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Sajcabajá, muerte y resurrección de un pueblo de Guatemala

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Jean Piel

Segunda Parte. San Andrés Sajcabajá y su región de 1615 a 1820

Capítulo IX. El Quiché oriental de 1768 a 1820

Texte intégral

  • 1 Irisarri, 1929: 112.

1Durante casi dos siglos y medio (de 1530-1540 hasta 1770-1780), la región de San Andrés Sajcabajá ve consolidarse una Pax Dominicana ejemplar; contribuye a la prosperidad relativa de las misiones religiosas en las tierras altas indígenas guatemaltecas, tal como lo observa Irisarri a fines del siglo xviii.1 Administrada por instituciones eclesiásticas estables (conventos de Sacâpulas y luego de Santa Cruz; doctrinas aldeanas cuya personalidad indígena se mantiene casi intacta hasta mediados del siglo xviii; cofradías que sincretizan localmente, bajo la tutela dominica, las herencias fragmentarias maya-quichés con las prácticas universales del catolicismo), esta región vive al ritmo lento del larguísimo tiempo histórico, cuya monótona crónica es, como en toda sociedad rural del Antiguo Régimen, acompasada por buenas y malas cosechas (aquí, de maíz), hambrunas, epidemias y, a veces, una emoción campesina. Luego, en dos generaciones, de 1770 a 1820, la historia parece intensificarse de repente, precipitarse aquí como en el resto de Guatemala, y finalmente, poner en causa las bases mismas de tres siglos de paz quiché-dominica.

2Dos acontecimientos mayores enmarcan esos últimos 50 años coloniales en la región. El primero es el informe de la visita efectuada por el arzobispo de Guatemala, Pedro Cortés y Larraz, al cual se adjuntan las respuestas de los curas de parroquia a sus cuestionarios. Este conjunto documental constituido entre 1768 y 1771 es notable no solamente por su volumen, sino también por el espíritu de censo exhaustive y de síntesis que lo anima. En cierto modo, y mucho antes de los trabajos de la Sociedad Patriótica de Amigos del País, inaugura el periodo de la Ilustración en Guatemala. El segundo acontecimiento es la rebelión indígena que se produce en 1820 en San Andrés Sajcabajá, como consecuencia de las graves contradicciones que agitan a numerosas aldeas de los Altos guatemaltecos en vísperas de la Independencia. Esta rebelión cierra el periodo de modo significativo, revelando la crisis irreversible, después de tres siglos de dominación dominica del conjunto territorial que se extiende de Chiapas a Verapaz, pasando por el Quiché oriental. Estos dos acontecimientos produjeron el enjuiciamiento de nada menos que la personalidad indígena del Quiché oriental en sus relaciones con la Iglesia, el Estado, la tierra y la sociedad no indígena guatemalteca, regional y ladina o metropolitana y criolla.

I. EL QUICHE ORIENTAL HACIA 1770

1. La visita al Quiché oriental del arzobispo Pedro Cortés y Larraz en 1768

3Como a menudo en la historia de Guatemala, la Iglesia inaugura los nuevos tiempos, adelantándose a lo que se convierte más tarde en la política oficial del Estado. Como el obispo Francisco Marroquín en 1538 quien, al aplicar su política de reducciones en las tierras indígenas hasta entonces sometidas a los abusos anárquicos de los encomenderos, preparaba lo que iba a convertirse en la política de la Corona y la Audiencia después de 1545, 230 años más tarde, en 1768, el arzobispo de Guatemala, Pedro Cortés y Larraz, al realizar su visita arquidiocesana a través de toda Guatemala y en especial en el Quiché oriental y Verapaz, impone un estilo administrativo (eclesiástico) y una visión del espacio a administrar que serán los de la Intendencia (civil) de Guatemala, que funciona a partir de 1785. Por sus preocupaciones, métodos y escritos, Pedro Cortés y Larraz aparece por anticipado como un verdadero “intendente” arzobispal. En este sentido es, quizás, el primer representante de la Ilustración en Guatemala.

1.1 ORIGINALIDAD DE LA VISITA DE CORTES Y LARRAZ2

  • 2 Cortés y Larraz, 1768-1770 en AGI, Gobierno: Aud. de Guatemala, leg. 948; editado en Biblioteca Go (...)

4Evidentemente, el texto del informe de la visita efectuada por nuestro arzobispo obedece a las reglas de un género bien establecido en Guatemala desde el siglo xvi: el de la relación de una cabalgata episcopal en tierra de iglesias y de misiones. Describiendo etapa por etapa su itinerario, el autor enumera los caminos, iglesias, bienes de cofradías, nombres de curas y de pueblos, incidentes notables (montañas, ríos, puentes, vados, haciendas y estancias) entrevistos al capricho de la ruta. Haciendo el camino, entremezcla sus consideraciones pastorales sobre la situación material y moral de su rebaño reunido y empadronado para el caso.

5Sin embargo, y aquí se encuentra una primera originalidad —producto del Siglo de las Luces y de sus preocupaciones—, Cortés y Larraz ilustra su texto con bocetos a mano suelta, hechos de lo alto de un relieve, que reproducen los terruños visitados en forma casi cartográfica. A pesar de la gran libertad artística que domina esta monografía, constatamos una preocupación por la verdadera perspectiva, la escala y las características esenciales del paisaje. Así, poseemos una vista panorámica de San Andrés Sajcabajá y de su anexo San Bartolomé Jocotenango, hecha con lápiz de color —ignoramos si por mano del arzobispo o por la de alguno de sus acompañantes. Aunque hipotética (incluso desde de los contrafuertes de la sierra de Chuacús, semejante vista de conjunto nos parece materialmente imposible) este dibujo en forma sintética y relativamente exacta, proporciona, en lo esencial, las distancias, la orografía y el relieve bastante confuso de las altas colinas arboladas de esta cuenca montañosa y sedimentaria, deprimida entre dos cadenas de montañas.

1 San Andrés Sajcabajá: 260 familias, 855 personas
2 San Bartolomé Jocotenango: 55 familias, 193 personas
MAPA 2 — LA REGION DE SAN ANDRES SAJCABAJA VISTA POR CORTES Y LARRAZ EN 1768 (según croquis a lápiz sacado del manuscrito del autor)

  • 3 Véase “Testimonio de las cartas respuestas de los curas seculares y regulares de los curatos y doc (...)
  • 4 Véase supra, pero también: “Padrón de tributarios de San Andrés Sajcabajá y otros pueblos” (1768) (...)
  • 5 Hernández Sánchez Barba, 1954.
  • 6 Solano y Pérez-Lila, 1958, 1968, 1969, 1969a, 1970 y 1971.

6La segunda originalidad de este texto estriba en su método exhaustivo. En general, desde el siglo xvi, visitadores y obispos (Marroquín, Zorita, Thomas Gage) describían únicamente los pueblos que atravesaban, ignorando las aldeas aisladas o los pueblos situados fuera de su itinerario. Cortés y Larraz, en cambio, registra todo. Esto no se debe únicamente a sus cualidades sistemáticas de jinete apasionado por su terreno, sino también el hecho de que, previamente, había enviado cuestionarios a todos los curas, convirtiéndolos en informantes que describen la vida de las parroquias donde el arzobispo no puede ir personalmente.3 Además, estos cuestionarios pretenden obtener respuestas no sólo sobre la vida parroquial propiamente dicha (inventario de los bienes de iglesia y cofradías, estado de los registros parroquiales, etcétera) sino sobre todos los aspectos de la vida local: económicos, agrícolas, sociológicos, etnológicos, demográficos y culturales. Esta visita es, pues, un verdadero empadronamiento que, sin anacronismo exagerado, podríamos llamar “de ciencia social y pluri-disciplinaria”, lo que es confirmado por la correspondencia administrativa, civil o religiosa, relativa a esta visita,4 archivada en Guatemala o Sevilla. El resultado es este voluminoso legajo constituido entre 1768 y 1772, archivado en Sevilla con el número 948 y con el título significativo de Descripción geográfico-moral de la diócesis de Goathemala hecha por su Arzobispo el limo. Sr. Dn. Pedro Cortés y Larraz. Otros historiadores del siglo xviii guatemalteco, especialmente Mario Hernández Sánchez-Barba5 y Francisco Solano y Pérez-Lila,6 antes que nosotros, recurrieron a ese documento.

1.2 EL QUICHE ORIENTAL VISITADO Y EMPADRONADO POR CORTES Y LARRAZ

  • 7 Cortés y Larraz, op. cit.
  • 8 Ibid.

7En el plano civil, el Quiché oriental sigue subdividido en 1768 entre la Alcaldía mayor de Sololá de la que dependen todos los pueblos al sur del río Chixoy y la Alcaldía mayor de Totonicapán (partida fiscal de Huehuetenango) de la cual dependen, al pie de los Cuchumatanes, los pueblos ribereños del río Chixoy. En el plano religioso, la región permanece dominada por los dominicos, de los cuales forma el bastión más fuerte de Guatemala con Verapaz (siete de las catorce doctrinas dominicas todavía no secularizadas en Guatemala en 1768 son quichés y cinco son verapaceñas). Curas y vicarios dependen del convento dominico de Santa Cruz del Quiché donde viven en permanencia ocho religiosos “cuya disciplina es bastante-relajada”.7 Sacapulas, antiguo centro conventual en tierra quiché, sigue siendo el curato más envidiado por los sacerdotes de la región, a causa de sus ingresos eclesiásticos y su clima privilegiado. En cuanto a San Andrés Sajcabajá, encerrado en sus colinas forestales —“no hay mucha tierra porque las montañas estrechan mucho”—, depende entonces de la autoridad canónica de San Pedro Jocopilas, situado a unos 80 km, y la parroquia está a cargo en 1768 del dominico fray Juan de Rivera.8

  • 9 Solano y Pérez-Lila, 1958.

8De la descripción de Cortés y Larraz, se desprende una visión del Quiché oriental y de sus vecinos cercanos de Verapaz (Rabinal, Cubulco) que corresponde a lo que es todavía la región en 1980: una tierra montuosa, forestal, muy parcialmente en cultivo, cuyos grandes pueblos de reducción indígena están separados por distancias a veces considerables y por espacios prácticamente inhabitados. Su densidad poblacional, por lo menos para la parte del territorio perteneciente a la Alcaldía mayor de Sololá, es inferior a cuatro habitantes por km2.9 Es una tierra donde las reservas patrimoniales comunales (propias) o de la Corona (reservadas, baldías o realengas) son mucho más extensas que las tierras de cultivo o ejidos atribuidos desde el siglo xvi a las reducciones aldeanas indígenas.

2. Geografía económica y social del Quiché oriental hacia 1770

2.1 LA ESTRUCTURA AGRARIA

9Aunque imprecisa (porque pocas veces da indicaciones de superficie), la descripción de Cortés y Larraz menciona los acaparamientos territoriales de los que ya han sido víctimas estas tierras patrimoniales, de hecho sino por derecho, particularmente entre Cubulco y San Andrés Sajcabajá, donde existen:

  • a tres leguas de Cubulco, un rancho llamado Chivalún, perteneciente a título privado a una familia
  • a cuatro leguas de Cubulco, la ranchería Chiquitoy, ocupada por dos familias
  • a siete leguas de Cubulco, la hacienda Ravinalá, ocupada por un ladino y sus mozos
  • a diez leguas de Cubulco, y a tres leguas de San Andrés Sajcabajá, en un llano de una anchura de media hora de camino, un rancho llamado Canilla
  • a tres leguas de San Andrés y a una legua de San Bartolomé Jocotenango, una estancia de ganadería.

10A 20 y 24 km de San Andrés Sajcabajá rumbo a Sacapulas, el autor nota un rancho-relevo de viajeros y un corralito de ganadería. En Rabinal, la hacienda dominica de San Nicolás está rodeada de numerosos trapiches de caña de azúcar y de estancias de ganadería. En Cubulco, enumera 10 trapiches y 4 estancias de ganado mayor, con dimensiones de 24 kilómetros por 12 para lo más grande. Pero los acaparamientos evidentemente han sido más numerosos al sur de la sierra de Chuacús, por las acciones tanto de los ladinos llegados de Guatemala y Salamá como del convento dominico de Santa Cruz del Quiché. Los más notables fueron:

  • entre Chichicastenango y Zacualpa, la hacienda Barrutia y la hacienda El Tululché, pertenecientes al convento de Santa Cruz del Quiché
  • en Joyabaj, las haciendas Chuacorral, El Portugués y Saltán, además de numerosos trapiches
  • dependiendo de Santa Cruz del Quiché y probablemente herederas recientes o antiguas de las estancias mencionadas desde mediados del siglo xvi en los censos fiscales de Santa Cruz Utatlán: las haciendas Chiché, Chinic, Pastup, Las Vigas, Cocojos y Cacabal que se diseminan a lo largo de más o menos 30 km de camino que separan a Santa Cruz de Zacualpa.

MAPA 3 - SAN ANDRÉS SAJCABAJA Y LA ALCALDÍA MAYOR DE SOLÓLA HACIA 1770
Fuente: Solano y Pérez-Lila 1958:54.

  • 10 Cortés y Larraz, ibid.

11La existencia con o sin títulos de propiedad, de esos trapiches, estancias, ranchos y haciendas atestigua la intensidad de la apropiación territorial hacia 1770 en el Quiché oriental; su distribución es conforme con las principales especializaciones regionales entre ganadería al este (Rabinal, Cubulco, San Andrés, Uspantán) y agricultura especulativa en Verapaz (Rabinal, Cubulco), y al sur de Chuacús (Santa Cruz, Zacualpa y Joyabaj). Bastante limitada aparece en comparación la agricultura propiamente indígena, reducida a las tierras de cultivos comunales cercanas a los caseríos y, a ocho kilómetros al este de San Andrés Sajcabajá, a “un valle con muchas siembras de maíces aunque angosto como de media legua escasa, pero de longitud tendrá como una legua”. Con toda evidencia, Cortés y Larraz describe aquí, en el camino de Canilla y Cubulco, el maizal comunal del río Lilillá.10 Estrechez de los terruños indígenas irrigados, insuficiencia frecuente de las cosechas alimenticias (“en Santa Cruz Quiché el maíz viene con sobrada escasez”), mediocridad de los rendimientos en ciertas haciendas pertenecientes a ladinos (“esta hacienda [Ravinalá] es de poquísima utilidad y está cuasi sin cultivo alguno, con muy poco ganado”). ¿Peca Cortés y Larraz por exceso de pesimismo o presenta con exactitud la tonalidad económica de la región hacia 1770?

2.2 LA ECONOMIA REGIONAL

  • 11 Cortés y Larraz y Solano y Pérez-Lila, 1931.

12Aparentemente, ve con justeza. Evocando a San Andrés Sajcabajá, menciona entre sus productos únicamente el maíz y los frijoles, que proporcionan, en efecto, lo esencial de la dieta local todavía en 1980. A lo que no olvida agregar el único otro recurso artesanal: los trabajos de fibra vegetal o cuerda fina (petates y esteras). Fuera de San Andrés, sólo las salinas de Sacapulas constituyen un recurso “industrial” que sigue atrayendo a trabajadores e indígenas de toda la región. De hecho, la única verdadera fuente de acumulación de riqueza en esta región montuosa y forestal o en las pequeñas colinas semiáridas es la crianza extensiva de ganado mayor, caballos, muías y bovinos. La población indígena participa en la administración de esta riqueza explotando rebaños y estancias que pertenecen a las cofradías de San Andrés Sajcabajá, Cubulco (723 bovinos), Uspantán (600 bovinos en 1764), Rabinal (535 bovinos en 1770) Desgraciadamente, como los hombres, los animales no escapan a las epidemias y, en 1764 y 1768, una epizootia disminuye de 600 a 30 el número de bovinos que pertenecen a las cofradías de Uspantán.11

  • 12 Ibid., (2): 47 e ibid.
  • 13 Solano y Pérez-Lila, 1971.

13El arzobispo aquilató otro problema económico regional: las malas comunicaciones. El relieve fragmentado por sierras y profundos cañones, la naturaleza resbaladiza de numerosos terrenos, las distancias, medidas en decenas de leguas de un pueblo a otro, complican el problema del transporte que, por falta de rutas transitables, es resuelto aquí por la carga a lomo de mula o de hombre. En esas condiciones, es frecuente que, como en 1768, la penuria se codee con la abundancia excesiva. Ese año, Santa Cruz del Quiché obtiene una muy mala cosecha de maíz, mientras que en la ladera norte de los Cuchumatanes, a unas decenas de leguas de ahí, pero a condición de atravesar el río Chixoy y de franquear un puerto de más de 3 000 m de altitud, el pueblo de Nebaj se hunde bajo sus excedentes de cereales. El comentario de Cortés y Larraz es perfectamente lúcido: “Nebaj tiene cosecha muy abundante que no puede tener salida, pues aunque la dejen de balde, ninguno los tomaría por sólo el trabajo de irlos a buscar”.12 Semejante situación, que puede a lo más favorecer a cargadores y transportistas (ladinos o indios) con productos poco voluminosos y de gran valor mercantil (sal, cacao, huevos, aves, alcoholes, melazas), penaliza, en cambio, por anticipado a todo el traslado masivo de productos de base pesados. En periodo de hambruna, la población de los Altos guatemaltecos tiene como única salida la emigración, en busca de trabajo en las plantaciones de la costa pertenecientes a los latifundistas criollos, o en busca de tierras de cultivo alejadas. Así, las poblaciones de Panajachel o de Salamá, en 1768, van a cultivar milpas hasta a 5 leguas de su pueblo; hasta a 20 leguas en el caso de los habitantes de Santa Eulalia.13 En el Quiché oriental —pero el fenómeno no es percibido por Cortés y Larraz— indios y ladinos pobres emigran hacia las plantaciones del litoral del Pacífico, en la región de Retalhuleu y de Cuyotenango a fines del siglo xviii (véase infra).

2.3 LA SOCIEDAD REGIONAL

  • 14 Véase mapa en Solano y Pérez-Lila, 1968 “Castellanización del indio y áreas del castellano en Guat (...)

14Aparte de los sacerdotes de origen español —unos 20 sacerdotes conventuales o curas de parroquia— la sociedad permanece masivamente indígena y predominantemente quiché. Hacia el este, en dirección a Rabinal y Cubulco, se ha extendido el área lingüística quiché desde el siglo xvi, bajo la influencia de los curas dominicos que han utilizado el quiché, lengua originariamente minoritaria, como “lengua general” de catequización. La hispanización de los cuadros indígenas durante la visita de Cortés y Larraz parece haber progresado poco, probablemente por el mismo motivo. Los sacerdotes bilingües han mantenido desde hace dos siglos la personalidad etnolingüística de sus fieles, sermoneándolos en su lengua nativa y transformando a los caciques en catequistas que se dirigen a ellos en la misma lengua. El Quiché oriental hacia 1772 escapa, por tanto, totalmente a las áreas de difusión del español en el medio indígena.14

15Aunque subestimada por el arzobispo —pero quizás sus sacerdotes informadores le ocultaron voluntariamente el fenómeno con el fin de aparecer como protectores de la raza indígena— la creciente ladinización del Quiché oriental no pasa desapercibida para él. Partiendo desde Guatemala, Salamá y Rabinal, nota su progresión —en especial en forma de estancias de ganadería— al este de San Andrés Sajcabajá y, al sur de la sierra de Chuacús, entre Joyabaj y Santa Cruz del Quiché. Sin embargo, se engaña cuando escribe del propio San Andrés que “no hay ladinos ni españoles” y cuando reduce en 1768-1770 a la población ladina de la Alcaldía mayor de Sololá a 201 personas (de un total de 21 193 habitantes empadronados por él, es decir el 0.95 % de la población) y de la Alcaldía mayor de Totonicapán-Huehuetenango a 724 personas (de un total de 30 265 habitantes, o sea cerca del 2.40 % de la población). Con esto, entra en contradicción con los datos del censo que él mismo ordenó hacer a sus sacerdotes, tal como aparecen en el siguiente cuadro, establecido a partir del texto de la visita por un lado, y de las relaciones parroquiales por otro, utilizados por Solano y Pérez-Lila en su artículo de 1968.

16Las contradicciones entre el texto de Cortés y Larraz y los datos de su censo se explican fácilmente. Redactada desde 1769-1770 su visita no tuvo tiempo de considerar todas las fuentes locales detalladas por sus curas y reunidas solamente en 1771-1772. Además, cuando el arzobispo anuncia una cifra, ésta es evaluada a partir del número de familias (como en San Andrés Sajcabajá) y no del número exacto de individuos. Sin embargo, gracias a él poseemos datos más seguros del censo. Pero suscitan algunos comentarios. De los 18 579 habitantes que comporta la región, 765 son ladinos (un poco más del 4 %), pero más de la mitad viven en la tierra quiché de Verapaz (Rabinal, Chol y Cubulco), y más de un tercio al sur de la sierra de Chuacús (Santa Cruz y las haciendas dependientes). En tierra propiamente quiché, el porcentaje de ladinización cae al 1.4 % (176 ladinos para 12 549 habitantes) si consideramos los antiguos límites del reino de Utatlán y al 1.3 % si excluimos a las minorías ixiles y uspantecas del conjunto. Aun imprecisas, estas cifras indican el carácter indígena de la región hacia 1770, indígena en un 96 % y propiamente quiché en más del 75 %. Nos dan también elementos retrospectivamente y no sin riesgo de error, sobre lo que podían ser los equilibrios étnicos internos en el reino de Utatlán antes de la llegada de los españoles; los ixiles aislados al norte de los Cuchumatanes mantuvieron mejor su dinamismo que los uspantecas y rabinaleb, víctimas desde 1490-1500 de un expansionismo quiché que la colonización española agravó en vez de detener, militarmente y luego clericalmente entre 1530 y 1770.

CUADRO 7 - NUMERO DE HABITANTES DEL QUICHE ORIENTAL HACIA 1770

3. El Quiché oriental en el conjunto guatemalteco hacia 1770

3.1 SITUACION DEMOGRAFICA

17A partir de los datos del censo ordenado por Cortés y Larraz, es posible situar al Quiché oriental en el conjunto demográfico y social guatemalteco hacia 1770 a partir del siguiente cuadro:

  • 15 Solano y Pérez-Lila, 1958.

CUADRO 8 - POBLACION GUATEMALTECA SEGUN EL CENSO ORDENADO POR CORTES Y LARRAZ EN 1768-177015

18Se confirma, por tanto, la pertenencia de nuestra región a dos circunscripciones administrativas de Guatemala menos densamente pobladas y menos ladinizadas hacia 1770 —en todo caso, por debajo del promedio general, puesto que la densidad demográfica es del 3.5 en Sololá, del 2.3 en Totonicapán y del 4.2 en el conjunto de Guatemala y que la tasa de ladinización no alcanza más del 4 % en nuestra región (y solamente 1.3 % en el corazón propiamente quiché), mientras es de 7.2 % en el país.

19En el plano étnico, el censo de Cortés y Larraz contabiliza unos 49 909 indios quichés en Guatemala, repartidos desde el litoral del Pacífico cercano a Cuyotenango y Suchitepéquez hasta las sierras de Sacapulas y Rabinal, pasando por Quezaltenango, Momostenango, Chichicastenango, Santa Cruz del Quiché y San Andrés Sajcabajá. De este total, y sin contar a ixiles y uspantecas, pero integrando en el plano lingüístico a los antiguos rabinaleb, nuestra región cuenta con alrededor de 14 590 indios quichés, sea el 29.23 %. A pesar de la progresión secular de los quichés en Verapaz, el corazón de la antigua confederación real quiché se ha mantenido y estabilizado al oeste de nuestra región, en las tierras altas situadas entre Quezaltenango, Chichicastenango, el ex Utatlán (Santa Cruz) y Momos-tenango.

  • 16 Solano y Pérez-Lila, 1971, ibid.

20En el plano social, en 1770, el territorio del antiguo reino de Utatlán —extendido a sus límites ixiles, uspantecas y antiguamente rabinaleb— dispone de una tasa de “urbanización rural” honorable, en comparación con el resto de Guatemala. Para una población de 18 579 habitantes (el 7 % de la población de Guatemala), contabilizamos aquí a 14 de los 61 pueblos (el 22.9 %) empadronados en el territorio de la Audiencia, de los cuales 7 tienen más de 1 000 habitantes y 4 se acercan o sobrepasan los 2 500 habitantes, reagrupando en cada una de sus categorías al 14 % y al 40 % del conjunto guatemalteco.16 Fuera de la región ixil (Nebaj, Chajul y Cotzal) donde el habitat defensivo y agrupado era una tradición prealvaradiana, en el resto de la zona, la extraordinaria tasa de concentración relativa del habitat rural en el Quiché oriental se debe a dos siglos y medio de activismo misionero y reductor de los sucesores dominicos de Marroquín y Las Casas. En un territorio tan poco poblado, esta estructura concentrada de los pueblos, evidentemente, deja muchas tierras vacías, abiertas a los apetitos de los ladinos empresarios de ganadería cuando no son ya afectados por la prohibición de residencia en tierras quichés. Es el caso alrededor de Rabinal, Santa Cruz y Joyabaj a fines del siglo xvii y de San Andrés Sajcabajá a fines del siglo xviii.

3.2 SITUACION ECONOMICA

21Tierra montañosa de clima templado —templado cálido en la depresión de cuencas y valles, templado fresco, incluso casi frío en las altas colinas cubiertas de bosques y montañas— el Quiché oriental debe su débil densidad demográfica a la mediocridad de su agricultura. Aquí, ninguno de los cultivos que constituyen la riqueza de la Guatemala colonial, cacao, añil, cochinilla, caña de azúcar, sino dos cultivos alimenticios —maíz y frijoles— a los cuales se agregan los recursos de la ganadería, aves y bovinos. Al leer a Cortés y Larraz, la impresión que domina es que, fuera de sus zonas de ganadería, en 1768-1770, el Quiché oriental sigue siendo un terruño más bien mediocre, sino francamente pobre. ¿Lo singulariza esto con respecto al resto de los Altos guatemaltecos en la misma época? No es evidente si creemos a Solano y Pérez-Lila quien, a partir de Cortés y Larraz y de las encuestas de sus curas, propone la siguiente evaluación de los rendimientos agrícolas:

  • 17 Ibid.

CUADRO 9 - RENDIMIENTOS AGRICOLAS COMPARADOS DE GUATEMALA HACIA 1768-177217

22En cuanto a los cereales, si excluimos del cuadro a Totonicapán cuya productividad excepcional en trigo y maíz se explica por la existencia de la hacienda alimenticia altamente especulativa de don Ignacio Urbina, vemos que Nebaj, Cobán y aun San Andrés Sajcabajá no tienen tan mal lugar en el conjunto. Sin embargo, la verdadera prosperidad se encuentra en tierras templadas cálidas más que en tierras templadas frías a causa de la variedad de recursos agrícolas. En este sentido, las tierras quichés de Verapaz, Rabinal, Cubulco y el Chol) o del sur de la sierra de Chuacús (Santa Cruz), productoras de maíz pero también de frutas, hortalizas, caña de azúcar y bovinos, aparecen evidentemente más ricas que los pueblos mucho menos atractivos, y por tanto menos ladinizados, de San Andrés Sajcabajá, San Bartolomé Jocotenango, etcétera. En el conjunto, notemos, sin embargo, que los rendimientos del producto alimenticio de base son bastante mediocres en el conjunto de las tierras altas templadas, con excepción de algunos casos ejemplares. Concluyamos sobre este punto. Con respecto al resto de Guatemala y en especial a los Altos, el Quiché oriental no parece ser ni rico ni miserable hacia 1770 pero, fuera de los confines de Verapaz y los Cuchumatanes, presenta una mediocridad homogénea y honesta que no contradice el testimonio de Irisarri (véase supra) ni la posibilidad de cierta progresión agrícola y demográfica.

3.3 TENDENCIAS PERCEPTIBLES A TRAVES DE LA OBRA DE CORTES Y LARRAZ

  • 18 Ibid.

23Cronológicamente, la visita de Cortés y Larraz interviene en un momento en el que el Quiché y los Altos cobraron un peso que nunca habían tenido antes en el conjunto guatemalteco desde la Conquista, y por muchas razones. La primera tendencia es la disminución relativa de la importancia económica de las ricas plantaciones criollas del litoral del Pacífico desde que la Corona restringió y luego prohibió las exportaciones guatemaltecas de cacao a favor de Guayaquil después de 1681. Por cierto, una libera-lización del comercio después de 1720 y, más aún después de 1744, favorece la recuperación de la agricultura de las tierras cálidas, estimulando la producción de un producto nuevo, el añil, cuya producción comienza verdaderamente después de 1750, pero cuyos efectos se hacen sentir hasta fines del siglo xviii, atrayendo entre otros, a los jornaleros quichés a la región de Cuyotenango.18

  • 19 Woodrow, 1943: 128.
  • 20 “Tasaciones de los Naturales de la prova de Goathema y Nicara y Yucatán” (1548-1550) en AGI, leg. (...)
  • 21 RAHM, Papeles del Consejo de Indias, D 95, ff. 311-312.
  • 22 “Tanteo de lo que rentan las encomiendas de las indias según sus tasas”, en BNM, ms. no. 3048, f. (...)
  • 23 Cortés y Larraz, 1768-1770.
  • 24 En Borges Guerra, 1969: 145-169 y Hernández Sánchez Barba, 1954.
  • 25 Sobre el conjunto de este cuadro, véase Solano y Pérez-Lila, 1958.

24El segundo fenómeno durable que favorece relativamente a las regiones agrícolas esencialmente alimenticias como el Quiché es la tregua epidémica entre 1748 y 1772 en Guatemala; esto permite la recuperación demográfica esbozada a fines del siglo xvii. Durante cerca de 25 años, el sarampión, el tifus, la viruela y la tisis galopante (gucumatz) que habían azotado en 1712, 1727-1730, 1732 y 1748, no diezman a una población indígena cuyo crecimiento se confirma hasta más o menos 1772, a pesar de una alerta al sarampión en 1766. Por eso, en 1768, la población indígena no ha sido nunca tan importante desde el siglo xv; pasada la nueva ola de epidemias en 1772, 1778, 1780, 1784, 1787, 1794 y 1800 recobraría, en vísperas o a la mañana siguiente de la Independencia de Guatemala, el nivel demográfico conocido por Cortés y Larraz, como lo indica el siguiente cuadro:19 20 21 22 23 24 25

CUADRO 10 - EVOLUCION DE LA POBLACION INDIGENA GUATEMALTECA ENTRE 1492 Y 1779

3.4 SITUACION MORAL Y RELIGIOSA

  • 26 Para todo este párrafo, ver, además de AGI, leg. 948, los excelentes artículos de Solano y Pérez-L (...)

25Pero, como el título lo indica, la visita de Cortés y Larraz no produce solamente una descripción geográfica, sino también una evaluación moral de la religiosidad de las provincias atravesadas. Visto lo poco que dice del Quiché oriental, presentimos que la situación en este plano no tiene nada de singular con respecto a las otras regiones de Guatemala —sino, como acabamos de verlo, el excepcional éxito de la política de reducciones indígenas proseguida por los dominicos desde 1540. Una lectura más atenta permite, sin embargo, hacer algunas acotaciones a propósito del catolicismo indígena y especialmente quiché.26 Desde 1540, el Quiché oriental y Verapaz han sido tierra de elección de los dominicos y siguen siéndolo pasado 1757, resistiendo mejor que en otras partes a la política de secularización proseguida por la Corona. El resultado anticipado es que, excepción hecha de algunos inevitables residuos de paganismo rural (cuyas trazas aparecen en la misma época en Europa), encontramos aquí a una sólida cristiandad campesina dirigida por un clero tanto más ortodoxo que es regular. Ahora bien, la única observación que hace Cortés y Larraz cuando atraviesa el Quiché es que, en todas partes, detrás de ios signos exteriores de religión, la cristianización es muy débil. Coincide en esto con la apreciación de Miguel Feijoo, cura de San Andrés Iztapán, quien le escribe: “los indios nada espiritual creen, ni Dios, ni Trinidad, ni alma, ni se persuaden que haya otro Jesucristo, ni otra Santísima Madre mya, ni otros santos, que las imágenes que están en las iglesias”. Esta transferencia del objeto espiritual del dogma católico al soporte iconográfico de la devoción, este culto y proliferación de imágenes en los templos, revelan que el fondo de las creencias totémicas precolombinas subsiste, vivaz, dos siglos y medio después de la evangelización, y logra subvertir al propio catolicismo desde el interior.

  • 27 AGI, Aud. de Guatemala, leg. 152, f. 146.

26Pero, fuera del templo, los verdaderos templos de la religiosidad maya-quiché son la propia naturaleza y el cosmos, a los cuales los indios siguen sacrificando según sus cosmogonía y ritual propios. Culto a los árboles que, en el Quiché forestal, juega un papel cósmico y fundador particular (véase Popal Vuh). Culto a las montañas que encontramos por todos lados al azar de las peregrinaciones en 1768 como en 1977, y que indican ya en formas siempre actuales los informantes de Cortés y Larraz: ”...procuran ocultar sus idolatrías yéndose al monte” (testimonio del cura de Sacatepéquez en 1770), “en la cumbre hallamos un cercadito de palos y en medio bastante copal ardiendo” (informe de 1676 de fray Francisco Gallegos, cura en Verapaz),27 “ciertos días, hacen los indios decir misa en un altar portátil en el centro de la iglesia. Mucho repique de campanas... y después se inicia una procesión con muchas luces y candelas a cierto monte, a quemar copal” (carta de Gaspar de Ulloa, cura de Totonicapán a Cortés y Larraz).

  • 28 “Contra la india Dominga Chiris, por bruja” (1775) en AGCA, exp. 2934, leg. 153.

27Todos estos testimonios, que todavía podrían ser escritos hacia 1980 por cualquier observador de terreno un poco atento, manifiestan la interpenetración de dos mundos simbólicos y religiosos distintos. Uno, indígena y ancestral, ligado a la naturaleza y practicado de modo más o menos clandestino “en el desierto”, a la sombra de los árboles y de la noche. El otro, español y católico, materializado por la iglesia en el centro de la reducción aldeana cristianizada. Entre estos dos mundos, cuya relación de fuerzas “mágicas” no está siempre a favor del dogma católico, los intermediarios indígenas distinguidos y promovidos por la Iglesia (cate-quistas, caciques, mayordomos de cofradías, alcaldes indígenas, ajwab o ancianos) juegan un papel ambiguo e indeformable de vector con orientación reversible, como en el caso de Totonicapán en 1768-1770. Cristianismo o religión indígena, ¿quién gana en definitiva en este juego complejo? Muy astuto el que pueda decirlo con certeza, pero hacia 1770, Cortés y Larraz no parece tener muchas ilusiones. Sin duda, es por ello que, en 1772, al día siguiente de su visita, se abandona la experiencia emprendida desde 1758 consistente en escuelas primarias para niños indígenas en Chichicastenango y Joyabaj. Y esta desconfianza no deja de tener fundamento, aun en esta antigua tierra de misiones dominicas que es el Quiché oriental, puesto que todavía en 1775 estalla un asunto de hechicería en Sacapulas.28

  • 29 Sáenz de Santamaría, 1964, op. cit.: 197.

28A partir de esta situación percibida por Cortés y Larraz, podemos, en 1768 como en 1980, adherir a este diagnóstico de Carmelo Saenz de Santamaría: “Los municipios indígenas de las tierras altas guatemaltecas ofrecen al investigador un problema socioreligioso de verdadero interés. Su cultura que a veces se ha llamado cultura indígena reciente presenta los esquemas fundamentales de la cultura cristiana en su formulación castellana del siglo xvi; sobre tales esquemas se transplantan formaciones secundarias de extracción prehispánica. Es decir que, al contrario de lo que se podría esperar, lo fundamental es hispánico y lo secundario es prehispánico”.29 En ausencia de trabajos más profundos sobre la materia —especialmente relativos a las creencias, símbolos, rituales y organización interna de las cofradías indígenas amerindias— estamos tentados de responder: indiscutiblemente sí en el plano político social y religioso parroquial, pero solamente quizás a nivel de la pertenencia profunda de esta cristiandad indígena a un universo paralelo —demoniaco o por salvar. No somos teólogos para decidir, pero en todo caso, un universo autónomo, cerrado en sí mismo, a la vez cercano y totalmente “otro”: no cristiano aunque viviendo por fuerza en medio de islotes cristianizados constituidos por las. reducciones indígenas.

II. EL QUICHE ORIENTAL BAJO EL REGIMEN DE LA INTENDENCIA DE GUATEMALA

29De 1770 a 1820, el gobierno de Guatemala experimenta profundas transformaciones políticas, económicas y sociales, que encuentran su salida en 1821 en la Independencia pronunciada por la élite criolla del país contra la tutela colonial española. Por ser dominado y dirigido por los criollos guatemaltecos, este proceso no afecta menos a las zonas indígenas tales como el Quiché oriental y, de modo más general, al conjunto de los Altos. Mejor aún, después de un periodo bastante largo durante el cual estas regiones sufren los acontecimientos dictados por la capital o España (1770-1815), terminan por reaccionar con su propia dinámica (1815-1820) y precipitan sin ninguna duda la crisis general que desemboca en la emancipación política del país. Entre las modificaciones profundas que afectan a Guatemala y sus tierras indígenas durante esos últimos 50 años de existencia colonial, ninguna puede ser más significativa que la instalación de un nuevo estilo de gobierno a partir de 1785-1787: el de la Intendencia de Guatemala.

1. Un nuevo estilo político y administrativo: el régimen de la Intendencia de Guatemala de 1785 a 1820

1.1 EL APOGEO ADMINISTRATIVO DE ESPAÑA EN GUATEMALA

  • 30 Molina Arguello, 1960 y Handbook ..: “Guide to ethno-historical sources”.
  • 31 “Auto pronunciado por el Real Acuerdo disponiendo que las Receptorías de Alcabalas de Quezaltenang (...)

30Para mejorar su administración colonial, el despotismo ilustrado de los Borbones de España instala localmente el sistema de Intendencias en América Central a partir de 1785. Se trata de las Intendencias de Chiapa Real, Guatemala, San Salvador, Comayagua y León.30 Después de un periodo de experimentación, sus atribuciones definitivas terminan por ponerse en práctica desde 1787, cuando la percepción de las alcabalas en los Altos guatemaltecos pasa de la jurisdicción de Tuxtla (Chiapas) a la de Guatemala.31 A partir de ese momento, las Alcaldías mayores, en especial las de Sololá, Totonicapán y Suchitepéquez que conciernen a nuestra región, son puestas definitivamente bajo la dirección del intendente que reside en la capital en vías de reconstrucción después de haber sido (de nuevo) destruida por un terremoto en 1773. De golpe, la visión administrativa del territorio se desregionaliza y se unifica, y el intendente cen-tralizador interviene cada vez con más frecuencia y de modo cada vez más eficaz no sólo en los asuntos de interés interregional (puentes y calzadas, tasas, peajes, programas de intervención económica y sanitaria concebidos ahora a escala del conjunto guatemalteco), sino también en los asuntos locales que dependían hasta entonces casi exclusivamente de la jurisdicción de los notables locales (vecinos, hacendados, ayuntamientos y eclesiásticos).

31Esta tendencia borbónica al intervencionismo estatal significa, en consecuencia, una recarga del aparato administrativo civil, pero también una mayor competencia y un mayor rigor en el estilo de la administración. De esta época datan los mejores censos de hombres y recursos y las mejores descripciones geográficas (de origen administrativo) de toda la historia colonial de Guatemala. La lección de la ejemplar visita de Pedro Cortés y Larraz fructifica en manos de los funcionarios de la Intendencia y de la Audiencia de Guatemala, a los cuales debemos en especial los siguientes documentos para el periodo:

  • 32 Año 1776, hoja 1, D-12-26, en Archivo del Servicio militar, Madrid.

321776: Mapa geográfico del Reino de Guatemala.32

  • 33 AGCA, exp. 666, leg. 23, f. 12 v.

331776: Padrón de los pobladores de las provincias sujetas a la Audiencia de Guatemala, formulado en cumplimiento de la Real Orden?33

  • 34 AGCA, exp. 2813, leg. 174, f. 47.

341777: Plano de los pueblos de la Alcaldía Mayor de Sololá.34

  • 35 Borges Guerra, 1969.

351778: Censo eclesiástico de Guatemala.35

  • 36 AGCA, exp. 55489, leg. 6096.

361778: Inventario del Archivo de la Alcaldía Mayor de Totonicapán-Hue-huetenango.36

  • 37 GCA, exp. 40409, leg. 2793.

371779: Inventario de las actuaciones pertenecientes al Juzgado privativo de tierras de las provincias de Guatemala.37

  • 38 ASGHG, 1949 (25): 55 y 107.

381778: Joaquín Paredes — Relación y estado de Guatemala.38

  • 39 AGI, Indiferentes, leg. 1559.

391789, 1790 y 1791: El Presidente de Guatemala da cuenta del estado del reino (informe anual).39

  • 40 ASGHG, 1952 (26): 383-413 según Gazeta de Guatemala, 2a. época.

401797, 1798: Joseph Domingo Hidalgo — Memoria para hacer una descripción puntual del Reino de Guatemala.40

  • 41 AGCA, A 1.25, citado por Zavala, 1945.

411807: José María Zamora — Recopilación sumaria de los autos acordados en la Real Audiencia de este Reyno de Guatemala... desde el año 1561 hasta el presente de 1807.41

  • 42 1808, t .1, tratado 1, la. edición, Guatemala. 1937, 2 vol. 3a. edición, Biblioteca Parg’o de Rive (...)

421808: Domingo Juarros — Descripción geográfica del Reyno de Guatemala adornada con algunos rasgos de historia natural y política de los lugares de dicho Reyno.42

  • 43 1935, 3a. edición, Tipografía Nacional, Guatemala; estas dos obras están traducidas por J. Bailey (...)

431808-1809: Domingo Juarros — Compendio de la historia de la ciudad de Guatemala.43

  • 44 AGCA, exp. 56309, leg. 6114.

441812: Inventario formal del Archivo de la Alcaldía Mayor de Totonicapán.44

  • 45 BNG.

451821: J.M. Méndez — Memoria del estado político y eclesiástico de la Capitanía general de Guatemala.45

46A estas fuentes civiles se agregan, por supuesto, fuentes eclesiásticas:

  • 46 AGCA, leg. 1531, ff. 511 y ss.

471778: Memorial elevado a S.M. por el Obispo de Chiapas dando cuenta de su Visita.46

  • 47 Joachim Ibarra ed., Madrid en BNG. Colección Libros preciosos antiguos, 10-5-668/669 y 10-5-678/67 (...)

481783: Fray Joseph Parras — Gobierno de los Regulares de la América ajustada religiosamente a la voluntad del Rey.47

  • 48 AGCA, O 1.23, leg. 1532, f. 27, editado en AGH, junio de 1956, VIH (2), Guatemala: 16-23. Véase ta (...)

491784: Don Cayetano Francos y Monroy (arzobispo de Guatemala) — Carta a S.M. Carlos III informándole sobre asuntos de su arquidiócesis.48

  • 49 En Fernández, Lenguas indígenas de Centro América, San José de Costa Rica.

501788: Juan José López — Cakchiquel, quiché y sutuzil: convento de mi padre San Francisco de la Nueva Guatemala.49

  • 50 AGI, Gobierno, leg. 529.

511808-1809: Relación de la población en general de que consta el Arzobispado de Guatemala por el orden de sus parroquias.50

52Y, de fuentes europeas establecidas a partir de una investigación en Guatemala, o a partir de la reciente documentación reunida en los Archivos de Indias en España sobre Guatemala:

  • 51 AMNM, ms. no. 570, f. 282 v.

53Sin fecha: Anónimo — Noticias del reino de Guatemala y sus provincias de Comayagua, Nicaragua, Nueva Segovia, Costa Rica, Verapaz, Chia-pa y otras: descripción e itinerario.51

  • 52 1786-1789, la. edición, Madrid; 1967, 2a. edición, Madrid.

541786-1789: Antonio de Alcedo — Diccionario geográfico de las Indias occidentales o América.52

  • 53 “Relaciones históricas y geográficas de América Central”, en Colección de documentos referentes a (...)

551791-1804: Varias noticias del río de San Juan, yslas adyacentes de la costa de los mosquitos, provincias y partidos que tiene el reyno de Gua temala.53

561811: Alexander von Humboldt — Ensayo político sobre el reino de la Nueva España.

57Esta lista no exhaustiva prueba que, en el plano de la información administrativa de base, Guatemala está “cubierta” de manera muy satisfactoria durante el periodo. ¿Al servicio de qué política? En ausencia de una verdadera burguesía guatemalteca, la de un intervencionismo de Estado que busca el desarrollo económico y social del país.

1.2 EL INTERVENCIONISMO ADMINISTRATIVO EN LOS ASUNTOS ECONOMICOS Y SOCIALES

58Lógico con su política de desarrollo del poder del Estado, el reino de Carlos III busca maximizar el rendimiento de su imperio colonial. Esto exige estar atento a la población productora de bienes y, de manera más directa, de los recursos fiscales necesarios al Estado, y a las producciones locales. En Guatemala, la Intendencia está, pues, no sólo investida con el poder de intervenir en periodos de emergencia en los que se pone en tela de juicio el bien público (epidemias, amenazas de guerra o de sedición, terremotos), sino de manera regular con el fin de aumentar cuantitativamente los hombres y las riquezas. Esta política “desarrollista” desemboca en el periodo en toda una serie de encuestas y decisiones que aceleran la evolución general de Guatemala hasta el umbral de un verdadero despegue económico, en el sentido contemporáneo del término. Los grandes recursos de la Guatemala colonial, país prácticamente desprovisto de minas y manufacturas, son la agricultura y el comercio. Evidentemente, la Intendencia ejerce su acción privilegiada, en estos dos sectores, apoyándose en las fuerzas existentes: la Audiencia, la administración, la Iglesia y la élite criolla agrícola y comercial que renace.

  • 54 “Relaciones remitidas por el Presidente de Guatemala acerca del tipo de cosechas de frutos que se (...)
  • 55 Landívar, 1782.
  • 56 García Redondo, 1799.
  • 57 Aguirre, 1800.
  • 58 “Estado que manifiesta las diez materias de esquilmos, tintas y cacao del Arzobispado de Guatemala (...)

59● La agricultura especulativa. En 1788, el presidente de la Audiencia de Guatemala no juzga indigno de sus funciones redactar un informe completo, con tentativa de evaluación comparada, sobre la situación de la agricultura en su gobierno.54 Es el primero de una lista de documentos oficiales u oficiosos que tienen por objeto buscar los medios para aumentar las producciones agrícolas especulativas de Guatemala, según el método escogido desde 1781 por Rafael Landívar.55 En 1799 la imprenta de Guatemala edita una memoria sobre el desarrollo de las cosechas de cacao56 y, en 1800, el secretario de la Real Sociedad Patriótica de Guatemala publica un estudio sobre el desarrollo de la agricultura y el comercio.57 En 1808, una encuesta oficial estudia las condiciones de producción de los cultivos especulativos de exportación de Guatemala: productos de tintura (añil, cochinilla) y cacao.58 Causa y resultado de esta política: el país conoce un desarrollo extraordinario de su agricultura de exportación durante el periodo, especialmente de las plantaciones productoras de añil y cochinilla y esto, mucho después de la Independencia, hasta mediados del siglo xix. Ralph Lee Woodward propone las siguientes cifras a este respecto:

CUADRO 11 - VALOR DE LAS EXPORTACIONES DE GUATEMALA EN 1825 (EN DOLARES)

  • 59 Woodward, 1966: 45.

60Y, según él, hacia 1850-1855, la cochinilla provee por sí sola 4 854 890 dólares en exportación (¡el 79 % de las exportaciones guatemaltecas!) y el añil y la cochinilla conjuntamente, 5 856 528 dólares (¡el 94 % de las exportaciones totales!).59 Ninguna duda: el impulso dado a estas producciones por el despotismo ilustrado en vías de extinción ha producido sus frutos en la emergencia de la oligarquía agro exportadora criolla, que domina las primeras décadas de la Guatemala independiente.

61• La agricultura de subsistencia. Como es de esperar con semejante modelo de desarrollo agrícola dirigido prioritariamente hacia la exportación, la agricultura de subsistencia necesaria para la alimentación popular es el punto débil del modelo. Todo el periodo final colonial en Guatemala está dominado en el nivel más oficial, por un sentimiento de precariedad en este campo, que se manifiesta a través de estudios y encuestas cuyos títulos son inequívocos, tales como los siguientes:

  • 60 “Documentos inéditos” en Archivo de Chiapas, Departamento de Investigación Histórica, Castillo de (...)

621805: Del miserable estado en que está la agricultura y de los vicios en que viven los naturales [de Chiapas].60

  • 61 AGCA, exp. 8285, leg. 493.

631814: 30/04/1814: El Alcalde Mayor interino de Suchitepéquez... informa acerca del estado de los pueblos de aquella Alcaldía Mayor.61

  • 62 AGCA, exp. 24932, leg. 2818.

641814: Sobre el necesario fomento de la agricultura alimenticia en Guatemala.62

  • 63 “Providencia del Superior Gobierno ordenando a las guardas de las garitas de Asunción, Dolores, Sa (...)
  • 64 “Pedro Juan es nombrado Juez Reformador de Milpas del pueblo de San Miguel Acatán” (1795) en AGCA, (...)

65Frente a esta situación inquietante, el intervencionismo estatal parece desprovisto de ideas nuevas y se contenta con retomar formas de acción bien tradicionales en Guatemala desde el siglo xvi: las que consisten en asegurar las subsistencias de las ciudades perturbadas por la hambruna, gracias a una política de requisiciones rurales. Se disminuye, entonces, las concesiones y peajes de los productos alimenticios de base (especialmente el maíz y los granos), por ejemplo, alrededor de la capital en 1794,63 y no se vacila en restaurar la función tan criticada de los jueces de milpas en la región de San Miguel Acatán en 1795.64

  • 65 “Noticias sobre el comercio interior de Guatemala (anónimo)”, AMNM, ms. no. 570, doc. 8, ff. 319-3 (...)
  • 66 Aguirre, 1800, op. cit .
  • 67 “Planos, autos y providencias sobre reconstrucción del camino Totonicapán-Sololá” en AGCA, exp. 40 (...)
  • 68 “Providencia sobre la construcción de un camino que una Suchitepéquez con Sololá” (1820) en AGCA, (...)
  • 69 Sobre el traslado de la recaudación de las alcabalas en los Altos de Tuxtla a Guatemala en 1787, v (...)
  • 70 “Noticia de las pulperías que ay en la jurisdicción de Sololá” (1777) en AGCA. exp. 4258, leg. 34 (...)
  • 71 Véase Muro, 1798.

66● El comercio interno. De hecho, las medidas más eficaces en materia de economía interna son las que facilitan los intercambios internos, desenclavando las regiones hasta entonces aisladas, en provecho de intermediarios comerciales especializados en el comercio interregional (cargadores, arrieros, proveedores de mercados urbanos controlados por los ayuntamientos y almonedas de los centros de consumo más importantes) o de empresarios agrícolas especulativos de las tierras cálidas, cuyas plantaciones en pleno boom exigen cada vez más víveres y mano de obra temporal proveniente de las zonas-reservas: las tierras altas guatemaltecas. Encuestas y decisiones oficiales buscan también mejorar el sistema de comunicaciones internas (rutas, pistas y caminos muleteros), particularmente deteriorado después del terremoto de 1773. Se despliega un esfuerzo continuo en este sentido hasta el momento de la Independencia, principalmente en las rutas de penetración hacia el hinterland indígena de las plantaciones de la costa del Pacífico, en el sentido preconizado por diversas encuestas realizadas para ese efecto en 179165 y 1800,66 especialmente a lo largo de los ejes Totonicapán-Sololá de 1789 a 181767 y Suchitepéquez-Sololá hacia 1820.68 Por supuesto, semejante intensificación de los intercambios internos tiene como objetivo a la vez aumentar los ingresos del Estado y la metrópolis y mejorar la vida económica local. La administración colonial insiste para recaudar con más rigor sus tasas indirectas en las transacciones (alcabalas), que se vuelven un rubro importante del presupuesto, aun en tierra indígena,69 y para reprimir las formas de tráfico clandestino que concierne, principalmente en los Altos, el alcohol proveniente de las plantaciones de caña de azúcar.70 Insiste igualmente, ayudada en eso por los medios de import-export representados después de 1775 por la Sociedad Económica de Amigos del País y el Tribunal del Consulado, para que la intensificación de los intercambios internos sirva para difundir entre los indígenas los productos importados de España,71 especialmente los textiles y “efectos de Castilla” que ocupan el principal rubro de importación en Guatemala desde 1791:

  • 72 “Noticias sobre el comercio interior de Guatemala” (1791), en AMNM.

El comercio de esta capital [Guatemala] se hace en la maior parte de efectos de Europa, algunos de China y México, y la otra parte de texidos de Hilo de algodón y lana... Se introducen anualmente a este Reyno por los puertos de Omoa, Golfo y Truxillo de dos a tres barcos de efectos de Europa del porte de ciento a trescientos toneladas...72

  • 73 “El cura de Cuyotenango envía certificados de defunciones de Sajcabajá al cura de San Andrés Sajca (...)
  • 74 “Contaduría Real de Diezmos del Arzobispado de Guatemala” (1778) en AGCA, exp. 28225, leg. 1757, f (...)
  • 75 “Quedan exonerados los religiosos de Santo Domingo del pago de 4 reales sobre carga de panela intr (...)

67Sin embargo, el desarrollo de las importaciones y del comercio interior no debe hacernos olvidar la modestia de los resultados. Los intercambios internos están lejos de pertenecer todos a la esfera de la libre concurrencia y del mercado monetario. Hacendados, órdenes religiosas, funcionarios subalternos trafican entre ellos, fuera de los términos del intercambio, a hombres y productos puestos bajo su propiedad o su jurisdicción. En 1777-1779, vemos funcionar de manera evidente un tráfico de mano de obra temporal quiché hacia las plantaciones de Cuyotenango, en manos de los Alcaldes mayores o de sus tenientes de Suchitepéquez y Sololá, o por acuerdo directo entre los curas de Cuyotenango, San Andrés Sajcabajá y Santa Cruz del Quiché.73 En 1778, nos enteramos de que, entre los ingresos decimales de la Catedral de Guatemala, figuran cosechas (fuera de comercio) de cacao y de productos de tintura, verdadera renta territorial en especie vertida gratuitamente a la Iglesia,74 la cual sabe desde hace mucho tiempo en Guatemala hacer fructificar su negocio fuera del control de la Almoneda o de la administración más reciente de las alcabalas, como lo confirma, por ejemplo, un acta de privilegio eclesiástico de 1795.75

68En la capital misma —la Nueva Guatemala reconstruida contabiliza alrededor de 10 000 habitantes— circula en 1806 una moneda de madera (tablitas) que sirve para las transacciones en el medio popular y que indica la escasez de numerario oficial fuera de la esfera mercantil de la clase dirigente en el plano económico. Los precios practicados en este extraño circuito paralelo son los siguientes:

69—1 medio real = 9 tablitas de madera

70= 1 huevo + 1 chile + 1 vela + 5 tortillas + rapadurita +1 machito + 6 cigarros + 1 pan + un poco de sal

  • 76 “Dictamen del Procurador Síndico del Ayuntamiento de Guatemala definiendo las ‘tablitas’, monedas (...)

71—1 tablita = 1 desayuno.76

  • * * Recordemos que el “assignat” durante la Revolución Francesa fue este tipo de “papel moneda” pront (...)

72Ciertamente, en 1806, la situación del imperio colonial español, aislado de su metrópolis por los ingleses, es excepcionalmente difícil en el plan económico y ese estado de urgencia puede explicar la circulación local de este “assignat”** de madera guatemalteco. Pero la crisis monetaria local revela también una situación permanente de subdesarrollo de la mone-tarización y de la acumulación interna de capital a fines del periodo colonial que Sol Tax califica para la segunda mitad del siglo xx como “capitalismo del céntimo”.

  • 77 Meléndez Chaverri, 1970.
  • 78 Ibid.

73A finales de la Colonia, en esta Guatemala, tan mal mercantilizada en profundidad, ¿cuáles son entonces los productos que, realizados en cantidad significativa bajo forma de mercaderías dan lugar a un movimiento notable de circulación y de acumulación?Se trata esencialmente de productos de consumo de masa movilizables a pesar de las dificultades de pago y de transporte: alcoholes, especies (sal y azúcar), textiles y ganado. Habíamos presentido la importancia comercial de los alcoholes a través de los esfuerzos de la administración para empadronar y reprimir su comercio clandestino. Sal (marina o gema, por ejemplo, de Sacapulas) y azúcares (melazas y panela) trocados o vertidos en raciones alimenticias dan lugar a un tráfico que no es obligadamente monetario. A pesar de la competencia creciente de los textiles importados de Europa, el comercio interno de textiles de confección indígena (huipiles) es todavía bastante importante como para permitir la existencia hacia 1794-1800 de más de 1 000 telares, en particular en la región de Quezaltenango,77 además del artesanado rural doméstico manipulado en forma tributaria por alcaldes mayores y corregidores. En cuanto al ganado, en excedente relativo en las inmensas reservas de tierras consideradas baldías y que posee la ventaja de ser una mercadería capaz de desplazarse sola hasta los centros de intercambio y consumo, a pesar del mal estado de las rutas, se trata de una fuente no despreciable, aunque a menudo subestimada, de beneficios monetarios. En 1798, se contabiliza no menos de 52 000 bovinos en la feria de La Lagunilla.78

  • 79 Véase Woodward, 1966, op. cit.

74● Un relevo del intervencionismo económico de Estado: la élite criolla culta. En su esfuerzo voluntarista de desarrollo de la Intendencia de Guatemala, la administración colonial busca naturalmente un apoyo social a su política. Lo encuentra en la élite culta de la aristocracia criolla guatemalteca abierta a las ideas nuevas, a la cual ofrece órganos oficiales de concertación y de intervención en los campos económico e ideológico a partir de 1793. En el plano económico, la oligarquía criolla agroexporta-dora administra sus intereses de clase protegida por los privilegios oficiales del comercio de monopolio que le garantizan los estatutos del Tribunal del Consulado de Comercio de Guatemala entre 1793 y 1871.79 Compuesta por grandes plantadores-exportadores de cochinilla, añil, zarzaparrilla y cacao de la costa del Pacífico, esta oligarquía sobresale en el comercio de importación y exportación con apoyo de los grandes comerciantes importadores de mercaderías europeas y de los ricos negociantes de la Casa de la Almoneda. Este grupito privilegiado, reducido y oligárquico monopoliza, de acuerdo con la administración colonial, no sólo las reglas del juego económico guatemalteco, sino también la casi totalidad de los recursos financieros privados de la Intendencia de Guatemala. Favorecida por la Corona y la evolución económica, esta categoría social se siente pronto bastante segura de sí misma como para desear jugar un papel en el terreno ideológico y cultural y abogar por las ideas de progreso económico y de modernización social.

  • 80 Meléndez Chaverri, 1970, op. cit. y Luque Alcaide, 1962.

75En agosto de 1794, el oidor Jacobo de Villaurrutia, autoriza para provecho de la política oficial de la Corona, la creación de la Sociedad Económica de Amigos del País, la cual con el pretexto de fidelidad monárquica, pretende promover un verdadero patriotismo económico y cultural a favor de la “pequeña patria” criolla guatemalteca. En 1797, reagrupa a 86 miembros y se honra en poseer 63 corresponsales extranjeros, entre los cuales algunos sabios europeos muy ilustres, como Alexander von Humboldt. A partir de 1797, comienza a publicar diversas obras favorables a la modernización de Guatemala, particularmente la Gazeta de Guatemala y las Actas de sus reuniones, donde se debaten cuestiones tales como el Fomento del cultivo del tabaco en Costa Rica, el renacimiento de los cacaotales de Suchitepéquez (430 000 pies de cacao están aquí en producción en 1800) y los medios para desarrollar la agricultura y el comercio en general (Luis Pedro de Aguirre, 1800 op. cit.), especialmente el de la ropa europea en el medio indígena. Falta de espíritu de continuidad de sus miembros o efecto de la desconfianza administrativa hacia lo que no puede dejar de constituir, a la larga, un peligroso centro de oposición política en el clima de crisis que atraviesa el colonialismo español después de 1806, es un hecho que la actividad de la Sociedad decae entre 1800 y 1819. Pero a partir de 1815 reaparece el periódico de la Sociedad Económica; no por casualidad, el título del primer diario favorable a la Independencia política, El Amigo de la Patria, que se publica entre 1820 y 1822, bajo la dirección de José Cecilio del Valle, es un eco de la Sociedad de Amigos del País.80 Podemos, pues, decir que el despotismo ilustrado español, tanto con sus medidas económicas como con su permisividad política, ha favorecido con toda premeditación aunque con dudas a veces la consolidación de esta oligarquía criolla agroexportadora, la cual para lo mejor y lo peor se encargará de la dirección de la nación guatemalteca desde ¡a Independencia hasta la segunda mitad del siglo XX.

1.3 EL INTERVENCIONISMO ADMINISTRATIVO EN MATERIA DE SALUD PUBLICA

  • 81 Solano y Pérez-Lila, 1958 y AGCA, leg. 2171 (1804), leg. 392 (1810), leg. 2172 (1815).
  • 82 “Del miserable estado en que está la agricultura y... los naturales [de Chiapas]” (1805) en Archiv (...)
  • 83 AGCA, exp. 21081, leg. 2588 (1780), r. 5.
  • 84 AGCA, exp. 31002, leg. 4076 (1780).
  • 85 “El Ayuntamiento de Guatemala solicita al vecindario su cooperación económica en vista de la peste (...)
  • 86 “Providencia ordenando ‘abril rua leva general’ para que sea recogida la gente ‘vaga, ociosa y mal (...)
  • 87 “Después de escrita esta Partida entraron todos los indios a avisarme qe en tiempo qe no ubo Minis (...)

76Inspirándose en la ideología de las Luces y valiéndose de los recientes descubrimientos de la ciencia europea, en la Intendencia de Guatemala el nuevo estilo administrativo se despliega por excelencia en el área de la salud pública, con todas sus incidencias demográficas. Hemos visto que las crisis epidémicas cíclicas se desatan entre 1772 y 1815.81 Las más graves parecen ser las de 1780 y 1800-1804, esta última especialmente en los Altos.82 La crisis de 1780 conmueve de manera particular a las autoridades pues azota no sólo a los rurales indígenas, sino también a la población de las ciudades y de la capital ya bastante afectada por el terremoto de 1773. Frente a esta propagación de la epidemia (viruelas y tifoidea), las autoridades tradicionales reaccionan de manera tradicional, adoptando precauciones elementales de higiene pública empleadas en esas ocasiones desde la antigüedad. Las circulares del Ayuntamiento de Guatemala multiplican las recomendaciones a la población para que destruya efectos, ropas, muebles y tapices pertenecientes a las víctimas, y prevén sanciones contra los contraventores, cuya ejecución es confiada a los comisarios de barrios, puestos bajo las órdenes del prior del hospital San Juan de Dios.83 Se organizan medidas de urgencia: hospitalización, socorros, desinfección por fuego84 y, por supuesto, se recurre a la caridad pública organizando una colecta.85 Por fin, signo de que la epidemia ha afectado el campo provocando un flujo de desarraigados rurales enfermos o famélicos a la ciudad, se adoptan medidas especiales contra los vagabundos, los bandidos y los parásitas sociales que viven de expedientes en los lugares habituales.86 En San Andrés Sajcabajá, por ejemplo, el cura desaparece ante la epidemia (víctima él mismo o en fuga por prudencia) dejando a nueve muertos sin sepultura ni sacramentos cristianos,87 al fin inhumados decentemente el 31 de enero de 1781.

  • 88 “Oficio del Ayuntamiento de Guatemala dirigido al Capitán general sobre medidas necesarias para ev (...)
  • 89 “El Alcalde Mayor pide se le instruye para evitar propagación de la peste de viruela en Sololá” (1 (...)
  • 90 “La Audiencia pide autos sobre comisiones dadas al Dr. Vicente Carranza para que pasara a los pueb (...)
  • 91 “El Alcalde Mayor de Sololá solicita el envío de facultativos y medicamentos para evitar la propag (...)
  • 92 “El Ayuntamiento de Guatemala sigue información sobre conservación del fluido de la vacuna” (1804) (...)
  • 93 “Pago de honorarios a los vacunadores... de Sololá” (1810) en AGCA, exp. 8177, leg. 392, así como (...)
  • 94 “Reglamento para la propagación y estabilidad de la vacuna en el Reino de Guatemala” (1805), 110 a (...)
  • 95 “Informe al Alcalde Mayor de Sololá sobre que los indígenas se resisten a que se les vacune” (1804 (...)
  • 96 “Nómina de las personas que han sido vacunadas... en la alcaldía de Sololá” (1815) en AGCA, exp. 1 (...)
  • 97 Ibid.
  • 98 “Padrón de San Andrés Sajcabajá” (1790) en AGCA, exp. 4701, leg. 236, f. 11.
  • 99 Ibid. (1821) en AGCA, exp. 17935, leg. 2370.
  • 100 “Censo por casas de San Andrés y sus anexos” (1797) en Arch. Parr. de S.A.S., libro no. 1: Padrón (...)

77Frente a semejante situación, las autoridades superiores reaccionan de modo diferente y, de 1780 a 1816, de manera cada vez más sistemática y eficaz, luchando contra la viruela y practicando sin tregua campañas de vacunación. Las primeras medidas de este corte son tomadas en 1780 por el Ayuntamiento de Guatemala88 y el alcalde mayor de Sololá.89 Después de 1798, progresivamente, se amplía y se acelera la campaña no sólo contra la viruela90 sino también contra la tifoidea.91 De manera científica,92 sistemática93 y reglamentaria,94 la administración real organiza un verdadero servicio civil de salud en todo el territorio de la Intendencia y, especialmente, en las Alcaldías mayores de Sololá y Totonicapán. Cuando concluye este esfuerzo sin precedente en 1815-1816, el balance para la época es notable. En la sola Alcaldía mayor de Sololá, donde los indígenas resistían todavía a la vacunación durante las epidemias de 1804,95 5 409 de ellos son inmunizados en 1815,96 es decir una proporción entre el 20 y el 25 % de la población de esta circunscripción a mayoría indígena. En San Andrés Sajcabajá, 656 indios97 son vacunados en 1815, en una población aldeana indígena que los censos de 179098 y 182199 contabilizan respectivamente en 862 y 717 habitantes. La proporción de vacunados variaría, por tanto, aquí entre el 76 y el 91 % de la población aldeana empadronada sobre una base fiscal, si tomamos como base los censos de 1790 y 1821 y en alrededor del 51 % si tomamos como base el censo parroquial más exhaustivo de 1797.100 En 1797, la población ladina de San Andrés alcanza a 118 personas (12 de las 156 familias empadronadas por el cura). La proporción de ladinos vacunados en San Andrés en 1815 (26 de 118) sería, entonces, de un poco más del 21 %.

  • 101 “La Junta de Sanidad pública de la ciudad de Guatemala pide que el Ayuntamiento persiga a los cura (...)

78La mayor resistencia al progreso médico no viene, pues de aquellos que denunciaban al alcalde de Sololá en 1804 y que se consideran por lo general más apegados a las tradiciones precientíficas cuando no anticientíficas. Sin embargo, es lo que simulan creer en 1814 los partidarios criollos de las Luces y del progreso cuando, animados por el gran éxito obtenido por la medicina europea en Guatemala, reclaman en gran despegue de sectarismo cientista e incluso racista, que el Ayuntamiento de Guatemala persiga en adelante el ejercicio ilegal de una medicina popular y empírica practicada en la capital por curanderos indígenas, mestizos o mulatos101 —otra forma de la buena conciencia que la élite criolla guatemalteca está forjándose para justificar su papel dirigente incipiente sobre el resto de la sociedad de su país, apoyándose en las experiencias más recientes del pensamiento y la práctica europeos. “Amigos del País” seguramente, pero de un país que debe ahora obedecer a las reglas provenientes de lo más avanzado de Europa, que ya no es tanto España sino Francia (de donde proviene el sistematismo administrativo) e Inglaterra (donde fue inventada la vacuna).

1.4 INTENSIFICACION DE LAS CARGAS DE DEFENSA DEL TERRITORIO

79Otro sector —y no el menor— de intervencionismo estatal durante la Intendencia de Guatemala es la defensa de un territorio cada vez más amenazado por presiones extranjeras, en especial británicas. Ribereño de la zona crítica del Caribe, Guatemala siempre estuvo expuesta a las incursiones de potencias marítimas rivales de España, lo cual explica su estatuto particular de gobierno militar en el marco del Virreinato de Nueva España desde el siglo xvi. Pero estos peligros de siempre a partir del tratado de París en 1763, se exacerban por las rivalidades his-pano-anglo-francesas en el Caribe, y por la joven independencia de otra potencia marítima que juega un papel cada vez más determinante en esta zona perturbada: la de los Estados Unidos.

  • 102 Véase “Letters refering to interloping in Guatemala” (6 de abril de 1786), en Pitt papers, Additio (...)
  • 103 Véase para finales del siglo xviii: “Information concerning and reports on possibility of successf (...)
  • 104 “Varias noticias del río de San Juan, Yslas adyacentes de la costa de los mosquitos, provincias y (...)
  • 105 “Mapa geográfico de la mayor parte del Reino de Guatemala” (1776) en Archivo del Servicio Militar, (...)
  • 106 “Exposición que el Jefe del Estado Mayor... en la que hace reflexiones referentes a las ventajas q (...)

80Con todo, para Guatemala, el peligro más inmediato es británico. Primero, porque el contrabando inglés, semilegalizado desde los tratados de Utrecht, se vuelve cada vez más activo después de 1780 y afecta el monopolio comercial del Tribunal del Consulado de Guatemala.102 Después, porque la alianza franco-española obliga a Gran Bretaña a ejercer una presión cada vez más fuerte sobre las costas españolas del Caribe y a idear planes de ataques de puertos y de desembarco;103 en fin, porque la integridad territorial de la Intendencia de Guatemala se ve ya, al menos desde mediados del siglo xviii, bastante mermada por las instalaciones ilegales afrojamaiquinos en las costas de Belize (futura Honduras británica) y de los mosquitos más al sur. Estos esclavos fugitivos de habla inglesa en busca de libertad y recursos organizan una economía independiente de bucaneros, pesca costera y colecta de maderas tropicales en el hinterland tropical forestal. Pronto los apoya la Corona británica quien ve el partido que puede sacar de estas cabeceras de puente piratas en el istmo codiciado de América Central. Entre 1791 y 1804, Madrid considera esta implantación inglesa en Guatemala como un estado de hecho difícilmente reversible;104 frente a la amenaza, consolida sus propias posiciones reforzando sus guarniciones y fortificaciones que protegen el istmo, sus puertos y capitales; desplega un esfuerzo considerable para equipar las compañías de milicia y tropas de veteranos después de 1776,105 y crear posiciones nuevas, por ejemplo, en la entrada del Golfo Dulce en 1807.106 El siguiente cuadro ilustra esta intensa militarización de la Intendencia de Guatemala en 1791.

81Según este cuadro, lo esencial de las fuerzas está encargado de la defensa del istmo y las costas; el Quiché oriental está desprovisto de toda presencia militar y, en caso de efervescencia social, lo que ocurre después de 1803 y sobre todo después de 1815, las tierras altas quichés sólo son controladas por tres guarniciones de infantería de milicias (Verapaz, To-tonicapán y Quezaltenango), totalizando en 1791 únicamente 1154 hombres, es decir el 5.2 % de las tropas de Guatemala para una población quiché que representa entre el 12 y el 15 % de la población de la Audiencia. Esto es significativo de la relativa paz pública que impera desde hace tres siglos en lo que se ha convertido efectivamente en una tierra de “Vera Paz” desde Rabinal a Quezaltenango y Totonicapán.

2. Los medios de esta política: una fiscalización reforzada de la vida pública en Guatemala

82Esta actividad de la administración exige enormes medios financieros y una autoridad indiscutible de los agentes de la Corona. La situación favorece, por tanto, una intervención mucho más importante del Estado en dos campos que afectan directamente la vida cotidiana de las poblaciones indígenas: la fiscalidad y las prerrogativas administrativas tradicionales de la Iglesia.

2.1 AGRAVACION DE LA FISCALIDAD HASTA 1813

  • 107 Véanse entre otros: “Padrón de los pobladores de las provincias sujetas a la Audiencia de Guatemal (...)
  • 108 Véanse entre otros: “Pueblos de la alcaldía de Sololá, tributo pagado por sus naturales, quebrado (...)
  • 109 Véanse entre otros para el año 1813, por ejemplo: “Padrón de tributarios de Santa Cruz del Quiché” (...)
  • 110 “Relación de la población en general en qe consta el Arzobispado de Guatemala por el orden de sus (...)
  • 111 “Instrucción a que se arreglaren los curas del Reyno en la formación de padrones de Indios, cumpli (...)
  • 112 “Padrón único y casamientos” (1791) en Arch. Parr. de S.A.S., libro no. 1 (1837).
  • 113 “Padrón de San Andrés Sajcabajá” (1790) en AGCA, exp. 4701, leg. 236, f. 11.
  • 114 “Padrón de tributarios de San Andrés Sajcabajá” (1821) en AGCA, exp. 17935, leg. 2370.
  • 115 “Resumen general de las familias de españoles y ladinos domiciliados en el Reyno de Guatemala...” (...)

83● Fiscalidad directa: el tributo. A fines del siglo xviii se intensifica la tendencia perceptible desde fines del siglo xvii, a que el fisco real saque beneficios de todos los recursos tradicionales. Se emprende un esfuerzo de registro sistemático con una eficacia sin precedente.107 Estudiemos esta empresa en la Alcaldía mayor de Sololá108 y en cada uno de sus pueblos.109 La administración civil procura asegurarse la colaboración de todos aquellos cuya experiencia en el terreno es mejor que la de sus propios agentes: clero y curas de parroquia. Recurre al Arzobispado de Guatemala para proveer al fisco sus propios datos estadísticos110 y, consciente de que una parte importante de la población indígena sigue escapando al fisco por diversas vías, convierte a los curas en informantes fiscales a partir del excelente conocimiento que poseen de su rebaño.111 Tales disposiciones permiten descubrir, a través de los censos parroquiales, a todos aquellos que escapan a los censos fiscales ordinarios. En 1797 en San Andrés Sajcabajá, por ejemplo, esto permite empadronar a 1289 habitantes112 en lugar de los 862 contabilizados en 1790113 o de los 717 contabilizados en 1821114 por la propia administración fiscal, lo que mejora la estadística parroquial entre un 150 % y un 180 %. Este esfuerzo de empadronamiento se extiende también a las categorías sociales que escapan a la fiscalidad directa pero no a la conscripción militar: blancos y mestizos.115

  • 116 “Estado que manifiesta la tropa veterana y de milicias que hay en este Reyno de Goatemala con expr (...)

CUADRO 12 - FUERZAS MILLITARES EN GUATEMALA EN 1791116

  • 117 “Informe rendido por el Obispo de Chiapas sobre no ser posible rendir el informe sobre los ingreso (...)
  • 118 “Liquidación formada por la Contaduría de Cuentas de las doctrinas devengadas por los RR. PP. domi (...)
  • 119 “Contaduría Real de diezmos del Arzobispado de Guatemala: estado que demuestra lo que toca a los p (...)
  • 120 “Auto por el cual fueron exonerados los religiosos de Sto. Domingo del pago de 4 reales sobre carg (...)

84● Fiscalidad directa: el diezmo. En virtud del Real Patronato, la Iglesia recibe un décimo del tributo colectado en forma de diezmo, pagado directamente por los prestatarios a la Iglesia cuando se trata de productos en especie o de servicios gratuitos y pagado al fisco real que lo vierte a la Iglesia cuando se trata del décimo del tributo colectado en efectivo. Sin cuestionar esta prerrogativa de la Iglesia, el fisco real pretende ahora conocer el total exacto de estos recursos eclesiásticos, yendo a menudo contra un clero acostumbrado desde hace tres siglos a no rendir cuentas en este campo y que resiste, como en Chiapas en 1784.117 Sin embargo, de manera inexorable, la contabilidad de esta fiscalidad eclesiástica directa pasa bajo el control del fisco no solamente en su parte monetaria,118 sino incluso en las prestaciones en productos que presentan un verdadero valor mercantil,119 eso tiene por efecto transformar cada vez más a la Iglesia guatemalteca en un cuerpo de Estado especializado en las cuestiones religiosas y retribuido por el Tesoro público como la administración o el ejército. En esas condiciones, contando cada vez menos con recursos fiscales autónomos (diezmos en especie, primicias), el clero se ve obligado a buscar recursos complementarios ya sea tarifando más rigurosamente los servicios religiosos a sus fieles, o desarrollando una economía de empresa privada por la vía de sus haciendas o bienes de cofradías que controla. Acomodaticio, el fisco real le consiente algunos privilegios y desgravámenes120 hasta que, dándose cuenta de que hay ahí fuentes considerables de ingresos que se le escapan, pretende someter igualmente estas actividades muy seculares de la Iglesia a su control y tasa, lo que no puede dejar de crear a plazo un conflicto entre la Iglesia y el Estado.

  • 121 “... Machones de títulos de tierras... composición y remate... copias de instrucciones...” (1776) (...)

85● Fiscalidad directa: las ventas del dominio. Desde comienzos del siglo xviii, las composiciones de tierras estaban convirtiéndose en el rubro más importante de los ingresos reales de Guatemala, inmediatamente después del tributo. Después de 1770, siguen siendo importantes, pero sobre todo en las regiones que, como el Quiché oriental, habían permanecido alejadas de ese movimiento en el periodo precedente. En el resto, muchas haciendas y estancias ya “compuestas” antes de 1750 siguen agrandándose y hacen sancionar legalmente sus anexiones pagando al Tesoro una tasa de composición y gastos de agrimensura que alimenta caja y archivos reales.121

  • 122 “Libro de informes, representaciones y consultas hechas al Presidente y Audiencia por la Contaduri (...)
  • 123 “Auto pronunciado por el Real Acuerdo disponiendo que las Receptorías de Alcabalas de Quezaltenang (...)
  • 124 “... Que el Alcalde Mayor de Sololá proceda al cobro del derecho de alcabala sobre el monto de tod (...)
  • 125 “... Sobre que el Sentista de aguardiente en Sololá... no incurrió en ventas clandestinas por el t (...)

86● Fiscalidad indirecta: las alcabalas. A pesar de sus límites, el desarrollo del comercio exterior e interior de Guatemala en el periodo permite al fisco asegurarse pronto el mejor de sus ingresos, recaudando derechos de alcabalas en todas las transacciones operadas en el territorio. Desde 1777, la Caja real de Guatemala insiste sobre la importancia que va a adquirir esta fuente de ingresos.122 Y las autoridades guatemaltecas se esfuerzan tenazmente para recuperar la gestión de este recurso compartido de manera imprudente con Chiapas hasta 1787123 y para desalojar los tráficos clandestinos que tratan de escapar en 1792124 y en 1808125 al pago de estas tasas cada vez más pesadas. A partir de 1791, la percepción de alcabalas equivale al 56.15 % de los ingresos de la Caja real de Guatemala, mientras que el tributo no aporta sino el 16.94 % de esos ingresos, tal como aparece en el siguiente cuadro:

  • 126 “Ramos reales del Reyno de Guatemala y su producto y utilidad” (1791) en AMNM, ms. no. 339, f. 256

CUADRO 13 - INGRESOS REALES EN GUATEMALA EN 1791 (EN PESOS)126

  • 127 “Repartimiento de la gruesa de diezmos, con arreglo al estado que demuestra la cantidad colectada (...)

87Tres observaciones se imponen aquí: primero, la voluntad del Estado de desarrollar el comercio en Guatemala no es un fracaso, como lo prueba la importancia de las alcabalas en el rubro presupuestario. Segundo, la disminución relativa del tributo en el conjunto explica la facilidad con la cual los representantes hispanoamericanos han podido concebir su supresión en las Cortes de Cádiz en 1812. Tercero, cuando se sabe que, en 1814, la Iglesia guatemalteca se hace pagar 108 640 pesos de diezmo por el Tesoro, de los cuales únicamente 340 pesos vuelven al clero del Quiché oriental,127 se ve que no hizo tan mal negocio abandonando la gestión de su fiscalidad monetaria a la contabilidad real. ¡ 108 640 pesos de diezmo a la Iglesia en 1814 contra 147 221 pesos de tributo al Estado en 1791: esto es mucho mejor que un simple décimo del impuesto directo que pesa sobre los indígenas guatemaltecos!

2.2 LA INTERVENCION DEL ESTADO EN LOS ASUNTOS RELIGIOSOS

  • 128 “Carta a S.M. Carlos III dándole cuenta de su Visita arquidiocesana” (15 de agosto de 1784) en AGC (...)
  • 129 “Autos tramitados por la Real Audiencia para dar cumplimiento a lo ordenado por Cédula de 20 de ju (...)
  • 130 Véase Holleran, 1949.
  • 131 Véanse entre otros: “Detalle del nombramiento de curas dominicos de 1770 a 1789” (1789) en AGCA, e (...)
  • 132 Holleran, 1949.

88Como es lógico en su calidad de Protectora de los Indios, la Iglesia sigue ejerciendo, en el periodo, su derecho de reconvención contra los abusos de la administración. El arzobispo don Cayetano Francos y Monroy no se priva de este derecho en su informe al rey Carlos III en 1784,128 informe seguido de efecto, puesto que una Cédula real del 20 de junio de 1786 ordena a la Audiencia adoptar medidas para poner fin a los abusos denunciados por el arzobispo.129 Al servicio de sus pretensiones para censurar el poder civil, la Iglesia siempre gozó, en Guatemala, de una situación inmensamente privilegiada. Primero, por su organización centralizada, rival de la administración civil y, a nivel parroquial, más eficaz que ella. 17 vicarias, 131 parroquias, 424 iglesias, 1 720 cofradías le dan un poder enorme sobre sus 540 000 fieles, especialmente sobre los indígenas.130 El Real Patronato le garantiza la renovación regular de sus cuadros, reclutados por mitad localmente entre los criollos, y por mitad importados de España a expensas de la Corona.131 Le asegura también la percepción y el pago regular de un diezmo que, es mucho más elevado que el décimo del tributo percibido en vísperas de la Independencia: 108 640/255 861 pesos en 1814 (véase supra) y todavía 83 773 pesos en 1821. Controladas por sus parroquias y cofradías, sus 914 haciendas y 910 trapiches instalados en tierra de misiones, regiones enteras tales como el Quiché oriental son de hecho verdaderos enclaves territoriales eclesiásticos, más parecidas al régimen de misiones jesuítas del Paraguay que a las circunscripciones civiles administradas directamente por los corregidores de indios.132

  • 133 Parras, 1783, op. cit.
  • 134 “Memoria de los pueblos cuya administración y doctrina es a cargo de los religiosos de la Orden de (...)
  • 135 En AGCA, exp. 2240, leg. 105, f. 10.
  • 136 “Reales cédulas, órdenes e informes sobre misiones”, en AGI, leg. 962.
  • 137 AGCA, exp. 2404, leg. 110, ff. 1-5.

89En esta poderosa iglesia guatemalteca, la orden dominica es la más potente. Esto aparece claramente en la descripción de 1783 de fray Joseph Parras133 así como en documentos de archivos más o menos contemporáneos.134 No sólo se trata de la orden más numerosa y mejor disciplinada de la diócesis, controlando regiones enteras, por ejemplo, desde Chiapas hasta el Quiché y Verapaz, sino que, sin duda, se trata de la orden más rica por la suntuosidad de sus templos, los bienes de sus cofradías aldeanas y la producción de sus haciendas. A falta de poder y querer afrontar esta enorme potencia, la administración civil trata de que sirva a sus fines bajo su control, obligando a los sacerdotes a transformarse en auxiliares de sus censores y recaudadores; administrando directamente los ingresos decimales; obteniendo la colaboración del Arzobispado en la administración del territorio, y, finalmente, procurando secularizar las doctrinas de esos dominicos tan envidiados en provecho de sacerdotes seculares más fáciles de controlar. Desde 1758, fecha de la primera ola de secularización de doctrinas dominicas, hasta la Independencia, una larga lucha de procedimiento opone la orden a la Intendencia para defender su último bastión: el Quiché oriental y Verapaz. En 1773, el procurador de la provincia dominica de San Vicente de Chiapas y Guatemala expone al rey que desde 1758, dicha provincia ha caído en decadencia porque perdió los ingresos de las doctrinas secularizadas; pide, en consecuencia, 25 sacerdotes enviados de España como refuerzo, y la suspensión de dichas secularizaciones,135 es decir cambiar lisa y llanamente las decisiones laicistas de la Corona. Nuevo contraataque dominico, en 1775, que provoca la encuesta “sobre la secularización de las doctrinas en Chiapas y Goathemala... y sobre la ruina que amenaza las Provincias dominicas secularizadas”.136 El asunto se actualiza en 1810 cuando la presión secularizadora aumenta en el Quiché oriental. El provincial de la orden obtiene la suspensión de la decisión y la apertura de una encuesta “sobre que el Presidente de la Audiencia informe... si es conveniente o no que los 4 curatos del Quiché no sean secularizados”.137 Finalmente, este asunto no será resuelto sino hasta la Independencia, lo que muestra el poder de resistencia de esta Iglesia guatemalteca, amenazada por el laicismo del Estado colonial, y al mismo tiempo tan necesaria para el funcionamiento del propio orden colonial. Con todo la tendencia general es a la secularización por iniciativa del Estado. La Iglesia lucha, pero ya desde 1758, está en retirada. Sin embargo, logra salvar lo esencial de sus ingresos: rentas parroquiales, diezmo pagado por el Estado, templos y haciendas integradas al circuito mercantil. Como contrapartida, el clero se ve cada vez más obligado a preocuparse de los bienes de este mundo: la secularización de la Iglesia, que la Corona no logra imponer totalmente desde el exterior, se produce desde el interior con el interés espontáneo y creciente de los sacerdotes por los asuntos del siglo. Esto es de mucha importancia, especialmente en el medio indígena tradicionalmente bajo la tutela maternalista de la Iglesia, cuando Guatemala aborda, después de 1813, el periodo perturbado que desemboca en la Independencia.

2.3 LA INTERVENCION DEL ESTADO EN LOS ASUNTOS INDIGENAS

  • 138 “El Alcalde mayor de Sololá informa del estado de las cofradías” (1776) en AGCA, exp. 4755, leg. 1 (...)
  • 139 “Informes rendidos por el alcalde mayor de Verapaz sobre ser necesario la reorganización de las co (...)
  • 140 Reglas para la enajenación de los bienes de cofradías (1806).
  • 141 “Razón de los pueblos del Reyno de Guatemala, con detalles de sus provincias y partidos para el co (...)
  • 142 “El Contador de Propios, Arbitrios y Bienes de Comunidades hace circular el auto de fecha 25 de ag (...)
  • 143 “Oposición del Corregidor de Quezaltenango al acto precedente” (1820) en AGCA, exp. 8153, leg. 391 (...)

90En su deseo de controlar directamente todos los recursos fiscalizables del reino, la administración colonial pretende empadronar y poner bajo tutela a las cofradías indígenas que, hasta entonces, eran autoadministradas por los interesados bajo la tutela del cura de parroquia. Propietarias de tierras agrícolas o estancias de ganado, permitían la existencia de una especie de fondo de garantía mutua de los aldeanos ante el impuesto, las prestaciones religiosas y las calamidades naturales. Desde 1776, los alcaldes mayores de Sololá y Verapaz dan el tono. El primero registra sistemáticamente el estado de las cofradías existentes en su circunscripción138 y el segundo afirma de manera explícita sus intenciones reformadoras en la materia.139 En este último caso, con el pretexto de proteger a los indígenas contra eventuales abusos del clero o de los mayordomos de cofradías (por ejemplo, a causa del exceso de colectas forzadas), se trata de un ataque al principio de mutualismo autoadministrado aldeano y, a través de él, a los bienes de las cofradías (tierras, rebaños, capital) percibidos por el Estado como riquezas inmovilizadas que es necesario desamortizar. En 1806, se imprime oficialmente un opúsculo que precisa las reglas de alienación de los bienes de las cofradías.140 Consolidados en vales reales esos bienes de cofradías pasan bajo la gestión real con la rúbrica “bienes de comunidades”, es decir que su administración escapa a los aldeanos en provecho de funcionarios que fiscalizan la movilización de prestaciones antaño voluntarias en dinero, productos o servicios gratuitos. Con esa proeza jurídica, la administración consolida, de hecho, una nueva forma de fiscalidad indígena en provecho del Estado que viene a agregarse, sobre todo después de 1816,141 al tributo tradicional y modifica profundamente el régimen interno de las comunidades despojadas, desde 1808, de todo control de sus antiguos bienes en provecho de una administración anónima instalada en la capital de circunscripción.142 No es sorprendente si, reactivada en 1820, esta última decisión provoca perturbaciones y resistencias en las comunidades indígenas de los Altos en vísperas de la ruptura con España.143

  • 144 “Exposición del Jefe del Estado Mayor... referentes a la nueva población deIzabal” (5 de noviembre (...)

91Se precisa entonces, en la administración colonial como en la élite criolla progresista e ilustrada, una imagen estereotipada del indio, hostil a las innovaciones y ligado a tradiciones arcaicas (a “supersticiones”) que desesperan a los espíritus mejor intencionados. Entre esas “supersticiones”, la adhesión indígena a las instituciones de una Iglesia que la protege mal que bien desde hace tres siglos de los abusos de los “modernistas” más activistas (encomenderos en el siglo xvi, corregidores y jueces de milpas en el siglo xvii y contadores de bienes de comunidades a comienzos del siglo xix), no es menos severamente juzgada en la medida en que, la administración laicista bien lo sabe, esta adhesión constituye la fuerza de resistencia a la secularización de una Iglesia segura de su poder espiritual y social sobre la mayoría de la población guatemalteca. En los medios ilustrados de Guatemala, todo el mundo está de acuerdo: es preciso resolver “el problema indígena” sensibilizando al indio a las dulzuras de las Luces y de la civilización, si es posible con la persuasión (véase 1798 — fray Antonio José Murro — Utilidades que resulta de que los indios vistan y calcen a la Española y medios de conseguirlo con suavidad...) y, de modo más eficaz, por la fuerza, imponiéndole las reformas que cambiarán positivamente su modo de vida. Aun los militares tienen una opinión sobre la cuestión, tal como esta justificación inesperada del jefe de Estado Mayor sobre la construcción de un pueblo fortificado en 1807 en Izabal, concebido no solamente como una barrera contra la entrada de los piratas ingleses en el Golfo Dulce, sino como favoreciendo la inmigración “de sujetos cultos, inteligentes y emprendedores, y con el trato de estos se suabizarán las costumbres rústicas, taciturnas y melancólicas de estos habitantes, adelantarán las ciencias y artes, y los imitarán de emprender cosas que no emprenden por falta de alcanze y resolución”.144

3. El Quiché oriental: un ejemplo típico del problema indígena bajo el régimen de la Intendencia de Guatemala

92Bastión del poder territorial de los dominicos en Guatemala, indígena a 96 %, con recursos materiales limitados por el relieve y el clima, tal es la visión que nos deja Pedro Cortés y Larraz del Quiché oriental en su visita arquidiocesana de 1768-1770. El Quiché oriental concentra todas las dificultades de esta Guatemala indígena que la élite hispanocriolla desea justamente transformar para “suavizar las costumbres rústicas, taciturnas y melancólicas de sus habitantes” e incitarlos a “emprender esas cosas que no emprenden [habitualmente] por falta de alcance y resolución” (véase supra). ¿Cómo evoluciona la coyuntura regional en el periodo para desembocar en reformas de estructura tal como lo desean las esferas superiores?

3.1 LA RESISTENCIA DE LAS ANTIGUAS ESTRUCTURAS REGIONALES

  • 145 Carrasco, 1967.

93● El inmovilismo de los cuadros sociales indígenas. Nada ilustra mejor aquí el inmovilismo de los cuadros de la sociedad indígena que la permanencia, en vísperas de la Independencia, de estructuras sociales de origen prealvaradiano, mantenidas por el respeto del contrato inicial de protectorado que ligaba a los dominicos con los caciques quichés. En 1798, Juan Pérez y Rojas y su esposa, hija del cacique Juan de Rojas, hacen valer ante la justicia que, por notoriedad y documentos al apoyo, hasta 1692 “han contribuido a la familia de Rojas de Santa Cruz del Quiché sus tributarios los indios numerados en la parcialidad de Nimacchic”.145 Se reanuda así un proceso interminable cuyas etapas, fechadas en 1569, 1730, 1774, 1778 y 1798 muestran la reticencia de los poderes para reconocer este tipo de sobrevivencias y la obligación en la que se encuentran, finalmente, de admitir la persistencia de leyes regionales basadas en la historia muy particular de la conquista inicial del reino de Utatlán por los evangelizadores compañeros de Las Casas.

  • 146 “Libro de estado de este pueblo de San Andrés Zakabaha según el estado de el año de 1797” en Arch. (...)

94Otro signo de este inmovilismo social quiché es la estructura de la familia extensiva indígena tal como aparece, por ejemplo, en 1797 en San Andrés Sajcabajá,146 sigue mucho más cercana a la antigua familia maya-quiché que a la familia nuclear hispanocristiana. Alrededor del mismo corral, cuando no bajo el mismo techo, viven emparentadas dos, tres o cuatro parejas y sus descendientes bajo la autoridad de un jefe de familia, responsable ante el impuesto y las autoridades. De las 44 familias puramente indígenas los patronímicos de los habitantes no dejan ninguna duda sobre este punto (Zac, Zam, Chach, Cabil, Coh, Ah, Zum, Colah, Axchilah, Chahal, Ahpop, Bamac, Namal, Choc, Sopon, etcétera) el número de habitantes se distribuye como sigue:

CUADRO 14 - LOS HOGARES INDIGENAS DE SAN ANDRES SAJCABAJA EN 1797

95El promedio de ocupación por hogar es, por tanto de 9.3 habitantes y menos del 15 % de esta población indígena parece vivir en las condiciones de la familia nuclear de tipo estrictamente cristiano. He aquí lo que acerca a estas familias sanandresinas mucho más a las grandes casas (nim já) evocadas en el Popol Vuh o encontradas por los arqueólogos, que a la familia rural europea, a pesar del empleo generalizado de la teja romana y el trazado ortogonal de las calles alrededor de la iglesia y la plaza central, que dan al conjunto un aspecto ibérico.

96Pero, tomemos una de estas familias de dimensión media con nueve habitantes. He aquí la estructura interna de parentesco, con la edad (entre paréntesis) de sus miembros:

GRÁFICA 2 - ESTRUCTURA DE PARENTESCO.

97Bajo la autoridad del anciano (52 años) y de su mujer (53 años) viven los tres hijos que han sobrevivido a la mortalidad infantil, de los cuales dos (24 y 21 años) ya casados, con sus esposas y, uno de ellos, con sus dos hijitos: son tres generaciones y tres parejas en filiación patrilineal patrilocal bajo la autoridad de un patriarca tributario, como durante la conquista alvaradiana de Utatlán, en 1524, aunque, por cierto, monógamas y cristianas.

  • 147 “Libros de circulares eclesiásticas” en Arch. Parr. de Joyabaj.
  • 148 “Doctrinas servidas por los padres dominicos” (1786) en AGCA, exp. 13922, leg. 2012.
  • 149 AGCA, exp. 2405, leg. 110, ff. 1 a 5 (1810).
  • 150 Según “Liquidación formada por la Contaduría de Cuentas de las doctrinas dominicanas, ...” (1785) (...)
  • 151 “Repartimiento de la gruesa de diezmos... en la jurisdicción del Arzobispado de Guatemala” (1814) (...)

98● La inmovilidad de la administración clerical de los indígenas. Las afiliaciones del Quiché oriental a las jurisdicciones territoriales superiores han podido variar en el tiempo, pues fue sucesivamente sufragáneo del obispado de Chiapas y luego del de Guatemala; dependiente de las Alcadías mayores de Sololá y Totonicapán y luego de la Intendencia de Guatemala. Pero, en el plan estrictamente local, sus cuadros no han cambiado desde el siglo xvi, aparte del traslado del convento de Sacapulas a Santa Cruz. En 1820, el Quiché oriental está siempre dividido entre corregimientos dependientes de Sololá y Totonicapán y dirigido, en el plan religioso por curas dominicos cuyo procedimiento de nominación, desde 1600, sigue sometido a las reglas del Real Patronato y de la alternativa por igual. Unica variable: las dificultades de reclutamiento a fines del siglo xviii obligan a veces a reagrupar varias parroquias bajo la autoridad canónica de un solo curato. San Andrés Sajcabajá depende así varias veces de Joyabaj147 o de San Pedro Jocopilas.148 Hasta 1830, los curas dominicos del Quiché permanecen en el ámbito del convento de Santa Cruz del Quiché. Habiendo alienado de manera imprudente sus haciendas a conductores ladinos durante el siglo xviii, este convento se encuentra bastante escaso de recursos hacia 1810: “tiene en el día una corta posesión con muy pocos bienes, esta ni es ni suma bastante para sufragar los gastos del dho Convento”.149 El inmovilismo relativo de esta administración clerical en sus relaciones con las autoridades civiles y la población indígena provoca la disminución de sus ingresos tradicionales, sobre todo cuando los agentes de la Corona se interesan por los bienes de cofradías. Los diezmos y rentas parroquiales todavía le producen 1320 pesos en 1785 y 6 718 pesos en 1786.150 Pero, en 1814, las diversas parroquias del Quiché oriental se ven atribuir por el Tesoro público únicamente 340 pesos de diezmos151 en un momento en que la recaudación tributaria se encuentra muy perturbada en la Intendencia de Guatemala.

CUADRO 15 - INGRESOS ANUALES DE LOS CURAS DOMINICOS DEL QUICHE ORIENTAL EN 1785 Y 1786

99La notable diferencia de ingresos entre 1785 y 1786 se explica, sin duda, por el hecho de que se tiene en cuenta únicamente los subsidios vertidos por el Estado a título de diezmo en 1785, mientras que todos los ingresos parroquiales son considerados en 1786: diezmos, pero también primicias, pagos de oficios, colectas, beneficios de fábrica y renta de los bienes de cofradías, cuyo control corresponde todavía a la parroquia.

100● Una presión tributaria permanente. En sus relaciones ya no con la Iglesia sino con el Estado recaudador, el Quiché indígena vive una relación (casi) invariable de 1770 a 1820, en forma de obligación tributaria que vuelve como las estaciones, inexorablemente, dos veces al año. Fundada en censos fiscales realizados cada cinco años más o menos, toma en cuenta las catástrofes agrícolas o demográficas con atraso. Cuando se abre una información excepcional después de un reclamo, es a menudo para volver a evaluar a la población en aumento con respecto al empadronamiento precedente en vez de considerar las perturbaciones reales introducidas en los recursos aldeanos por las epidemias y problemas recientes debidos a las malas cosechas. Así, San Andrés Sajcabajá, víctima de una terrible epidemia de tifoidea que le hace perder casi el 30 % de sus tributarios entre 1794 y 1796, es sometido a censo en 1797 a petición de las autoridades indígenas. Se le atribuye entonces una población de 1 289 habitantes, ¡en aumento en un 68 % con respecto a las evaluaciones precedentes de 1791! Es cierto que, a partir de 1787, la tasa de tributación número de tributarios

101(————————————) parece disminuir al fin en vista de las hampoblación indígena total brunas y epidemias de 1800-1804 y, luego, de las perturbaciones que se introducen después de 1813 en la recaudación del tributo. Sin embargo, al final del periodo, en 1821, en Santa Cruz del Quiché como en San Andrés Sajcabajá, ésta parece restablecida a un nivel todavía más severo que en 1768 ó 1790 (el 34 % contra el 22.9 % en San Andrés, el 25.9 % contra el 15.4 % en Santa Cruz respectivamente), como lo indica el siguiente cuadro:

  • 152 Este cuadro y los siguientes son establecidos a partir de las siguientes fuentes: “Padrón de tribu (...)

CUADRO 16 - EVOLUCION DE LA FISCALIDAD EN SAN ANDRES SAJCABAJA Y SANTA CRUZ DEL QUICHE ENTRE 1768 Y 1821152

102Nota: La población de conjunto empadronada en 1808-1809 no considera a los pueblos de Santa Cruz, Uspantán y Cunén que representan el 9.4 % de la población del Quiché en 1768.

103● Una morbidez endémica. Las epidemias perturban gravemente el dinamismo demográfico de la región hasta más o menos 1805, y su capacidad de hacer frente a sus obligaciones fiscales. Cuando tenemos la (rara) suerte de disponer de un censo algo detallado, como en 1797 en San Andrés Sajcabajá, nos damos cuenta de que varias generaciones azotadas por las epidemias o la hambruna faltan al llamado. En la misma familia se codean los primeros hijos ya casados y habiendo procreado una tercera generación, con sus hermanos y hermanas todavía de poca edad. Entre las dos categorías, los nacimientos intermedios han sido suprimidos por las epidemias.

104Los ataques de 1780 y 1794 revelan una vulnerabilidad particular de los sanandresinos a la tifoidea. Asedia también de agosto de 1794 a mayo de 1796, haciendo desaparecer a 86 de los 297 tributarios del pueblo. Pero, dejemos hablar el texto:

Yo, cura titular del pueblo de San Andrés Zakabaha, Fr. Felipe Palome-que, habiéndose presentado ante mí los Alcaldes y Principales de este pueblo en varias ocasiones, muy golpeados y afligidos por el gran número de tributarios que han desaparecido durante la mortal peste de tabardillos (epidemia de tifoidea) que desde el mes de agosto del año 1794 hasta el presente mes de mayo de 1976 ha entristecido y azotado este pueblo [...] me han pedido que les de un certificado concerniente a sus muertos y sus fugitivos y no viendo ninguna objeción [yo certifico] que desde el último censo hasta este [han desaparecido] 58 tributarios empadronados normalmente. Y en el registro parroquial se anota que no han cumplido sus obligaciones anuales de confesión y comunión 28 parroquianos que deberían también, de acuerdo con su edad, estar también inscritos en el registro lo que con las dos listas, llega al número de 86 —de lo cual doy acta por el presente certificado este 9 de mayo de 1796.

  • 153 “Instancias de las justicias del pueblo de San Andrés Sajcabajá... sobre que se proceda a revisar (...)
  • 154 “Certificados de defunciones por el cura de Cuyotenango al cura de San Andrés Sajcabajá” (1777-179 (...)

105Sigue la petición de los alcaldes indígenas al recaudador, evaluando en 88 el número de sus desaparecidos y en 46, no más, el número de tributarios “próximos” que han quedado en el pueblo. Los próximos y alcaldes, empobrecidos desde hace dos años, debiendo pagar, a pesar de todo, una masa tributaria correspondiente a 134 contribuyentes, no pueden más. En cuanto a los desaparecidos, unos han muerto de enfermedad, otros se han fugado “y no sabemos donde están porque siempre se ban a la costa y quando los buscamos no los encontramos”.153 Y, en efecto, en este periodo se observa un aumento de migrantes quichés y sanandresinos en las parroquias de las plantaciones de la costa del Pacífico, especialmente en Cuyotenango.154 De 1772 hasta por lo menos 1805, pues, la demografía del Quiché oriental está estancada e incluso deteriorada por una morbidez endémica donde dominan la viruela y la tifoidea que, en los peores años, eliminan de golpe al 30 % de la población tributaria. Esta demografía de Antiguo Régimen revela la lentitud del desarrollo económico y de la integración de la región al conjunto guatemalteco.

  • 155 “Relaciones remitidas por el Presidente de Guatemala acerca del tipo y cosechas de frutos que se h (...)
  • 156 Véase Hidalgo, “Memoria para hacer una descripción puntual del Reino de Guatemala” (1797-1798) en (...)

106● Una economía regional siempre mal integrada. A pesar de que las intervenciones del Estado en materia de transportes pueden mejorar la situación de ciertas regiones de los Altos, especialmente a lo largo del eje Suchitepéquez-Sololá-Totonicapán, lo que explica el éxito de ferias como la de La Lagunilla, el Quiché oriental queda al margen del movimiento en el periodo. Las rutas de transporte pomposamente bautizadas caminos reales que unen Sacapulas a San Andrés y Joyabaj, Sacapulas a Cobán y Chichicastenango a Santa Cruz y Joyabaj son malas: en lo esencial, la red de transporte no cambió desde comienzos del siglo xvii. En 1820 como en 1605, el Quiché oriental sigue muy mal comunicado con el resto de Guatemala, lo que no estimula ni la agricultura ni la artesanía que siguen año tras año en la mediocridad o la penuria. “Regular”, “mediana”, “corta”, “mala” son los adjetivos que aparecen más a menudo en las descripciones de las cosechas, producciones y estado de salud pública de los pueblos de las Alcaldías mayores de Sololá y Totonicapán que nos da el presidente de la Audiencia entre 1788 y 1791.155 En el fondo, los únicos dos polos de prosperidad indígena relativa en el Quiché oriental son, desde el siglo xvi, Sacapulas con sus salinas y mercaderes que negocian entre Totonicapán y Verapaz, y Rabinal, más cerca de las ricas haciendas dominicas de Verapaz, lo que le ha permitido desarrollar, en contacto con ellas, una agricultura y una ganadería relativamente ricas y variadas.156

3.2 EL DINAMISMO DE UNA ECONOMIA REGIONAL PARALELA BASADA EN LA GANADERIA

107Sin embargo, en este Quiché marginado, subpoblado y bloqueado por las estructuras estáticas de la sociedad indígena tradicional, una especulación económica adquiere una importancia decisiva entre 1770 y 1820: la crianza bovina. Es la mejor adaptada a las condiciones locales: extensión de las tierras de cultivo desocupadas, clima templado por la altitud y el bosque, adaptación a las malas condiciones de transporte y comunicación. Por eso, constituyó una de las primeras especulaciones de esta región: recordemos los enredos del convento de Sacapulas a propósito de sus estancias de vacas desde fines del siglo xvi. En 1768, Cortés y Larraz observa de visu sus progresos evidentes en Rabinal, Uspantán, al este de San Andrés Sajcabajá y en las haciendas y estancias que se han multiplicado al sur de la sierra de Chuacús, entre Santa Cruz del Quiché y Joyabaj. Sin embargo, la ganadería, recurso de importación extranjera, fue difundida primero aquí por los dominicos españoles desde sus conventos de Salamá y Sacapulas y su hacienda San Jerónimo de Verapaz. Se indianizó parcialmente sólo a partir de finales del siglo xvi y permanece todavía, tanto en 1770 como en 1820, sobre todo en manos de los ladinos cuyos rebaños y luego familias y posesiones territoriales invisten la región desde el este (Salamá — Rabinal — Cubulco — Uspantán y San Andrés Sajcabajá) y desde el sur (Chichicastenango — Santa Cruz del Quiché — Zacualpa — Joyabaj —San Andrés Sajcabajá). Cuando los progresos de esta ganadería se aceleran a finales del periodo colonial, tres fenómenos adquieren una importancia inédita en el Quiché oriental entre 1770 y 1820: los acaparamientos de pastizales consolidados en apropiación territorial legal, la multiplicación de una población no indígena dedicada a la crianza y los intentos de la Iglesia y de los indígenas para participar de manera signifi cativa en esta nueva fuente de enriquecimiento.

108● Las “composiciones de tierra” entre 1770 y 1820. Mientras que el rubro presupuestario de las “composiciones de tierra” está en claro retroceso en el resto de Guatemala en este periodo con respecto al comienzo del siglo xviii, en el Quiché oriental, en cambio, éstas no han sido nunca tan numerosas ni han afectado cantidades de tierras tan importantes. El Quiché colma así su atraso institucional con respecto al resto de Guatemala, legalizando al fin los acaparamientos de hecho realizados desde hace más de un siglo por ladinos emprendedores; venidos de Verapaz o del sur del río Motagua se habían asentado entre 1650 y 1770 en Rabinal, Cubulco, Zacualpa y Santa Cruz, estableciendo sus primeras estancias, y de ahí se habían extendido progresivamente al resto del Quiché, marcando su progresión con nuevas estancias y haciendas cuyos títulos hacen componer ante el fisco real hasta 1820 y pasada esa fecha. Al centro de esa ofensiva generalizada, está la reserva de tierras indígenas y baldías de la cuenca de San Andrés Sajcabajá y su anexo San Bartolomé Jocotenango, en retirada sobre tres frentes.

  • 157 AGCA, exp. 52996, leg. 6015.
  • 158 AGCA, exp. 53078, leg. 6021, ff. 26 y 27.
  • 159 AGCA, exp. 44877, leg. 5325.
  • 160 AGCA, exp. 3328, leg. 164.

109El primer frente, al sur, está constituido por los pueblos indígenas, ya fuertemente ladinizados, del sur de la sierra de Chuacús: Santa Cruz, Zacualpa y Joyabaj. He aquí las etapas de las derrotas sufridas por las reservas territoriales indígenas. En 1768, Benito Antonio Carrera, ya propietario de más de 4 000 ha (90 caballerías), pretende expulsar a los primeros ocupantes indígenas de sus tierras recién compuestas, con el pretexto de “expulsar a los intrusos”.157 En 1774, la hacienda San Juan Bautista Chiché, perteneciente al convento de Santa Cruz del Quiché y compuesta en 1717, obtiene composición de sus acaparamientos realizados desde hace 57 años.158 En 1782, unas tierras realengas en litigio desde 1717 y 1750 son compuestas a favor de particulares en Santa Cruz.159 En 1790, luego en 1795, Pedro Ruíz, propietario de la hacienda Labor de Tululché solicita poder “reducir en ella a los indígenas comarcanos”, no contentándose así con despojarles de sus tierras sino buscando procurar a la vez una mano de obra sometida y barata.160

  • 161 AGCA, exp. 53330, leg. 6043, f. 37 (1768-1797).

110En el frente este, en dirección a Verapaz, la situación evoluciona todavía más rápido. En las primeras estancias que existían de facto durante la visita de Cortés y Larraz se comienza a obtener composición a partir de 1768.161

  • 162 AGCA, exp. 53229, leg. 6035, f. 1.
  • 163 AGCA, exp. 53276, leg. 2033.
  • 164 AGCA, exp. 53330, leg. 6043, f. 1.
  • 165 AGCA, exp. 53449, leg. 6044.
  • 166 Archivo Municipal de Canilla.
  • 167 AGCA, exp. 53389, leg. 6047.
  • 168 AGST, San Andrés Sajcabajá, 1811.
  • 169 AGCA, exp. 53308, leg. 6041, ff. 25 y ss.
  • 170 AGCA, exp. 52501, leg. 5976.

111En 1787, María Magdalena de los Reyes, india ladinizada de Cubulco, obtiene tierras entre Cubulco y Sajcabajá.162 En la misma región, en 1792, José Alberto García, de Rabinal, obtiene las tierras de Cumatza y Chijón.163 Pero, sobre todo a partir de 1794, aparece un personaje temible para San Andrés Sajcabajá: una tal Teresa Sical, india ladinizada de Rabinal, probablemente descendiente de cacique y, se dice todavía en la tradición oral ladina local, probable amante del cura de Rabinal con quien habría tenido su actual y numerosa descendencia ladina. En algunos años, por tajadas, se apodera, al extremo este del territorio realengo de San Andrés Sajcabajá, de las tierras de Patzité y de Quanimaché en 1794,164 de Utzan Chicora y Chuanimaché en 1795,165 de Canyá (Canilla) y Patzacap en 1796, 1797166 y en 1799,167 y, finalmente, de Aguacaliente en 1811.168 Reuniendo tierras, parentela y clientela ladinas sobre estas adquisiciones concentradas, funda a 20 km al este de Sajcabajá una gran hacienda de crianza de bovinos y caballos que terminará por acceder al estatuto de municipio independiente en el transcurso del siglo xix. A la retaguardia, otro notable ladino de Rabinal, Juan Castro, lucha tenazmente para acaparar la tierra montañosa de Ixcaya, reclamada como ejido comunal por los indios de Rabinal.169 Para obtener la decisión, ofrece en 1794 hasta siete tostones por caballería del territorio reclamado al fisco real.170

  • 171 “Derechos del indio José Uluam, principal de Santo Domingo Sacapulas, a unas tierras en dicho pueb (...)
  • 172 “Leyenda del plan de San Bartolomé Jocotenango y delimitación de terrenos con Sacapulas” (1789) en (...)
  • 173 “Petición de los ex-vecinos de La Magdalena reducidos en Sacapulas y privados de sus tierras por e (...)

112En comparación ¡cuán tradicionales aparecen los conflictos territoriales que, al oeste de San Andrés Sajcabajá, oponen su anexo San Bartolomé Jocotenango al cacique y al común de Sacapulas! José Uluam, cacique de Sacapulas, no reivindica en efecto otra cosa, en nombre suyo y en el del común indígena, que antiguos derechos territoriales étnicos, anteriores a la conquista y confirmados durante la reducción del pueblo en el siglo xvi.171 Se oponen así una de las tres parcialidades-cofradías de Sacapulas (probablemente de origen tribal tolteca) y San Bartolomé Jocotenango a las autoridades españolas. Resuelto en 1789, el conflicto desemboca en una delimitación de los terrenos de los dos pueblos rivales,172 pero se reanima en 1790 cuando los antiguos habitantes de La Magdalena (parcialidad de Sacapulas) protestan contra el gobernador quien les ha despojado de sus tierras y reagrupado al mismo tiempo a la fuerza.173

113Hacia 1813, el empuje ladino en territorio quiché ha desembocado en la consolidación de los títulos de las siguientes haciendas y estancias:

  • entre Santa Cruz del Quiché y Zacualpa: Chiché, Chinic (o Chinique), Lemoa, El Tululché, El Portugués y Chuacorral;
  • al este de San Andrés Sajcabajá: Canilla y sus inmensas dependencias que se extienden hasta el río Chixoy al norte y hasta el ejido de Cubulco al este;
  • entre Cunen y Uspantán: la estancia de ganadería La Hacienda compuesta en 1787 por el cura Gerónimo Toledo, quien instaló a siete familias ladinas originarias de Chiquimula.174

114Explotados en forma de ganadería extensiva y de cultivos especulativos (forrajes, zarzaparrilla, maíz comercial), estos nuevos latifundios son el punto de apoyo de una población de agricultores-ganaderos mestizos que colonizan literalmente a la región y penetran hasta en la vida íntima de los pueblos indígenas.

  • 175 British Museum, 1240, hoja 14 (11).
  • 176 AGI, Gobierno, leg. 529.
  • 177 Arch. Parr. de S.A.S. (1777-1779) y de Cuyotenango (1814).
  • 178 AAG, t. 5, ff. 363 y ss.

115● La ladinización del Quiché oriental de 1770 a 1820. Cuatro censos de valor desigual permiten seguir los progresos de la ladinización en la región entre 1770 y 1815. Se trata del censo ordenado por Cortés y Larraz cuyos datos más exactos son reunidos en 1770; del Resumen general de las familias de españoles y ladinos domiciliados en el Reyno de Guatemala por Alexandro Ramírez en 1804;175 de la Relación de la población en general de que consta el Arzobispado de Guatemala por el orden de sus parroquias de 1808-1809176 y de la Nómina de las personas que han sido vacunadas en la jurisdicción de la alcaldía de Sololá: año 1815.177 Para comparar, agregaremos los datos de la visita episcopal efectuada al Quiché oriental en 1732,178 en la cual aparece como estribillo la fórmula “no hay ladino alguno” para cada una de las doctrinas que lo componen. De esos documentos, podemos extraer el siguiente cuadro:

CUADRO 17 - AVANCES DE LA LADINIZACION EN EL QUICHE ORIENTAL DESDE 1732 HASTA 1815

116Evidentemente, las cifras del balance de la vacunación antivariólica en 1815, incompletas y relativas únicamente a los vacunados —menos del 10 % de la población del Quiché oriental— no poseen valor absoluto. Confirman, sin embargo, la impresión global de un aumento muy significativo de la tasa de ladinización de la región, perceptible especialmente al sur de la sierra de Chuacús (en Chichicastenango y las haciendas dispersas entre Santa Cruz del Quiché y Zacualpa), en los pueblos quichés de Verapaz y a lo largo del río Chixoy (en Sacapulas y Uspantán). Nebaj y Jocote-nango parecen constituir núcleos homogéneos de resistencia indígena. El caso de San Andrés Sajcabajá es más ambiguo. Finalmente, creemos que la proporción de ladinos vacunados en 1815 no se aleja de su proporción global: alrededor del 10 % de la población del Quiché oriental en vísperas de la Independencia.

117¿Quiénes son esos ladinos? El documento de 1804, por lo demás bastante decepcionante puesto que no especifica ninguna cifra para nuestra región propiamente dicha, posee, sin embargo, la ventaja de proponer una clasificación según el lugar de residencia y su función. Nos ha permitido establecer el siguiente cuadro:

CUADRO 18 - DISTRIBUCION DE LAS FAMILIAS HISPANO-LADINAS EN GUATEMALA EN 1804

  • 179 “Libro de razón de la estancia de la Virgen del Rosario de Joyabah” en Arch. Parr. de Joyabaj.

118Poco importa la inexactitud de las cifras propuestas aquí y sus contradicciones o lo vago de las categorías empleadas (¿qué diferencia puede haber, en efecto, entre un pueblo de indios y una reducción?). Este cuadro muestra las profundas diferencias sociales que existen entonces entre las diversas categorías de “blancos” o asimilados (mestizos ladinizados o ladinos). Serían propietarios menos del 8.7 %, arrendatarios o granjeros el 13.3 %, asalariados casi el 24 % —capataces, vaqueros o trabajadores agrícolas estos últimos. Existe ya en 1804 en Guatemala lo que no ha hecho sino desarrollarse hasta nuestros días: un proletariado ladino pobre y sin estatuto, urbano pero sobre todo rural (el 16.7 % viven en haciendas) o condenado a mezclarse a la vida cotidiana de los pueblos (el 43.5 %) o reducciones indígenas (el 23.3 %) como artesanos, pequeños comerciantes, compadres o parásitos. El Quiché oriental no escapa al fenómeno y, para una familia Sical que prospera en la explotación territorial a expensas de los indios de Sajcabajá, ¿cuántos ladinos miserables están condenados a vivir en promiscuidad con las familias indígenas y, en periodos de hambrunas y epidemia, a intentar huir como los otros, ofreciéndose como simples trabajadores temporales o capataces en las plantaciones de la costa del Pacífico?Es, por lo menos, lo que sugiere la correspondencia entre el cura de Cuyotenango y el de Sajcabajá desde 1777-1779 y, más aún, a comienzos del siglo xix,179 y lo que confirma la creación de la Hermandad de Nuestra Señora de Dolores de Pobres Ladinos del Pueblo de Joyabah en 1813 en Joyabaj a partir de los siguientes considerandos:

El R.P. Predicador general y cura Fray Antonio López Quintana considerando cuan útil sería establecer una hermandad en la cual podrían entrar a muy poca costa los pobres ladinos, los cuales podrían al fin a su muerte ser enterrados no como animales —como ocurría hasta ahora a la mayoría de ellos, enterrados sin cruz ni cirio, ni auxilio— sino como cristianos cuya alma recibirá los auxilios posibles; y deseando al mismo tiempo promover entre sus fieles la devoción a los dolores de Nuestra Madre, la Señora Santísima María, yo he comenzado a establecer esta devoción el año de 1807...
“Art. 4o.: No se rehusará a nadie la entrada a esta hermandad, que sea español, mestizo, ladino, mulato o indio...”179

  • 180 AGI, Sec. de fomento e industria, leg. 529.

119Aun admitiendo la hipótesis según la cual el cura muy activista de Joyabaj busca reforzar a una clientela de mestizos devotos a su causa en sus conflictos con los indios (hablaremos de nuevo de ello), no es menos cierto que, en conjunto, la colonización ladina de Joyabaj y del Quiché es el hecho de blanquitos (cuando no de un lumpen proletariado mestizo) a veces tanto más racistas antiindios cuanto más miserables entre los otros “blancos” que les expulsan de su región de origen dominada por la hacienda criolla (por ejemplo, en Chiquimula). Ultima observación sobre este punto: entre la multitud de ladinos del Quiché, comienzan a aparecer otras castas empleadas como mano de obra auxiliar en las haciendas del sur de Chuacús: negros, zambos, pardos y mulatos, todavía en número limitado pero suficiente para justificar el artículo 4 de los estatutos de la Hermandad de Nuestra Señora de Dolores; forman parte del contingente de los 2 122 españoles y negros empadronados en 1808-1809 en el Quiché oriental.180

120● El desarrollo de los bienes de cofradías. Frente a esta verdadera colonización de la región por el ganado y las familias de ladinos, evidentemente, el mundo indígena no puede quedarse sin reaccionar. En consecuencia, emprende una lucha defensiva para preservar su acceso a las tierras de ejidos o de propios amenazadas, pidiendo composición para sus títulos de propiedad colectiva. Y, sobre todo, toma la iniciativa tratando de sacar provecho del florecimiento general de la ganadería en la región, a partir de sus propias estructuras comunitarias. Dispone para ello de instituciones promovidas e instituidas por la Iglesia en el trancurso del siglo xvii: las cofradías. Previstas inicialmente para asociar a las parcialidades indígenas al mantenimiento de los templos y a los gastos del culto y fiestas religiosas, éstas cambian profundamente de carácter después de 1770, convirtiéndose también en verdaderos órganos de defensa mutua indígena, aptos para aprovechar las oportunidades de acumulación monetaria, no únicamente para la gloria de la iglesia parroquial, sino para el bienestar de sus miembros. Esto aparece claramente en los considerandos de una solicitud que los alcaldes de Chichicastenango dirigen en 1814 al oidor-procurador para defender las tierras de la cofradía, que la hacienda Chiché amenazaba con acaparar. Hablando en nombre de sus 300 mandantes “avecindados en Chiché donde sembran y crían ganado”, precisan que lo hacen para:

  • “pagar donativo, comunidad y hospitalidad;
  • pagar obenciones que tenemos por costumbre dar a nuestro cura...
  • ... y los sobrantes para mantener a nuestras familias”.181
  • 182 “Fr. Antonio López de Quintana, cura de Joyabaj... sobre usurpación de tierras de la hacienda San (...)

121Ahora bien, en el caso de las tierras de Chiché, disputadas entre el común de Chichicastenango —primer ocupante—, el cura de Joyabaj y el prior del convento dominico de Santa Cruz del Quiché, los ocupantes ilegales ladinos de la propia Santa Cruz, los ladinos de Chiché y su clientela de peones indígenas y mulatos venidos de Chiquimula, lo que atiza el diferendo alrededor de 1781-1814 es la valorización de esas tierras por la ganadería de la cual el cura de Joyabaj declara con desprecio muy interesado: “no son otros los motivos de pendencia que el que las pocas reses del ladinaje dicho ocupen 7 leguas de terreno que hai desde el Quiché hasta la cima de la cuesta que va para San Andrés Sajcabajá y el tener esclavizados a una considerable porción de naturales de Chiquimula por los del Quiché”.182 Se trata aquí de un conflicto sobre vastas tierras (unos 30 km) de ganadería extensiva entre estancieros ladinos por un lado y cofradías y representantes de los dominicos por otro. En esta compleja partida a tres, las cofradías de Chichicastenango no sólo pretenden continuar gozando de sus tierras agrícolas para el culto y prestaciones parroquiales, sino participar también en la principal fuente de enriquecimiento: la ganadería.

  • 183 “Visita de 1745” en AAG, t. 11, ff. 98-101.
  • 184 “Litigio de tierras entre Uspantán y Cunen” (1813) en AGST.
  • 185 “Títulos de la hacienda ‘Los Dolores’ entre Sacualpa y Joyabaj” (1758) en AGCA, exp. 52859, leg. 6 (...)
  • 186 “Libro de razón de la estancia de la Virgen de! Rosario de Joyabah” (1788-1848) en Arch. Parr. de (...)
  • 187 Según “Visita obispal de San Andrés Sajcabajá” (1732) en AAG, t. 5, ff. 363-368; “Visita obispal d (...)

122Encontramos la misma evolución en casi toda la región. En Cunén-Us-pantán, por ejemplo, en 1745, las cofradías son eximidas por el obispo de la contribución eclesiástica en vista de su pobreza y porque no poseen por capital más “que sus imágenes con que sus principales tienen questos son los bienes de dha Iglesia”.183 En 1764, se contabiliza aquí 600 bovinos, compartidos entre el cura, la clientela ladina y las cofradías (véase Cortés y Larraz). En 1813, este recurso en pleno florecimiento provoca un conflicto en la hacienda Chicamán entre las cofradías de Cunén, el cura de Uspantán y las familias ladinas de su clientela.184 En Joyabaj, se contabiliza seis cofradías y una hermandad cuyo capital totaliza 1 289 pesos en 1788, más la pequeña hacienda de los Santos, fundada por los indios hacia 1770 con 60 bovinos, más la estancia Nuestra Señora del Rosario con sus “toros, torillos, vacas, cabrillos, quesos, pastos, yeguas” que se agregan al ganado de la cofradía del Santísimo Sacramento, fundada en 1660. En cuanto a la Hermandad de Nuestra Señora de Dolores de Pobres Ladinos cuya hacienda de ganadería Los Dolores ha compuesto sus títulos y delimitado sus terrenos entre Zacualpa y Joyabaj en 1758,185 su capital asciende a 106 pesos y 6 reales y medio en 1813 y a 576 pesos y 6 reales un cuarto en 1850.186 Se produce, entonces, una capitalización indígena y “cooperativa” modesta pero muy real, cuyos progresos medimos en San Andrés Sajcabajá y su anexo San Bartolomé Jocotenango en el siguiente cuadro.187

123Concebidas al comienzo como cooperativas religiosas dedicadas al mantenimiento de los objetos de culto y a los gastos de las fiestas de santos patronos, apra las cuales el arzobispo “les concede indulgencia plenaria y demisión de sus pecados en los días de San Andrés, San Bartolomé, San Francisco de Laula, San Matías Apóstol, por tiempo de seis años” en 1740, doblan su capital entre 1740 y 1781, pero sin modificar todavía sus funciones de manera profunda. En este sentido, son las más tradicionales de la región, con excepción, quizás, de la de Santa Cruz de San Andrés que poseería, por sí sola, un fondo de 931 pesos en 1781, según un libro de cuentas archivado en la parroquia vecina de Joyabaj.

124En total, en 1820, de los 7 040 tostones de contribuciones eclesiásticas pagados por las cofradías a la recaudación de los bienes de comunidades de Sololá, 370 corresponden a las del Quiché oriental. Estos ingresos fueron gastados de la siguiente manera por el fisco de la Alcaldía mayor:

  • maestros de escuelas y mantenimiento de iglesias: 4 022 tostones;
  • subvención al cura de Sololá para la refacción de su iglesia: 1 000 tostones;
  • gastos de percepción: 105 tostones;
  • total de gastos: 5 127 tostones;
  • beneficio para el fisco real: 1913 tostones.188
  • 189 Véase Larrazabal (diputado en las Cortes Extraordinarias de la Nación), Apuntes sobre agricultura (...)
  • 190 * Desde el Concilio de Trento, los curas no tienen derecho a ser presidentes de las cofradías de su (...)

125Nuestra región no posee ya escuelas desde 1772 y, hacia 1820 no se ha iniciado ningún trabajo de refacción de la iglesia; por eso se comprende mejor que la fiscalización de los bienes de comunidades no le hayan aportado nada, mientras que ella aporta al Estado un beneficio neto correspondiente al 27 % de las contribuciones percibidas. Los partidarios de las tesis fiscales se justifican haciendo valer que en 1810, por ejemplo, para una población de 833 habitantes, las 1 720 cofradías indígenas empadronadas en Guatemala movilizan el producto de 407 880 jornadas de trabajo que se descomponen en diversos servicios gratuitos: prestaciones de madera y paja para el cura, pescadores parroquiales del viernes o de Cuaresma, mantenimiento y decorado de capillas y sacristías, refacción de caminos e iglesias, cultivo de campos de cofradías (milpas de comunidad), traslado de los productos del tributo a la capital, etcétera.189 Desde el punto de vista de la aristocracia criolla progresista, preocupada por movilizar a todas las fuerzas productivas dormidas al servicio de un programa de desarrollo basado en la acumulación primitiva máxima de capital, se comprende fácilmente este punto de vista. Pero olvida que, en el mismo momento en el Quiché oriental, esas jornadas de trabajo “perdidas” permiten por primera vez desde hace 300 años un comienzo de capitalización campesina en forma de bienes muebles de cofradías, cuya gestión y beneficios no son aprovechados ya exclusivamente por la élite clerical de origen europeo.*190 Este conato de éxito económico indígena, chocando con las codicias concurrentes del fisco real, del clero local y de los ladinos, contribuye al clima de tensión social absolutamente inédito que reina en la zona a comienzos del siglo xix.

CUADRO 19 - CAPITAL DE LAS COFRADIAS DE SAN ANDRES ENTRE 1732 Y 1781 EN TOSTONES

3.3 UN CLIMA INEDITO DE TENSION ETNICA Y SOCIAL A COMIENZOS DEL SIGLO xix

  • 191 “Juicio de residencia al ex-Alcalde mayor de Totonicapán y Huehuetenango en cuanto a cierta causa (...)
  • 192 Contreras, 1951.

126Los motivos de rebelión no han faltado nunca en las tierras altas guatemaltecas desde la conquista española, en particular, contra los excesos de la tributación, especialmente insoportables en periodo de crisis agrícola y recesión demográfica y los abusos de autoridad. En general, provocan una “conmoción” aldeana a veces violenta, a veces canalizada por la vía judicial, pero rápidamente circunscrita en todos los casos, aislada y reprimida antes del regreso a un orden decididamente inquebrantable. A ese ciclo de conmociones campesinas sin esperanza pertenecen todavía las rebeliones indígenas que se producen en los confines del Quiché oriental antes de 1805. En 1775, en Nebaj, una información judicial está en curso a propósito de las acciones del antiguo alcalde mayor de Totonicapán “en cierta causa de sublevación de los indios de Nebaj” contra los abusos de que eran víctimas.191 En 1803, en Cobán, los caciques, que se habían quejado a la Audiencia de los abusos del alcalde, obtienen por toda respuesta ser declarados “rebeldes” y azotados en la plaza pública.192 Todo esto, en el régimen español, no sale de la rutina en materia de gobierno de los hombres y de administración de las cosas.

  • 193 “Real provisión para que las autoridades... cumplen con la disposición que derroga al fuero en cau (...)

127Muy diferente se anuncia, en cambio, el ciclo de conmociones populares que se produce en los Altos y especialmente en tierra Quiché después de 1805: no que las razones tradicionales estén ausentes, sino que ahora son reemplazadas por reivindicaciones mucho más fundamentales y durables que una simple protesta episódica contra el “mal gobierno”. La administración, consciente de ello, se protege, por lo demás, recordando a sus ejecutantes, desde 1801, que están autorizados a suspender las garantías legales en caso de demanda contra los culpables de desórdenes, cuando se prevén levantamientos.193 En Guatemala como en el conjunto del mundo hispánico, el siglo xix decididamente no se anuncia bajo el signo del orden y la armonía, y en el Quiché oriental no más que en el resto. ¿Por qué?A causa de la situación general del imperio colonial español, por supuesto, pero en los Altos guatemaltecos y en tierra quiché, por razones de descontento regional específico cuyas causas locales ya vislumbramos.

128● Una recuperación demográfica de graves consecuencias después de 1805. Las epidemias parecen apaciguarse después de 1805. Desde 1797 en San Andrés Sajcabajá y desde 1808 en el conjunto de las tierras altas guatemaltecas, las autoridades registran una población en aumento. Y, en 1815, intentan una evaluación de su campaña de vacunación antivariólica y obtienen un balance globalmente positivo (véase supra). Las cifras parecen por lo demás darles la razón puesto que a partir de las fuentes ya citadas, obtendríamos los siguientes resultados:

CUADRO 20 - CRECIMIENTO DEMOGRAFICO EN EL QUICHE ENTRE 1768 Y 1809

129Se desprende claramente que los pueblos quichés de la Verapaz útil, es decir los más cercanos a las haciendas especulativas de la región de Salamá, fuertemente ladinizados, siguen un destino separado del resto del Quiché. No obstante, con excepción de Sacapulas, toda la región experimenta un incremento demográfico que varía entre el 40 y el 60 % con respecto a 1768, incremento que se produce según los casos después de 1795 ó 1805. Lo que sería un fenómeno muy positivo si, entretanto, la población no indígena (esencialmente ladina) no hubiera aumentado también de 765 a 2 122 individuos, es decir un incremento del 177.4 %. La agresividad territorial de esta nueva población es ahí un poderoso factor de desequilibrio regional a expensas de la sociedad tradicional. Por otra parte, en el interior mismo de los pueblos indígenas cuyos recursos se han estancado, con excepción de los rebaños de cofradías todavía poco desarrollados, este incremento demográfico rompe fatalmente el equilibrio entre el indio y la tierra, exacerbando las necesidades territoriales indígenas en un momento en que la tierra es cada vez más reclamada por fuerzas sociales rivales. En fin, last but not least, esta recuperación demográfica incita al fisco real a incrementar de nuevo la carga tributaria que pesa sobre una población más numerosa juzgada por lo tanto más solvente, cuando estima poder recobrar la iniciativa fiscal que las epidemias y luego los acontecimientos metropolitanos habían afectado entre 1780 y 1816.

130● Una actitud nueva del clero frente a los indígenas. Ante esta evolución, el clero local, que obedece al convento de Santo Domingo de Guatemala, y actúa también por iniciativa propia, cambia profundamente sus relaciones con sus protegidos indígenas. Sosteniendo de manera cada vez más deliberada a sus clientelas ladinas, que a menudo contribuyen a instalar en la región, los curas dominicos rompen el contrato de protectorado que les ligaba desde hacía dos siglos y medio a los quichés y que había preservado casi intacta la personalidad indígena, excluyendo toda presencia extranjera. Cuatro factores pueden explicar este cambio de actitud:

  • la voluntad de administrar una población mestiza nueva cuya progresión aparece irreversible
  • cierta solidaridad étnica entre clero hispano-criollo y elementos ladinizados de la población (solidaridad que puede ir hasta las relaciones de parentesco y concubinato)
  • el deseo de garantizar a la Iglesia local nuevos recursos materiales, apoyándose en la iniciativa económica del elemento más dinámico de la población
  • y, finalmente, cuando las tensiones sociales se vuelven más fuertes, asegurarse una base social de reserva en caso de conflicto con los indios.

131Por supuesto, estas cuatro motivaciones son casi inseparables; y con el mismo impulso los curas de Rabinal y de San Andrés Sajcabajá, respaldando las pretensiones territoriales de Teresa Sical, obtienen a una aliada, a una nueva fuente de recursos, a una clientela y —se dice— a una descendencia puesto que los actuales Sical de Canilla invocan con orgullo festivo (en 1974) a su ancestro dominico, amante de su abuela, quien puso mucho de su parte para acabar de ladinizar las esperanzas de esta notable mujer de empresa de fines del siglo xviii. Así, los dominicos del final del periodo colonial contribuyen activamente a la ladinización del Quiché oriental, favoreciendo la instalación de sus clientelas de recién llegados en sus haciendas de Chicamán cerca de Uspantán, de Chiché, Chiniqué, Los Dolores, etcétera, entre Santa Cruz y Joyabaj, y ayudando a instalarse en los pueblos indígenas a ladinos pobres para los cuales organizan hermandades religiosas especiales (Hermandad de Nuestra Señora de Dolores en Joyabaj, Hermandad San Antonio en San Andrés Sajcabajá).

  • 194 “El cura de Joyabaj y apoderado del convento de Santo Domingo de Guatemala... hace constar que los (...)
  • 195 “Litigios en la hacienda Chiché” (1813-1825) en AGST, paq. 1, no. 11.

132Inevitablemente, semejante estrategia social deteriora las relaciones del clero dominico con los indios. En 1811, en la hacienda Chiché, reclamada entre las clientelas ladinas del cura de Joyabaj y del convento de Santa Cruz por un lado y el común indígena de Chichicastenango por otro, se llega a las vías de hecho, fusil en mano, y el cura de Joyabaj toma partido abiertamente contra los indios.194 El conflicto recrudece en 1813 y 1814, y dura hasta 1825, contribuyendo a envenenar el clima social bastante deteriorado del sur de la sierra de Chuacús durante la Independencia; simultáneamente fray Antonio López de Quintana, cura de Joyabaj (él otra vez), actuando ya no en nombre de los conventos de Santa Cruz y de Guatemala, sino en el suyo, tiene un conflicto con los indios de su propia parroquia a propósito de las tierras de Pabur y Quiaquil (situadas cerca de la antigua fortaleza quiché de Pueblo Viejo, entre Canilla y Joyabaj) que compró en condiciones dudosas para crear su propia hacienda personal. Fenómeno interesante: en este conflicto que opone el cura al común de su propia parroquia, los indígenas de Joyabaj benefician del apoyo de dos agricultores independientes, uno indígena originario de Rabinal y el otro mulato libre y tan reivindicativo que acaba por ser acusado de “sedicioso”.195

133Al norte del río Chixoy y al pie de la sierra de los Cuchumatanes, por razones parecidas estalla en 1813 un conflicto entre el común indígena de Cunén por un lado y Gerónimo Toledo, cura de Uspantán, por otro, conjuntamente con sus empleados ladinos autóctonos de Chiquimula que ha instalado en su hacienda de ganadería Chicamán cuyos títulos hizo componer en 1787. El caso del sacerdote de Joyabaj es, por tanto, un ejemplo extremo, pero de ningún modo atípico de estos “curas de choque” que, apoyándose en la población ladina de los Altos, se convierten en empresarios agrícolas e inclusive en latifundistas en detrimento de los derechos consuetudinarios indígenas en las últimas décadas coloniales. ¿Es esto incompatible con su función pastoral? No, por supuesto, y comenzamos a darnos cuenta de ello.

  • 196 AGCA, exp. 2240, leg. 105, f. 10.
  • 197 “Sobre que el Presidente de la Audiencia informe acerca de la pretensión del provincial de Santo D (...)
  • 198 “Cédula de merced a los cuatro curatos del Quiché para que no sean secularizados” (1813) en AGCA, (...)
  • 199 “Cédula del 21 de junio de 1816 acerca de que se continúe en la secularización de las doctrinas y (...)

134● Una Iglesia criticable y criticada. Esta política no deja de provocar críticas a veces violentas en la masa indígena, por ejemplo, en Chichicaste-nango entre 1811 y 1814; pero también esta Iglesia criticada se vuelve criticable y al más alto nivel: el del Estado. Fiscalizando el control de los bienes de cofradías bajo la administración de los bienes de comunidades, éste no sólo disminuye las prerrogativas e ingresos de las parroquias sino que, al disponer de la recaudación y la asignación de diezmos monetarios, posee un medio de presión eficaz para decidir las nominaciones de sacerdotes a nombre del Real Patronato. Ahora bien, desde 1758, no es un secreto que el Estado quiere limitar los exorbitantes poderes de la orden dominica en Guatemala. A pesar de la intensa oposición de la orden, que se manifiesta en 1773,196 1810197 y 1813198 y que desemboca en la preservación de la secularización de los cuatro curatos canónicos del Quiché (Santo Tomás Chichicastenango, Santa María Nebaj, San Andrés Sajcabajá y Santa María Joyabaj) y sus parroquias dependientes (todo el Quiché oriental), es, en definitiva, la confiscación pura y simple del Quiché lo que quiere obtener la administración civil, la cual vuelve a la carga en 1772, 1810 y de nuevo en 1816.199 En esas condiciones, la avidez que manifiestan los curas de Joyabaj y Uspantán y el prior del convento del Quiché para defender y extender sus derechos territoriales en tierra quiché constituye únicamente un aspecto local de esta lucha soterrada entre el trono y el altar, y una prueba de que la Iglesia del Quiché garantiza su porvenir en caso de pérdida de sus ingresos regulares a causa de la secularización de sus parroquias. A pesar de su resistencia eficaz, la jerarquía clerical del Quiché oriental sabe que está amenazada a plazo por una grave crisis institucional y que los lazos tradicionales con su base indígena se distienden peligrosamente.

  • 200 Contreras, 1951, op. cit.

135● Un Estado en crisis después de 1813. Ahora bien, al mismo tiempo, el Estado colonial vive una crisis muy grave, ligada a la peligrosa situación que atraviesa el imperio español de América entre 1806 y 1813. El bloqueo británico consecutivo al desastre francoespañol de Trafalgar impone a Guatemala una presión particularmente fuerte que justifica tomar medidas de urgencia militares, económicas y fiscales, difíciles de soportar para las masas populares. Bien preparada, la administración de la Intendencia hace frente y con brío. Pero este esfuerzo de guerra exige asociar a las fuerzas dirigentes locales criollas, que se hacen representar en las Cortes de Cádiz en 1812 y cuyo primer éxito consiste en obtener la supresión del tributo indígena en América, en medio de la euforia liberal que reina entonces. De golpe, en el Quiché oriental como en el resto de la Audiencia, toda la administración fiscal, en perfecto estado de marcha, se desconcierta y no sabe ya qué actitud adoptar. Sigue un periodo agitado en el cual los indígenas se acostumbran a no pagar más o a pagar mal el tributo que recaudadores escrupulosos se obstinan en reclamarles, a pesar de las leyes y por costumbre adquirida. Esto provoca verdaderas “inquietudes antifiscales”, especialmente en 1812 que seguramente algo tienen que ver en el comportamiento de los “rebeldes” de Chichicastenango en 1813 (véase supra). El regreso a la legitimidad con Fernando VII no hace sino agravar las cosas cuando pretende restablecer integralmente la recaudación del tributo en 1816. Circulan entonces libelos recordando a los indígenas que las Cortes de Cádiz habían suprimido el tributo en 1812. Y revueltas muy graves, sobre todo antitributarias, estallan en Chiquimula en 1818 y en Sacapulas, Chiquimula, Totonicapán y San, Andrés Sajcabajá en 1820.200

136En suma, en el plano clerical como en el administrativo, los cuadros regionales en tierra quiché permanecen intactos y siempre eficaces; pero, desorientados por la evolución política general que critica su legitimidad, no logran ya hacer frente a las contradicciones de la sociedad local que ellos mismos contribuyen a acentuar.

4. El caso singular de San Andrés Sajcabajá

137En el corazón de la región, el pueblo de San Andrés Sajcabajá y su anexo San Bartolomé Jocotenango no escapan a las transformaciones generales de la zona. Sin embargo, su situación especial —a la vanguardia de una resistencia indígena investida por el sur, el este y el noreste— impone aquí un giro particular a esta evolución, que desemboca en una verdadera revuelta aldeana contra las autoridades en vísperas de la Independencia de Guatemala.

4.1 UN PUEBLO SOMETIDO A LAS TRANSFORMACIONES DE SU REGION

  • 201 Visitas de 1732: AAG, t. 5, ff. 363-368; 1738: AAG, t. 8, ff. 44-52; 1740: AAG, t. 9, ff. 370-382; (...)

138● La ladinización de San Andrés Sajcabajá. Si creemos las diversas visitas episcopales que mencionan a San Andrés en el siglo xviii,201 este pueblo y su anexo San Bartolomé Jocotenango escaparían totalmente, al menos hasta 1772, al fenómeno de ladinización que se produce casi en todas partes. En 1768, Pedro Cortés y Larraz es explícito respecto a estos dos caseríos: “no hay ladino, alguno”, retomando lo que afirmaba por los mismos motivos su predecesor de 1745: “...no hay ladino alguno y por eso no tiene libro de fábrica...”. Sin embargo, una duda nos asalta, fundada en el hecho de que esas visitas episcopales, establecidas a partir del convento de Santa Cruz del Quiché, cabecera religiosa de la provincia, no son verdaderos datos de terreno (parroquial). Los conventuales dominicos de Santa Cruz tienen, en efecto, interés en esconder a su superior jerárquico la verdadera situación étnica de sus pueblos sufragáneos, con el fin de aparecer como los sucesores escrupulosos de Las Casas en el ejercicio del protectorado de la Iglesia sobre los quichés, por un lado, y para ocultar eventuales ingresos locales (fábricas y hermandades ladinas) por otro.

  • 202 Arch. Parr. de S.A.S., Libros de bautismo (siglo xviii).
  • 203 AGI, leg. 529 (véase nota 176).
  • 204 Arch. Parr. de S.A.S., libro no. 1: Padrón único y casamientos (1837).

139Al confrontar las fuentes arzobispales con las fuentes parroquiales, notamos que San Andrés Sajcabajá experimenta un proceso de ladinización desde el primer cuarto del siglo xviii, que alcanza una tasa no despreciable en el periodo. Llamados “españoles”, “ladinos” o “ladinos españoles”, por lo menos 13 ladinitos son bautizados en la iglesia de San Andrés entre 1726 y 1779, apadrinados por otros ladinos —los Girón, Urízar, Salazar, Montufar— autóctonos de Chimaltenango, Uspantán, Rabinal, Santa Cruz y Chinique, pero domiciliados en el territorio de San Andrés, ya sea en el pueblo mismo o en una de sus parcialidades: Sacaj, Chinillá o Canyá.202 En 1771, según la respuesta del cura de San Andrés a la encuesta de Cortés y Larraz, habría 58 ladinos en el pueblo, lo que representaría ya el 5.2 % de su población (contra únicamente el 3.2 % de ladinos en el resto del Quiché oriental, según la misma fuente). En 1808-1809, una estadística centralizada por el Arzobispado de Guatemala contabiliza oficialmente a 41 ladinos en San Andrés.203 En realidad, la cifra real parece muy superior puesto que, en 1797, 12 de las 144 familias empadronadas por el cura serían ladinas puras o “españolas” y reagruparían a 118 de los 1 289 habitantes, es decir ya el 9.5 % de la población sanandresina.204

  • 205 Véase nota 201.

140Es mejor decir que, detrás de su estatuto de reducción indígena, San Andrés y San Bartolomé, como tantos pueblos guatemaltecos en el mismo periodo, están de hecho en pleno proceso de mestizaje a fines del siglo xviii. Decimos mestizaje y no simple yuxtaposición racial. Varios hechos lo confirman. Primero, el padrinazgo por “españoles” de la multitud de niños abandonados en la puerta de la iglesia por sus madres indígenas, aparentemente hijos de padre desconocido. En 1731, es, por ejemplo, el caso del niño de Catarina Cotz y en 1756, de un niño abandonado en la puerta del alguacil mayor y apadrinado en su bautizo por Pedro de Urízar, ladino.205 Con toda evidencia, la comunidad ladina de San Andrés se siente comprometida en esos nacimientos ilegítimos de niños de madres indígenas. Pero, más revelador todavía es el análisis detallado de la composición de familias sanandresinas registradas en 1797. Tomemos dos tipos de casas dirigidas entonces por un jefe de familia ladino o ladinizado:

Casa No. 76, de Josef Péres:
Josef Péres, casado, 52 años
Andrea Axchila, su mujer, 53 años
Josefa Péres, su hija, 9 años
Andrés Péres, casado, 24 años
María Chahal, su mujer, 23 años
Andrea Péres, su hija, 3 años
Josef Péres, su hijo, 1 añoJosef Péres, casado, 21 años
Catarina Coxzes, su mujer, 16 años

  • 206 Véase nota 203.

Casa No. 57, de Josef Castro:
Josef Castro, casado, 28 años
Juana Miguel, su mujer, 24 años
María Castro, su hija, 2 años
Juana Castro, casada, 24 años
Gaspar Coh, su marido, 26 años
Gaspar Coh, su hijo, 4 años.206

141En estos dos casos, la evidencia de los patronímicos ladinos e indígenas mezclados matrimonialmente en la misma familia manifiesta el mestizaje biológico en curso. Pero, si en el primer caso se hace en el sentido esperado (en una sociedad de castas) de ladinización de los descendientes por los padres, en el segundo, en cambio, se produce en la tercera generación un “salto atrás” con la introducción de un yerno indígena puro en un linaje ladinizado.

142Todo esto revela, por lo tanto, al final del periodo colonial, varias evoluciones importantes en San Andrés Sajcabajá:

  • ladinización creciente de los patronímicos indígenas
  • permeabilidad creciente de las castas y menos prejuicios racistas de lo que se habría podido creer, puesto que un niño ladino puede ser indio por parte de su madre y sus abuelas y puesto que un niño indígena puede ser ladino por parte de su madre y de su abuelo materno
  • una estratificación social aldeana más compleja y que podríamos tratar de esquematizar como sigue, a pesar de las contradicciones estadísticas de las fuentes.

143Semejante estratificación social engendra tensiones internas, exasperadas y anuladas a la vez por el juego de parentelas, compadrazgos, clientelas y vecindades. Porque la introducción reciente de gran número de ladinos perturba el orden de los valores tradicionales no sólo porque éstos gozan de privilegios fiscales (exención de tributo, de prestaciones, de servicios gratuitos obligatorios) que, en comparación, hacen más insoportable su condición de indígenas, sino sobre todo, porque esos intrusos se comportan como verdaderos usurpadores territoriales, quizás más en San Andrés que en otras partes en 1794.

  • 207 Juzgado de Paz de Canilla en Cuaderno de Canilla, 22 ff.

144● Las usurpaciones territoriales ladinas en San Andrés. A unos 20 km al este del pueblo y 30 al este de Cubulco, pasado el río Lilillá, más acá de las sierras que formaban antaño la frontera extrema del reino de Utatlán en contacto con los Rabinaleb de Verapaz (marcada especialmente por las ruinas militares quichés de Pueblo Viejo, excavadas por los arqueólogos de nuestro equipo), se extienden vastas tierras montuosas, forestales y herbáceas desde el río Chixoy al norte hasta la sierra de Chuacús y el ejido de Joyabaj al sur. Antaño pobladas en los valles irrigables (encontramos hoy vestigios o cimientos del mismo modo que en los documentos de fines del siglo xviii en Lilillá, Utzimché, Chimicotán, Patzacap), estas tierras se vaciaron de sus hombres por la política de reducción aplicada en San Andrés en el siglo xvi, después de una tentativa abortada de creación de pueblo en Chimicotán-San Mateo de la cual sólo quedan las ruinas de una antigua iglesia en 1798.207 Alejadas de todo centro habitado, estas tierras están prácticamente abandonadas desde el siglo xvi, con excepción de algunas cuerdas de milpas en los antiguos lugares irrigados, donde familias indígenas prolongan todavía en 1794 antiguos derechos de uso que han sobrevivido a la reducción y con excepción de algunos ranchos y estancias que diseminados a lo largo del camino real que conduce de San Andrés Sajcabajá a Cubulco. Mencionados hacia 1605 por Thomas Gage y reconocidos en 1768 por Cortés y larraz, se trata del rancho de Canilla y la estancia de Ravinala, donde al parecer crían algunas muías, caballos y bovinos y que sirven como lugares de ruptura de carga para los cargadores indígenas autóctonos de las dos reducciones. En el centro de esas extensiones casi sin propietario está la meseta herbajera de Canilla, totalmente plana, donde pasta un ganado en semilibertad, desde el siglo xvi.

  • 208 Véanse referencias en notas 201, 203 y 152.

CUADRO 21 - ESTRATIFICACION ETNOSOCIAL DE SAN ANDRES SAJCARAJA ENTRE 1797 Y 1820208

  • 209 “Teresa Sical, india natural de Rabinal y residente en el pueblo de Salcabaxá, denuncia como reale (...)

145Entre 1750 y 1780, la presión de los ganaderos ladinos autóctonos de Rabinal, Cubulco y Uspantán se acentúa en estas tierras de pastoreo y da aun lugar a la composición de los títulos de la hacienda Ravinala a favor de Juan García, de Rabinal (12 caballerías). En otras partes, los parientes de Teresa Sical practican una crianza muy extensiva, sin títulos, especialmente en las tierras de Canilla, Utzimché y Patzacap. Deseosos de intensificar esta crianza efectuada hasta entonces gratuitamente o mediante pago de un arriendo muy reducido vertido a los interesados indígenas, los Sical, ahora residentes de San Andrés, quieren obtener composición para estas tierras y van a denunciarlas como realengas el 12 de agosto de 1794 a la sede del Tribunal Privativo de Tierras en Guatemala. Para apoyar su trámite, Josef Ignacio Martínez, apoderado de Teresa Sical, produce el testimonio de Juan García, propietario de la hacienda Ravinala, quien certifica que, con toda notoriedad, las tierras de Utzam Chicora, Quanimaché, Zacquila y Canilla así denunciadas están inhabitadas, sin propietario conocido y, por tanto, realengas, y que en lo que a él respecta como vecino más inmediato (a seis leguas de ahí), no se opone a la posesión reclamada por Teresa Sical.209 Hasta entonces, el procedimiento realizado entre la capital y ladinos solidarios autóctonos de Rabinal se hace a espaldas del común de indios de Sajcabajá.

146Cuando el juez privativo es consultado el 24 de noviembre de 1794 y cuando se apersona en el terreno en presencia de Nicolás Sical, hermano de Teresa, es para escuchar recusar los reclamos presentados en el lugar por sus alcaldes y principales que hacen valer sus derechos étnicos sobre lo que consideran que forma parte de su ejido. Los considerandos del juez a este respecto valen la pena ser citados por expresar la irreductibi lidad entre dos derechos y dos concepciones del mundo, indígena por un lado, hispánico e ilustrado por otro:

  • 210 Ibid., ff. 7-8.

...sobre qe fueran preguntados [los Alcaldes y Principales de dho Pueblo de San Andrés] si tienen títulos... respondieron qe no tienen otro documento que un quaderno simple escrito en su idioma patrio de mala letra y enqua-dernado en quarto, el qe leydo por mí... se encontró qe el referido papel solo incluye evidentes supersticiones, entusiasmos e imaginarias diligencias no menos qe practicadas pr arte diabólico, pues el actuante qe aparece es el gran Ah pop, qe // a la monta será algun hechicero o ídolo de los qe veneraban en su gentilidad, puez persuade este juicio el qe dice expresamte que el memorado Ah pop al darles posesión volará de monte a monte, centándose en los mojones hasta con impresión de sus plantas, y como este ilusorio derecho abrara quantas cimas se descubren, y forman orizante desde el Pueblo, gozan y disfrutan más de doze leguas en quadro: De todo lo cual impuesto les persuadí con las más patéticas razones que los Papeles no sólo son inválidos, inútiles y despreciables, sino qe se deben quemar pr las falzas ideas que incluyen, pues señor de las tierras no hay otro qe Nro Cathólico Monarca quien piadosa y liberalmente concede a los pueblos el Dr° de pocesión en los Ejidos que necessitan y así par poser con legítimo título las tierras qe oy se abrogan deben pedir a la Superioridad la consignación de Ejido. De todo lo cual dieron muestras de quedar persuadidos...210

147No tan persuadido por las razones del juez, el común de San Andrés resiste de nuevo en el momento de trazar la línea de demarcación sugerida entre los Sical y el ejido reclamado, puesto que el mismo documento dice algunas hojas más lejos:

  • 211 Ibid., f. 28 v.

...se manifestaron irresolubles por lo que, y siendo peculiar a mi comisión esta insidencia, debo informar reverentemente a V.S. qe la pocesión actual de dichos Indios se extiende como a quinientas cavallerías quadradas, abrasando mui útiles citios de creanza, qe lograrían pastores en caso de sacarlos a pregón...211

  • 212 Juzgado de Paz de Canilla, Cuaderno de Canilla, f. 10 v., 15 de mayo de 1798.

148En todo caso, la composición definitiva de las tierras reclamadas por los Sical es postergada en 1794, signo de que por muy diabólico que sea, el derecho fundado a favor de sus descendientes por el antiguo Ajpop quiché, dotado de la facultad de volar de cima en cima, es considerado por éstos como un derecho absolutamente legítimo. Por tanto, es preciso esperar algunos años más, y abstenerse de la presencia de testigos indígenas, para componer definitivamente los títulos de los Sical entre 1795 y 1799, teniendo en 1798 por únicos “testigos de asistencia, Crisanto Alvarado, comisionado de los partidos; el medidor y tirador de cuerda y Nicolás Sical, que hace personería de su hermana”.212 Sin embargo, como en Patzacap resisten todavía algunos interesados indígenas que cultivan ahí desde tiempos inmemoriales algunas milpas irrigadas, el comisario Crisanto Alvarado pone término a las recriminaciones indígenas con el siguiente pretexto:

  • 213 Ibid., ff. 1 y ss. y AGCA, exp. 53449, leg. 6044.

...se reconocieron cinco lavores tan despreciables que todos cinco sólo componen diez cuerdas o dos y media castellanas tan malamente labradas que quedó persuadido el Comisario Dn. Crisanto Alvarado de que por la distancia, la calidad mala del trabajo y la cortedad son siembras de malicia por los depravados fines de los Indios, y como en su abandono nada pierden; les compelió al lanzamiento que se les ha impuesto por ser tierras realengas...213

149Así es firmado en Patzacap, antigua tierra de cultivo perenne de maíz irrigado y centro urbano quiché prealvaradiano (como lo atestiguan todavía restos arqueológicos importantes), el último acto de una política de reducción iniciada en el siglo xvi y acabada en 1798 a favor de ladinos venidos de Rabinal e instalados en San Andrés Sajcabajá desde al menos una generación. En cinco años, de 1794 a 1799, los Sical han despojado por lo tanto “legalmente” al ejido de San Andrés de las siguientes tierras de pastizal y de cultivo:

  • en 1795, Utzam Chicara (o Utzimché): 3.5 caballerías
  • en 1795, Patzité (o Patzizé): 7 caballerías
  • en 1798, Canyia (o Canilla): 17.5 caballerías
  • en 1798, Patzahcap (o Patzacap): 6 caballerías
  • en 1799, las tierras intercaladas llamadas más tarde Chijoj, Potosí y El Rincón214: 15 caballerías
  • 215 “Micaela Sical denuncia por realengas las tierras Aguacaliente en términos jurisdiccionales de San (...)

150Es decir, en total (ver el mapa) un latifundio compuesto ex-nihilo de 2 205 ha, o una amputación de alrededor del 10 % del territorio inicial del ejido de San Andrés Sajcabajá. Aislado frente a la ley, vencido, el común de indios de San Andrés debe aceptar el hecho consumado —pero no piensa menos en él. Por tanto, es de modo muy imprudente, porque las circunstancias están cambiando, que Micaela Sical “mestiza de primera orden, natural del pueblo de San Andrés Sajcabajá” reincide en 1811 denunciando como realengas las tierras de Aguacaliente: 288 ha situadas en los confines sureste del ejido de San Andrés, en el límite de la hacienda Chiché que pertenece a Antonio Urízar, de Chinique,215 otro pariente del segundo clan ladino de San Andrés.

4.2 EL COMUN DE SAN ANDRES: UN NUCLEO DE RESISTENCIA INDIGENA

151Ciertamente, en 1811 como en 1798, el común de indios de San Andrés debe doblegarse ante la coalición de ladinos y hombres de ley, aun cuando el deseo de revancha no tardará ya en manifestarse. A pesar de las derrotas experimentadas, la voluntad de lucha de la población indígena permanece intacta, endurecida por una larga tradición de resistencia contra la adversidad y, primero que nada, contra la adversidad demográfica.

MAPA 4 - LAS COMPOSICIONES DE TIERRA A FAVOR DE LOS SICAL ENTRE 1794 Y 1799
Fuente: “Plano de los baldíos denunciados por el C.F. Sical y hermanos hecho en 1836 por F. Molna, agrimensor” en AGST y “Cuaderno Canilla, 1798” en Juzgado de Paz de Canilla.

CUADRO 22 - LA EMIGRACION SANANDRESINA ENTRE 1787 Y 1815
Fuente: “Salidas de bautizados registrados afuera”, Libro de bautismos, Archivo Parroquial de San Andrés Sajcabajá. Comentario: De los 67 sanandresinos emigrados temporalmente entre 1787 y 1815:
— 37 bajaron “a la costa” (más del 55 %)
— 26 emigraron a los pueblos vecinos (un poco menos del 39 %)
— 4 emigraron al resto de los Altos (un poco menos del 6 %)
Es decir la importancia de la emigración hacia las plantaciones del litoral del Pacifico en el equilibrio interno de San Andrés Sajcabajá bajó el régimen de la Intendencia, y esto, sin contar a los emigrantes más permanentes que se casan en la costa: en 1798, en Cuyotenango, 2 de los 30 jóvenes casados por el cura José Manuel de Arrióla, cura de la parroquia, son sanandresinos (según: 1798 Libro de casamientos, Archivo Parroquial de Cuyotenango).

152● La resistencia demográfica indígena en San Andrés. El mayor milagro realizado por los pueblos conquistados, dominados y explotados es que logran sobrevivir físicamente. El número de vestigios abandonados que observamos en el territorio de San Andrés fueron edificados con ocasión de composiciones de tierras de fines del siglo xviii y prueba que su población disminuyó mucho entre el momento de su conquista y el de su reducción definitiva. Si los quichés de San Andrés escaparon al genocidio, lo deben seguramente a la solicitud interesada de la Iglesia y del Estado (obtienen de ellos sus ingresos fiscales), pero sobre todo a su propia capacidad para sacar partido de todos los recursos, tradicionales o nuevos, susceptibles de preservar su dinamismo biológico, a pesar de las epidemias y la rarefacción de sus recursos territoriales. Así sacan provecho de esas pobres cuerdas de milpa irrigadas al borde del río Lilillá, situadas, sin embargo, a más de 20 km del pueblo, y de las cuales tratan (inútilmente) de desalojarlos en provecho de los Sical en 1798. Así continúan emigrando, sobre todo en periodo de epidemias, hacia las plantaciones costeras de Retalhuleu y Cuyotenango, para escapar a las pestes y al subempleo (como lo muestra el cuadro anterior establecido a partir de los registros de bautizo parroquiales de San Andrés entre 1787 y 1815). Pasada la alerta epidémica o amasado el peculio que permite hacer frente a las obligaciones tributarias, los emigrantes vuelven de la costa al pueblo, desbrozan una milpa, a crear una descendencia. Finalmente, contrariamente al prejuicio criollo que les declara hostiles a las novedades, más del 10 % acepta al fin hacerse vacunar contra la viruela hasta 1815.

153Gracias a esas diversas estrategias para sobrevivir, la reserva biológica indígena sanandresina manifiesta en definitiva una sorprendente capacidad de resistencia contra las agresiones microbianas y ladinas durante las últimas décadas coloniales. En periodo difícil, las estimaciones disponibles contabilizan una población que oscila entre 700 y 900 indios sanandresinos y, en periodo más fasto, una población que sobrepasa los 1100 indígenas —con un aumento de más de 1 500 habitantes entre 1808-1809, tal como aparece en el siguiente cuadro y gráfica. De paso, notemos la sorprendente estabilidad de la presión tributaria ejercida en el pueblo entre 1768 y 1820.

CUADRO 23 - EVOLUCION DEMOGRAFICA-FISCAL DE SAN ANDRES SAJCABAJA ANTES DE LA INDEPENDENCIA

GRAFICA 3 - LA POBLACION INDIGENA DE SAN ANDRES SAJCABAJA DE 1730 A 1820.

  • 216 Padrón único..., op. cit., en nota 203.

154● La resistencia étnica en San Andrés. Pero sobrevivir, crecer y multiplicarse no es todo: todavía es necesario conservar su alma colectiva. Todo indica que es el caso de buena parte de la población indígena de San Andrés, de la cual más de la mitad de los miembros conserva todavía nombres patronímicos —y por tanto, referencias ciánicas y ancestrales cuando no totémicas— puramente indígenas en 1797,216 a pesar del proceso de ladinización ya muy avanzado. Se observa la permanencia de esas tradiciones vivas cuando, en 1794, frente al juez privativo de tierras quien invoca la propiedad eminente del monarca español sobre sus tierras realengas, los alcaldes y principales de San Andrés, hablando a nombre del común indígena, osan invocar un título étnico quiché, sin duda redactado en el siglo xvi pero, con toda evidencia, según una tradición totalmente prehispánica, de origen tribal y con fundamentos mágico-religiosos absolutamente paganos. Mucho más que la resumida Descripción geográfico-mo-ral del Quiché oriental propuesta en 1768 por Cortés y Larraz, este documento evocado durante la nueva medición de las tierras de los Sical (pero cuya copia u original nos fue, desgraciadamente, imposible de encontrar) indica la sobrevivencia de la cultura indígena en San Andrés y su región.

  • 217 “Papeles que justifican los derechos que tenía el indio José Uluam, indio principal de Santo Domin (...)
  • 218 Ibid., f. 12.
  • 219 Ibid., f. 17.

155Porque el caso de San Andrés no es aislado. Durante conflictos de tierras que oponen su anexo San Bartolomé Jocotenango a Sacapulas entre 1776 y 1794, es refiriéndose a derechos similares, de origen tribal y étnico, que José Uluam, cacique de Sacapulas, hace valer su defensa. Hablando en 1778 en nombre suyo y en el de los diversos caciques de Sacapulas, los presenta no como alcaldes del común aldeano, sino como “Naturales de las dos parcialidades y calpules [!] de San Sebastián y San Thiavo [sic] del pueblo”217 y, un poco más lejos, precisa claramente la referencia prehispánica: “los calpules naturales del pueblo de Sto. Domingo Sacapulas... que llaman en Castellano Barrios”.218 Luego prosigue invocando sus títulos escritos: “haciendo presente que desde nuestros antepasados estamos unidos como si fuéramos hermanos y somos los que hemos fundado el Pueblo como consta que en nuestra parte tenemos al Patro Santo Domingo, mas el Juez Privativo del Pueblo de San Miguel Totonicapán nos mandó presentásemos nuestros títulos, el qual desde nuestros antepasados está en lengua quiché... el quaL nos dixo que no podía poner su solesitud en ellos por estar en lengua quiché...”.219 ¿Se puede afirmar mejor en un texto tan corto:

  • las relaciones étnicas basadas en lazos de sangre (“como si fuéramos hermanos”)
  • la soberbia ignorancia del papel urbanizador de los españoles (“somos los que hemos fundado el Pueblo”)
  • la relativización de su papel evangelizador (“como consta que en nuestra parte tenemos al Patro Santo Domingo”)
  • la legitimación por antigüedad (“nuestros antepasados”) y por parentesco lingüístico (“en lengua quiché”)?

156Sin ninguna duda, aquí en 1778 como en San Andrés Sajcabajá en 1794 funciona de manera creadora una ideología de resistencia indígena basada en la lengua, las relaciones sociales de parentesco ciánico, una historia muy antigua y una adhesión al catolicismo presentada como negociada directamente con Santo Domingo. En semejante visión ideológica del mundo y de la historia, se niega lisa y llanamente la conquista y colonización españolas. Por lo demás, si nos quedara la más mínima duda, he aquí, sacado del mismo documento, el comienzo de la transcripción escrita por el abate Brasseur de Bourbourg de dicho Título en lengua quiché invocado por José Uluam y rechazado por el juez de Totonicapán en 1778:

  • 220 Copia efectuada el 18 de noviembre de 1859 por el abate Brasseur de Bourbourg del documento transc (...)

La Venida de nuestro Padre y avuelo fue come entre oscuro y claro. Por aliarse todavía sin la gracia de Ds. pero fue su venida de mar y tierra en p° y más de 6 días del mes de diciembre... y ordenamos nuestros fundamentos nosotros los más antiguos principales los que nos Yntitulamos Caniles y dexamos memorias de nuestro primer pareser y fue cuando vinieron los primeros pueblos qe fueron siete y binieron de la otra banda del mar y sus olas entre siete cuebas y siete barrancas...220

157No se trata ya aquí de Aj pop volador como en San Andrés, sino más bien de una atmósfera de creación del mundo como al comienzo del Popol Vuh. Queda que, en los dos casos, un antepasado totémico y fundador garantiza los derechos étnicos de sus descendientes sobre la tierra. Lejos de ser un caso aislado, el comportamiento de los alcaldes y principales de San Andrés en 1794 se encuentra a la vanguardia de una eficaz resistencia ideológica indígena frente a los avances del derecho individualista hispano-criollo.

158● La resistencia política indígena. No deduzcamos que la resistencia indígena, en San Andrés como en su región crispada sobre el pasado, sea incapaz de considerar las condiciones contemporáneas. Muy por el contrario: con un raro sentido de la oportunidad política, el común de San Andrés y sus jefes, alcaldes y principales, saben aprovechar cada ocasión para resistir con relativa eficacia a las presiones. Así logran diferir de tres años, de 1794 a 1797, la composición de tierras de los Sical, sin duda menos a causa de la legitimidad de su derecho (rechazada desde el comienzo por la justicia) que de su determinación amenazadora.

  • 221 Arch. Parr. de S.A.S., cuaderno no. 1: Difuntos, 1775-1858.

159Así entre 1780 y 1820 dirigen igualmente lo que es necesario llamar una verdadera guerrilla antitributaria, de la cual podemos al menos reconstituir algunos episodios. El 30 de enero de 1781, azotados por la epidemia de tifoidea que acaba de asediar en San Andrés, todos los indios de este pueblo vienen en delegación a exigir del cura, cuyo predecesor les había abandonado, que sus víctimas sean finalmente enterradas cristianamente: primera acción colectiva y unánime del común de San Andrés.221

  • 222 “Razón de haber sido libradas reales provisiones prohibiendo el cobro de ciertas contribuciones a (...)
  • 223 “En Sololá es promulgada la orden que prohibe pedir dinero a los indios” (1819) en AGCA, exp. 2135 (...)

160De nuevo azotados por al epidemia después de 1790, los sanandresinos mueren o huyen en masa hacia las plantaciones de Cuyotenango y reclaman en delegación, en 1796, un apoyo de su cura y, de las autoridades fiscales, un aligeramiento substancial del tributo dado el número impresionante de tributarios ausentes. Y lo obtienen, aunque al año siguiente las autoridades les imponen ininterrumpidamente los primeros fraccionamientos territoriales a favor de los Sical y revisan en aumento la población fiscal empadronada. Después de 1812, la resistencia indígena se reanima, aprovechando la supresión del tributo por las Cortes de Cádiz, como respuesta a las usurpaciones territoriales cometidas por ladinos. Ignoramos lo que ocurre entonces en San Andrés, sino que las autoridades no empadronaron nunca tal población tributaria (1 587 snandresinos contabilizados en 1808-1809). Pero, probablemente, en San Andrés como en otras partes, el restablecimiento del tributo por Fernando VII en 1816 fue mal acogido puesto que, desde 1818, las autoridades se ven obligadas a hacer marcha atrás parcialmente,222 y el alcalde mayor de Sololá, obligado a suspender las contribuciones indígenas en su circunscripción en 1819.223 Esto explica aquello: cuando en 1820 las autoridades se creen bastante fuertes para volver a realizar el censo fiscal de la población indígena, el común de San Andrés Sajcabajá logra hacer restablecer la base tributaria del pueblo sobre la base de 1 768 ± 192 tributarios, 52 próximos y 717 indígenas inscritos, mientras que solamente diez años atrás, y sin que haya habido epidemia o mortalidad notable entre tanto, su población real era evaluada en más del doble (véase cuadro 23).

161Crisis de autoridad, contencioso antifiscal, contencioso territorial antiladino: muchas razones se acumulan en San Andrés Sajcabajá para que una grave crisis estalle al término de la segunda década del siglo xix. Estalla, en efecto, en 1820, por razones locales, pero es relevada por la crisis generalizada que se extiende entonces en toda Guatemala y especialmente en sus tierras altas indígenas.

4.3 LA CONMOCION DE 1820 EN SAN ANDRES

  • 224 Para todo este párrafo véase: “Real provisión en que se comisiona al Alcalde Mayor de Verapaz para (...)
  • 225 Ibid., f. 59.

162Como era de esperar, desde la composición de sus tierras entre 1797 y 1799, los Sical y su clientela de ladinos pretenden no detenerse ahí. Lo prueba, en 1811, el trámite de Micaela Sical para acaparar las tierras de Aguacaliente. Lo prueban las incursiones permanentes del ganado de los Sical, fuera de sus tierras compuestas, en los pastizales ejidales de San Andrés e incluso en sus tierras de cultivo. Convertidos en hacendados legales, los ladinos de San Andrés no cambian de un día para otro sus costumbres poco legales de crianza extensiva y cimarrona, que consiste en conducir el rebaño a todas las tierras mal controladas por sus dueños, sobre todo si éstos pertenecen a la casta despreciada de los indios. ¿Desprecio racista o arrogancia social?De todos modos, la encuesta realizada a este respecto en 1820 muestra que, en caso de conflicto, es siempre el indio quien paga de modo arbitrario.224 Si se pierde un buey, se exige el precio ante el común de indios puesto que, por supuesto, sólo ha podido ser robado por un indio. Por lo contrario, si un indio reclama a los Sical una indemnización por el maíz forrajeado por sus animales fuera de los límites de su hacienda, no lo toman en serio o, reaccionan violentamente como, en 1820, uno de los hijos de Teresa Sical.225 Erigidos en sistema de relaciones interétnicas dentro del pueblo, estos conflictos permanentes desde comienzos del siglo sobrepasan el marco de una crónica (aldeana) y tienden a convertirse en una verdadera guerrilla de castas o, mejor dicho, en una lucha de clases, levantando por un lado a la comunidad ladina, agresiva y solidaria y, por el otro, al común de indios no menos solidario y cada vez más combativo.

163Consecuencia inevitable de semejante situación: una verdadera crisis de autoridad donde los ladinos, beneficiando de la complicidad del cura y del encargado local de la Alcaldía mayor de Sololá, reemplazan a las autoridades indígenas tradicionales y no vacilan en encarcelar a los indios recalcitrantes apoyándose, si es preciso, en matones foráneos, tal como ese Alvarado, ladino que ya se había dado a conocer en Joyabaj por su brutalidad racista y que reincide en 1820 en San Andrés haciendo azotar casi a muerte a los indios “rebeldes”. Durante la Semana Santa de 1820, Teresa Sical hace encarcelar una vez más a un indio acusado de haberle robado bueyes, y uno de sus hijos golpea uno de los inconformes. Exacerbadas, las autoridades indígenas lo apresan. Cuatro días más tarde, una banda de ladinos armados, dirigidos por el susodicho Crisanto Alvarado, con el pretexto de perseguir a ladrones, llegan al pueblo, liberan a su compañero y encarcelan a su vez a los indios juzgados responsables. En suma, banal escena de película del oeste, pero que provoca la explosión.

164Diego Ciprián, alcalde indígena, encabeza el levantamiento unánime del común, rompe las puertas de la prisión, libera a sus hermanos, golpea y encarcela a los ladinos responsables... y saquea la casa de Teresa Sical, haciendo desaparecer muebles, cosechas “y otras especies”, según la encuesta.

...se trataba de hechar a los ladinos del Pueblo apoderándose de sus bienes y quemarles las casas; pero el principal objeto de su odio era la Sical y su familia porque aseguraban que las tierras que ésta poseía eran del Pueblo; porque el ganado de ésta les destruía enteramente sus sementeras y porque cada res que se les perdía o le mataban los mismos ladinos o cualquier otro desconocido, la hacía pagar al indio que se le antojaba a pretexto de que se le había robado. Parece que no puede ser más manifiesto el origen de la comoción o levantamiento de estos indios si el encargado de la Alcaldía mayor se huviese manejado con alguna prudencia.

165Esto, lejos de apaciguar la conmoción popular, por el contrario, la exacerba, desencadenando una represión excesiva, haciendo encarcelar a los líderes y vigilando los caminos militarmente con el fin de impedir a los solicitantes indígenas ir con sus quejas a Sololá. Finalmente, condenados a convivir a pesar de todo, los Sical y el común de San Andrés terminan por establecer un compromiso amistoso cuando los primeros se deshacen de Alvarado:

  • 226 Ibid., ff. 59 y 128.

...se permite a la Sical continúe viviendo en el Pueblo de San Andrés... [a condición de] que trate mejor a los naturales y con obligación de costear el avivamiento de mojones de sus tierras... con arreglo a sus títulos a fin de que se contenga en los límites que le detalla y que se le obliga a cercar y mantener alentadores en los sitios donde tenga ganado.226

166Así se acaba, con un compromiso de retirada provisoria por ambas partes, este violento conflicto que las autoridades han logrado circunscribir militarmente y aislar de las otras conmociones que se producen entonces en los Altos guatemaltecos y especialmente en la región quiché de Totonicapán. Sería falso hacer de él uno de los movimientos directamente precursores de la Independencia de Guatemala. Sin embargo, su especificidad misma manifiesta de manera ejemplar el estado de crisis que atraviesa la sociedad indígena guatemalteca un año antes del derrumbamiento del imperio español en Centroamérica. Atestigua también la efervescencia propia de los quichés que no esperan la orden de los criollos metropolitanos para intentar quitarse de encima el peso de una administración colonial en crisis y localmente cómplice abierta de las acciones ladinas más criticables.

III. LA CRISIS DE 1820-1821 EN EL QUICHE

1. 1820: año de crisis general en las tierras altas quichés

  • 227 Contreras, 1951, op. cit.
  • 228 “Decretó S.M. Fernando VII la supresión en los pueblos de indios de ciertas justicias establecidas (...)
  • 229 Véanse notas 221 y 222.
  • 230 Véase Contreras: 16 y ss.
  • 231 Véase en especial: “Razón de haber librado a las autoridades de Soconusco, Totonicapán, Sololá, .. (...)

167La situación de la administración colonial no es crítica solamente en San Andrés, lo es en todas las tierras altas quichés en 1820 y en toda Guatemala en 1821. Esta crisis fue estudiada por J. Daniel Contreras227 y, aunque exija investigaciones complementarias, nos referiremos mucho a él. Según este autor —y nuestras propias investigaciones lo confirman— el conjunto de las tierras altas quichés situadas entre Totonicapán, Quezaltenango, Sololá y Sajcabajá se desestabiliza rápidamente a partir de la supresión del tributo por las Cortes de Cádiz en 1812, la cual provoca una crisis fiscal acompañada por una crisis de autoridad. Se verifica de manera particular en 1813 (rebelión armada del común de Chichicastenango contra las usurpaciones territoriales de los ladinos de Santa Cruz y Joyabaj y resistencia a la recaudación del tributo) y, luego, de nuevo en 1818, cuando la administración colonial pretende aplicar al pie de la letra las directivas restauradoras dictadas por Fernando VII en 1814 (supresión de las autoridades indígenas elegidas, establecidas por las Cortes de Cádiz)228 y en 1816 (restablecimiento del tributo indígena en su totalidad). Estalla entonces una rebelión (1818) en Santa María Chiquimula, dirigida contra el tributo y la administración la cual, desarmada, retrocede en 1818 y 1819229 para endurecer de nuevo, y de manera torpe, su actitud en 1820, provocando conmociones antifiscales en Totonicapán y Sacapulas230 en el mismo momento en que se levantan, por razones propias, los indios de Sajcabajá. Por lo demás, los alcaldes mayores de Totonicapán y Sololá no se ilusionan: su correspondencia revela —medidas de policía, medidas militares, suspensión de fueros, perturbaciones sociales y “banditismo”—231 que saben que están sobre un volcán.

168Es entonces cuando se produce la aventura de Atanasio Tzul y de su compañero Lucas Aguilar, agricultores quichés de Totonicapán quienes, uno con el título de rey quiché y el otro con el de presidente, dirigen una conjuración y, luego, un levantamiento que se extiende en Totonicapán para restaurar el antiguo reino quiché. ¿Sabremos algún día quién les inspiró desde la sombra? Lo cierto es que su acción rápidamente circunscrita y reprimida militarmente cuenta con apoyos en los medios liberales criollos (¿no se les acusa de haber hecho circular “papeles de constitución”?: ¿cuál?¿La de las Cortes de Cádiz?) y con ecos mucho más allá de Totonicapán. Desgraciadamente, nos fue imposible obtener la prueba de ello en el caso de las reclamaciones que se afirman en 1820 en Sajcabajá, Joyabaj, Sacapulas o Chichicastenango. Ultimo detalle sobre esta conjuración, de la cual todavía no se conoce mucho: sus promotores, hombres de 60 y 59 años respectivamente en 1820, tuvieron responsabilidades fiscales en el sistema español (en 1816, manifiestan ya su reticencia para recaudar el tributo de siete reales por indio) y “andan vestidos a la española”: son de esos indios tal como los deseaban no hacía mucho los criollos ilustrados de la Sociedad Económica de Amigos del País.

169Por tanto, todo nos incita a creer que pese a la simbólica étnica empleada —Atanasio Tzul se proclama heredero en 1820 de Tecúm Umán y de los reyes de Gumarcaaj (Utatlán)—, la agitación generalizada de las tierras altas quichés en 1820 no ha sido subestimada por los medios criollos favorables a la Independencia, y han tratado de utilizarla para desestabilizar el régimen colonial a nivel regional.

2. El último acto de la crisis: la Independencia en 1821

170En efecto, se cuestiona nada menos que la herencia de tres siglos de colonización, de manera consciente o inconsciente. Ninguna de las instituciones que han mantenido la paz colonial en el Quiché oriental sale indemne de la crisis. La institución tributaria está quebrantada desde 1813. La institución eclesiástica dominica, fuertemente comprometida con los ladinos en Joyabaj, Santa Cruz, Rabinal, Uspantán y aun en San Andrés, es criticada desde arriba por el Estado colonial y los criollos laicistas y desde abajo por las comunidades indígenas de Chichicastenango y de Cunén en 1813 (en las haciendas Chiché y Chicamán), de San Andrés en 1820 y de Joyabaj entre 1813 y 1825. Las instituciones del indigenado —tutela protectora de las autoridades coloniales; sistema de puestos de autoridad indígenas; ejidos aldeanos— son burladas por los intrusos ladinos desde fines del siglo xviii, a menudo con la complicidad activa de las autoridades civiles o eclesiásticas.

171¿Qué hay de sorprendente en esas condiciones si, investidos, aislados y obligados a retroceder en el plano local, los indios quichés buscan pasar a la contraofensiva obteniendo aliados criollos en la capital en 1812 y 1820? Y, éste es, en efecto, uno de los significados de la conjuración de Atanasio Tzul en 1820. Por supuesto, tal tentativa de alianza no puede ir muy lejos en lo inmediato. Pero, aunada a las insolencias y conmociones indígenas que no cesan de producirse en el Quiché desde 1813, sino contribuye directamente a la Independencia, al menos le prepara el terreno en los Altos.

172Esta es proclamada el 15 de septiembre de 1821, seguida inmediatamente, el 9 de octubre, por la efímera anexión de Guatemala a México, votada por 104 de los 237 miembros del Ayuntamiento, la cual es puesta en tela de juicio el 24 de junio de 1823, cuando la nueva Asamblea constituyente vota la Independencia total de las Provincias Unidas de América Central, cuya federación se mantiene hasta 1838. Durante este periodo Guatemala, dirigida por los criollos liberales, debe definir su nueva política con respecto a sus ciudadanos indígenas y a las instituciones que habían mantenido su estatuto legal personalizado durante tres siglos.

Notes

1 Irisarri, 1929: 112.

2 Cortés y Larraz, 1768-1770 en AGI, Gobierno: Aud. de Guatemala, leg. 948; editado en Biblioteca Goathemala, 1952.

3 Véase “Testimonio de las cartas respuestas de los curas seculares y regulares de los curatos y doctrinas del arzobispado de Goathemala dadas en la visita que de ellos hizo el Arzobispo de aquella diócesis” (1771) en AGI, leg. 948, (véase supra).

4 Véase supra, pero también: “Padrón de tributarios de San Andrés Sajcabajá y otros pueblos” (1768) en AGCA, A 3.16, exp. 21766, leg. 1254. “Información recibida a solicitud del V. Dean y Cabildo sobre varios puntos de la Visita Diocesana efectuada por el Arz. Pedro Cortés y Larraz” (1770) en AGCA, A 1.11.33, exp. 49725, leg. 5865.

5 Hernández Sánchez Barba, 1954.

6 Solano y Pérez-Lila, 1958, 1968, 1969, 1969a, 1970 y 1971.

7 Cortés y Larraz, op. cit.

8 Ibid.

9 Solano y Pérez-Lila, 1958.

10 Cortés y Larraz, ibid.

11 Cortés y Larraz y Solano y Pérez-Lila, 1931.

12 Ibid., (2): 47 e ibid.

13 Solano y Pérez-Lila, 1971.

14 Véase mapa en Solano y Pérez-Lila, 1968 “Castellanización del indio y áreas del castellano en Guatemala en 1772”.

15 Solano y Pérez-Lila, 1958.

16 Solano y Pérez-Lila, 1971, ibid.

17 Ibid.

18 Ibid.

19 Woodrow, 1943: 128.

20 “Tasaciones de los Naturales de la prova de Goathema y Nicara y Yucatán” (1548-1550) en AGI, leg. 128.

21 RAHM, Papeles del Consejo de Indias, D 95, ff. 311-312.

22 “Tanteo de lo que rentan las encomiendas de las indias según sus tasas”, en BNM, ms. no. 3048, f. 163.

23 Cortés y Larraz, 1768-1770.

24 En Borges Guerra, 1969: 145-169 y Hernández Sánchez Barba, 1954.

25 Sobre el conjunto de este cuadro, véase Solano y Pérez-Lila, 1958.

26 Para todo este párrafo, ver, además de AGI, leg. 948, los excelentes artículos de Solano y Pérez-Lila ya citados de 1963, 1970 y 1971 así como Sáenz de Santamaría, 1966.

27 AGI, Aud. de Guatemala, leg. 152, f. 146.

28 “Contra la india Dominga Chiris, por bruja” (1775) en AGCA, exp. 2934, leg. 153.

29 Sáenz de Santamaría, 1964, op. cit.: 197.

30 Molina Arguello, 1960 y Handbook ..: “Guide to ethno-historical sources”.

31 “Auto pronunciado por el Real Acuerdo disponiendo que las Receptorías de Alcabalas de Quezaltenango, Totonicapán y San Antonio Suchitepéquez dependan de la Administración general de Alcabalas de Guatemala y no de la de Tuxtla” (17 de marzo de 1787) en AGCA, exp. 1521, leg. 77, f. 4.

32 Año 1776, hoja 1, D-12-26, en Archivo del Servicio militar, Madrid.

33 AGCA, exp. 666, leg. 23, f. 12 v.

34 AGCA, exp. 2813, leg. 174, f. 47.

35 Borges Guerra, 1969.

36 AGCA, exp. 55489, leg. 6096.

37 GCA, exp. 40409, leg. 2793.

38 ASGHG, 1949 (25): 55 y 107.

39 AGI, Indiferentes, leg. 1559.

40 ASGHG, 1952 (26): 383-413 según Gazeta de Guatemala, 2a. época.

41 AGCA, A 1.25, citado por Zavala, 1945.

42 1808, t .1, tratado 1, la. edición, Guatemala. 1937, 2 vol. 3a. edición, Biblioteca Parg’o de Rivera.

43 1935, 3a. edición, Tipografía Nacional, Guatemala; estas dos obras están traducidas por J. Bailey y publicadas en Londres. Véase Juarros, 1823.

44 AGCA, exp. 56309, leg. 6114.

45 BNG.

46 AGCA, leg. 1531, ff. 511 y ss.

47 Joachim Ibarra ed., Madrid en BNG. Colección Libros preciosos antiguos, 10-5-668/669 y 10-5-678/67 (consultado en 1977).

48 AGCA, O 1.23, leg. 1532, f. 27, editado en AGH, junio de 1956, VIH (2), Guatemala: 16-23. Véase también “Autos tramitados por la Real Audiencia para dar cumplimiento a lo ordenado por C.R. de 20 de junio de 1786, sobre dictar medidas para contener los abusos comprobados por el Arzobispo Cayetano Francos y Monroy durante su visita diocesana” (1786), en AGCA, exp. 21179, leg. 2591.

49 En Fernández, Lenguas indígenas de Centro América, San José de Costa Rica.

50 AGI, Gobierno, leg. 529.

51 AMNM, ms. no. 570, f. 282 v.

52 1786-1789, la. edición, Madrid; 1967, 2a. edición, Madrid.

53 “Relaciones históricas y geográficas de América Central”, en Colección de documentos referentes a la historia de América, 1908 (8).

54 “Relaciones remitidas por el Presidente de Guatemala acerca del tipo de cosechas de frutos que se hacen en aquellos Reynos” (22 de febrero de 1788) en AGI, Indiferentes, leg. 1559.

55 Landívar, 1782.

56 García Redondo, 1799.

57 Aguirre, 1800.

58 “Estado que manifiesta las diez materias de esquilmos, tintas y cacao del Arzobispado de Guatemala por provincias y partidos con lo que produce cada uno al año” (1808) en AGCA, exp. 28248, leg. 1759, f. 32.

59 Woodward, 1966: 45.

60 “Documentos inéditos” en Archivo de Chiapas, Departamento de Investigación Histórica, Castillo de Chapultepec, México.

61 AGCA, exp. 8285, leg. 493.

62 AGCA, exp. 24932, leg. 2818.

63 “Providencia del Superior Gobierno ordenando a las guardas de las garitas de Asunción, Dolores, San Juan, Santa Rosa y Pinula, que controlan las entradas a la Nueva Guatemala, hagan que los arrieros que conducen maíz lo lleven directamente al Ayuntamiento, donde se les darán boletos para su venta y aliviar la falta de este grano” (28 de febrero de 1794) en AGCA, exp. 15778, leg. 2209, f. 76.

64 “Pedro Juan es nombrado Juez Reformador de Milpas del pueblo de San Miguel Acatán” (1795) en AGCA, exp. 27034, leg. 2911.

65 “Noticias sobre el comercio interior de Guatemala (anónimo)”, AMNM, ms. no. 570, doc. 8, ff. 319-319 v.

66 Aguirre, 1800, op. cit .

67 “Planos, autos y providencias sobre reconstrucción del camino Totonicapán-Sololá” en AGCA, exp. 4082, leg. 201 (1789); exp. 4102, leg. 202 (1804); exp. 8038, leg. 386 (1808) y exp. 3934, leg. 193 (1809) así como “Cuenta de lo invertido en la reparación del camino que de Totonicapán conduce a Sololá” (1817) en AGCA, exp. 8092, leg. 388.

68 “Providencia sobre la construcción de un camino que una Suchitepéquez con Sololá” (1820) en AGCA, exp. 8254, leg. 395.

69 Sobre el traslado de la recaudación de las alcabalas en los Altos de Tuxtla a Guatemala en 1787, véase AGCA, exp. 1521, leg. 77, f. 4 y “Real provisión dirigida al Alcalde Mayor de Sololá sobre que proceda al cobro de derecho de alcabala sobre el monto de todo contrato insolidium y ventas clandestinas” (1792) en AGCA, exp. 39849, leg. 4658.

70 “Noticia de las pulperías que ay en la jurisdicción de Sololá” (1777) en AGCA. exp. 4258, leg. 34 y “Que el sentista de aguardiente de Sololá... no incurrió en ventas clandestinas por el traslado que hiciera de aguardiente de Chichicastenango”, (9 de enero de 1808) en AGCA, A 2.23, leg. 2317, f. 295.

71 Véase Muro, 1798.

72 “Noticias sobre el comercio interior de Guatemala” (1791), en AMNM.

73 “El cura de Cuyotenango envía certificados de defunciones de Sajcabajá al cura de San Andrés Sajcabajá” (1777-1779) en Arch. Parr. de S.A.S.

74 “Contaduría Real de Diezmos del Arzobispado de Guatemala” (1778) en AGCA, exp. 28225, leg. 1757, f. 225.

75 “Quedan exonerados los religiosos de Santo Domingo del pago de 4 reales sobre carga de panela introducida a Nueva Guatemala con procedencia de sus haciendas o por cancelación de diezmos y primicia” (16 de marzo de 1795) en AGCA, exp. 15778, leg. 2209, f. 155.

76 “Dictamen del Procurador Síndico del Ayuntamiento de Guatemala definiendo las ‘tablitas’, monedas de madera” (24 de diciembre de 1806) en AGCA, exp. 1926, leg. 96, f. 11.

77 Meléndez Chaverri, 1970.

78 Ibid.

79 Véase Woodward, 1966, op. cit.

80 Meléndez Chaverri, 1970, op. cit. y Luque Alcaide, 1962.

81 Solano y Pérez-Lila, 1958 y AGCA, leg. 2171 (1804), leg. 392 (1810), leg. 2172 (1815).

82 “Del miserable estado en que está la agricultura y... los naturales [de Chiapas]” (1805) en Archivo de Chiapas, Departamento de Investigación Histórica, Castillo de Chapultepec, México.

83 AGCA, exp. 21081, leg. 2588 (1780), r. 5.

84 AGCA, exp. 31002, leg. 4076 (1780).

85 “El Ayuntamiento de Guatemala solicita al vecindario su cooperación económica en vista de la peste de viruela” (1780) en AGCA, exp. 31005, leg. 4026.

86 “Providencia ordenando ‘abril rua leva general’ para que sea recogida la gente ‘vaga, ociosa y maleante que infesta la ciudad de la Nueva Guatemala’, lo mismo que a los jugadores que sean encontrados en pulperías, tabernas, mesones y casas de vecindad” (10 de mayo de 1780) en AGCA, exp. 21081, leg. 2588, f. 7.

87 “Después de escrita esta Partida entraron todos los indios a avisarme qe en tiempo qe no ubo Ministro a quien llamar, habían muerto de tabardillo y sin ningún soc [or] ro los siguientes [nueve indígenas que]... fueron sepultados en esta Igla y lo firmo en 24 de febrero de 1781 — Fr. Phelipe Gutiérrez” (30 de enero de 1781), en Arch. Parr. S.A.S., cuad. no. 1: San Bartolomé, Difuntos, Centro Único (1775-1858).

88 “Oficio del Ayuntamiento de Guatemala dirigido al Capitán general sobre medidas necesarias para evitar la propagación de la viruela” (1780) en AGCA, exp. 31002, leg. 4076.

89 “El Alcalde Mayor pide se le instruye para evitar propagación de la peste de viruela en Sololá” (1780) en AGCA, exp. 1077, leg. 201.

90 “La Audiencia pide autos sobre comisiones dadas al Dr. Vicente Carranza para que pasara a los pueblos de Sololá y Totonicapán a combatir la peste de tabardillo” (1798) en AGCA, exp. 58833, leg. 6059.

91 “El Alcalde Mayor de Sololá solicita el envío de facultativos y medicamentos para evitar la propagación de la peste de tabardillo” (1798) en AGCA, exp. 4077, leg. 201.

92 “El Ayuntamiento de Guatemala sigue información sobre conservación del fluido de la vacuna” (1804) en AGCA, exp. 15869, leg. 2214.

93 “Pago de honorarios a los vacunadores... de Sololá” (1810) en AGCA, exp. 8177, leg. 392, así como “cuenta de lo invertido en la adquisición de medicamentos para vacunar... en la Alcaldía Mayor de Sololá” (1816) en AGCA, exp. 15686, leg. 2172.

94 “Reglamento para la propagación y estabilidad de la vacuna en el Reino de Guatemala” (1805), 110 artículos impresos, Nueva Guatemala: 29; consultado en AGI, Indiferentes, leg. 1558.

95 “Informe al Alcalde Mayor de Sololá sobre que los indígenas se resisten a que se les vacune” (1804) en AGCA, exp. 15647, leg. 2171.

96 “Nómina de las personas que han sido vacunadas... en la alcaldía de Sololá” (1815) en AGCA, exp. 15681, leg. 2172.

97 Ibid.

98 “Padrón de San Andrés Sajcabajá” (1790) en AGCA, exp. 4701, leg. 236, f. 11.

99 Ibid. (1821) en AGCA, exp. 17935, leg. 2370.

100 “Censo por casas de San Andrés y sus anexos” (1797) en Arch. Parr. de S.A.S., libro no. 1: Padrón Unico y Casamientos (1837).

101 “La Junta de Sanidad pública de la ciudad de Guatemala pide que el Ayuntamiento persiga a los curanderos” (1814) en AGCA, exp. 25029, leg. 2822.

102 Véase “Letters refering to interloping in Guatemala” (6 de abril de 1786), en Pitt papers, Additional Manuscripts of the Cambridge University Library, Add. 6958/1.

103 Véase para finales del siglo xviii: “Information concerning and reports on possibility of successful attacks upon Trinidad, Cumana... and Guatemala”, en Liston Papers, National Library of Scotland, Edinburg, ms. no. 5528, ff. 63-140.

104 “Varias noticias del río de San Juan, Yslas adyacentes de la costa de los mosquitos, provincias y partidas que tiene el reyno de Guatemala” (1791-1804) en Colección de Documentos referentes a la historia de América 1908 (8).

105 “Mapa geográfico de la mayor parte del Reino de Guatemala” (1776) en Archivo del Servicio Militar, Madrid, D-12-26, hoja 1.

106 “Exposición que el Jefe del Estado Mayor... en la que hace reflexiones referentes a las ventajas que resultarán de la nueva población de Izabal” (5 de mayo de 1807, Guatemala), en Archivo del Servicio Militar, Madrid, 6664/5. 1. 12. 17.

107 Véanse entre otros: “Padrón de los pobladores de las provincias sujetas a la Audiencia de Guatemala formulado en cumplimiento de la Real Orden...” (1776) en AGCA, exp. 666, leg. 23, f. 12 v y “Estado que manifiesta el número de tributarios que existen en las 4 intendencias, en los 3 corregimientos y 7 alcaldías mayores que comprende la Gobernación de Guatemala” (1802) en AGCA, exp. 4856, leg. 243, f. 4.

108 Véanse entre otros: “Pueblos de la alcaldía de Sololá, tributo pagado por sus naturales, quebrado de comunidad y contribución al diezmo” (1788) en AGCA, exp. 4912, leg. 246, f. 19. “Libro de rateos y tasación de tributos a los indios de los pueblos de la alcaldía de Sololá desde 1790 hasta 1801” en AGCA, exp. 36661, leg. 2511. “Números de tributarios en la Alcaldía Mayor de Sololá: años de 1790 y 1791” en AGCA, exp. 4701, leg. 236, f. 11.

109 Véanse entre otros para el año 1813, por ejemplo: “Padrón de tributarios de Santa Cruz del Quiché” en AGCA, exp. 17935, leg. 2370 y “Padrón de tributarios del curato de Rabinal”, en AGCA, exp. 29090, leg. 3019 y “Padrón de la parroquia de Sta. María Joyabaj” en AGCA, exp. 17931, leg. 2370.

110 “Relación de la población en general en qe consta el Arzobispado de Guatemala por el orden de sus parroquias” (1808-1809) en AGI, Gobierno, leg. 529.

111 “Instrucción a que se arreglaren los curas del Reyno en la formación de padrones de Indios, cumpliendo con la ley que lo previene” (1805) en British Museum, 1240, hoja 14 (13).

112 “Padrón único y casamientos” (1791) en Arch. Parr. de S.A.S., libro no. 1 (1837).

113 “Padrón de San Andrés Sajcabajá” (1790) en AGCA, exp. 4701, leg. 236, f. 11.

114 “Padrón de tributarios de San Andrés Sajcabajá” (1821) en AGCA, exp. 17935, leg. 2370.

115 “Resumen general de las familias de españoles y ladinos domiciliados en el Reyno de Guatemala...” (7 de mayo de 1804), en British Museum, 1240, hoja 14 (11).

116 “Estado que manifiesta la tropa veterana y de milicias que hay en este Reyno de Goatemala con expresión de Ynfantería, Caballería, Dragones, Artillería y Pardos y parages en qe se hallen” (1791) en AMNM, ms. no. 330, f. 91.

117 “Informe rendido por el Obispo de Chiapas sobre no ser posible rendir el informe sobre los ingresos a favor de los curas seculares para la deducción del subsidio eclesiástico decretado por S.M.” (1784) en AGCA, exp. 32518, leg. 2165.

118 “Liquidación formada por la Contaduría de Cuentas de las doctrinas devengadas por los RR. PP. dominicos de servicio en los curatos de la Intendencia de Ciudad Real del Partido de Tuxtla de las alcaldías de Sololá, Totonicapán y Verapaz” (1785) en AGCA, exp. 11544, leg. 558, f. 242. “Cuadrante del producto y distribución de diezmos en la diócesis de Guatemala” (1786) en AGCA, exp. 28225, leg. 1757, f. 248; “Pago de las doctrinas servidas por los PP. dominicos” (1786) en AGCA, exp. 13922, leg. 2012; “Cuadrante del producto y distribución de diezmos en la diócesis de Guatemala” (1788) en AGCA, exp. 28125, leg. 1757, f. 248; “Diezmos y raciones a los curas, prestaciones de servicios gratuitos a las cofradías” (1810) en Larrazabal 1811 y “Repartimiento de la gruesa de diezmos, con arreglo al estado que demuestra la cantidad colectada en la jurisdicción del Arzobispado de Guatemala” (1814) en AGCA, exp. 28248, leg. 1759, f. 34.

119 “Contaduría Real de diezmos del Arzobispado de Guatemala: estado que demuestra lo que toca a los prebendos de la Iglesia Catedral, haciéndose el repartimiento conforme a la Real Cédula de 23 de agosto de 1786 regulando... esquilmos, tinta, cacao” (1788) en AGCA, exp. 28225, leg. 1757, f. 225 y “Estado que manifiesta las diez materias de esquilmos, tintas y cacao del Arzobispado de Guatemala por provincias y partidas con lo que produce cada uno al año” (1808) en AGCA, exp. 28248, leg. 1759, f. 32.

120 “Auto por el cual fueron exonerados los religiosos de Sto. Domingo del pago de 4 reales sobre carga de panela introducida a la Nueva Guatemala con procedencia de sus haciendas por cancelación de diezmos y primicia” (16 de marzo de 1795) en AGCA, exp. 15778, leg. 2209, f. 155.

121 “... Machones de títulos de tierras... composición y remate... copias de instrucciones...” (1776) en AGCA, exp. 40431, leg. 2794. “Libro de conocimiento de tierras” (1778) en AGCA, exp. 40408, leg. 2793. “Inventario de las actuaciones pertenecientes al Juzgado privativo de Tierras de las provincias de Guatemala” (1779) en AGCA, exp. 40409, leg. 2793.

122 “Libro de informes, representaciones y consultas hechas al Presidente y Audiencia por la Contaduria de la Real Caja de Guatemala” (años 1777-1785) en AGCA, exp. 17241, leg. 2324.

123 “Auto pronunciado por el Real Acuerdo disponiendo que las Receptorías de Alcabalas de Quezaltenango, Totonicapán y San Antonio Suchitepéquez dependan de la Administración general de Alcabalas de Guatemala y no de la de Tuxtla” (17 de marzo de 1787) en AGCA, exp. 1521, leg. 77, f. 4.

124 “... Que el Alcalde Mayor de Sololá proceda al cobro del derecho de alcabala sobre el monto de todo contrato insolidium y ventas clandestinas” (1792) en AGCA, exp. 39849, leg. 4658.

125 “... Sobre que el Sentista de aguardiente en Sololá... no incurrió en ventas clandestinas por el traslado que hiciera de aguardiente en Chichicastenango” (9 de enero de 1808) en AGCA, leg. 2317, f. 295.

126 “Ramos reales del Reyno de Guatemala y su producto y utilidad” (1791) en AMNM, ms. no. 339, f. 256.

127 “Repartimiento de la gruesa de diezmos, con arreglo al estado que demuestra la cantidad colectada en la jurisdicción del Arzobispado de Guatemala” (1814) en AGCA, exp. 28248, leg. 1759, f. 34.

128 “Carta a S.M. Carlos III dándole cuenta de su Visita arquidiocesana” (15 de agosto de 1784) en AGCA, leg. 1532, f. 27. Editado en junio de 1956 en AGH (VIII) 16-23.

129 “Autos tramitados por la Real Audiencia para dar cumplimiento a lo ordenado por Cédula de 20 de junio de 1786 sobre dictar medidas para contener los abusos comprobados por el Arzobispo Cayetano Francos y Monroy durante su visita diocesana” en AGCA, exp. 21179, leg. 2591.

130 Véase Holleran, 1949.

131 Véanse entre otros: “Detalle del nombramiento de curas dominicos de 1770 a 1789” (1789) en AGCA, exp. 2195, leg. 103; “Fr. Francisco Baqueiro O.P. es nominado para la doctrina del pueblo de Rabinal, lengua quiché” (1793) en AGCA, exp. 2259, leg. 105; y “Fr. Francisco Aceituno O.P. es nominado para la doctrina del pueblo de Rabinal, lengua quiché” (1794) en AGCA, leg. 1763, f. 94 v.

132 Holleran, 1949.

133 Parras, 1783, op. cit.

134 “Memoria de los pueblos cuya administración y doctrina es a cargo de los religiosos de la Orden de Sto. Domingo, provincia de Chiapas y Guatemala” en AGCA, exp. 34354, leg. 2319, ff. 50-81.

135 En AGCA, exp. 2240, leg. 105, f. 10.

136 “Reales cédulas, órdenes e informes sobre misiones”, en AGI, leg. 962.

137 AGCA, exp. 2404, leg. 110, ff. 1-5.

138 “El Alcalde mayor de Sololá informa del estado de las cofradías” (1776) en AGCA, exp. 4755, leg. 104.

139 “Informes rendidos por el alcalde mayor de Verapaz sobre ser necesario la reorganización de las cofradías existentes y que a los indígenas no se les recargue con contribuciones especiales con destino a las citadas cofradías” (1776) en AGCA, exp. 3708, leg. 181.

140 Reglas para la enajenación de los bienes de cofradías (1806).

141 “Razón de los pueblos del Reyno de Guatemala, con detalles de sus provincias y partidos para el cobro de comunidades” (1816) en AGCA, exp. 36792, leg. 2525; “Cuenta de comunidades de la Alcaldía de Sololá” (1818) en AGCA, exp. 36798, leg. 2525; “Aprobación de las cuentas del ramo de comunidades de los pueblos de la alcaldía de Sololá” (1819) en AGCA, exp. 48467, leg. 5771; “ibid.” (1820) en AGCA, exp. 36804, leg. 2526; “Libro de razón de ingresos i egresos de comunidades indígenas en todos los pueblos de la Capitanía general” (1821) en AGCA, exp. 15344, leg. 2148: “El Alcalde Mayor de Sololá... remite a la Diputación provincial las cuentas del ramo de bienes de comunidades de indígenas” (27 de junio de 1821) en AGCA, exp. 57335, leg. 6932.

142 “El Contador de Propios, Arbitrios y Bienes de Comunidades hace circular el auto de fecha 25 de agosto de 1808 por el cual quedó establecido que los fondos de comunidades de los Bienes de Indígenas existentes en cada cabecera de partida, sean reputados en calidad de comunes a todos los pueblos de jurisdicción de dicha partida” (1820) en AGCA, exp. 3153, leg. 391.

143 “Oposición del Corregidor de Quezaltenango al acto precedente” (1820) en AGCA, exp. 8153, leg. 391; y “El Corregidor de Quezaltenango sobre que los indios se niegan a pagar sus contribuciones” (1820) en AGCA, exp. 8155, leg. 351.

144 “Exposición del Jefe del Estado Mayor... referentes a la nueva población deIzabal” (5 de noviembre de 1807), en Archivo del Servicio Militar, Madrid, 6 654/5.1.12.17.

145 Carrasco, 1967.

146 “Libro de estado de este pueblo de San Andrés Zakabaha según el estado de el año de 1797” en Arch. Parr. de S.A.S., libro no. 1, 1837.

147 “Libros de circulares eclesiásticas” en Arch. Parr. de Joyabaj.

148 “Doctrinas servidas por los padres dominicos” (1786) en AGCA, exp. 13922, leg. 2012.

149 AGCA, exp. 2405, leg. 110, ff. 1 a 5 (1810).

150 Según “Liquidación formada por la Contaduría de Cuentas de las doctrinas dominicanas, ...” (1785) en AGCA, exp. 11544, leg. 558, f. 242; “Pago de doctrinas servidas por los PP. dominicos” (1786) en AGCA, exp. 13922, leg. 2012; “Cuadrante del producto y distribución de diezmos en la diócesis de Guatemala” (1786) en AGCA, exp. 28225, leg. 1757, f. 248.

151 “Repartimiento de la gruesa de diezmos... en la jurisdicción del Arzobispado de Guatemala” (1814) en AGCA, exp. 28248, leg. 1759, f. 34.

152 Este cuadro y los siguientes son establecidos a partir de las siguientes fuentes: “Padrón de tributarios de Cortés y Larraz” (1768) op. cit. Véase nota 150 para 1785-1786; “Estado que manifiesta el número de tributarios en la Alcaldía de Sololá (1791) en AGCA, exp. 4701, leg. 236, f. 11; “Instancia de San Andrés Sajcabajá para revisión de tasación de tributos” (1796) en AGCA, exp. 4784, leg. 240; “Libro de Estado de este pueblo de San Andrés Zakabaha” (1797) en Arch. Parr. de S.A.S.; “Relación de la población en general de qe consta el Arzobispado de Guatemala” (1808-1809) en AGI, Gobierno, leg. 529; “Padrón de tributarios de San Andrés Sajcabajá y Santa Cruz del Quiché” (1813) en AGCA, exp. 17935, leg. 2370 e ibid. para 1821.

153 “Instancias de las justicias del pueblo de San Andrés Sajcabajá... sobre que se proceda a revisar la tasación de tributos” (1796) en AGCA, exp. 4784, leg. 240, ff. 1-4.

154 “Certificados de defunciones por el cura de Cuyotenango al cura de San Andrés Sajcabajá” (1777-1797) en Arch. Parr. de S.A S. “Libros de casamientos” (1798) en Arch. Parr. de Cuyotenango. “Visita del Arzobispo de Guatemala en el curato de los Stos. Reyes de Cuyotenango y sus filiales San Andrés Villaseca, San Martín Zapotitlán, San Felipe Quezaltenango” (1814) en Arch. Parr. de Cuyotenango.

155 “Relaciones remitidas por el Presidente de Guatemala acerca del tipo y cosechas de frutos que se hacen en aquellos Reynos” (1788-1791) en AGI, Indiferentes, leg. 1159.

156 Véase Hidalgo, “Memoria para hacer una descripción puntual del Reino de Guatemala” (1797-1798) en ASGHG (XXVI), sept./dic. de 1952: 383-413.

157 AGCA, exp. 52996, leg. 6015.

158 AGCA, exp. 53078, leg. 6021, ff. 26 y 27.

159 AGCA, exp. 44877, leg. 5325.

160 AGCA, exp. 3328, leg. 164.

161 AGCA, exp. 53330, leg. 6043, f. 37 (1768-1797).

162 AGCA, exp. 53229, leg. 6035, f. 1.

163 AGCA, exp. 53276, leg. 2033.

164 AGCA, exp. 53330, leg. 6043, f. 1.

165 AGCA, exp. 53449, leg. 6044.

166 Archivo Municipal de Canilla.

167 AGCA, exp. 53389, leg. 6047.

168 AGST, San Andrés Sajcabajá, 1811.

169 AGCA, exp. 53308, leg. 6041, ff. 25 y ss.

170 AGCA, exp. 52501, leg. 5976.

171 “Derechos del indio José Uluam, principal de Santo Domingo Sacapulas, a unas tierras en dicho pueblo” (1776, 1787, 1788) en AGCA, exp. 53126, leg. 6025, ff. 73 y ss.

172 “Leyenda del plan de San Bartolomé Jocotenango y delimitación de terrenos con Sacapulas” (1789) en AGST.

173 “Petición de los ex-vecinos de La Magdalena reducidos en Sacapulas y privados de sus tierras por el Gobernador” (1790) en AGCA, casillero 12.16.

174 “Sobre litigio de tierras entre Cunén y Uspantán” (1813) en AGST.

175 British Museum, 1240, hoja 14 (11).

176 AGI, Gobierno, leg. 529.

177 Arch. Parr. de S.A.S. (1777-1779) y de Cuyotenango (1814).

178 AAG, t. 5, ff. 363 y ss.

179 “Libro de razón de la estancia de la Virgen del Rosario de Joyabah” en Arch. Parr. de Joyabaj.

180 AGI, Sec. de fomento e industria, leg. 529.

181 “Reclamo del común de Chichicastenango sobre tierras de Chiché” (1814) en AGST.

182 “Fr. Antonio López de Quintana, cura de Joyabaj... sobre usurpación de tierras de la hacienda San Juan Bautista de Chiché...” (1811) en AGCA, exp. 53491, leg. 6052, f. 1.

183 “Visita de 1745” en AAG, t. 11, ff. 98-101.

184 “Litigio de tierras entre Uspantán y Cunen” (1813) en AGST.

185 “Títulos de la hacienda ‘Los Dolores’ entre Sacualpa y Joyabaj” (1758) en AGCA, exp. 52859, leg. 6004.

186 “Libro de razón de la estancia de la Virgen de! Rosario de Joyabah” (1788-1848) en Arch. Parr. de Joyabaj.

187 Según “Visita obispal de San Andrés Sajcabajá” (1732) en AAG, t. 5, ff. 363-368; “Visita obispal de San Andrés Sajcabajá (1738) en AAG, t. 8, ff. 44-52; “Visita obispal de San Andrés Sajcabajá” (1740) en AAG, t. 9, ff. 370-382; “Visita de Cortés y Larraz” (1768) op. cit. y “Visita de Dn. Cayetano Francos y Monroy” (1781) op. cit.

188 “Cuenta de comunidades de los pueblos de Sololá” (1820) en AGCA, exp. 36804, leg. 2526.

189 Véase Larrazabal (diputado en las Cortes Extraordinarias de la Nación), Apuntes sobre agricultura y comercio en Guatemala, en edición de 1959, op. cit.: 87-109.

190 * Desde el Concilio de Trento, los curas no tienen derecho a ser presidentes de las cofradías de su parroquia —lo que constituye para ellas una garantía de autogestión. Eso no impide de ninguna manera al cura de Joyabaj contornear la dificultad en 1788, haciéndose reconocer el estatuto de prior perpetuo de una nueva hermandad y, como tal, de presidir sus asambleas (art. 5 de los estatutos de la Hermandad de Nuestra Señora de Dolores —Archivo parroquial de Joyabaj— véase supra)

191 “Juicio de residencia al ex-Alcalde mayor de Totonicapán y Huehuetenango en cuanto a cierta causa de sublevación de los indios de Nebaj...” (2 de agosto de 1775) en AGCA, exp. 4688, leg. 236, f. 1.

192 Contreras, 1951.

193 “Real provisión para que las autoridades... cumplen con la disposición que derroga al fuero en causas contra autores de sublevaciones” (1801) en AGCA, exp. 39879, leg. 4659.

194 “El cura de Joyabaj y apoderado del convento de Santo Domingo de Guatemala... hace constar que los indios de Santo Domingo Chichicastenango habian usurpado las tierras de la hacienda San Juan Bautista de Chiché y que habíanse armado de escopetas para repelar a las Justicias” (1811) en AGCA, exp. 54491, leg. 6052, f. 1 (véase nota 188).

195 “Litigios en la hacienda Chiché” (1813-1825) en AGST, paq. 1, no. 11.

196 AGCA, exp. 2240, leg. 105, f. 10.

197 “Sobre que el Presidente de la Audiencia informe acerca de la pretensión del provincial de Santo Domingo de Guatemala si es conveniente o no que los 4 curatos del Quiché no sean secularizados” (10 de julio. de 1810) en agca, exp. 2405, leg. 110.

198 “Cédula de merced a los cuatro curatos del Quiché para que no sean secularizados” (1813) en AGCA, exp. 2405, leg. 110.

199 “Cédula del 21 de junio de 1816 acerca de que se continúe en la secularización de las doctrinas y curatos” en AGCA, exp. 2414, leg. 110.

200 Contreras, 1951, op. cit.

201 Visitas de 1732: AAG, t. 5, ff. 363-368; 1738: AAG, t. 8, ff. 44-52; 1740: AAG, t. 9, ff. 370-382; 1745: AAG, t. 11, ff. 98-101 y 1768: Cortés y Larraz (véase supra).

202 Arch. Parr. de S.A.S., Libros de bautismo (siglo xviii).

203 AGI, leg. 529 (véase nota 176).

204 Arch. Parr. de S.A.S., libro no. 1: Padrón único y casamientos (1837).

205 Véase nota 201.

206 Véase nota 203.

207 Juzgado de Paz de Canilla en Cuaderno de Canilla, 22 ff.

208 Véanse referencias en notas 201, 203 y 152.

209 “Teresa Sical, india natural de Rabinal y residente en el pueblo de Salcabaxá, denuncia como realengo el paraje llamado Quanimaché (el árbol grande) y el Zacquilá, a cuatro leguas del pueblo de su residencia sobre el camino a Cubulco” (1794) en AGCA, exp. 53330, leg. 6043, ff. 4-7.

210 Ibid., ff. 7-8.

211 Ibid., f. 28 v.

212 Juzgado de Paz de Canilla, Cuaderno de Canilla, f. 10 v., 15 de mayo de 1798.

213 Ibid., ff. 1 y ss. y AGCA, exp. 53449, leg. 6044.

214 “El apoderado de Teresa Sical pide confirmación de la medida de las tierras de Canyia y Patzacap” (1799) en AGCA, exp. 53389, leg. 6047.

215 “Micaela Sical denuncia por realengas las tierras Aguacaliente en términos jurisdiccionales de San Andrés Sajcabajá” (1811) en AGST, Alcaldía mayor de Sololá.

216 Padrón único..., op. cit., en nota 203.

217 “Papeles que justifican los derechos que tenía el indio José Uluam, indio principal de Santo Domingo Sacapulas, a unas tierras en dicho pueblo” en AGCA, exp. 53126, leg. 6025, f. 1.

218 Ibid., f. 12.

219 Ibid., f. 17.

220 Copia efectuada el 18 de noviembre de 1859 por el abate Brasseur de Bourbourg del documento transcrito el 8 de mayo de 1778 “Traslado desde título de los prensipales...” en ibid., f. 39.

221 Arch. Parr. de S.A.S., cuaderno no. 1: Difuntos, 1775-1858.

222 “Razón de haber sido libradas reales provisiones prohibiendo el cobro de ciertas contribuciones a los indígenas” (1818) en AGCA, A 1.24, leg. 1674, f. 151 v.

223 “En Sololá es promulgada la orden que prohibe pedir dinero a los indios” (1819) en AGCA, exp. 21352, leg. 2600.

224 Para todo este párrafo véase: “Real provisión en que se comisiona al Alcalde Mayor de Verapaz para que pase a Sololá a encargarse de la administración de justicia y proceda contra los autores del motín habido en el pueblo de San Andrés Sajcabajá” (1826) en AGCA, A 1.24.14, leg. 1676, ff. 59 a 218.

225 Ibid., f. 59.

226 Ibid., ff. 59 y 128.

227 Contreras, 1951, op. cit.

228 “Decretó S.M. Fernando VII la supresión en los pueblos de indios de ciertas justicias establecidas por el régimen constitucional, restableciendo los Cacicazgos o Justicias de Indios quienes se regirían por las leyes 13, título 7, libro VI de la Recopilación de Indias” (28 de diciembre de 1814) en AGCA, A 1.23, leg. 1539, f. 105.

229 Véanse notas 221 y 222.

230 Véase Contreras: 16 y ss.

231 Véase en especial: “Razón de haber librado a las autoridades de Soconusco, Totonicapán, Sololá, ... provisiones ordenando la Captura de reos” (1820) en AGCA, A 1.24, leg. 1676, f. 237 v.

Notes de fin

* * Recordemos que el “assignat” durante la Revolución Francesa fue este tipo de “papel moneda” pronto devaluado al 1/10 ó 1/100 de su valor, pero con curso forzado para remediar la falta de moneda metálica y los gastos del “estado de sitio”.

Table des illustrations

Légende 1 San Andrés Sajcabajá: 260 familias, 855 personas2 San Bartolomé Jocotenango: 55 familias, 193 personasMAPA 2 — LA REGION DE SAN ANDRES SAJCABAJA VISTA POR CORTES Y LARRAZ EN 1768 (según croquis a lápiz sacado del manuscrito del autor)
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Légende MAPA 3 - SAN ANDRÉS SAJCABAJA Y LA ALCALDÍA MAYOR DE SOLÓLA HACIA 1770Fuente: Solano y Pérez-Lila 1958:54.
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Légende CUADRO 7 - NUMERO DE HABITANTES DEL QUICHE ORIENTAL HACIA 1770
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Légende CUADRO 8 - POBLACION GUATEMALTECA SEGUN EL CENSO ORDENADO POR CORTES Y LARRAZ EN 1768-177015
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Légende CUADRO 9 - RENDIMIENTOS AGRICOLAS COMPARADOS DE GUATEMALA HACIA 1768-177217
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Légende CUADRO 10 - EVOLUCION DE LA POBLACION INDIGENA GUATEMALTECA ENTRE 1492 Y 1779
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Légende CUADRO 11 - VALOR DE LAS EXPORTACIONES DE GUATEMALA EN 1825 (EN DOLARES)
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Légende CUADRO 12 - FUERZAS MILLITARES EN GUATEMALA EN 1791116
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Légende CUADRO 13 - INGRESOS REALES EN GUATEMALA EN 1791 (EN PESOS)126
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Légende CUADRO 14 - LOS HOGARES INDIGENAS DE SAN ANDRES SAJCABAJA EN 1797
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Légende GRÁFICA 2 - ESTRUCTURA DE PARENTESCO.
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Légende CUADRO 15 - INGRESOS ANUALES DE LOS CURAS DOMINICOS DEL QUICHE ORIENTAL EN 1785 Y 1786
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Légende CUADRO 16 - EVOLUCION DE LA FISCALIDAD EN SAN ANDRES SAJCABAJA Y SANTA CRUZ DEL QUICHE ENTRE 1768 Y 1821152
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Légende CUADRO 17 - AVANCES DE LA LADINIZACION EN EL QUICHE ORIENTAL DESDE 1732 HASTA 1815
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Légende CUADRO 18 - DISTRIBUCION DE LAS FAMILIAS HISPANO-LADINAS EN GUATEMALA EN 1804
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Légende CUADRO 19 - CAPITAL DE LAS COFRADIAS DE SAN ANDRES ENTRE 1732 Y 1781 EN TOSTONES
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Légende CUADRO 20 - CRECIMIENTO DEMOGRAFICO EN EL QUICHE ENTRE 1768 Y 1809
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Légende CUADRO 21 - ESTRATIFICACION ETNOSOCIAL DE SAN ANDRES SAJCARAJA ENTRE 1797 Y 1820208
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Légende MAPA 4 - LAS COMPOSICIONES DE TIERRA A FAVOR DE LOS SICAL ENTRE 1794 Y 1799Fuente: “Plano de los baldíos denunciados por el C.F. Sical y hermanos hecho en 1836 por F. Molna, agrimensor” en AGST y “Cuaderno Canilla, 1798” en Juzgado de Paz de Canilla.
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Légende CUADRO 22 - LA EMIGRACION SANANDRESINA ENTRE 1787 Y 1815Fuente: “Salidas de bautizados registrados afuera”, Libro de bautismos, Archivo Parroquial de San Andrés Sajcabajá. Comentario: De los 67 sanandresinos emigrados temporalmente entre 1787 y 1815:— 37 bajaron “a la costa” (más del 55 %)— 26 emigraron a los pueblos vecinos (un poco menos del 39 %)— 4 emigraron al resto de los Altos (un poco menos del 6 %)Es decir la importancia de la emigración hacia las plantaciones del litoral del Pacifico en el equilibrio interno de San Andrés Sajcabajá bajó el régimen de la Intendencia, y esto, sin contar a los emigrantes más permanentes que se casan en la costa: en 1798, en Cuyotenango, 2 de los 30 jóvenes casados por el cura José Manuel de Arrióla, cura de la parroquia, son sanandresinos (según: 1798 Libro de casamientos, Archivo Parroquial de Cuyotenango).
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Légende CUADRO 23 - EVOLUCION DEMOGRAFICA-FISCAL DE SAN ANDRES SAJCABAJA ANTES DE LA INDEPENDENCIA
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Légende GRAFICA 3 - LA POBLACION INDIGENA DE SAN ANDRES SAJCABAJA DE 1730 A 1820.
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