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Tres levantamientos populares

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Jean Meyer

II. Túpac Amaru

“Tradición y modernidad en el proyecto de Túpac Amaru”

Scarlett O’Phelan Godoy

Texto completo

  • * Duke University.

1Note portant sur l’auteur*

  • 1 Christine Hunefeldt, “Los indios y la Constitución de Cádiz”. Allpanchis, vol. xi, No. 11-12. Cuzc (...)

2En 1812 la Constitución de Cádiz promulgaba la abolición del tributo indígena y de los servicios personales o, como se les denominaba en el Perú, de las mitas.1 Las medidas en sí no fueron recibidas de la misma manera por los representantes que venidos de diferentes Virreinatos, convergieron en las Cortes. Pienso que ni siquiera en el caso de los diputados peruanos hubo consenso con relación a estos dispositivos. Y es que, una cosa era erradicar tributos y mitas en áreas donde la población indígena era marginal, y otra muy distinta llevarlo a cabo en regiones que albergaban una sustancial presencia india.

  • 2 Timothy Anna, España y la Independencia de América, México 1986, págs. 124, 127. El autor consider (...)
  • 3 Para la contabilidad del ingreso por concepto de tributos en las Cajas Reales consúltese las estad (...)
  • 4 En 1815 se redactó un memorial enfatizado que “...las Cortes queriendo eximir al yndio del tributo (...)

3No debe llamar la atención, entonces, el poco énfasis que a estas medidas dieron los representantes venidos de Venezuela, Chile o Buenos Aires. Mientras que, en el caso del Virreinato del Perú, esta promulgación traía implicaciones directas.2 Y no me refiero, exclusivamente, al hecho de que los tributos fueran uno de los pilares de la Real Hacienda.3 El decreto alcanzaba también a los propietarios de los centros productivos serranos que reclutaban su mano de obra fundamentalmente de las comunidades campesinas y, en menor medida, a los hacendados costeños que combinaban la utilización de operarios indios, con esclavos negros y jornaleros mestizos4.

4Pero, el proyecto de eliminar tributos y mitas no era nuevo. Había sido reiterativamente incorporado en los programas políticos del siglo xviii. Lo que si es cierto es que fue retomado y viabilizado por las Cortes de Cádiz. Esto significa que hubo apertura por parte de las Cortes para considerar las propuestas que habían sido esgrimidas previamente en las colonias. Evidentemente, remover tributos y mitas del sistema colonial iba a modificar las estructuras de la esfera socioeconómica del Virreinato peruano. Quizás ese fue precisamente el objetivo de las Cortes y de la constitución liberal, buscar “modernizar” las estructuras coloniales. La medida también respondió a la politica de “homogeneizar” la sociedad colonial para lo cual era importante liberar a los indios del pago de tributos y anular la mita, que aún funcionaba en el caso excepcional del Perú.

5Tributos y mitas eran mecanismos tradicionales de explotación colonial que habían venido operando desde el siglo xvi y era en el sur andino peruano donde se encontraban mas arraigados. Esto se debía a que el 70 % de la población indígena se hallaba concentrada entre el Bajo y el Alto Perú. Adicionalmente, las minas de Potosí se ubicaban en territorio altoperuano y se abastecían de mitayos provenientes de dieciséis provincias circunvecinas. No en vano ésta región fue el epicentro de la gran rebelión en 1780-81.

  • 5 Para las implicancias de la creación del Virreinato de Buenos Aires todavía resulta útil el anális (...)
  • 6 a.g.i. Audiencia de Lima. Leg. 610. Representación a s.m. fechada en 16 de Mayo de 1789. Los parén (...)

6Si bien es cierto que Túpac Amaru insertó las demandas abolicionistas en su manifiesto, les dio connotaciones particulares. Para el caso de los tributos propuso una erradicación de carácter temporal. Para el caso de las mitas se refirió exclusivamente a la de Potosí. Y es que, para 1780, de alguna manera resultaba anacrónico que las provincias del sur andino peruano enviaran contingentes de mano de obra a las minas potosinas que, desde 1778, formaban parte del Virreinato de Buenos Aires.5 Así, al menos, lo entendieron “¿cuántas pues serán las (dificultades) que hoy se presentan con la división y la pertenencia de los...correxidores y diferentes Virreinatos?”6 En este sentido el argumento jurisdiccional se superpone al argumento abolicionista.

1. La originalidad del programa

7Es interesante indagar sobre la naturaleza de estas propuestas “abolicionistas” en el proyecto de Túpac Amaru. Es decir, explorar hasta qué punto resultaron novedosas en el contexto del siglo xviii y, lo que es más importante, cuál fue el objetivo de formularlas como parte de la plataforma politica de la gran rebelión.

8La supresión del tributo pero, sobre todo, la erradicación de las mitas, aparecieron consistentemente en los programas de las insurrecciones del siglo xviii. Sin embargo, el énfasis no fue el mismo, y su combinación con otras demandas que se esgrimieron simultáneamente tampoco. En algunos casos tributos y mitas tuvieron un rol gravitante —como ocurrió en las rebeliones de Cotabambas en 1730 y Huarochirí en 1750 y de Chayanta en 1780; cuyo común denominador fue la masiva presencia india. Mientras que en otros casos su efecto se diluyó frente a demandas de carácter mas coyuntural —como en el caso de la gran rebelión, donde tanto la composición social como las reivindicaciones planteadas estuvieron mas diversificadas.

  • 7 b.m. Addiciónal 13,974. f.381v. Decreto del 6 de mayo de 1721. “...que no se hobligue a los yndios (...)
  • 8 Tristan Platt, “El papel del aylu andino en la reproducción del régimen mercantil simple en el nor (...)

9En 1720 se decretó la abolición de las mitas de chacra y obraje, aunque se mantuvo en vigencia la mita minera.7 Nada se dijo sobre erradicar el tributo indígena. No obstante, al constituir tributo y mita caras de una misma moneda, la persistencia del primero implicó la impracticidad de la supresión del sistema de mitas. En el caso del sur andino la articulación entre tributos y mitas era bastante transparente. Ambos sistemas gravaban a la población india, y para cancelar los tributos los indios de comunidad se veían obligados a trabajar en los centros productivos locales: obrajes, haciendas, estancias. Emplearse como mitayos fue la alternativa que se les dio para hacer frente a los tributos. El cacique o jefe étnico remitía una cuota de mitayos a las haciendas y obrajes locales, cuyos propietarios cancelaban los tributos de estos operarios a través del cacique o directamente al corregidor. Bajo este modelo las comunidades quedaban sólo marginalmente envueltas en las transacciones monetarias; sus remuneraciones eran manejadas por el cacique y el corregidor. Es lo que Tristan Platt ha denominado “la conversión (a dinero) administrada”8 aunque, a diferencia de lo que él plantea, pienso que la presencia del reparto de mercancías no logró anular este tipo de relación económica.

  • 9 r.a.h.m. Colección Mata Linares. Vol. Cf. 507.
  • 10 b.n.l. C3 619. En 1795 en el obraje de Chugson, Huamachuco, el trabajo se hacía “por medio de indi (...)
  • 11 Karen Spalding, “Exploitación as an Economic System: the State and the Extracción of Surplus in Co (...)
  • 12 Scarlett O’Phelan Godoy, “Aduanas, Mercado Interno y Élite Comercial en el Cuzco antes y después d (...)

10A pesar de que en 1693 se decretó que los indios podían pagar el tributo en especie o en dinero,9 en la práctica numerosas comunidades del sur andino siguieron recurriendo a la fórmula preestablecida de remitir mitayos a los centros productivos, con el fin de que cancelaran el impuesto con su trabajo.10 Para los propietarios las comunidades eran una reserva de mano de obra más conveniente que los jornaleros y que, adicionalmente, era más estable. Hubo comunidades que combinaron el suministro de mitayos con el pago del tributo en especie —maíz, trigo, papas, ganado, enjerga— productos que el cacique entregaba al corregidor, quien realizaba la venta y conversión a dinero, depositando el monto final en las Cajas Reales.11 Hasta 1780 en Azángaro, eran varias las comunidades que cancelaban sus tributos en costales, sogas y bayetas de enjerga, “porque no tienen otra cosa en que satisfacerlo...y el cacique recibe en esta especie y solicita su expendio para hacer su entero en dinero.”12

  • 13 a.g.i. Audiencia de Charcas, Leg. 363. Los paréntesis son nuestros.

11El énfasis en erradicar las mitas y los tributos aparece claramente enunciado en la temprana Conspiración de Oruro de 1739. Aunque el movimiento haya sido abortado, es interesante constatar que en Oruro, una provincia indígena y minera, se postula este punto. El manifiesto que prepararon los insurrectos señala que “...fuera de pagar (los indios) tan crecidos tributos anualmente los precisan a que concurran a mitar a los minerales de Potosí y Guancavelica de que resulta que estos miserables no gozan de la vida...”13

  • 14 Sobre la descripción de los corregimientos de Jauja y Tarma durante el siglo xviii consúltese el r (...)
  • 15 Colección Documentai del Bicentenario de la Revolución Emancipadora de Túpac Amaru. Lima, 1981. To (...)
  • 16 b.m. Addiciónal 13,976.

12Si bien en la conspiración de Lima de 1750 no se trae a colación el tema, éste si se toca en la rebelión que estalla el mismo año en la provincia vecina de Huarochirí. Es natural que en la capital el punto concerniente a tributos y mitas resulte poco relevante, en la medida que la población indígena no era sustancial y además se desempeñaban como artesanos o pequeños comerciantes. En la rebelión de Huarochirí, provincia con un fuerte componente indígena, la alusión a las mitas no se circunscribe a la mita minera sino que también incorpora la mita de obraje. Esto no resulta fuera de contexto si se toma en cuenta que Huarochirí estaba en la ruta a la sierra central, donde Jauja y Tarma contaban con varios obrajes.14 Por otro lado, no hay que olvidar que los obrajes hacían las veces de cárceles locales, donde también se remitían a los indios que tenían deudas por concepto de tributos.15 El documento encontrado a los rebeldes hace un recuento de que “...ha doscientos y tantos años que estando purgando de nuestros progenitores y esperamos que nos han de consumir, y que ni aún remotas señales han de quedar de los naturales de este reino...sólo perecen en austero trabajo en el servicio de los españoles en obrajes, minerales...consumidero lleno de prisiones, ganando un real de sol a sol o tres cuartillos, qué corazón puede sufrir tan excesivos trabajos.”16

13En el caso de Oruro, el líder fue un criollo de poco caudal, y por lo tanto, tangencialmente favorecido por el servicio de mitayos. Los otros coludidos en la conspiración eran artesanos, a quienes su actividad colocaba al margen de tributos y mitas. Al no ser beneficiarios directos de estos mecanismos de explotación colonial, tuvieron menos reparos para proponer su abolición. Además, el cacique de Oruro también fue llamado a participar de la conspiración, y para ganar adictos entre los indígenas era indispensable que se promoviera la abolición de tributos y mitas. Esa será en adelante la agenda del campesinado indio.

  • 17 b.n.l. C4 438. Supuesta participación de indios en la conspiración y levantamiento que intentaron (...)

14En el caso de Lima, como en Oruro, varios artesanos estuvieron involucrados en el complot, además de un sacerdote franciscano, fray Francisco Tupa Inga.17 Pero los anticuerpos del clero frente a la mita eran de otra índole. Para los curas doctrineros las mitas en funcionamiento los privaban de poder disponer de un grueso de mano de obra que era enviada a las minas, o bien terminaba siendo administrada por el corregidor con el fin de coordinar el pago de los tributos. Se entiende entonces que al clero le resultara importante agitar el proyecto abolicionista con el fin de mediatizar el control del poder civil sobre las comunidades indígenas.

  • 18 Nicolás Sánchez Albornoz, “Mita, migración y pueblos. Variaciones en el espacio y en el tiempo. Al (...)

15Con la legalización del reparto, en 1756, el control del corregidor sobre los pobladores indios pasó a ser aún mayor. Ahora éstos no sólo debían prestar servicios con el propósito de cancelar los tributos, sino también para cubrir los repartos. Las comunidades se vieron obligadas a duplicar sus esfuerzos y el número de brazos necesarios para generar el trabajo que les permitiera satisfacer ambos gravámenes. En estas circunstancias la mita de Potosí debió resultarles particularmente conflictiva porque les arrebataba hombres laboralmente activos.18 Por momento la abolición del tributo pareció pasar a un segundo piano. El objetivo central fue el tratar de volver al balance anterior a partir de mitas y tributos, sacudiéndose del reparto. Y, en este punto habrá una especie de pacto tácito entre las comunidades, sus caciques y el clero: librarse del corregidor y sus repartimientos de mercancías.

  • 19 Scarlett O’Phelan Godoy, Un siglo de rebeliones anticoloniales. Perú y Bolivia 1700-1783. Cuzco, 1 (...)
  • 20 a.g.i. Audiencia del Cuzco. Leg. 80. Carta del Dr. Vicente de la Puente, fechada en 1780. El parén (...)

16La rebeliones que salpicaron la segunda mitad del siglo xviii materializan la pugna que se suscitó a nivel local por el control sobre la mano de obra y el excedente campesino.19 Si bien tributos y repartos tienen una naturaleza diferente —mientras el primero ingresaba a las Cajas Reales el segundo complementaba el salario del corregidor— las comunidades debieron recurrir a las mitas para cancelar ambos. En este sentido muchas protestas contra los repartos encubren los alcances del tributo ya que, ambos los cobraba el corregidor a través de su cajero o del cacique, y ambos se pagaban mitando en minas, haciendas y obrajes. Pienso que las comunidades que dependieron más seriamente de las mitas para cancelar sus tributos y repartos fueron las que quedaron rezagadas del activo movimiento mercantil de la segunda mitad del siglo xviii. Mientras, aquellas que sustentaron sus pagos con el producto de sus tierras insertándose éxitosamente en el comercio regional, tuvieron mayores posibilidades de sobrevivir las modificaciones del sistema colonial. Indudablemente fueron estas últimas las que tuvieron mas acceso a la esfera monetaria. Lo que queda claro es que el reparto tuvo un doble efecto y que su impacto “monetarizador” fue mas restringido de lo que se ha asumido. De allí que en 1780 un clérigo del Cusco afirmara: “que al contado nunca se vende porque el poco dinero que se ve, (se) lo lleva el corregidor.”20 Es decir, “la conversión a dinero administrada” seguía operando, el reparto no había logrado desplazarla uniformemente.

2. Mitas y Tributos: la agenda indígena en la gran rebelión

Nos hicieran (los indios) trabajar
del modo que ellos trabajan
y cuanto ahora nos rebajan
nos hicieran rebajar;
nadie pudiera esperar
casa, hacienda, ni esplendores
ninguno alcanzara honores,
todos fueran plebeyos
fuéramos los indios de ellos
y ellos fueran los señores.

  • 21 John Fisher, “La rebelión de Túpac Amaru y el programa imperial de Carlos III”, Alberto Flores Gal (...)
  • 22 Dentro de lo procesado en el Cuzco, Juan Antonio Figueroa era hacendado y obrajero en Paruro; Fran (...)

17¿Por qué en el caso de la rebelión de Túpac Amaru la abolición de mitas sólo se formula tibiamente? John Fisher ha hecho notar que “los criollos no se beneficiarían con el retiro de las minas y haciendas de la mano de obra barata de los indios.”21 Esto explica que Túpac Amaru postergara el argumento de la mita, con el fin de no ahuyentar a los criollos que en un principio vieron con simpatía el movimiento, actuando como escribanos o armeros. Varios de ellos manejaban propiedades en la región22 y se servían de mitayos enganchados con el propósito de pagar sus tributos.

  • 23 AGI. Audiencia del Cuzco. Leg. 33. Declaraciones prestadas por la mujer cacique de Acos, Thomasa T (...)
  • 24 AGI. Audiencia del Cuzco. Leg. 33 Confesión de José Gabriel Túpac Amaru. El paréntesis es nuestro.

18Indudablemente estas transacciones establecieron un flujo permanente de contacto entre caciques y hacendados. La cacica Thomasa Tito Condemaita, que se vio envuelta en la rebelión, dejó constancia en su confesión de que “Don Christóbal Mexía debe a S.M. a quenta del tributo del trabajo de los yndios del tercio de Navidad del año pasado de 1780, 200 y más pesos, lo que sabe Phelipe Flores, vecino de Acomayo.”23 El mismo Túpac Amaru al mencionar a sus deudores explicó que “Don Francisco Gandarillas, residente en Lima, arrendatario de la hacienda Parapata, propia del convento de La Merced de esta ciudad (del Cuzco), le debía seiscientos y tantos pesos, constan de vales precedidos del trabajo de los indios.”24

  • 25 Juan José Vega, José Gabriel Túpac Amaru. Lima, 1969. Capitulo iv, pág. 29.

19Pero si bien la élite indígena podía aspirar a una relación más pareja con los hacendados de la localidad, los indios tributarios aprovecharon de la gran rebelión para descargar su agresividad contra los propietarios de los centros productivos donde acostumbraban a mitar. Saquear haciendas y quemar obrajes fue el modo de saldar las cuentas que tenían pendientes con sus antiguos patrones.25 El hilo de comunicación entre caciques y hacendados evidentemente no era el mismo que entre indios y hacendados. De allí que se diga que los indígenas rebasaron el marco de acción de sus dirigentes.

  • 26 A.G.I. Audiencia del Cuzco. Leg. 33. Confesión de Túpac Amaru.
  • 27 Scarlett O'Phelan Godoy, “Aduanas, Mercado Interno...”, pág. 61. La empresa del clan Túpac Amaru e (...)

20Lo que queda claro es que el entretejido que conectaba en el sur andino a caciques, hacendados e indios de comunidad, estaba montado a partir de la fórmula tributomitas. Este montaje puede explicar porqué si bien la gran rebelión planteó la propuesta de suspender la mita de Potosí, es decir, la mita minera, poco o nada se habló sobre la mitachacra o la mitaobraje. Inclusive, aunque el argumento de suprimir la mita de Potosí aparece desde los primeros edictos y manifiestos, su ejecución se dilató. Esto no se debió a falta de contactos, pues uno de los confidentes del cacique era Lucas Aparicio, mestizo “papelista” y mayordomo de un trapiche en Potosí quien, además, adeudaba a Túpac Amaru el pago de “veinte y una y media libras de añil.”26 El contacto entre ambos debió ser estrecho, pues el caciquearriero cubría regularmente la ruta CuzcoPotosí, transportando bastimentos a las minas.27

  • 28 AGI. Audiencia de Charcas. Leg. 319. Declaraciones prestadas por Julián Apasa y por Miguel Bastida (...)

21No obstante, será sólo durante la segunda fase de la rebelión —la fase aymara— que Julián Apasa Túpac Catari haga notar que recién “a los últimos de la sédición estaban asimismo a quitar la mita de Potosí.” Es más, su hermano Martín Apasa se incorporó tardíamente a la rebelión “recién venido de la mita de Potosí.” No en vano, en las postrimerías del movimiento “los yndios de Potosí vinieron a pedir comisiones al rebelde Andrés (Túpac Amaru) para exaltar el levantamiento en aquellos lugares.”28 Es decir, la iniciativa de poner en práctica la supresión de la mita potosina, que indudablemente fue un argumento contundente para ganar el apoyo de las comunidades, vino de parte de los propios mitayos, no de sus dirigentes.

  • 29 Magnus Morner, Perfil de la sociedad rural del Cuzco a fines de la colonia. Lima 1978, pág. 117. S (...)
  • 30 Por ejemplo el mestizo de Tinta, Melchor Arteaga, era minero, al igual que Roque Jacinto Yuber, na (...)

22Y es que, evidentemente, la mita minera en la que tenía más efectos disruptivos sobre las comunidades, al tener que trasladar parte de su población hasta el Alto Perú. Las otras mitas se servían en haciendas y obrajes de la localidad. El cacique podía tener mayor control sobre el arrendamiento de mitayos y sobre la recolección de los tributos.29 Adicionalmente, así como hubo hacendados y obrajeros comprometidos en la fase temprana de la rebelión, también se constató la presencia de mineros, quienes acostumbrados a operar bajo las reglas de juego de la mita, difícilmente iban a promover su abolición.30

23Esto nos lleva a enfatizar otro ángulo de interpretación. Creo que hay que tomar en considéración que la mano de obra barata que se obtenía a través de la mita bloqueaba la apertura de un mercado libre de trabajo dentro de la región. El reparto, que fue instaurado para cumplir con este propósito, dio sólo resultados partiales, no uniformes, porque en vez de significar que los indios se convirtieran en asalariados, en muchos casos tuvo el efecto contrario de revitalizar las mitas como mecanismo de pago.

  • 31 Pablo Macera, “Feudalismo colonial”, págs. 18283. En 1773 los mitayos que entraron a trabajar al o (...)

24El monto del tributo puede ser visto entonces como el salario mínimo que se cancelaba al mitayo. Cualquier ingreso igual o superior al tributo fïjado le justificaba al propietario la presencia del mitayo y la validez de la mita como un recurso para abaratar los çostos de producción de su empresa. El excedente que generaba el mitayo luego de cubrir su tributo era utilizado para cancelar los bastimentos a precios inflados con que era endeudado. De esta manera en el margen diferencial de precios estaba la ganancia que obtenía el propietario. Es decir, la diferencia entre el salario y el tributo era rápidamente absorbida por el dueño del centro productivo.31

  • 32 AGI. Audiencia de Cuzco, Leg. 32.
  • 33 Ibid. Declaraciones prestadas por Marcos Poma, indio chacarero de Ancolaymes y por Thomas Gonzales (...)

25Es interesante observar que aunque Túpac Amaru ofreció suprimir la mita de Potosí, sólo propuso levantar los tributos temporalmente, mientras durara la rebelión. Uno de los convictos, Marcos Poma, confesó haber oído “que había de ejercitarse en su rebelión hasta tres años sin pagar tributo, ni hacer obligación alguna, que al cabo de ella habrían de continuar como siempre contribuyendo.”32 Pero la propuesta de una suspensión “a medias” no les resultó convincente a los indios tributarios. Otro de los inculpados, Thomas Gonzales, declaró que los tributos “no han pagado ni pensaron pagarlos por decir que ya estaban suprimidos.”33

  • 34 AGI. Audiencia del Cuzco, Leg. 33. Declaración del escribano Esteban Escarcena. El paréntesis es n (...)
  • 35 AGI. Audiencia del Cuzco. Leg. 33. Declaración de Hipólito Túpac Amaru.
  • 36 Ibid. El paréntesis es nuestro.
  • 37 AGI. Audiencia de Buenos Aires. Leg. 319.

26En principio se argumentó que era necesario mantener en vigencia los tributos para poder financiar el movimiento. Durante el proceso judicial, en el careo que se suscitó entre Túpac Amaru y su escribano Esteban Escarcena, el cacique admitió que “otros varios (caciques) le trajeron los tributos para los gastos de esta empresa.”34 Hipólito Túpac Amaru, hijo del cacique rebelde, aludió en sus declaraciones que “Túpac Amaru decía a los caciques se apurasen a traerle los tributos. Y de Carabaya algo trajeron.”35 Inclusive, Esteban Escarcena fue más específico en su confesión al subrayar que “en las provincias de Chumbivilcas, Lampa y Azángaro puso (Túpac Amaru) justicias mayores con orden que cobrasen los tributos y se los remitiesen.”36 El líder aymara Túpac Catari usó del mismo estratagema. En el juicio sumario al que fue sometido explicó que “sólo recibió 3,000 pesos de tributos del pueblo de Guarina, que lo trajieron aquellos yndios por el tercio de Navidad del año próximo pasado, sin que tomara otra cantidad por este ramo.”37

  • 38 AGI. Audiencia de Cuzco, Leg. 33. Declaración de Francisco Castellanos, seminarista de Lampa.

27Pero mantener en vigencia los tributos no tenía como único interés disponer de liquidez. Lo que ocurre es que si se suprimían los tributos, los caciques del surandino perdian su razón de ser, ya que manejar los tributos era una de sus principales funciones y, además, les daba acceso directo a las comunidades, su material humano, y sus recursos económicos. De allí su propuesta de una erradicación temporal y su intransigencia frente a una abolición de raíz. Un elemento adicional que no hay que desestimar es que Túpac Amaru se enteró, a través de uno de sus escribanos, que el visitador Areche en una carta circular del 2 de Agosto de 1780 había dado orden de apartar a los caciques de la recolección de tributos “con el fin de que estos individuos ni con este pretexto tengan representación alguna.”38 Es posible que por mantener su acceso a la estructura fiscal, que era el eslabón que lo articulaba al sistema colonial, Túpac Amaru no abogó con más insistencia por la anulación de los tributos.

  • 39 Scarlett O'Phelan Godoy, Un siglo de rebeliones anticoloniales, pág. 280. La referencia manuscrita (...)
  • 40 Colección Documental del Bicentenario de la Revolución Emancipadora de Túpac Amaru. Lima, 1981. To (...)

28Sobre este punto hubo serias discrepancias entre el cacique de Tinta y los pobladores indios. Cuando Túpac Amaru entró a la provincia de Lampa ofreció abolir los repartos, pero omitió mencionar los tributos. Los indígenas protestaron arguyendo que “si todavía se cargaba a los indios con tributos, sería mejor pagarlos al Rey de España.”39 Frente a esta reacción y siendo Lampa la entrada al Alto Perú, el cacique tuvo que ceder a las presiones y suspender momentáneamente los tributos. Pero, repito, la supresión de tributos y de mitas —a excepción de la de Potosí— no eran prioritarias dentro de su programa. Esto lo confirma el comunicado que suscribe a escasos dos meses de iniciada la rebelión, el 17 de Enero de 1781, en el cual ratifica su propósito de “borrar enteramente el nombre de repartimientos, obvenciones, alcabalas y otras injustas contribuciones, dejando en su fuerza sólo la del real tributo, nervio principal para la subsistencia del estado y sus vasallos.”40

  • 41 Scarlett O'Phelan Godoy, Un siglo de rebeliones, págs. 233-234.

29A pesar de que tributos y mitas fueron postergados dentro de la plataforma política, los caciques aprovecharon eficientemente de ambos mecanismos para montar la rebelión. Las redes tendidas para cobrar los tributos y enviar cuotas de mitayos a Potosí fueron utilizadas con éxito para reclutar indígenas y enrolarlos al ejército rebelde. A través de tributos y mitas se reproducían las relaciones establecidas “desde tiempo inmemorial” entre las comunidades y sus jefes étnicos. De allí que la solidaridad de los caciques se convirtiera en un elemento clave para conseguir los refuerzos y víveres que dieron sustento material a la rebelión.41 Se observa entonces que en el sur andino no sólo los tributos, sino también la mita de Potosí, cumplió un incuesciónable rol “articulador”.

  • 42 AGI. Audiencia de Buenos Aires. Leg. 319. Confesión de Barthola Sisa. Los paréntesis son nuestros.
  • 43 AGI. Audiencia del Cuzco. Leg. 33. Carta de Don Francisco Antonio de Areta, cura de Velille. Fecha (...)

30No obstante, en el Alto Perú la alusión al tributo se hizo mas incisiva, quizás porque tanto caciques como criollos fueron expelidos durante la primera fase del movimiento. No hay que olvidar, además, que el líder aymara Julián Apasa Túpac Catari, era un indio tributario de Sicasica “viajero en coca y bayetas.” En el juicio abierto a su esposa, Barthola Sisa, queda claro el problema que significaba tener que tributar. Cuando Barthola Sisa fue preguntada cuántas veces había estado presa respondió “que con ésta (refiriéndose a la rebelión) son seis, las cinco primeras por tributos que no satisfizo su marido de orden de los señores corregidores de la provincia de Sicasica.”42 Quizás este hecho explique porqué una de las primeras medidas que tomaba el ejército rebelde al hacer su ingreso a un poblado, era romper las puertas de las cárceles y liberar a los prisioneros, muchos de los cuales cumplían condenas por deudas de tributos y repartos.43

  • 44 AGI. Audiencia de Cuzco. Leg. 33. Confesión de José Gabriel Túpac Amaru. El paréntesis es nuestro.
  • 45 Las connotaciones del término paisano como sinónimo de criollo se hacen más patentes en los comuni (...)

31Una lectura de los manifiestos del cacique rebelde y del juicio al que fue sometido permite establecer que su objetivo central era que se abolieran los repartos, que los indios siguieran pagando tributos pero, a la vez, evitar que los tributos se hicieran extensivos a otros sectores sociales, tradicionalmente exceptuados. Es decir, mestizos, mulatos y zambos. No hay que olvidar que los parientes cercanos del cacique y su círculo de conocidos eran fundamentalmente mestizos y algunos criollos. Túpac Amaru dejó traslucir sus inquietudes frente al “tributo extendido” que, en todo caso, pasaría a ser una contribución de otro carácter, durante sus declaraciones “...y dice que como el vio que todos estaban tan mal con los repartimientos, y pronto todos, aún los españoles, a pagar tributo como se quitasen aquellos (los repartos)...dijo entonces el confesante a su mujer, de que me sirve sea Thupa Amaro que no hemos de hacer algo por nuestros paisanos...”44 Es decir, el cacique se oponía a la abolición del tributo indígena y a la introducción de una contribución única que fuera gravada sobre la población en general. Paisanos eran no precisamente los indios, sino los mestizos y criollos que lo secundaron.45

3. Dos etapas de un proyecto: repartos y aduanas

Tanto daño perpetrado
Vengarse a gusto cumplido
Pues españoles han sido
Autores del mal causado
Morirán con el Soldado
Alcaldes, Corregidores
Ricos, pobres, y Oidores
O no he de ser Tupa Amaro

  • 46 Boleslao Lewin, La rebelión de Túpac Amaru y los orígenes de la Independencía de Hispanoamérica. B (...)
  • 47 AGI. Audiencia de Lima. Leg. 610.

32En contraste al segundo piano que ocuparon los tributos y la mita dentro de los objetivos de la gran rebelión, los programas políticos insistieron, sin excepción, la abolición del reparto y la extinción de los corregidores. Túpac Amaru justificó la muerte del corregidor Antonio de Arriaga arguyendo que tenía “orden superior para extinguir corregidores.”46 Probablemente se refería al manifiesto que se presentó en Madrid con fecha 29 de Septiembre de 1778 “haciendo ver lo combeniente que es que...los corregidores no hagan repartimiento alguno.”47

  • 48 A.G.I. Audiencia de Buenos Aires. Leg. 67.
  • 49 AGI. Audiencia de Cuzco. Leg. 33.
  • 50 Ibid. Declaración de Antonio Solís Quivimasa, 19 de Noviembre de 1780.

33El interrogatorio al que se sometió a los participantes en el movimiento demuestra que el incentivo “que hubo para levantarse fue por los repartimientos, aduanas, los estancos y otros pechos.”48 O como admitieron Diego Ortigoza y Manuel Galleguillos, dos hombres de confianza que actuaron como asesores y escribanos del cacique, “que nunca habían oído que Túpac Amaru dieran otras razones sobre la muerte de Arriaga que los repartimientos, alcabalas y,aduanas...”49 Inclusive, de acuerdo a las declaraciones de Antonio Solís Quivimasa, el decreto de Túpac Amaru estipulaba que “los cobradores devolviesen lo que habían cobrado de repartimientos...y si no han pagado las multas que han repartido ya no las han de pagar.”50 Es decir, la abolición del reparto, que fue un arma eficazmente empleada por Túpac Amaru en su campaña política, tenía carácter retroactivo.

  • 51 Jurgen Golte, Repartos y Rebeliones, Lima, 1980, pág. 32.
  • 52 A.G.I. Audiencia de Lima. Leg. 610. Relación del Intendente de Huamanga, Don Demetrio O'Higgins. A (...)

34El reparto de mercancías del corregidor y su papel como inductor de un mercado interno ha merecido la atención de Jürgen Golte.51 Habría que añadir, quizás, que la legalización del reparto, en 1756, coincidió con un período de revitalización de la minería peruana, que ayudó a consolidar un mercado para determinados productos. Es interesante constatar que la canasta del reparto no sólo incluía productos europeos, sino también productos nativos que trascendían el Virreinato peruano —mulas de Salta y Tucumán, yerba del Paraguay, coca de las Yungas, textiles de la tierra, paños de Quito— a los cuales “protegía” garantizándoles un mercado estable. Claro que esta cobertura proteccionista se construía a expensas del trabajo de los indios. Además, el reparto ofrecía la posibilidad de una fuerza de trabajo más estable. Mientras se calculaba que a los indios para pagar su tributo “les basta lo que ganan en un mes de trabajo”,52 para cancelar los repartos la prestación de servicios era más prolongada, proporcionando una mano de obra más permanente.

  • 53 Javier Tord. “Sociedad colonial y fiscalía.” Apuntes, núm. 7. 1977, pág. 7. Según el autor nunca l (...)

35Es posible observar que existió cierta sincronización entre la introducción del reparto, en 1756, y el establecimiento de Aduanas e incremento de determinados impuestos como el alcabala, a partir de la década del 70. Después de 20 años entre una y otra medida se esperó que se hubiese formado un mercado interno en el cual se hubieran afianzado la circulación de mercaderías y de moneda. Paralelamente se esperaba crear un mercado de trabajo más dinámico con algunas características propias del mercado libre.53

  • 54 Herbert Klein, “Hacienda and Free Community in Eighteenth Century Alto Peru: A Demographic Study o (...)

36En efecto, la legalización del reparto guardaba la intención de empujar al indio de comunidad a diversificar su actividad económica de tal manera que encontrara canales alternativos a la mita, para cancelar los repartimientos. La idea era que incursionara en el comercio, o se convirtiera en asalariado. En algunas provincias, como las Yungas de La Paz, ocurrió lo primero. Numerosas comunidades se avocaron al cultivo de la coca, en gran demanda frente al reflujo minero, llegando a controlar una porción apreciable del mercado regional.54 Otros individuos intentaron montar pequeñas empresas —chorrillos, trapichillos— para contar con recursos que les permitieran satisfacer las deudas contraídas con el corregidor. Pero hubo numerosas comunidades, menos emprendedoras, que siguieron operando bajo el esquema tradicional caciquemita.

37Mi idea es que el reparto fue sólo un primer paso dentro de un proyecto de más largo alcance. Se trataba de provocar que se generara una diferenciación interna en las comunidades, estableciendo la presencia de indios ricos, menos ricos y pobres, de acuerdo a la estrategia que adoptaron las comunidades para encarar los repartimientos. Luego que esta diferenciación interna se hubiera producido, debían de tomarse dos medidas complementarias. Por un lado, la “alcabala de la tierra” que gravaba los productos nativos, debía hacerse extensiva al poblador indígena, quien hasta ese momento había estado exceptuado. Por otro lado, era indispensable abolir el tributo indígena a cambio de crear una contribución general que alcanzara a los diferentes sectores sociales, en consideración no a su grupo étnico de referencia, sino a sus recursos económicos. Ambas medidas que respondían al principio de “homogeneizar” a la población colonial, ya aparecen postuladas en el proyecto borbónico que recibió ataques frontales por parte de la gran rebelión. Se hace posible observar, entonces, que si bien éstas medidas entraron en vigencia recién con la constitución de Cádiz, el terreno propicio para introducirlas se preparó con las reformas borbónicas. De esta manera la gran rebelión cumplió con una de sus miras: frenar la puesta en práctica de las reformas. Pero las bases ya estaban sentadas y su implementación era inminente. La gran rebelión lo único que hizo fue retrasarlas, no anularlas.

  • 55 Scarlett O'Phelan Godoy, Las Reformas fiscales Borbónicas y su impacto en la sociedad colonial del (...)

38Es oportuno destacar que en el caso del Perú, por lo menos durante el preámbulo de la gran rebelión, no se observan síntomas que entrevean una crisis económica. Inclusive, las Cajas Reaies demuestran que entre 1775-80 hubo un notable incremento del impuesto de alcabala, lo cual implicaría que se estaba dando una fuerte actividad comercial. Sin embargo, sin descartar este factor, habría que combinarle la posibilidad de una recolección más eficiente, de la presencia de nuevos impuestos que generaban ingresos suplementarios y, finalmente, la posibilidad de que se incorporaran cobros rezagados que contribuyeron a abultar la cifra final.55 Fue en éste período “de alza” que se comenzaron a aplicar las reformas fiscales borbónicas.

39La hipótesis de que existió una secuencia lógica entre el reparto y las Aduanas, se basa en que considero que ambas pudieron ser estadios de un proyecto formulado para generar un sector medio que fuera gravado por las nuevas imposiciones fiscales. El propósito era crear y consolidar un mercado interno, incentivándose una expansión económica. Luego, habiendo ocurrido esto se anulaba el reparto y se instalaban las Aduanas, que contarían con mayor número de contribuyentes gracias a los efectos “diferenciadores” del reparto.

  • 56 Scarlett O'Phelan Godoy, “Aduanas, Mercado Interno...”, pág. 56.

40Túpac Amaru no estaba lejos de la verdad cuando declaró que había una cédula real aboliendo los repartos. En efecto, se trataba de eliminar el reparto a cambio de reajustar el sueldo de los corregidores. El problema es que el reparto se había convertido en el blanco de las críticas y resentimiento de diferentes sectores sociales. Los indios se le oponían por la sobrecarga que les significaba al haber sido añadido al tributo. Los caciques, porque en adelante no sólo debían responsabilizarse de los tributos sino también de los repartos, siendo elegibles para estos últimos. Los mestizos —sobretodo si eran artesanos o arrieros— eran candidatos a ser incluidos en el repartimiento. Los clérigos se oponían al reparto porque éste limitaba las posibilidades de los indios de cumplir satisfactoriamente con las contribuciones eclesiásticas. Finalmente, los comerciantes criollos no lo veían con buenos ojos, porque el corregidor prefería abastecerse de mercancías a través de un comerciante peninsular, antes que de su similar criollo. Inclusive, el circuito de adquisición de mulas y textiles de la tierra, era controlado por peninsulares.56 La animadversión al reparto se tradujo en anticuerpos frente al corregidor. La gran rebelión buscó la abolición no sólo de los repartos sino también de los corregidores.

41El termómetro que midió el éxito del reparto en generar un mercado interno y un mercado libre de trabajo fueron las reformas borbónicas. Allí se demostró que los efectos del reparto no habían sido uniformes. Que fue precisamente en la región sur, que era donde estaban en pleno funcionamiento los tributos y las mitas, donde estalló la ola más violenta de resistencia frente a la apertura de Aduanas y el incremento del alcabala, de 2 a 4% en 1772, y de 4 a 6% en 1776. El sur andino era donde se habían acumulado las contradicciones coloniales.

  • 57 AGI. Audiencia de Lima. Leg. 600.

42Mantener en vigencia tributos y mitas había implicado restringir la monetarización y había limitado la creación de un fondo de mano de obra asalariada. Asumir el pago de jornales implicaba modificar este esquema de acumulación, del que tanto provecho venían sacando los propietarios de los centros productivos. No en vano en 1795 se informaba que “en el Perú es muy raro, aún entre las personas particulares, el que paga los jornales sin muchas menguas injustas...”57 Pero, además, los propietarios de centros productivos también se unieron a las protestas coyunturales porque subir los impuestos, crear nuevos gravámenes, y someter a meticulosas revisiones los productos con los que negociaban puso al descubierto los métodos fraudulentos de evasión fiscal bajo los cuales habían venido operando.

43Como corolario de la gran rebelión, el reparto fue anulado manteniéndose en vigencia los tributos y las mitas, pero relajándose nuevamente las alcabalas y las inspecciones aduaneras. Si los borbones querian “modernizar” las estructuras debieron optar por remover tributos y mitas. Pero eso sólo se conseguiría con la Constitución de Cádiz de 1812 y por un breve lapso de dos años.

44AGI. Archivo General de Indias (Sevilla).

45R.A.H.M. Real Academia de la Historia Madrid.

46B.M. British Museum, Londres.

47B.N.L. Biblioteca Nacional de Lima.

Notas

* Duke University.

1 Christine Hunefeldt, “Los indios y la Constitución de Cádiz”. Allpanchis, vol. xi, No. 11-12. Cuzco, 1978.

2 Timothy Anna, España y la Independencia de América, México 1986, págs. 124, 127. El autor considera que la medida resultó “suicida” para el caso del Perú, donde tres cuartas partes de la población eran tributarios y los tributos eran un tercio de los ingresos anuales de la hacienda real.

3 Para la contabilidad del ingreso por concepto de tributos en las Cajas Reales consúltese las estadísticas publicadas por John TePaske y Herbert Klein, Royal Treasuries of the Spanish Empire in America, vol. 2. Durham, 1982.

4 En 1815 se redactó un memorial enfatizado que “...las Cortes queriendo eximir al yndio del tributo le perjudicaron en lugar de beneficiarle...que el pago del tributo le obliga al trabajo, y de otro modo se entregaría al ocio y a la embriaguez, pues para su subsistencia necesita trabajar muy poco, y faltaría quien cultivase las minas, pastorease el ganado, y labrase las tierras...” El expediente se localiza en a.g.i. Audiencia de Lima, Leg. 610. La puntuación es nuestra.

5 Para las implicancias de la creación del Virreinato de Buenos Aires todavía resulta útil el análisis realizado por Guillermo Céspedes del Castillo, Lima y Buenos Aires: repercusiones económicas y politicas de la creación del Virreinato de La Plata. Sevilla, 1947.

6 a.g.i. Audiencia de Lima. Leg. 610. Representación a s.m. fechada en 16 de Mayo de 1789. Los paréntesis son nuestros.

7 b.m. Addiciónal 13,974. f.381v. Decreto del 6 de mayo de 1721. “...que no se hobligue a los yndios a servir personalmente a los encomenderos, pudiendo si quisieren de su voluntad servirlos días del año que basten pagar el tributo que devieron ajustándose el salario o jornal que les correspondiere, sin que tampoco se les hiciese agravio...”

8 Tristan Platt, “El papel del aylu andino en la reproducción del régimen mercantil simple en el norte de Potosí.” América Indígena, vol. xli, núm. 4. (1981) Resulta también de interés el comentario realizado por Rossana Barragán, “Economía, Política e Ideología en la Bolivia del siglo xix. Un libro de Tristan Platt.” Historia Boliviana, núms. 11-12 (1983), pág. 272.

9 r.a.h.m. Colección Mata Linares. Vol. Cf. 507.

10 b.n.l. C3 619. En 1795 en el obraje de Chugson, Huamachuco, el trabajo se hacía “por medio de indios de que queda hecho cargo el obraje con obligación de satisfacer los tributos que corresponden.” Pablo Macera en su ensayo “Feudalismo Colonial Americano” Acta Histórica, Zseged 1971, págs. 182-83, menciona cómo en 1775 el cacique Pablo Tanta llevó 37 indios al obraje de Cacamarca para poder pagar lo que debía su pueblo al corregidor.

11 Karen Spalding, “Exploitación as an Economic System: the State and the Extracción of Surplus in Colonial Peru.” in G. Collier (ed.) The Inca and the Aztec States 1400-1800. New York 1982 (1979) Un caso concreto es el de Cotabambas, Cuzco, donde, en 1760, el corregidor cobraba los tributos en trigo y papas, que luego colocaba “en Cuzco, las minas de Cailloma y los valles de la costa.” Para mayores detalles consúltese mi libro Un siglo de rebeliones..., pág. 101. En 1795 los indios de Pilaya Y Paspaya, en Cinti, Charcas, seguían pagando sus “tributos en bacas, abonando cuatro pesos y medio por cada una, siendo así que ellos las vendían a siete y ocho pesos en las puertas de sus casas...”.

12 Scarlett O’Phelan Godoy, “Aduanas, Mercado Interno y Élite Comercial en el Cuzco antes y después de la Gran Rebelión de 1780.” Apuntes, núm. 19, Segundo Semestre 1986, pág. 59.

13 a.g.i. Audiencia de Charcas, Leg. 363. Los paréntesis son nuestros.

14 Sobre la descripción de los corregimientos de Jauja y Tarma durante el siglo xviii consúltese el recuento realizado por Cosme Bueno, Geografia del Perú Virreinal, siglo xviii. Lima, 1951. Información concerniente a los obrajes establecidos en éstas provincias se puede encontrar en el libro de Fernando Silva Santisteban, Los obrajes en el Virreinato del Perú. Lima, 1964.

15 Colección Documentai del Bicentenario de la Revolución Emancipadora de Túpac Amaru. Lima, 1981. Tomo III, pág. 214. Carta de Túpac Amaru al Visitador General Don José Antonio de Areche, 5 de Mayo de 1781. “...ellos (los corregidores) llenan los obrajes de tributarios.”

16 b.m. Addiciónal 13,976.

17 b.n.l. C4 438. Supuesta participación de indios en la conspiración y levantamiento que intentaron en esta ciudad (de Lima). Consúltese también el libro de Francisco Loaysa, Fray Calixto Tupak Inca. Lima, 1946.

18 Nicolás Sánchez Albornoz, “Mita, migración y pueblos. Variaciones en el espacio y en el tiempo. Alto Perú. 15731692.”. Historia Boliviana, 111/ 1 (1983), pág. 42. El autor hace notar que la ausencia del mitayo reducía el producto bruto de la comunidad. El mitayo dejaba de producir para su subsistencia y la de su familia...dejaba además de participar en los trabajos colectivos que proporcionaban algún excedente a la comunidad.

19 Scarlett O’Phelan Godoy, Un siglo de rebeliones anticoloniales. Perú y Bolivia 1700-1783. Cuzco, 1988. Capítulo III. La versión en inglés. Rebellions and Revolts in Eighteenth Century Peru and Upper Peru. Colonia/Viena, 1985.

20 a.g.i. Audiencia del Cuzco. Leg. 80. Carta del Dr. Vicente de la Puente, fechada en 1780. El paréntesis es nuestro.

21 John Fisher, “La rebelión de Túpac Amaru y el programa imperial de Carlos III”, Alberto Flores Galindo (ed.) Túpac Amaru II-1780, Antología. Lima, 1976, pág. 117.

22 Dentro de lo procesado en el Cuzco, Juan Antonio Figueroa era hacendado y obrajero en Paruro; Francisco Molina era hacendado en el Collao; José Unda era dueño de la hacienda Tiquina.

23 AGI. Audiencia del Cuzco. Leg. 33. Declaraciones prestadas por la mujer cacique de Acos, Thomasa Tito Condemaita, el 17 de mayo de 1781.

24 AGI. Audiencia del Cuzco. Leg. 33 Confesión de José Gabriel Túpac Amaru. El paréntesis es nuestro.

25 Juan José Vega, José Gabriel Túpac Amaru. Lima, 1969. Capitulo iv, pág. 29.

26 A.G.I. Audiencia del Cuzco. Leg. 33. Confesión de Túpac Amaru.

27 Scarlett O'Phelan Godoy, “Aduanas, Mercado Interno...”, pág. 61. La empresa del clan Túpac Amaru era frecuentemente requerida por los comerciantes más prominentes del Cuzco. Su itinerario cubría la ruta CuzcoSalta, con escalas en La Paz, Cochabamba, Oruro y Potosí.

28 AGI. Audiencia de Charcas. Leg. 319. Declaraciones prestadas por Julián Apasa y por Miguel Bastidas.

29 Magnus Morner, Perfil de la sociedad rural del Cuzco a fines de la colonia. Lima 1978, pág. 117. Sin embargo, hubo casos en que los hacendados cusqueños retuvieron a los indios mitayos, evitando que fueran enviados a Potosí, con el argumento de que éstos les debían “grandes cantidades de plata.” Es decir, los hacendados estaban contra la remisión de contingentes indios a Potosí pero no, necesariamente, contra el sistema de mita que los aprovisionaba de mano de obra para trabajar sus tierras.

30 Por ejemplo el mestizo de Tinta, Melchor Arteaga, era minero, al igual que Roque Jacinto Yuber, natural de Buenos Aires. Otro involucrado, Manuel Quiñones, era azoguero.

31 Pablo Macera, “Feudalismo colonial”, págs. 18283. En 1773 los mitayos que entraron a trabajar al obraje de Cacamarca, en Huamanga, recibieron 2 reales de jornal en vez de 3 y descontándoles 1 real de socorro a cada uno. El trabajo de 37 hombres sólo venia a costar 4 pesos 5 reales diarios.

32 AGI. Audiencia de Cuzco, Leg. 32.

33 Ibid. Declaraciones prestadas por Marcos Poma, indio chacarero de Ancolaymes y por Thomas Gonzales, sastre mestizo natural de Puno, vecino de Omasuyos.

34 AGI. Audiencia del Cuzco, Leg. 33. Declaración del escribano Esteban Escarcena. El paréntesis es nuestro.

35 AGI. Audiencia del Cuzco. Leg. 33. Declaración de Hipólito Túpac Amaru.

36 Ibid. El paréntesis es nuestro.

37 AGI. Audiencia de Buenos Aires. Leg. 319.

38 AGI. Audiencia de Cuzco, Leg. 33. Declaración de Francisco Castellanos, seminarista de Lampa.

39 Scarlett O'Phelan Godoy, Un siglo de rebeliones anticoloniales, pág. 280. La referencia manuscrita proviene de AGI. Audiencia de Lima, Leg. 1052, Cuaderno 10. f. 11. Declaración de fray Bernardo López, cura de Cabanillas, Lampa.

40 Colección Documental del Bicentenario de la Revolución Emancipadora de Túpac Amaru. Lima, 1981. Tomo III, pág. 110. Comunicado de Túpac Amaru suscrito en Tinta, a 17 de Enero de 1781.

41 Scarlett O'Phelan Godoy, Un siglo de rebeliones, págs. 233-234.

42 AGI. Audiencia de Buenos Aires. Leg. 319. Confesión de Barthola Sisa. Los paréntesis son nuestros.

43 AGI. Audiencia del Cuzco. Leg. 33. Carta de Don Francisco Antonio de Areta, cura de Velille. Fechada a 1 de Diciembre de 1780. “...entró en esta provincia el día 27 el dicho Túpac Amaru con más de 6,000 indios...rompió las puertas de la cárcel...”

44 AGI. Audiencia de Cuzco. Leg. 33. Confesión de José Gabriel Túpac Amaru. El paréntesis es nuestro.

45 Las connotaciones del término paisano como sinónimo de criollo se hacen más patentes en los comunicados que posteriormente redactará Andrés Mendigure (Túpac Amaru.) Así, el 28 de Agosto de 1781 se dirigirá a los “Paisanos criollos de la ciudad de La Paz.” Al respecto consúltese el libro de Boleslao Lewin, La Rebelión de Túpac Amaru y los orígenes de la Independencia Hispanoamericana. Buenos Aires, 1957, pág. 517.

46 Boleslao Lewin, La rebelión de Túpac Amaru y los orígenes de la Independencía de Hispanoamérica. Buenos Aires, 1967, pág. 414.

47 AGI. Audiencia de Lima. Leg. 610.

48 A.G.I. Audiencia de Buenos Aires. Leg. 67.

49 AGI. Audiencia de Cuzco. Leg. 33.

50 Ibid. Declaración de Antonio Solís Quivimasa, 19 de Noviembre de 1780.

51 Jurgen Golte, Repartos y Rebeliones, Lima, 1980, pág. 32.

52 A.G.I. Audiencia de Lima. Leg. 610. Relación del Intendente de Huamanga, Don Demetrio O'Higgins. Años 1801-1802.

53 Javier Tord. “Sociedad colonial y fiscalía.” Apuntes, núm. 7. 1977, pág. 7. Según el autor nunca llegó a crearse un mercado generalizado de mano de obra...Los intercambios al interior se realizaron en gran medida por trueques haciendo dificil la acumulación de capital.

54 Herbert Klein, “Hacienda and Free Community in Eighteenth Century Alto Peru: A Demographic Study of Aymara Populación in the Districts of Chulumani and Pacajes in 1786.” Journal of Latin American Studies, VII:2 (1975), pág. 126. De acuerdo al estudio, Chulumani era el núcleo de la producción de coca procedente de las comunidades, donde se incluia la de las Yungas de La Paz.

55 Scarlett O'Phelan Godoy, Las Reformas fiscales Borbónicas y su impacto en la sociedad colonial del Bajo y el Alto Perú.“ The Economies of Mexico and Peru during the late colonial period, 1760-1810. Berlin, 1986, pág. 347.

56 Scarlett O'Phelan Godoy, “Aduanas, Mercado Interno...”, pág. 56.

57 AGI. Audiencia de Lima. Leg. 600.

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