La materialización del poder hacia corporalidades trans* en un reclusorio varonil: análisis de la violencia sexual y la violencia lingüística
p. 53-69
Note de l’éditeur
Los primeros análisis que efectué sobre este tema, sensiblemente diferentes a los que presento aquí, fueron publicados en Escobedo Martínez, J. F., Arriaga Ortiz, R. y Méndez Muñoz, M. Trayectos encarnados. Exclusión, vigilancia y violencias corporales. México: La Cifra Editorial, en prensa.
Plan détaillé
Texte intégral
Breve recorrido conceptual para el estudio del poder, lo trans* y la violencia de género
1Actualmente, la Penitenciaría de la Ciudad de México alberga a 2 mil 698 internos, todos clasificados como hombres (cndh, 2017: 101). Sin embargo, algunos sujetos de la población reclusa no se identifican como tal, sino que se definen como mujeres, mujeres transexuales o mujeres transgénero. Según la estimación que realizaron cinco de ellas a finales del año 2016, en esta cárcel habría aproximadamente veinte internas trans.
2Mauro Cabral es quien propuso el término trans*, con asterisco, para “destacar la variabilidad y pluralidad de experiencias situadas cultural y políticamente que se pueden enmarcar dentro de lo trans” (Pons y Garosi, 2016: 312). En el contexto estudiado, hablar de las internas trans* me permite justamente recalcar la variabilidad de sus procesos identitarios y corporales, así como dar cuenta de las distintas maneras que tienen de auto-nombrarse. Mientras una declara estar “empezando el proceso de definir (se) como chica”, otra afirma: “Soy la señora Alessa, porque soy casada”. Algunas han ingerido hormonas desde la adolescencia, otras se han inyectado los glúteos, otras afirman no haber querido someterse jamás a ninguno de estos procesos de modificación corporal. El punto en común entre los cuerpos trans* de la Penitenciaría radica en su declarada identidad femenina.
3La cárcel es una institución de disciplinamiento y, en tanto organización reglamentada, busca ejercer el poder sobre ciertas categorías de cuerpos, en este caso los que infringieron la ley penal. Según Foucault, el poder puede entenderse como
la multiplicidad de las relaciones de fuerza que son inmanentes al ámbito en el que se ejercen, y son constitutivas de su organización; (…) su cristalización institucional se encarna en los aparatos estatales, en la formulación de la ley, en las hegemonías sociales.3 (Foucault, 1976: 121-23).
4Así, el poder “no es una institución, y no es una estructura, no es cierta potencia de la que algunos estarían dotados”, sino un esquema de inteligibilidad de lo social, “una situación estratégica compleja en una sociedad dada”, que se ejerce por el cuerpo y en el cuerpo (Foucault, 1976: 123).
5El sistema sexo genérico hegemónico, basado en la idea de un orden natural que gira en torno a dos sexos y a la heterosexualidad obligatoria (Guillaumin, 1978; Wittig, 2006), rige nuestros cuerpos y fundamenta un orden sociopolítico que oprime a las mujeres y al conjunto de los cuerpos que no se inscriben dentro del modelo hegemónico. Insertos en esquemas sociales que buscan regularizar los cuerpos a partir del género (Butler, 2002), los cuerpos oprimidos se encuentran sometidos a un poder que rige la sexualidad y la subjetividad (Foucault, 1976).
6Retomando a Foucault, la dominación social se ejerce a través de dispositivos, entre los cuales rescato, para fines del presente análisis, el dispositivo de la sexualidad, que funciona “según técnicas móviles, polimorfas y conjeturales de poder [y] engendra (…) una extensión permanente de los ámbitos y de las formas de control” (Foucault, 1976: 140). En el ámbito penitenciario, así como en el conjunto de instituciones reglamentadas, el modelo de normalidad basado en el sistema sexo genérico hegemónico, justifica la búsqueda de modelación de los cuerpos según un ideal disciplinario: no se trata sólo de disciplinar y castigar a los sujetos presumidos o reconocidos como delincuentes o criminales, se trata de construir nuevos sujetos, no sólo dóciles sino también correspondientes a las normas sociales sexo genéricas. Este poder disciplinario se ejerce, entre otros, a través del dispositivo de la sexualidad, entendido como un tejido de normas, escritas o no, explícitas o no, que incluye la estructura arquitectónica, la institución penitenciaria en sí, los reglamentos, pero también las normas sociales que rigen la cotidianidad carcelaria.
7El dispositivo de la sexualidad encuentra su razón de ser en la penetración de los cuerpos y el control de las poblaciones, precisa Foucault (1976: 141). Este dispositivo tiene una función estratégica y se materializa a través del ejercicio de la violencia y particularmente la violencia de género hacia las trans*.
8En los extensos trabajos de este filósofo sobre las relaciones de poder, encontramos como elemento central no sólo el cuerpo, sino también la subjetividad (Foucault, 1988), la cual fue, posteriormente, conceptualizada y resignificada de manera particular desde el feminismo (De Lauretis, 1992; Braidotti, 2015; entre otras). En este punto, me parece fundamental resaltar que los presentes análisis comprenden el cuerpo como producto de la intersección entre lo biológico, lo psicológico y lo social. Si, como bien lo define Csordas (1990), lo corporal es un proceso material de interacción social, parece entonces esencial analizar las experiencias de las trans* encarceladas desde la subjetividad, desde su propia voz, reconociéndolas como agentes de discurso (Haraway, 1995). Hablar de cuerpos vividos, de los cuerpos desde sus experiencias, es hablar de corporalidades, es decir, de “realidad subjetiva, vivenciada o experimentada” (Montenegro et al., 2006: 166): este concepto permite dejar de tratar a los cuerpos como “objetos” de estudio para reconocerlos como “sujetos”, ya que la corporalidad es constitutiva del conjunto de las prácticas sociales, entre ellas, el poder y la violencia.
9Butler, entre otras teóricas de lo queer que evidencian los binarismos sexo genéricos y sus efectos en términos sociales y de poder, conceptualizó la performatividad de género, la cual permite cuestionar las normas genéricas excluyentes (Butler, 1990) y entender que los sistemas de opresión no funcionan en torno al sexo4 sino al género. Estos sistemas se ejercen particularmente sobre el conjunto de los cuerpos socialmente reconocidos como femeninos, es decir, las mujeres, algunos gays y las trans*, y se materializan de distintas formas, pudiendo éstas ser agrupadas bajo el concepto de violencia de género.
10En una institución y un espacio androcéntrico como la Penitenciaría, la violencia de género afecta particularmente a los cuerpos que, más que de hombre a mujer, transitaron de lo masculino a lo femenino (García Becerra, 2009). ¿Cómo se materializa el poder hacia las corporalidades no hegemónicas que encarnan las trans* en la Penitenciaría de la Ciudad de México? Propongo analizar aquí dos tipos de violencia: la violencia sexual, particularmente cuando se materializa en violación, y la violencia simbólica, cuando se concreta específicamente a través de la lingüística.
Precisión metodológica
11Los análisis presentados a continuación se fundamentan en una investigación de corte socioantropológico realizada en la Penitenciaría de la Ciudad de México entre 2015 y 2016.5 El trabajo ha consistido en la realización de entrevistas a profundidad con un total de nueve internas trans*, y dos talleres de escritura vivencial, habiéndose llevado a cabo el primero con diez internas trans* y gays durante cinco meses, y el segundo con cinco internas trans* durante poco más de dos meses, cada vez tres días por semana durante tres a cuatro horas.
La violencia sexual: arma de guerra de las mafias y de la institución carcelaria
12La violencia sexual, y particularmente la violación, se ha constituido como una nueva arma de guerra en contra de las mujeres (Segato, 2013), y en contra de todos los cuerpos que salen del marco sexo genérico hegemónico. Como argumenta Segato, esta forma de violencia no sólo es practicada por los ejércitos y los miembros de las guerrillas, sino también por las pandillas y las mafias, siendo estas últimas estrechamente vinculadas con los grupos de poder estatales. Ya veremos cómo estas alianzas se materializan dentro del reclusorio.
13La violencia sexual en los penales de hombres es más conocida por “lo que se dice” que por los estudios, escasísimos, que analizan específicamente este tema (Schifter, 2002; Sempé y Bodin, 2015; Welzer-Lang et al. 1996). En el contexto carcelario varonil mexicano, lo que sí se analizó fue justamente la performatividad de género (Parrini, 2007). A mi entender, en las cárceles, la producción y la reproducción de un orden masculino regido por una idea de normalidad encuentra un eco particular en la masculinidad viril y violenta que se construye no sólo desde el modelo hegemónico sino también desde las mafias del crimen organizado (Núñez y Espinoza, 2017). En este sentido, la performatividad de género de la población penitenciaria varonil debería supuestamente tender hacia el modelo de normalidad que reza “tú-serás-heterosexual-o-no-serás” (Wittig, 2006: 52). Serás hombre y varonil o no serás.
14El objetivo aquí no consiste en analizar qué pasa con el conjunto de los cuerpos que no caben dentro de los límites del modelo de masculinidad carcelaria, sino en examinar particularmente las experiencias de violencia sexual de las corporalidades femeninas trans*. Estas experiencias son diversas y complejas, y reflejan el control, la dominación y la opresión que se ejerce sobre esos cuerpos desde un ideal de orden masculino.
15En la Penitenciaría, las condiciones de hacinamiento,6 los altos niveles de corrupción y el poder que tienen ciertos internos sobre la organización de la cotidianidad carcelaria, posibilitan un amplio margen de movimiento de parte del conjunto de la población. Entre otras cosas, ello implica que lxs internxs puedan circular en el conjunto de las instalaciones, entrar y salir de casi todas las zonas de dormitorios, lo cual facilita el ejercicio de la violencia sexual.
16La violencia sexual entre internos cobra distintas formas, siendo la violación su mayor expresión. Marta fue contagiada de vih después de haber sido violada dentro de otro reclusorio de la Ciudad de México durante quince días de manera repetida y sistemática. Luego de haber sido trasladada a la Penitenciaría por su condición de salud,7 volvió a sufrir repetidas violaciones por parte de un interno:
Fueron cinco meses, aquí adentro, con la misma persona. (…) Una de las personas aquí, que fue mi pareja, él es su peor enemigo, entonces yo siento que, para él, en su forma tonta, por desquitarse de él, pues fue a través de mí.
17Como en el caso de los conflictos armados, los internos utilizan el cuerpo de las mujeres como armas de guerra (Segato, 2013; Franco, 2008; Villelas, 2010), y la violación constituye “un proceso consciente de intimidación por medio del cual todos los hombres mantienen a todas las mujeres en un estado de temor” (Brownmiller, citada en Franco, 2008: 16).
18Efectivamente, Marta no buscó apoyo de las autoridades, en primer lugar por un miedo institucionalizado: “Te meten mucho miedo para que no digas nada, para que, como dicen aquí, aflojes, para que te quedes callado. Te amenazan, te golpean, muchas cosas”. El silencio impuesto se encuentra íntimamente vinculado con el modo de funcionar de la cárcel, donde los que acuden a las autoridades para denunciar alguna irregularidad, abuso, violencia u otro, son mal vistos por el resto de los internos y se exponen a represalias por de parte de la población penitenciaria y hasta de los mismos trabajadores penitenciarios. Cuenta Marta:
Ves mucho la forma, o el estereotipo de la gente que va y se poncha como decimos aquí, vaya y acuse a la gente, pues está mal vista ¿no? Entonces dije no, yo no voy a ser así. A lo mejor por esta tonta idea igual me quedé callado.
19Vemos que el mantenimiento en estado de temor también ocurre porque ella interiorizó las normas propias del lugar. En segundo lugar, Marta no denuncia la violación por miedo a que no le crean: “por ser lo que eres [trans], mucha gente piensa que tú provocas situaciones”. En su caso, este miedo le había sido infundido desde hacía muchos años, pues durante la infancia había sufrido repetidas violaciones por parte de un familiar, quien le “vendió la idea de ‘por ser lo que eres nada más sirves para esto’”. Esta parte de su discurso remite a un elemento fundamental del problema de la violencia sexual: las autoridades podrían pensar que ella fue quien la provocara. Así como ocurre fuera de los muros, en la Penitenciaría las víctimas de violación son culpabilizadas y responsabilizadas de lo que sufrieron (Montero et al., 2004). Este es uno de los mecanismos de operación de la biopolítica y tiene consecuencias devastadoras en los cuerpos trans*. Por ejemplo, a raíz de las múltiples violaciones sufridas en la Penitenciaría, Marta intentó “quitarse la vida”. El discurso de Fran, otra interna trans*, ilustra claramente el tema de las consecuencias de la violencia sobre los cuerpos trans*:
Llegas a ser tan permisivo, no nada más la violencia física, sexual, emocional, psicológica, no nada más eso, sino que te empiezas a descuidar, te empiezas a hacer daño a ti mismo, empiezas a pensar cosas que no debes pensar, o empiezas a decir: “es tu culpa”.
20Este sentimiento de culpa infundido por el sistema social normativo en los cuerpos feminizados, es un elemento constitutivo del biopoder, que disciplina y violenta el propio cuerpo, como lo muestran las palabras de Fran: sus prácticas corporales son normadas y performativizadas según el eje cuerpo-organismo-disciplina-instituciones (Muñiz, 2014: 28), y se materializan en violencia, descuido y daño.
21La violencia sexual sobre los cuerpos trans* también es ejercida por otra categoría de detentores de poder: los trabajadores penitenciarios. “Cuando yo llegué aquí, allí en el dormitorio, un custodio me quiso violar”, relata Alessa. Considerando la posición de poder que ocupa el violentador dentro de la institución,8 este tipo de crimen suele quedar impune, puesto que las víctimas no denuncian los hechos por desconfiar de las autoridades, por temor a las represalias y porque muchas veces integraron su condición de detenidx, la cual lxs relega a ser consideradxs como sujetos de menos derechos que cualquier ciudadanx.9 Retomando a Segato (2013), este tipo de situación ilustra las guerras informales en las que, algunas veces, los sujetos pertenecen a efectivos estatales, los cuales pueden asociarse con las mafias y otros sujetos de poder, y emplean el cuerpo de las mujeres como objetos estratégicos en sus escenarios bélicos.
22Así, esta misma interna trans* fue víctima de otro intento de violación por parte de un custodio, cuando su esposo salió en libertad. Resulta que, durante los días de visita, ella tiene un puesto donde vende varios productos que su esposo trae de afuera y ambos se pasan el día juntos ahí, trabajando. De ello sacan la mayor parte del dinero que Alessa necesita para su sustento cotidiano. Por negarse a tener relaciones sexuales con algún interno, éste pactó con dicho custodio una forma de castigo que este último ejecutaría. Si bien la violación no tuvo lugar, definitivamente el propósito de infundir temor y miedo se cumplió. Alessa se quejó ante las autoridades penitenciarias, y estas dictaminaron que ella era la muy problemática: a modo de castigo, se impidió que su esposo entrara de visita durante un mes. Esta situación ilustra, a mi parecer, los pactos que pueden existir entre las autoridades y las mafias carcelarias, que buscan disponer de los cuerpos no hegemónicos, imponer sus propias reglas y su propio orden, y muchas veces logran sus propósitos.
La violencia lingüística: no eres quien dices ser
23Una de las formas de materialización de la violencia de género es, según Fernández Poncela, la violencia simbólica que se concreta en la lingüística. Esta autora especifica que la violencia del lenguaje no sólo tiene que pensarse por medio de los insultos sino también por la exclusión gramatical: “El lenguaje crea y recrea prejuicios y desvalorización, no sólo de forma directa con una palabra ofensiva, sino también con la exclusión del género gramatical, entre otras cosas” (Fernández Poncela, 2012: 41).
24En materia de ofensas verbales, en la Penitenciaría algunos internos les gritan “puto” o “perra” a las trans*, éstos “nunca faltan”, dice una de las integrantes del taller; pero ellas consideran que usualmente aquéllos son verbalmente respetuosos: “te dicen por tu nombre [elegido]”, “me dicen ‘chiquita’ o ‘bonita’”. Sin embargo, sorprendentemente, los insultos pueden provenir de las mismas trans*. En una de las sesiones del taller, mientras una interna trans*, externa al grupo de trabajo, se asomaba por la puerta, una de las asistentas le gritó: “ ¡Aquí no queremos putas!”. La sorpresa me dejó muda: esta mujer estaba reproduciendo una de las formas de violencia de las que estábamos hablando. El insulto me pareció más violento aún, pues emanaba de una ex trabajadora sexual que también había padecido este tipo de ofensas. La violencia verbal ejercida por esta mujer muestra la encarnación del biopoder y del modelo hegemónico pues, en cierta medida, la normatividad social sigue rigiendo su corporalidad.
25Examinemos ahora la exclusión del género gramatical. El lenguaje constituye uno de los lugares de afirmación de la identidad y, por ello, me parece muy importante resaltar el paso lingüístico de lo masculino a lo femenino, así como la forma cómo se autodesignaban las trans* durante los encuentros que hemos tenido. “Yo soy la señora Alessa”, afirma una de ellas, “no me reconozco en eso de lo trans que dices”. Así, me daba a entender que dejara de hablar de trans* refiriéndome a ella, pues no solamente era mujer, sino que además era “señora”, porque estaba casada y, según cuenta, la mayoría de los internos se dirigen a ella como tal. Por otro lado, como bien lo reconoció Fran, ocurre que algunas trans* mezclen los géneros gramaticales cuando hablan de sí; en su caso, sucede muy probablemente porque se encuentra al inicio del proceso de transición y no termina de realizar el desarraigo lingüístico referente a la masculinidad que le fue impuesta: “A veces me refiero a mi persona como ella, y a veces como él, entonces sí está habiendo esta transición”.
26Paralelamente, la posibilidad de recurrir a lo gramaticalmente femenino para referirse a sí mismas –así como la posibilidad de desenvolverse con cierta gestualidad– se encuentra limitada por algunos espacios de interacción dentro del reclusorio y varía en función de quienes se encuentran al frente, como lo relata Fran:
Con mis amigas hablo como si nos conociéramos de muchos años atrás (…), nos podemos decir “hermana”, y nos hablamos de “ella”. Es diferente, por ejemplo, en un salón de clases o cuando voy al servicio médico. Ahí, por ejemplo, me paro en un lugar y ya no me muevo, precisamente porque me ha tocado muchas veces… se siente su homofobia. Yo siento que por eso muchas veces me retengo un poco.
27Resulta fundamental prestar atención al lenguaje puesto que “existe como ese lugar común en el que uno puede mostrarse libremente, de una vez, por medio de las palabras, y pone al alcance de los otros esa misma posibilidad, sin la cual no habría sentido” (Wittig, 2006: 120-121). Es decir, para las trans, hablar de sí en femenino permite poner al alcance de los sujetos en presencia, la afirmación del ser femenino. Por ende, una forma de violencia radica en no dar crédito a esta afirmación y la cita anterior demuestra justamente que ésta no siempre es posible.
28Encontramos esta negación de la feminidad en cómo el personal penitenciario percibe, designa o se dirige a las trans. “Nos dicen ‘señor’, ‘joven’”, cuentan cinco de ellas durante el taller. Se dirigen a ellas por medio de la identidad bajo la cual fueron condenadas, siendo ésta masculina.10 A continuación, relataré una conversación breve que también ilustra esta negación. Cuando llegué a la Penitenciaría para empezar una segunda etapa de trabajo de campo e impartir el segundo módulo del taller, me recibió en la puerta un funcionario que no conocía. Me presenté: “Vengo con las chicas transgénero”, dije para retomar la terminología que usa la administración. “Debió equivocarse, señorita, aquí es un centro varonil”. El malentendido se disipó cuando corregí mi discurso: “Sí, vengo con los internos transgénero, sí”. La manera cómo este funcionario recalcó mi error remarca la percepción de los cuerpos trans* en este espacio: en un reclusorio varonil, no hay “chicas” ni “mujeres”, hay “chicos” u “hombres”, y punto.
29Al acabar cada taller, tuve que redactar las constancias de participación de las trans* con su nombre oficial para que pudieran gozar de los beneficios relativos a ése. Para mí fue muy perturbador redactar constancias a nombre de personas que sentía que no conocía. Cuando se las entregué, nunca pronuncié el nombre inscrito en el papel. Para retomar las palabras de Wittig, por medio de las palabras, habladas y escritas, ellas se habían mostrado libremente ante mí e hicieron que ello fuera posible también para mí. Desde mi punto de vista, reconocer su identidad y su corporalidad, es nombrarlas, decir quiénes son, no lo que se les dice que son.
30En materia de lenguaje, la exclusión del género gramatical constituye, a mi parecer, la forma menos visible y más insidiosamente violenta que afecta a la población trans* en reclusión. Niega su identidad y su cuerpo entendiendo éste como el lugar de afirmación de la identidad. Finalmente, el lenguaje constituye un mecanismo de disciplinamiento, es parte integrante del dispositivo de la sexualidad y de su relativa búsqueda de modelación de los cuerpos.
Reflexiones finales
31La violencia de género es, en el sentido foucaultiano, una de las materializaciones del dispositivo de la sexualidad, un dispositivo de control de las poblaciones que penetra los cuerpos y particularmente los que no caben dentro del marco normativo sexo genérico hegemónico. La violencia de género hacia las trans* se manifiesta de diversas maneras y me he centrado aquí sobre la violencia sexual y la violencia lingüística que viven algunas de las que se encuentran recluidas en la Penitenciaría de la Ciudad de México, pues considero que constituyen dos facetas complementarias de las materializaciones de la violencia: la primera, la sexual, y particularmente la violación, aparece como el arma de guerra que se usa dentro del dispositivo carcelario, donde se reflejan las batallas que se libran fuera de los muros; la segunda, la lingüística, podría parecer mucho más sutil –lo cual es propio de la violencia simbólica en general– pero afecta de manera muy insidiosa la afirmación de las identidades trans*, además de conformar uno de los estandartes de la agenda feminista actual.
32Abordar el tema de las trans* en la cárcel permite dar a conocer realidades muy poco exploradas desde las ciencias sociales. Desde una metodología feminista, pretendí abrir aquí un espacio para transmitir sus experiencias y señalar la violencia de género ejercida hacia corporalidades que no suelen ser objeto de interés sino para algunos medios masivos de comunicación cuyo único objetivo, a mi parecer, radica en el amarillismo y el beneficio económico.11 Desde el ámbito académico feminista, el presente ejercicio evidencia los intereses hegemónicos (Salinas, 2016: 385) de un sistema –social, sexual y político– que busca moldear y, en caso de no poder, erradicar, los cuerpos que no confluyen con estos intereses. El estado heteropatriarcal, a través de sus instituciones y pactos con el crimen organizado, confirma que, en el sistema actual algunos cuerpos son considerados más valiosos que otros.
33Los cuerpos de las mujeres, de lxs trans* y del conjunto de los sujetos que no permiten el mantenimiento del orden relativo a este sistema, y hasta lo desafían, son desechables. El sistema penitenciario funciona como uno de los brazos ejecutores de este orden a través del ejercicio de una violencia cuyos límites parecen ampliados cada día. En este contexto, me parece fundamental que las investigaciones feministas y particularmente las que examinen el tema de la violencia de género, tomen en cuenta las experiencias del conjunto de las corporalidades vulnerables y vulneradas. Sólo así podremos forjar y reforzar alianzas para la conformación de conocimientos que evidencien los pactos del poder hegemónico que nos violenta.
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Annexe
Annexe
Notes de bas de page
3 Las traducciones son mías.
4 Por más que la distinción entre sexo y género no sea el propósito de este texto, sólo quisiera recordar que el sexo también es una construcción (Laqueur, 1992) que implica violencias, siendo la primera la asignación del sexo al momento de nacer.
5 Esta investigación se realizó en el marco de una estancia posdoctoral en la Universidad Autónoma Metropolitana-unidad Xochimilco. Agradezco particularmente a María Guadalupe Huacuz Elías, quien fue entonces mi asesora.
6 La Penitenciaría tiene una capacidad de albergue de 2 mil 356 internos (cndh, 2017).
7 Este reclusorio alberga a todos los internos de la Ciudad de México que viven con vih-sida pues cuenta con los medios para su tratamiento.
8 Esta es muy relativa, sin embargo el estudio de las jerarquías propias de esta institución no son el foco de atención de este artículo. Podrían ser objeto de otros análisis.
9 Este es un tema fundamental para los Derechos Humanos. Ver Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (ceav), Comité de Violencia Sexual, Diagnóstico sobre la atención de la violencia sexual en México, 2016.
10 En la Ciudad de México, la ley que permite el cambio oficial de identidad sin necesidad de diagnóstico psicológico, abre la posibilidad de castigar con privación de libertad a una persona con identidad oficial varonil que por ende será recluida en un reclusorio varonil– cuando ésa quizás tenga vagina (hombre trans), y viceversa. A la fecha, no he tenido conocimiento que tal situación se haya presentado, pero ello abre la necesidad de una reflexión acerca de los protocolos de seguridad a adoptar en los reclusorios, para el conjunto de la población penitenciaria trans* que ya es particularmente vulnerable y expuesta a la violencia detrás de los muros. Un particular trabajo en este sentido se está realizando desde la Comisión Nacional de Derechos Humanos y un conjunto de asociaciones civiles.
11 Pienso en algunas revistas en línea que han publicado artículos o video reportajes sobre mujeres trans en reclusión en los cuales, si bien se da a conocer cierta cara del sistema penitenciario con respecto a las trans, el periodista o reportero (siempre hombre) acaba apareciendo como una suerte de héroe que se adentra a un mundo peligroso y a unos sujetos no hegemónicos. Sin duda, los propósitos de estos medios difieren mucho de los que tenemos desde las ciencias sociales y desde el feminismo. Se podría considerar que este tipo de medio participa de la “fascinante violencia” (Valencia y Sepúlveda, 2016).
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Doctora en Sociología por la Universidad Paris iii, diplomada en Estudios Latinoamericanos y en Estudios del Cuerpo. Es profesora investigadora de la flacso México, investigadora asociada al cemca, y miembro de la Red Temática de Estudios Transdisciplinarios sobre el Cuerpo y las Corporalidades de conacyt. Sus temas de investigación se centran en los sistemas penitenciarios latinoamericanos, el género, la sexualidad y la violencia de género. Desde 2014, analiza las trayectorias de vida de mujeres trans mexicanas y los cuerpos trans* encarcelados y excarcelados. Última publicación: 2017. “Feminismos en Abya Yala. Pensar y hacer el género”, Pensares y Quehaceres, 4.
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