Version classiqueVersion mobile

Donde no habite el olvido

 | 
Marzia Rosti
, 
Valentina Paleari

Presentación

Marzia Rosti

Texte intégral

1En el siglo pasado, sobre todo en los años 70, América Latina vivió dictaduras cívico-militares en muchos de sus países, que fueron particularmente crueles ya que no sólo violaron las más elementales reglas de la democracia y del ‘estado de derecho’, sino que la tortura, el asesinato, la desaparición de personas o la sustracción de niños –todo ordenado o permitido por las autoridades estatales– fueron prácticas corrientes.

2Con la vuelta a la democracia en los años 80-90, estos hechos exigieron una revisión de lo sucedido y la atribución de culpa y responsabilidad a los actores involucrados en ellos y, en particular, por lo que concierne a los hechos relacionados con delitos de lesa humanidad. Cada país vio abrirse por lo tanto, por un lado, períodos de transición política durante los cuales se promovieron reformas o cambios institucionales para reforzar la democracia recuperada, y, por otro, períodos de justicia de transición o justicia transicional que llevaron a la creación de un conjunto de medidas y de mecanismos de verdad, memoria, justicia y reparación para enfrentar –según diferentes matices– las consecuencias de un pasado traumático de violencia contra la población, atender las necesidades de las víctimas y posibilitar la reconstrucción del tejido social. Los procesos fueron largos y fueron sometidos a todas las vicisitudes políticas y a los intereses enfrentados, porque se puso en juego tanto la manera en que se afrontaron las consecuencias de las violaciones de los derechos humanos sufridas, como la calidad de las nuevas democracias.

  • 1   Se crearon en Argentina la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas-Conadep (1983), en (...)
  • 2   C. M. Beristain, 2011, Introducción. Verdad, justicia y reparación: democracia y derechos humanos (...)
  • 3   El Nunca más en Argentina (1984); en Chile el Informe Rettig (1991) y el Informe Valech (2004); e (...)

3Una de las primeras medidas fue la creación de comisiones de verdad1 que –con diferentes mandatos y ámbitos de investigación definidos por cada gobierno de transición– se constituyeron en instrumentos de investigación extrajudicial para hacer frente a las violaciones de derechos humanos del pasado, abrir un espacio social para las víctimas y proporcionar una agenda de recomendaciones futuras para los procesos de transición política2. Estos organismos reconstruyeron por primera vez ‘oficialmente’ los horrores, descubriendo una realidad ignorada o semiocultada y, de esta forma, ofrecieron a las víctimas, a los familiares y a los sobreviventes un espacio para sus voces, sus testimonios y sus denuncias, y los informes3 que redactaron constituyeron y constituyen todavía una parte fundamental de la memoria de lo vivido.

  • 4   Sobre el tema de la impunidad se remite a los ensayos de Rossetti, Posenato y Di Gregorio.

4En cuanto a la justicia, a pesar de los esfuerzos para realizarla desde el principio, todos los gobiernos militares en el momento en que transmitieron los poderes a los gobiernos civiles –conservadores y muy atentos a proteger la democracia– aprobaron u obtuvieron que se aprobaran leyes de amnistía que no permitieron investigación alguna para identificar a los responsables de las violaciones y tampoco que se celebrasen los procesos judiciales4. Así que, por unas decadas, las sociedades latinoamericanas que habían vivido las dictaduras se encontraron como ‘obligadas’ a vivir al lado del victimario y del torturador, en el olvido, en el silencio, sin poder elaborar el duelo por los familiares desaparecidos o muertos. Parecía que la impunidad era la única receta posible en un contexto en que los perpetradores de las violencias tenían aún una gran capacidad de coacción sobre el sistema democrático, mientras se amparaban dichas medidas en un discurso acerca de la ‘necesaria reconciliación nacional’.

  • 5   C. M. Beristain, Introducción, p. 34.
  • 6   Hubo procesos en Italia, Francia y España.
  • 7   C. M. Beristain, Introducción, p. 39.

5La demanda de justicia a nivel nacional encontró en la jurisidicción universal «una herramienta clave para llevar adelante los procesos fuera de sus propios países»5 en cuanto se pudieron celebrar, al exterior y en casos específicos, unos procesos a los militares responsables de crímenes contra ciudadanos extranjeros6. Otro aporte vino del sistema interamericano de derechos humanos con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CorteIDH) de 2001 en el caso Barrios Altos y –posteriormente– la confirma de una jurisprudencia respecto a la ilegalidad de las amnistías en los casos de crímenes de lesa humanidad. De ahí que, a nivel regional, la actividad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante ComisiónIDH) y de la CorteIDH se haya vuelto actor clave y a veces represente para las organizaciones de derechos humanos de las víctimas y de sus familiares, la única esperanza y el único mecanismo de presión frente a los Estados para que hagan justicia; una justicia que se entrelaza con una verdad que sale a la luz en las aulas judiciales gracias a los testigos y a sus testimonios y que –de esta forma– posibilita reconocer y cumplir el derecho a la verdad de los familiares7.

  • 8   Una primera versión de los ensayos publicados fue presentada durante el Primer Congreso de Litera (...)

6Se perfilan así otras formas de testimonio a las que están dedicados la mayoría de los ensayos recogidos en el presente volumen que tengo el privilegio de presentar8. Estos textos se diferencian de las obras de ‘literatura testimonial’ en sentido estricto del término, porque surgen de las aulas judiciales y de los informes de las comisiones de verdad, respaldados por la actuación de la jurisprudencia, que los defiende de los asaltos del olvido y de la impunidad.

 

7El volumen está dividido en tres secciones; la primera, bajo el título “El testimonio en las aulas judiciales: voces para la verdad y la justicia”, recoge los escritos de colegas juristas italianos y extranjeros cuales Buzzelli, Speranzoni, Posenato, Rossetti y Di Gregorio.

8El primer ensayo de Silvia Buzzelli ilustra el proceso de reconstrucción de la verdad en las aulas utilizando el parallelismo entre «teatro» y «processo», porque ambos son lugares «artificiali, in cui nulla è lasciato al caso. I ruoli son ben delineati, financo visibili, c’è un posto per gli attori, per l’accusa e per la difesa» (p. 28) y porque comparten un «elemento comune: sia l’aula di tribunale sia il palcoscenico sono ambedue spazi di cultura […] il processo è un fatto culturale […] e la cultura, per definizione, non gradisce el olvido» (p. 28). Cultura y justicia son representaciones de verdad, la cual aspira a expandirse «ben oltre gli scopi processuali» y que en las aulas asume «una sua esplicita autonomia», llegando a ser «un diritto per le vittime di crimini grandi e sproporzionati, per i loro parenti, per le vittime di condotte criminali simili» (p. 30) y además «uno specifico diritto di sapere per l’opinione pubblica, per noi tutti che siamo componenti di quella umanità lesa dai crimini allarmanti» (p. 30). Al respecto Buzzelli recuerda la sentencia de la CorteIDH pronunciada en 2011 en el caso Gelman vs. Uruguay –analizado luego por Rossetti en su escrito– que afirmó precisamente: «todo el pueblo uruguayo pueda conocer la verdad de los hechos ocurridos durante le época del terrorismo de estado».

9De tal forma la verdad judicial que surge tendría que socavarle –y el condicional es obligado– espacio al olvido que –a menudo en cambio– ocupa abusivamente esa zona donde los crímenes inimaginables se han cumplido y se eclipsan con la ayuda de unos cómplices «autentici clandestini» (p. 32): o sea «della cultura dell’impunità, della congiura del silenzio, delle indagini lente e ineffettive» (p. 32) y también a causa de una «ingombrante interferenza statale» (p. 32), que recorriendo a la gracia, al indulto o al secreto de Estado (elementos evidenciados por Di Gregorio en su escrito dedicado al Brasil), contribuye a que el olvido prevalezca.

  • 9   Se celebró desde 2013 hasta 2016 y la sentencia del 17 de enero de 2017 condenó a cadena perpetua (...)

10Permaneciendo en las aulas judiciales y analizando el rol del testigo con sus palabras y sus memorias, Andrea Speranzoni evidencia como «La pluralità dei generi, delle narrazioni e dei linguaggi, giuridici e non, pare essersi data appuntamento sotto il paradigma della parola ‘giustizia’, luogo linguistico e di rappresentazione problematico o forse inattingibile prisma dai mille riflessi sul mondo che lo osserva e gli chiede accesso» (p. 42). En efecto, «La narrazione del testimone in un processo penale non può essere assimilata alla narrazione del medesimo in qualunque altro contesto» (p. 35), porque –primero– hay normas, reglas y tiempos del juicio que la codifican y que la guían; además, «sul piano metaprocessuale» en cada testimonio desempeñan un rol importante «fattori culturali, storici e caratteristiche proprie soggettive del narrante» y el hecho histórico que se reconstruye no coincide con la historia, sino con la necesidad de probar una hipótesis acusatoria «formulata in un capo d’imputazione» (pp. 35-36). Finalmente –a veces– en los tribunales hay un tercer ámbito narrativo constituido por la literatura, y al respecto Speranzoni nos ilustra como en el ámbito del proceso Cóndor celebrado en Roma y recién terminado9 contribuyeron textos literarios que reconstruyen la vida de unas víctimas, memorias de victimarios y torturadores, escritas cuando ellos no pensaban que un día iban a responder ante la justicia, memorias de víctimas que se transformaron en colaboradores de los verdugos y, en último lugar, un «patrimonio letterario e poetico anonimo» (p. 41) o sea textos olvidados y escritos por los presos en los centros de detención.

11Acercándonos más al continente latinoamericano, Naiara Posenato nos evidencia cómo el rol de la justicia nacional y de la CorteIDH es sin duda fundamental para hacer no solo justicia en el sentido más estricto del término, sino también para garantizar la memoria, la verdad y las reparaciones de las víctimas. A través de un análisis de la específica forma de ‘literatura jurídica’ constituida por las sentencias de la CorteIDH de los últimos 30 años, la autora llama la atención del lector sobre las formas de reparación indicadas, las cuales van más allá de la simple indemnización y que son llamadas medidas de «restituzione, riabilitazione, soddisfazione e/o […] garanzie di non ripetizione» (p. 57). Las reparaciones comprenden, entre otras, la presentación de disculpas por parte del Estado, la construcción de monumentos o memoriales a las víctimas de las violaciones de derechos humanos, la institución de cursos universitarios a ellos dedicados y también de calles, de plazas y de escuelas. La proyección política y social de tales medidas y el valor moral de tutela de la memoria, hace que las mismas sean reconocidas por el sistema interamericano de protección de derechos humanos como una de las formas de reparación más apta a la exigencia de tutela de los derechos fundamentales.

12Entre estas medidas cabe recordar el reconocimiento del derecho a la verdad en la dimensión tanto individual como colectiva, o sea, como declinado por la Corte «in un doppio e concomitante dovere degli Stati di ricostruire la verità dei fatti sia da un punto di vista più generale, mediante pratiche amministrative o ‘commissioni della verità’ sia mediante l’accertamento individualizzato e di natura giudiziaria» (p. 59-60). Así que para el sistema interamericano la reconstrucción de la verdad histórica mediante las comisiones de verdad tiene que estar asociada a la reconstrucción de la verdad mediante los procesos en las aulas judiciales.

13Derecho a la verdad que la CorteIDH reafirmó en el caso Gelman –ya citado por Buzzelli– interfiriendo en el sistema jurídico nacional del Uruguay, donde en 1986, el Congreso había aprobado la ley de amnistía denominada Ley de Caducidad de cada pretensión punitiva del Estado, cuya validez fue confirmada en 1989 y en 2009 por dos consultas populares, manifestando así la voluntad del pueblo que se debía terminar con la persecución de los responsables. En efecto el caso Gelman destaca como caso emblemático –como evidencia el colega argentino Andrés Rossetti– porque allí surgió la tensión entre las decisiones democráticas que las sociedades toman, con el riesgo de que ellas violen los derechos humanos, y la posibilidad que organismos como la CorteIDH misma intervengan en los contextos nacionales para proteger esos derechos, revirtiendo las decisiones mayoritarias. En efecto, en 2011 la CorteIDH se enfrentó propio «con el conflicto entre democracia, derecho internacional y derechos humanos» (p. 68) y en la sentencia, entre las varias medidas que dispuso, ordenó «reabrir la causa con el fin de investigar y poder conocer la verdad» (p. 71). De esta forma, otra vez, se perfila la verdad, el derecho a conocer lo ocurrido que junto –en el caso concreto– al derecho a la identidad y otros derechos en juego debe ser preservado, a pesar de las decisiones tomadas por el pueblo.

14Concluye la sección el ensayo de Angela Di Gregorio, que analiza el caso de la Comissão Nacional da Verdade de Brasil, constituida en 2011 y que representa un ejemplo concreto en que el olvido y el silencio con sus cómplices prevalecieron durante los casi 30 años de transición a la democracia basileña y que –de alguna forma– siguen todavía ocupando espacio a la verdad, como ya nos ilustró Buzzelli. La creación de la Comisión, que presentó su Informe en 2014, puede interpretarse en efecto «non solo come sintomo di una maggior enfasi sui diritti umani da parte degli ultimi Presidenti e della necessità di venire incontro alle indicazioni della Corte Interamericana dei Diritti Umani […] ma anche della difficoltà di scardinare il muro di silenzio e di impunità e le pratiche antidemocratiche che ancora contraddistinguono il potere militare» (pp. 79-80). Los militares pues la aceptaron pero con las garantías que se investigaran tanto los crímenes de los rebeldes o insurgentes cuanto los de los militares y que la ley de amnistía del 1979 hubiera quedado vigente. A pesar de sus límites, el Informe de la Comisión tuvo un «impatto simbolico […] altissimo» (p. 92) y puede considerarse como un primer paso hacia la justicia y la atribución de responsabilidades por los crímenes.

 

15El análisis de los informes de las comisiones de verdad sigue en la segunda sección titulada “El testimonio y la denuncia” la cual propone una perspectiva más de literatura testimonial, gracias a los aportes de cuatro estudiosas italianas y extranjeras –Grillo, Dionisi, Forcinito y Llanos– que evidencian luces y sombras de estos documentos tan fundamentales cuanto, a veces, controvertidos. A esta parte se añade el contributo de Karadjova sobre el rol del novelista Reinaldo Arenas que denuncia las discriminaciones de los homosexuales cometidas por el régimen castrista.

  • 10Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, (...)

16Rosa Maria Grillo, partiendo de los informes Nunca más de Argentina y ¡Basta ya! de Colombia que –respectivamente– en 1984 y en 2013 han abierto caminos y han favorecido en los dos países el proceso de recuperación de la memoria, analiza las coincidencias y las diferencias en la lucha contra el olvido impuesto por la política oficial en una situación de posdictadura como en Argentina y en medio del conflicto armado interno en Colombia. Grillo hace hincapié en los objetivos, en las estrategias narrativas, en las modalidades y consecuencias del testimonio, cuyo valor máximo –como subraya la autora– es «dar a conocer algo vivido en primera persona que, por algún motivo, es desconocido, porque ‘nunca visto, oído, vivido’ por ignorancia, por lejanía geográfica o temporal, o porque negado, borrado, velado por voluntad política, por pertenecer a la historia menor o a la historia de los vencidos» (p. 99). Para satisfacer la necesidad vital de contar y de dar a conocer eventos hasta entonces borrados u olvidados ha nacido «el moderno testimonio ‘organizado’», del que el Nunca más argentino constituye «una piedra fundacional ineludible» (p. 100) mientras que el ¡Basta ya! representa uno de los últimos ejemplos. Justo por eso, Argentina y Colombia hoy se podrían ubicar a los dos extremos de un hilo rojo que las une y que simboliza la evolución de una forma peculiar de testimonio según la cual Argentina se pondría al principio y Colombia se situaría al otro extremo, casi al final, siendo el ¡Basta ya! –junto con el Informe de Brasil de 2014 analizado por Di Gregorio– entre los más recientes y con un proceso de transición política y de justicia en pleno desarrollo por los Acuerdos de Paz firmados el 24 de noviembre de 2016 entre el Gobierno y las FARC10.

17Maria Gabriella Dionisi nos ilustra la dificultad de hacer memoria y el rol del testimonio en Paraguay tanto durante como después del régimen de 35 años de Alfredo Stroessner. En efecto a pesar del silencio cómplice, ya durante el régimen los que lograron salir de los centros de detención recurrieron a varias medidas para dar a conocer «la existencia de un mundo paralelo, subterráneo y oscuro, completamente antitético al que las instituciones fomentaban» (p. 113). Llama la atención la forma en la cual el silencio y el olvido perduraron por algunos aspectos también después del derrocamiento de Stroessner en 1989; por lo menos hasta 1992 o, aún, 2008, o sea por casi 20 años, acercándose a los 30 del Brasil. La «línea de demarcación neta entre los años del silencio y los de la verdad revelada» (p. 117) fue trazada en 1992, cuando Martín Almada descubrió el Archivo del horror o del terror y, desde entonces, aparecieron las pruebas irrefutables sobre la represión existente en el país desde 1927, la cual llegó a su máximo nivel entre 1954 y 1989. En 2008 –en agosto– la Comisión de Verdad y Justicia creada en 2003 entregó su Informe al Presidente de la República Lugo y –en octubre– se descubrió una cámara de tortura en los sótanos del Ministerio del Interior, eliminando así cualquier duda.

  • 11   Lugo fue acusado por mal desempeño de funciones y, en particular, de ser responsable por los enfr (...)
  • 12   Al respecto el Informe en sus recomendaciones sugiere la organización de unas actividades para di (...)

18Aunque en 1989 se hubiera empezado la transición a la democracia, en 1992 se aprobó la nueva Constitución y se ratificaron unos instrumentos internacionales para la tutela de los derechos humanos, los cambios fueron lentos y no fueron necesarios pactos con los militares o leyes de impunidad, porque no hubo una ruptura política con el pasado o una transferencia de poderes entre militares y civiles, en cuanto los conservadores del Partido Colorado –al poder por casi todo el siglo XX– lo mantuvieron hasta 2008 cuando, con la elección del Presidente Lugo de la Alianza Patriótica para el Cambio, el país empezó una verdadera transición. Desde el punto de vista político, el cambio duró muy poco, porque ya en junio de 2012 Lugo fue destituido por el Senado mediante la vía del juicio político11 y el poder regresó al Partido Colorado. No obstante eso –como ilustra Dionisi– el camino hacia la verdad siguió a través de publicaciones de novelas y de cuentos y, sobre todo, gracias al trabajo minucioso de la Comisión que ha permitido «denunciar claramente crímenes que la opinión pública siempre se había negado a aceptar» (p. 123)12, entre los cuales la violencia de género y –especialmente– la violencia contra las muchachas de 11 a 15 años, reconstruidas en el Tomo III.

  • 13Guatemala: Nunca Más o Informe del Proyecto Interdiocesano de la Recuperación de la Memoria Histó (...)
  • 14Informe Final de la Comisión de Verdad y Reconciliación de 2003.
  • 15   C. M. Beristain, Introducción, p. 24.

19A la violencia de género son dedicados los ensayos de Ana Forcinito y de Bernardita Llanos que evidencian cómo el tema fue ignorado o muy poco tratado en los informes de las comisiones de verdad de Uruguay, Argentina y Chile. Al respecto cabe recordar que, solo en los últimos años, en la investigación de las violaciones de los derechos humanos, el enfoque de género ha ido adquiriendo una relevancia mayor: los primeros informes que incorporaron un análisis específico, aunque parcial, fueron los de Guatemala13 y años después los de Perú14, que trataron de ofrecer un cuadro del impacto y de la resistencia de las mujeres. Posteriormente en Paraguay y en Ecuador hubo equipos dedicados al tema, que contribuyeron a los informes de las comisiones respectivas, pero sin tener un impacto global sino solo local. Las dos comisiones analizaron los casos de violaciones de derechos humanos de personas por la orientación o condición sexual: o sea la persecución de homosexuales o la esclavitud de las niñas en Paraguay; la persecución de los miembros de grupos LGBTI en Ecuador como parte de las políticas de limpieza social en la ciudad de Guayaquil15.

20Ana Forcinito analiza la violencia de género con referencia al caso de Uruguay donde –a pesar de alusiones a la violencia sexual en el Nunca más de 1989 publicado por el SERPAJ– no se trató el tema en discusiones públicas hasta 2011, cuando fueron las mismas ex presas políticas, cerca el 28% del total de los prisoneros políticos durante la dictadura, a tomar la iniciativa. Por medio de sus narraciones las mujeres «doblemente excluidas (del olvido oficial y de la memoria documental)» (p. 130) llenaron este vacío y pusieron sobre la mesa una serie de preguntas y la autora nos ofrece un cuadro de las publicaciones sobre el tema, y nos ilustra como la CorteIDH ya había empezado a desarrollar una jurisprudencia en defensa de la violación de género a partir de 2006 y –en el caso concreto de Uruguay- cita otra vez el caso Gelman vs. Uruguay de 2011 ya analizado por Rossetti y citado también por Buzzelli– la Corte hizo referencia específica a la violencia de género, obligando al Estado a investigar los crímenes y la derogación temporal de la Ley de Caducidad.

21La violencia de género tampoco aparece –como evidencia Bernardita Llanos– en los informes de las comisiones de verdad de Argentina y de Chile, países que solo en tiempos más recientes han empezado a tener en consideración el tema. Recorriendo a la representación testimonial y literaria de las mujeres sobrevivientes de Argentina y Chile, que sufrieron varias formas de violaciones sexuales durante sus cautiverios, la autora nos evidencia, por un lado, el impacto devastador no solo de lo sufrido, sino también de la acusación de traición o de la sospecha que las sobreviventes violadas tuvieron que enfrentar una vez fuera de los centros de detención, y, por el otro, la lucha para que se denuncien y visibilicen los vejámenes físicos y sexuales sufridos en los campos concentracionarios a fin de que se reconozcan como violaciones de sus específicos derechos humanos. En Chile hasta ahora no ha habido una voluntad de penalización de estos abusos sexuales por parte de los tribunales de justicia y la denuncia y la lucha para visibilizarlos ha sido tarea de las organizaciones de los sobreviventes. Los informes de diversas comisiones han otorgado la posibilidad de que las víctimas den testimonio y reciban una reparación monetaria si el abuso sufrido cabe en la Ley de reparación parcial n. 20.874, sin embargo «el abuso sexual o de género específicamente dirigido a las mujeres en el contexto del terrorismo de estado, carece de una ley que lo penalize como ‘delito de lesa humanidad’ tal como ha sido catalogado dentro del derecho internacional» (p. 153), gracias a las dos resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (la 1325 de 2000 y la más reciente 1820 de 2008). En Argentina, sin embargo, el progreso de la justicia reparatoria desde 2003 y el debate entre organizaciones de derechos humanos, feministas y de familiares «ha permitido revelar el verdadero carácter de la violación y de otros delitos sexuales y de género» (p. 154) y, en 2010, la Corte del Mar del Plata ha reconocido «la violación sexual como un crimen que ocurrió sistemáticamente en los centros clandestinos, como una violación de los derechos humanos» (p. 154).

22Concluye la sección el texto de Katia G. Karadjova que reconstruye la bio-bibliografía de Reinaldo Arenas, novelista cubano empeñado en la denuncia de violencias y discriminaciones infligidas por la orientación sexual por el régimen de Castro. Karadjova evidencia –en primer lugar– como «his criticism of Castro’s regime was more than an attack on comunism. It was a furious shout against a system, which was persecuting him, along with many other, just for being homosexual» (p. 168) y –además– que su autobiografía Before the Nights Falls representa la primera biografía de un homosexual publicada en una zona del mundo conocida por su machismo y homofobia. Las censuras y las discriminaciones sufridas por Arenas ofrecen a Karadjova la oportunidad de pintar un breve cuadro de la lucha con la cual asociaciones de bibliotecas y editores en Estados Unidos se comprometieron durante el régimen castrista en nombre de los derechos humanos y de la libertad de expresión pidiendo –al mismo tiempo– la eliminación del bloqueo al gobierno de Washington. La autora considera también el contributo de las nuevas tecnologías de comunicación como propulsor para alcanzar la libertad de expresión también en aquel país.

 

23La tercera sección, titulada “Perspectivas del testimonio”, nos lleva a reflexionar sobre el papel del testigo en general, y acoge los textos de Monicelli y Campuzano.

24El rol del testigo es sin duda muy importante pero hay que distinguir entre diferentes testigos, porque –como nos advierte Elena Monicelli partiendo del caso concreto de las masacres de Montesole, ocurridas en Italia durante la Segunda Guerra Mundial– no hay solo el testigo/víctima y el testigo/héroe, sino tambien existe el testigo/astante-espectador y el testigo/victimario-torturador. Por tanto, para que la historia sea verdaderamente completa y se puedan explicar y comprender las distintas posiciones, verdades y memorias, la autora sostiene que hay que considerar todos estos testigos. Si mediante el testimonio de víctimas y héroes se persigue la finalidad de prevenir que las sociedades vuelvan a vivir los horrores y las tragedias del pasado, la autora observa como «alla prova dei fatti, è facile constatare come il racconto dell’orrore non sia sufficiente a immunizzare contro l’orrore: raccontare quello consumatosi nei Lager non ha impedito per esempio, i massacri dell’ex Jugoslavia nel cuore della moderna Europa» (p. 186). Por lo tanto, como en las aulas judiciales para realizar el derecho a la verdad hay que escuchar tanto al testimonio/víctima como al testimonio/victimario, así para hacer una verdadera memoria y –sobre todo– para educar a que no se repita nunca más lo ocurrido, Monicelli sostiene que en particular «gli educatori e le educatrici facilitino e accompagnino l’affiorare di una consapevolezza autentica sul proprio e altrui muoversi ed agire nel mondo […] [che] l’analisi critica deve prevalere sul giudizio, la comprensione e la decostruzione sulla condanna e sulla trasmissione valoriale sotto forma di comandamento. Il conflitto e la crisi, una volta nominati e riconosciuti, possono diventare veicoli di cambiamento positivo […] non avvicinarsi con un atteggiamento preconcetto e chiuso alla complessità e alla scomodità che ogni vicenda passata o contemporanea che sia racchiusa in sé» (pp. 189-190).

25Los dos textos de Luisa Campuzano –respectivamente un escrito y una entrevista– reconstruyen la historia del Premio Casa de las Américas dedicado al testimonio, instituido en Cuba por Casa de las Américas en 1970. El Premio, hasta 2013, libró 27 convocatorias con la participación de 750 libros de testimonio o de literatura, convirtiéndose en los años en la principal puerta de comunicación de la Revolución cubana con el continente, tras el aislamento. En ambos los ensayos Campuzano ofrece un recorrido de los debates entre los organizadores y los jurados, recordando algunos textos que participaron y ganaron, o menos, y haciendo hincapié en el hecho de que la literatura testimonial allí presentada reunió toda una serie de manifestaciones con determinadas características, o sea «el discurso de un emisor o de una emisora que pertenece a capas sociales o a posiciones políticas reprimidas, marginales, subestimadas, que no ha tenido nunca la posibilidad de expresarse o que requiere expresarse porque la historia oficial, lo conocido, es algo que lo invisibiliza. Es una forma de darle visibilidad, de darle presencia» (p. 213).

 

26Justo a estos grupos, indicados por Campuzano como grupos que nunca tuvieron la posibilidad de expresarse porque reprimidos, marginados o subestimados, prestan atención los ensayos de Corti, Rosas Consuegra y Santucho en el Dosier dedicado a Colombia, que cierra el volumen. Nos orientamos siempre a la observación de modos para hacer testimonio y, pasando nuevamente por la forma escrita, se arriba al cine documental.

27Tratando un tema que remonta a los inicios del siglo XX, el estudioso italiano Erminio Corti analiza la novela Toá de César Uribe Piedrahita, publicada en 1934, la cual representa una novela testimonial y de denuncia de la explotación por la empresas gomeras de Arana de los indígenas de la región del río Putumayo y sus afluentes. Este grupo de indígenas fue forzado a recolectar el látex en la selva, material que entre los siglos XIX y XX representó el ‘oro blanco’ para las industrias norteamericanas y europeas.

28La obra no se podría considerar una obra de literatura testimonial en el sentido estricto del término, porque el narrador no presenció en primera persona como «testigo o protagonista directo de los acontecimientos relatados y en la diégesis se entretejan hechos históricos comprobados y elementos puramente ficcionales» (p. 223), pero la obra presenta en su conjunto caracteres que la acercan al género testimonial. Las formas de explotación, los abusos y las violencias ilustradas corresponden en los detalles a los crímenes oficialmente denunciados y que constituyeron las pruebas judiciales en los procesos penales que se celebraron contra los responsables. Además, Uribe Piedrahita durante su larga estadía en la región pudo observar las dramáticas consecuencias de la explotación ambiental y humana y también recoger las memorias de los indígenas sobrevividos al genocidio, que el Estado reconoció con una ceremonia solo el 9 de agosto de 2007 para celebrar el Centenario del Genocidio y Resistencia Indígena en el Putumayo (reconocimiento que se inserta en las prácticas de la memoria social).

29Otros ejemplos de testimonios directos para denunciar violencias son ilustrados por Adriana Rosas Consuegra en su escrito dedicado al tema actual de los desplazados internos, víctimas invisibles de la violencia de un conflicto armado que se combatió en el país por 52 años y que han llegado a ser más de 6 milliones, poniendo el País solo detrás de Siria. A este drama se han dedicado en los años libros de crónica, cine documentales, danza, teatro y novelas que la autora cita llamando la atención especialmente a los ocho testimonios contenidos en el texto de 2001 Desterrados de Alfredo Molano (él mismo desplazado relata su experiencia en la primera de las crónicas publicadas). Los testimonios de Desterrados describen los desplazamientos, revelando sus modalidades, y los tantos dolores producidos, y reuniendo a la vez, de una cierta manera, las voces de los más de 6 millones de alejados a la fuerza de sus tierras. Voces que se suman a la otra forma testimonial del ¡Basta ya! en 2014, citada por Grillo.

30Concluye el volumen el ensayo de Florencia Santucho que ilustra una forma nueva y distinta de testimonio y de denuncia representada por el cine documental. Santucho reconstruye la historia de producción y difusión del Documental 9.70 realizado por Victoria Solano que muestra el impacto entre los campesinos colombianos de la Resolución 9.70 que reglamentaba el uso de las semillas, aprobada por el Gobierno de Juan Manuel Santos en 2010 en el ámbito del las medidas para actuar el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos (en adelante TLC). El documental fue realizado gracias al periodista colombiano Juan Guillermo Rodríguez que «participó como productor de campo gestionando las entrevistas» a los campesinos y que de esta forma «permitió al equipo ingresar en la vida de los agricultores y obtener testimonios a los cuales, de otra manera, no hubiera podido acceder» (p. 251) y así vivir varias semanas con los agricultores y entender su forma de vida, comprendiendo la problemática desde una óptica humana debida al acercamiento que se logró. Rodríguez fue por tanto productor pero también «un testigo importantísimo» (p. 251) para entender el conflicto entre el TLC y los agricultores colombianos.

31La película, que fue emitida por Telesur en 2013, generó un gran interés tanto que se decidió difundir una versión corta de la misma a través del lanzamiento por redes, con el ausilio de la campaña de Financiamiento Colectivo o crowdfunding organizado por idea.me y Good Pitch. Se consiguieron resultados inesperados a nivel tanto nacional como internacional en términos de visibilización del conflicto y de influencia en la agenda política. En efecto, en septiembre de 2013 –a casi un mes del lanzamiento del cine documental por youtube– el Gobierno se comprometió a congelar la Resolución 9.70 por dos años.

Notes

1   Se crearon en Argentina la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas-Conadep (1983), en Chile la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación o Comisión Rettig (1990) y la Comisión Nacional sobre Prisón Política y Tortura o Comisión Valech (2003) y en El Salvador la Comisión de la Verdad (1993). En Guatemala hubo una comisión oficial o sea la Comisión de Esclarecimiento Histórico-CEH (1999) y una no oficial que realizó el Proyecto Interdiocesano de Recuperación de la Memoria Histórica-REMHI (1994) y lo mismo pasó en Uruguay con las investigaciones desarrolladas por el Servicio Paz y Justicia-SERPAJ (1985) y por la oficial Comisión para la Paz (2000). En Perú se creó la Comisión de Verdad y Reconciliación (2001), en Paraguay la Comisión de Verdad y Justicia (2003), en Ecuador la Comisión de la Verdad (2007), en Brasil la Comissão Nacional da Verdade (2011) y en Colombia se creó el Grupo de Memoria Histórica (2007). Se señala que en diciembre de 2016 en Bolivia ha sido aprobado el proyecto de ley que crea la Comisión de la Verdad para esclarecer los asesinatos, desapariciones forzadas, torturas, detenciones arbitrarias y violencia sexual durante la época dictatorial que duró del 4 de noviembre de 1964 al 10 de octubre de 1982; se recuerda que Bolivia vivió 18 años bajo gobiernos militares o de facto, entre ellos los de Hugo Banzer Suárez (1971-1978) y de Luis García Meza (1980-1981) y que durante el régimen de Banzer se aplicó el Plan Cóndor.

2   C. M. Beristain, 2011, Introducción. Verdad, justicia y reparación: democracia y derechos humanos en América Latina, en Instituto Interamericano de Derechos Humanos, Contribución de las políticas de verdad, justicia y reparación a las democracias en América Latina, San José, Costa Rica, IIDH, p. 13. La bibliografía sobre el tema es muy amplia y se señala, por ejemplo, P. Hayner, 2009, Verdades innombrables: El reto de las Comisiones de Verdad, Madrid, Fondo de Cultura Económica de España.

3   El Nunca más en Argentina (1984); en Chile el Informe Rettig (1991) y el Informe Valech (2004); en El Salvador el texto con el sugestivo título De la locura a la esperanza: la guerra de 12 años en El Salvador (1993); en Guatemala hubo dos informes, respectivamente, uno oficial Guatemala. Memoria del silencio (1999) y uno no oficial Guatemala. Nunca más (1998); en Perú se presentó el texto Informe final (2003); en Paraguay el Informe final (2008); en Uruguay el texto de SERPAJ Uruguay nunca más: Informe sobre la violación de los Derechos Humanos. 1972-1985 (1989) y el Informe final (2003) de la Comisión oficial; en Ecuador el Informe de la Comisión de la Verdad. Sin verdad no hay justicia (2010); en Colombia el Informe general ¡Basta ya! Colombia: memorias de guerra y dignidad (2013) y en Brasil el Informe final (2014).

4   Sobre el tema de la impunidad se remite a los ensayos de Rossetti, Posenato y Di Gregorio.

5   C. M. Beristain, Introducción, p. 34.

6   Hubo procesos en Italia, Francia y España.

7   C. M. Beristain, Introducción, p. 39.

8   Una primera versión de los ensayos publicados fue presentada durante el Primer Congreso de Literatura y Derechos Humanos: Donde no habite el olvido. Herencia y transimsión del testimonio en Amérca Latina, que se realizó en Gargnano del Garda (Italia) desde el 29 de junio al 4 de julio de 2015.

9   Se celebró desde 2013 hasta 2016 y la sentencia del 17 de enero de 2017 condenó a cadena perpetua solo 8 de los 27 ex militares y funcionarios policiales por su participación en la muerte de cerca de 20 italianos.

10Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, http://www.mesadeconversaciones.com.co/sites/default/files/24-1480106030.11-1480106030.2016nuevoacuerdofinal-1480106030.pdf (última consulta: 8/03/2017).

11   Lugo fue acusado por mal desempeño de funciones y, en particular, de ser responsable por los enfrentamientos ocurridos el 15 de junio de 2012 en Curuguaty, departamento de Canindeyú, entre unos campesinos que habían ocupado una finca y los policías. Los enfrentamientos dejaron como saldo 17 muertos.

12   Al respecto el Informe en sus recomendaciones sugiere la organización de unas actividades para difundir la historia de lo que vivieron los paraguayos por años.

13Guatemala: Nunca Más o Informe del Proyecto Interdiocesano de la Recuperación de la Memoria Histórica en Guatemala-REMHI del 1998 y Guatemala: memoria del silencio publicado en 1999 por la Comisión para el Esclarecimiento Histórico.

14Informe Final de la Comisión de Verdad y Reconciliación de 2003.

15   C. M. Beristain, Introducción, p. 24.

Auteur

Università degli Studi di Milano

CC-BY-SA-4.0

Le texte seul est utilisable sous licence CC BY-SA 4.0. Les autres éléments (illustrations, fichiers annexes importés) sont « Tous droits réservés », sauf mention contraire.

Acheter

Volume papier

amazon.fr
Rechercher dans OpenEdition Search

Vous allez être redirigé vers OpenEdition Search