia hacia las mujeres en todas sus manifestaciones ha orientado las investigaciones y ha permitido desarrollar un conjunto de herramientas jurídicas y de políticas públicas directamente destinadas a combatirla.
2Los asesinatos y las desapariciones de mujeres en Ciudad Juárez, ciudad mexicana en la frontera con Estados Unidos, son conocidos en el mundo entero por su sistematicidad, su brutalidad y su impunidad. Han marcado la emergencia y (y la internacionalización) de una nueva categoría, particularmente en Latinoamérica. En el campo del saber especializado tanto como en el de las luchas por la implementación de políticas públicas orientadas hacia la atención a la violencia en contra de las mujeres, el “feminicidio” es objeto de campañas que buscan reconocerlo como la manifestación extrema de las violencias de género.2 En un contexto en el que la cuestión de las violencias masculinas perpetradas contra las mujeres ha ido entrando poco a poco en la agenda política de los organismos internacionales, los asesinatos y las desapariciones de mujeres en Ciudad Juárez han sido objeto de luchas compartidas por los movimientos feministas en Latinoamérica. La campaña interamericana “Ni una muerta más” es una de sus manifestaciones3. Esta campaña, que lanzó entre 2001 y 2003 la Red Feminista Latinoamericana y del Caribe contra la Violencia Doméstica y Sexual, financiada por el UNIFEM (Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer), tuvo como objetivo la realización de investigaciones sobre la incidencia de los feminicidios en los países latinoamericanos y la promoción de las movilizaciones colectivas para denunciar las violencias. Iniciada a partir de las movilizaciones contra los asesinatos y las desapariciones de mujeres en Ciudad Juárez, la campaña desembocó en la creación de una base de datos que reunía las principales investigaciones realizadas en el continente en torno a los feminicidios.4
3Esta importante difusión a veces se tradujo en una trivialización del término. En efecto, hoy lo utilizan tanto periodistas como investigadores, con una multiplicidad de definiciones y connotaciones. El término “feminicidio” con frecuencia se usa en singular y señala una intención de matar, o hasta una planeación de asesinatos de mujeres en gran escala por el hecho de su proximidad, ante todo sonora, con el término “genocidio”. Consciente del polimorfismo de la noción, voy a trazar aquí su difusión en México en tanto categoría sociológica y jurídica, que designa el asesinato de una mujer por razones ligadas al género (es decir, por ser mujer). En particular, me concentraré en la manera como ha sido validada por las instituciones para hablar de los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez, y sobre los desfasamientos y las contradicciones entre este reconocimiento y la atención dada a los crímenes en el nivel local. La idea es entender cómo la cuestión de la violencia de género “se problematiza”5 en el nivel de las instituciones locales, nacionales e internacionales, y cuáles son las preguntas que se plantean localmente en el momento en que se aplican medidas y políticas públicas que incorporan de manera oficial la perspectiva de género.
4¿Cómo se llevó a cabo este proceso de reconocimiento público y, hasta cierto punto institucional, del feminicidio? ¿Qué apuestas surgen localmente en torno al reconocimiento de las víctimas y de la atención a sus familias? ¿Qué normas de género se ponen en juego? Estas son las preguntas a las que el presente artículo tratará de dar respuesta.
5Luego de una rápida revisión de las diferentes herramientas jurídicas desarrolladas en Latinoamérica en materia de violencias en contra de las mujeres y sobre la institucionalización de la categoría de feminicidio en México, me acercaré al “caso” de los asesinatos y las desapariciones de mujeres en la ciudad fronteriza. Primero, haremos un esfuerzo por entender las cifras y el contexto de violencia (estructural y de género) en el que se producen los crímenes y luego analizaremos las evoluciones en el reconocimiento y la atención a las víctimas por parte de las instituciones locales. En particular, trataremos de entender las representaciones sociales que sostienen las políticas de las instituciones y la manera en que éstas terminaron por despolitizar los asesinatos.6
El reconocimiento institucional de la violencia de género
6A partir de los años 1980, los grupos feministas latinoamericanos y las asociaciones comprometidas con la lucha por el reconocimiento de los derechos de las mujeres han tenido un importante proceso de articulación y de coordinación en el nivel continental. Surgieron redes regionales e intercontinentales, lo que favoreció el desarrollo de directorios de lucha y de espacios de reflexión teórica compartidos.7 Las violencias hechas a las mujeres han sido, desde un principio, uno de los ejes en torno a los cuales se estructuraron las prácticas y las reflexiones de las asociaciones feministas.8 El creciente interés de la ONU y de otras instituciones internacionales (como la Organización de Estados Americanos, OEA) en torno a este tema contribuyó a la creación y la coordinación de ONG en el continente y favoreció la institucionalización de un lenguaje común.9 No sin conflictos,10 la “perspectiva de género” poco a poco se fue imponiendo como una manera legítima de entender las violencias masculinas en contra de las mujeres. Al incorporar los desarrollos teóricos aportados por la noción de gender, en particular en una parte del feminismo anglófono, la “perspectiva de género” procura mostrar cómo las violencias que se cometen en contra de la mujer se originan en las relaciones de poder desigual entre los hombres y las mujeres, y constituyen una herramienta de reproducción de dichas desigualdades.11 Las construcciones de género, las representaciones en torno a lo que se considera ser una buena o mala manera de ser hombre o mujer, tienen un papel central en la producción de las violencias y en su justificación.
7El reconocimiento de la violencia hacia las mujeres como una prioridad en la agenda mundial por la defensa de los derechos humanos (Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Viena, 1993; Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 1995) está vinculada a la difusión de la perspectiva de género en el lenguaje y las políticas de las organizaciones internacionales. La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (conocida como Convención de Belém do Pará), firmada el 9 de junio de 1994 en Belém do Pará, en Brasil, define en su artículo primero la violencia hacia las mujeres como “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.”12 Contrariamente a la declaración de Viena y al Programa de Acción de Beijing aprobado en 1995, durante la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, esta Convención tiene un valor normativo para los Estados miembros de la OEA, y los obliga a tomar medidas legislativas con el objeto de prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género, desarrollar políticas públicas y crear instituciones ad hoc.
8Es en este contexto donde se tiene que inscribir la afirmación y la difusión de la categoría sociológica y jurídica del feminicidio. La palabra salió a la luz en inglés (femicide), porque las primeras reflexiones en torno a esta categoría se desarrollaron en los años noventa en el ámbito feminista radical de Estados Unidos, para definir el asesinato misógino de una mujer. Con este término, Diana Russell y Jill Radford quieren subrayar la dimensión sexista de la mayoría de las violencias que conducen a la muerte violenta de las mujeres. Se trata no solamente de hacer visible el género de la víctima sino de politizar el asesinato.13 Luego, el término se tradujo (feminicidio en México, femicidio en otros países latinoamericanos, con diferentes acepciones)14 y el movimiento contra los asesinatos y las desapariciones de mujeres en Ciudad Juárez se lo apropió de manera paralela, a través de los trabajos de la socióloga juarense Julia Monárrez y de la antropóloga y entonces diputada federal Marcela Lagarde. Las dos investigadoras se sitúan de manera explícita en la continuidad de los trabajos de Russel y sus colegas. En este texto me concentraré particularmente en la perspectiva de Lagarde por el impacto que tuvo en el proceso de institucionalización de la categoría de feminicidio. Activista en una ONG feminista y luego diputada, Marcela Lagarde propone entender el “feminicidio” como una violación grave de los derechos humanos, e incluye todo el conjunto de violencias sexistas que en ocasiones culminan en el asesinato de una mujer. Marcela Lagarde insiste además en el rol de la impunidad para su perpetuación, y define el feminicidio como “un crimen de Estado”: “el conjunto de delitos de lesa humanidad que contienen los crímenes, los secuestros y las desapariciones de niñas y mujeres en un cuadro de colapso institucional”.15 La impunidad, desde la perspectiva de Marcela Lagarde, es una condición mayor de la existencia y de la reproducción de los feminicidios. Lo que la antropóloga quiere poner en evidencia es la responsabilidad de los Estados en la violación de los derechos de las mujeres.
9La acción de Lagarde ha dejado una huella importante en México, en el nivel jurídico. Elegida diputada en 2003, promovió la creación de una comisión parlamentaria cuya misión era el estudio de los feminicidios en el país, la Comisión especial para conocer y dar seguimiento a las investigaciones relacionadas con los feminicidios en la República Mexicana y la Procuraduría de Justicia vinculada, conocida como Comisión Especial sobre el Feminicidio (CEF de aquí en adelante). Presidenta de la Comisión, sigue un importante proceso legislativo que desembocará a finales de 2006 en la aprobación de la primera ley federal sobre la violencia contra las mujeres, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Dicha ley incorpora los principales acuerdos ratificados por México en materia de derechos de las mujeres (la CEDAW16 y la Convención de Belém do Pará). En un principio, el texto aprobado no incluyó la tipificación del delito feminicidio (presente en el proyecto de ley), pero introdujo el concepto de “violencia feminicida”, definiéndola como “la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres” (art. 21).17 Chihuahua, estado en el que se localiza Ciudad Juárez, es el primer estado que votó una ley, el 9 de noviembre de 2006, que retoma los elementos de la ley federal. Después, los 31 estados restantes votaron su propia ley. Finalmente, en abril de 2012, la Cámara de Diputados aprobó una reforma que permitió tipificar el delito de feminicidio, en el artículo 325 del Código Penal Federal indica que “comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género”. Paulatinamente todas las entidades federativas incluyeron este delito en los códigos penales estatales: el congreso del estado de Chihuahua fue el último en aprobar esta reforma, en octubre de 2020.
10Un último punto merece subrayarse en el proceso de reconocimiento institucional de la violencia de género: la condena de México por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el 16 de noviembre de 2009, en relación con el asesinato de tres mujeres cuyos cuerpos fueron encontrados en lo que fue un plantío de algodón en Ciudad Juárez en noviembre de 2001.18 En este caso, conocido mundialmente con el nombre de “Campo Algodonero”, la Corte declaró que México había violado los derechos de las mujeres y de sus allegados, al no garantizar la procuración de justicia y al favorecer la aceptación y la reproducción de la violencia de género a causa de la impunidad. En la sentencia, el feminicidio no se cita como tal, pero sí habla de “asesinatos de mujeres en razón de su género” (§ 463 et 495). La sentencia del “Campo Algodonero” está considerada como un acontecimiento mayor en el reconocimiento de la responsabilidad del Estado en la reproducción de la violencia hacia las mujeres y su aceptación social. Sin embargo, es cierto que la Corte solo aceptó examinar tres casos entre los cientos de asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez.
Cifras y contexto de los feminicidios en Ciudad Juárez
11Para entender la manera en que las instituciones han abordado los asesinatos y las desapariciones de mujeres en Ciudad Juárez, así como las apuestas en torno al reconocimiento de las víctimas y de sus familias, primero es necesario tener en cuenta los elementos empíricos que permiten encuadrar el fenómeno. En una publicación sobre la violencia en la ciudad, dos investigadores de El Colegio de la Frontera Norte (COLEF), proponen la cifra de 941 mujeres asesinadas en la ciudad entre 1993 y 2010,19 resultado obtenido al integrar los datos oficiales de la policía y las estadísticas elaboradas por los periodistas locales.20 El conjunto de estos asesinatos no puede explicarse de manera sencilla, ya que varios factores tienen que considerarse: las transformaciones económicas ligadas a la industrialización acelerada de la ciudad, a partir de los años sesenta, una impunidad estructuralmente implantada en el sistema de justicia mexicano y, la explosión de las violencias ligadas al tráfico de estupefacientes en la región.
12Los años noventa se caracterizaron por el aumento global de los asesinatos en la ciudad. En efecto, se pasa de 50 asesinatos por año en los años ochenta a casi 200 la década siguiente. 2007 marca un cambio todavía más notable. Luego de la implementación por parte del gobierno federal de una operación militar para luchar en contra del tráfico de estupefacientes en el estado de Chihuahua en marzo de 2008 (en el contexto nacional de la “guerra contra el narcotráfico”), el número de homicidios en la ciudad tuvo un aumento exponencial, que alcanzó en unos años los 2,000 asesinatos al año, es decir una tasa promedio de 140 asesinatos por cada 100,000 habitantes – Ciudad Juárez cuenta con un poco más de 1’300,000 habitantes. Antes y después de 2007, las víctimas son hombres en 90 % de los casos.21 No obstante, los crímenes en contra de las mujeres también aumentaron de manera exponencial después de 2007: 544 de los 941 asesinatos de mujeres cometidos entre 1993 y 2010 son posteriores a 2007.
13La mayoría de las víctimas (hombres y mujeres) proviene de las clases populares. Huella de una violencia estructural que afecta la vida de los hombres y las mujeres que viven en los barrios marginales de la ciudad, los orígenes sociales de las mujeres asesinadas están muy marcados. En su gran mayoría, eran de origen popular, jóvenes estudiantes en escuelas técnicas, trabajadoras informales, obreras en las maquiladoras instaladas en la ciudad desde los años setenta, con el desarrollo de las zonas francas en el norte del país.22
14La dimensión de género de las violencias puede analizarse de manera más precisa estudiando las características de los crímenes. De hecho, los asesinatos de hombres por lo general los cometen otros hombres y en un espacio público,23 en tanto que la mayoría de los asesinatos de mujeres los cometen hombres, a menudo familiares o conocidos de la víctima, en espacios privados24 (esto resulta cierto no solamente para Ciudad Juárez). Como lo muestra el documento del COLEF, la mayoría de los informes oficiales, de los reportajes y de las investigaciones realizadas al respecto citan 1993 como el año en que empezaron los crímenes.25 Y en efecto, a partir de esta fecha unas activistas feministas juarenses empezaron a documentar un tipo específico de crimen: las mujeres fueron secuestradas y tenidas en cautiverios horas o días, sufrieron violencias y torturas sexuales antes de ser asesinadas, sus cuerpos fueron abandonados en zonas desérticas o en terrenos baldíos o aislados (ductos de drenaje, tiraderos de basura, vías férreas), las más de la veces desnudas o casi desnudas, con signos de tortura.26 Ahora bien, estos asesinatos, que aparecieron en las primeras páginas de diarios nacionales e internacionales, son casos bastante minoritarios en el contexto presentado más arriba. De acuerdo con las estadísticas de los investigadores del COLEF, “solo” 179 crímenes pertenecen a esta “tipología”.
15La tendencia en los medios de comunicación fue focalizar toda su atención en este último tipo de caso, cuyo impacto emocional es muy fuerte. Sin embargo, hay que apuntar que la mayoría de los crímenes, en particular aquellos cometidos antes de 2007, atañen a violencias cometidas por gente cercana y deben considerarse en un contexto de normalización de las violencias en el seno de las familias. Las trayectorias de las mujeres que han sido objeto de mis investigaciones en Ciudad Juárez y las investigaciones realizadas en México sobre las violencias en el seno de las familias27 ponen en evidencia la presencia constante de abusos sexuales por parte de padres, tíos y vecinos, que tienden a perderse en la enormidad de las cifras de los asesinatos brutales de mujeres y en la monstruosidad imaginada de los autores de tales crímenes. En cierto modo, el hecho de detenerse en los crímenes más atroces termina por reforzar la invisibilidad de los crímenes comunes e impide entender la banalidad de las violencias.
16Ahora trataremos de entender de qué manera la respuesta de las instituciones locales a las familias en términos de acción pública contribuye a ocultar las relaciones de poder sexuadas por medio de la cuales se ejercen las violencias masculinas hacia las mujeres.
La atención a víctimas y la reproducción de las normas de género
17La actitud de las instituciones ha ido evolucionando con los años: se pasó de la minimización de los hechos a una atención progresiva a las víctimas, con la implementación de programas específicos de lucha y prevención de la violencia hacia las mujeres. Si bien desde un punto de vista general, las instituciones integraron de manera progresiva las directivas federales en materia de derechos de las mujeres (al crear, por ejemplo, programas para la atención a mujeres víctimas de violencia), el reconocimiento de la dimensión de género de los asesinatos fue superficial. Este se puede apreciar acercándose a las representaciones de género que circulan localmente. Me parece que asistimos a un doble proceso en el que, al afirmar públicamente la voluntad de resolver los crímenes y abordar las violencias con una perspectiva de género, las políticas institucionales terminan por reafirmar ciertas representaciones de la “buena” feminidad, centrada en la valorización del papel de la maternidad.
18Tres gobiernos federales se han sucedido entre 1994 y 2012, cuatro gobernadores y siete alcaldes. A todos los niveles de gobierno hubo una alternancia en el poder entre el Partido Acción Nacional (PAN, de derecha), del Partido Revolucionario Institucional (PRI). Este último, que dominó la escena política mexicana durante setenta años, parece haber reconquistado una fuerte presencia entre finales de los años 1990 y el inicio de los años 2000, particularmente en el nivel local. En el nivel federal, en la misma época, ocurrió lo contrario, con una transición del PRI al PAN. A pesar de estas alternancias políticas y del reconocimiento creciente de las violencias hacia las mujeres, los actores institucionales conservan una representación de las víctimas sesgada por el sexismo.
Una doble victimización
19Los primeros discursos que circularon en la ciudad a propósito de los asesinatos nos dan una primera pista para entender estas representaciones. Las instituciones públicas (en particular las que se supone administran la justicia), aunque también los medios de comunicación y ciertos sectores de la sociedad (como la Iglesia) habían afirmado en esa época que las violencias afectaban solamente a ciertas mujeres: las “que, por sus condiciones de vida, los lugares donde realizan sus actividades, están en riesgo”. De hecho, el procurador de entonces lo había afirmado.28 Las relaciones oficiales publicadas por las instituciones de justicia y las declaraciones de las autoridades subrayaban una incierta cercanía de las víctimas con el medio de la prostitución, como por ejemplo cuando el Coordinador Regional de la Subprocuraduría de Justicia de la Zona Norte afirmó ante los visitadores de la Comisión Nacional de Derechos Humanos que “no se podría afirmar si comerciaban o no con su cuerpo, lo que sí es seguro es que las conocían muy bien en los centros nocturnos […]”.29 Como lo subraya Julia Monárrez, las mujeres asesinadas ya no son “víctimas” de la violencia sino responsables desde el momento que transgreden normas de género consideradas moralmente aceptables. La transgresión espacial (los lugares de diversión) y temporal (la noche) motiva la violencia, un argumento que, de hecho, reaparece a menudo – en contextos geográficos y sociales distintos – en los debates sobre la responsabilidad femenina en los casos de violencia sexual.
20En Ciudad Juárez, estas críticas se fundamentan en representaciones culturales profundas. Surgen en la época de la entrada masiva de las mujeres en el mercado de trabajo formal luego de la industrialización de la frontera norte de México, con las maquiladoras30. Estas fábricas de subcontratación y que son de propiedad extranjera, por lo general estadounidense, se benefician de un régimen fiscal privilegiado y de los bajos salarios del país en el que se instalan. Desde los años sesenta, las maquiladoras han contratado masivamente a mujeres,31 lo que ha estimulado importantes olas migratorias, que han transformado en algunos decenios a esta pequeña ciudad fronteriza, dedicada al turismo trasnacional, en uno de los centros industriales más importantes de México. La sexualidad de las mujeres fue una referencia explícita para aquellos que se preocupaban por los efectos negativos del trabajo femenino. Los estudios etnográficos realizados en Ciudad Juárez a finales de los años setenta mostraron de qué manera la perspectiva de la autonomía económica de las jóvenes obreras daba lugar a numerosas preocupaciones que se expresaban, en las páginas de los diarios tanto como en las relaciones dentro de las fábricas, por medio de feroces críticas a la “liberación sexual” de las mujeres.32
21Cuando se denunciaron los primeros feminicidios, la utilización de estos mismos registros de comunicación, centrados en el control de las mujeres y los riesgos de su autonomía en la gestión del tiempo y del dinero muestra el peso de tales representaciones. A pesar del hecho de que tales declaraciones de las autoridades hayan sido cada vez menos frecuentes, las normas de género que trasmiten y los efectos prácticos que tienen en la vida de las mujeres han perdurado. En 2006, en el momento en que los primeros programas de prevención de las violencias se implementaban, las campañas gubernamentales se centraban por completo en la responsabilización de las mujeres: no salir sola a altas horas de la noche, no consumir alcohol en compañía de personas desconocidas, no salir a las calles si no es en compañía de alguien de confianza, y otros tantos consejos prácticos para prevenir el riesgo de las violencias. El folleto de una de las campañas de prevención promovido por el Instituto Nacional de las Mujeres y la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Ciudad Juárez tenía un título significativo: “Nadie te va a cuidar mejor que tú”.33 Tales folletos invitaban a seguir estrategias que algunas de mis interlocutoras ya ponían en práctica en su vida diaria para protegerse. Probablemente proporcionaban medios eficaces para evitar situaciones de riesgo en la calle. Sin embargo, más allá de una función coyuntural para poner en guardia a las mujeres, no tomaban en consideración el contexto social en el que estas violencias ocurrían. Lo único que hacían era dar una apariencia de naturalidad a las limitaciones impuestas y, finalmente, contribuían a ejercer una doble victimización sobre las mujeres, que se volvían culpables de las violencias sufridas.
Un reconocimiento fallido
22En los años 2000, luego de las importantes movilizaciones, y gracias a los informes y las recomendaciones de las organizaciones internacionales,34 asistimos a un cambio en la actitud de las instituciones. En 2001, el Congreso aprobó la creación de una comisión parlamentaria para investigar los asesinatos y las desapariciones de mujeres en Ciudad Juárez (a partir de la cual se formará la Comisión Especial sobre los Feminicidios de Marcela Lagarde) y en 2003, el gobierno federal envió a una comisionada especial para favorecer el diálogo entre las instituciones locales y los familiares de las víctimas, y para estudiar las condiciones de una indemnización a estas últimas. Tales acciones contribuyeron a modificar la manera de abordar los crímenes en el nivel local y las representaciones sobre las víctimas.
23En 2003, el gobierno del estado creó el Instituto de la Mujer del Estado de Chihuahua (ICHIMU) en parte respondiendo a los acuerdos internacionales ratificados por México en materia de derechos de las mujeres, con el objetivo de desarrollar políticas públicas centradas en las mujeres, en su empoderamiento y en la prevención de la violencia de género. Uno de los primeros programas puestos en marcha por el ICHIMU se dirigió a las familias de mujeres asesinadas. Se trata de un programa de ayuda a las familias, conocido con el nombre de Fidevida, que apunta a proporcionar vivienda de interés social y un apoyo económico (pago de los gastos funerarios, apoyo bimensual para los gastos escolares de los hijos de las víctimas, Seguro Popular). Estas ayudas no se atribuyen a todas las familias de las víctimas. En efecto, el ICHIMU propuso una clasificación de los crímenes para determinar qué familias son susceptibles de recibir un apoyo. Estudiemos los criterios establecidos por dicho instituto.
24El instituto presenta un documento de análisis que él mismo elaboró.35 Apoyándose en datos periodísticos, y también integrando los expedientes policiacos y la documentación recopilada por las ONG entre 1993 y 2003, el ICHIMU presenta una lista de 321 asesinatos, divididos en diferentes categorías. Una primera gran distinción es la hecha entre los crímenes considerados como “sexuales” y los demás. Entre los 321 casos documentados, 90 asesinatos forman parte del primer grupo de acuerdo con el ICHIMU. Las únicas personas que pueden aspirar al programa Fidevida son las víctimas de los crímenes clasificados en esta categoría. Para el ICHIMU se trata de asesinatos que implicaron una actividad sexual “como base de la secuencia de actos que conducen a la muerte, que puede ir desde la violación hasta actos sexuales de contenido simbólico”, precisa el documento36. Establece pues una diferencia mayor entre un asesinato “sexual” (reconocido mediante una definición muy limitada de la sexualidad y de cierta manera considerada más grave, lo que da lugar a una indemnización) y los demás asesinatos. Al estudiar estos casos de manera más precisa, los asesinatos que el ICHIMU reconoce como “sexuales” son aquellos que más habían llamado la atención pública, primero localmente y luego en todo el país, hasta llegar a tener una dimensión internacional. Es el caso en particular de los ocho cuerpos encontrados durante 1995 en un terreno baldío en la periferia sur de la ciudad (Lote Bravo), de los seis cuerpos encontrados en 1996 en las tierras desérticas de Anapra y Lomas del Poleo (extremo norte de la ciudad), de las víctimas ya citadas del “Campo Algodonero”, así como siete cuerpos encontrados entre octubre de 2002 y marzo de 2003 en el cerro de Cristo Negro37. Como ya se ha visto, estos crímenes se inscriben dentro de un contexto más amplio de violencias de género. El ICHIMU no parece reconocer el contexto de los “crímenes cotidianos”, ya que estos no otorgan el derecho al Fidevida.
25Los crímenes sin violencia sexual en el momento del asesinato (como por ejemplo el caso de una niña cuyo padre la violaba de manera regular, pero asesinada en otra ocasión) deben quedar según el ICHIMU en la categoría de “asesinatos resultantes de la violencia intrafamiliar”. En otros casos, cuando por ejemplo se han encontrado los cuerpos de las mujeres desnudos o semidesnudos, pero no se ha podido establecer la violación, o cuando la causa de muerte no fue la violencia sexual, los crímenes se clasificaron en la categoría de “homicidios pasionales”, una expresión común para ocultar las violencias masculinas en contra de las mujeres mucho más allá de Ciudad Juárez. Estos crímenes no dan derecho a los apoyos del Fidevida, lo que contribuye a establecer una escala de valor diferenciada entre las víctimas y a ocultar la responsabilidad del Estado en la prevención y la atención de la violencia hacia las mujeres en su conjunto.
26Una segunda cuestión importante tiene que ver con la justificación de la legitimidad de estas indemnizaciones. La directora del ICHIMU propone en efecto el otorgamiento de vivienda de interés social a las familias de las víctimas, explicando que “las casas son parte del programa, que apunta a ayudar a las madres a reconstruir su vida”.38 El otorgamiento de las viviendas de interés social generó protestas, en particular por parte de ciertas organizaciones de la ciudad, comprometidas en la prevención de la violencia hacia las mujeres, que acusan al ICHIMU de querer cubrir por este medio la impunidad que sigue caracterizando la mayoría de los crímenes. En respuesta a dichas acusaciones, la directora del ICHIMU hace referencia al sufrimiento de las madres: “una postura así demuestra la falta absoluta de respeto hacia el sufrimiento de una madre que ha perdido a su hija”; y añade: “Lo que queremos hacer es proveer servicios a estas madres necesitadas y que tienen derecho a recibir ayuda.”39 El “sufrimiento de las madres” se echa por delante como un recurso para impedir todo tipo de crítica. Protegiéndose ante su incapacidad o falta de voluntad para esclarecer los crímenes, las autoridades se apoyan en la representación legítima de la maternidad. Dejan así de un lado su responsabilidad política ante la procuración de justicia y al mismo tiempo pretenden retomar una perspectiva de género.
27En el transcurso de los años, las asociaciones de familiares de víctimas integraron la “maternidad” en su lenguaje y sus reivindicaciones. La primera asociación de familiares de víctimas, Voces sin Eco, concentró sus reivindicaciones, en particular cuando dio inicio a las movilizaciones en 1998, en la justicia y la responsabilidad de las instituciones en los crímenes. Los años 2000 marcan un cambio importante, reconocible en los nombres de las organizaciones que surgen entonces: Nuestras hijas de regreso a casa, Justicia para nuestras hijas, Integración de madres por Juárez.40 Dejando por un lado las diferencias en las reivindicaciones específicas y su proximidad o lejanía con las instituciones (temas por supuesto muy importantes), su denominación lleva la marca del potenciamiento de la maternidad en los discursos militantes, aun cuando otras personas cercanas participan en estos movimientos (hermanas, amigas, etc.)41. Las madres que participan en las manifestaciones muestran grandes mantas con las fotos de sus hijas, coreando consignas como “Todas son nuestras hijas, todas son nuestras muertas” en las calles. Utilizan referencias tomadas de las movilizaciones de las madres en contra de las dictaduras del Cono Sur, como las tan conocidas de las Madres de la Plaza de Mayo en Argentina; esta convergencia dio lugar a interpretaciones de los movimientos de las madres en Latinoamérica, en nombre de una “identidad” común42. Sin embargo, una interpretación en términos “identitarios” corre el riesgo de culturalizar y esencializar figuras que son en realidad producto de procesos sociales y políticos.
28El proceso de potenciamiento de la maternidad en las reivindicaciones no es la expresión cultural de una maternidad ahistórica, ni la consecuencia mecánica de las políticas públicas. Considero que más bien se trata del resultado de la articulación entre referencias culturalmente disponibles (ligadas al papel de la maternidad) y los intereses de las instituciones, que buscaron y favorecieron a interlocutores privilegiados. Fue después de programas como el Fidevida y de la recuperación por las autoridades y los medios del “sufrimiento” de las madres […] que surge la maternidad como recurso legítimo43. Las reivindicaciones legítimas y valientes de las madres a menudo se representan a través del filtro de la exposición del sufrimiento, concentrándose en las lágrimas, la desesperación y el dolor. Si bien algunos documentales contribuyeron a dar a conocer los crímenes, otros favorecieron también una actitud compasional –más que política– hacia las madres de las víctimas y en consecuencia en relación con las violencias en general44.
29Las apuestas centrales que ofrece la perspectiva de género para analizar las violencias y de la categoría de feminicidio terminan negadas: no se trata de una cuestión de justicia (ni el programa Fidevida ni otras acciones institucionales se orientaron hacia la solución de los casos criminales); tampoco se trata de una cuestión de género, de un análisis de la dimensión de género de los feminicidios o de su inserción en el contexto de relaciones de poder desiguales entre hombres y mujeres (la definición arbitraria de “crímenes sexuales” y la discriminación en la atribución de las indemnizaciones que dicha definición implica es un ejemplo de esto); se trata más bien de mitigar sufrimientos, los de las madres de las víctimas, y no, por ejemplo, el de sus parejas, hermanos y hermanas, amigos y amigas.
30Así, la culpabilización de las jóvenes asesinadas puede leerse a la luz de este reconocimiento fallido. Las normas de género se encuentran reafirmadas por partida doble, ya que por un lado a las mujeres asesinadas las acusan de haber provocado las violencias en la medida que transgredieron reglas socialmente reconocidas (su manera de vestirse, los horarios y los lugares que frecuentan) y, por el otro, las madres de víctimas son objeto de campañas y de programas de indemnización y de apoyo “como madres”. A las primeras las califican (implícitamente) de “malas mujeres”, mientras que las segundas aparecen como las “verdaderas víctimas” de los asesinatos. Al naturalizar el sufrimiento de las madres en nombre de una identidad materna ahistórica y al relegar a un segundo plano la de sus hijas, la construcción moral de estos asesinatos oculta sus dimensiones políticas e históricas.
Conclusión
31La afirmación de la violencia de género en las políticas y los programas de las instituciones mexicanas implicó la creación de herramientas jurídicas para nombrar las violencias en contra de las mujeres y para combatirlas. Los feminicidios en Ciudad Juárez se han vuelto un símbolo reconocido para aquellas y aquellos que han hecho de la violencia hacia las mujeres una prioridad de la agenda política mexicana y, de manera general, latinoamericana. Este reconocimiento de la dimensión de género de las violencias se ha traducido, en la escena local, por medio de la implementación de políticas ad hoc y de programas de indemnizaciones para los familiares de (algunas) víctimas de los feminicidios. Al revisar de manera más fina la forma en que las instituciones han abordado las violencias, se ve que han afirmado públicamente su voluntad de resolver los crímenes e integrar una perspectiva de género. Sin embargo, las políticas institucionales parecen confirmar ciertas representaciones de la “buena” feminidad, centradas en el no reconocimiento de jóvenes víctimas de violencia y en la atención compasional hacia las madres de las víctimas. A las primeras se las acusa de libertinaje, mientras que a las segundas se las reconoce en razón de su “sufrimiento de madres”. Este proceso está lejos de ser mecánico o absoluto, y las asociaciones de madres más politizadas, que rechazan las indemnizaciones otorgadas por el Estado, son criticadas y combatidas con mucha fuerza. Sin embargo, el sexismo de las acusaciones hacia las víctimas y el reconocimiento fallido de las madres muestra los desfasamientos y las contradicciones entre el proceso de institucionalización de la categoría de “violencia de género” y la atención de los feminicidios en el nivel local.
Notes de bas de page
1 Dos textos publicados en Francia dan un panorama general de las investigaciones feministas en torno a las violencias hacia las mujeres: Dominique Fougeyrollas-Schwebel, Helena Hirata, Danièle Senotier, “La violence, les mots, le corps”, Cahiers du Genre, núm. 35, 2003; Natacha Chetcuti y Maryse Jaspard, Violences envers les femmes. Trois pas en avant deux pas en arrière, L’Harmattan, Paris, 2007.
2 Para un panorama general del debate en México puede consultarse el artículo de Rita Laura Segato: “Qué es un feminicidio. Notas para un debate emergente”, en Marisa Balusteguigoitia y Lucia Melgar (dir.), Fronteras, violencia, justicia: nuevos discursos, PUEG-UNAM, México, 2007, pp. 35-48. Para seguir la difusión del término más allá de las fronteras latinoamericanas: Barbara Spinelli, Femminicidio. Dalla denuncia sociale al riconoscimento giuridico internazionale, Franco Angeli, Roma, 2008.
3 En ese mismo momento, diferentes organizaciones y activistas fronterizas llevaron a cabo eventos y marchas en el marco de la campaña binacional “¡Ni una más!”: véase Alicia Gaspar de Alba y Georgina Guzmán (coord.), Making a Killing: Femicide, Free Trade, and La Frontera, University of Texas Press, Austin, 2010.
4 La base de datos Feminicidio (América Latina y Caribe Español) puede consultarse en línea en el portal de la sede latinoamericana de ISIS International (http://www.isis.cl), organización fundada en 1974 en Roma, para ser un “centro de documentación e información sobre el movimiento de liberación de las mujeres en el mundo” y cuya sede principal está en Manila desde 1994. La sede latinoamericana se encuentra en Santiago de Chile y se abrió en 1983. A pesar de su nombre, esta base también incluye todas las investigaciones realizadas sobre el femicidio (categoría utilizada sobre todo en Costa Rica y en los países del Cono Sur). Utilizo aquí la primera versión del término, la que se impuso en México.
5 Recurro aquí al concepto de “problematización”, desarrollado por Michel Foucault al final de su trayecto intelectual. Ver Michel Foucault, “Le souci de la vérité”, en Dits et écrits IV, Gallimard, París, 1994, pp. 668-678 [edición original en Magazine Littéraire, núm. 207, mayo de 1984, pp. 18-23]; “Usage des plaisirs et techniques de soi”, en Dits et écrits IV, op. cit., pp. 539-561 [edición original en Le Débat, núm. 27, noviembre de 1983, pp. 46-72].
6 Estas reflexiones se apoyan en una investigación antropológica realizada en el marco de mi maestría. El material etnográfico proviene en particular de una investigación de campo realizada en Ciudad Juárez entre el verano y el otoño de 2008. Incluye entrevistas biográficas realizadas con mujeres que participan en asociaciones de diferentes colonias populares del poniente de la ciudad y con algunas integrantes de organizaciones de familiares de las víctimas, así como observaciones hechas durante reuniones, asambleas o manifestaciones públicas. El análisis se apoya también en una revisión de archivos de prensa, publicados en los principales diarios locales y nacionales, y en documentos oficiales (informes, investigaciones y recomendaciones difundidas por diversas organizaciones no gubernamentales, nacionales e internacionales). Quiero expresar mi agradecimiento a Julia Monárrez y a los investigadores y personal del Colegio de la Frontera Norte por su gran apoyo durante mi estancia de investigación en el COLEF de Ciudad Juárez.
7 Bérengère Marques-Pereira, Sophie Stoffel, “Féminismes d’Amérique latine”, en Éliane Gubin et al. (dir.), Le siècle des féminismes, Les Éditions de l’Atelier, París, 2004, pp. 399-409.
8 Elizabeth Guerrero, Violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe español, 1990-2000: balance de una década, ISIS Internacional, UNIFEM LAC, Santiago de Chile, 2002.
9 Jules Falquet, “De l’institutionnalisation du féminisme latino-américain et des Caraïbes”, Cahiers du GEDISST, núm. 20, 1998, pp. 131-147.
10 Para un análisis de los conflictos que se han vivido en el movimiento feminista latinoamericano, puede consultarse el número de la revista Nouvelles Questions Féministes, coordinado por Ochi Curiel, Sabine Masson y Jules Falquet, “Féminismes dissidents en Amérique latine”, Nouvelles Questions Féministes, vol. 24, núm. 2, 2005. La apuesta principal de las reivindicaciones es el reconocimiento y la crítica de las desigualdades de clase, de raza y de sexualidad que están presentes en el movimiento.
11 Retomar la historia de la afirmación del “género” en los estudios feministas y de su institucionalización rebasa los objetivos del presente texto. Nos basta con señalar que Joan Scott, la historiadora estadounidense que aportó una contribución mayor a los estudios sobre el género (que ella entiende como la primera expresión de las relaciones de poder: ver Joan W. Scott, “Gender: a Useful Category of Historical Analysis”, American Historical Review 5, núm. 91, 1986) en 1999 advertía sobre “el uso ordinario” del término, cuyo éxito en Estados Unidos también había implicado su uso corriente “como sinónimo de mujeres, de diferencia entre los sexos, de sexo” (Joan W. Scott, Gender and the Politics of History, Columbia University Press, NuevaYork, 1999). La “perspectiva de género”, que tiende a afirmarse en el lenguaje de las organizaciones internacionales, a menudo queda atrapada en este mismo proceso de “rutinización”.
12 Artículo 1, “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer” (Convención de Belém do Pará), puede consultarse en línea en el portal: http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-61.html. La Convención fue ratificada por 27 de los 35 Estados miembro de la OEA. Estados Unidos y Canadá son las “ausencias” más importantes. El Congreso mexicano aprobó la ratificación de la Convención el 12 de noviembre de 1998.
13 Jill Radford, Diana Russell (dir.), Femicide: The Politics of Woman Killing, Twayne Publishers, Nueva York, 1992.
14 Al respecto, hay que citar una investigación pionera sobre el tema: Ana Carcedo y Montserrat Sagot, Femicidio en Costa Rica, Organización Panamericana de la Salud, San José, 2000.
15 Marcela Lagarde, “El feminicidio: delito contra la humanidad”, en Comisión Especial para Conocer y Dar Seguimiento a las Investigaciones Relacionadas con los Feminicidios en la República Mexicana y a la Procuración de Justicia Vinculada, Feminicidio, Justicia y Derecho, México, D.F.: Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, LIX Legislatura, 2005, p. 155; una versión muy apegada al texto sirve de introducción a la versión en español del segundo volumen sobre el feminicidio, dirigido por Diana Russell. Con el acuerdo de la socióloga estadounidense, el término se tradujo como feminicidio. Diana Russell, Roberta Harmes (dir.), Feminicidio: una perspectiva global, CIICH-UNAM, México, 2006 (ed. original: Femicide in Global Perspective, Teachers College Press, Nueva York, 2001).
16 La Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación respecto de las mujeres (CEDAW, por sus siglas en inglés) fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979. Ratificada hoy en día por alrededor de cien países (México lo hizo el 23 de marzo de 1981), establece en su Artículo Primero que la “expresión ‘discriminación contra la mujer’ denotará toda distinción, exclusión a restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera”. Los estados que ratificaron la Convención deben tomar medidas para combatir la discriminación en contra de las mujeres en todas sus formas. Puede consultarse el texto completo en: http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/cedaw.htm.
17 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, “Ley Federal de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia”, Nueva ley publicada en el Diario Oficial de la Federación, 1 de febrero de 2007.
18 Se encontraron ocho cuerpos de mujeres entre el 6 y el 7 de noviembre de 2001 en un lote baldío situado en una zona bastante céntrica de la ciudad. La sentencia [16 de noviembre de 2009: “González y otras ('Campo Algodonero') vs. México”] establece que: “La impunidad de los crímenes cometidos da el mensaje de que la violencia hacia la mujer es tolerada, lo que favorece su perpetuación y la aceptación social del fenómeno, el sentimiento y la sensación de inseguridad entre las mujeres, así como una desconfianza persistente de estas últimas en el sistema de administración de justicia” (§ 400). La sentencia puede consultarse completa en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_205_esp.pdf
19 Luis Cervera y Julia E. Monárrez Fragoso, Sistema de Información Geográfica de la Violencia en el municipio de Juárez, Chihuahua: Geo-referenciación y su comportamiento espacial en el contexto urbano y rural, CONAVIM-SEGOB, Ciudad Juárez, 2010. Todos los datos siguientes provienen del mismo documento.
20 Los datos disponibles sobre el asesinato de mujeres eran muy imprecisos, en particular a principios de los años noventa. Y las cifras siguieron haciendo debate. Presentando la metodología que desarrolló para analizar los crímenes, Julia Monárrez explica que las estadísticas nacionales solo proporcionan la última causa de muerte, sin hacer mención de las violencias sufridas por las víctimas, en particular las violencias sexuales. Para la socióloga fue entonces necesario acotar distintas fuentes que le permitieran recolectar informaciones sobre las formas de las violencias sufridas por las víctimas y su perfil: véase Julia E. Monárrez Fragoso, Trama de una injusticia: feminicidio sexual sistémico en Ciudad Juárez, El Colegio de la Frontera Norte, M.A. Porrúa, México, 2009, p.90.
21 Luis Cervera, Julia E. Monárrez Fragoso, op. cit, p. 92.
22 Idem, pp. 70-73.
23 Idem, p. 108.
24 Idem, p. 83.
25 Puede citarse el informe sobre la violencia feminicida en Chihuahua de la Comisión Especial sobre Feminicidios (CEF), “Violencia feminicida en Chihuahua”, Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, LIX Legislatura, México, 2006. Ver también los informes siguientes: Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), “Recomendación 044-1998, 1998; Informe Especial de la Comisión Nacional de Derechos Humanos sobre los Casos de Homicidios y Desapariciones de Mujeres en el Municipio de Ciudad Júarez”, 2003; Amnistía Internacional (AI), “México. Muertes Intolerables. Diez años de desapariciones y asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez y Chihuahua”, 2003 (http://www.amnesty.org/es/library/info/AMR41/027/2003/es); Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), “Situación de los Derechos de la Mujer en Ciudad Juárez, México: el Derecho a no ser Objeto de Violencia y Discriminación”, 2003 (http://www.cidh.org/annualrep/2002sp/cap.vi.juarez.htm).
26 Julia E. Monárrez Fragoso estudió en su tesis doctoral este tipo de crímenes, con un análisis sociológico y a través de la historia oral de algunos familiares de las mujeres asesinadas: véase Julia E. Monárrez Fragoso, Trama de una injusticia: feminicidio sexual sistémico en Ciudad Juárez, El Colegio de la Frontera Norte, M.A. Porrúa, México, 2009.
27 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), “Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH)”, 2003, 2006, 2011, 2016, 2021 (https://www.inegi.org.mx/programas/endireh/2021/); Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), “Encuesta Nacional sobre Violencia en el Noviazgo (ENVIN)”, 2007 (http://bdsocial.inmujeres.gob.mx/index.php/enut-49?catid=1:acervo&id=91:encuesta-nacional-sobre-violencia-en-el-noviazgo); ; INEGI, “Encuesta sobre Violencia Intrafamiliar (ENVIF)”, México, 1999 (https://www.inegi.org.mx/programas/envif/1999/).
28 Declaración de Arturo González Rascón, referida por Armando Rodríguez en El Diario, del 24 de febrero de 1999, citada en Julia E. Monárrez Fragoso, Trama de una injusticia: feminicidio sexual sistémico en Ciudad Juárez, El Colegio de la Frontera Norte, M.A. Porrúa, México, 2009, p.34.
29 Ibidem.
30 Desarrollo las reflexiones propuestas en este párrafos y en los siguientes en mi tesis de Maestría: Chiara Calzolaio, “Ciudad Juárez: des féminicides aux formes de subjectivités politiques à la frontière entre un nord et un sud du monde”, tesis de Maestría en Etnología y Antropología social, Escuela de Altos Estudios en Ciencias Sociales (EHESS), septiembre de 2009.
31 María Eugenia de la O Martinéz, La mujer en la industria maquiladora de México: un acercamiento a su dinámica regional, CIESAS, Guadalajara, 2002.
32 María Patricia Fernandez-Kelly, For We Are Sold, I and My People. Women and Industry in Mexico’s Frontier, SUNY Press, Albany, 1983, pp. 134-137.
33 INMUJERES y Comisión para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres en Ciudad Juárez, “Nadie te va a cuidar mejor que tú”, folleto de la campaña, 2005.
34 AI, op.cit. ; CIDH, op.cit.
35 Instituto Chihuahuense de la Mujer, “Homicidios de mujeres: auditoría periodística”, Ciudad Juárez, 2003, presentado por R. Gallegos, “Muertas: sólo 90 crímenes sexuales”, El Diario, 29/08/2003 [hemeroteca INPRO - Información procesada].
36 Ibidem.
37 Para un análisis feminista de estos crímenes que toma en cuenta el contexto de la violencia sexista y misógina y recupera la memoria de los familiares de las víctimas véase: Julia E. Monárrez Fragoso, 2009, op.cit.
38 Esta declaración y las siguientes aparecen en el artículo: O. Rodríguez “Controversia por entrega de casas a familias de asesinadas”, El Diario, 17/09/2004 [INPRO - Información procesada].
39 Ibidem.
40 Estas tres asociaciones son diferentes, tanto en el nivel político como en lo que se refiere a su autonomía con respecto a las instituciones. Las dos primeras siguen teniendo, en particular, un papel profundamente crítico y son muy activas hoy en Ciudad Juárez y Chihuahua (la capital del estado, donde se formó la segunda asociación).
41 Por un análisis sobre las potencialidades y los límites concretas de estas asociaciones véase: Melissa Wright, “Femicide, Mother-Activism, and the Geography of Protest in Northern Mexico. Urban Geography Plenary Lecture”, Urban Geography, vol. 28, núm. 5, 2007, pp. 401‑425.
42 Cynthia Bejarano, “Las Super Madres de Latinoamérica. Transforming Motherhood and Houseskirts by Challenging Violence in Juárez, México, Argentina, and El Salvador”, en Arturo J. Aldama (dir.) Violence and the Body. Race, Gender, and the State, Indiana University Press, Bloomington, 2003, pp.404-428.
43 Julia Monárrez habla de “dolorismo” para analizar este mismo proceso: Julia E. Monárrez Fragoso, “El sufrimiento de las otras”, en J. E. Monárrez Fragoso y María Socorro Tabuenca Córdoba (coord.), Bordeando la violencia hacia las mujeres en la frontera norte de México, El Colegio de la frontera norte-Miguel Ángel Porrúa, México, 2007, pp. 115‑137.
44 Para ahondar en las dimensiones morales de la problematización de los asesinatos en los niveles local, nacional e internacional, me permito remitir a mi texto: Chiara Calzolaio, “Toi aussi, tu es venue pour les mortes? Figures de l’horreur et de la compassion autour de la violence à Ciudad Juárez”, en Didier Fassin y Jean-Sébastien Eideliman (dir.), Économies morales contemporaines, La Découverte, Paris, 2012, pp. 95-114.
Auteurs
-
Chiara Calzolaio
Investigadora, Institut de recherche interdisciplinaire sur les enjeux sociaux, Paris.
- Arturo Vázquez Barrón (trad.)
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