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    Plan détaillé Texte intégral ContextoEl año de la Constitución: 1820Los registros parroquiales de 1820 en Valladolid de Michoacán Notes de bas de page Auteur

    La ilusión de la Libertad

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    El año de la Constitución “1820”

    Un nuevo orden demográfico en la ciudad de Valladolid de Michoacán a partir de los registros parroquiales

    Edgar Zuno Rodiles

    p. 303-317

    Texte intégral ContextoEl año de la Constitución: 1820Los registros parroquiales de 1820 en Valladolid de Michoacán Notes de bas de page Auteur

    Texte intégral

    1Las abdicaciones de Bayona detonaron una serie de cambios políticos, sociales, jurídicos y geográficos a lo largo de los territorios de la monarquía hispánica. Así, los procesos que se desprendieron de dicho acontecimiento incidieron en la vida de los pobladores a lo largo y ancho de ese territorio. Bajo este contexto, la ciudad novohispana de Valladolid de Michoacán no escapó a las transformaciones y estragos de los embates de aquellos años; pero en específico nos interesa centrarnos en la restauración de la Constitución de Cádiz en 1820 y el cambio que este acontecimiento trajo a los libros de bautizos, matrimonios y entierros. Así, nuestro objetivo se centra en analizar los registros parroquiales de 1820 de la ciudad de Valladolid de Michoacán para conocer el impacto que el cambio de categorías de dichas fuentes trajo en la forma de registrar a la población que recibía los sacramentos de bautismo y matrimonio, así como los registros de defunciones.

    2Es de remarcar que se toma el caso de la ciudad de Valladolid porque fue un proceso muy particular de este espacio, que no se advierte en las principales ciudades y villas dentro de la provincia y que al parecer tampoco se consignó en otras poblaciones de la geografía del virreinato, al menos no para el año de 1820 en el marco de la restauración de la Constitución de Cádiz.

    Contexto

    3Muchas de las prácticas que se fueron desarrollando a lo largo del territorio de la América española durante tres siglos se cimbraron y algunas se resquebrajaron totalmente para dar paso a nuevas formas de proceder al interior del ámbito político, social, económico, religioso y administrativo, lo que impactó el orden territorial, poblacional y de gobierno.

    4Para el caso concreto de la Nueva España habrá que considerar que el panorama que mostraba España ante la invasión que sufrió por parte de Francia y el descontrol que le generaba Napoleón Bonaparte y su ejército en 1808, fueron un detonante para que el rey Carlos IV y el futuro heredero al trono español Fernando VII intentaran salir de la península, no obstante, fueron hechos prisioneros en Bayona donde se dio la abdicación de la corona española, primero de padre a hijo y posteriormente Fernando VII la abdicó en favor de Napoleón.

    5Las noticias de lo acontecido llegaban a la Nueva España causando incertidumbre entre la población, pero sobre todo entre las principales autoridades del virreinato, que en 1808 derivó en un golpe de Estado que destituyó del gobierno de la Nueva España al virrey Iturrigaray por Pedro de Garay. La inestabilidad política que habían generado las abdicaciones eran más que evidentes y se volvió a manifestar a través de la Conspiración de Valladolid de finales de 1809. El tema de fondo de la crisis política era si ante la ausencia del rey, la Nueva España debía y podía asumir la autonomía de su gobierno. A la par, en la península la eclosión juntera derivó en la creación de una Suprema Junta Gubernativa que dio paso a la creación de la Regencia y a su vez, ambos órganos impulsaron la elección a Cortes donde hacían participes de manera minoritaria a los territorios de la américa española y las Filipinas.

    6Mientras una parte de la sociedad novohispana buscaba la representatividad, igualdad y autonomía a través de las Cortes, el 15 de septiembre de 1810 se descubrió una nueva conspiración en Querétaro que desembocó en una lucha armada. El movimiento encabezado por Miguel Hidalgo surgía para defender la autoridad de Fernando VII, su levantamiento era en contra de los europeos sospechosos de colaboración con los invasores franceses, para defender la religión, la ley, la libertad y las costumbres.657

    7El movimiento se extendió por el centro de la Nueva España rápidamente, si bien contó con simpatizantes dentro de la élite criolla, realmente fueron pocos los que se unieron a la insurrección, entre ellos algunos abogados, militares, clérigos menores y rancheros. El grueso de los seguidores se componía de indígenas y castas, sin el menor entrenamiento militar, casi desarmados y enardecidos, esto último fue un factor que incidió en el saqueo de ciudades como Celaya, Guanajuato y Valladolid de Michoacán en las que además se asesinó a cuanto peninsular capturaban. En contraparte, el ejército realista estaba bien comandado, lo que permitió la persecución y captura de los principales jefes revolucionarios, aunque la organización en un principio fuera lenta.658

    8Aun así, la insurgencia novohispana en el momento de la guerra buscó dotar de instituciones gubernativas para el movimiento. Así surgió la Suprema Junta Americana en agosto de 1811, que en su momento contó con la simpatía de varios criollos y españoles; trató de crear una Secretaría de Guerra para respaldar las disposiciones militares que dictara su ministerio; fabricó monedas, planeó un proyecto de reformas fiscales dadas a conocer por medio de la prensa, de la misma manera justificó el porqué de la revolución.659 También elaboró un proyecto de Constitución titulado: Los Elementos de Nuestra Constitución que constaba de una breve exposición de motivos, un articulado de 38 incisos y un corolario que fue enviado a José María Morelos y Pavón, haciéndole éste algunas observaciones que al parecer no fueron del agrado de Ignacio López Rayón, quien al final optó porque no se publicara. Cabe resaltar que parte de los postulados de Rayón se retomaron más tarde por Morelos para elaborar los sentimientos de la nación.660

    9El proceso de institucionalización de la insurgencia novohispana tuvo su máxima expresión con la instalación del Congreso de Chilpancingo en 1813 y la promulgación de la Constitución de Apatzingán en 1814. Después de estos triunfos el movimiento armado se vio mermado y en consecuencia vino la captura de José María Morelos, la persecución y disolución de los órganos de gobierno que se habían implementado con la Constitución; por tanto, el gobierno administrativo de la insurgencia quedó en manos de la Junta de Jaujilla, la cual también terminó por disolverse.

    10Respecto a la situación de España, el 25 agosto de 1811 en el pleno de las Cortes de Cádiz comenzó la discusión de la Constitución, entendida ésta como el acto más trascendental de la institucionalización de la soberanía y la nación. De los elementos más significativos que planteaba el documento está la conformación de la nación española integrada por españoles de uno y otro lado del atlántico, pero no todos con derechos políticos; así como la soberanía nacional, además de la introducción de la diputación como división territorial en la que también residía la soberanía.661

    11Entre otros elementos que destacan, en la Constitución de 1812 se encuentra la monarquía constitucional, la división de poderes, el establecimiento de un gobierno representativo en tres niveles: la municipalidad, la provincia y el imperio. La monarquía constitucional se asumía como católica, se suprimió el Tribunal de la Inquisición y se otorgó la libertad de prensa.662

    12Serán justo esos los elementos novedosos que le quitaban atribuciones y dispersaban la soberanía del monarca, los que no van a permitir que éste acepte la labor de las Cortes, ni su producto constitucional; por lo que su trabajo se vio interrumpido a mediados de abril de 1814 con el regreso de Fernando VII a la península.663

    13El 4 de mayo de 1814 Fernando VII anuló la obra de las Cortes españolas y se desató una persecución, detención y exilio de todo liberal que se opusiera a su sistema de gobierno. Entre los americanos arrestados se encontraban: Antonio Joaquín Pérez y José Miguel Ramos Arizpe, de la Nueva España, de Guatemala Antonio Larrazábal y de Quito José Mejía Lequerica, entre otros. Los arrestos generaron descontento en los círculos liberales, los cuales comenzaron a atacar al gobierno de Fernando VII por medio de la prensa, escritos que llegaron de forma clandestina a la Nueva España.664

    14Con el regreso de Fernando VII da inicio lo que actualmente se conoce como el sexenio absolutista, periodo en el que se buscó eliminar todo rastro del proceso liberal gaditano y para el caso novohispano aniquilar el movimiento insurgente. No obstante, los planes del monarca se vieron truncados el 1 de enero de 1820, con el pronunciamiento de Rafael de Riego que pedía la restauración de la Constitución de 1812 y Fernando VII debió jurarla. Las Cortes sesionaron del 9 de julio al 9 de noviembre de 1820, en ellas la presencia novohispana fue de 7 representantes en calidad de suplentes.

    15El escenario convulso permitió la transformación de una sociedad, el surgimiento de una nueva cultura política que iría acompañada de nuevos mecanismos del ejercicio y acceso al poder. El liberalismo que acompañó estos procesos pretendía deshacerse de todos aquellos elementos del antiguo régimen, entre los que estaban la diferenciación y acceso a privilegios de la población a partir de su origen racial. En este sentido, más allá de la peculiaridad que representa los libros de registros parroquiales vallisoletanos, detrás de ello se observan las consecuencias de las transformaciones de la nueva concepción del sistema de gobierno que ya no necesitaba vecinos de condiciones diferenciadas, sino ciudadanos con y sin derechos políticos. En este sentido, ambos movimientos, tanto el insurgente novohispano como el español hicieron uso del ciudadano como parte nodal de la estructuración del sistema de gobierno que estaban planteando, eran los ciudadanos con derechos políticos activos los encargados de ejercer la soberanía que emanaba del pueblo para depositarla en las nuevas autoridades.

    El año de la Constitución: 1820

    16Bajo este panorama nos centramos en el objetivo de lo propuesto al recurrir al recuento poblacional de los libros de parroquia en 1820 en la ciudad de Valladolid, situación que advierte un cambio en la manera de sistematizar los registros parroquiales después de la restauración de la Constitución de Cádiz tras la leyenda de “Año de la Constitución” que se insertó en los libros de bautismos No. 51 y de entierros No. 19. Para constatar la particularidad del caso de Valladolid recurrimos a otras fuentes de la misma naturaleza en otros puntos de la geografía de la provincia de Michoacán y de la Nueva España.

    17En el caso de la provincia de Michoacán, se advierte que desde los primeros libros parroquiales se hacía una separación de los registros dependiendo del grupo racial al que se perteneciera, es decir, había un libro para consignar los nacimientos de españoles-criollos, otro para los indios y otro para las castas y lo mismo ocurría con los libros de matrimonios y defunciones. Los resultados de la búsqueda que se hizo sobre diferentes ciudades en el mencionado año, se concentran en el siguiente cuadro:

    Cuadro 1. Ciudades de la Nueva España

    Años

    Lugar

    Cambios

    *1819 – 1821

    Puebla

    Sin distinción de grupos

    1819 – 1821

    Oaxaca

    Sin distinción de grupos

    1821-1822

    México

    Concentración en el mismo libro

    1821-1822

    Guadalajara

    Ciudadanos

    1821-1822

    Durango

    Parroquianos

    1822-1823

    San Luis Potosí

    Ciudadanos del imperio

    1821-1822

    Mérida

    Feligrés de este Sagrario

    Elaboración propia a partir de las partidas parroquiales consultadas en Familysearch.org. México, Catholic Church Records, 1555 – 1996.

    18La revisión que se hizo de las ciudades fue a partir del interés por observar el proceso en diferentes puntos de la geografía novohispana, es decir, apuntalando hacia el norte, el centro y el sur; en Puebla se concentra la población en el mismo libro y no hay una separación por españoles, indios y castas, tampoco se vieron los cambios antes y después del año de interés; la situación de Oaxaca presenta la misma peculiaridad de que no se encuentra distinción de ningún tipo, por tanto, se revisó un par de siglos atrás y eran los mismo parámetros.

    19Para la ciudad de México se manejaba un solo libro de registro para todos, sin embargo, sí marca la diferencia en cada acta que se muestra lo cual deja ver que para 1822 ya hay un cambio al no hacer diferenciación alguna; lo mismo se observa para Guadalajara al concentrarse la población en el mismo libro, sin embargo, para el mencionado año aparecen registrados como ciudadanos.

    20En el caso de Durango también se manejaba el mismo libro para todos los grupos, por lo que los cambios coinciden en el mismo año que las ciudades anteriores, siendo las personas registradas como feligreses. Mérida que también concentraba todo en el mismo libro presenta las diferencias en el mismo año que la mayoría, apareciendo en cada acta la frase feligreses de este Sagrario. Por último, la ciudad de San Luis Potosí sí llevaba los libros por separado, según fuera el grupo, aunque será el año de 1823 el que les dará la connotación de ciudadanos del imperio. En este tenor, para el caso de Michoacán se hizo la elección de los siguientes lugares:

    Cuadro 2. Provincia de Michoacán

    Años

    Lugar

    Cambios

    1821-1822

    Pátzcuaro

    Sin distinción en el acta

    1822-1823

    Zamora

    Ciudadanos

    1822-1823

    Uruapan

    Ciudadanos

    *1819-1830

    Charo

    Se mantiene igual

    Fuente: Ídem cuadro 1.

    21La ciudad de Pátzcuaro concentraba un solo libro para cada aspecto, es decir, bautismos, matrimonios y entierros al igual que en los lugares señalados con anterioridad, sin embargo, en cada acta sí hacía la distinción del grupo al que se pertenecía y la única diferencia es esta distinción que desaparece para 1822 puesto que los formatos seguían siendo los mismos.

    22Para el caso de Zamora sí se hacía la separación por grupo, había un libro específico para cada uno, además de que esta villa muestra este cambio para 1823 en el que se hace el manejo de un solo libro y cuyos registros se presentan bajo la categoría de ciudadanos.

    23En lo que respecta a Uruapan ocurre el mismo proceso que en la mayoría al concentrar a la población en un solo libro para cada aspecto, no obstante, será el año de 1823 el que evidencie el cambio de categoría pues en lugar de referirse a la gente registrada como españoles, indios o castas se convierten en ciudadanos.

    24La situación de Charo es también un caso peculiar, en el sentido de que, si bien se manejó al igual que Pátzcuaro un solo libro para cada situación, no se observa un cambio importante, es decir, que a través del seguimiento que hicimos de los diferentes años es evidente la permanencia en los registros, puesto que todavía en la década de los treinta se seguía especificando si se era español, indio o algún tipo de casta.

    25Los resultados de esta exploración permiten observar las diferencias existentes en la forma de asentar la información dentro de los libros parroquiales, cierto es que después de declarada la independencia de México el 17 de septiembre de 1822, el Congreso constituyente mexicano prohibió clasificar a los ciudadanos mexicanos por su origen, lo cual tenía como base el artículo 12 del plan de Iguala que establecía que todos los habitantes del imperio mexicano, sin otra distinción que su mérito y virtudes eran ciudadanos idóneos para optar por cualquier empleo. El decreto del constituyente, integrado por dos puntos determinó que, en todo registro y documento público o privado, debía omitirse la clasificación de los ciudadanos del imperio por su origen, por lo que ya no debía hacerse en los libros parroquiales la “distinción de clases”, pero ésta continuaría en la que se regía en lo referente a los aranceles para la graduación de derechos y obvenciones hasta encontrar un método más justo y oportuno.665

    26De lo anterior se desprende que hay un sustento jurídico para el cambio de las categorías de los libros notariales a partir del 17 de septiembre de 1822, lo que se verá reflejado en la documentación aquí presentada, a excepción de Charo. Pero, el caso de Valladolid es un tanto prematuro, el cambio se ciñe a la restauración de la Constitución de Cádiz, no obstante, ésta no eliminó distinción de clases. Este documento establecía en el artículo 1º que la nación española era la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios. El artículo 5º delineaba con mayor precisión esta idea, al señalar que eran españoles “todos los hombres libres” nacidos y avecindados en los dominios de las Españas y los hijos de éstos, los extranjeros con carta de naturaleza o con diez años de vecindad y los libertos. Respecto a la ciudadanía, ésta le fue otorgada a todos aquellos que por ambas líneas tuvieran su origen de los dominios españoles de ambos hemisferios avecindados en cualquier población dentro de los mismos dominios, el extranjero con carta especial y dejaba la puerta abierta a los españoles que por cualquier línea fueran concebidos como originarios de África que a partir de sus virtudes podían aspirar a la ciudadanía.666

    27La diferenciación racial está presente en la Constitución gaditana, los esclavos no son españoles y la ciudadanía con derechos políticos solo aplicó a los españoles e indios, las castas quedaron exceptuados para la participación en los procesos electorales. Sin embargo, se puede especular que el artículo primero de la Constitución de Cádiz pudo incidir para el cambio de categorías en los libros parroquiales en Valladolid de Michoacán, pues si se toma tal cual, sin indagar en artículos posteriores, “la nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios” se puede deducir que todos son españoles y que no había diferencias raciales.

    Los registros parroquiales de 1820 en Valladolid de Michoacán

    28El proceso que se ha venido dando con las nuevas categorías que aparecen en los diferentes lugares a partir de ciertos cambios políticos y jurídicos del territorio novohispano-mexicano, muestra un panorama más amplio para determinar lo que estaba ocurriendo en la ciudad de Valladolid, pues en comparación de las poblaciones aquí mencionadas, los cambios en las categorías se dan un poco antes que en el resto. No obstante, en la mayoría de los espacios mencionados la distinción racial se hace presente hasta el año de 1822. Esta situación conduce a la inquietud del por qué la ciudad de Valladolid eliminó la calidad racial de sus registros y marcó la diferenciación a partir de la restauración de la Constitución de Cádiz.

    29Para visibilizar el cambio que se da en el año de 1820 con la modificación de categorías en los documentos parroquiales vallisoletanos, se hizo un recuento poblacional que reflejara el número de registros en el antes y el después, es decir, durante casi la primera mitad del año se mantenía un libro para cada grupo y cuya diferencia se hace notar bajo un nuevo libro en cuyas actas no aparece ninguna distinción al respecto, además de la leyenda en las primeras fojas de “Año de la Constitución”. La información se concentró de la siguiente forma:

    Cuadro 3. Registros de Bautismos

    Fechas

    Grupo

    Total

    1º de enero-5 de junio

    Españoles

    107

    1º de enero-3 de junio

    Indios

    86

    3 de enero-21 de mayo

    Castas

    34

    11 de junio-31 de diciembre

    Iguales

    340

    Total

    567

    Elaboración propia a partir de los libros de bautismos de 1820 del Archivo del Sagrario Metropolitano de Morelia.

    30La representación gráfica ofrece un panorama más claro sobre esta población al tomarse en cuenta los cuatro rubros considerados en el cuadro, por tanto, durante los primeros meses aparece mayor número de españoles que de indios y castas que en general hacen un total de 227 registros, asimismo, entre las fechas en las que se cierra cada uno de estos libros no hay mayor diferencia, sobre todo entre los dos primeros.

    31El siguiente libro se inicia el 11 de junio y muestra la otra parte de la población registrada, la cual es mayor que en la primera, aunque también habrá que considerar que son más meses los que se están tomando en cuenta, aun así, se hizo la misma representación con la suma de los tres grupos en comparación con la parte en que aparecen como iguales; los porcentajes que se ven en ambos gráficos son solamente para mostrar mayor índice de bautismos en la segunda mitad del año, aun cuando se hubiesen contabilizado los casos encontrados a partir del 11 de junio como parte de los meses de inicio la segunda mitad seguiría siendo mayoría.

    Gráfica 1. Bautismos por grupo

    Image 10000000000002460000012E39A3FB71B601ADE2.jpg

    Gráfica 2. Bautizos (1820)

    Image 10000000000001EA0000013ABF7113458CCD0FAB.jpg

    32El panorama que se presenta en los libros de entierros no difiere mucho con el de bautismos, aunque habrá que mencionar que para la primera mitad del año solo aparece información de españoles e indios que es con lo que se trabajó en la elaboración del cuadro que se presenta a continuación:

    Cuadro 4. Registros de Entierros

    Fechas

    Grupo

    Total

    1º de enero-11 de mayo

    Españole s

    67

    1º de enero-27 de mayo

    Indios

    49

    2 de junio-31 de diciembre

    Iguales

    215

    Total

    331

    Elaboración propia a partir de los libros de entierros de 1820 del Archivo del Sagrario Metropolitano de Morelia.

    33En efecto, los cambios que se muestran para el caso de entierros se mantienen en los mismos periodos ante una población registrada de 331 actas, las cuales según se observa de los dos grupos encontrados, 116 corresponden a un primer libro y el resto se concentran en el libro que marca la coyuntura, la cual según el cuadro se presenta a partir del 2 de junio de 1820.

    34En este tenor, en los dos gráficos que se elaboraron es de advertir un mayor índice de españoles registrados como muertos, sin embargo, aunque hay mayoría en los últimos siete meses del año, habrá que considerar que el no contar con información sobre castas deja la posibilidad de que ambos periodos estuvieran casi a la par en estos indicadores. Así, el gráfico 4 también se construye como una aproximación del número de entierros a lo largo del año. No obstante, si se compara la cantidad de nacimientos que hubo durante todo el año con el número de bautismos se infiere que es alto el de personas fallecidas en este tiempo.

    Gráfica 3. Entierros por grupo

    Image 1000000000000248000001264631DDEB81670FE5.jpg

    Gráfica 4. Entierros (1820)

    Image 1000000000000266000001500B14B3CC2D4D54CB.jpg

    35En cuanto a la información matrimonial se refiere, ésta se concentra en dos libros de los cuales en uno se registraron las actas de españoles y castas y en el otro solamente indios; para el año de estudio se obtuvieron los siguientes datos:

    Cuadro 5. Registros de Matrimonios

    Fechas

    Grupo

    Total

    8 de enero-7 de junio

    Españoles

    16

    1º de enero-20 de mayo

    Indios

    11

    8 de enero-7 de junio

    Castas

    10

    12 de junio-20 de diciembre

    Iguales

    29

    Total

    66

    Elaboración propia a partir de los libros de matrimonios de 1820 del Archivo del Sagrario Metropolitano de Morelia.

    36Si bien en el ámbito cronológico tanto bautismos, entierros y matrimonios coinciden en la temporalidad de las fechas de cambio, sin embargo, cabe destacar que la leyenda “Año de la Constitución” solo aparece en bautismos y entierros, lo cual no significa que en los matrimonios no se hayan dado estas modificaciones como se puede apreciar en el cuadro anterior y en los cuales es evidente que hubo mayor índice de registros en los primeros cinco meses que en el resto del año; por ende, se le da el mismo seguimiento en la representación gráfica de este aspecto.

    37Primeramente, se observa una representación de ambos momentos donde se muestra el porcentaje correspondiente a cada grupo en comparación con los siete meses restantes en la gráfica siguiente y en la otra se obtuvo el porcentaje a partir de la suma de españoles, indios y castas para compararla con los meses en que ya no se hace esta distinción.

    Gráfica 5. Matrimonios por grupo

    Image 10000000000002640000013FFE95BE71CFB32C38.jpg

    Gráfica 6. Matrimonios (1820)

    Image 10000000000002480000015CBEE70E33E2FA1543.jpg

    38Aunque el objetivo principal ha sido Valladolid en el año de 1820, era necesario indagar sobre lo que estaba ocurriendo en otros espacios de la Nueva España para determinar si este proceso en el cambio de categorías se daba igual o hubo algunas variables que determinaban la situación en cada lugar; por tanto, ante este primer acercamiento de reflexión en el desarrollo coyuntural que se daba, se advierte que tendían a variar los criterios en el manejo de los libros parroquiales.

    39No obstante, para el caso de la ciudad de Valladolid se infiere que si no fue el primero en este proceso, pudo ser uno de los primeros en asumir esta nueva condición para su población, ya que en la mayoría de los lugares considerados, el fenómeno ocurre un poco después. Asimismo, el contenido de los libros a partir de junio del mencionado año elimina las categorías de españoles, indios y castas, siendo el único donde las primeras hojas evidencian esta distinción de “Año de la Constitución”, mismo en el que el monarca español es obligado a jurarla.

    40Finalmente, habrá que puntualizar que este fue un momento de cambio generado a partir de los diferentes acontecimientos ocurridos tanto en la península como en el territorio novohispano. La nueva cultura política donde la Constitución de Cádiz parece ser había calado en esferas que al inicio parecen secundarias y de menor calado, pero que serán determinantes y necesarias para articular los nuevos mecanismos sobre la legitimidad del ejercicio de la soberanía que emanaba del pueblo. En este sentido, los ciudadanos con derechos políticos ya no se pueden diferenciar entre sí por su origen étnico, sino por sus virtudes.

    Notes de bas de page

    657  Guerra, François Xavier, Modernidad e independencias. Ensayos sobre las revoluciones hispánicas, Fondo de Cultura Económica, México, 2000, 321.

    658  Anna, Timothy, La caída del imperio español en la ciudad de México, Nueva Alianza, México, 1980, 84-85.

    659  Ibid., 64.

    660  Anna, Timothy, La caída del imperio español en la ciudad de México, 98-103.

    661  Chust Calero, Manuel y Frasquet, Ivana, “Soberanía hispana, soberanía mexicana: México, 1810 - 1824”, en Mariana Terán Fuentes, Alicia Hernández Chávez, Federalismo, Ciudadanía y representación en Zacatecas, Universidad Autónoma de Zacatecas, Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Zacatecas, 2010, 20-23.

    662  Rodríguez O., Jaime, E., La independencia de la América española, El Colegio de México, Fondo de Cultura Económica, México, 2005, 594.

    663  Chust Calero, Manuel y Frasquet, Ivana, “Soberanía hispana, soberanía mexicana: México, 1810 - 1824”, 26.

    664  Hamnett, Brian, Revolución y Contrarrevolución México y el Perú (Liberalismo, realismo y separatismo 1800 - 1824), Fondo de Cultura Económica, México, 1978, 204-205.

    665  Dublán, Manuel, Lozano, José María, Legislación mexicana o colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la independencia de la república, Tomo I, Imprenta del Comercio, a cargo de Dublán y Lozano e hijos, México, 1876, 628- 629; Tena Ramírez, Felipe, Leyes fundamentales de México 1808-1997, Editorial Porrúa, México, 1997, 115.

    666  Tena Ramírez, Felipe, Leyes fundamentales de México 1808-1997, 60-63.

    Auteur

    • Edgar Zuno Rodiles

      Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo

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    657  Guerra, François Xavier, Modernidad e independencias. Ensayos sobre las revoluciones hispánicas, Fondo de Cultura Económica, México, 2000, 321.

    658  Anna, Timothy, La caída del imperio español en la ciudad de México, Nueva Alianza, México, 1980, 84-85.

    659  Ibid., 64.

    660  Anna, Timothy, La caída del imperio español en la ciudad de México, 98-103.

    661  Chust Calero, Manuel y Frasquet, Ivana, “Soberanía hispana, soberanía mexicana: México, 1810 - 1824”, en Mariana Terán Fuentes, Alicia Hernández Chávez, Federalismo, Ciudadanía y representación en Zacatecas, Universidad Autónoma de Zacatecas, Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Zacatecas, 2010, 20-23.

    662  Rodríguez O., Jaime, E., La independencia de la América española, El Colegio de México, Fondo de Cultura Económica, México, 2005, 594.

    663  Chust Calero, Manuel y Frasquet, Ivana, “Soberanía hispana, soberanía mexicana: México, 1810 - 1824”, 26.

    664  Hamnett, Brian, Revolución y Contrarrevolución México y el Perú (Liberalismo, realismo y separatismo 1800 - 1824), Fondo de Cultura Económica, México, 1978, 204-205.

    665  Dublán, Manuel, Lozano, José María, Legislación mexicana o colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la independencia de la república, Tomo I, Imprenta del Comercio, a cargo de Dublán y Lozano e hijos, México, 1876, 628- 629; Tena Ramírez, Felipe, Leyes fundamentales de México 1808-1997, Editorial Porrúa, México, 1997, 115.

    666  Tena Ramírez, Felipe, Leyes fundamentales de México 1808-1997, 60-63.

    La ilusión de la Libertad

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    Zuno Rodiles, E. (2021). El año de la Constitución “1820”. In M. Loyola, M. Chust, J. Marchena Fernandez, & M. Schlez (éds.), La ilusión de la Libertad. Santiago: Ariadna Ediciones. Consulté à l’adresse https://books.openedition.org/ariadnaediciones/10520
    Zuno Rodiles, Edgar. « El año de la Constitución “1820” ». In La ilusión de la Libertad, édité par Manuel Loyola, Manuel Chust, Juan Marchena Fernandez, et Mariano Schlez. Santiago: Ariadna Ediciones, 2021. https://books.openedition.org/ariadnaediciones/10520.
    Zuno Rodiles, Edgar. « El año de la Constitución “1820” ». La ilusión de la Libertad, édité par Manuel Loyola et al., Ariadna Ediciones, 2021, https://books.openedition.org/ariadnaediciones/10520.

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    Chust, M., Marchena Fernandez, J., Schlez, M., & Loyola, M. (éds.). (2021). La ilusión de la Libertad. Santiago: Ariadna Ediciones. Consulté à l’adresse https://books.openedition.org/ariadnaediciones/10335
    Chust, Manuel, Juan Marchena Fernandez, Mariano Schlez, et Manuel Loyola, éd. La ilusión de la Libertad. Santiago: Ariadna Ediciones, 2021. https://books.openedition.org/ariadnaediciones/10335.
    Chust, Manuel, et al., éditeurs. La ilusión de la Libertad. Ariadna Ediciones, 2021, https://books.openedition.org/ariadnaediciones/10335.
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