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Capítulo 7. Un actor inédito
p. 219-238
Texte intégral
Fruto de la ciencia
1Investigaciones de corte comparativo y transcultural abordan el estudio del embrión bajo la óptica del contraste entre los sistemas de valores y de representaciones en las sociedades etnográficas frente a las modernas o individualistas (Boltanski, 2004; Porqueres I Gené, 2004). Franklin (1993) y Strathern (1992) concluyen que, en la sociedad contemporánea, el ser prenatal posee un estatus excepcional, al inscribirse –lo mismo que el cuerpo humano– en un mundo desbordante de significados (Mauss, [1918] 2007). El hecho es que el producto de una FIV –el óvulo fertilizado– se torna visible, significativo y está presente: deviene en un poderoso actor de la trama de la GPO.
2¿Cómo se obtiene un óvulo fertilizado fuera del cuerpo humano? y ¿cómo se conserva? A diferencia de su existencia in utero, en la fertilización in vitro los ovocitos y el esperma se mezclan en una caja de Petri y tras ocurrir la concepción, se toma el producto y se prepara para su implantación. De acuerdo con Betancourt (2017), más de tres millones de bebés humanos han nacido mediante esta técnica y su tasa de éxito se ha elevado del 10%, en el siglo pasado, a una actual que varía del 25 al 75%, dependiendo de la técnica empleada.
3Algunas constantes de la FIV en México, cuyo costo al público oscila entre los 20 y los 100 mil pesos, son las siguientes: 1) que nacen más varones que mujeres; 2) en general, con bajo peso al nacer; 3) que el 24% son gemelos y el 5% trillizos; 4) a diferencia de hace dos décadas, cuando se implantaban de ocho a 10 embriones; actualmente se implantan entre tres y cinco (Betancourt, 2017).
4Tanto los óvulos fertilizados como los cigotos, pueden someterse a un proceso de vitrificación que consiste en una congelación ultrarrápida con nitrógeno líquido a -196 °C, gracias a la cual dichos elementos quedan vivos pero latentes. Aun en este proceso técnico se advierten diferencias culturales expresadas en el plano jurídico, pues, mientras en México y en Francia, por ejemplo, se permite la congelación de todos los embriones, en Alemania sólo se autoriza la de los cigotos, es decir, la célula que corresponde a un día a partir de la concepción (Giraud, 2014).
5El embrión no es estático frente a la ley ni en el imaginario de los actores de la reproducción asistida. El cigoto, blastocito, mórula, embrión, pre-embrión, embrión y feto, transitan por distintas etapas que determinan su personalidad. En esta investigación, empleo los términos genéricos de “óvulo fertilizado” y “embrión” para todos los conjuntos celulares después de la fertilización. Se constató, por otra parte, que ninguno de los entrevistados utiliza, en el habla común, la terminología que distingue entre las distintas fases del desarrollo celular embrionario: cigoto, blastocito, mórula, embrión, pre-embrión, embrión y feto.
6La definición del embrión y su estatus jurídico y religioso, atañe directamente a la discusión sobre la autonomía o heteronomía del cuerpo femenino ligada a la cuestión del aborto. En México, antes de la doceava semana de desarrollo, el embrión puede ser objeto de aborto con base en la decisión de la mujer, pero la interrupción del embarazo después de la doceava semana está penalizada. El hecho de que, mientras en México e Italia, por ejemplo, la doceava semana marca el tránsito en la situación jurídica del embrión y, en España sea la decimocuarta, y en Reino Unido la vigesimocuarta, es indicativo de la falta de consenso y de unidad sobre la condición humana antes del nacimiento.
7Giraud (2014) plantea que, incluso, la determinación de los umbrales biológicos establecida por la American College of Obstetrics and Gynecology es arbitraria: cigoto, blastocito, mórula, embrión, pre-embrión, embrión y feto. Para Giraud, la intención de establecer fronteras relativamente estables en el desarrollo embrionario es el resultado de auténticas “luchas por la clasificación” en el sentido bourdiesano de la expresión que no tienen, más que la finalidad de demostrar, al seno de la comunidad científica, el carácter continuo o discontinuo de la evolución del ser prenatal.
8Las técnicas de reproducción asistida, al crear seres inclasificables desde el punto de vista moral y legal, tales como los embriones criopreservados y vitrificados, originan nuevas categorías y perturban el equilibrio de dichas clasificaciones.
9Fuera del cuerpo humano, el óvulo fertilizado existe gracias a la invención de la FIV por el científico británico Robert Edwards en 1978. La gestación sustituta, así como la recepción de óvulos de la pareja ROPA, dependen de la implantación exitosa del producto de una FIV al interior de un útero humano y, en este sentido, no se puede hablar de reproducción asistida hasta que ello no ocurre. El embrión es, luego entonces, una entidad artificialmente creada gracias a la manipulación científica que, en virtud de su escasez relativa y de su viabilidad, resulta único y precioso.
10El estatus de este conjunto celular obtenido por medio de la FIV, tanto como su selección, conservación o destrucción, constituye un foco de atención en el debate sobre la GS en la medida en que, amparado por un proyecto parental, el embrión deviene una entidad intocable; pero, si no lo está, se reduce a un desecho o a un material de estudio para la ciencia.
11Padres y madres de intención, médicos y personal de los laboratorios cuentan con un determinado margen de maniobra respecto del embrión, el cual es más amplio in vitro que una vez implantado. Su manipulación es mayormente permitida durante el periodo cercano a la concepción y menor al final de la gestación o cuando está a punto de nacer, es decir, el estatus del embrión es relacional y depende del sentido parental, bioético o religioso que se le confiere.
12Con relación al cuerpo femenino, el embrión puede ser conceptualizado como un “aislado”, isolat, imagen reforzada por la FIV, los procesos de congelación y de vitrificación y las ecografías; lo mismo que un bien, rodeado por una multitud de relaciones sociales que la observación etnográfica, en el contexto de las prácticas de RA, permite constatar (Thompson, 2005).
13Bateman y Salem (1998) señalan que, al salir del cuerpo femenino y someterse a la congelación o a la vitrificación prolongadas, el embrión no solamente transforma el contexto de equilibrio en las relaciones construidas a su alrededor, sino que ello aumenta su valor o preeminencia. Otros estudios sugieren que la decisión final sobre el destino del embrión no se limita a cuestiones morales o religiosas, sino que intervienen numerosos parámetros personales y familiares tales como la edad, el sexo, la situación financiera o de salud de los usuarios de la reproducción asistida; así como la confianza hacia el personal médico y científico u otras actitudes como el deber de colaborar en el desarrollo de la ciencia.
14El embrión se sitúa en redes de relaciones de distintos contextos significativos: biomédico, jurídico, religioso y parental, ninguno de los cuales es ajeno a los dilemas de tipo moral y ético. Cada uno de estos contextos, sumamente cambiantes e inestables –shifting contexts– lo convierten en una entidad altamente individualizada (Strathern, 1992).
15Contra esta individualización y, sobre todo, en contra de la personificación del feto, se orientan numerosos estudios llevados a cabo desde el feminismo, inscritos en los debates sobre el aborto. Estos demuestran cómo los “derechos del embrión” se contraponen a los derechos reproductivos de las mujeres (Cornell, 1995; Purdy, 1990; Rothman, 1986; Lerner, Guillaume y Melgar, 2016; de Zordos, 2015).
16Morgan y Michaels (2000) y Franklin (1999) analizan la emergencia del sujeto fetal bajo la perspectiva feminista. Ellas revelan cómo las ecografías permiten involucrar a otros actores en la construcción social del “bebé”.
A diferencia de la congelación clásica, la vitrificación embrionaria enfría las células de forma que no da tiempo a que se forme hielo, sino una especie de gel que no daña las células. Con ello se consigue que menos embriones resulten dañados y que, además, tengan mejor tasa de implantación (Centro Especializado en Factor Masculino. Qué es la vitrificación de embriones, 2016).
17En esta cita, tomada de la página web de una clínica de fertilidad en España, se coloca el énfasis en que la calidad de la técnica de vitrificación, en comparación con la de congelación anteriormente empleada, no sólo aumenta en función de la tasa de embarazo que se logra, sino en tanto mayor número de embriones se conserva o protege. Este lineamiento de no destrucción de embriones, implícito en lo que se considera el avance en la conservación, revela cómo la evolución de la FIV se ha visto determinada por principios que van más allá de lo propiamente técnico. Se vislumbra cómo la protección del embrión es un poderoso motor de la tecnología, al mismo tiempo que otras áreas de la investigación científica tales como aquéllas que implican su manipulación –como la investigación de células madre– se ven afectadas.
18Por ejemplo, a escasos meses de que el debate sobre la “industria de la maternidad subrogada” en Tabasco alcanzara su punto más álgido, tuvo lugar uno de los acontecimientos relacionados con la RA más ampliamente reportados por la prensa mundial. En septiembre de 2016, el nacimiento del primer bebé del mundo engendrado con la técnica reprogenética que utiliza el ADN de tres personas, llamada “de los tres padres”, se realizó en una clínica ubicada en el resort turístico de Puerto Vallarta, México.
19La nota, ampliamente reproducida en los medios (Salas, 2016), refiere que: con el ADN de su padre y de su madre, más una pequeña cantidad de código genético de una donante, el equipo de médicos estadounidenses liderado por John Zhang aplicó esta técnica cuya aprobación por el gobierno del Reino Unido se haría efectiva hasta febrero de 2017, con el fin de que el niño naciera libre de la enfermedad genética transmitida por su madre: el síndrome de Leigh.
20En este caso, la pareja de religión musulmana no quería destruir embriones, que es lo que habría ocurrido si se hubiera usado la otra técnica hasta ahora conocida. La pareja de origen jordano había perdido a sus dos primeros hijos debido a esta condición mortal que afecta al sistema nervioso en desarrollo y, por eso, recurrieron a esta técnica pionera. El equipo de especialistas usó el procedimiento para crear cinco embriones, pero sólo uno resultó apto, que fue implantado a la madre. A diferencia de la selección embrionaria estándar mediante la cual se analiza el genoma y la fisiología del embrión, para determinar si es o no viable, esta selección no es sólo morfológica sino en el nivel de biología molecular. En palabras de Betancourt: “Se tomó el ovocito de la madre enferma y se extrajo el núcleo, se tomó un ovocito normal cuyo núcleo se colocó en el citoplasma de la madre y se fertilizó con esperma del padre. Así nació esta niña en México” (2017).
21Pero ¿por qué en México?:
Lo [que] más extraño me parece [es] que se haya realizado en México, ya que por el momento sólo es legal en Reino Unido, y aun así allí todavía no le han dado la licencia. Si se hubiera hecho algo así en España, los médicos hubieran ido a la cárcel [...] Al realizar el tratamiento en México, el equipo no estaba sujeto a la misma regulación rigurosa que existe en otros países (Salas, 2016, énfasis propio).
22La función de “paraíso reproductivo” de México continúa tras la regulación restrictiva de la GPO, al mismo tiempo que, la protección del embrión que esa reforma conlleva, pone freno a otras áreas de la investigación científica.
23El proyecto de decreto aprobado el 30 de marzo de 2016 por la Comisión de Salud del Senado de la República, prohíbe prácticas eugenésicas, toda forma de comercialización de embriones, la producción de híbridos o quimeras y el uso de embriones con fines de experimentación. Dispone que los embriones sólo pueden ser generados con la finalidad del embarazo y también prohíbe la clonación, los implantes interespecíficos ya sea con fines reproductivos o de investigación, así como la escisión embrionaria precoz, entre otros.
24En octubre de ese año, más de 60 científicos mexicanos publicaron un manifiesto en el que denunciaban que “las restricciones dirigidas al “próspero turismo reproductivo” que, por cierto, desprotege a las gestantes, prohíbe la investigación en embriones humanos y su creación para cualquier propósito que no sea el reproductivo” (Reardon, 2016: 180-181). El médico Canales de la Fuente concluye para la revista Nature: “Se requiere de una nueva ley completamente diferente de ésta, con bases científicas y, para que sea práctica, bases médicas (dictadas por) la Secretaría de Salud y no por el Congreso” (Reardon, 2016: 180-181, traducción propia).
25Por un lado, el embrión aparece como un actor que impulsa la investigación reprogenética, mientras que otras áreas del conocimiento científico se ven obstaculizadas. Conviene recordar también que, desde el feminismo, los “derechos del embrión” se contraponen a los derechos reproductivos de las mujeres. Bajo el argumento de la defensa de la vida humana a partir de la concepción, los congresos de algunos estados de la República Mexicana reaccionaron en contra de la iniciativa de elevar a nivel constitucional la interrupción legal del embarazo (ILE). Esta respuesta del Estado va en el sentido de modificar el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para dotar de derechos al ser humano desde la concepción, incluyendo a los embriones criopreservados, con lo cual no sólo se cierra la puerta a determinadas áreas de la investigación científica, sino al ejercicio de gran parte de la reproducción médicamente asistida y, por supuesto, de los derechos reproductivos de las mujeres.
26El punto nodal, como lo señala el especialista en bioderecho Emilio Manrique:
...es si los embriones son personas o no [...] lo demás se viene en cascada, es decir, si asumimos que es persona, vamos a prohibir la maternidad subrogada, vamos a prohibir la fecundación in vitro; y si asumimos que no lo es, entonces hay que permitir, pero no sólo permitir, sino regular la maternidad subrogada, regular la fecundación in vitro, regular toda la reproducción asistida (Emilio Manrique, 2015, énfasis propio).
27Así, el embrión es un medio para reflexionar sobre la noción de persona. Al ser una entidad diferente a otras, pero indeterminada –debido a que no hay consenso respecto de su estatus–, el embrión se ubica en la ambigüedad: es una “entidad flotante”, una especie de híbrido entre los objetos y los humanos, entre las cosas y las personas (Bateman y Salem, 1998). Se trata de una categoría intermedia, anómala, inclasificable, que aparece bajo distintas denominaciones en los códigos civiles.
28Por ejemplo, en el artículo 348 de la sección “¿Quiénes pueden reconocer a sus hijos?” del Código Civil de Tabasco se lee que: “Puede reconocerse al hijo que aún no ha nacido, incluyendo a los concebidos por cualquier método de inseminación artificial o fertilización in vitro, aun cuando no se encuentra en el útero materno en el momento del reconocimiento, y al que ha muerto si ha dejado descendientes”. La redacción de este apartado es absurda porque la inseminación artificial no tiene nada que ver con un embrión in vitro, el cual únicamente se obtiene a través de una FIV.
29Al igual que la mayoría de los códigos civiles de los estados de la República Mexicana redactados entre las décadas de los 20 y los 30, se reconocen derechos al concebido no nacido. Dicen algo como: “La personalidad se adquiere por nacimiento y se pierde por la muerte, sin embargo, desde el momento que un ser humano es concebido, entra bajo la protección de la ley, para los efectos de este código” (Emilio Manrique, 2015). Pero es evidente que, en esos años, los legisladores no tenían idea de las posibilidades abiertas por la FIV:
…en realidad lo que se estaba protegiendo en su momento eran tres efectos: uno para efectos alimentarios, otro para efectos precisamente de afiliación o de paternidad, y el otro para efectos hereditarios (Emilio Manrique, 2015).
30No es el de Tabasco el único código civil en México que contempla este tipo de disposiciones que, en opinión del especialista, resultan absurdos jurídicos:
En realidad, lo que estamos diciendo es que ese concebido in vitro, que técnicamente es un cigoto, tiene derechos, que es equivalente a una persona; bajo ese supuesto, el absurdo más grande es que si efectivamente, en términos legales, ese cigoto congelado es una persona, ¿sabes qué?, es una persona que tenemos privada de su libertad… (Emilio Manrique, 2015).
Seleccionar, conservar, destruir, donar
31Si el embrión criopreservado está amparado por un proyecto parental, a los portadores de éste puede llamárseles tanto padres de intención como propietarios. Los profesionales de los servicios médicos tienen, en un momento dado, gracias a su estatus, el poder de seleccionar, destruir o conservar los embriones criopreservados o vitrificados. Según la ética que entra en juego, cuatro posibilidades se presentan: desechar, donar a otros, donar a la ciencia o preservarlos. ¿Cómo se toman estas decisiones?
32Una vez obtenido el óvulo fecundado, ya sea por la técnica tradicional o mediante ICSI, aquél se mantendrá en observación a lo largo de los siguientes cinco o seis días en que tiene lugar el desarrollo embrionario. Durante ese lapso, los propietarios o padres intencionales tienen la opción de acceder a un estudio genético preimplantacional DGP, más conocido por sus siglas en inglés PGS (Preimplantation Genetic Diagnosis) que, en el caso del laboratorio en que se hizo la encuesta, se realiza en California, Estados Unidos. Gracias a este proceso, se seleccionan embriones euploides (con un número normal de cromosomas) y se preparan para la transferencia. Se implanta el “embrión más viable” o, por el contrario, se da a conocer a la persona o pareja solicitante, que sus gametos no cuentan con la calidad requerida y se les sugiere recurrir a donantes para lograr un embarazo exitoso. Esta implantación selectiva ayuda a reducir las tasas de aborto espontáneo y mejora el éxito de la FIV (Érica Ramírez, 2015).
33En el programa de ideología cristiana Snowflakes en California, Estados Unidos etnografiado por Collard y Kashmeri (2009), no se discriminan embriones con base en su calidad o predisposición genética a las enfermedades, “todos son aceptados y se les da su oportunidad de vivir”.
34En el estudio realizado en Francia por Giraud (2014:57), a los embriones bien desarrollados se les califica como “bonitos” “beaux”, “jolis” y son transferidos para ser congelados, mientras que los “malos o feos” “mauvais”, “pas beaux” se desechan. Según este mismo estudio, a los embriones “feos”, se les deja deteriorarse dentro de tubos de ensayo y, al cabo de unos días se desechan; aquéllos que aprueban el criterio de belleza pasan a la fase de criopreservación en la cual se necesita, obligatoriamente, de un acuerdo firmado por los propietarios.
35A los primeros, los “bonitos”, se les trata como seres destinados a convertirse en niños y, a los segundos, se les elimina, en ocasiones, sin notificar a sus propietarios. Es decir que, sólo aquellos embriones óptimos y que se encuentran en el marco de una FIV o de un programa de investigación, se someten a un proceso de vitrificación para ser preservados y podrán ser utilizados por las parejas o por los científicos.
36Entre los usuarios de FIV entrevistados en el marco del Instituto, este saber no es compartido. El siguiente diálogo con Mariana, usuaria de 36 años, así lo muestra:
Antropóloga: ¿Qué técnicas de reproducción asistida conoces?
Mariana: Hasta el momento nada más las inseminaciones y el in vitro. Y la verdad pensé que el in vitro era el único, no pensé que se pudieran controlar los embriones y que éstos son las transferencias. Estaba yo equivocada, ya vi que sí se pueden congelar y hacerte la transferencia [...]
Antropóloga: ¿Sabes cuántos embriones tienes?
Mariana: Sí
Antropóloga: ¿Firmas algún tipo de acuerdo legal que te explique lo que harán con ellos?, ¿cuál es el procedimiento a seguir para congelarlos?
Mariana: Eh… no recuerdo si firmamos algún papel para congelarlos, no, no recuerdo (Mariana, 2015).
37Los embriones preservados y que se encuentran en espera de ser transferidos, como parte de un posible proyecto parental que les da origen, tienen un estatus definido. Se califica de embriones supernumerarios o residuales, a aquellos en calidad de sobrantes que arrojan los procedimientos de FIV y que, estando criopreservados o congelados, dejan de estar inscritos en un proyecto parental. Ya sea dentro de la primera o de la segunda categoría, la mayoría de los usuarios mantiene una relación de parentesco con ellos; sin embargo, en cuanto se da un divorcio o separación de la pareja, según el testimonio del doctor Alan Reséndiz, los embriones dejan de importarles y terminan por ser desechados, es decir, que no hay embriones carentes de lazos de parentesco.
38A fines de 2015, una usuaria del Instituto, que previamente había logrado un embarazo mediante una FIVte, regresa al Instituto con la intención de que le sean implantados (en el útero) todos sus “bebés” pues, para ella, no era posible dejar a sus hijos (embriones) abandonados. Un caso similar en Francia reporta Giraud (2014), cuyos informantes médicos le narran cómo para ciertos pacientes, la idea de “abandonar” a sus embriones les resulta insoportable, tanto que para algunos equivale a una “petite IVG”, es decir, un mini aborto.
39Así como la usuaria del Instituto deseaba acoger en el vientre a todos sus hijos potenciales, los usuarios del caso francés acuden, fuera del ciclo de tratamiento, a implantarse sus embriones con la esperanza de que no logren desarrollarse, pues no soportan la idea de destruirlos o abandonarlos (Giraud, 2014). Es decir, a la práctica del abandono, que implica una destrucción artificial intencional, estos usuarios contraponen un acto benévolo: el aborto espontáneo o natural inducido por el propio cuerpo.
40Importantes diferencias observan Collard y Kashmeri (2009) en su estudio sobre las parejas que creen que los embriones son personas antes de su nacimiento y deben ser dados en adopción en el centro Snowflakes de California; mientras que, los pacientes ecuatorianos entrevistados por Roberts, (2007) prefieren destruir los embriones de “repuesto”. En el primer estudio, las autoras afirman que “las mujeres muestran frecuentemente sus responsabilidades respecto a sus embriones en mayor medida que sus maridos”, lo que demuestra que no sólo entre individuos de distintos países o contextos culturales se observan diferentes actitudes respecto de los embriones vitrificados, sino también entre mujeres y varones.
41Hombres y mujeres mexicanos usuarios de RA reflejan, en sus respuestas, lo que podría evocar un mandato de género. En una investigación en proceso de carácter cualitativo con parejas usuarias de reproducción asistida, llevada a cabo por Emilio Manrique (Informe de campo, 2015), los desacuerdos entre las parejas surgían al momento de responder las preguntas: “¿Estaría usted dispuesto a donar sus embriones? A lo que generalmente los varones respondían que sí y las mujeres que no. Más aún, a la pregunta de si los y las usuarias estarían dispuestas a donarlos para la investigación y la experimentación, entendiendo esto último, como su manipulación, decían: “¡No!, es que es mi hijo’”. (Emilio Manrique, 2015, énfasis propio).
42Una vez criopreservado o congelado, el embrión se convierte para los portadores del proyecto parental en un hijo potencial, un bebé que cumple con el requisito de compartir información genética y que cae, por ello, dentro de la categoría de hijo propio: una persona humana en potencia.
43En la evitación de eliminar embriones, por considerarlos hijos o bebés propios, impera no sólo un imaginario religioso fundado, tanto en el “error del mago” (Leach, 1976), como en el acto performativo de llamarlos “bebés o hijos”, sino también en la idea de que estas células, para cuya obtención se invierten cantidades significativas de dinero y de esfuerzo, forman parte de la familia. El hijo potencial representa un bien sobre el cual se puede disponer, tal como evoca la noción latina de famulus: el conjunto de propiedades del amo señor que incluye a sirvientes y esclavos.
44¿En qué sentido los embriones forman parte de la familia? Ello dependerá de la noción de familia que se sustente. Por encima de los lazos que la crianza, el cuidado, la convivencia o la afectividad pudieran significar, la genética y el esfuerzo invertido en su obtención parecen ser definitorios junto con el hecho de que, para su preservación en condiciones idóneas dentro del laboratorio, es necesario pagar un costo anual de “manutención”. El acto performativo consistente en mantener y no almacenar; de amparar y custodiar y no guardar o acopiar, evoca la custodia de algo más que un tejido celular.
45A lo largo del tiempo en que se renueva la manutención, que puede alcanzar los 6 mil pesos anuales, los padres o propietarios deben expresar si desean renovar su cuota y seguir conservándolos en vitrificación o, si desean que les sean implantados y eventualmente, lograr así otro embarazo. Otras opciones: 1) retirarlos de las instalaciones del laboratorio; 3) dar su autorización para que sean desechados; 4) donarlos a particulares; o, 5) transferirlos a otra clínica que cuente con el programa de donación y adopción de embriones. En México, sólo el estado de Querétaro menciona en su legislación la adopción de embriones.
El problema de la donación, si somos muy puristas desde el derecho, es que –y además no hay otra palabra–, al utilizar la palabra “donación” estamos cosificando embriones y, otra vez, decimos: “No, no, los embriones no son cosas”, bueno, pero tampoco son personas (Emilio Manrique, 2015).
46En la donación embrionaria se entrecruzan las creencias religiosas, la bioética, la medicina, ¿es el embrión una persona? El Dr. Alberto Ríos responde que no, que él lo considera un tejido, porque no puede tener los mismos derechos que un nacido y el término adopción es una figura aplicable a un niño y los embriones no lo son.
47En Estados Unidos, hacia 2003, alrededor de 400 mil embriones criopreservados permanecían en tanques de almacenamiento; la mayoría en espera de que sus padres decidieran su suerte. En la actualidad ningún estado de los Estados Unidos tiene leyes vigentes sobre la adopción de embriones y la posición actual de los tribunales es que los embriones sean considerados bienes. Un buen número de países occidentales muestran reticencias respecto a la donación/adopción y transferencia de embriones, hasta el punto de considerarlo ilegal (Collard y Kashmeri, 2009; Álvarez-Díaz, 2010).
48La perspectiva del bioderecho permite zanjar la dicotomía entre considerar, por un lado, el óvulo fertilizado como persona, como un ser concebido o no-nacido y, por el otro, la óptica de la biomedicina que lo definiría como un conjunto de células. Si los embriones son considerados como vidas humanas, como niños pre-nacidos, pueden ser donados o puestos en circulación a través de la adopción. Si los embriones no son considerados como vidas humanas, pueden ser donados o distribuidos para su utilización en la industria de la biotecnología, generalmente, para la investigación con células madre (Roberts, 2007: 83; Collard y Kashmeri, 2009; Álvarez-Díaz, 2010). Una categoría especial, intermedia, como la de “bien jurídicamente protegido” permitiría categorizarlo desde una perspectiva laica y culturalmente aceptable.
Lo que yo propongo es que los embriones tendrían que tener una tercera categoría intermedia que yo he denominado: que los embriones son un bien jurídicamente protegido; no son cosas que podamos comprar y vender o traficar, traficar en el sentido correcto de la palabra, y no son personas, son bienes jurídicamente protegidos (Emilio Manrique, 2015).
49La donación de embriones y su adopción plantea más preguntas acerca de la filiación que cualquier otra técnica de reproducción asistida, porque ninguno de los padres que iniciaron el proceso está genéticamente relacionado con el hijo resultante. La práctica de la adopción de embriones es idéntica a la adopción de un niño, en el sentido de que el “hijo engendrado por este sistema es como un hijo adoptado, ya que no tiene vínculo genético ni con la madre ni con el padre y, por ello, este procedimiento recibe el nombre de “adopción prenatal” o “adopción uterina’” (Golombok, 2006). Si, desde el punto de la conexión genética con el niño, la adopción prenatal es idéntica a la adopción, desde el punto de vista técnico, la “adopción uterina” es idéntica a la subrogación gestacional: la implantación de un embrión sin conexión genética con la huésped.
50Aquí se comprueba cómo el uso social de la biotecnología determina su significado. Mientras que, en la adopción de embriones y la subrogación gestacional, una mujer gesta a un embrión con quien no tiene lazo genético; en la primera, ella se convierte en madre social y, en la segunda, en gestante. En la adopción de embriones la madre social gesta a un bebé con quien no tiene relación genética, en la GPO es una mujer quien gesta a un bebé para ser entregado a padres sociales con quienes puede o no tener conexión genética.
51Si, como se mencionó, para algunos médicos el óvulo fertilizado es un bebé, para otros es un tejido que no puede tener los mismos derechos que un nacido. De manera que, al abordar el tema de la adopción de embriones, el doctor Ríos afirma que el término “adopción” es una figura aplicable a un niño y los embriones no lo son; mientras que, el doctor De la Cuesta declara estar de acuerdo con la adopción de embriones por tratarse de un “mecanismo legal” y ve en el óvulo fertilizado a un ser humano potencial. No obstante, no considera a los embriones como personas (Alberto Ríos, 2016).
52El valor que adquiere una u otra práctica, estará dado por el contexto social. En caso de existir un trasfondo religioso, la adopción/no-destrucción de embriones se ensalza, mientras la FIV y la subrogación gestacional, al implicar el riesgo de destrucción de embriones residuales, es rechazada o condenada.
53La iglesia católica es posiblemente quien lidera el rechazo a la fecundación in vitro y las opciones que ha generado. Uno de los principales representantes en las cuestiones de la vida condenó el otorgamiento del premio Nobel a Edwards:
Sin Edwards no habría mercado de óvulos humanos; sin Edwards no habría congeladores llenos de embriones esperando a ser transferidos a un útero o, más probablemente, utilizados para la investigación o dejados morir, abandonados y olvidados por todos”, dijo Ignazio Carrasco de Paula, presidente de la Academia Pontificia para la Vida, en la que el Vaticano describe como una declaración personal (Heneghan, 2010).
54El sesgo predominante en la legislación mexicana tiene que ver con una postura religiosa. En México más del 87% de la población se declara católica y las propuestas legislativas al respecto coinciden con la encíclica de Juan Pablo II Donum Vitae, don de vida. La adopción espiritual impulsada por el grupo católico Derechos del Concebido, consistente en rezar por un “bebé en peligro de ser abortado durante nueve meses”, convirtiéndose así el fiel en padre o madre espiritual de ese “pequeño”. El uso del término “pequeño” es preferido en este contexto religioso frente al de embrión o feto, aunque tampoco se emplea la palabra “niño”.
55La adopción espiritual en México opera de la siguiente manera: cada potencial madre o padre espiritual elige la fecha de adopción, que coincide en el imaginario, con la que en algún lugar del mundo ha sido concebido un embrión que corre el riesgo de ser abortado. El fiel le pone el nombre de su elección, es decir, lo bautiza y adquiere el compromiso de orar por él durante nueve meses hasta el “nacimiento” o puede seguir rezando en forma indefinida. La meta de esta organización religiosa es formar una base de datos que cuando llegue al millón de “pequeños adoptados”, se pondrá a los pies de Nuestra Señora de la Basílica de Guadalupe “para decirle a Nuestra Madre que su resto fiel no quiere que derrame más lágrimas por las muertes de tantos y tantos inocentes” (Derechos del concebido, 2008).
56La postura de la iglesia católica sobre la animación inmediata, es decir que la obtención del alma y, por ende, la adquisición del estatus de persona, ocurre en el momento mismo de la concepción; es relativamente reciente, pues otras teorías como las San Agustín y Santo Tomás de Aquino establecían que el alma es dada de manera postergada.
57García (2008), Collard y Kashmeri (2009) y Álvarez-Díaz (2010), señalan que, en el contexto religioso, al concebir a los embriones como personas, no resulta fácil darlos en adopción debido al sentimiento de culpa que ello genera:
Los padres que han precisado de técnicas de reproducción asistida (donación de semen o de óvulos) son más proclives a la donación, ya que funciona la lógica de la reciprocidad o, más bien, de la circulación continua del don, lo que contribuye en gran medida a la circulación de los embriones sobrantes. Estos padres están agradecidos por la donación que recibieron y quieren devolver el favor a otras parejas infértiles (Collard y Kashmeri, 2009).
El embrión-persona, el óvulo-hijo y los embrioncitos
58El producto preservado de una FIV aparece en el discurso y en el habla de los actores de la GPO bajo distintas denominaciones. Médicos, padres de intención y personas gestantes expresan referencialmente, o bajo términos de apelación, distintos nombres al embrión, que evocan aspectos subjetivos y relacionales. Nombrar, clasificar y atribuir cualidades son acciones performativas (Bolstanski, 2004), y que, en este sentido, al referirse al embrión, se asoman conductas y se revelan intenciones que, en el plano real o virtual, los individuos hacen valer. Las formas en que se le designa evocan no sólo términos de parentesco, sino que estas expresiones tienen que ver con la protección, la idealización y la personificación de las células germinales y del embrión.
59En primer lugar, no sólo el óvulo fertilizado es objeto de una personificación, los óvulos mismos aparecen en el discurso de algunas ovodonantes y gestantes, como “hijos en potencia”. A diferencia de las compañeras de trabajo de Xenia (ovodonante de 26 años) quienes, al recibir la propuesta de donar sus óvulos, expresan “¡estoy regalando mi hijo!”, para ella, la donación no significó un proceso en relación con su vida reproductiva: “nunca me dio la sensación de que fuera mamá, que estuviera regalando a mi hijo, me da risa porque, no, yo no lo veo así”. Afines a esta opinión de Xenia, son las registradas entre las ovodonantes españolas entrevistadas por Cadoret (2009), quienes no ven en sus óvulos donados sino el desecho que tiene lugar en cada menstruación.
60Para otros, los genes, la vida e, incluso, aspectos psicológicos de orden emocional, se transmiten en una ovodonación. En su autoetnografía, Ángeles (2016) narra cómo durante la valoración, la psicóloga del programa de donación de óvulos le comenta acerca de la importancia de esta etapa: “Pues es importante saber si estás bien, porque tus óvulos también tienen tu carga emocional, parte de ti que se puede transmitir a los futuros bebés ¿si me entiendes? (Ángeles, 2016).
61Entre las ovodonantes no existe una sola interpretación al respecto. Valeria desiste de continuar con el proceso de ovodonación al reflexionar sobre el elevado número de óvulos necesarios para llevar a cabo, de manera rentable, la extracción: “¿para qué quieren tantos?” se pregunta y, a diferencia de Xenia, ella sí considera que sus óvulos tienen una relación directa con su descendencia y los bautiza con el diminutivo de Valeritos, es decir los y las pequeñas Valerias.
62Un uso recurrente del diminutivo, al referirse a los óvulos y a los óvulos fertilizados, emerge en ciertos instantes del discurso por parte de los actores de la GPO. Por ejemplo, Livia, bróker de la agencia FAM, al explicar los costos del “paquete” de FIV y gestación sustituta, comenta: “Los 550 mil pesos ya incluyen tres transferencias y congelación de embrioncitos...”. Asimismo, al exponer uno de los casos problemáticos en que tuvo participación, el doctor Galindo, narra: “… se le hizo la extracción de óvulos, se hizo la unión con el espermatozoide, se obtuvieron muchos embrioncitos, se le implantaron algunos…”.
63Pudiera afirmarse que el diminutivo es un rasgo característico del español de México y que nuestros informantes no hacen sino aplicar este uso extendido del habla a estas células que, en efecto, poseen una dimensión reducida. No obstante, la lingüística pragmática atribuye al diminutivo, como mecanismo derivativo, la capacidad de generar contextos altamente idiosincrásicos a través de los cuales el hablante expresa las relaciones que establece con la entidad disminuida (Reynoso, 2005). Es decir, el diminutivo es una herramienta discursiva que permite al hablante fundar una subjetivización19 en la que se perfila la lectura de una entidad querida que se relaciona con la infancia. La relación entre la pequeñez y el aprecio puede ser mutuamente incluyente: “debido a que lo pequeño puede provocar reacciones de aprecio, sobre todo cuando se trata de humanos” (Reynoso, 2005). El médico Aquiles Urbino, al manifestar su rechazo a la práctica de la GS, se refirió a la misma como “venta de bebés”.
64El hecho es que, tratándose de una gestación para otros o de un embarazo para sí, los términos de referencia para el embrión que se desarrolla dentro del vientre son, por lo general, bebé y, si se conoce el sexo, bebito o bebita, bebo o beba. Es común que a una mujer embarazada, sobre todo amiga o conocida, se le pregunte: “¿Cómo va tu bebito?” o “¿qué dice el bebé?” con lo que se confiere al embrión el estatus de persona.
65Ya sea in vitro o in utero, congelado o no, dentro o fuera de un proyecto parental, el significado del embrión depende de la situación relacional en que se encuentra en un momento determinado, es decir, del entramado social, parental y religioso en que se ubica. Esta compleja red, a diferencia del rígido contexto cristiano estudiado por Collard y Kashmeri, da lugar a configuraciones vagas e imprecisas.
66El testimonio de Ramona y Rodolfo revela que el poder de la tecnología puede rebasar el de la imaginación de los usuarios. Tras haber procreado a su hija Paula gracias a una FIV en una clínica privada de CDMX, la pareja es informada de que los embriones restantes que Ramona llama “óvulos’:
se quedaron incubados y me dijeron que si después de dos años –ah, porque pagas por esos dos años–, si yo hubiera ido al año para que me implantaran otro, podía tener el hermanito de Pau, pero me preguntaron que si a los dos años yo renunciaba a ellos, y yo les dije que sí. Entonces puede ser que alguien que no puede tener hijo (Ramona, 2015).
67Su renuncia a otro embarazo se debió a que “están bien con Pau”, es decir, que la pareja no desea otro hijo; no obstante, eso no le impide pensar que “…esos (embriones) se quedarán ahí, no sé si ellos (los responsables de la clínica) los desechan pues a los dos años ya no sirven, pero parece que duran años ¿no?”. En Ramona, está presente la fantasía de que sus óvulos fecundados se conviertan –ya no en los hijos que no desea–, sino en hermanos de su hija.
68Una hipótesis asoma: al haber procreado ya un hijo mediante FIV, la mayoría de los padres intencionales ven en los embriones criopreservados no a conjuntos celulares, sino al resto de sus hijos. Esta personificación y establecimiento de parentesco se debe a que, con base en la experiencia previa, sólo restaría llevar a cabo la implantación in utero para obtener más hijos, es decir, hermanos o hermanas de su o de sus hijos ya nacidos mediante la misma técnica. En ese sentido, el o los óvulos fecundados están inscritos en un sistema relacional en constante reconfiguración que los convierte de “células potencialmente seres humanos” a “bebés”.
Notes de bas de page
19 La subjetivización es el acto lingüístico mediante el cual el hablante, conceptualizador de la escena discursiva, ubica el lugar que quiere ocupar dentro de dicha escena, con respecto de las otras entidades participantes (interlocutor, objeto de la enunciación y/o entidad disminuida) y, con ello, establece relaciones de tipo jerárquico al interior de cada acto comunicativo (Reynoso, 2005).
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La gestación para otros en México
Ce livre est cité par
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