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Habitats et peuplement dans les Pyrénées au Moyen Âge et à l’époque moderne

 | 
Jean-Pierre Barraqué
, 
Philippe Sénac

Conflictividad social y luchas de bandos en los valles pirenaícos del Sobrarbe y la Ribagorza hacia 1400

Juan Fernando Utrilla Utrilla et Germán Navarro Espinach

Texte intégral

  • 1 Cortes del reinado de Martín I, tomo VI de Acta Curiarum Regni Aragonum, edición a cargo de Germán (...)
  • 2 Juan F. Utrilla, Carlos Laliena y Germán Navarro, «Los recursos naturales y su transformación en lo (...)

1Las actas de los procesos de cortes del reino de Aragón contienen una abundante información sobre los avatares políticos, sociales y económicos mas urgentes del momento y, a través de los llamados greuges o agravios, se desvelan una serie de asuntos en los que los distintos grupos sociales del reino -preferentemente los grupos privilegiados y las universidades o concejos-, a través de sus representantes o/y procuradores, mostraban al rey sus quejas y solicitaban del mismo la reparación de los agravios cometidos contra los demandantes. En una de estas cortes celebradas en Zaragoza durante los años 1398-14001 se desvelan en su apartado de agravios una variedad de conflictos sociales y problemas que tienen como escenario el Pirineo aragonés y que afectan a distintas poblaciones de la Ribagorza, el Sobrarbe y la Jacetania, sin aportar datos significativos sobre el Alto Gállego. El interés de estas informaciones de tinte político y de revuelta social es enorme para los objetivos más recientes que hemos marcado dentro de nuestro proyecto de investigación RESOPYR 2007-2008, tras haber plasmado en publicaciones anteriores una tendencia anterior sobre el tema de la explotación de los recursos naturales2.

2Así, pues, analizamos a continuación esas noticias que proporcionan especialmente diversos greuges o quejas presentados ante el rey Martín I por el conde de Ribagorza, el abad de San Victorián, el concejo de Aínsa y los procuradores de los valles de Gistau, Bielsa, Val de Puértolas, Valdebiu y el valle de Echo, escenarios todos ellos de tres comarcas pirenaicas.

Los agravios del condado de Ribagorza

  • 3 Se excluía las baronías de Castro y de Monclús, el valle de Gistaín, Bielsa y la ciudad de Monzón.
  • 4 Cortes del reinado de Martín I, citado, p. 200, cortes de Zaragoza de 1398-1400, greuges núms. XXXV (...)

3El condado de Ribagorza3 había sido donado por Jaime II en 1322 al infante Pedro, su hijo, padre a su vez del conde agraviado don Alfonso, duque de Gandía y marqués de Villena. Sus quejas ante el rey Martín I comienzan recordando que, antiguamente, antes de dicha donación, estas tierras estaban sometidas a la justicia de los oficiales reales como era costumbre. El condado tenía, por consiguiente, sus propios oficiales, es decir un procurador, un justicia, un baile general y un sobrejuntero propios. Después de la donación y desde unos ochenta años antes de esas cortes de 1398-1400, tanto el infante Pedro como su hijo y sucesor Alfonso, el agraviado en estas cortes de Zaragoza, procedieron a nombrar sus propios oficiales como nuevos señores del territorio que eran y aquellos pudieron desarrollar su actividad pacíficamente desde entonces hasta la fecha. Sin embargo, de un tiempo a esa parte, los oficiales reales y otras personas venían turbando el ejercicio de su jurisdicción4.

  • 5 Ibidem, p. 201, greuges núms. XXXVIII-XLII.

4Entre los ejemplos concretos que se aducían como agravios se recordaba que los sobrej un teros del rey habían entrado en repetidas ocasiones en dicho condado para prender y arrestar a los malhechores que perseguían, sacándolos fuera del territorio, aunque fuesen vasallos del mismo. No sólo eso, sino que también habían llegado a intitularse como «sobrejunteros de Ribagorza», esforzándose en prender pacerías y otros derechos de los lugares del condado, alterando su jurisdicción señorial. Incluso, algunas personas de los lugares del condado eran forzadas a comparecer ante el justicia de Aragón o el vicecanciller del rey y quienes no se presentaban eran encarcelados y sus bienes secuestrados, violando el mero y mixto imperio y la alta y baja jurisdicción pertenecientes a dicho conde, porque de hecho sólo a él, señor de estas tierras, era a quien competía conocer lo que hacían sus hombres o los extranjeros delincuentes en el mismo. De hecho, la jurisdicción civil y criminal había sido transmitida por Jaime II en su donación y desde unos ochenta años antes de esas cortes así se venía ejerciendo. De igual manera, la queja se extendía también a los oficiales reales que habían procedido a recaudar questes, toltes, aempres e acaptes dins lo dit comtat, a pesar de que éstas habían sido donadas igualmente por Jaime II, causando un grave prejuicio al conde5.

  • 6 Ibidem, p. 202, greuges núms. XLIII-XLIIII.

5Se afirmaba también en dichos greuges que otro de los problemas existentes era el hecho que, desde tiempos del rey Juan I, el gobernador y el justicia de Aragón habían entregado a algunos infanzones y señores de los lugares del condado pendones o señales de protección y salvaguarda, algo que contradecía también la donación real, puesto que entre los derechos que Jaime II se reservó estaba el de que no se pudiesen usar pendones ni salvaguardas dentro del condado. Más aún, tanto el justicia de Aragón como el gobernador habían acogido a cualquier persona que se han presentado ante ellos diciendo que los oficiales del conde actuaban contra fuero, de manera que han liberado a presos de las cárceles del condado para juzgarlos ellos. Lo que suponía un agravio fuerte al conde puesto que así parecía que no tuviese jurisdicción alguna6.

  • 7 Ibidem, p. 202, greuge núm. XLV.

6Otro agravio que se aducía era que, cuando en tiempos pasados corrió el rumor de que compañías extrañas de la parte de Gascuña iban a entrar en el reino, los diputados y el gobernador mandaron a los oficiales y hombres de Ribagorza que guardasen los puertos de Benasque que confrontaban con Gascuña. En concreto, durante la guerra contra el conde de Foix los hombres de Ribagorza llegaron a gastar 4.000 florines de oro de Aragón en la guardia de dichos puertos, cantidad que se solicitó a los diputados del reino que les fuese satisfecha y que hasta ese momento nunca habían querido hacerlo7.

  • 8 Ibidem, p. 202-203, greuge núm. XLVII.

7Desde hacía dos años o más, asimismo, el justicia de Aragón había liberado a ciertos hombres presos en las cárceles de las villas de Benabarre y Estopiñán, situadas en el citado condado de Ribagorza, a instancia de ciertos reclamantes que acusaban a los oficiales del condado de haber actuado contra fuero. Cuando el conde pidió explicaciones acerca de este asunto exigió que se le devolviesen dichos presos, cosa que todavía no había hecho el justicia de Aragón, el cual ni siquiera había actuado contra ellos en ninguna manera8.

  • 9 Ibidem, p. 203, greuge núm. XLVIII.

8Respecto al lugar de Exep, señorío del abad de San Victorián dentro del condado de Ribagorza, el conde poseía allí el mero y mixto imperio, la alta jurisdicción, la recaudación del impuesto del monedaje o morabedí, así como los derechos sobre apelaciones, hueste y cabalgada, entre otros más. Los habitantes de dicho lugar nunca habían causado daño alguno a otras tierras del reino; sin embargo, el 26 de abril de 1398, un grupo dirigido por Fortuño de Olsón, Portolico de Sin, Pedro Cardiel, Domingo de Uvata, Juan de la Cruz, Juan de Fedach y sus cómplices, casi en número de sesenta con gentes armadas a caballo y a pie, asaltaron el dicho lugar de Exep y se llevaron a siete hombres presos con todos los muebles y las bestias que encontraron, conduciéndolos al monasterio de San Vicente en la ribera del Cinca, y allí subastaron todos esos bienes comportándose como si fuesen enemigos. Y muchos de esos bienes fueron adquiridos por hombres y vasallos del noble Bernardo Galcerán de Pinós y otros. Después, los presos fueron trasladados al castillo de Estada, que es de dicho noble, pidiendo un rescate de 350 florines por ellos9.

  • 10 Ibidem, p. 204-205, greuge núm. L.
  • 11 Ibidem, p. 207-208, greuge núm. LI.

9Se menciona también en otro greuge un compromiso firmado en Monzón entre los nobles Bernardo Galcerán de Pinós y su hijo Pedro Galcerán de Castro con el agraviado conde de Ribagorza sobre una sentencia arbitral en la cual dichos nobles fueron condenados a reintegrar el perjuicio causado por ellos contra el conde en la posesión de las baronías de Castro y de Peralta, situadas dentro del referido condado de Ribagorza10. Pero no era el único asunto que enfrentó desde al menos 1391 a Bernardo Galcerán de Pinós y su hijo Pedro contra el egregio barón don Alfonso, duque de Gandía y marqués de Villena, señor del condado agraviado, puesto que se disputaban igualmente la posesión de los castillos de Laguarrés, Lascuarre, Luzás y Juseu, los cuatro situados en tierras de Ribagorza11.

La lucha de bandos en la villa de Aínsa12

  • 12 Sobre la lucha de bandos véase la Tesis Doctoral de Ma J. Torreblanca Gaspar, Violencia urbana y su (...)

10Con todo, las informaciones más destacadas de los agraviados de Sobrarbe se refieren a las luchas de bandos en Aínsa y los valles de su entorno como los de Bielsa, Gistau y Puértolas.

  • 13 J. Ma. Lacarra, Documentos para el estudio de la reconquista y repoblación del valle del Ebro, I, Z (...)
  • 14 Véase J. F. Utrilla, C. ESCÓ, Ma T. Rubio y A. castelló, «El poblamiento en las sobrecollidas de Aí (...)
  • 15 Véase. R. Betrán Abadía, La forma de la ciudad. Las ciudades de Aragón en la Edad Media, Zaragoza, (...)
  • 16 J. Camarena Mahiques, Focs y morabatins de Ribagorza (1381-1385), Textos Medievales, 16 (Anubar), 1 (...)
  • 17 J. A. Sesma Muñoz y J. abella Samitier, «La población del reino de Aragón según el fogaje de 1405», (...)
  • 18 La feria anual de Aínsa había sido concedida por Pedro III en 1295, y había sido renovada por Martí (...)
  • 19 En la sobrecollida de Ainsa el recuento se hace por «casas », en lugar de «fuegos » que es lo habit (...)

11La villa de Aínsa cuyos pobladores habían recibido el Fuero de Jaca en 112713 era la cabecera de comarca y fue, en el siglo XV, centro de la sobrecollida del mismo nombre14. La población se levanta sobre una estrecha muela, de difícil acceso, que controla el interfluvio de los ríos Cinca y Ara. La villa medieval aunaba, pues, una importante función comercial como cabecera de la comarca del Sobrarbe -de ahí que hubiera recibido un fuero de carácter burgués, como el de Jaca– con su posición estratégica y militar que vigilaba el acceso al valle desde la cercana Francia. El caserío primitivo, bien estudiado por R. Betrán, estaba constituido por un perímetro de casas fortificadas, y planificado con dos calles casi paralelas (la calle «grande» y la calle «pequeña») que bordean «interiormente la macromanzana perimetral fortificada»; dichas calles confluían en la iglesia de El Salvador, al sur de la villa, y desembocaban en sendas puertas de acceso a la plaza del Mercado, extramuros, al norte de la ciudad; la calle «grande» (la mayor o principal) directamente, mientras que la calle «pequeña» llegaba a la plaza atravesando, a su vez, la iglesia de Santa María, que quedaba ajena al conjunto residencial15 y en el castillo, baluarte defensivo de cuya existencia ya tenemos constancia a lo largo del siglo XI. Entre sus elementos urbanos más destacados todavía sobresale hoy su amplia plaza porticada y su castillo, así como las dos iglesias románicas de bella factura, la parroquial levantada en el siglo XII y dedicada a la Asunción de Nuestra Señora (colegiata de Santa María), y la iglesia de San Salvador. La villa era de realengo, y en 1386 el rey Pedro IV la dio a la infanta Violante, esposa del infante Juan, pasando de nuevo en el siglo XV a la corona. La población16 contaba en el fogaje de 1405 con 156 fuegos17; y mantenía una importante actividad artesanal y, sobre todo comercial, como muestra el tránsito de productos por su aduana y la renovación en 1403 por el monarca Martín de la celebración de su feria anual18, de una duración de tres semanas y a celebrar durante el mes de agosto. Noventa años después, en el fogaje general del reino realizado en 1495, en la villa había un número de 106 casas19.

  • 20 La lucha de bandos no era infrecuente en la zona, y así, en el último tercio del siglo XIII y con m (...)
  • 21 Véase G. GARCÍA Ciprés, «Los Bardaxí», en Linajes de Aragón, III (1912), p. 8-10 y 21-27.
  • 22 Repárese que el número de vecinos que forma parte de cada bando es muy similar (unos 70 por cada ba (...)
  • 23 Ibidem, p. 254 y 259, greuges núms. CXVII-CXIX y CXLIII-CXLV.
  • 24 Ibidem, p. 254 y 259-260, greuges núms. CXX y CXLVI.

12El proceso de cortes de Zaragoza de 1398-1400 nos informa, a través de los greuges presentados, que algunos vecinos singulares de la villa de Aínsa, en concreto Jaime Tolosa y otros, afirmaban que en dicha localidad existían desde tiempos pasados dos partidos20, el llamado de los de «dentro» y el de los de «fuera» -en tierras oscenses los bandos los representaban los linajes de los Bardají21 y de los Sin, respectivamente-, que tras enfrentarse en discordias y bregas habían llegado a suscribir una paz y tregua estable. Quienes se quejaban como agraviados ante el rey y las cortes formaban parte del bando de «fuera» y describen, de forma subjetiva y en detalle, cómo un viernes de enero de aquel año 1398 los del bando de «dentro» se reunieron en asamblea en número de sesenta22 en la casa de Juan de San Vicente, hombre de dicho bando23. Dos días después, el domingo siguiente, después de yantar, comenzó una brega en la plaza de la villa entre dos hombres del mismo bando de «dentro». El lugarteniente del sobrejuntero apresó al que había comenzado la disputa y entonces aparecieron otras personas del bando de «dentro» que procedieron a apedrear al lugarteniente, de manera que éste no tuvo más remedio que soltar al detenido. No contentos con ello, una veintena de individuos del bando de «dentro» con sus paveses, lanzas y ballestas armadas se pasearon por la calle donde vivía la mayor parte de los del bando de «fuera» en menosprecio de la paz y tregua establecidas, no dejando después de la brega de usar sus corazas y ceñirse los cintos24.

  • 25 Ibidem, p. 254-255 y 260, greuges núms. CXXI-CXLVII.

13Ese domingo, una hora después de la brega, otra vez la plaza mayor de la villa fue escenario de un enfrentamiento, ahora entre una persona del bando de «dentro» y otro del de «fuera», teniendo que intervenir los jurados de la villa, que los prendieron. Sin embargo, había cuatro hombres del bando de «dentro», a una distancia de veinticinco o treinta pasos de los dichos jurados y presos y, por sorpresa, desenvainaron sus cuchillos e hirieron a un hombre del bando de «fuera» por la espalda sin mediar palabra. Después anduvieron a sus casas a pertrecharse de sus respectivos paveses, lanzas y ballestas, y volvieron a la plaza acompañados de todos los del bando de «dentro» con sus armas, casi en número de sesenta personas, entrando en la casa de Guillem Duerto, de setenta u ochenta años de edad, que pertenecía al bando de «fuera», asesinándole asaeteado con sus ballestas. Las puertas de la casa estaban, de hecho, cerradas y fueron violentadas tras romperlas con cantos y piedras25.

  • 26 El cargo denominado como capitán de Jaca y sus Montañas había sido constituido por el rey Juan I, y (...)
  • 27 Ibidem, p. 255 y 260, greuges núms. CXXII-CXXIIII y CXLVIII-CL.

14Los agraviados del bando de «fuera» denunciaron entonces ante el rey el quebrantamiento de la paz y tregua firmada con los de «dentro», y el soberano envió a la dicha villa de Aínsa a un lugarteniente suyo, el capitán26 Fernando López de Luna, para investigar lo que había sucedido. Tras lo cual y a la vista de las acusaciones de los de «fuera» dicho capitán acabó por encausar a unos cincuenta miembros del bando de «dentro», aunque todavía no se había hecho juicio alguno sobre sus delitos. Incluso, por un lugarteniente del citado capitán fue preso uno de los encausados para ser interrogado pero todavía no se había llevado a cabo dicho interrogatorio27.

  • 28 Ibidem, p. 255-256 y 260-261, greuges núms. CXXV-CXXVII y CLI-CLIII.

15Fernando López de Luna, capitán del rey, se marchó de Aínsa y dejó como lugarteniente a Martín de Losilla, escudero de su casa, el cual ordenó a los vecinos de la villa que siguiesen a los encausados fugitivos bajo pena de 500 sueldos jaqueses. Los encontraron por fin en una iglesia del lugar de Banasto, cerca de dicha villa, y les pidieron que se marchasen de allí y se presentasen ante él. Su respuesta fue salir de aquella iglesia y atacar al citado Martín de Losilla, hiriéndole entre siete hombres, degollando al lugarteniente del sobrejuntero. Los damnificados del bando de «fuera» pidieron al concejo de la villa que actuase junto con ellos, pero les fue denegado el apoyo diciéndoles que no se les había hecho mal alguno. Por ese motivo los querellados acudieron a Zaragoza para hablar con el capitán del rey y con otras personas sobre los hechos acontecidos en Aínsa28.

  • 29 Ibidem, p. 256 y 261-262, greuges núms. CXXVIII-CXXX y CLIIII-CLVI.

16En agosto de 1398 el capitán del rey, Fernando López de Luna, volvió a la villa de Aínsa para pedir a las partes que le presentasen sus alegaciones al respecto. Los damnificados del bando de «fuera» le requirieron un plazo mayor de tiempo para acudir a su abogado que vivía en Jaca. El capitán les concedió dos días de plazo. Cuando vino el abogado desde Jaca, el capitán no lo esperó, pues se fue de misa a su posada y declaró en perpetuo silencio las reclamaciones de los dichos damnificados, metiéndose en su cámara con las puertas cerradas. Mientras tanto, los del bando de «dentro» presentaron sus escritos contra los de «fuera» y ni siquiera pagaron las fianzas, llegándose a beneficiar de las subastas de los bienes de los de «fuera» que realizó dicho capitán, no dando parte de las mismas ni a sus viudas ni herederos contra todo fuero, justicia y buena razón. Y no sólo eso sino que el dicho capitán había permitido volver a la villa a los fugitivos encausados, los cuales se dedicaron a destruir las viñas de los dichos damnificados de «fuera», despedazando los sarmientos y las uvas29.

  • 30 Ibidem, p. 257, greuges núms. CXXXIII-CXXXV.

17Posteriormente, el capitán del rey obligó a los de «fuera» a confirmar la paz y tregua con los de «dentro». En concreto, Domingo y Juan Duerto, el hijo y el nieto respectivamente de aquel anciano de nombre Guillén, asesinado en la brega por los de «dentro», no consintieron en firmar dicha paz y el capitán les dio de plazo dos días para que se fuesen de la villa o los ahorcaría y, de hecho, tuvieron que marcharse. Además, el nuevo lugarteniente que había dejado el capitán en Aínsa no dejó entrar ni vivir en sus casas a ninguno de los damnificados de «fuera» como si se tratase de bandidos o exiliados30.

  • 31 Ibidem, p. 257, greuges núms. CXXXVI-CXXXVII.

18Por añadidura, para cubrir las ejecuciones de bienes de los damnificados de «fuera» que acabaron acusados por los de «dentro» se había procedido a subastar los bienes de sus familiares, como es el caso de los paños de Alfonso Duerto, hermano del citado Guillén, asesinado, o de las casas de Jordán de Sanromán, difamado como autor de la muerte de Guillén, que las compró en subasta el mismo Alfonso Duerto y ahora le serían arrebatadas acabando exiliado de la villa31.

  • 32 Ibidem, p. 258, greuges núms. CXXXIX-CXLI.
  • 33 Ibidem, p. 262-263, greuges núms. CLXI-CLXIIII

19El 2 de septiembre de 1398 el citado capitán del rey, Fernando López de Luna, ordenó cerrar todas las puertas de la villa de Aínsa y reunió al concejo para comunicarles que condenaba a los del bando de «dentro» a pagar una multa de 1.500 florines de oro de Aragón, y a los damnificados de «fuera», procesados injustamente, les imponía una multa 600 florines. Por último, el concejo mismo era condenado al pago de 1.200 florines. La suma total de las sanciones impuestas alcanzaba la elevada cantidad de 3.300 florines de oro32. Tras ello, con la intermediación de fray Juan de Alfocea, lector de los predicadores de Huesca, se firmaron cuatro capítulos de paz y tregua entre los injuriados del bando de «fuera» y los de la partida llamada de «dentro». En primer lugar, se firmó un compromiso de paz entre ambos bandos. En segundo lugar, si así lo querían podían elegir un hombre de cada partida para concretar el acuerdo. En tercer lugar, todos los testimonios de uno y otro bando serían trasladados a conocimiento de la audiencia real. Y en cuarto lugar, también la sentencia del capitán del rey sería sometida a revisión por la audiencia real, puesto que unos la declaraban justa y los otros no, sobre todo teniendo en cuenta que se habían hecho unos estatutos por parte de la villa entre los cuales había uno que decía que «qualquiere hombre bando fazient no pudiesse seyer ni star en la dilla villa dius cierta pena»33.

  • 34 Ibidem, p. 263-264, greuges núms. CLXV-CLXVII.

20Estando en tregua los bandos de la villa de Aínsa tras el nuevo acuerdo volvió a producirse un suceso que alteró la paz entre unos y otros. Los de «dentro», llamados también los Bardaxines e los de su partida, prendieron al carnicero Antonio Ciutat, vecino de dicha villa y perteneciente al bando de «fuera», y se lo llevaron a media legua de distancia para matarlo. Apresaron también al fustero Juan de Muro, vecino de dicha villa, acabando con su vida en una viña cerca de la población. Cogieron asimismo a Lorenzo de Palo, otro vecino que era pariente de los injuriados de «fuera», mientras trillaba en su era. Secuestraron a un mozo de quince años de edad que era hijo de Juan Mur, tendero, en las puertas de la villa, y robaron un mulo de Ramón de Lisa y dos mulos de Pedro Lacallariça, vecinos ambos del lugar. Por las noches velaban la villa haciendo pagar a las mujeres de los injuriados y exiliados34.

  • 35 Ibidem, p. 264, greuges núms. CLXVII-CLXVIII.

21El justicia, los jurados y los consejeros de la villa de Aínsa se pusieron de parte de los dichos Bardajines del bando de «dentro», porque, de hecho, dejaron que entrase en la población uno de sus principales, Antón de Bardají, cuyo apellido daba nombre al bando, acompañado de dieciséis bacinetes de gascones y otra compañía de gascones de a pie, junto con los fugitivos que habían asesinado y robado recientemente. De manera que cualquiera que los acusase en la villa sería asesinado. Así, pues, los Bardajines con sus gascones y malhechores habían levantado en Aínsa, villa de realengo, un castillo de guerra, «a deshonor del dito senyor rey e muyt grant danyo de la dita villa d’Aynsa e cosa publica de aquella e toda su comarca». En ese sentido, los agraviados del bando de «fuera» concluían sus quejas diciendo que «la dita villa de Aynsa del dito senyor rey yes clau de todo Sobrarbe e de las Valles», puesto que desde allí se puede ir en un solo día hasta Gascuña y volverse en otro día. Además, la población estaba tan bien avituallada que no únicamente el Sobrarbe y sus valles podían perderse en una acción de guerra desde allí, sino también todo el reino de Aragón35.

  • 36 Ibidem, p. 264, greuge núm. CLXVIII.

22Según los agraviados de «fuera», el problema de las bandosidades de Aínsa podía desembocar en una invasión desde Francia a tenor de que el citado Antón de Bardají había introducido dentro del reino casi cuatrocientos bacinetes de gascones, y tenía intención de traer otros tantos más. Los dichos injuriados se acercaron a la villa para tratar sobre este gran escándalo con los jurados y hombres buenos de la misma, a la vez que para ver a sus madres, mujeres e hijos que, desde hacía año y medio, no los habían podido ver, aportándoles pan, vino y carne para su avituallamiento. Sin embargo, los «Bardajines» les tiraron todas las provisiones y les hicieron descalzarse y desprenderse de sus bienes, sin que el justicia y los jurados hiciesen nada por impedirlo. En suma, los escándalos, daños y peligros de la cosa pública en la villa de Aínsa y de toda su comarca eran enormes, por ese motivo los agraviados suplicaban al rey que corrigiera tales desmanes y contrafueros36.

23Las bandosidades persistieron durante años, como ilustran las cortes de Maella de 1404 en las que los procuradores de las comarcas septentrionales de Huesca fueron declarados contumaces por no llegar a tiempo a presentar sus credenciales ante el rey, quien finalmente los aceptó a tenor de las dificultades que habían encontrado en el viaje precisamente por culpa de dichas bandosidades.

Otros conflictos en sobrarbe y en el valle de Echo

  • 37 Ibidem, p. 289-290, greuge núm. CCII.

24En efecto, el problema de las banderías estaba extendido por toda la comarca como pone de manifiesto una queja presentada por los procuradores de los valles de Gistau, Bielsa, Val de Puértolas y Val de Biu, «por razon del grant dampnatge que sostienen los hombres de las ditas valles por las bandosidades que sean en aquellas partidas e los periglos que se speran seyer en las montanyas». En estas montañas la guerra era muy fuerte, según aseguran los citados procuradores, entre los «Bardajines» y Pedro Sin, los cuales con sus valedores robaban en los dichos valles, apresando a los hombres como cautivos, y ejerciendo otras muchas violencias sobre todo contra quienes no eran de alguno de los dos bandos y no tenían protector alguno que los defendiese. Si el monarca no ponía algún remedio estos valles estarían en peligro de perdición y despoblación, sobre todo porque ambos bandos –y no sólo el de los «Bardajines»– «entienden meter companyas estrangeras en el regno e si se meten en Aynsa, senyor, todas las muntanyas e lugares de aquellas son perdidas, de manera que nunca se recobraría lo que sería irreparable dampnatge a vuestro regno»37.

  • 38 Ibidem, p. 278-280, greuges núms. CXC-CXCVI.

25Las luchas de bandos también son mencionadas en otra queja presentada por el notario Antón Piquer, procurador de las universidades de San Esteban y de la encomienda de Monzón, y de las villas y lugares reales y eclesiásticos de la sobrejuntería de Barbastro y del Sobrarbe, así como de los valles de la Litera. Los concejos que habían sufrido daños humanos y pérdidas materiales por culpa de esta situación son diversos: «los feytos de la Torre, de Tronzedo, de Roquafuert, de Stopanyan, de Castiello, de las Carboneras, de los bandos de las montanyas de Jaqua e de los de la ribera de Exalon, e por el feyto de Borga e de Çaydin»38.

  • 39 Ibidem, p. 265-266, greuges núms. CLXX-CLXXIII.

26La referencia a los bandos de las montañas de Jaca encuentra confirmación en otro greuge presentado por Miguel Pérez de Navasa, procurador de la universidad del valle de Echo. Parece ser que se sobreseyó con anterioridad un proceso abierto entre las gentes de Echo y los hombres del valle de Aspa, situado en el condado de Foix. Aprovechando dicho sobreseimiento estos gascones, en concreto los hombres de Lascún, entraron con una gran compañía de noche en el valle de Echo y se llevaron más de 1.500 vacas y bueyes, además de 6.000 ovejas, todo ello propiedad de los vecinos del valle. Curiosamente, algunos dueños de ganados fueron acusados de haber robado ellos a los gascones, cuando resultó ser al contrario. Y teniendo en cuenta que estos hechos ocurrieron mientras estaba en guerra el dicho condado de Foix con el reino de Aragón no entendían los hombres de Echo que se hubiese producido un sobreseimiento del pleito abierto entre ambas partes con esas circunstancias de fondo39.

  • 40 Ibidem, p. 190, greuge núm. XXIII.
  • 41 Ibidem, p. 190-191, greuge núm. XXV.

27Otras noticias acerca de más conflictos en el Sobrarbe las proporcionan las quejas del abad del monasterio de San Victorián. Para empezar se alude a las deudas superiores a 10.000 sueldos jaqueses contraídas por el caballero Pedro Jordán de Urriés, comisario real, que recaudó fondos para el pasaje de Sicilia y Cerdeña en tiempos del rey Juan I. Entonces el monasterio prometió entregarle para la conquista siciliana 300 florines de oro de Aragón, pero el comisario no los aceptó y mandó a un portero de Aínsa que hiciese ejecución de los bienes del citado monasterio, motivo por el cual el abad sufrió grandes daños y menoscabos por valor de la cantidad citada40. Por no hablar de otras opresiones, fuerzas y violencias que los oficiales reales habían causado al abad y a los monjes «que desean bivir en paz»41.

  • 42 Ibidem, p. 190, greuge núm. XXIUI.

28Otro asunto paralelo fue el del sobrejuntero Pedro Sánchez de Latras, quien, cuando perseguía a unos malhechores hasta el lugar de Arro, señorío del monasterio de San Victorián, apresó allí diversas muías y otras bestias y bienes de los hombres del dicho lugar, y no los volvió a restituir: «por la qual razon se ha en grant partida despoblado e destruydo el dito lugar e las rendas del dito lugar que son del dito monasterio son venidas en grant disminucion». Las pérdidas ascendían, según las quejas del abad, a más de 10.000 sueldos jaqueses42.

29A través, pues, de los greuges presentados en las citadas cortes del reino de Aragón celebradas en Zaragoza (1398-1400), hemos podido comprobar cómo en la última década del siglo XIV se produce en todo el reino, y de forma especial en la zona septentrional, un paulatino aumento de la conflictividad social y de la lucha de bandos, cuyas tensiones seculares se ven agudizadas por el grave problema sucesorio que afectaba a Aragón ante la ausencia de hijos varones a la muerte de Juan I, y la sucesión en la figura de su hermano el rey Martín de Sicilia, en detrimento de las hijas del fallecido Juan, la infanta Juana -casada con el conde de Foix– y la infanta Violante -casada con el conde Armagnac. La secular lucha de bandos y de enfrentamientos entre linajes o/y familias se veía, pues, agravada y aún alentada por la presencia de tropas francesas provenientes de Foix o de Armagnac, y denominados genéricamente como «gascones», compañías armadas, en suma, que, colaborando con uno de los bandos, amenazaba directamente las localidades mas importantes de los altos valles pirenaicos y, por extensión, a todo el reino.

30Los conflictos señoriales y la lucha de bandos proseguían todavía en 1486 cuando la Diputación del reino intentaba sofocar las luchas y banderías que se reproducían en el norte de Aragón, y así ordenaban actuar contra los «bandos» en Aínsa o, dos años después, en 1488, actuaban contra Guiralt de Bardaxí que se había enseñoreado en la vecina localidad de San Juan de Plan.

Notes

1 Cortes del reinado de Martín I, tomo VI de Acta Curiarum Regni Aragonum, edición a cargo de Germán Navarro Espinach, Zaragoza, Grupo de Investigación de Excelencia CEMA de la Universidad de Zaragoza – Ibercaja – Cortes de Aragón – Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, 2008.

2 Juan F. Utrilla, Carlos Laliena y Germán Navarro, «Los recursos naturales y su transformación en los Pirineos aragoneses durante la Edad Media», en Les ressources naturelles des Pyrénées du Moyen Âge d l’Époque Moderne: Exploitation, gestion, appropiation, Actes du Congrès International RESOPYR 1 (Font Romeu, Francia, 8-10 noviembre 2002), edición a cargo de Aymat Catafau, Perpignan, Presses Universitaires de Perpignan, 2005, p. 19-48. Véase también de los mismos autores «La evolución histórica del paisaje rural en los Pirineos durante la Edad Media: explotación agropecuaria y recursos forestales » en A. Sabio e I. Iriarte (editores), La construcción histórica del paisaje agrario en España y Cuba, Madrid, Los Libros de la Catarata, 2003, p. 53-65.

3 Se excluía las baronías de Castro y de Monclús, el valle de Gistaín, Bielsa y la ciudad de Monzón.

4 Cortes del reinado de Martín I, citado, p. 200, cortes de Zaragoza de 1398-1400, greuges núms. XXXV-XXXVII.

5 Ibidem, p. 201, greuges núms. XXXVIII-XLII.

6 Ibidem, p. 202, greuges núms. XLIII-XLIIII.

7 Ibidem, p. 202, greuge núm. XLV.

8 Ibidem, p. 202-203, greuge núm. XLVII.

9 Ibidem, p. 203, greuge núm. XLVIII.

10 Ibidem, p. 204-205, greuge núm. L.

11 Ibidem, p. 207-208, greuge núm. LI.

12 Sobre la lucha de bandos véase la Tesis Doctoral de Ma J. Torreblanca Gaspar, Violencia urbana y sus manifestaciones en Aragón en la Baja Edad Media. Luchas de bandos y régimen municipal en las ciudades aragonesas (1250-1450), Zaragoza, 1993, 3 vols. Dicha autora aportaba en apéndice, entre tantos otros documentos más, el pasaje de las cortes de Zaragoza de 1398-1400 que recoge las greuges de la villa de Aínsa, si bien no estudia en detalle el conflicto. Véase también su artículo sobre «Sistemas de guerra, sistemas de paz; los bandos en el Aragón de la Edad Media», en Violencia y conflictividad en la sociedad de la España Bajomedieval, Zaragoza, Universidad de Zaragoza, 1995, p. 101-120

13 J. Ma. Lacarra, Documentos para el estudio de la reconquista y repoblación del valle del Ebro, I, Zaragoza, 1982, doc. 152, p. 164-165.

14 Véase J. F. Utrilla, C. ESCÓ, Ma T. Rubio y A. castelló, «El poblamiento en las sobrecollidas de Aínsa, Barbastro, Huesca, Jaca y Ribagorza a fines del siglo XV», en Arqueología Espacial, 5 (1984), p. 157-177.

15 Véase. R. Betrán Abadía, La forma de la ciudad. Las ciudades de Aragón en la Edad Media, Zaragoza, 1999, p. 264.

16 J. Camarena Mahiques, Focs y morabatins de Ribagorza (1381-1385), Textos Medievales, 16 (Anubar), 1966.

17 J. A. Sesma Muñoz y J. abella Samitier, «La población del reino de Aragón según el fogaje de 1405», en La población de Aragón en la Edad Media (siglos XIII-XV). Estudios de demografía histórica, Zaragoza, 2004, p. 115-164.

18 La feria anual de Aínsa había sido concedida por Pedro III en 1295, y había sido renovada por Martín I en 1403. Véase A. Conte Cazcarro, «Notas sobre el desarrollo mercantil de Aínsa durante la Edad media (siglos XIII-XV)», en Argensola, 92 (Huesca).

19 En la sobrecollida de Ainsa el recuento se hace por «casas », en lugar de «fuegos » que es lo habitual para el resto de las sobrecollidas del reino. Véase A. Serrano Montalvo, La población de Aragón según el fogaje de 1495, t. II, Sobrecullidas: Fin de la de Calatayud, Tarazona, Huesca, Jaca, Ainsa, Barbastro y Ribagorza, Zaragoza, 1997.

20 La lucha de bandos no era infrecuente en la zona, y así, en el último tercio del siglo XIII y con motivo del conflicto entre la Unión aragonesa y el rey, las banderías se habían extendido por Aínsa y toda su comarca. Ahora, a comienzos del siglo XV, se reproducía, a pequeña escala, la lucha de bandos existentes en el reino entre el linaje de los Luna y el linaje de los Urrea. La denominación de los bandos, los de «dentro» y los de «fuera» pudieran hacer alusión a los descendientes, en el primer caso, de las casas mas antiguas de la villa, y en el segundo a gentes procedentes de otros lugares e instaladas en la villa con posterioridad, al calor de su importante actividad como núcleo comercial. La evolución de la topografía urbana de Aínsa, bien estudiada por R. Betrán Abadía, obra citada, p. 298-304, y con planimetrías de los posibles caseríos de los siglos XIII y XIV, parece responder a aquella denominación, pues se aprecia un núcleo primitivo amurallado que albergaría a la población de los siglos XII y XIII, los de «dentro», y a lo largo del siglo XIV se recreció la villa, ampliando su recinto por la construcción de una segunda muralla, realizando la gran plaza Mayor y encerrando por el NO una nueva zona destinada a la edificación de viviendas, y que parece responder al lugar de habitación de los llamados del bando de «fuera». Desde luego el documento precisa textualmente que los de «fuera» vivían mayoritariamente en una única calle que desembocaba en la plaza («... stando en la dita plaça ... e anduvieron toda la carrera do la mayor partida del dito bando de fuera finca...»). Todavía a fines del siglo XVI y comienzos del XVII se procedía a «derribar unas setenta casas de la villa » para erigir la gran fortaleza que todavía hoy podemos contemplar, y que estaba terminada en 1610 (véase C. Guttart Aparicio, Castillos de Aragón, I, Zaragoza, 1978, p. 103).

21 Véase G. GARCÍA Ciprés, «Los Bardaxí», en Linajes de Aragón, III (1912), p. 8-10 y 21-27.

22 Repárese que el número de vecinos que forma parte de cada bando es muy similar (unos 70 por cada bando) y que parecen responder a la totalidad de la población de la villa, pues como se ha dicho en el fogaje de 1404 aparecen consignados un total de 156 fuegos.

23 Ibidem, p. 254 y 259, greuges núms. CXVII-CXIX y CXLIII-CXLV.

24 Ibidem, p. 254 y 259-260, greuges núms. CXX y CXLVI.

25 Ibidem, p. 254-255 y 260, greuges núms. CXXI-CXLVII.

26 El cargo denominado como capitán de Jaca y sus Montañas había sido constituido por el rey Juan I, y su jurisdicción incluía hasta Sos y la Valdonsella. También se documenta el Capitán de Aínsa en 1398 (A.C.A., Cancillería, reg. 2.116, f. 31 v°). Ambos cargos militares se citan en 1398 con ocasión de la inminente guerra contra los ejércitos provenientes de los condados de Foix y de Armagnac que apoyaban al conde de Urgel. Dos años antes, en 1396, la reina ordenaba al Justicia de Aragón que hiciera cuantas gestiones fueran necesarias para poder defender el reino del inminente ataque de los hombres del conde de Foix (A.C.A. Cancillería, reg. 2.346, f. 20 v°. Barcelona, 30 de noviembre de 1396).

27 Ibidem, p. 255 y 260, greuges núms. CXXII-CXXIIII y CXLVIII-CL.

28 Ibidem, p. 255-256 y 260-261, greuges núms. CXXV-CXXVII y CLI-CLIII.

29 Ibidem, p. 256 y 261-262, greuges núms. CXXVIII-CXXX y CLIIII-CLVI.

30 Ibidem, p. 257, greuges núms. CXXXIII-CXXXV.

31 Ibidem, p. 257, greuges núms. CXXXVI-CXXXVII.

32 Ibidem, p. 258, greuges núms. CXXXIX-CXLI.

33 Ibidem, p. 262-263, greuges núms. CLXI-CLXIIII

34 Ibidem, p. 263-264, greuges núms. CLXV-CLXVII.

35 Ibidem, p. 264, greuges núms. CLXVII-CLXVIII.

36 Ibidem, p. 264, greuge núm. CLXVIII.

37 Ibidem, p. 289-290, greuge núm. CCII.

38 Ibidem, p. 278-280, greuges núms. CXC-CXCVI.

39 Ibidem, p. 265-266, greuges núms. CLXX-CLXXIII.

40 Ibidem, p. 190, greuge núm. XXIII.

41 Ibidem, p. 190-191, greuge núm. XXV.

42 Ibidem, p. 190, greuge núm. XXIUI.

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