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Problemas agrarios del Ajusco

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Nicole Pecheron

Anexos

Texte intégral

anexo i, 1

LEYENDA DEL XITLE1

  • 1 Según una tradición oral recopilada en el pueblo.

1Hace mucho tiempo, el Xitle permanecía cubierto de nieve hasta junio, cuando llegaba el verano, mientras que en sus faldas crecía una vegetación exuberante. El agua del deshielo de las nieves formaba un lago a sus pies, en el cual se pescaban carpas y se podían cazar patos y otras aves. También se podían cazar varios animales de presa en aquellas lomas. Los pobladores que habitaban este lugar gozaban de muy buena salud, no conocían ni las enfermedades ni las guerras. Las mujeres usaban quexqiiemitl (capa de algodón con un orificio en el centro para meter la cabeza) y una falda corta tejida con fibras de maguey (agave del altiplano). Los hombres usaban pantalón y un gabán que caía hasta las rodillas. Los días de fiesta se vestían con pieles de animales y plumas de aves.

2Su religión les enseñaba que había dioses del bien y dioses del mal. Pero su principal deidad era la princesa del Xitle, diosa del bien, quien vivía en la cumbre del volcán y se ataviaba con nieve durante el invierno para mostrar su pureza.

3Pero un buen día, un sacerdote se atrevió a desafiar a la diosa. Él la retó a cambiar el lago del lugar en que se encontraba, al pie del volcán. La diosa no le prestó atención a tal desafío, con el cual el sacerdote quiso demostrarle al pueblo que en realidad su deidad era muy poco poderosa, y así los incitó a que ya no le obedecieran más y a olvidar las enseñanzas de pureza que les había dejado, para entregarse a los placeres.

  • 2 Quizás en remembranza de estos lugares legendarios y malignos, mucho tiempo después, los axochpanec (...)

4Entonces surgieron las discordias y los pleitos. Algunas familias, parientes cercanos del sacerdote, huyeron atemorizadas. El sacerdote los buscó para castigarlos, pero su búsqueda fue en vano. En ese preciso momento, se desencadenó la terrible furia de la diosa: el volcán del Xitle empezó a hacer erupción. Sólo se salvaron las siete familias que habían huido. Éstas se fueron muy lejos de la región del Xitle, que había quedado estéril y sin vida, y fueron a parar muy lejos de allí.2

5Cuando el Xitle entró en erupción, los dioses del bien apagaron el fuego, vertiendo torrentes de agua del volcán Ajusco, situado a mayor altura. Esta enorme cantidad de agua provocó que se elevara un metro el nivel de la laguna grande de México.

6Poco a poco fueron llegando nuevos habitantes a poblar la zona destruida por las lavas del Xitle. Éstos encontraron, gracias a la acción bienhechora del Ajusco, agua, vegetación y animales salvajes. La población prosperó y se hizo numerosa, de tal manera que los recursos empezaron a hacerse escasos y muchos pensaron en partir a otras partes. Fue entonces cuando un sacerdote tuvo un sueño que le indicaba el lugar de una cueva, al este del Xitle, en donde él encontraría todo lo que le hacía falta para alimentar a los pobladores. Cuando el sacerdote despertó, salió al campo, al lugar indicado y se encontró con que la cueva existía y estaba llena de maíz, de frijoles, de legumbres, de chiles y de árboles frutales... Toda esta fortuna fue utilizada como plantas o semillas para cultivar la tierra y multiplicar sus recursos.

  • 3 Esta clase de ganado fue introducida después de la Conquista por los españoles. Lo anterior nos sug (...)

7Fue así como la población empezó a prosperar. Pero cien años más tarde hubo una nueva revelación al cacique de este lugar: habrían de sobrevenir tiempos muy difíciles y sería necesario que él regresara a la cueva a buscar nuevamente riquezas. El cacique puso manos a la obra, no sin antes deshacerse de los curiosos que querían saber a dónde iba. Una vez en la cueva, encontró borregos,3 aves de corral y otros árboles frutales. Se cuenta que los borregos se comieron una parte de los árboles y que nada más quedaron los capulines y los tejocotes. Después de lo anterior, todos los caciques se sucedieron por la herencia del padre al hijo hasta que llegaron los españoles.

anexo i, 2

LEYENDA DEL AJUSCO4

  • 4 Según una tradición oral recopilada en el pueblo.

8Cuando el Xitle entró en erupción, los dioses del bien apagaron el fuego, vertiendo torrentes de agua del volcán Ajusco, situado a mayor altura. Esta enorme cantidad de agua provocó que se elevara un metro el nivel de la laguna grande de México.

9Poco a poco fueron llegando nuevos habitantes a poblar la zona destruida por las lavas del Xitle. Estos encontraron, gracias a la acción bienhechora del Ajusco, agua, vegetación y animales salvajes. La población prosperó y se hizo numerosa, de tal manera que los recursos empezaron a hacerse escasos y muchos pensaron en partir a otras partes. Fue entonces cuando un sacerdote tuvo un sueño que le indicaba el lugar de una cueva, al este del Xitle, en donde él encontraría todo lo que le hacía falta para alimentar a los pobladores. Cuando el sacerdote despertó, salió al campo, al lugar indicado y se encontró con que la cueva existía y estaba llena de maíz, de frijoles, de legumbres, de chiles y de árboles frutales... Toda esta fortuna fue utilizada como plantas o semillas para cultivar la tierra y multiplicar sus recursos.

ANEXO II

MAPA 1. EL DISTRITO FEDERAL

MAPA 1. EL DISTRITO FEDERAL

10

MAPA 2. PLANO TOPOGRÁFICO DE LA DELEGACIÓN TLALPAN

MAPA 2. PLANO TOPOGRÁFICO DE LA DELEGACIÓN TLALPAN

MAPA 3. PUEBLOS Y HACIENDAS EN LA ÉPOCA COLONIAL

MAPA 3. PUEBLOS Y HACIENDAS EN LA ÉPOCA COLONIAL

MAPA 4. JURISDICCIÓN DE COYOACÁN EN 1791

MAPA 4. JURISDICCIÓN DE COYOACÁN EN 1791

Fuente: AGN, Padrones, 6: 1. Copia facsimilar del documento.

MAPA 5. PLANO DE LA HACIENDA DE MIPULCO EN 1698

MAPA 5. PLANO DE LA HACIENDA DE MIPULCO EN 1698

Fuente: AGN, Hospital de Jesús, 99, 294. Copia facsimilar del documento.

MAPA 6. ZONA DEL XITLE EN LITIGIO ENTRE LAS HACIENDAS DE MIPULCO Y EL ARENAL

MAPA 6. ZONA DEL XITLE EN LITIGIO ENTRE LAS HACIENDAS DE MIPULCO Y EL ARENAL

Fuente: AGN, Hospital de Jesús, 49, 6: 45. Copia facsimilar del documento.

MAPA 7 JURISDICCIÓN DE COYOACÁN DEL MARQUESADO DEL VALLE

MAPA 7 JURISDICCIÓN DE COYOACÁN DEL MARQUESADO DEL VALLE

MAPA 8. LA PEQUEÑA PROPIEDAD DENTRO DE LAS TIERRAS COMUNALES DE AJUSCO (SIGLO xix)

MAPA 8. LA PEQUEÑA PROPIEDAD DENTRO DE LAS TIERRAS COMUNALES DE AJUSCO (SIGLO xix)

MAPA 9. TOPILEJO Y PARRES: DESPOJO DE TIERRAS Y EJIDOS

MAPA 9. TOPILEJO Y PARRES: DESPOJO DE TIERRAS Y EJIDOS

11

MAPA 10. LOS PRIMEROS EJIDOS (GOBIERNOS DE CALLES Y PORTES GIL)

MAPA 10. LOS PRIMEROS EJIDOS (GOBIERNOS DE CALLES Y PORTES GIL)

MAPA 11. BALANCE DE LA REFORMA AGRARIA DESPUÉS DE CÁRDENAS Y FRACCIONAMIENTO DE LAS HACIENDAS

MAPA 11. BALANCE DE LA REFORMA AGRARIA DESPUÉS DE CÁRDENAS Y FRACCIONAMIENTO DE LAS HACIENDAS

MAPA 12. TITULACIÓN Y COMPRA DE TIERRAS: PUEBLO DE AJUSCO (1936-1975)

MAPA 12. TITULACIÓN Y COMPRA DE TIERRAS: PUEBLO DE AJUSCO (1936-1975)

12

MAPA 13. PARQUE NACIONAL CUMBRES DEL AJUSCO

MAPA 13. PARQUE NACIONAL CUMBRES DEL AJUSCO

ANEXO III

COPIA FACSIMILAR DEL ESCUDO DE SANTO TOMÁS AJUSCO

COPIA FACSIMILAR DEL ESCUDO DE SANTO TOMÁS AJUSCO

Concedido en 1609 por el rey de España, Felipe II,I a los axochpanecas por los servicios prestados por éstos en la época de la Conquista.

ANEXO IV

Foto 1. Del Ajusco a la ciudad: el volcán Xitle, Tlalpan y las colonias Pedregal de San Nicolás y Pedregal de Padierna

Foto 1. Del Ajusco a la ciudad: el volcán Xitle, Tlalpan y las colonias Pedregal de San Nicolás y Pedregal de Padierna

Foto aérea: Dirección General de Geografía, 1979

Foto 2. Lienzo sobre tela de 1609, acordado por el virrey Velasco para fijar los límites del pueblo de Ajusco.

Foto 2. Lienzo sobre tela de 1609, acordado por el virrey Velasco para fijar los límites del pueblo de Ajusco.

Foto 3. Detalle del plano de 1609: Palomares, representante del pueblo

Foto 3. Detalle del plano de 1609: Palomares, representante del pueblo

Foto 4. Detalle del plano de 1609: título de merced de tierras

Foto 4. Detalle del plano de 1609: título de merced de tierras

Foto 5. Detalle del plano de 1609: el pueblo de Ajusco

Foto 5. Detalle del plano de 1609: el pueblo de Ajusco

Foto 6. Detalle del plano de 1609: autorización del virrey Velasco

Foto 6. Detalle del plano de 1609: autorización del virrey Velasco

Foto 7. Granero (troje o cincolote) de maíz en Xicalco

Foto 7. Granero (troje o cincolote) de maíz en Xicalco

Foto 8. Campos de avena en Topilejo, en el primer plano. Volcán Ocopiasco, atrás

Foto 8. Campos de avena en Topilejo, en el primer plano. Volcán Ocopiasco, atrás

Foto 9. Cultivo de flores en invernadero, en San Andrés

Foto 9. Cultivo de flores en invernadero, en San Andrés

Foto 10. Ruinas de la hacienda El Guarda

Foto 10. Ruinas de la hacienda El Guarda

Foto 11. Iglesia de Santo Tomás Ajusco (siglo xvi)

Foto 11. Iglesia de Santo Tomás Ajusco (siglo xvi)

Foto 12. Cruz de inspiración indígena en Ajusco (siglo xvi)

Foto 12. Cruz de inspiración indígena en Ajusco (siglo xvi)

Foto 13. Danza de los Lobitos. Fiesta del 8 de mayo en San Miguel Ajusco. Atrás, el músico con su flauta y su tambor

Foto 13. Danza de los Lobitos. Fiesta del 8 de mayo en San Miguel Ajusco. Atrás, el músico con su flauta y su tambor

Foto 14. Los jaguares de la danza de los Lobitos. Fiesta del 8 de mayo en San Miguel Ajusco

Foto 14. Los jaguares de la danza de los Lobitos. Fiesta del 8 de mayo en San Miguel Ajusco

Foto 15. Zopilote. Fiesta del 8 de mayo en San Miguel Ajusco

Foto 15. Zopilote. Fiesta del 8 de mayo en San Miguel Ajusco

Foto 16. Danza de los Lobitos: la rebatiña. Los zopilotes se lanzan sobre el cuerpo de los jaguares

Foto 16. Danza de los Lobitos: la rebatiña. Los zopilotes se lanzan sobre el cuerpo de los jaguares

Foto 17. Danza de las Pastoras. Fiesta del 8 de mayo en San Miguel Ajusco.

Foto 17. Danza de las Pastoras. Fiesta del 8 de mayo en San Miguel Ajusco.

ANEXO V, 1

Ejemplo de tributo: vigas y cargas de leña

Ejemplo de tributo: vigas y cargas de leña

tomado del Códice Mendocino, p. 32

ANEXO V, 2

Ejemplo de tributo: pieles y animales de monte

Ejemplo de tributo: pieles y animales de monte

tomado del Códice Mendocino p. 42

ANEXO VI

Ilustraciones de la Historia de las Indias de la Nueva España de fray Diego Durán, tomo 1: 330; tomo 2: 623

Ilustraciones de la Historia de las Indias de la Nueva España de fray Diego Durán, tomo 1: 330; tomo 2: 623

Culto a los volcanes: elaboración de volcanes de pasta. 27. Cap. XVIII, p. 165, párrafos 8 y 9.

Cruentas batallas entre los aztecas y los tepanecas. 11. Cap. X, p. 85, párrafo 1.

anexo vii, 1

FUNDACION DE SANTO TOMÁS AXUCHCO, 15315

  • 5 AGN, Tierras, 2676, 4: 1-4. Traducción de 1770 por donjuán de los Santos, de un documento original (...)

13Mis amados hijos: ahora cuenta cuatro el mes segundo: febrero, en mil quinientos treinta y un años del único y verdadero Dios; único que está allá en el cielo, aquí en la tierra y en todas partes del Universo. Nosotros amados hijos, conviene sepáis que en todas partes se entristecen todos cuantos gobernantes que guardan los pueblos, sólo porque, sabido es lo que hicieron y aún todavía lo están haciendo los blancos, gente de Castilla. Sabido es cómo son castigados los superiores gobernantes, patrones de los pueblos, que empuñan cetro para el mando. Sabido es de cómo castigan, porque les piden sus riquezas y también porque no dan todo el metal amarillo y los relumbrosos vidrios, los castigan. Sabido es de cómo les quitan sus mujeres hermosas y también sus mujeres niñas doncellas. Nunca se contentan: sólo con excremento divino y relumbrosos vidrios. Se burlan de las mujeres de los que manden. Su corazón se apacigua hasta que los queman como quemaron al Gran Superior Señor de Michoacán al muy grande Caltzontzin. Así como a él, hicieron con otros señores patrones allá en Xalapa, Tlaxcala, Tehuantepec, Oaxaca y también a otros patrones por donde se desparramaron los envidiosos y hambrientos que se nombran cristianos. Nosotros ya vimos lo que son los hechos de los atemorizadores castellanos. Nuestros ojos ya vieron lo que hicieron sobre el muy Grande y Superior Señor de "junto al agua". Ya vimos todas cuantas burlas le hicieron, y también la sangre que derramaron los cristianos, cuando mataron a los muchos señores que estaban en compañía del Grande y Superior Señor Motecuzoma, cuando se hizo la señal o deber, que anualmente se hace en la adoración del que es cierto y verdadero Dios. ¡Cuánta sangre se derramó! ¡Sangre de nuestros padres! Y ¿por qué? ¿Por qué sobre ellos así se hizo? Sépanlo: porque sólo ellos quieren mandar. Porque son hambrientos del metal ajeno y ajena riqueza. Y porque quieren, debajo de sus carcañales tenernos. Y porque quieren hacer burla de nuestras mujeres y también de nuestras doncellas; y porque quieren hacerse dueños de nuestras tierras y de toda cuanta es nuestra riqueza. Nuestros abuelos, que vieron primero la luz, allá atrás dijeron que vendrán otros de lejanas tierras a entristecernos. Que nos vendrían a quitar y hacerse dueños de la muy superior y grande tierra nuestra. Que así se hará. Y que la causa es, porque los señores de Azcapotzalco, México, Texcoco y Chalco se veían con envidia. Y también porque se mataban y vertían sangre de la misma manera. Ya ahora vimos cumplirse la antigua palabra, ya vimos que pagaron otros señores la culpa que cometió la gente antigua. Ya ahora a nosotros ha llegado el día, el momento en que nos afligiremos, en el que nos lamentaremos hambrientos. Allá, "junto al agua", México, ya es sabido que el hombre Cortés de Castilla; allá en Castilla fue autorizado para venir a la repartición de tierras. Y es él, el recién nombrado marqués del Valle. Así se dice, se habla que este señor marqués vendrá a quitarnos tierras; y también nos señalará tierras que formarán nuevos pueblos. Ahora, a nosotros, ¿en dónde nos arrojarán? ¿En dónde nos pondrán? Demasiado a nosotros se arrima la tristeza. ¿Qué hemos de hacer hijos míos? Pero a pesar de todo mi corazón se anima, y acuerdo formar aquí un pueblo; al pie de este cerro de Axochco Xalticpac sólo porque desde allá abajo hasta aquí, es el asiento de los hombres Axochpanecos. Desde allá abajo, la tierra es nuestra, nos la pasaron a dejar nuestros abuelos. Fueron suyas desde allá abajo desde los tiempos antiguos. Y acuerdo formar un templo de adoración donde hemos de colocar el nuevo Dios que nos traen los castellanos. Ellos quieren que lo adoremos. ¿Qué hemos de hacer hijos míos? Conviene que nos bauticemos, con viene que nos entreguemos a los hombres de Castilla a ver si así no nos matan. Conviene que aquí nada más quedemos; que ya en nada nos metamos para que así no nos maten. Que los sigamos a ver si así les causamos compasión. Que en todo nos entreguemos a ellos. Que el que es verdadero Dios que corre sobre los cielos, él nos favorecerá de las manos de los de Castilla. Y para que no nos maten conviene que ya no conozcamos todas nuestras tierras. Conviene que acortemos nuestros linderos, y lo que quede, conviene que lo defiendan nuestros padres que mandan en Tlalpan, Topilco, Totoltepec, Azicpac, Tepeticpac y los de Xalaatlaco. Yo ahora les hago presente que para que no nos maten, mi voluntad es que todos nos bauticemos y adoremos al nuevo Dios, porque yo lo he calificado que es el mismo que el nuestro. Luego ahora, corro y reduzco nuestras tierras que han de ser, y mi voluntad es, que empiecen nuestros límites por donde sale el sol. Empezarán donde llaman Tzictecomatitlan. Iremos mirando por donde viene siempre el frío. Llegaremos donde llaman Tzicpictitlan. Aquí daremos vuelta. Miraremos por donde se mete el hermoso sol. Llegaremos donde llaman Nopaltitlan. Vamos donde llaman Atlmiyatiloyan. Llegaremos donde llaman Cacalotl Ineman. Aquí daremos vuelta por donde se mete el sol. Miraremos por donde relu[m]bra la estrella. Llegaremos por donde llaman Tlatlatiloyan. Vamos donde dicen Tecuanatlan. Vamos donde dicen Tlecuilco; aquí en el lado de la estrella del sur. Iremos mirando por la salida del sol. Llegaremos por donde dicen Tochtepec. Vamos donde dicen Ahuacatitlan. Vamos donde dicen Micaoztoc. Vamos donde dicen Iztactlali; luego aquí, se cerrarán nuestros límites concluyentes que rodearán el cerro llamado Axochico Zacapan Xalan. Yo calculo que por esta poquita tierra quizá no nos matarán. ¿Qué importa que fue más grande lo que conocíamos? Pero esto no es por mi voluntad; solamente porque no quiero que mis hijos sean muertos, que sea nomás esta poquita tierra y sobre ella muramos nosotros y también nuestros hijos detrás de nosotros. Y nomás esta tierra trabajemos a ver si por esto no nos matan. ¡Óiganme! ¡Respóndanme hijos míos! Superior Señor: nosotros mucho nos afligimos y nos entristecemos. ¿Qué hemos de hacer? Oigamos tu palabra a ver si así no morimos: que todos nosotros nos bauticemos; y hagamos un templo donde colocaremos al nuevo Dios; que conozcamos nuestros límites donde ahora tu los acabas de señalar; que ya no más tierras deseemos; que nuestro corazón se anima y ya no nos metamos en nada, quizá así no seamos muertos. Lo que sí mucho te rogamos es, que cuando llegue ese día y ese momento, cuando venga a repartir las tierras el señor marqués, tú saldrás y tú te pararás junto a las señales y las tocarás para que no pasen a quitarnos más tierras. Que así lo hagas. Yo señor Tecpanecatl que empuña el cetro del mando, así lo haré; me pararé y tocaré cuando llegue el día y momento. Tecpanecatl. Acaizacualtecatl, Mecatzin, Ixtlexochitzin, Cuauhotopolin, Ixayatecpatl, Acamapitzin, Ixcoyotzin, Coyomecatzin, Totolhuilacctzin.

anexo vii, 2

FUNDACIÓN DEL PUEBLO DE SAN ANDRÉS TOTOLTEPEC, 15606

  • 6 AGN, Tierras, 875, 3: 1-6.
  • 7 N. del T.: Velasco.

14Pueblo de San Andrés Totolthepeque Provincia de San Augusttin de las Cuebas 1568. En la Ciudad de México de la Nueva España en cinco días del mes de enero de mil e quinienttos e sessentta e ocho años, antte mi el escribano y ttesttigos y sus-eschritos parecieron presenttes Francisco Luys, Alcalde del Pueblo de San Andrés de la Provincia de San Augusttin de las Cuebas, Pedro Diego, Regidor, Miguel Phelipe y otros muchos indios mediantte Pedro de Estrada que ysso oficio de yntterprete y dixeron que por quanto a ssu derecho convenía ttener los ttíttulos originales de la fundación de dicho su pueblo y ponerlos en guarda e consttodia en el oficio de Gobierno y Archivo de mi cargo e para enguarda de su derecho e me pidieron e suplicaron les diese ttesttimonio en forma de llos en la forma siguiente.- ORIGINALES.- Yo don Luys de Belasco Vissorrey e Gobernador e Capitán General por Ssu Magestad en esta Ciudad de México de la Nueba España e Presidente de la Audiencia e Chanciller de que en él residen etcétera, que por quanto [es]tán en servicio de Ssu Magestad y resultando grabe beneficio y utilidad el que se funden pueblos en los montes, serros y cañadas que ay en los ttérminos de estta siudad [para] el alto y manutención cuanto para evitar ynconbenientte por la pressentte en nombre de Ssu Magestad doy lisencia a Barthasar Cuautlin, Diego Themeasin yndios christtianos que saben la doctrina en su lengua los quales esttan examinados por el Excemo. Señor Arsubispo Don Juan de Sumarraga y que pueda amonesttar y enseñar e reducir a los que puedan y poblar un pueblo de San Andrés al pie de un cerello que llaman Ttottolttepeque del dicho, paraxe poblado les asigno un sittio de ttierra y esttancias para ganado menor y para la fundación de ella y que dando bienes los mas para otras poblaciones si no la hubiere y de haberlo en otras dichas ttierras de sur a orientte y que por ningunas mis justticia e ottras personas se les puedan poner enbaraso o ympedimentto en la dicha poblacion como en el usso de dichas ttierras e cada que les conbenga pueda la ttenencia e possession de dichas ttierras como mas le pareciere e convenientte y de ello lo ttengan e gose para siempre jamas el presentte e sus ssusessores. Fecho en México a veintte dias del mes de mayo año del nacimiento de Nuestro Salvador Jesucristo de mil e quinienttos sesentta, años.-Don Luys de Belasco.- Por mandado de su Señoria Ilma. Antonio de Turcio.- AUTTO. En el Pueblo de San Andrés Ttottolttepeque en seys dias del mes de septtiembre de mill y quinienttos sesentta años enttendiendo e diligencias de repartimienttos de ttierras y comission y nombramientto de su Excelencia en la Jurisdiccion de la ciudad y distritos de México me presenttaron los natturales de este dicho pueblo el mandamientto que anttecede e yo dicho Jues de mi Comisión ussando la facultad que tengo la hube por presenttada el dicho mandamientto y en su vistta debia mandar y mandó que de ningunas personas les molestte y den informaciones los dichos natturales para proceder en lo de [demas] que el dicho mandamiento y licencia expresa, así lo proveí y mandé. Ante mí como Juez Receptor con los de mi assistencia.-Juares, don Diego Monttesuma. Juan Felis yntérprete.- TESTIGO.- En dicho pueblo dicho dia, mes e año ante mi dicho Matheo Juarez, Jues de comisión presenttaron por ttesttigo la partte de los oficiales de estte dicho Pueblo a don Chisttobal Temilotzin yndio principal y becino nattural del Pueblo de San Augusttin de las Cuebas del qual recibi juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la Santa Cruz y por estta sumaria y ciendo pregunttado al thenor del dicho mandamiento de mi comición y lisencia presenttada dixo que sabe y le constta de vistta esttan en posecion los natturales de San Andrés por quienes es presentta do por ttestigo de un sittio de ttierras y esttancia de ganado mayor en que esttá fundado la yglesia y pueblo de su congregacion y que dichas ttierras cae por el lado del sur y oriente que llega hasta el seerro de Quilttepeque porttesuelo de Huitzilthepethe cumbres de Juchitepeque asta el camino que ba para ttierra calientte que estta en una mapa que tiene de repartimiento de los ottros pueblos así se le pueda dar posecion el Pueblo de San Andrés del dicho sitio que no ay perjuicio de ninguna persona y es la berdad por el que juramento que fecho tiene del qual se afirmó y ratificó y declaró ser de setenta e dos años y no ttoca ningunas generales de la ley y no firmó por no saber lo firmee dicho Jues yntérprette. Matheo Juares, Juan Felis, Don Diego Monttesuma.- TESTTIGO. En dicho dia, mes y año presentaron por ttestigo a don Monso Axalacazin Gobernador de Tescuco del qual reseví juramento en debida forma por Dios Nuestro Señor y la Santa Cruz y Santa María y preguntado por el thenor del dicho mandamiento lisencia comission dixo que sabe y le constta de vistta esttan en poseción los natturales del Pueblo de San Andrés Tottolttepeque de un sittio de ganado menor tierra de fundación esttas son ttierras asperas, montes, laderas pedregossas y esttán por el lado del sur y orientte pueden ser amparados en poseción de ella porque no ay contradicion e perjuicio de ottros sercanos por estar en mapa y fecha particion y es la verdad por el juramento que fecho tiene el que se afirmó e rattificó y dixo ser de quarentta años las generales no le ttocca y lo firmó conmigo y los testtigos Matheo Juáres. Juan Felis. Don Diego Monttesuma. Don Alonso Axayacatzin.- TTESTTIGO.- En dicho Pueblo dicho dia pressenttaron por testtigos don Geronimo Xoylttemo yndio nattural de la Ciudad de Juchimilco de quien recibí juramento en forma en devida siendole pregunttado al thenor de la comision y la lisencia presenttada por los oficiales del Pueblo de San Andrés, dixo que sabe y le constta por vista de ojos que desde la fundacion del Pueblo de San Andrés, see un sittio de ganado menor tierras serranías monttuosos y pedregosas asperas y que se les puedan amparar y dar possesion de ellas por ser sullos y no ay perjuicio por caer las dichas tierras por el sur y oriente y es la berdad que dise por el juramento que fecho ttiene del que se afirmó rattificó, dixo ser de edad de sinquenta y sinco años y no le ttocan ningunas de las generales de la ley y lo firmó con el dicho Jues Comisario yntérprette. Matheo Juares. Juan Felis. Don Diego Montessuma. Don Gerónimo Xoylttemo. AUTTO. En el Pueblo de San Andrés en siette dias de septtiembre de mill y quinienuos sesentta años la partte de los oficiales mediante Juan Felis yntérprete parecieron antte mi dixeron que por quantto tienen dada basttantte ynformacion y tienen presenttado ttítulo y mapa de su fundacion les mande dar y dé poseccion de las ttierras de su fundacion en virtud de mi comicion y los auttos que me presenttaron, e yo dicho Jues en comicion en cumplimiento de mi oblicion esttoy pronto aser y cumplir al thenor de dicho pedimento y en fee de lo qual mandé ttocar caxa y clarin en signia de juntta y lo firmé.- Matheo Juares. Juan Felis. Don Diego Monttesumma.- POSECION. En el campo tterminos del Pueblo de San Andrés en unas laderas espesas que llaman Montte Vilna Xolano en ocho dias del mes de septtiembre de mil e quinienttos sesentta año antte mi el dicho Matheo Juares, Jues de Comision Juan Felis yntérprette de la Real Audiencia de México y Testtigo de mi assitencia, sería como a las dies oras del día miércoles del corriente esttando ttodos junttos y congregados los yndios común y natturales del dicho Pueblo de San Andrés y otros muchos princypales circunbesinos citados para esttos effecttos mediantte dicho yntéprette Barthasar Cuatlin y Diego Themecatzin presenttes los otros muchos y le dixe que yo en nombre de Su Magestad le daba e dí mettía o mettí en la lexítima e verdadera posesion general corporal de tierras de aquel sitio y paraxes como centro de (original deteriorado) menor contenidas en una mapa de la fundacion y congregacion y una licencia del Excemo. Señor Don Luys de Belasco Vissorrey de estte Reyno y en señal de lo cual arrancaron de las yerbas y ttiraron de las pie dras ycieron y otros actos que en semexantes casos se requiere y señalaron por el sur un serro que llaman Ololican y otro lla [man] Quilttepeque y el porttesuelo de Huicilttepette asta las cumbres de Juchittepeque astta una barranca que llaman Osttottitlan entre los quales tterminos paraxes y moxonerase comprende del sittio de ganado menor el qual la ttomara con mucha pas y alegría sin contradicion de persona alguna a lo que recibieron y se conttenttaron de lo dicho, ynterponiendo mi authoridad e decretto judicial para que valga y aga fee pública la justticia de Su Magestad antte quienes fuere presenttados y pedido ssu cumplimientto.- Por [par]te de los yndios oficiales común y naturrales del Pueblo de San Andrés vienes amparos, no concientta que por ningunas desposeydos sin ser primero oydos y por fuero e derecho percidos, antte quienes como deban.- Fecho en dicho dia siendo presenttes por ttesttidos don Gerónimo de Estrada, Gobernador de la Villa de Cuyoacán, don Miguel Gerónimo Xoyltemo. Diego Monttesuma. Don Monso Axayaca en fee de lo qual en ttesttimoniado lo qual lo firme con mi firma acosttumbrada Matheo Juares. Juan Felis. CONSULTTA.- Excmo. Señor en cumplimiento de mi obligación e fin el reparttimientto y averiguo lo que el pueblo (borrado) tiene por la licencia de la (original deteriorado) mapa de la congregación que en tierras (original deteriorado) y serranias y montañias a el dicho que cae en el sur y oriente en las diligencias que (original deteriorado) adjunta Vuestra Señoría dettermina lo que por bien y cabe dar para el seguro de los dichos hindios de dicho Pueblo cuyos pies humildemente besa. Matheo Juares. CONFIRMACION.- En la Ciudad de México de la Nueva España don Luys de Belasco Vissorrey de esta Nueva España por Su Magestad en esta Ciudad Presidente de la Audiencia Chancillería Real que en ella residen, etcétera. Aviendo visto la posession que dió Matheo Juares, Jues de Comisión, Juan Felis yntérprete de un sittio de tierras y serranías que cae al sur y orientte que es para ganado menor que no aviendo avido nuevamente proveydo otra cossa en conttrario lo aprobaba aprobó y confirmaba e firmó e mandó se guarde cumpla en todo y por todo como en ella se conttiene. Don Luys de Belasco. Antte mi, Antonio de Turcios. Sacado y corregido por su original que queda en el oficio de las diligencias de Secretaría de Estta Nueva España y que de su pedimiento se les da los oficiales de San Andrés ttesttimonio para en guarda de su derecho en quatro fojas una (ilegible) pareciendo ttest (original deteriorado) por no saber escribir (original deteriorado). Dice que (original deteriorado) dro Paredes (deteriorado) Ruyz (deteriorado).- En esta dicha Jurisdicción.- Derechos y Ttesttimonio, Diez Reales.- Ribas.- Pueblo de San Andrés Ttottoltepeque.- Un cittio para ganado menor cae al sur con orientte linda con el Pueblo de Ttepepam.- Y con el Pueblo de Tapalcatlalco y con el Pueblo de Ajusco por averiguaciones de medidas de ttierras. Sertifico yo don Anttonio de Florencia, Escribano de Cabildo del Pueblo de San Matheo Chorobusco Jurisdiccion de Mexicalcingo como aviendo yo trasunttado los ttittulos del Pueblo de San Andrés Ttottolttepeque sujeto a San Augusttin de las Cuebas a pedimiento de los natturales de dicho Pueblo y para que conste ser sin fraude ni malicia, dada del que a la letra parará que constte. Lo firme en quatro de junio de mill settesienttos y sesentta y uno.- Anttonio de Florencia.- Escribano de Cabildo. Pueblo de San Andrés Thottoltepeque.- Provincia de San Augusttin de las Cuebas 15. En la Ciudad de México de la Nueva España en cinco días del mes de Marzo de mill quinienttos sesentta y ocho años.- Ante mi, el Escribano y Thesttigos iusu escripto parecieron presenttes Francisco Luys Alcalde del Pueblo de San Andrés Thotholtepec de la Provincia de San Augustin de las Cuebas, Pedro Diego, Rexidor, Miguel Phelipe y otros munchos yndios mediante Pedro Estrada que ysso oficio de yntérprete y dixeron que por quantto a sus derechos convenía tener los títulos orixinales de la fundación del dicho su pueblo y ponerlos en guarda y custtodia en el oficio de gobierno y archivo de mi cargo en para enguarda de su derecho; e me pidieron, e suplicaron les diese ttesttimonio en forma de ellos en la forma siguientte.- ORIXINALES.- Yo don Luys de Valco,7 Vissorrey e Gobernador e Capitán General e por Su Magestad en esta Ciudad de México de la Nueva España e Presidente de la Audiencia y Chanssillería Real que en ella reside etcétera, que por quanto tan en servicio de Dios Nuestro Señor y resultando grave beneficio, e utilidad el que se funda pueblos en los montes, serros y cañadas que ay en los términos de esta ciudad para el abasto y mantencion y para evitar ynconvenientes por la presente en nombre de Su Magestad doy licencia a Valthazar Cuautle, Diego Tonacatzin y unos Christianos que saben la doctrina en nombre de los cuales esta examinados por el Excmo. don Anttonio de Sumarraga y que dan amonestar, enseñar e rreducir a los que puedan y poblar un pueblo de San Andrés al pie de un serrillo que llaman Thotoltepeque del dicho paraxe poblado lo assigno, un sitio de tierras y esttancia para ganado menor para la fundacion de ello y quedando libres los demas para otras poblaciones si no la huviere y de averio corran dichas tierras de sur a oriente y que por ningunas de mis justicias e otras personas se les pueda poner embaraso o impedimento en la dicha poblacion como en el usso de dichas tierras en cada que les convenga tomar puedan la tenencia e posession de dichas tierras así como mas les pareciere e conveniente y de ello lo tengan e gozen por siempre jamas e los presentte erederos e sucessores. Fecho en México a veintte días del mes de marso año del nassimientto de Nuestro Salvador Jesucristo, de mill quinienttos y sesentta años. Don Luys de Belasco por mandado de su Señoría Ilma. Antonio de Turcios.- AUTTO. En el pueblo de San Andrés Thotholtepec en seis dias del mes de septiembre de mill quinienttos sesenta años, entendiéndose esta diligencia de reglamiento de tierra por comision y nombramiento de Su Excelencia en la jurisdicción y distritos de la Ciudad de México me presenttaron, me presenttaron (repetición) los naturales de este dicho Pueblo el mandamiento que antecede e yo el dicho Jues de Comision usando de las facultades de mi comision que tengo la ube por presenttada y en su vistta devía mandar y mandé que den informacion los dichos naturales para proseder con lo demás que dicho mandamiento y licencia expresa y asi lo proveí y mandé. Ante si, como Jues Receptor con los de mi Asistencia. Matheo Juares. Don Diego Montesuma. Juan Fraile. Yntérprete.- AUTTO. En dicho dia, mes y año antte mi, dicho Matheo Juares Jues de Comision presenttaron por ttesttigo la parte de los oficiales de este dicho Pueblo a don Christoval Temiltzin yndio principal y vecino natural del Puevlo de San Augustin de las Cuebas del cual recibí juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la Santa Cruz Santa María y siendo preguntado al thenor del dicho mandamiento dixo que sabe y le consta de vistta estar en posession los naturales del Pueblo de San Andrés por quienes es presenttado por testigo de un sitio de estancia para ganado menor en que está fundado la yglesia del dicho pueblo, yglesia desde su congregación, y que dichas tierras caen por el lado del sur oriente que llegan hasta el serro de Quiltepeque portesuelo de Huiziltepeque cumbres de Xochitepeque asta el camino que va para tierra caliente y que todo está en la mapa del repartimiento de los otros pueblos, y se les puede dar posesion de dicho sitio porque no ay perjuicio ninguna persona y que es la verdad por el juramento que fecho tiene del que se afirmo y ratificó y declaro ser de sesenta años y no tocar ninguna de las generales de la ley y [no] firmó porque dixo no saber firmar. Firmó dicho Receptor Yntérprete Matheo Juaros y Juan Fraile y don Diego Montessuma.- TESTIGO.- En dicho dia, mes hi año presenttaron por testtigo a don Alonso Axayacatzin gobernador de Tescuco del qual fué recibido juramento en forma devida de derecho por Dios Nuestro Señor y Santa María siendo pregunttado al thenor del dicho mandamiento dixo que save y le constta de vistta e estar en posesion los dichos común y natturales del Pueblo de San Andrés de un sittio de tierras y estancia de ganado menor en los términos y moxoneras de Thotoltepec, de Cuau titla, Suchitepec, hasta el camino de tierra caliente, desde su congregación y se le puede dar posesion porque no es perjuicio de tercero y es la verdad por el juramento que fecho tiene del qual se afirmó e ratificó y dixo ser de cuarenta años; y lo firmó conmigo dicho Jues Comision. Matheo Juares. Juan Fraile y don Monso Axallaca.- TESTIGO.- En dicho Pueblo, día, mes y año presenttaron por testtigo Gerónimo Xoyltemo Gobernador de Xochimilco del qual recibió juramento que isso por Dios Nuestro Señor y la Santa Cruz y Santa María y siendo pregunttado al thenor del dicho mandamiento dixo que sabe y le constta de estar en posesion el pueblo de San Andrés, de un sittio de tierra y esttancia para ganado menor y que pueden tomar la posesion de ella porque no ay perjuicio ni contradicion alguna que es la verdad del juramento que fecho tiene del cual se afirmó e rratificó y declaró ser de sinquenta y tres años y no tocar ninguna de las generales de la ley, y lo firmó conmigo dicho Jues de Comision en dicho día, mes y año. Matheo Juares y Juan Fraile, don Gerónimo Xhoyltemo. Don Alonso Axhallacatzin. AUTTO. En el Pueblo de San Andrés Thotholtepec en siette días del mes de setiembre de mil quinientos sesenta años, la parte de los naturales mediante Juan Fraile yntérprete parecieron ante mí y dixeron que.- ellos tienen plenamente justificada la posecion de tierras de un sittio para ganado menor que está man[da]do tomar posesion de ellas y así se servirá de mandar darles posesion de ellas y yo el dicho Jues estoy prompto a darles la dicha posecion y lo firme. Matheo Juares y Juan Fraile. Don Alonso. POSESION. En el campo términos del Pueblo de San Andrés Thotholtepeque en unas laderas espesas que llaman Xhicalco serán como a las onse oras del dia miércoles del corriente mes en cumplimiento de mi obligación tomé de la mano a Balthasar Cuatli; y por si, hi en hombre de Su Magestad; le di y meti en la lexítima y verdadera posesión de aquel paraxe y sitio para ganado menor y en señal de ella arrancaron de las llervas y tiraron de las piedras con otros actos que en semexantes se requieren, de lo que se dieron por contentos y entregados; y en fee de lo qual suplico a las justicias de Su Magestad, vean y atiendan cada que en su jusgado vean y que no puedan ser desposeydos e por fuero y derecho vencido y por ser verdad lo firmé siendo testtigo que se aliaron presentes Francisco Dias del Castillo; Juan Diego Estantes, de la Ciudad de México y yo Matheo Juares, Jues de Comision. Juan Fraile

anexo vii, 3

NUEVA MERCED DE TIERRAS A SAN ANDRÉS TOTOLTEPEC, 16098

  • 8 AGN, Tierras, 55, 7: 4.

15TITULOS DE LAS TIERRAS QUE SON DE LOS NATURALES DEL PUEBLO DE SAN ANDRES TOTOLTEPEC.- Hechos por superior mandato este año de 1609 una rúbrica.- Corregido.- EN EL NOMBRE DE DIOS/ - Amen.- Sepan cuantos esta carta bieron como yo el Lido. Don Miguel de Castoreno y Ursua como procurador gral de los naturales del Po. de Sant Andrés Toltepeque y Jurisdicción del Partido de Sant Agustín de las Cuebas, presente al Exmo jr Virrey una real Cedula de su magestad que es del tenoria siguiente. EL REY. Don Luis de Velasco marques de Salinas maestro virrey Senador y Capo coral de la nueva España y Presidente de nuestra audiencia real y Chancilleria que reside en la Catedral de México sabed que por parte de los naturales del Po. de Sant Andrés que llaman Toltepec en jurisdición de Sant Agustin de las Cuebas en esa nueva España nos ha sido hecha muy cumplida y cabal relación de que tienen fundado su Pueblo en Solares que les dio vuestro ilustre antecesor el Conde de Monte Rey alla el año de 1599 pero que como a menester estas tierras para su labranza y sostenimiento 2 partes de sus bueyes y obejas nos piden les agademos merced de concederle la gracia de ejidos y de fundo legal para los susos dichos y os encargo y mando, que luego que vos recibiereis la presente mandeis dar a dichos naturales las tuerras que nos creyereis convinente en forma y usanza de esos nuestros reynos y señoríos, y dello y lo que resulte nos dareis cuenta para probeer lo que hubiere lugar de acuerdo con los Señores de nuestro Superior Consejo de Indias los 8 dias del mes de Henero de 1609 años yo el Rey.-Por mandato de su magestad Don Carlos de Mercadante. En la ciudad de Mexico Cabecera de la nueva España a los doce dias del mes de julio de 1609 años parecio en nuestra presencia el Licenciado Don Michael de Castorena y Ursua que como Procurador que es de los naturales del Pueblo de San Andrés del Partido de San Agustin de las Cuebas presente una Cedula de su Majestad la que el Rey Nuestro Señor les hace a dichos naturales merced de ciertos terrenos para ejidos de dicho Po y nos ordena cumplir su real mandato primeramente al R C Monterrey Tomas Bertanza Prier del Convento de Xochimilco; al Sr. Don Gregorio Alconedo y de la Mota, Vicario de la Iglesia parroquial de Sant Agustin de las Cuebas, y al Cosmographo Don Rodrigo de Santoyo y Mendoza los cuales vigilan fielmente dichos trazoz y en nuestro nombre daran posicion en regla de dichos naturales dandonos parte de todo lo que isieron para comunicarle a su magd en cumplimiento de su real Cedula El Marques de Salinas.- Por mandado del exmo Sr. Virrey mi Señor. Don Gil de Mercadante Srio. de Camara.- Notificación.- In contisenti yo el Srio de Camara del Exmo. Sr.- Marqués de Salinas, virrey de nueva España notifique el anterior acto al Lic. do. Castorena y Ursua, el cual dise lo oye entiende y firma de conformidad el de que Doy Fee/... El Lido. Castorena y Ursua.- Don Gil de Mercadante Srio. de Camara.- Poseción - En el Pueblo de Sant Andres Totopecque, jurisdicción de Sant Agustin de las Cuebas, a los dos días del mes de Agosto de 1609 años gobernando las Españas e Indias Occidentales a tholrca Magd del Sr. Don Pheliphe III y en su real nombre esta nueva España el Exmo. Sr. Don Luis de Velasco, marqués de Salinas; siendo Arzobispo de México, el Illo Sr. Don Fray García Guerra del orden de Predicadores y corregidor de la Villa de Sant Agustin de las Cuevas el Capital Don Anselmo Gonzales de Salis, jueves a esos de las diez y medio de la mañana, reunidos en el Cementerio en que con la Iglesia de este Po los que suscribimos la presente que somos el muy R P Mtro. Fray Tomás Bertanza del orden de Predicadores y actual Prior del Convento de Xochimilco, el Dr. Don Gregorio Alconedo y de la Mota, vicario titero de la Iglesia parroclial de San Agustin de las Cuebas, y el cosmographo Don Rodrigo de Santoyo y Mendoza, todos tres nombrados por el exmo. Sr. Virrey Don Luis de Velasco para marcar herederos a las nuevas tierras del Po de Sant Andres Totepec en unión de Don Paulina Tlamatzin y Alvarado justicia mayor de dicho Po procedimos al señalamiento de herederos señalando para punto de partida el cementario de esta Iglesia y dando 3 750 castellanas de las que se cuentas 3 150 de gracia y 600 de fondo legal al oriente 3 400 castellanas correspondiendo 2 300 de gracia y 600 de fondo legal, al sur 3 500 castellanas o sean 2 900 de gracia y 600 del fondo legal, y finalmente al poniente 6 500 castellanas que corresponden a 5 780 de gracia y 720 de fondo legal (parte ilegible) sobre la linea divisoria del Po de Totolman aqui baja la linea asi al norte hasta el paraje que llaman Tlanistlahuacan a orillas del pedregal que dicen del Xitle torciendo a orillas de las tierras del Po de Chimalcoyotl hasta encontrar la moreja que esta en el paraje que dicen cruz colorada a que atras llaman divisoria de las tierras del Po de Sant Pedro, aqui sube el lindero de la sierra de Xochitepeque hasta el paraje que dicen Nopalillo o Nopal prieto y tuerce dicha divisoria a orillas de las tierras del P[uebl]o de la Madalena hasta el paraje que diche Ximulpili que es donde amarran la yerba los de dicho Po de la Magdalena aqui tuerce el lindero y cruza el camino que viene del Po de Axusco y va hasta el paraje que dicen del sencillo o árbol cuate, sube aqui al cerro del conexo cuya mitad Norte es del Po de San Andrés y su otra mitad es del po de Axusco y desde este paraje va en linea recta el lindero hasta el punto en que empieza esta divisoria que tenemos trazado en fiel cumplimiento de lo que se nos tiene ordenado por el Exmo. Sr. Virrey en cuya operación tardamos once días sin contar el Domingo que como fiesta descansamos.- En seguida dimos posición de dichos naturales de dichos terrenos los cuales a los cuatro vientos centaron yerbas y tiraron piedras en señal de tomar legitima posición de que damos fe Fray Tomás Bertanza el Dr. Alconedo - Don Rodrigo de Santoyo y Mendoza - San Paulino Tamatizin Por este testimonio firmas escrituras Público.

anexo viii

PIDEN INVESTIGAR A BRACAMONTES Y CORONA

  • Poseen Tierra Comunal: dos Líderes Agrarios

  • También el Delegado del DDF en Contreras

  • El Primero, en el Ajusco; los otros, en Magdalena
    Por Luis Gutiérrez R., reportero de excélsior

16Luis Enrique Bracamontes, secretario de Obras Públicas; el general y licenciado Alfonso Corona del Rosal, ex jefe del Departamento del Distrito Federal, y Rodolfo Canales Cabrera, delegado político del DDF en Contreras, fueron señalados ayer como poseedores de tierras ejidales o comunales que, de acuerdo con el artículo 27 constitucional, no pueden ser objeto de enajenación o prescripción.

17Hicieron tal señalamiento -y pidieron que las autoridades investiguen- Aurelio López, presidente del Comité Depurador de Comuneros, Avecindados, Posesionarios y Colonos de la Magdalena Contreras, y el profesor Roberto Jaramillo Flores, dirigente del Movimiento de Organización Socialista, que mostraron al reportero una carta enviada al Presidente de la República el 30 de marzo de 1975, que contiene una acusación concreta contra el titular de la SOP.

18"El dueño de la finca El Remanso, de 48 hectáreas, que está en la zona comunal del Ajusco, no es otro que el ingeniero Bracamontes. Lo saben los comuneros de la región. Y si no es cierto, desde el punto de vista político y moral, corresponde a él decirlo" afirmó Jaramillo Flores, quien agregó que dicha finca -mencionada hace días por el licenciado Francisco Cayuela Villarreal, funcionario del Fonafe-, hay inclusive un criadero de caballos finos.

19Del general Corona del Rosal, Aurelio López afirmó que es propietario de una parte de la antigua hacienda de La Cañada, situada en zona comunal y cerca del primer dinamo de Contreras.

20Sobre esta hacienda, explicó que en 1812 aparecía como propietaria una familia de apellido Moscoso. Después fue dueño el doctor Víctor Fernández Manero, quien en los años 30 fraccionó el predio en cuatro partes, para evitar que fuera afectado por el gobierno del general Lázaro Cárdenas. Entre los beneficiarios estaba el yerno de Fernández Manero, un hombre de apellido Ulíbarri Camacho.

21Una de las cuatro personas que recibieron las fracciones de la hacienda La Cañada, no se precisó quién, fue el que vendió al general Corona del Rosal.

22En cuanto al delegado Canales Cabrera, el líder de los comuneros afirmó que Carlos Reina, comisariado ejidal en Lomas de Padierna, le regaló al funcionario "hace unos dos años", toda una manzana en Torres de Padierna, que es zona ejidal.

Mariano Villa, otro poseedor

23Otro poseedor de tierras no enajenables es Mariano Villa, rico introductor de pulque en San Nicolás Totolapan y en Contreras, "quien ni siquiera es del Distrito Federal", dijo Aurelio López.

24"Toda la zona sur -afirmó el profesor Jaramillo Floreses el único pulmón con que cuenta la ciudad de México para purificar su ambiente. No comprendemos la poca preocupación de las autoridades para actuar como es debido".

25Se refirió también a la "explotación irracional que se hace en los bosques de Milpa Alta", sobre los cuales la fábrica de papel Loreto y Peña Pobre tiene una concesión que data de 1946, no obstante que se trata de zona comunal. "Es -dijo- una situación delicada. Los comuneros poseen títulos virreinales, pero como se trata de una región muy codiciada, los predios están siendo invadidos: fincas, haciendas, residencias, etcétera, y todo porque la Secretaría de la Reforma Agraria no ha precisado los derechos de cada quien".

26Para dar una idea de los conflictos agrarios de la región, el profesor Jaramillo citó que en abril de 1975, después de 30 años de lucha, se logró que el Presidente Echeverría ordenara la titulación de 2 393 hectáreas en Contreras, en beneficio de 1 799 familias de comuneros.

27"Pero la resolución no se ha podido ejercitar –explicóporque- dos pueblos interpusieron amparos: San Nicolás Totolapan y San Mateo Tlaltenango, y éste ni siquiera tiene colindancias con la Magdalena Contreras".

28Las 1 799 familias habían pedido la intervención del entonces Departamento de Asuntos Agrarios el 22 de abril de 1945, y exigieron el reconocimiento de sus derechos apoyados en títulos expedidos en 1712 por mandato del virrey de la Nueva España, capitán Pedro Fernández Cacho.

29"También impidió el cumplimiento de la resolución presidencial -agregó—, un tal Heliodoro Cabrera, asesor jurídico de Bienes Comunales de la Secretaría de la Reforma Agraria, quien en abril de 1975 metió a la zona comunal gente que ni siquiera es de la región".

30Pero el problema fundamental de todas las zonas ejidales y comunales del sur de la capital, precisó Jaramillo Flores, es que no ha existido una adecuada regularización que especifique allí la forma de tenencia de la tierra ni los derechos de ejidatarios o comuneros.

31"Es una región de gran riqueza, pero no la disfrutan los auténticos propietarios, sino políticos o gente sin escrúpulos que se vale de mil argucias para cometer los despojos", asentó.

32Propuso el profesor Jaramillo la creación de un fideicomiso que, previamente, investigue el valor real de los predios particulares que ilícitamente se han ubicado en la zona. El dinero que se recogiera se entregaría a la comunidad para crear talleres artesanales u otras fuentes de trabajo.

33"Si no se pudiera integrar el fideicomiso –concluyó- el gobierno debería expropiar la zona para regularizarla y precisar los derechos de comuneros y ejidatarios y, sobre todo, establecer como principio básico la conservación de los bosques, a fin de preservar la ecología del valle".

34(Tomado del diario Excélsior, sábado 29 de mayo de 1976, acusando a Luis Enrique Bracamontes, secretario de Obras Públicas).

Notes

1 Según una tradición oral recopilada en el pueblo.

2 Quizás en remembranza de estos lugares legendarios y malignos, mucho tiempo después, los axochpanecas respetaban la prohibición de escalar el Xitle. Los primeros españoles fueron testigos de esta creencia y se cuenta entonces que los habitantes del Ajusco se aterrorizaron cuando los conquistadores emprendieron la escalada. Aquellos encontraron enormes serpientes en el cráter y los indígenas aseguraron que se trataba de los guardianes de la diosa.

3 Esta clase de ganado fue introducida después de la Conquista por los españoles. Lo anterior nos sugiere que la creación de esta leyenda es posterior a la Conquista; o bien, que fue modificada después la llegada de los españoles para el explicar el desarrollo de la ganadería en la sierra.

4 Según una tradición oral recopilada en el pueblo.

5 AGN, Tierras, 2676, 4: 1-4. Traducción de 1770 por donjuán de los Santos, de un documento original en náhuatl de 1531.
N. del T.: Ya hemos anotado la falta de pruebas para dar por cierta la existencia de un escrito del siglo XVI.

6 AGN, Tierras, 875, 3: 1-6.

7 N. del T.: Velasco.

8 AGN, Tierras, 55, 7: 4.

Table des illustrations

Titre MAPA 1. EL DISTRITO FEDERAL
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Titre MAPA 2. PLANO TOPOGRÁFICO DE LA DELEGACIÓN TLALPAN
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Titre MAPA 3. PUEBLOS Y HACIENDAS EN LA ÉPOCA COLONIAL
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Titre MAPA 4. JURISDICCIÓN DE COYOACÁN EN 1791
Légende Fuente: AGN, Padrones, 6: 1. Copia facsimilar del documento.
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Titre MAPA 5. PLANO DE LA HACIENDA DE MIPULCO EN 1698
Légende Fuente: AGN, Hospital de Jesús, 99, 294. Copia facsimilar del documento.
URL http://books.openedition.org/cemca/docannexe/image/3627/img-5.jpg
Fichier image/jpeg, 748k
Titre MAPA 6. ZONA DEL XITLE EN LITIGIO ENTRE LAS HACIENDAS DE MIPULCO Y EL ARENAL
Légende Fuente: AGN, Hospital de Jesús, 49, 6: 45. Copia facsimilar del documento.
URL http://books.openedition.org/cemca/docannexe/image/3627/img-6.jpg
Fichier image/jpeg, 608k
Titre MAPA 7 JURISDICCIÓN DE COYOACÁN DEL MARQUESADO DEL VALLE
URL http://books.openedition.org/cemca/docannexe/image/3627/img-7.jpg
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Titre MAPA 8. LA PEQUEÑA PROPIEDAD DENTRO DE LAS TIERRAS COMUNALES DE AJUSCO (SIGLO xix)
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Fichier image/jpeg, 376k
Titre MAPA 9. TOPILEJO Y PARRES: DESPOJO DE TIERRAS Y EJIDOS
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Fichier image/jpeg, 352k
Titre MAPA 10. LOS PRIMEROS EJIDOS (GOBIERNOS DE CALLES Y PORTES GIL)
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Fichier image/jpeg, 396k
Titre MAPA 11. BALANCE DE LA REFORMA AGRARIA DESPUÉS DE CÁRDENAS Y FRACCIONAMIENTO DE LAS HACIENDAS
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Titre MAPA 12. TITULACIÓN Y COMPRA DE TIERRAS: PUEBLO DE AJUSCO (1936-1975)
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Titre MAPA 13. PARQUE NACIONAL CUMBRES DEL AJUSCO
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Titre COPIA FACSIMILAR DEL ESCUDO DE SANTO TOMÁS AJUSCO
Légende Concedido en 1609 por el rey de España, Felipe II,I a los axochpanecas por los servicios prestados por éstos en la época de la Conquista.
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Titre Foto 1. Del Ajusco a la ciudad: el volcán Xitle, Tlalpan y las colonias Pedregal de San Nicolás y Pedregal de Padierna
Légende Foto aérea: Dirección General de Geografía, 1979
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Titre Foto 2. Lienzo sobre tela de 1609, acordado por el virrey Velasco para fijar los límites del pueblo de Ajusco.
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Titre Foto 3. Detalle del plano de 1609: Palomares, representante del pueblo
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Titre Foto 4. Detalle del plano de 1609: título de merced de tierras
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Titre Foto 5. Detalle del plano de 1609: el pueblo de Ajusco
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Titre Foto 6. Detalle del plano de 1609: autorización del virrey Velasco
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Titre Foto 7. Granero (troje o cincolote) de maíz en Xicalco
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Titre Foto 8. Campos de avena en Topilejo, en el primer plano. Volcán Ocopiasco, atrás
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Titre Foto 9. Cultivo de flores en invernadero, en San Andrés
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Titre Foto 10. Ruinas de la hacienda El Guarda
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Titre Foto 11. Iglesia de Santo Tomás Ajusco (siglo xvi)
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Titre Foto 12. Cruz de inspiración indígena en Ajusco (siglo xvi)
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Titre Foto 13. Danza de los Lobitos. Fiesta del 8 de mayo en San Miguel Ajusco. Atrás, el músico con su flauta y su tambor
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Titre Foto 14. Los jaguares de la danza de los Lobitos. Fiesta del 8 de mayo en San Miguel Ajusco
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Titre Foto 15. Zopilote. Fiesta del 8 de mayo en San Miguel Ajusco
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Titre Foto 16. Danza de los Lobitos: la rebatiña. Los zopilotes se lanzan sobre el cuerpo de los jaguares
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Titre Foto 17. Danza de las Pastoras. Fiesta del 8 de mayo en San Miguel Ajusco.
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Titre Ejemplo de tributo: vigas y cargas de leña
Légende tomado del Códice Mendocino, p. 32
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Fichier image/jpeg, 636k
Titre Ejemplo de tributo: pieles y animales de monte
Légende tomado del Códice Mendocino p. 42
URL http://books.openedition.org/cemca/docannexe/image/3627/img-33.jpg
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Titre Ilustraciones de la Historia de las Indias de la Nueva España de fray Diego Durán, tomo 1: 330; tomo 2: 623
Légende Culto a los volcanes: elaboración de volcanes de pasta. 27. Cap. XVIII, p. 165, párrafos 8 y 9.
URL http://books.openedition.org/cemca/docannexe/image/3627/img-34.jpg
Fichier image/jpeg, 276k
Légende Cruentas batallas entre los aztecas y los tepanecas. 11. Cap. X, p. 85, párrafo 1.
URL http://books.openedition.org/cemca/docannexe/image/3627/img-35.jpg
Fichier image/jpeg, 320k

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